DE LA PROPIEDAD Cláusulas de Ejemplo

DE LA PROPIEDAD. Será propiedad exclusiva de JUNAEB toda la información proporcionada a la ENTIDAD COLABORADORA, para la ejecución del presente convenio, sea que se encuentre contenida en medios magnéticos, electrónicos y/o soporte material. Asimismo, serán propiedad de JUNAEB todos los productos generados a partir de la ejecución del convenio, quien se reserva el derecho de disponer de ellos libremente, sin limitaciones de ninguna especie, no pudiendo por tanto la ENTIDAD COLABORADORA realizar ningún acto respecto a ellos, ajeno al contrato, sin autorización previa y expresa de JUNAEB.
DE LA PROPIEDAD. “ENAGIC” se reserva la propiedad de “el equipo” vendido conforme lo establecido por el artículo 791 del Código Civil Federal, y que se describe en el “Anexo 1” del presente contrato, mientras el comprador no satisfaga total e íntegramente el saldo del precio aplazado; y en consecuencia, el “COMPRADOR” se obliga a no trasladar del domicilio que señaló para todos los efectos del presente contrato, ni vender, arrendar, afectar o reformar dichos efectos, sin el previo consentimiento por escrito de “ENAGIC”, así como a responder de la pérdida, destrucción o de los daños que sufran por cualquier causa los bienes vendidos.
DE LA PROPIEDAD. El ARRENDADOR garantiza que tiene el pleno dominio inscrito según anotación No. 006 del certificado de Tradición y Libertad generado con el Pin No: XXXX, así como la posesión de buena fe sobre la totalidad del inmueble, y que se encuentra libre de gravámenes, embargos, secuestros o cualquiera otra limitación del dominio, y se obliga a acudir al saneamiento por cualquier perturbación de hecho o derecho que el ARRENDATARIO llegare a sufrir en la tenencia del inmueble.
DE LA PROPIEDAD. CAPITULO I
DE LA PROPIEDAD. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 38 de la Ley Federal del Derecho de Autor, la propiedad de las imágenes fotográficas corresponde a ‘EL CLIENTE’. Sin embargo, ‘LAS PARTES’ reconocen que los derechos patrimoniales sobre las mismas, así como las matrices o negativos, corresponden a ‘EL FOTÓGRAFO’. Asimismo, ‘EL CLIENTE’ autoriza a ‘EL FOTÓGRAFO’ para exhibir las imágenes que haya efectuado como muestra de su trabajo y profesionalismo, otorgando el crédito correspondiente. Dicha autorización se manifiesta en el anverso del presente Contrato.
DE LA PROPIEDAD. La propiedad de las imágenes fotográficas corresponde a el Cliente. Sin embargo, las partes reconocen que los derechos patrimoniales sobre las mismas, así como las matrices ó negativos, corresponden a el Fotógrafo. Asimismo, el Cliente autoriza a el Fotógrafo para exhibir las imágenes que haya efectuado bajo encargo como muestra de su trabajo, otorgando el crédito respectivo a aquella parte.
DE LA PROPIEDAD. “EL SOCIO” reconoce que “LA CAJA” es el único y exclusivo titular de los derechos de dominio, propiedad industrial y autoral que se contengan en Caja en Línea, por lo que de ningún motivo podrá copiar o modificar los mismos, ni será considerado licenciatario o cesionario respecto de ellos, y solo podrá utilizarlos en los términos y condiciones pactados en el presente Contrato, debiendo guardar en todo momento la confidencialidad respecto de cualquier información industrial, profesional o comercial a que en su caso tenga acceso con motivo del uso de los mismos.

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Información, descripción de la contratación.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE 1. El CLIENTE podrá dirigir las quejas y reclamaciones que puedan surgir en sus relaciones contractuales con las Entidades de Inversión al Servicio de Atención al Cliente del Grupo IBERCAJA, cuya dirección es la siguiente: 50008 Zaragoza Tel. 000 000 000 xxx.xxxxxxxx.xx Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.