SISTEMAS DE VERIFICACIÓN Y CONTROL. EL RECUPERADOR/RECICLADOR autoriza a ECOEMBES a establecer sistemas de control para verificar el tratamiento y destino de los residuos de envases y envases usados puestos a su disposición por ECOEMBES hasta su reciclado final, así como el cumplimiento por EL RECUPERADOR/RECICLADOR de las propuestas de mejora, que, en su caso, se hayan incluido por la/s empresa/s homologadora/s en el “Informe de Auditoría de Homologación”. Si durante el transcurso del proceso de trazabilidad se produce incidencias que impliquen una imposibilidad de justificación de la trazabilidad, ECOEMBES podrá retirar a EL RECUPERADOR/RECICLADOR la homologación para el material cuya traza no quede justificada y, en este caso, proceder con la resolución de los contratos de venta suscritos con EL RECUPERADOR/RECICLADOR para el material en cuestión. Para casos de empresas que no evidencien trazabilidad, ECOEMBES podrá no volver a admitir solicitud de homologación para los materiales cuya traza no haya quedado debidamente justificada. Para el ejercicio de esta labor de control será preceptiva la notificación anticipada a EL RECUPERADOR/RECICLADOR por parte de ECOEMBES y se efectuará de la manera que cause las menores molestias en la actividad de EL RECUPERADOR/RECICLADOR sin que, en ningún caso, obligue a paralizar su proceso operativo de reciclado y garantizando siempre la confidencialidad. Si ECOEMBES detectara, durante la ejecución de su labor de control, incumplimientos en la adecuación de EL RECUPERADOR/RECICLADOR para el reciclado del material o incumplimientos de cualquiera de las cláusulas del presente Contrato y/o de los criterios que hubieran servido de base para el otorgamiento del Certificado de Homologación, ECOEMBES podrá resolver el mismo. La ejecución de esta labor de control por parte de ECOEMBES no exime a EL RECUPERADOR/RECICLADOR del cumplimiento de lo recogido en la Cláusula Quinta del presente Contrato. En caso de que EL RECUPERADOR/RECICLADOR tenga la instalación homologada fuera de la Unión Europea, deberá aportar copia de las facturas, contratos, documentos de transporte, copia de los DUA de exportación y certificados de evidencia que acrediten la salida del material.
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Samples: Contrato Nº, Contrato De Adjudicación De Residuos De Envases Y Envases Usados, Contrato De Adjudicación De Residuos De Envases Y Envases Usados De La Zona
SISTEMAS DE VERIFICACIÓN Y CONTROL. EL RECUPERADOR/RECICLADOR autoriza a ECOEMBES a establecer sistemas de control para verificar el tratamiento y destino de los residuos de envases y envases usados puestos a su disposición por ECOEMBES hasta su reciclado final, así como el cumplimiento por EL RECUPERADOR/RECICLADOR de las propuestas de mejora, que, en su caso, se hayan incluido por la/s empresa/s homologadora/s en el “Informe de Auditoría de Homologación”. Si durante el transcurso del proceso de trazabilidad se produce incidencias que impliquen una imposibilidad de justificación de la trazabilidad, ECOEMBES podrá retirar a EL RECUPERADOR/RECICLADOR la homologación para el material cuya traza no quede justificada y, en este caso, proceder con la resolución de los contratos de venta suscritos con EL RECUPERADOR/RECICLADOR para el material en cuestión. Para casos de empresas que no evidencien trazabilidad, ECOEMBES podrá no volver a admitir solicitud de homologación para los materiales cuya traza no haya quedado debidamente justificada. Para el ejercicio de esta labor de control será preceptiva la notificación anticipada a EL RECUPERADOR/RECICLADOR por parte de ECOEMBES y se efectuará de la manera que cause las menores molestias en la actividad de EL RECUPERADOR/RECICLADOR sin que, en ningún caso, obligue a paralizar su proceso operativo de reciclado y garantizando siempre la confidencialidad. Si ECOEMBES detectara, durante la ejecución de su labor de control, incumplimientos en la adecuación de EL RECUPERADOR/RECICLADOR para el reciclado del material o incumplimientos incumplimiento de cualquiera de las cláusulas del presente Contrato y/o de los criterios que hubieran servido de base para el otorgamiento del Certificado de Homologación, ECOEMBES podrá resolver el mismo. La ejecución de esta labor de control por parte de ECOEMBES no exime a EL RECUPERADOR/RECICLADOR del cumplimiento de lo recogido en la Cláusula Quinta del presente Contrato. En caso de que EL RECUPERADOR/RECICLADOR tenga la instalación homologada fuera de la Unión Europea, deberá aportar copia de las facturas, contratos, documentos de transporte, copia de los DUA de exportación y certificados de evidencia que acrediten la salida del material.
