Common use of Sobre la Cuenta Corriente Clause in Contracts

Sobre la Cuenta Corriente. Es una solución financiera que permite el manejo de efectivo, permitiendo controlar y administrar los fondos a la vista por medio de la Tarjeta de Débito VISA/MASTERCARD o chequera, así como sobregiros debidamente aprobados previo cumplimiento de requisitos, y según lo determine El Cliente y El Banco. Mediante esta cuenta, El Cliente adquiere el derecho de depositar dinero efectivo, sea en colones y dólares, así como cualquier moneda que El Banco autorice en el futuro, cheques o valores en El Banco y de disponer total o parcialmente de sus saldos mediante el uso de Tarjeta de Débito, giro de cheques u otra forma previamente convenida con el Banco. Manifiesta expresamente El Cliente que con la apertura de la “Cuenta Óptima y Cuenta Corriente” se abre una cuenta en colones costarricenses, o en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, que se identificarán con el número del contrato más un prefijo “3” para la cuenta en colones, o de un prefijo “4” para la cuenta en dólares. Manifiestan expresamente las partes del presente contrato que igualmente formarán parte del presente Contrato y se regirán por las disposiciones de éste, aquellas otras cuentas corrientes denominadas “Sub-cuentas” que a través de la suscripción de la respectiva solicitud haga El Cliente y sea aceptado por El Banco, caso en el cual ambos suscribirán la Adenda correspondiente, y en el que se hará constar expresamente que formará parte integral del presente Contrato. El Banco pone a disposición del Cliente un esquema de respaldo entre las sub-cuentas, para cubrir débitos o pagos de cheques de manera que el sistema en forma automática y de acuerdo a la disponibilidad de fondos en cada sub-cuenta y según la prioridad asignada por El Cliente y debidamente registrada en el sistema y según las características propias del producto, realizará los movimientos correspondientes de débitos y créditos entre las cuentas asociadas. Esta facilidad se activa en forma automática para la “Cuenta Óptima y su respectiva Cuenta Corriente relacionada”, entre las cuentas principales (en colones o dólares) al momento de la apertura de la cuenta, salvo que El Cliente manifieste expresamente la no aceptación del servicio. Si El Cliente abre una Cuenta Corriente en dólares, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América, el Banco queda autorizado a pagar los cheques ya sea en efectivo o por medio de títulos valores a la vista contra instituciones financieras reconocidas en el ámbito bancario, en la misma moneda o su equivalente en colones. Asimismo, manifiesta expresamente El Cliente cuentacorrentista que acepta que, durante la vigencia de este Contrato, se le aplicarán las futuras leyes, normas reglamentarias y acuerdos interbancarios, que llegaren a producirse con relación en la prestación de servicios de Cuentas Corrientes. -

