CRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje Máximo: 100 Puntos) A. EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD M = Monto facturado acumulado por el postor por la prestación de servicios correspondientes a la actividad objeto del proceso M >= 03 veces el valor referencial: 20 puntos M >= 02 veces el valor referencial y < 03 veces el valor referencial: 15 puntos M >= 01 veces el valor referencial y < 02 veces el valor referencial: 10 puntos19 Criterio: Se evaluará considerando el monto facturado acumulado por el postor correspondiente a la actividad objeto del proceso, durante un periodo, NO MAYOR A OCHO (8) AÑOS a la fecha de la presentación de propuestas, hasta por un monto máximo acumulado equivalente a (3) VECES EL VALOR REFERENCIAL DE LA CONTRATACIÓN O DEL ÍTEM. Acreditación: La experiencia se acreditará mediante copia simple de: contratos u órdenes de servicio, y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, pudiendo ser con VOUCHER DE DEPÓSITO, REPORTE DE ESTADO DE CUENTA, CANCELACIÓN EN EL DOCUMENTO, ENTRE OTROS, correspondientes a un xxxxxx xx xxxx (10) servicios. En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar la prestación de un solo servicio, se deberá acreditar que corresponden a dicho servicio; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan servicios independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación y calificación, los diez (10) primeros servicios indicados en el Anexo Nº 6 referido a la Experiencia del Postor en la Actividad. En el caso de servicios de ejecución periódica, sólo se considerará como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de propuestas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago. En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, se entenderá que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa formal o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. Cuando en los contratos, órdenes de servicios o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de emisión de la orden de servicio o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 6 referido a la Experiencia del Postor en la Actividad.
CRITERIOS DE SELECCIÓN El órgano de contratación podrá limitar la información requerida sobre los criterios de selección a la pregunta de si los licitadores cumplen o no todos los criterios de selección necesarios. En este caso únicamente será necesario que la empresa interesada cumplimente la sección “A: INDICACIÓN GLOBAL RELATIVA A TODOS LOS CRITERIOS DE SELECCIÓN”, omitiendo cualquier otra sección de esta parte. Aunque, posteriormente, podrá solicitarles información o documentación adicional. En caso contrario, el órgano de contratación debe determinar los criterios de selección exigibles, y la empresa facilitar la información sobre el cumplimiento de cada uno de los criterios de selección que se hayan indicado, cumplimentando las secciones A a D de esta parte que procedan.
PRESTACIÓN DE SERVICIOS AUTORIZACIÓN PRESUPUESTAL SFA-CPF-01-DFDP-H048-38- 0659/2015, DGA-SG-34328/15 FEDERAL ESTATAL
IDENTIFICACIÓN DEL CRÉDITO PRESUPUESTARIO PARA CUBRIR EL COMPROMISO DERIVADO DEL CONTRATO El crédito presupuestario para cubrir el compromiso derivado del presente Contrato está previsto conforme al siguiente detalle: Año T.P. Programa Sub Programa Proyecto Objeto de Gasto F.F. O.F. Departamento Monto Esta contratación está incluida en el Plan Anual de Contrataciones (PAC) con el ID Nº
CARACTERISTICAS DEL SERVICIO El servicio prestado en virtud de estas Condiciones Especiales se realizará sobre una Base Firme y no estará sujeto a reducción o interrupción, salvo por las razones enumeradas en los Artículos 10, 11 y 12 de las Condiciones Generales del Reglamento.
CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO La persona seleccionada como “EVALUADOR TECNICO” deberá cumplir las funciones que le asigne la Sub Gerencia de Obras Publicas y Edificaciones Privadas, dentro de las cuales se encuentran las siguientes: - Revisar estudios y /o expedientes técnicos de IOARR y de proyectos ejecutados en la modalidad de administración directa o contrata de obras públicas a ejecutar. - Revisar los expedientes técnicos de las solicitudes de ampliaciones de plazo de IOARR y de proyectos ejecutados en la modalidad de administración directa o contrata de obras públicas a ejecutar; para el trámite de aprobación y ejecución de los mismos. - Revisar los expedientes técnicos de las solicitudes de las modificaciones financieras (adicionales y deductivas) de IOARR y de proyectos ejecutados en la modalidad de administración directa o contrata de obras públicas a ejecutar; para el trámite de aprobación y ejecución de los mismos. - Monitorear los proyectos de inversión en infraestructura vial y urbana aprobada en el Presupuesto Municipal del Ejercicio. - Coordinar el estudio de los proyectos de inversión pública con la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos. - Revisar las fichas de Actividad y de manteniendo. - Asesorar y absolver consultas al público usuario en los asuntos de su especialidad y competencia. - Elaborar estudios definitivos y expedientes técnicos a detalle, asimismo la evaluación de dichos estudios según decisión de la Sub Gerencia de Obras Publicas y Edificaciones Privadas. - Participar como especialista en la formulación de proyectos - Emitir informes mensuales al Sub Gerente de Obras Publicas sobre la labor de los residentes y Supervisores en las Obras de Administración Directa. - Controlar y supervisar el proceso de ejecución de obras, haciendo que los proyectos sean ejecutados conforme a los expedientes técnicos y normatividad vigentes. - Controlar y evaluar, bajo responsabilidad la permanencia en los puestos de trabajo y el desempeño laboral del personal bajo su cargo (residentes y supervisores de obra). - Programar en forma oportuna, en forma conjunta con los supervisores y residentes de obra, la fecha de entrega terreno e inicio de obra. - Ejecutar y controlar programas de obras públicas por contrata o administración directa, emitiendo los informes técnicos sobre el avance físico de obras, liquidación de contratos de obra y recepción de obras correspondientes. - Otros que asigne la Sub Gerencia de Obras Publicas y Edificaciones Privadas.
Multiusuarios del servicio público de aseo Son todos aquellos suscriptores agrupados en unidades inmobiliarias, centros habitacionales, conjuntos residenciales, condominios o similares bajo el régimen de propiedad horizontal vigente o concentrados en centros comerciales o similares, que se caracterizan porque presentan en forma conjunta sus residuos sólidos a la persona prestadora del servicio en los términos del presente decreto o las normas que lo modifiquen, sustituyan o adicionen y que hayan solicitado el aforo de sus residuos para que esta medición sea la base de la facturación del servicio público de aseo. La persona prestadora del servicio facturará a cada inmueble en forma individual, en un todo de acuerdo con la regulación que se expida para este fin.
CAUSALES Y PROCEDIMIENTO PARA SUSPENDER TEMPORALMENTE, DAR POR TERMINADO ANTICIPADAMENTE O RESCINDIR EL CONTRATO Las causales y el procedimiento para suspender temporalmente, dar por terminado en forma anticipada o rescindir el contrato, son las establecidas en la Ley N° 2.051/03, y en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato (CGC y CEC).
CRITERIOS DE VALORACIÓN Los criterios de valoración están detallados en el cuadro de criterios de adjudicación del contrato dentro de los pliegos de cláusulas administrativas particulares. 9.1. Lote 1. CREATIVIDAD, DISEÑO, PLANIFICACIÓN, GESTIÓN DEL MATERIAL Y ACCIONES PUBLICITARIAS DE LA AETIB 1. Criterios oferta económica 40 2. Criterios oferta técnica no evaluable mediante fórmulas 45 3. Criterios oferta técnica evaluable mediante fórmulas 15 Puntuación total criterios de valoración 100 9.2. LOTE 2. PRODUCCIONES AUDIOVISUALES, FOTOGRÁFICAS Y SONORAS 1. Criterios oferta económica 50 2. Criterios oferta técnica evaluable mediante fórmulas 45 3. Criterios oferta técnica no evaluable mediante fórmulas 5 Puntuación total criterios de valoración 100 9.3. LOTE 3. IMPRENTA 1. Criterios oferta económica 50 2. Criterios oferta técnica evaluable mediante fórmulas 45 3. Criterios oferta técnica no evaluable mediante fórmulas 5 Puntuación total criterios de valoración 100 9.4. LOTE 4. COMPRA DE MERCHANDISING O PACKS DE PRODUCTO ESTRATÉGICOS 1. Criterios oferta económica 50 2. Criterios oferta técnica no evaluable mediante fórmulas 35 3. Criterios oferta técnica evaluable mediante fórmulas 15 Puntuación total criterios de valoración 100 10. ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN PARA LA VALORACIÓN TÉCNICA A continuación se detalla para cada uno de los lotes la documentación necesaria a entregar por su valoración técnica. 10.1 Lote 1. CREATIVIDAD, DISEÑO, PLANIFICACIÓN, GESTIÓN DEL MATERIAL Y ACCIONES PUBLICITARIAS DE LA AETIB La empresa licitadora deberá entregar la siguiente documentación para su valoración por la Mesa de Contratación: SOBRE DOCUMENTACIÓ 1 Documentación administrativa (ver pliegos administrativos) 2 Criterios oferta económica (Anexo I) Criterios oferta técnica evaluable mediante fórmulas (Anexo II) 3 Criterios oferta técnica no evaluable mediante fórmulas: según se describe en los pliegos de cláusulas administrativas particulares. 10.2 LOTE 2. PRODUCCIONES AUDIOVISUALES, FOTOGRÁFICAS Y SONORAS La empresa licitadora deberá entregar la siguiente documentación para su valoración por la Mesa de Contratación: SOBRE DOCUMENTACIÓ 1 Documentación administrativa (ver pliegos administrativos) 2 Criterios oferta económica (Anexo III) Criterios oferta técnica evaluable mediante fórmulas (Anexo IV) 3 Criterios oferta técnica no evaluable mediante fórmulas: según se describe en los pliegos de cláusulas administrativas particulares.