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Samples: Contrato De Adjudicación Del Material Cartón Bebidas/Alimentos Procedente De Plantas De Tratamiento De La Fraccion Resto, Contrato De Adjudicación Del Material Papel Cartón Procedente De Plantas De Tratamiento De La Fraccion Resto
SISTEMAS DE VERIFICACIÓN Y CONTROL. EL RECUPERADOR/RECICLADOR autoriza a ECOEMBES a establecer sistemas de control para verificar el tratamiento y destino de los residuos de envases y envases usados puestos a su disposición por ECOEMBES hasta su reciclado final, así como el cumplimiento por EL RECUPERADOR/RECICLADOR de las propuestas de mejora, que, en su caso, se hayan incluido por la/s empresa/s homologadora/s en el “Informe de Auditoría de Homologación”. Si durante el transcurso del proceso de trazabilidad se produce incidencias que impliquen una imposibilidad de justificación de la trazabilidad, ECOEMBES podrá retirar a EL RECUPERADOR/RECICLADOR la homologación para el material cuya traza no quede justificada y, en este caso, proceder con la resolución de los contratos de venta suscritos con EL RECUPERADOR/RECICLADOR para el material en cuestión. Para casos de empresas que no evidencien trazabilidad, ECOEMBES podrá no volver a admitir solicitud de homologación para los materiales cuya traza no haya quedado debidamente justificada. Para el ejercicio de esta labor de control será preceptiva la notificación anticipada a EL RECUPERADOR/RECICLADOR por parte de ECOEMBES y se efectuará de la manera que cause las menores molestias en la actividad de EL RECUPERADOR/RECICLADOR sin que, en ningún caso, obligue a paralizar su proceso operativo de reciclado y garantizando siempre la confidencialidad. Si ECOEMBES detectara, durante la ejecución de su labor de control, incumplimientos en la adecuación de EL RECUPERADOR/RECICLADOR para el reciclado del material o incumplimientos incumplimiento de cualquiera de las cláusulas del presente Contrato y/o de los criterios que hubieran servido de base para el otorgamiento del Certificado de Homologación, ECOEMBES podrá resolver el mismo. La ejecución de esta labor de control por parte de ECOEMBES no exime a EL RECUPERADOR/RECICLADOR del cumplimiento de lo recogido en la Cláusula Quinta del presente Contrato. En caso de que EL RECUPERADOR/RECICLADOR tenga la instalación homologada fuera de la Unión Europea, deberá aportar copia de las facturas, contratos, documentos de transporte, copia de los DUA de exportación y certificados de evidencia que acrediten la salida del material.