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Sobre la Cuenta Corriente. Es una solución financiera que permite el manejo de efectivo, permitiendo controlar y administrar los fondos a la vista por medio de la Tarjeta de Débito VISA/MASTERCARD o chequera, así como sobregiros debidamente aprobados previo cumplimiento de requisitos, y según lo determine El Cliente y El Banco. Mediante esta cuenta, El Cliente adquiere el derecho de depositar dinero efectivo, sea en colones y dólares, así como cualquier moneda que El Banco autorice en el futuro, cheques o valores en El Banco y de disponer total o parcialmente de sus saldos mediante el uso de Tarjeta de Débito, giro de cheques u otra forma previamente convenida con el Banco. Manifiesta expresamente El Cliente entiende y acepta que con la apertura de la “Cuenta Óptima Optima y Cuenta Corriente” se abre una cuenta en colones costarricenses, o en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, que se identificarán con el número del contrato más un prefijo “3” para la cuenta en colones, o de un prefijo “4” para la cuenta en dólares. Manifiestan expresamente las partes del presente contrato que igualmente Igualmente formarán parte del presente Contrato y se regirán por las disposiciones de éste, aquellas otras cuentas corrientes denominadas “Sub-cuentas” que a través de la suscripción de la respectiva solicitud haga El Cliente y sea aceptado por El Banco, caso en el cual ambos suscribirán la Adenda el Addendum correspondiente, y en el que se hará constar expresamente que formará parte integral del presente Contrato. El Banco pone a disposición del Cliente un esquema de respaldo entre las sub-cuentas, para cubrir débitos o pagos de cheques de manera que el sistema en forma automática y de acuerdo a la disponibilidad de fondos en cada sub-cuenta y según la prioridad asignada por El Cliente y debidamente registrada en el sistema y según las características propias del producto, realizará los movimientos correspondientes de débitos y créditos entre las cuentas asociadas. Esta facilidad se activa en forma automática para la “Cuenta Óptima y su respectiva Cuenta Corriente relacionada”, entre las cuentas principales (en colones o dólares) al momento de la apertura de la cuenta, salvo que El Cliente manifieste expresamente la no aceptación del servicio. Si El Cliente abre una Cuenta Corriente en dólares, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América, el Banco queda autorizado a pagar los cheques ya sea en efectivo o por medio de títulos valores a la vista contra instituciones financieras reconocidas en el ámbito bancario, en la misma moneda o su equivalente en colones. Asimismo, manifiesta expresamente El Cliente cuentacorrentista que acepta que, durante la vigencia de este Contrato, se le aplicarán las futuras leyes, normas reglamentarias y acuerdos interbancarios, que llegaren a producirse con relación en la prestación de servicios de Cuentas Corrientes. -en

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Sobre la Cuenta Corriente. Es una solución financiera que permite el manejo de efectivo, permitiendo controlar y administrar los fondos a la vista por medio de la Tarjeta de Débito VISA/MASTERCARD o chequera, así como sobregiros debidamente aprobados previo cumplimiento de requisitos, y según lo determine El Cliente y El Banco. Mediante esta cuenta, El Cliente adquiere el derecho de depositar dinero efectivo, sea en colones y dólares, así como cualquier moneda que El Banco autorice en el futuro, cheques o valores en El Banco y de disponer total o parcialmente de sus saldos mediante el uso de Tarjeta de Débito, giro de cheques u otra forma previamente convenida con el Banco. Manifiesta expresamente El Cliente que con la apertura de la “Cuenta Óptima y Cuenta Corriente” se abre una cuenta en colones costarricenses, o en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, que se identificarán con el número del contrato más un prefijo “3” para la cuenta en colones, o de un prefijo “4” para la cuenta en dólares. Manifiestan expresamente las partes del presente contrato que igualmente formarán parte del presente Contrato y se regirán por las disposiciones de éste, aquellas otras cuentas corrientes denominadas “Sub-cuentas” que a través través de la suscripción de la respectiva solicitud haga El Cliente y sea aceptado por El Banco, caso en el cual ambos suscribirán la Adenda correspondiente, y en el que se hará constar expresamente que formará parte integral del presente Contrato. El Banco pone a disposición del Cliente un esquema de respaldo entre las sub-cuentas, para cubrir débitos o pagos de cheques de manera que el sistema en forma automática y de acuerdo a la disponibilidad de fondos en cada sub-cuenta y según la prioridad asignada por El Cliente y debidamente registrada en el sistema y según las características propias del producto, realizará los movimientos correspondientes de débitos y créditos entre las cuentas asociadas. Esta facilidad se activa en forma automática para la “Cuenta Óptima y su respectiva Cuenta Corriente relacionada”, entre las cuentas principales (en colones o dólares) al momento de la apertura de la cuenta, salvo que El Cliente manifieste expresamente la no aceptación del servicio. Si El Cliente abre una Cuenta Corriente en dólares, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América, el Banco queda autorizado a pagar los cheques ya sea en efectivo o por medio de títulos valores a la vista contra instituciones financieras reconocidas en el ámbito bancario, en la misma moneda o su equivalente en colones. Asimismo, manifiesta expresamente El Cliente cuentacorrentista que acepta que, durante la vigencia de este Contrato, se le aplicarán las futuras leyes, normas reglamentarias y acuerdos interbancarios, que llegaren a producirse con relación en la prestación de servicios de Cuentas Corrientes. -

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