Common use of SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y LEGISLACIÓN APLICABLE Clause in Contracts

SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y LEGISLACIÓN APLICABLE. Para la interpretación, ejecución y cumplimiento de este instrumento, “LAS PARTES” se someten irrevocablemente a los procedimientos que fijan las leyes aplicables, conforme a lo siguiente: De conformidad con los artículos 77, 78 y 79 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en caso de desavenencias derivadas del cumplimiento de “EL CONTRATO”, “LAS PARTES” podrán iniciar el procedimiento de conciliación, conforme a lo siguiente: - En cualquier momento los proveedores o las dependencias y entidades podrán presentar ante la Secretaría de la Función Pública solicitud de conciliación, por desavenencias derivadas del cumplimiento de los contratos o pedidos. Una vez recibida la solicitud respectiva, la Secretaría de la Función Pública señalará día y hora para que tenga verificativo la audiencia de conciliación y citará a las partes. Dicha audiencia se deberá iniciar dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la solicitud. La asistencia a la audiencia de conciliación será obligatoria para ambas partes, por lo que la inasistencia por parte del proveedor traerá como consecuencia tener por no presentada su solicitud. - En la audiencia de conciliación, la Secretaría de la Función Pública, tomando en cuenta los hechos manifestados en la solicitud y los argumentos que hiciere valer “BANCO DEL BIENESTAR”, determinará los elementos comunes y los puntos de controversia y exhortará a las partes para conciliar sus intereses, conforme a las disposiciones de esta Ley, sin prejuzgar sobre el conflicto planteado. - En el supuesto de que las partes lleguen a un acuerdo durante la conciliación, el convenio respectivo obligará a las mismas, y su cumplimiento podrá ser demandado por la vía judicial correspondiente. La Secretaría de la Función Pública dará seguimiento a los acuerdos de voluntades, para lo cual “BANCO DEL BIENESTAR” deberá remitir un informe sobre el avance de cumplimiento del mismo, en términos del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. En caso de no existir acuerdo de voluntades, “LAS PARTES” podrán optar por cualquier vía de solución a su controversia. En caso contrario “LAS PARTES” podrán a acudir a resolver las controversias que se susciten con motivo de la interpretación o aplicación de “EL CONTRATO”, ante los tribunales federales competentes con sede en la Ciudad de México, renunciando expresamente a cualesquiera otros fueros que pudiera corresponderles por razón de domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa. “EL CONTRATO” y “LOS ANEXOS” se firman por triplicado, en la Ciudad de México, a los días del mes de de dos mil diecinueve, quedando dos juegos en posesión de “BANCO DEL BIENESTAR” y uno en posesión de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”. LAS FIRMAS QUE ANTECEDEN, CORRESPONDEN AL CONTRATO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AUDITORÍA LEGAL INTERNA PARA EL EJERCICIO 2018 NÚMERO DE FECHA DE DE DOS MIL DIECINUEVE, CELEBRADO POR “BANCO DEL BIENESTAR” CON LA EMPRESA_ , EL CUAL CONSTA DE FOJAS ÚTILES, INCLUIDA LA PRESENTE. (NOMBRE DE LA AFIANZADORA), en ejercicio de la autorización que le fue otorgada por el Gobierno Federal por conducto de (señalar autoridad que la autorizó para operar y funcionar como Institución Afianzadora Mexicana), en los términos de los artículos 11 y 36 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, se constituye fiadora, para garantizar por (nombre o razón social del proveedor); con R.F.C. No. con domicilio en (domicilio exactamente como aparece en el contrato), hasta por la expresada cantidad de $ ( pesos /100 m.n.), equivalente al 10% del monto total del contrato antes de I.V.A., el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo derivadas del contrato No. suscrito el (fecha en que se firma el contrato) con una vigencia del al , por la cantidad de $ , como se precisa en el referido contrato y se detalla en la oferta económica de la empresa proveedora afianzada, derivado del procedimiento de .

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SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y LEGISLACIÓN APLICABLE. Para la interpretación, ejecución y cumplimiento de este instrumento, “LAS PARTES” se someten irrevocablemente a los procedimientos que fijan las leyes aplicables, conforme a lo siguiente: De conformidad con los artículos 77, 78 y 79 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en caso de desavenencias derivadas del cumplimiento de “EL CONTRATO”, “LAS PARTES” podrán iniciar el procedimiento de conciliación, conforme a lo siguiente: - En cualquier momento los proveedores o las dependencias y entidades podrán presentar ante la Secretaría de la Función Pública solicitud de conciliación, por desavenencias derivadas del cumplimiento de los contratos o pedidos. Una vez recibida la solicitud respectiva, la Secretaría de la Función Pública señalará día y hora para que tenga verificativo