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Samples: Contrato De Adjudicación Del Material Pet Procedente De Plantas De Tratamiento De La Fraccion Resto, Contrato De Adjudicación Del Material Pet Procedente De Plantas De Tratamiento De La Fraccion Resto
SISTEMAS DE VERIFICACIÓN Y CONTROL. EL RECUPERADOR/RECICLADOR autoriza a ECOEMBES a establecer sistemas de control para verificar el tratamiento y destino de los residuos de envases y envases usados puestos a su disposición por ECOEMBES hasta su reciclado final, así como el cumplimiento por EL RECUPERADOR/RECICLADOR de las propuestas de mejora, que, en su caso, se hayan incluido por la/s empresa/s homologadora/s en el “Informe de Auditoría de Homologación”. Si durante el transcurso del proceso de trazabilidad se produce incidencias que impliquen una imposibilidad de justificación de la trazabilidad, ECOEMBES podrá retirar a EL RECUPERADOR/RECICLADOR la homologación para el material Material cuya traza no quede justificada y, en este caso, proceder con la resolución de los contratos de venta suscritos con EL RECUPERADOR/RECICLADOR para el material Material en cuestión. Para casos de empresas que no evidencien trazabilidad, ECOEMBES podrá no volver a admitir solicitud de homologación para los materiales Materiales cuya traza no haya quedado debidamente justificada. Para el ejercicio de esta labor de control será preceptiva la notificación anticipada a EL RECUPERADOR/RECICLADOR por parte de ECOEMBES y se efectuará de la manera que cause las menores molestias en la actividad de EL RECUPERADOR/RECICLADOR sin que, en ningún caso, obligue a paralizar su proceso operativo de reciclado y garantizando siempre la confidencialidad. Si ECOEMBES detectara, durante la ejecución de su labor de control, incumplimientos en la adecuación de EL RECUPERADOR/RECICLADOR para el reciclado del material Material o incumplimientos incumplimiento de cualquiera de las cláusulas del presente Contrato y/o de los criterios que hubieran servido de base para el otorgamiento del Certificado de Homologación, ECOEMBES podrá resolver el mismo. La ejecución de esta labor de control por parte de ECOEMBES no exime a EL RECUPERADOR/RECICLADOR del cumplimiento de lo recogido en la Cláusula Quinta del presente Contrato. En caso de que EL RECUPERADOR/RECICLADOR tenga la instalación homologada fuera de la Unión Europea, deberá aportar copia de las facturas, contratos, documentos de transporte, copia de los DUA de exportación y certificados de evidencia que acrediten la salida del materialMaterial.
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Samples: Contrato De Adjudicación Del Material Cartón Bebidas/Alimentos Procedente De Plantas De Tratamiento De La Fraccion Resto, Contrato De Adjudicación Del Material Acero Procedente De Plantas De Tratamiento De La Fraccion Resto
SISTEMAS DE VERIFICACIÓN Y CONTROL. EL RECUPERADOR/RECICLADOR autoriza a ECOEMBES a establecer sistemas de control para verificar el tratamiento y destino de los residuos de envases envase s y envases usados puestos a su disposición por ECOEMBES hasta su reciclado final, así como el cumplimiento por EL RECUPERADOR/RECICLADOR de las propuestas de mejora, que, en su caso, se hayan incluido por la/s empresa/s homologadora/s en el “Informe de Auditoría de Homologación”. Si durante el transcurso del proceso de trazabilidad se produce incidencias que impliquen una imposibilidad de justificación de la trazabilidad, ECOEMBES podrá retirar a EL RECUPERADOR/al RECICLADOR la homologación para el material cuya traza no quede justificada y, en este caso, proceder con la resolución de los contratos de venta suscritos con EL RECUPERADOR/el RECICLADOR para el material en cuestión. Para casos de empresas que no evidencien trazabilidad, ECOEMBES podrá no volver a admitir solicitud de homologación para los materiales cuya traza no haya quedado debidamente justificada. Para el ejercicio de esta labor de control será preceptiva la notificación anticipada a EL RECUPERADOR/RECICLADOR por parte de ECOEMBES y se efectuará de la manera que cause las menores molestias en la actividad de EL RECUPERADOR/RECICLADOR sin que, en ningún caso, obligue a paralizar su proceso operativo de reciclado y garantizando siempre la confidencialidad. Si ECOEMBES detectara, durante la ejecución de su labor de control, incumplimientos en la adecuación de EL RECUPERADOR/RECICLADOR para el reciclado del material o incumplimientos de cualquiera de las cláusulas del presente Contrato y/o de los criterios que hubieran servido de base para el otorgamiento del Certificado de Homologación, ECOEMBES podrá resolver el mismo. La ejecución de esta labor de control por parte de ECOEMBES no exime a EL RECUPERADOR/RECICLADOR del cumplimiento de lo recogido en la Cláusula Quinta del presente Contrato. En caso de que EL RECUPERADOR/RECICLADOR tenga la instalación homologada fuera de la Unión Europea, deberá aportar copia de las facturas, contratos, documentos de transporte, copia de los DUA de exportación y certificados de evidencia que acrediten la salida del material.
