SERVICIO TÉCNICO PREMIUM. El Servicio Técnico Premium se presta de manera adicional al servicio de mantenimiento básico incluido en el contrato de FIBRA ÓPTICA, resultando de aplicación una cuota mensual por la prestación de este servicio. El Servicio com- prende la realización de las siguientes actividades: • Atención de cualquier incidencia relacionada con los productos el OPERADOR en el domicilio del CLIENTE (internet, televisión o telefonía fija) en menos de 24 horas. • Priorización de las averías del CLIENTE: envío de un técnico a partir de la tercera hora desde la llamada del CLIENTE o mediante cita concertada de lunes x xxxxxxx en horario ininterrumpido de 9:00 a 20:00. • Desplazamiento y mano de obra del técnico gratuitos para las incidencias cubiertas por este servicio, con un máximo de 4 intervenciones anuales. • Mantenimiento, reparación y configuración de la instalación física de telecomunicaciones en el domicilio del CLIENTE (cableado, tomas, pasivos, ptr), incluidas instalaciones previas no realizadas por el OPERADOR pero reaprovecha- das para el servicio. • Conexión y configuración de equipamiento compatible para el acceso a la red de telefonía fija o internet, incluyendo la sintonización xx xxxxxxx de televisión, analógico o digital. • En el supuesto de avería del teléfono fijo el CLIENTE podrá desviar de forma gratuita las llamadas que reciba al teléfono fijo o móvil nacional indicado por el CLIENTE. • Queda expresamente excluido del servicio toda reparación sobre el equipamiento propiedad del CLIENTE o del OPERADOR. El Servicio Técnico Premium no será prestado en los siguientes casos: • Impago del servicio. • Manipulaciones en la instalación realizada por el OPERADOR efectuadas por el CLIENTE o por terceros, sin el consentimiento del OPERADOR. La prestación del servicio de mantenimiento podrá ser efectuada directamente por el OPERADOR o por otra empresa debidamente autorizada por ella, sin perjuicio de que, en ambos casos, el OPERADOR sea responsable de la correcta prestación de dicho servicio.
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SERVICIO TÉCNICO PREMIUM. El Servicio Técnico Premium se presta de manera adicional al servicio de mantenimiento básico incluido en el contrato de FIBRA ÓPTICAOPTICA, resultando de aplicación una cuota mensual por la prestación de este servicio. El Servicio com- prende comprende la realización de las siguientes actividades: • Atención de cualquier incidencia relacionada con los productos el OPERADOR EUSKALTEL en el domicilio del CLIENTE (internet, televisión o telefonía fija) en menos de 24 horas. • Priorización de las averías del CLIENTE: envío de un técnico a partir de la tercera hora desde la llamada del CLIENTE o mediante cita concertada de lunes x xxxxxxx en horario ininterrumpido de 9:00 a 20:00. • Desplazamiento y mano de obra del técnico gratuitos para las incidencias cubiertas por este servicio, con un máximo de 4 intervenciones anuales. • Mantenimiento, reparación y configuración de la instalación física de telecomunicaciones en el domicilio del CLIENTE (cableado, tomas, pasivos, ptr), incluidas instalaciones previas no realizadas por el OPERADOR EUSKALTEL pero reaprovecha- das reapro- vechadas para el servicio. • Conexión y configuración de equipamiento compatible para el acceso a la red de telefonía fija o internet, incluyendo incluyen- do la sintonización xx xxxxxxx de televisión, analógico o digital. • En el supuesto de avería del teléfono fijo el CLIENTE podrá desviar de forma gratuita las llamadas que reciba al teléfono fijo o móvil nacional indicado por el CLIENTE. • Queda expresamente excluido del servicio toda reparación sobre el equipamiento propiedad del CLIENTE o del OPERADORde EUSKALTEL. El Servicio Técnico Premium no será prestado en los siguientes casos: • Impago del servicio. • Manipulaciones en la instalación realizada por el OPERADOR EUSKALTEL efectuadas por el CLIENTE o por terceros, sin el consentimiento del OPERADORcon- sentimiento de EUSKALTEL. La prestación del servicio de mantenimiento podrá ser efectuada directamente por el OPERADOR EUSKALTEL o por otra empresa debidamente autorizada por ella, sin perjuicio de que, en ambos casos, el OPERADOR EUSKALTEL sea responsable de la correcta prestación de dicho servicio.
