Common use of SEGURO DE DAÑOS Clause in Contracts

SEGURO DE DAÑOS. Con objeto de hacer frente a posibles perjuicios, el promotor tiene contratada y se obliga a mantener vigente una póliza de responsabilidad civil que cubra los eventuales daños derivados de la realización del ensayo según lo establecido en el protocolo, conforme al alcance y la extensión previstos en el Real Decreto 1090/2015. Dicha póliza incluye también en su ámbito de cobertura, y así lo explicita, al investigador principal, sus colaboradores, al centro sanitario del SESPA y a la entidad gestora. Como anexo al presente contrato se incorpora certificación acreditativa de la referida póliza, incluyendo tantas certificaciones como centros sanitarios se incluyan en el alcance presente contrato.

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Samples: Contrato Para La Realización De Un Ensayo Clínico Con Producto Sanitario, Contrato Para La Realización De Un Ensayo Clínico Con Medicamentos en El Servicio De Salud Del Principado De Asturias (Sespa), Contrato Para La Realización De Un Ensayo Clínico Con Medicamentos en El Servicio De Salud Del Principado De Asturias (Sespa)