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Samples: Contrato De Adjudicación De Residuos De Envases Y Envases Usados De La Zona, Contrato De Adjudicación De Residuos De Envases Y Envases Usados De La Zona
SISTEMAS DE VERIFICACIÓN Y CONTROL. EL RECUPERADOR/RECICLADOR autoriza a ECOEMBES a establecer sistemas de control para verificar el tratamiento y destino de los residuos de envases y envases usados puestos a su disposición por ECOEMBES hasta su reciclado final, así como el cumplimiento por EL RECUPERADOR/RECICLADOR de las propuestas de mejora, que, en su caso, se hayan incluido por la/s empresa/s homologadora/s en el “Informe de Auditoría de Homologación”. Si durante el transcurso del proceso de trazabilidad se produce incidencias que impliquen una imposibilidad de justificación de la trazabilidad, ECOEMBES podrá retirar a EL RECUPERADOR/RECICLADOR la homologación para el material cuya traza no quede que de justificada y, en este caso, proceder con la resolución de los contratos de venta suscritos con EL RECUPERADOR/RECICLADOR para el material en cuestión. Para casos de empresas que no evidencien trazabilidad, ECOEMBES podrá no volver a admitir solicitud de homologación para los materiales cuya traza no haya quedado debidamente justificada. Para el ejercicio de esta labor de control será preceptiva la notificación anticipada a EL RECUPERADOR/RECICLADOR por parte de ECOEMBES y se efectuará de la manera que cause las menores molestias en la actividad de EL RECUPERADOR/RECICLADOR sin que, en ningún caso, obligue a paralizar su proceso operativo de reciclado y garantizando siempre la confidencialidad. Si ECOEMBES detectara, durante la ejecución de su labor de control, incumplimientos en la adecuación de EL RECUPERADOR/RECICLADOR para el reciclado del material o incumplimientos de cualquiera de las cláusulas del presente Contrato y/o de los criterios que hubieran servido de base para el otorgamiento del Certificado de Homologación, ECOEMBES podrá resolver el mismo. La ejecución de esta labor de control por parte de ECOEMBES no exime a EL RECUPERADOR/RECICLADOR del cumplimiento de lo recogido en la Cláusula Quinta del presente Contrato. En caso de que EL RECUPERADOR/RECICLADOR tenga la instalación homologada fuera de la Unión Europea, deberá aportar copia de las facturas, contratos, documentos de transporte, copia de los DUA de exportación y certificados de evidencia que acrediten la salida del material.