la audiencia de conciliación y citará a las partes. Dicha audiencia se deberá iniciar dentro de los 15 (quince) quince días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la solicitud. La asistencia a la audiencia de conciliación será obligatoria para ambas partes, por lo que la inasistencia por parte del proveedor de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” traerá como consecuencia tener por no presentada su solicitud. - En la audiencia de conciliación, la Secretaría de la Función Pública, tomando en cuenta los hechos manifestados en la solicitud y los argumentos que hiciere valer “BANCO DEL BIENESTARBANSEFI”, determinará los elementos comunes y los puntos de controversia y exhortará a las partes para conciliar sus intereses, conforme a las disposiciones de esta Ley, sin prejuzgar sobre el conflicto planteado. - En el supuesto de que las partes lleguen a un acuerdo durante la conciliación, el convenio respectivo obligará a las mismas, y su cumplimiento podrá ser demandado por la vía judicial correspondiente. La Secretaría de la Función Pública dará seguimiento a los acuerdos de voluntades, para lo cual “BANCO DEL BIENESTARBANSEFI” deberá remitir un informe sobre el avance de cumplimiento del mismo, en términos del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. En caso de no existir acuerdo de voluntades, “LAS PARTES” podrán optar por cualquier vía de solución a su controversia. En caso contrario “LAS PARTES” podrán a acudir a resolver las controversias que se susciten con motivo de la interpretación o aplicación de “EL CONTRATO”del presente contrato, ante los tribunales federales competentes con sede en la Ciudad de México, renunciando expresamente a cualesquiera otros fueros cualesquier otro fuero que pudiera corresponderles por razón de domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa. “EL CONTRATO” Este Contrato y “LOS ANEXOS” sus anexos se firman por triplicado, en la Ciudad de México, a los días del mes de de dos mil diecinueve, diecinueve quedando dos juegos en posesión de “BANCO DEL BIENESTARBANSEFI” y uno en posesión de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”. LAS FIRMAS QUE ANTECEDEN, CORRESPONDEN AL CONTRATO ABIERTO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AUDITORÍA LEGAL INTERNA PARA EL EJERCICIO 2018 GUARDA, CUSTODIA Y ADMINISTRACIÓN DEL ARCHIVO DE CONCENTRACIÓN INSTITUCIONAL NÚMERO DJN-SCOF- XX-XX.XX-XXX-XXX, DE FECHA DE DE DOS MIL DIECINUEVE, CELEBRADO POR “BANCO DEL BIENESTARBANSEFI” CON LA EMPRESA_ , EL CUAL CONSTA EMPRESA CONSTANTE DE FOJAS ÚTILES, INCLUIDA LA PRESENTE. (NOMBRE DE LA AFIANZADORA)El programa xx Xxxxxxx Productiva es una solución integral que tiene como objeto fortalecer el desarrollo de as macro, en ejercicio pequeñas y medias empresas de nuestro país, con herramientas que les permitan incrementar su capacidad productiva y de gestión. Al incorporarte a Cadenas Productivas tendrás acceso a los siguientes beneficios: Conoce oportunamente al consultar desde la comodidad de tu negocio los pagos que te realizarán las dependencias o entidades con la posibilidad de obtener la liquidez que requieres sobre tus cuentas por cobrar derivadas de la autorización proveeduría de bienes y servicios. Si requieres Capital de Trabajo podrás acceder a los programas de financiamiento que le fue otorgada por Nacional Financiera instrumenta a través de los bancos Incrementa tus ventas, al pertenecer al Directorio de Proveedor del Gobierno Federal, mediante el cual las Dependencias y/o Entidades u otras empresas podrán consultar tu oferta de productos y servicios en el momento que lo requieran, al mismo tiempo, conocerás otras empresas con la posibilidad de ampliar tu base de proveedor. Profesionaliza tu negocio, a través de los cursos de capacitación en línea a presenciales, sobre temas relacionados al proceso de compra del Gobierno Federal por conducto que te ayudarán a ser más efectivo al presentar tus propuestas. Identifica oportunidades de (señalar autoridad que la autorizó para operar y funcionar como Institución Afianzadora Mexicana)negocio, en los términos al conocer las necesidades de los artículos 11 y 36 compra del Gobierno Federal a través de nuestros boletines electrónicos. Para mayores informes sobre el particular llamar desde el área metropolitana al 5089-6107 o al 00 000 000-0000 sin costo desde el interior de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, se constituye fiadora, para garantizar por (nombre república o razón social del proveedor); con R.F.C. No. con domicilio en (domicilio exactamente como aparece en el contrato), hasta por la expresada cantidad de $ ( pesos /100 m.n.), equivalente al 10% del monto total del contrato antes de I.V.A., el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones bien a su cargo derivadas del contrato No. suscrito el (fecha en que se firma el contrato) con una vigencia del al , por la cantidad de $ , como se precisa en el referido contrato y se detalla en la oferta económica través de la empresa proveedora afianzada, derivado del procedimiento página de internet xxx.xxxxx.xxx.

