CALIDAD DEL SERVICIO. Por un valor equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, con una vigencia igual a la de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir del acta de finalización del contrato. TRANSCARIBE S.A. aprobará las garantías si las encuentra ajustadas a lo especificado. En caso contrario, las devolverá al Contratista, según sea el caso, para que dentro del plazo que le señale, haga las modificaciones y aclaraciones necesarias. El Contratista deberá reponer el monto de la garantía cada vez que, en razón de las multas (apremios) o sanciones impuestas, el mismo se disminuyere o agotare. Si el Contratista se negare a constituir o a reponer la garantía exigida, TRANSCARIBE S.A. podrá dar por terminado el contrato en el estado en que se encuentre, sin que haya lugar a reconocer o pagar indemnización alguna.
CALIDAD DEL SERVICIO. SI 20 % del valor del contrato Igual a la duración del contrato y cuatro (4) meses más a partir de la suscripción del mismo.
CALIDAD DEL SERVICIO. A partir de la entrada en vigencia de la ADDENDA modificatoria del CONTRATO DE CONCESIÓN, quedan eliminados los aumentos tarifarios por calidad del servicio correspondientes a los años SEIS (6) y siguientes de la Concesión. El índice Global de Calidad del Servicio previsto en los Anexos VI-SBA y VI-U del CONTRATO DE CONCESIÓN, será parámetro de control y monitoreo de la calidad del servicio y la eficiencia del CONCESIONARIO.38 En el caso de que la Autoridad de Aplicación decida estudiar la implantación de un sistema tarifario integrado que comprenda -total o parcialmente- las diferentes concesiones de los servicios de pasajeros metropolitanos, los servicios de SBASE y los del modo automotor (ómnibus y colectivos), el CONCESIONARIO deberá prestar su colaboración. La implantación del sistema no deberá alterar el flujo y la oportunidad de los ingresos por venta de pasajes previsto por el CONCESIONARIO en su oferta; y si la puesta en marcha de dicho sistema obligara a realizar inversiones en el Grupo de Servicios Concedido no previstas en el Programa de Inversiones a cargo de la Autoridad de Aplicación ni en el Plan Empresario del CONCESIONARIO, ellas serán solventadas por la Autoridad de Aplicación mediante el mecanismo que 37 T.O. por la ADDENDA en su artículo 5°-Tarifas. Texto anterior: "Los precios para los viajes múltiples (boletos de ida y vuelta, boletos semanales, quincenales o mensuales, abonos, etc) en función de la distancia, o para las distintas categorías especiales previstas por el Pliego de Condiciones Particulares, serán fijados libremente por el CONCESIONARIO, previa información a la Autoridad de Aplicación con una anticipación de QUINCE (15) días corridos a la fecha en que los nuevos precios serán aplicados, los cuales comenzarán a regir en caso de no mediar formal oposición por parte de ésta". 38 T.O. por la ADDENDA en su artículo 5°-Tarifas. Texto anterior: "7.1.3. Mayor precio por mejor servicio. -El CONCESIONARIO tendrá será convenido con el CONCESIONARIO. Si el CONCESIONARIO deseara implantar, a su cargo y riesgo, algún sistema de expendio y control de pasajes de tipo magnético u óptico, dicho sistema deberá ser previamente aprobado por la Autoridad de Aplicación. El CONCESIONARIO podrá implantar tarifas combinadas con otros operadores del sistema de transporte, libremente acordadas entre los mismos, con la aprobación de la Autoridad de Aplicación. El producido de la venta de los boletos múltiples (semana- les, quincenales, mensuales y a...
CALIDAD DEL SERVICIO. El servicio debe ser de buena calidad; comprometiéndose “EL LOCADOR” a prestarlo de acuerdo con las normas más elevadas de competencia, integridad y ética profesional.