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Samples: Contrato De Adjudicación De Residuos De Envases Y Envases Usados De La Zona, Contrato De Adjudicación De Residuos De Envases Y Envases Usados De La Zona
SISTEMAS DE VERIFICACIÓN Y CONTROL. EL RECUPERADOR/RECICLADOR autoriza a ECOEMBES a establecer sistemas de control para verificar el tratamiento y destino de los residuos de envases y envases usados puestos a su disposición por ECOEMBES hasta su reciclado final, así como el cumplimiento por EL RECUPERADOR/RECICLADOR de las propuestas de mejora, que, en su caso, se hayan incluido por la/s empresa/s homologadora/s en el “Informe de Auditoría de Homologación”. Si durante el transcurso del proceso de trazabilidad se produce incidencias que impliquen una imposibilidad de justificación de la trazabilidad, ECOEMBES podrá retirar a EL RECUPERADOR/RECICLADOR la homologación para el material Material cuya traza no quede justificada y, en este caso, proceder con la resolución de los contratos de venta suscritos con EL RECUPERADOR/RECICLADOR para el material Material en cuestión. Para casos de empresas que no evidencien trazabilidad, ECOEMBES podrá no volver a admitir solicitud de homologación para los materiales Materiales cuya traza no haya quedado debidamente justificada. Para el ejercicio de esta labor de control será preceptiva la notificación anticipada a EL RECUPERADOR/RECICLADOR por parte de ECOEMBES y se efectuará de la manera que cause las menores molestias en la actividad de EL RECUPERADOR/RECICLADOR sin que, en ningún caso, obligue a paralizar su proceso operativo de reciclado y garantizando siempre la confidencialidad. Si ECOEMBES detectara, durante la ejecución de su labor de control, incumplimientos en la adecuación de EL RECUPERADOR/RECICLADOR para el reciclado del material Material o incumplimientos de cualquiera de las cláusulas del presente Contrato y/o de los criterios que hubieran servido de base para el otorgamiento del Certificado de Homologación, ECOEMBES podrá resolver el mismo. La ejecución de esta labor de control por parte de ECOEMBES no exime a EL RECUPERADOR/RECICLADOR del cumplimiento de lo recogido en la Cláusula Quinta del presente Contrato. En caso de que EL RECUPERADOR/RECICLADOR tenga la instalación homologada fuera de la Unión Europea, deberá aportar copia de las facturas, contratos, documentos de transporte, copia de los DUA de exportación y certificados de evidencia que acrediten la salida del materialMaterial.
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SISTEMAS DE VERIFICACIÓN Y CONTROL. EL RECUPERADOR/RECICLADOR autoriza a ECOEMBES a establecer sistemas de control para verificar el tratamiento y destino de los residuos de envases y envases usados puestos a su disposición por ECOEMBES hasta su reciclado final, así como el cumplimiento por EL RECUPERADOR/RECICLADOR de las propuestas de mejora, que, en su caso, se hayan incluido por la/s empresa/s homologadora/s en el “Informe de Auditoría de Homologación”. Si durante el transcurso del proceso de trazabilidad se produce producen incidencias que impliquen una imposibilidad de justificación de la trazabilidad, ECOEMBES podrá retirar a EL RECUPERADOR/RECICLADOR la homologación para el material cuya traza no quede justificada y, en este caso, proceder con la resolución de los contratos de venta suscritos con EL RECUPERADOR/RECICLADOR para el material en cuestión. Para casos de empresas que no evidencien trazabilidad, ECOEMBES podrá no volver a admitir solicitud de homologación para los materiales cuya traza no haya quedado debidamente justificada. Para el ejercicio de esta labor de control será preceptiva la notificación anticipada a EL RECUPERADOR/RECICLADOR por parte de ECOEMBES y se efectuará de la manera que cause las menores molestias en la actividad de EL RECUPERADOR/RECICLADOR sin que, en ningún caso, obligue a paralizar su proceso operativo de reciclado y garantizando siempre la confidencialidad. Si ECOEMBES detectara, durante la ejecución de su labor de control, incumplimientos en la adecuación de EL RECUPERADOR/RECICLADOR para el reciclado del material o incumplimientos incumplimiento de cualquiera de las cláusulas del presente Contrato y/o de los criterios que hubieran servido de base para el otorgamiento del Certificado de Homologación, ECOEMBES podrá resolver el mismo. La ejecución de esta labor de control por parte de ECOEMBES no exime a EL RECUPERADOR/RECICLADOR del cumplimiento de lo recogido en la Cláusula Quinta del presente Contrato. En caso de que EL RECUPERADOR/RECICLADOR tenga la instalación homologada fuera de la Unión Europea, deberá aportar copia de las facturas, contratos, documentos de transporte, copia de los DUA de exportación y certificados de evidencia que acrediten la salida del material.