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Samples: Condiciones Generales De Servicio, Condiciones Generales De Servicio
SERVICIO TÉCNICO PREMIUM. El Servicio Técnico Premium se presta de manera adicional al servicio de mantenimiento básico incluido en el contrato de FIBRA ÓPTICA, resultando de aplicación una cuota mensual por la prestación de este servicio. El Servicio com- prende comprende la realización de las siguientes actividades: • Atención de cualquier incidencia relacionada con los productos el OPERADOR en el domicilio del CLIENTE (internet, televisión internet o telefonía fija) en menos de 24 horas. • Priorización de las averías del CLIENTE: envío de un técnico a partir de la tercera hora desde la llamada del CLIENTE o mediante cita concertada de lunes x xxxxxxx en horario ininterrumpido de 9:00 a 20:00. • Desplazamiento y mano de obra del técnico gratuitos para las incidencias cubiertas por este servicio, con un máximo de 4 intervenciones anuales. • Mantenimiento, reparación y configuración de la instalación física de telecomunicaciones en el domicilio del CLIENTE (cableado, tomas, pasivos, ptr), incluidas instalaciones previas no realizadas por el OPERADOR pero reaprovecha- das reaprovechadas para el servicio. • Conexión y configuración de equipamiento compatible para el acceso a la red de telefonía fija o internet, incluyendo la sintonización xx xxxxxxx de televisión, analógico o digital. • En el supuesto de avería del teléfono fijo el CLIENTE podrá desviar de forma gratuita las llamadas que reciba al teléfono fijo o móvil nacional indicado por el CLIENTE. • Queda expresamente excluido del servicio toda reparación sobre el equipamiento propiedad del CLIENTE o del OPERADOR. El Servicio Técnico Premium no será prestado en los siguientes casos: • Impago del servicio. • Manipulaciones en la instalación realizada por el OPERADOR efectuadas por el CLIENTE o por terceros, sin el consentimiento del OPERADOR. La prestación del servicio de mantenimiento podrá ser efectuada directamente por el OPERADOR o por otra empresa debidamente autorizada por ella, sin perjuicio de que, en ambos casos, el OPERADOR sea responsable de la correcta prestación de dicho servicio.
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Samples: Condiciones Generales De Servicio
SERVICIO TÉCNICO PREMIUM. El Servicio Técnico Premium se presta de manera adicional al servicio de mantenimiento básico incluido in- cluido en el contrato de FIBRA ÓPTICAOPTICA, resultando de aplicación una cuota mensual por la prestación de este servicio. El Servicio com- prende comprende la realización de las siguientes actividades: • Atención de cualquier incidencia relacionada con los productos el OPERADOR EUSKALTEL en el domicilio del CLIENTE (internet, televisión o telefonía fija) en menos de 24 horas. • Priorización de las averías del CLIENTE: envío de un técnico a partir de la tercera hora desde la llamada del CLIENTE o mediante cita concertada de lunes x xxxxxxx en horario ininterrumpido de 9:00 a 20:00. • Desplazamiento y mano de obra del técnico gratuitos para las incidencias cubiertas por este servicio, con un máximo de 4 intervenciones anuales. • Mantenimiento, reparación y configuración de la instalación física de telecomunicaciones en el domicilio del CLIENTE (cableado, tomas, pasivos, ptr), incluidas instalaciones previas no realizadas realiza- das por el OPERADOR EUSKALTEL pero reaprovecha- das reaprovechadas para el servicio. • Conexión y configuración de equipamiento compatible para el acceso a la red de telefonía fija fija, internet o internettelevisión, incluyendo la sintonización xx xxxxxxx de televisión, analógico o digital. • En el supuesto de avería del teléfono fijo el CLIENTE podrá desviar de forma gratuita las llamadas llama- das que reciba al teléfono fijo o móvil nacional indicado por el CLIENTE. • Queda expresamente excluido del servicio toda reparación sobre el equipamiento propiedad del CLIENTE o del OPERADORde EUSKALTEL. El Servicio Técnico Premium no será prestado en los siguientes casos: • Impago del servicio. • Manipulaciones en la instalación realizada por el OPERADOR EUSKALTEL efectuadas por el CLIENTE o por terceroster- ceros, sin el consentimiento del OPERADORde EUSKALTEL. La prestación del servicio de mantenimiento podrá ser efectuada directamente por el OPERADOR EUSKALTEL o por otra empresa debidamente autorizada por ella, sin perjuicio de que, en ambos casos, el OPERADOR EUSKALTEL sea responsable de la correcta prestación de dicho servicio.
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