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica

SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y LEGISLACIÓN APLICABLE. Para la interpretación, ejecución y cumplimiento de este instrumento, “LAS PARTES” se someten irrevocablemente a los procedimientos que fijan las leyes aplicables, conforme a lo siguiente: De conformidad con los artículos 77, 78 y 79 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en caso de desavenencias derivadas del cumplimiento de “EL CONTRATO”, LAS PARTES” PARTES podrán iniciar el procedimiento de conciliación, conforme a lo siguiente: - En cualquier momento los proveedores o las dependencias y entidades podrán presentar ante la Secretaría de la Función Pública solicitud de conciliación, por desavenencias derivadas del cumplimiento de los contratos o pedidos. Una vez recibida la solicitud respectiva, la Secretaría de la Función Pública señalará día y hora para que tenga verificativo la audiencia de conciliación y citará a las partes. Dicha audiencia se deberá iniciar dentro de los 15 (quince) quince días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la solicitud. La asistencia a la audiencia de conciliación será obligatoria para ambas partes, por lo que la inasistencia por parte del proveedor traerá como consecuencia tener por no presentada su solicitud. - En la audiencia de conciliación, la Secretaría de la Función Pública, tomando en cuenta los hechos manifestados en la solicitud y los argumentos que hiciere valer “BANCO DEL BIENESTAR”BANSEFI, determinará los elementos comunes y los puntos de controversia y exhortará a las partes para conciliar sus intereses, conforme a las disposiciones de esta Ley, sin prejuzgar sobre el conflicto planteado. - En el supuesto de que las partes lleguen a un acuerdo durante la conciliación, el convenio respectivo obligará a las mismas, y su cumplimiento podrá ser demandado por la vía judicial correspondiente. La Secretaría de la Función Pública dará seguimiento a los acuerdos de voluntades, para lo cual “BANCO DEL BIENESTAR” BANSEFI deberá remitir un informe sobre el avance de cumplimiento del mismo, en términos del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. En caso de no existir acuerdo de voluntades, LAS PARTES” PARTES podrán optar por cualquier vía de solución a su controversia. En caso contrario LAS PARTES” PARTES podrán a acudir a resolver las controversias que se susciten con motivo de la interpretación o aplicación de “EL CONTRATO”del presente contrato, ante los tribunales federales competentes con sede en la Ciudad de México, renunciando expresamente a cualesquiera otros fueros cualesquier otro fuero que pudiera corresponderles por razón de domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa. “EL CONTRATO” Este Contrato y “LOS ANEXOS” sus anexos se firman por triplicado, en la Ciudad de México, a los días del mes de de dos mil diecinueve, diecinueve quedando dos juegos en posesión de “BANCO DEL BIENESTARBANSEFI” y uno en posesión de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”. POR EL PRESTADOR DEL SERVICIO. LAS FIRMAS QUE ANTECEDEN, CORRESPONDEN AL CONTRATO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AUDITORÍA LEGAL INTERNA SERVICIOS PARA EL EJERCICIO 2018 LA CONTRATACIÓN DE FIANZA DE FIDELIDAD, NÚMERO DJN-SCOF-1C-10.06-2019-XXX, DE FECHA DE DE DOS MIL DIECINUEVE, CELEBRADO POR “BANCO DEL BIENESTARBANSEFI” CON LA EMPRESA_ , EL CUAL CONSTA EMPRESA CONSTANTE DE FOJAS ÚTILES, INCLUIDA LA PRESENTE. (NOMBRE DE LA AFIANZADORA)El programa xx Xxxxxxx Productiva es una solución integral que tiene como objeto fortalecer el desarrollo de as macro, en ejercicio pequeñas y medias empresas de nuestro país, con herramientas que les permitan incrementar su capacidad productiva y de gestión. Al incorporarte a Cadenas Productivas tendrás acceso a los siguientes beneficios: • Conoce oportunamente al consultar desde la comodidad de tu negocio los pagos que te realizarán las dependencias o entidades con la posibilidad de obtener la liquidez que requieres sobre tus cuentas por cobrar derivadas de la autorización proveeduría de bienes y servicios. Si requieres Capital de Trabajo podrás acceder a los programas de financiamiento que le fue otorgada por Nacional Financiera instrumenta a través de los bancos • Incrementa tus ventas, al pertenecer al Directorio de Prestador de servicios del Gobierno Federal, mediante el cual las Dependencias y/o Entidades u otras empresas podrán consultar tu oferta de productos y servicios en el momento que lo requieran, al mismo tiempo, conocerás otras empresas con la posibilidad de ampliar tu base de prestador de servicios. • Profesionaliza tu negocio, a través de los cursos de capacitación en línea a presenciales, sobre temas relacionados al proceso de compra del Gobierno Federal por conducto que te ayudarán a ser más efectivo al presentar tus propuestas. • Identifica oportunidades de (señalar autoridad que la autorizó para operar y funcionar como Institución Afianzadora Mexicana)negocio, en los términos al conocer las necesidades de los artículos 11 y 36 compra del Gobierno Federal a través de nuestros boletines electrónicos. Para mayores informes sobre el particular llamar desde el área metropolitana al 5089-6107 o al 00 000 000-0000 sin costo desde el interior de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, se constituye fiadora, para garantizar por (nombre república o razón social del proveedor); con R.F.C. No. con domicilio en (domicilio exactamente como aparece en el contrato), hasta por la expresada cantidad de $ ( pesos /100 m.n.), equivalente al 10% del monto total del contrato antes de I.V.A., el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones bien a su cargo derivadas del contrato No. suscrito el (fecha en que se firma el contrato) con una vigencia del al , por la cantidad de $ , como se precisa en el referido contrato y se detalla en la oferta económica través de la empresa proveedora afianzada, derivado del procedimiento página de internet xxx.xxxxx.xxx.