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SISTEMAS DE VERIFICACIÓN Y CONTROL. EL RECUPERADOR/RECICLADOR autoriza a ECOEMBES a establecer sistemas de control para verificar el tratamiento y destino de los residuos de envases y envases usados puestos a su disposición por ECOEMBES hasta su reciclado final, así como el cumplimiento por EL RECUPERADOR/RECICLADOR de las propuestas de mejora, que, en su caso, se hayan incluido por la/s empresa/s homologadora/s en el “Informe de Auditoría de Homologación”. Si durante el transcurso del proceso de trazabilidad se produce incidencias que impliquen una imposibilidad de justificación de la trazabilidad, ECOEMBES podrá retirar a EL RECUPERADOR/RECICLADOR la homologación para el material Material cuya traza no quede que de justificada y, en este caso, proceder con la resolución de los contratos de venta suscritos con EL RECUPERADOR/RECICLADOR para el material Material en cuestión. Para casos de empresas que no evidencien trazabilidad, ECOEMBES podrá no volver a admitir solicitud de homologación para los materiales Materiales cuya traza no haya quedado debidamente justificada. Para el ejercicio de esta labor de control será preceptiva la notificación anticipada a EL RECUPERADOR/RECICLADOR por parte de ECOEMBES y se efectuará de la manera que cause las menores molestias en la actividad de EL RECUPERADOR/RECICLADOR sin que, en ningún caso, obligue a paralizar su proceso operativo de reciclado y garantizando siempre la confidencialidad. Si ECOEMBES detectara, durante la ejecución de su labor de control, incumplimientos en la adecuación de EL RECUPERADOR/RECICLADOR para el reciclado del material Material o incumplimientos incumplimiento de cualquiera de las cláusulas del presente Contrato y/o de los criterios que hubieran servido de base para el otorgamiento del Certificado de Homologación, ECOEMBES podrá resolver el mismo. La ejecución de esta labor de control por parte de ECOEMBES no exime a EL RECUPERADOR/RECICLADOR del cumplimiento de lo recogido en la Cláusula Quinta del presente Contrato. En caso de que EL RECUPERADOR/RECICLADOR tenga la instalación homologada fuera de la Unión Europea, deberá aportar copia de las facturas, contratos, documentos de transporte, copia de los DUA de exportación y certificados de evidencia que acrediten la salida del materialMaterial.
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SISTEMAS DE VERIFICACIÓN Y CONTROL. EL RECUPERADOR/RECICLADOR autoriza a ECOEMBES a establecer sistemas de control para verificar el tratamiento y destino de los residuos de envases y envases usados puestos a su disposición por ECOEMBES hasta su reciclado final, así como el cumplimiento por EL RECUPERADOR/RECICLADOR de las propuestas de mejora, que, en su caso, se hayan incluido por la/s empresa/s homologadora/s en el “Informe de Auditoría de Homologación”. Si durante el transcurso del proceso de trazabilidad se produce incidencias que impliquen una imposibilidad de justificación de la trazabilidad, ECOEMBES podrá retirar a EL RECUPERADOR/RECICLADOR la homologación para el material Material cuya traza no quede justificada y, en este caso, proceder con la resolución de los contratos de venta suscritos con EL RECUPERADOR/RECICLADOR para el material Material en cuestión. Para casos de empresas que no evidencien trazabilidad, ECOEMBES podrá no volver a admitir solicitud de homologación para los materiales Materiales cuya traza no haya quedado debidamente justificada. Para el ejercicio de esta labor de control será preceptiva la notificación anticipada a EL RECUPERADOR/RECICLADOR por parte de ECOEMBES y se efectuará de la manera que cause las menores molestias en la actividad de EL RECUPERADOR/RECICLADOR sin que, en ningún caso, obligue a paralizar su proceso operativo de reciclado y garantizando siempre la confidencialidad. Si ECOEMBES detectara, durante la ejecución de su labor de control, incumplimientos en la adecuación de EL RECUPERADOR/RECICLADOR para el reciclado del material Material o incumplimientos incumplimiento de cualquiera de las cláusulas del presente Contrato y/o de los criterios que hubieran servido de base para el otorgamiento del Certificado de Homologación, ECOEMBES podrá resolver el mismo. La ejecución de esta labor de control por parte de ECOEMBES no exime a EL RECUPERADOR/RECICLADOR del cumplimiento de lo recogido en la Cláusula Quinta del presente Contrato. En caso de que EL RECUPERADOR/RECICLADOR tenga la instalación homologada fuera de la Unión Europea, deberá aportar copia de las facturas, contratos, documentos de transporte, copia de los DUA de exportación y certificados de evidencia que acrediten la salida del materialMaterial.