DERECHOS DEL SUSCRIPTOR Y/O USUARIO Se entienden incorporados en el contrato de servicios públicos los derechos que a favor del suscriptor y/o usuario consagre la Constitución Política, la Ley 142 de 1994, los decretos reglamentarios y la regulación vigente, así como los siguientes: 1. A ser tratado dignamente por la persona prestadora. 2. Al debido proceso, al derecho de defensa y contradicción. 3. A no ser discriminado por la persona prestadora de servicios públicos domiciliarios y a recibir trato igualitario. 4. A ser informado xxxxx y oportunamente de sus obligaciones y de las consecuencias de incumplirlas. 5. A presentar reclamaciones contra la factura sin que sea obligado al pago de las sumas reclamadas. 6. A la libre elección de la persona prestadora del servicio. 7. A que se le apliquen los descuentos por el incumplimiento de la persona prestadora en los estándares de calidad técnica e indicadores del servicio a los que está obligada en los términos de la Resolución CRA 720 de 2015 o la que la modifique, adicione o aclare. 8. A obtener información completa, precisa y oportuna sobre asuntos relacionados con la prestación del servicio. 9. A obtener información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones vigentes impongan a las peticiones, actuaciones, solicitudes o quejas que se propongan realizar, así como a llevarlas a cabo. 10. A conocer, en cualquier momento, el estado de los trámites adelantados ante la persona prestadora en los que tengan la condición de interesados y a obtener copias a su xxxxx. 11. A no presentar documentos que no sean exigidos por las normas legales aplicables a los procedimientos de que trate la gestión. 12. A reclamar cuando la persona prestadora aplique un estrato diferente al establecido por la respectiva entidad territorial competente para tales fines. 13. A reclamar en contra del uso asignado por la persona prestadora al inmueble objeto del servicio. 14. A conocer las condiciones uniformes del contrato. 15. A ser protegido contra el abuso de posición dominante contractual de las personas prestadoras de servicios públicos, para lo cual se deben tener en cuenta las causales que presumen abuso de la posición dominante previstas en el artículo 133 de la Ley 142 de 1994. 16. A la prestación continua de un servicio de buena calidad y a las reparaciones por falla en la prestación del servicio, de conformidad con el artículo 137 de la Ley 142 de 1994. 17. A obtener información clara, completa, precisa y oportuna del contenido de las facturas. 18. A presentar peticiones, quejas y recursos y a obtener respuesta oportuna y completa, de acuerdo con la normatividad vigente. 19. A recibir la factura a su cargo por lo menos con cinco (5) días hábiles de antelación a la fecha de pago oportuno señalada en la misma. 20. A la participación en los comités de desarrollo y control social. 21. Al cobro individual de la prestación del servicio en los términos previstos en la legislación y regulación vigente. 22. A que el prestador mantenga la reserva de sus datos personales y garantice su derecho al habeas data. 23. A que la persona prestadora del servicio no reporte a las centrales de riesgo su información sobre el incumplimiento de las obligaciones pecuniarias sin su consentimiento expreso y escrito. 24. Pactar libremente con la persona prestadora del servicio público de aseo el precio por el servicio para el manejo de residuos de construcción y demolición, así como de otros residuos especiales.