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Samples: Convenio De Proposición

SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y LEGISLACIÓN APLICABLE. Para la interpretación, ejecución y cumplimiento de este instrumento, “LAS PARTES” se someten irrevocablemente a los procedimientos que fijan las leyes aplicables, conforme a lo siguiente: De conformidad con los artículos 77, 78 y 79 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en caso de desavenencias derivadas del cumplimiento de “EL CONTRATO”, LAS PARTES” PARTES podrán iniciar el procedimiento de conciliación, conforme a lo siguiente: - En cualquier momento los proveedores o las dependencias y entidades podrán presentar ante la Secretaría de la Función Pública solicitud de conciliación, por desavenencias derivadas del cumplimiento de los contratos o pedidos. Una vez recibida la solicitud respectiva, la Secretaría de la Función Pública señalará día y hora para que tenga verificativo la audiencia de conciliación y citará a las partes. Dicha audiencia se deberá iniciar dentro de los 15 (quince) quince días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la solicitud. La asistencia a la audiencia de conciliación será obligatoria para ambas partes, por lo que la inasistencia por parte del proveedor traerá como consecuencia tener por no presentada su solicitud. - En la audiencia de conciliación, la Secretaría de la Función Pública, tomando en cuenta los hechos manifestados en la solicitud y los argumentos que hiciere valer “BANCO DEL BIENESTAR”BANSEFI, determinará los elementos comunes y los puntos de controversia y exhortará a las partes para conciliar sus intereses, conforme a las disposiciones de esta Ley, sin prejuzgar sobre el conflicto planteado. - En el supuesto de que las partes lleguen a un acuerdo durante la conciliación, el convenio respectivo obligará a las mismas, y su cumplimiento podrá ser demandado por la vía judicial correspondiente. La Secretaría de la Función Pública dará seguimiento a los acuerdos de voluntades, para lo cual “BANCO DEL BIENESTAR” BANSEFI deberá remitir un informe sobre el avance de cumplimiento del mismo, en términos del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. En caso de no existir acuerdo de voluntades, LAS PARTES” PARTES podrán optar por cualquier vía de solución a su controversia. En caso contrario LAS PARTES” PARTES podrán a acudir a resolver las controversias que se susciten con motivo de la interpretación o aplicación de “EL CONTRATO”del presente contrato, ante los tribunales federales competentes con sede en la Ciudad de México, renunciando expresamente a cualesquiera otros fueros cualesquier otro fuero que pudiera corresponderles por razón de domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa. “EL CONTRATO” Este Contrato y “LOS ANEXOS” sus anexos se firman por triplicado, en la Ciudad de México, a los días del mes de de dos mil diecinueve, diecinueve quedando dos juegos en posesión de “BANCO DEL BIENESTARBANSEFI” y uno en posesión de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”. LAS FIRMAS QUE ANTECEDEN, CORRESPONDEN AL CONTRATO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AUDITORÍA LEGAL INTERNA SERVICIOS PARA EL EJERCICIO 2018 LA CONTRATACIÓN DE FIANZA DE FIDELIDAD, NÚMERO DJN-SCOF-1C-10.06-2019-XXX, DE FECHA DE DE DOS MIL DIECINUEVE, CELEBRADO POR “BANCO DEL BIENESTARBANSEFI” CON LA EMPRESA_ , EL CUAL CONSTA EMPRESA CONSTANTE DE FOJAS ÚTILES, INCLUIDA LA PRESENTE. (NOMBRE DE LA AFIANZADORA)El programa xx Xxxxxxx Productiva es una solución integral que tiene como objeto fortalecer el desarrollo de as macro, en ejercicio pequeñas y medias empresas de nuestro país, con herramientas que les permitan incrementar su capacidad productiva y de gestión. Al incorporarte a Cadenas Productivas tendrás acceso a los siguientes beneficios: • Conoce oportunamente al consultar desde la comodidad de tu negocio los pagos que te realizarán las dependencias o entidades con la posibilidad de obtener la liquidez que requieres sobre tus cuentas por cobrar derivadas de la autorización proveeduría de bienes y servicios. Si requieres Capital de Trabajo podrás acceder a los programas de financiamiento que le fue otorgada por Nacional Financiera instrumenta a través de los bancos • Incrementa tus ventas, al pertenecer al Directorio de Prestador de servicios del Gobierno Federal, mediante el cual las Dependencias y/o Entidades u otras empresas podrán consultar tu oferta de productos y servicios en el momento que lo requieran, al mismo tiempo, conocerás otras empresas con la posibilidad de ampliar tu base de prestador de servicios. • Profesionaliza tu negocio, a través de los cursos de capacitación en línea a presenciales, sobre temas relacionados al proceso de compra del Gobierno Federal por conducto que te ayudarán a ser más efectivo al presentar tus propuestas. • Identifica oportunidades de (señalar autoridad que la autorizó para operar y funcionar como Institución Afianzadora Mexicana)negocio, en los términos al conocer las necesidades de los artículos 11 y 36 compra del Gobierno Federal a través de nuestros boletines electrónicos. Para mayores informes sobre el particular llamar desde el área metropolitana al 5089-6107 o al 00 000 000-0000 sin costo desde el interior de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, se constituye fiadora, para garantizar por (nombre república o razón social del proveedor); con R.F.C. No. con domicilio en (domicilio exactamente como aparece en el contrato), hasta por la expresada cantidad de $ ( pesos /100 m.n.), equivalente al 10% del monto total del contrato antes de I.V.A., el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones bien a su cargo derivadas del contrato No. suscrito el (fecha en que se firma el contrato) con una vigencia del al , por la cantidad de $ , como se precisa en el referido contrato y se detalla en la oferta económica través de la empresa proveedora afianzada, derivado del procedimiento página de internet xxx.xxxxx.xxx.