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Samples: Contrato De Adjudicación Del Material Pet Procedente De Plantas De Tratamiento De La Fraccion Resto
SISTEMAS DE VERIFICACIÓN Y CONTROL. EL RECUPERADOR/RECICLADOR autoriza a ECOEMBES a establecer sistemas de control para verificar el tratamiento y destino de los residuos de envases y envases usados puestos a su disposición por ECOEMBES hasta su reciclado final, así como el cumplimiento por EL RECUPERADOR/RECICLADOR de las propuestas de mejora, que, en su caso, se hayan incluido por la/s empresa/s homologadora/s en el “Informe de Auditoría de Homologación”. Si durante el transcurso del proceso de trazabilidad se produce incidencias que impliquen una imposibilidad de justificación de la trazabilidad, ECOEMBES podrá retirar a EL RECUPERADOR/RECICLADOR la homologación para el material Material cuya traza no quede que de justificada y, en este caso, proceder con la resolución de los contratos de venta suscritos con EL RECUPERADOR/RECICLADOR para el material Material en cuestión. Para casos de empresas que no evidencien trazabilidad, ECOEMBES podrá no volver a admitir solicitud de homologación para los materiales Materiales cuya traza no haya quedado debidamente justificada. Para el ejercicio de esta labor de control será preceptiva la notificación anticipada a EL RECUPERADOR/RECICLADOR por parte de ECOEMBES y se efectuará de la manera que cause las menores molestias en la actividad de EL RECUPERADOR/RECICLADOR sin que, en ningún caso, obligue a paralizar su proceso operativo de reciclado y garantizando siempre la confidencialidad. Si ECOEMBES detectara, durante la ejecución de su labor de control, incumplimientos en la adecuación de EL RECUPERADOR/RECICLADOR para el reciclado del material Material o incumplimientos de cualquiera de las cláusulas del presente Contrato y/o de los criterios que hubieran servido de base para el otorgamiento del Certificado de Homologación, ECOEMBES podrá resolver el mismo. La ejecución de esta labor de control por parte de ECOEMBES no exime a EL RECUPERADOR/RECICLADOR del cumplimiento de lo recogido en la Cláusula Quinta del presente Contrato. En caso de que EL RECUPERADOR/RECICLADOR tenga la instalación homologada fuera de la Unión Europea, deberá aportar copia de las facturas, contratos, documentos de transporte, copia de los DUA de exportación y certificados de evidencia que acrediten la salida del materialMaterial.
