SOLUCIONES DE CONTROVERSIAS. Toda controversia o diferencia relativa a este contrato, será resuelta de manera amigable entre las partes y, en el evento de que el conflicto no fuere resuelto mediante este procedimiento, las partes se someten a la jurisdicción Contencioso-Administrativo de acuerdo con lo previsto en la Ley de la materia. La legislación aplicable a este Convenio es la ecuatoriana. En consecuencia, el contratista declara conocer el ordenamiento jurídico ecuatoriano y por lo tanto, se entiende incorporado el mismo en todo lo que sea aplicable al presente Convenio.
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SOLUCIONES DE CONTROVERSIAS. Toda controversia o diferencia relativa a este contratoconvenio, será resuelta de manera amigable entre las partes y, en el evento de que el conflicto no fuere resuelto mediante este procedimiento, las partes se someten a la jurisdicción Contencioso-Administrativo de acuerdo con lo previsto en la Ley de la materia. La legislación aplicable a este Convenio es la ecuatoriana. En consecuencia, el contratista proveedor adjudicado declara conocer el ordenamiento jurídico ecuatoriano y por lo tanto, se entiende incorporado el mismo en todo lo que sea aplicable al presente Convenio.
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SOLUCIONES DE CONTROVERSIAS. Toda controversia o diferencia relativa a este contratoconvenio, será resuelta de manera amigable entre las partes y, en el evento de que el conflicto no fuere resuelto mediante este procedimiento, las partes se someten a la jurisdicción Contencioso-Administrativo de acuerdo con lo previsto en la Ley de la materia. La legislación aplicable a este Convenio es la ecuatoriana. En consecuencia, el contratista proveedor adjudicado declara conocer el ordenamiento jurídico ecuatoriano y por lo tanto, se entiende incorporado el mismo en todo lo que sea aplicable al presente Convenio.. DÉCIMA NOVENA:
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SOLUCIONES DE CONTROVERSIAS. Toda controversia o diferencia relativa a este contrato, será resuelta de manera amigable entre las partes y, en el evento de que el conflicto no fuere resuelto mediante este procedimiento, las partes se someten a la jurisdicción Contencioso-Administrativo de acuerdo con lo previsto en la Ley de la materia. La legislación aplicable a este Convenio Acuerdo es la ecuatoriana. En consecuencia, el contratista el/la proveedor (a) declara conocer el ordenamiento jurídico ecuatoriano y por lo tanto, se entiende incorporado el mismo en todo lo que sea aplicable al presente ConvenioAcuerdo.
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