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SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y LEGISLACIÓN APLICABLE. Para la interpretación, ejecución y cumplimiento de este instrumento, “LAS PARTES” se someten irrevocablemente a los procedimientos que fijan las leyes aplicables, conforme a lo siguiente: De conformidad con los artículos 77, 78 y 79 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en caso de desavenencias derivadas del cumplimiento de “EL CONTRATO”, “LAS PARTES” podrán iniciar el procedimiento de conciliación, conforme a lo siguiente: - En cualquier momento los proveedores o las dependencias y entidades podrán presentar ante la Secretaría de la Función Pública solicitud de conciliación, por desavenencias derivadas del cumplimiento de los contratos o pedidos. Una vez recibida la solicitud respectiva, la Secretaría de la Función Pública señalará día y hora para que tenga verificativo la audiencia de conciliación y citará a las partes. Dicha audiencia se deberá iniciar dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la solicitud. La asistencia a la audiencia de conciliación será obligatoria para ambas partes, por lo que la inasistencia por parte del proveedor traerá como consecuencia tener por no presentada su solicitud. - En la audiencia de conciliación, la Secretaría de la Función Pública, tomando en cuenta los hechos manifestados en la solicitud y los argumentos que hiciere valer “BANCO DEL BIENESTAR”, determinará los elementos comunes y los puntos de controversia y exhortará a las partes para conciliar sus intereses, conforme a las disposiciones de esta Ley, sin prejuzgar sobre el conflicto planteado. - En el supuesto de que las partes lleguen a un acuerdo durante la conciliación, el convenio respectivo obligará a las mismas, y su cumplimiento podrá ser demandado por la vía judicial correspondiente. La Secretaría de la Función Pública dará seguimiento a los acuerdos de voluntades, para lo cual “BANCO DEL BIENESTAR” deberá remitir un informe sobre el avance de cumplimiento del mismo, en términos del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. En caso de no existir acuerdo de voluntades, “LAS PARTES” podrán optar por cualquier vía de solución a su controversia. En caso contrario “LAS PARTES” podrán a acudir a resolver las controversias que se susciten con motivo de la interpretación o aplicación de “EL CONTRATO”, ante los tribunales federales competentes con sede en la Ciudad de México, renunciando expresamente a cualesquiera otros fueros que pudiera corresponderles por razón de domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa. “SERVICIO DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO, REUBICACIÓN Y APOYO TELEFÓNICO PARA LA OPERACIÓN XX XXXXX FUERTE DE RETARDO” “EL CONTRATO” y “LOS ANEXOS” se firman por triplicado, en la Ciudad de México, a los días del mes de de dos mil diecinueve, quedando dos juegos en posesión de “BANCO DEL BIENESTAR” y uno en posesión de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”. LAS FIRMAS QUE ANTECEDEN, CORRESPONDEN AL CONTRATO ABIERTO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AUDITORÍA LEGAL INTERNA MANTENIMIENTO CORRECTIVO, REUBICACIÓN Y APOYO TELEFÓNICO PARA EL EJERCICIO 2018 LA OPERACIÓN XX XXXXX FUERTE DE RETARDO NÚMERO DE FECHA DE DE DOS MIL DIECINUEVE, CELEBRADO POR “BANCO DEL BIENESTAR” CON LA EMPRESA_ EMPRESA , EL CUAL CONSTA DE FOJAS ÚTILES, INCLUIDA LA PRESENTE. “SERVICIO DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO, REUBICACIÓN Y APOYO TELEFÓNICO PARA LA OPERACIÓN XX XXXXX FUERTE DE RETARDO” (NOMBRE DE LA AFIANZADORA), en ejercicio de la autorización que le fue otorgada por el Gobierno Federal por conducto de (señalar autoridad que la autorizó para operar y funcionar como Institución Afianzadora Mexicana), en los términos de los artículos 11 y 36 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, se constituye fiadora, para garantizar por (nombre o razón social del proveedor); con R.F.C. No. con domicilio en (domicilio exactamente como aparece en el contrato), hasta por la expresada cantidad de $ ( pesos /100 m.n.), equivalente al 10% del monto total del contrato antes de I.V.A., el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo derivadas del contrato No. suscrito el (fecha en que se firma el contrato) con una vigencia del al , por la cantidad de $ ( pesos 00/100 m.n.), antes de I.V.A., celebrado con el Banco del Bienestar, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, a través de su Representante Legal, cuyo objeto es la entrega de los servicios , como se precisa en el referido contrato y se detalla en la oferta económica de la empresa proveedora afianzada, derivado del procedimiento de .

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SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y LEGISLACIÓN APLICABLE. Para la interpretación, ejecución y cumplimiento de este instrumento, “LAS PARTES” se someten irrevocablemente a los procedimientos que fijan las leyes aplicables, conforme a lo siguiente: De conformidad con los artículos 77, 78 y 79 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en caso de desavenencias derivadas del cumplimiento de “EL CONTRATO”, “LAS PARTES” podrán iniciar el procedimiento de conciliación, conforme a lo siguiente: - En cualquier momento los proveedores o las dependencias y entidades podrán presentar ante la Secretaría de la Función Pública solicitud de conciliación, por desavenencias derivadas del cumplimiento de los contratos o pedidos. Una vez recibida la solicitud respectiva, la Secretaría de la Función Pública señalará día y hora para que tenga verificativo la audiencia de conciliación y citará a las partes. Dicha audiencia se deberá iniciar dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la solicitud. La asistencia a la audiencia de conciliación será obligatoria para ambas partes, por lo que la inasistencia por parte del proveedor traerá como consecuencia tener por no presentada su solicitud. - En la audiencia de conciliación, la Secretaría de la Función Pública, tomando en cuenta los hechos manifestados en la solicitud y los argumentos que hiciere valer “BANCO DEL BIENESTARBANSEFI”, determinará los elementos comunes y los puntos de controversia y exhortará a las partes para conciliar sus intereses, conforme a las disposiciones de esta Ley, sin prejuzgar sobre el conflicto planteado. - En el supuesto de que las partes lleguen a un acuerdo durante la conciliación, el convenio respectivo obligará a las mismas, y su cumplimiento podrá ser demandado por la vía judicial correspondiente. La Secretaría de la Función Pública dará seguimiento a los acuerdos de voluntades, para lo cual “BANCO DEL BIENESTARBANSEFI” deberá remitir un informe sobre el avance de cumplimiento del mismo, en términos del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. En caso de no existir acuerdo de voluntades, “LAS PARTES” podrán optar por cualquier vía de solución a su controversia. En caso contrario “LAS PARTES” podrán a acudir a resolver las controversias que se susciten con motivo de la interpretación o aplicación de “EL CONTRATO”del presente contrato, ante los tribunales federales competentes con sede en la Ciudad de México, renunciando expresamente a cualesquiera otros fueros cualesquier otro fuero que pudiera corresponderles por razón de domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa. “EL CONTRATO” Este Contrato y “LOS ANEXOS” sus anexos se firman por triplicado, en la Ciudad de México, a los días del mes de de dos mil diecinuevedieciocho, quedando dos juegos en posesión de “BANCO DEL BIENESTARBANSEFI” y uno en posesión de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”. LAS FIRMAS QUE ANTECEDEN, CORRESPONDEN AL CONTRATO PARA LOS SERVICIOS DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AUDITORÍA AUDITORIA LEGAL INTERNA PARA EL EJERCICIO 2018 2017 A QUE SE REFIERE EL CONTRATO NÚMERO DJN-SCOF-2C.19- 06-2018-XXX DE FECHA XXXX DE XXXX DE DOS MIL DIECINUEVEDIECIOCHO, CELEBRADO POR “BANCO DEL BIENESTARBANSEFI” CON LA EMPRESA_ EMPRESA DENOMINADA XXXXXXXXXX, EL CUAL CONSTA CONSTANTE DE XXXXXXX FOJAS ÚTILES, INCLUIDA LA PRESENTE. MODELO DE GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO‌ (NOMBRE DE LA AFIANZADORA), en ejercicio de la autorización que le fue otorgada por el Gobierno Federal por conducto de (señalar autoridad que la autorizó para operar y funcionar como Institución Afianzadora Mexicana), en los términos de los artículos 11 y 36 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, se constituye fiadora, para garantizar por (nombre o razón social del proveedor); con R.F.C. No. con domicilio en (domicilio exactamente como aparece en el contrato), hasta por la expresada cantidad de $ ( pesos /100 m.n.), equivalente al 10% del monto total máximo del contrato antes de I.V.A., el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo derivadas del contrato No. suscrito el (fecha en que se firma el contrato) con una vigencia del al , por la cantidad de $ ( pesos 00/100 m.n.), antes de I.V.A., celebrado con Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, a través de su Representante Legal, cuyo objeto es la ejecución de los servicios , como se precisa en el referido contrato y se detalla en la oferta económica de la empresa proveedora afianzada, derivado del procedimiento de .

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SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y LEGISLACIÓN APLICABLE. Para la interpretación, ejecución y cumplimiento de este instrumento, “LAS PARTES” se someten irrevocablemente a los procedimientos que fijan las leyes aplicables, conforme a lo siguiente: De conformidad con los artículos 77, 78 y 79 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en caso de desavenencias derivadas del cumplimiento de “EL CONTRATO”, “LAS PARTES” podrán iniciar el procedimiento de conciliación, conforme a lo siguiente: - En cualquier momento los proveedores o las dependencias y entidades podrán presentar ante la Secretaría de la Función Pública solicitud de conciliación, por desavenencias derivadas del cumplimiento de los contratos o pedidos. Una vez recibida la solicitud respectiva, la Secretaría de la Función Pública señalará día y hora para que tenga verificativo la audiencia de conciliación y citará a las partes. Dicha audiencia se deberá iniciar dentro de los 15 (quince) quince días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la solicitud. La asistencia a la audiencia de conciliación será obligatoria para ambas partes, por lo que la inasistencia por parte del proveedor de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” traerá como consecuencia tener por no presentada su solicitud. - En la audiencia de conciliación, la Secretaría de la Función Pública, tomando en cuenta los hechos manifestados en la solicitud y los argumentos que hiciere valer “BANCO DEL BIENESTARBANSEFI”, determinará los elementos comunes y los puntos de controversia y exhortará a las partes para conciliar sus intereses, conforme a las disposiciones de esta Ley, sin prejuzgar sobre el conflicto planteado. - En el supuesto de que las partes lleguen a un acuerdo durante la conciliación, el convenio respectivo obligará a las mismas, y su cumplimiento podrá ser demandado por la vía judicial correspondiente. La Secretaría de la Función Pública dará seguimiento a los acuerdos de voluntades, para lo cual “BANCO DEL BIENESTARBANSEFI” deberá remitir un informe sobre el avance de cumplimiento del mismo, en términos del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. En caso de no existir acuerdo de voluntades, “LAS PARTES” podrán optar por cualquier vía de solución a su controversia. En caso contrario “LAS PARTES” podrán a acudir a resolver las controversias que se susciten con motivo de la interpretación o aplicación de “EL CONTRATO”del presente contrato, ante los tribunales federales competentes con sede en la Ciudad de México, renunciando expresamente a cualesquiera otros fueros cualesquier otro fuero que pudiera corresponderles por razón de domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa. “EL CONTRATO” Este Contrato y “LOS ANEXOS” sus anexos se firman por triplicado, en la Ciudad de México, a los días del mes de de dos mil diecinueve, diecinueve quedando dos juegos en posesión de “BANCO DEL BIENESTARBANSEFI” y uno en posesión de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”. INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA No. IA-006HJO001-E20-2019 LAS FIRMAS QUE ANTECEDEN, CORRESPONDEN AL CONTRATO ABIERTO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AUDITORÍA LEGAL INTERNA PARA EL EJERCICIO 2018 SERVICIOS DE REPRESENTACIÓN Y DEFENSA JURÍDICA DE BANSEFI, EN MATERIA LABORAL NÚMERO DJN-SCOF-XX-XX.XX-XXX-XXX, DE FECHA DE DE DOS MIL DIECINUEVE, CELEBRADO POR “BANCO DEL BIENESTARBANSEFI” CON LA EMPRESA_ , EL CUAL CONSTA EMPRESA CONSTANTE DE FOJAS ÚTILES, INCLUIDA LA PRESENTE. (NOMBRE DE LA AFIANZADORA)INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA No. IA-006HJO001-E20-2019 El programa xx Xxxxxxx Productiva es una solución integral que tiene como objeto fortalecer el desarrollo de as macro, en ejercicio pequeñas y medias empresas de nuestro país, con herramientas que les permitan incrementar su capacidad productiva y de gestión. Al incorporarte a Cadenas Productivas tendrás acceso a los siguientes beneficios: Conoce oportunamente al consultar desde la comodidad de tu negocio los pagos que te realizarán las dependencias o entidades con la posibilidad de obtener la liquidez que requieres sobre tus cuentas por cobrar derivadas de la autorización proveeduría de bienes y servicios. Si requieres Capital de Trabajo podrás acceder a los programas de financiamiento que le fue otorgada por Nacional Financiera instrumenta a través de los bancos Incrementa tus ventas, al pertenecer al Directorio de Proveedor del Gobierno Federal, mediante el cual las Dependencias y/o Entidades u otras empresas podrán consultar tu oferta de productos y servicios en el momento que lo requieran, al mismo tiempo, conocerás otras empresas con la posibilidad de ampliar tu base de proveedor. Profesionaliza tu negocio, a través de los cursos de capacitación en línea a presenciales, sobre temas relacionados al proceso de compra del Gobierno Federal por conducto que te ayudarán a ser más efectivo al presentar tus propuestas. Identifica oportunidades de (señalar autoridad que la autorizó para operar y funcionar como Institución Afianzadora Mexicana)negocio, en los términos al conocer las necesidades de los artículos 11 y 36 compra del Gobierno Federal a través de nuestros boletines electrónicos. Para mayores informes sobre el particular llamar desde el área metropolitana al 5089-6107 o al 00 000 000-0000 sin costo desde el interior de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, se constituye fiadora, para garantizar por (nombre república o razón social del proveedor); con R.F.C. No. con domicilio en (domicilio exactamente como aparece en el contrato), hasta por la expresada cantidad de $ ( pesos /100 m.n.), equivalente al 10% del monto total del contrato antes de I.V.A., el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones bien a su cargo derivadas del contrato No. suscrito el (fecha en que se firma el contrato) con una vigencia del al , por la cantidad de $ , como se precisa en el referido contrato y se detalla en la oferta económica través de la empresa proveedora afianzada, derivado del procedimiento página de internet xxx.xxxxx.xxx.

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SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y LEGISLACIÓN APLICABLE. Para la interpretación, ejecución y cumplimiento de este instrumento, “LAS PARTES” se someten irrevocablemente a los procedimientos que fijan las leyes aplicables, conforme a lo siguiente: De conformidad con los artículos 77, 78 y 79 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en caso de desavenencias derivadas del cumplimiento de “EL CONTRATO”, “LAS PARTES” podrán iniciar el procedimiento de conciliación, conforme a lo siguiente: - En cualquier momento los proveedores o las dependencias y entidades podrán presentar ante la Secretaría de la Función Pública solicitud de conciliación, por desavenencias derivadas del cumplimiento de los contratos o pedidos. Una vez recibida la solicitud respectiva, la Secretaría de la Función Pública señalará día y hora para que tenga verificativo la audiencia de conciliación y citará a las partes. Dicha audiencia se deberá iniciar dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la solicitud. La asistencia a la audiencia de conciliación será obligatoria para ambas partes, por lo que la inasistencia por parte del proveedor traerá como consecuencia tener por no presentada su solicitud. - En la audiencia de conciliación, la Secretaría de la Función Pública, tomando en cuenta los hechos manifestados en la solicitud y los argumentos que hiciere valer “BANCO DEL BIENESTAR”, determinará los elementos comunes y los puntos de controversia y exhortará a las partes para conciliar sus intereses, conforme a las disposiciones de esta Ley, sin prejuzgar sobre el conflicto planteado. - En el supuesto de que las partes lleguen a un acuerdo durante la conciliación, el convenio respectivo obligará a las mismas, y su cumplimiento podrá ser demandado por la vía judicial correspondiente. La Secretaría de la Función Pública dará seguimiento a los acuerdos de voluntades, para lo cual “BANCO DEL BIENESTAR” deberá remitir un informe sobre el avance de cumplimiento del mismo, en términos del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. En caso de no existir acuerdo de voluntades, “LAS PARTES” podrán optar por cualquier vía de solución a su controversia. En caso contrario “LAS PARTES” podrán a acudir a resolver las controversias que se susciten con motivo de la interpretación o aplicación de “EL CONTRATO”, ante los tribunales federales competentes con sede en la Ciudad de México, renunciando expresamente a cualesquiera otros fueros que pudiera corresponderles por razón de domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa. “EL CONTRATO” y “LOS ANEXOS” se firman por triplicado, en la Ciudad de México, a los días del mes de de dos mil diecinueve, quedando dos juegos en posesión de “BANCO DEL BIENESTAR” y uno en posesión de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”. LAS FIRMAS QUE ANTECEDEN, CORRESPONDEN AL CONTRATO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AUDITORÍA LEGAL INTERNA PARA EL EJERCICIO 2018 MANTENIMIENTO MENOR Y CONSERVACIÓN DE INMUEBLES, DERIVADO DE LA DESINSTALACIÓN DE CAJEROS AUTOMÁTICOS NÚMERO DE FECHA DE DE DOS MIL DIECINUEVE, CELEBRADO POR “BANCO DEL BIENESTAR” CON LA EMPRESA_ EMPRESA , EL CUAL CONSTA DE FOJAS ÚTILES, INCLUIDA LA PRESENTE. (NOMBRE DE LA AFIANZADORA), en ejercicio de la autorización que le fue otorgada por el Gobierno Federal por conducto de (señalar autoridad que la autorizó para operar y funcionar como Institución Afianzadora Mexicana), en los términos de los artículos 11 y 36 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, se constituye fiadora, para garantizar por (nombre o razón social del proveedor); con R.F.C. No. con domicilio en (domicilio exactamente como aparece en el contrato), hasta por la expresada cantidad de $ ( pesos /100 m.n.), equivalente al 10% del monto total máximo del contrato antes de I.V.A., el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo derivadas del contrato No. suscrito el (fecha en que se firma el contrato) con una vigencia del al , por la cantidad de $ ( pesos 00/100 m.n.), antes de I.V.A., celebrado con el Banco del Bienestar, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, a través de su Representante Legal, cuyo objeto es la entrega de los servicios , como se precisa en el referido contrato y se detalla en la oferta económica de la empresa proveedora afianzada, derivado del procedimiento de .

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SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y LEGISLACIÓN APLICABLE. Para la interpretación, ejecución y cumplimiento de este instrumento, “LAS PARTES”, se someten irrevocablemente a los procedimientos que fijan las leyes aplicables, conforme a lo siguiente: De conformidad con los artículos 77, 78 y 79 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en caso de desavenencias derivadas del cumplimiento de “EL CONTRATO”, “LAS PARTES” podrán iniciar el procedimiento de conciliación, conforme a lo siguiente: - En cualquier momento los proveedores momento, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” o las dependencias y entidades “BANSEFI”, podrán presentar ante la Secretaría de la Función Pública solicitud de conciliación, por desavenencias derivadas del cumplimiento de los contratos o pedidos. Una vez recibida la solicitud respectiva, la Secretaría de la Función Pública señalará día y hora para que tenga verificativo la audiencia de conciliación y citará a las partes. Dicha audiencia se deberá iniciar dentro de los 15 (quince) quince días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la solicitud. La asistencia a la audiencia de conciliación será obligatoria para ambas partes, por lo que la inasistencia por parte del proveedor de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” traerá como consecuencia tener por no presentada su solicitud. - En la audiencia de conciliación, la Secretaría de la Función Pública, tomando en cuenta los hechos manifestados en la solicitud y los argumentos que hiciere valer “BANCO DEL BIENESTARBANSEFI”, determinará los elementos comunes y los puntos de controversia y exhortará a las partes para conciliar sus intereses, conforme a las disposiciones de esta Ley, sin prejuzgar sobre el conflicto planteado. - En el supuesto de que las partes lleguen a un acuerdo durante la conciliación, el convenio respectivo obligará a las mismas, y su cumplimiento podrá ser demandado por la vía judicial correspondiente. La Secretaría de la Función Pública dará seguimiento a los acuerdos de voluntades, para lo cual “BANCO DEL BIENESTARBANSEFI” deberá remitir un informe sobre el avance de cumplimiento del mismo, en términos del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. En caso de no existir acuerdo de voluntades, “LAS PARTES” podrán optar por cualquier vía de solución a su controversia. En caso contrario contrario, “LAS PARTES” podrán a acudir a resolver las controversias que se susciten con motivo de la interpretación o aplicación de “EL CONTRATO”del presente contrato, ante los tribunales federales competentes competentes, con sede en la Ciudad de México, renunciando expresamente a cualesquiera otros fueros que pudiera corresponderles por razón de domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa. “EL CONTRATO” Este Contrato y “LOS ANEXOS” sus anexos se firman por triplicado, en la Ciudad de México, a los días del mes de de dos mil diecinuevediecisiete, quedando dos juegos en posesión de “BANCO DEL BIENESTARBANSEFI” y uno en posesión de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”. LAS FIRMAS QUE ANTECEDEN, CORRESPONDEN AL CONTRATO PARA LOS SERVICIOS DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AUDITORÍA LEGAL INTERNA PARA A QUE SE REFIERE EL EJERCICIO 2018 CONTRATO NÚMERO DJN-SCOF-2C.19-06-2018- DE FECHA DE DE DOS MIL DIECINUEVEDIECIOCHO, CELEBRADO POR “BANCO DEL BIENESTARBANSEFI” CON LA EMPRESA_ EMPRESA DENOMINADA , EL CUAL CONSTA CONSTANTE DE FOJAS ÚTILES, INCLUIDA LA PRESENTE. 115, Colonia Tizapán San Xxxxx, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 00000 Xxxxxx xx Xxxxxx. (NOMBRE DE LA AFIANZADORA), en ejercicio de la autorización que le fue otorgada por el Gobierno Federal por conducto de (señalar autoridad que la autorizó para operar y funcionar como Institución Afianzadora Mexicana), en los términos de los artículos 11 y 36 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, se constituye fiadora, para garantizar por (nombre o razón social del proveedor); con R.F.C. No. con domicilio en (domicilio exactamente como aparece en el contrato), hasta por la expresada cantidad de $ ( pesos /100 m.n.), equivalente al 10% del monto total del contrato antes de I.V.A., el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo derivadas del contrato No. suscrito el (fecha en que se firma el contrato) con una vigencia del al , por la cantidad de $ ( pesos 00/100 m.n.), antes de I.V.A., celebrado con Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, a través de su Representante Legal, cuyo objeto es la entrega de los servicios , como se precisa en el referido contrato y se detalla en la oferta económica de la empresa proveedora afianzada, derivado del procedimiento de .

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