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Samples: Contrato De Adjudicación De Residuos De Envases Y Envases Usados De La Zona
SISTEMAS DE VERIFICACIÓN Y CONTROL. EL RECUPERADOR/RECICLADOR autoriza a ECOEMBES a establecer sistemas de control para verificar el tratamiento y destino de los residuos de envases y envases usados puestos a su disposición por ECOEMBES hasta su reciclado final, así como el cumplimiento por EL RECUPERADOR/RECICLADOR de las propuestas de mejora, que, en su caso, se hayan incluido por la/s empresa/s homologadora/s en el “Informe de Auditoría de Homologación”. Si durante el transcurso del proceso de trazabilidad se produce incidencias que impliquen una imposibilidad de justificación de la trazabilidad, ECOEMBES podrá retirar a EL RECUPERADOR/RECICLADOR la homologación para el material cuya traza no quede justificada y, en este caso, proceder con la resolución de los contratos de venta suscritos con EL RECUPERADOR/RECICLADOR para el material en cuestión. Para casos de empresas que no evidencien trazabilidad, ECOEMBES podrá no volver a admitir solicitud de homologación para los materiales cuya traza no haya quedado debidamente justificada. Para el ejercicio de esta labor de control será preceptiva la notificación anticipada a EL RECUPERADOR/RECICLADOR por parte de ECOEMBES y se efectuará de la manera que cause las menores molestias en la actividad de EL RECUPERADOR/RECICLADOR sin que, en ningún caso, obligue a paralizar su proceso operativo de reciclado y garantizando siempre la confidencialidad. Si ECOEMBES detectara, durante la ejecución de su labor de control, incumplimientos en la adecuación de EL RECUPERADOR/RECICLADOR para el reciclado del material o incumplimientos de cualquiera de las cláusulas del presente Contrato y/o de los criterios que hubieran servido de base para el otorgamiento del Certificado de Homologación, ECOEMBES podrá resolver el mismo. La ejecución de esta labor de control por parte de ECOEMBES no exime a EL RECUPERADOR/RECICLADOR del cumplimiento de lo recogido en la Cláusula Quinta del presente Contrato. En caso de que EL RECUPERADOR/RECICLADOR tenga la instalación homologada fuera de la Unión Europea, Europea deberá aportar copia de las facturas, contratos, documentos de transporte, copia de los DUA de exportación y certificados de evidencia que acrediten la salida del material.
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SISTEMAS DE VERIFICACIÓN Y CONTROL. EL RECUPERADOR/RECICLADOR autoriza a ECOEMBES a establecer sistemas de control para verificar el tratamiento y destino de los residuos de envases y envases usados puestos a su disposición por ECOEMBES hasta su reciclado final, así como el cumplimiento por EL RECUPERADOR/RECICLADOR de las propuestas de mejora, que, en su caso, se hayan incluido por la/s empresa/s homologadora/s en el “Informe de Auditoría de Homologación”. Si durante el transcurso del proceso de trazabilidad se produce producen incidencias que impliquen una imposibilidad de justificación de la trazabilidad, ECOEMBES podrá retirar a EL RECUPERADOR/RECICLADOR la homologación para el material cuya traza no quede justificada y, en este caso, proceder con la resolución de los contratos de venta suscritos con EL RECUPERADOR/RECICLADOR para el material en cuestión. Para casos de empresas que no evidencien trazabilidad, ECOEMBES podrá no volver a admitir solicitud de homologación para los materiales cuya traza no haya quedado debidamente justificada. Para el ejercicio de esta labor de control será preceptiva la notificación anticipada a EL RECUPERADOR/RECICLADOR por parte de ECOEMBES y se efectuará de la manera que cause las menores molestias en la actividad de EL RECUPERADOR/RECICLADOR sin que, en ningún caso, obligue a paralizar su proceso operativo de reciclado y garantizando siempre la confidencialidad. Si ECOEMBES detectara, durante la ejecución de su labor de control, incumplimientos en la adecuación de EL RECUPERADOR/RECICLADOR para el reciclado del material o incumplimientos de cualquiera de las cláusulas del presente Contrato y/o de los criterios que hubieran servido de base para el otorgamiento del Certificado de Homologación, ECOEMBES podrá resolver el mismo. La ejecución de esta labor de control por parte de ECOEMBES no exime a EL RECUPERADOR/RECICLADOR del cumplimiento de lo recogido en la Cláusula Quinta del presente Contrato. En caso de que EL RECUPERADOR/RECICLADOR tenga la instalación homologada fuera de la Unión Europea, deberá aportar copia de las facturas, contratos, documentos de transporte, copia de los DUA de exportación y certificados de evidencia que acrediten la salida del material.
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