Solución extrajudicial de conflictos. La solución de los conflictos que afecten a los trabajadores y empresarios incluidos en el ámbito de aplicación de este Convenio Colectivo, se efectuará conforme a los procedimientos regulados en el Acuerdo Interprofesional sobre la creación del sistema de Solución Extrajudicial de Conflictos y del Instituto Laboral de Madrid en su reglamento. Todas las discrepancias que se produzcan en la aplicación o interpretación del presente Convenio Colectivo que no hayan podido ser resueltas en el seno de la Comisión Mixta Paritaria deberán solventarse, con carácter previo a una demanda judicial, de acuerdo con los procedimientos regulados en el Acuerdo Interprofesional sobre la creación de un sistema de solución extrajudicial de conflictos de trabajo, a través del Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid.
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Samples: Convenio Colectivo Limpieza Pública Viaria Madrid Capital
Solución extrajudicial de conflictos. La solución de los conflictos que afecten a los trabajadores y empresarios incluidos en el ámbito de aplicación de este Convenio Colectivoconvenio colectivo, se efectuará conforme a los procedimientos regulados en el Acuerdo Interprofesional sobre la creación del sistema de Solución Extrajudicial de Conflictos y del Instituto Laboral de Madrid en su reglamento. Todas las discrepancias que se produzcan en la aplicación o interpretación del presente Convenio Colectivo convenio colectivo que no hayan podido ser resueltas en el seno de la Comisión Mixta Paritaria comisión mixta paritaria deberán solventarse, con carácter previo a una demanda judicial, de acuerdo con los procedimientos regulados en el Acuerdo Interprofesional sobre la creación de un sistema Sistema de solución extrajudicial Solución Extrajudicial de conflictos Conflictos de trabajoTrabajo, a través del Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid.
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Solución extrajudicial de conflictos. La solución de los conflictos que afecten a los trabajadores y empresarios incluidos en el ámbito ámbi- to de aplicación de este Convenio Colectivo, se efectuará conforme a los procedimientos regulados en el Acuerdo Interprofesional sobre la creación del sistema de Solución Extrajudicial de Conflictos y del Instituto Laboral de Madrid en su reglamento. Todas las discrepancias que se produzcan en la aplicación o interpretación del presente Convenio Con- venio Colectivo que no hayan podido ser resueltas en el seno de la Comisión Mixta Paritaria deberán debe- rán solventarse, con carácter previo a una demanda judicial, de acuerdo con los procedimientos regulados re- gulados en el Acuerdo Interprofesional sobre la creación de un sistema de solución extrajudicial de conflictos de trabajo, a través del Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid.
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Samples: Convenio Colectivo De Limpieza Pública Viaria De Madrid Capital 2010 2012
Solución extrajudicial de conflictos. La solución de los conflictos que afecten a los trabajadores y empresarios incluidos en el ámbito de aplicación de este Convenio Colectivo, se efectuará efectua- rá conforme a los procedimientos regulados en el Acuerdo Interprofesional sobre la creación del sistema de Solución Extrajudicial de Conflictos y del Instituto Laboral de Madrid en su reglamento. Todas las discrepancias que se produzcan en la aplicación o interpretación del presente Convenio Colectivo que no hayan podido ser resueltas en el seno de la Comisión Mixta Paritaria deberán solventarse, con carácter previo pre- vio a una demanda judicial, de acuerdo con los procedimientos regulados en el Acuerdo Interprofesional sobre la creación de un sistema de solución extrajudicial de conflictos de trabajo, a través del Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid.
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Solución extrajudicial de conflictos. La solución de los conflictos que afecten a los trabajadores y empresarios incluidos en el ámbito ámbi- to de aplicación de este Convenio Colectivo, se efectuará conforme a los procedimientos regulados en el Acuerdo Interprofesional sobre la creación del sistema de Solución Extrajudicial de Conflictos y del Instituto Laboral de Madrid en su reglamento. Todas las discrepancias que se produzcan en la aplicación o interpretación del presente Convenio Con- venio Colectivo que no hayan podido ser resueltas en el seno de la Comisión Mixta Paritaria deberán debe- rán solventarse, con carácter previo a una demanda judicial, de acuerdo con los procedimientos regulados en el Acuerdo Interprofesional sobre la creación de un sistema de solución extrajudicial de conflictos de trabajo, a través del Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid.
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Samples: Convenio Colectivo De Limpieza Pública Viaria De Madrid Capital 2018 2020
Solución extrajudicial de conflictos. La solución de los conflictos que afecten a los trabajadores y empresarios incluidos a la empresa incluida en el ámbito de aplicación de este Convenio Colectivo, se efectuará conforme a los procedimientos regulados en el Acuerdo Interprofesional sobre la creación del sistema de Solución Extrajudicial de Conflictos y del Instituto Laboral de Madrid y en su reglamentoReglamento. Todas las discrepancias que se produzcan en la aplicación o interpretación del presente Convenio Colectivo que no hayan podido ser resueltas en el seno de la Comisión Mixta Paritaria deberán solventarse, con carácter previo a una demanda judicial, de acuerdo con los procedimientos regulados en el Acuerdo Interprofesional sobre la creación de un sistema de solución extrajudicial de conflictos de trabajo, a través del Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid.
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