CALIDAD DEL SERVICIO. EL PROVEEDOR cumplirá los estándares de calidad emitidos y verificados por los organismos regulatorios y de control de las telecomunicaciones en el Ecuador, no obstante detalla que prestará sus servicios al cliente con los niveles de calidad especificados en el Anexo 1 (Técnico) que debidamente firmado por las partes forma parte integrante de este contrato. Así como declara que el SERVICIO DE INTERNET DEDICADO tendrá: Disponibilidad 99,6% mensual calculada sobre la base de 720 horas al mes. Para el cálculo de no disponibilidad del servicio no se considerará el tiempo durante el cual no se lo haya podido prestar debido a circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor o completamente ajenas al proveedor. Para trabajos en caso de mantenimiento, en la medida de lo posible, deberán ser planificados en períodos de 4 horas después de la media noche, debiéndose notificar previamente el tiempo de no disponibilidad por mantenimiento y siguiendo lo previsto en la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor. Las 8h00 a 19h00 horas del día, el Departamento Técnico del PERMISIONARIO recibirá requerimientos del Cliente a través del (los) número (s): 042 010959 - 0999851866 e mail: xxxxxxxx_xxxxxxxx@xxxxxxx.xxx y se registrará en el sistema haciendo la apertura de una queja y lo dirigirá al personal indicado. El Departamento Técnico del PERMISIONARIO realizará el seguimiento de los requerimientos o quejas registradas y el cumplimiento de la corrección del problema se atenderá, en un plazo máximo de 24 horas contados desde que se notifique, lo cual se anotará en el libro de registro de quejas. Las características técnicas y de calidad de servicio constan en el Anexo 1 denominado “Acuerdo de prestación de Servicios Contratado” que debidamente firmado por las partes es integrante del presente contrato y cumple con lo exigido en la Resolución 216-09-CONATEL-2009.
CALIDAD DEL SERVICIO. 10.1 En relación al servicio telefónico VINGA garantiza el 100% del Servicio siempre que el circuito de tránsito esté disponible. VINGA realizará sus mejores esfuerzos para que el Cliente disponga de en todo momento de la calidad necesaria y técnicamente posible de acuerdo con la modalidad del servicio telefónico elegida. Los factores relevantes que pueden limitar la calidad del servicio telefónico sobre fibra son la interrupción o merma del Servicio por la realización de operaciones de mantenimiento de red, mejora, cambios de equipamiento durante el tiempo imprescindible para la realización de las mismas que serán debidamente comunicadas al Cliente. Los factores relevantes que pueden limitar la calidad del servicio telefónico que escapan a su control son: i) fallo en el suministro eléctrico ii) indisponibilidad de los circuitos. El compromiso de calidad que ofrece VINGA es garantizar la disponibilidad del Servicio en todo momento con supuestos de interrupción del Servicio no superiores a 48 horas al mes. En caso que superen las 48 horas al mes, el Cliente previa petición por escrito en el plazo de un mes desde la interrupción tendrá derecho a una compensación consistente en la cuota mensual de abono prorrateada por el tiempo que haya excedido el compromiso, con el límite máximo por todas las incidencias ocurridas en un mismo mes, conjuntamente del importe de la cuota mensual del servicio afectado.
CALIDAD DEL SERVICIO. 9.1 La velocidad máxima de los servicios de acceso a internet dependerá del volumen xx Xxxxx asociado a la tarifa contratada. La velocidad máxima descenderá cuando el cliente alcance el volumen xx Xxxxx definido en su tarifa durante el ciclo de facturación. Cuando comience el siguiente ciclo de facturación, se restablecerá la velocidad a su máximo. Asimismo la velocidad dependerá de la capacidad del teléfono móvil utilizado y de la cobertura disponible.
CALIDAD DEL SERVICIO. SI 10% del valor del contrato Igual a la duración del contrato y cuatro (4) meses más a partir de la suscripción del mismo.
CALIDAD DEL SERVICIO. El valor de esta garantía será del veinte por ciento (20%) del valor del contrato otorgada con una vigencia igual al plazo del contrato y cuatro (4) meses más.
CALIDAD DEL SERVICIO. El operador se compromete a brindar el servicio contratado respetando los umbrales de los siguientes indicadores de calidad: