SUBJECT OF THE APPLICATION Cláusulas de Ejemplo

SUBJECT OF THE APPLICATION. 2.1 If the Customer’s Request is accepted, the herein General Conditions shall govern the rental of vehicles of ownership, possession, use or enjoyment of Localiza, during a fixed term, for exclusive use in the Argentine Republic territory. 2.2 The vehicle shall not be used for: 2.2.1 Carrying people and/or goods and collect any kind of payment as a result of this; 2.2.2 Carrying passengers and/or goods exceeding the capacity recommended by the Vehicle’s manufacturer (place, weight or extension); 2.2.3 Towing or hauling any vehicle; 2.2.4 Taking part in races, tests, competitions and/or “speed-tests”; 2.2.5 Giving instructions to people unauthorized to drive; 2.2.6 Transport explosives, fuels and/or chemical or flammable materials; 2.2.7 Drive over dunes and beaches and/or regions with unfit roads of difficult traffic or difficult access. 2.2.8 Drive the vehicle on flooded or unfit roads that involve a risk for the vehicle and/or travel without the regulation lights to drive during the night or weather conditions that might impair his vision. 2.2.9 Drive under the influence of alcohol or any kind of medication or prescribed or non-prescribed substance (narcotics), that might impair his driving ability. 2.2.10 Any purpose that is unlawful and/or an infringement of the Argentinian laws, and/or illegitimate use of the vehicle, or in case of a civil and/or criminal liability arising as a result of the conduct of the Customer/ and/ or User and/or driver while using the vehicle.

Related to SUBJECT OF THE APPLICATION

  • PERSONA MORAL Constancia de Situación Fiscal actualizada al año 2024 (copia simple legible, si es por vía electrónica, con la liga digital correspondiente). • Acta Constitutiva de la Empresa; en caso de que hubiese modificaciones sustantivas a los estatutos, deberán presentar las dos últimas. Resaltando, preferentemente, en qué consiste la modificación (El objeto social indicado en el acta constitutiva de la empresa, deberá coincidir o estar relacionado con el servicio, motivo de esta Licitación). • Poder Notarial de la persona con poder general para Actos de Administración y/o poder especial para participar en Procedimientos de Adjudicación, con facultades para presentar y firmar propuestas, en tamaño carta. • Identificación Oficial con fotografía (IFE/INE, PASAPORTE, CARTILLA MILITAR O CÉDULA PROFESIONAL VIGENTE) de la persona que firma, conforme al poder. • Constancia de No Adeudo relativa al cumplimiento formal de obligaciones y la inexistencia de créditos fiscales expedida por la Secretaría de Planeación y Finanzas, vigente, con Código QR verificable. De conformidad con el Artículo 30 en el apartado C de Otros Servicios, Fracción II de la Ley de Ingresos del Estado de Puebla para el ejercicio fiscal 2024 y el Artículo 24 E del Código Fiscal del Estado de Puebla. • Comprobante de domicilio con una antigüedad máxima de 3 meses. En caso de que el comprobante de domicilio no se encuentre a nombre del licitante, deberán presentar original y copia simple legible del contrato de arrendamiento junto con copia legible de las identificaciones de los representantes legales que suscriban el contrato.

  • Persona Jurídica 1.1 (Sobre “A”): 1.1.1) Documento “Instrucciones para las oferentes y Requerimientos de Acreditación que deben aportar en Sobres “A” y “B”, firmado y sellado en cada una de sus páginas por el representante de la Sociedad. 1.1.2) Formulario de Presentación de Oferta (SNCC.F.034), debidamente completado, sellado y firmado en cada una de sus páginas por el representante de la Sociedad o por la persona que mediante un Poder está autorizada a representar a la misma, válida por un período mínimo de noventa (90) días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción de las Ofertas Técnica y Económica, Sobre A y B, es decir, del 8 de septiembre del 2017 hasta el 15 de enero del 2018. El Formulario se encuentra anexo al presente documento. El formulario debe estar completado con la información requerida en cada uno de sus literales. En el literal b) de dicho formulario debe indicarse los números de los ítems, la descripción detallada de los bienes ofertados, unidad de medida (que deberá ser igual a la unidad de medida indicada en la Ficha Técnica) y cantidades. Podrá ser anexada cualquier otra información, la cual formará parte de la Oferta Técnica. También puede ser descargado en el portal de Compras Dominicanas xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx . 1.1.3) Oferta Técnica, firmada y sellada, en cada una de sus páginas, por el representante de la Sociedad, válida por un período mínimo de noventa (90) días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción de las Ofertas Técnica y Económica, Sobre A y B, tal como se indica en el punto 1.1.2) del presente documento. En la Oferta Técnica debe indicarse los números de los ítems, la descripción detallada de los bienes ofertados, unidad de medida (que deberá ser igual a la unidad medida indicada en la Ficha Técnica) y cantidades, así como cualquier otro aspecto que se considere de importancia. 1.1.4) Declaración Jurada (Formulario RPE-F002), legalizada por Notario Público y certificada en la Procuraduría General de la República, en original, en el que se manifieste si la Oferente tiene o no juicios pendientes con el Estado Dominicano y que no se encuentra dentro de las prohibiciones que establece el Art. 14 xx xxx 340-06 sobre Compras y Contrataciones. Utilizar el formato del Formulario se encuentra anexo al presente documento. 1.1.5) Copia de la cédula de identidad y electoral del representante legal de la Sociedad. 1.1.6) Registro de Proveedores del Estado (RPE) emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas, actualizado dentro de los últimos dos (2) años. 1.1.7) Certificación o recibo emitido por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), donde se manifieste que la Oferente se encuentra al día en el pago de sus obligaciones fiscales (vigente). 1.1.8) Certificación o recibo emitido por la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), donde se manifieste que la Oferente se encuentra al día en el pago de sus obligaciones de la Seguridad Social (vigente). 1.1.9) Copia del Certificado de Registro Mercantil (vigente). 1.1.10) Registro Nacional de Contribuyente (RNC). 1.1.11) Copia de los Estatutos Sociales registrados en la Cámara de Comercio y Producción que corresponda. Los fines sociales deben ser compatibles con el objeto contractual. 1.1.12) Copia del Acta de la última Asamblea Ordinaria u Ordinaria Anual, por la cual se nombre el actual Gerente o Consejo de Administración (registrada en la Cámara de Comercio y Producción que corresponda), vigente. 1.1.13) Acta del Consejo de Directores o del órgano competente de la Sociedad o poder, legalizado por notario y certificado en la Procuraduría General de la República, tan suficiente y amplio como en derecho fuera necesario para representar a la Sociedad en proceso de Comparación de Precios MT- CP-01-2017, pudiendo firmar cualquier documento relacionado con el proceso. Si la persona que representa la sociedad en el proceso es la misma que firmará el contrato en caso de resultar adjudicataria, se deberá incluir en dicho poder la facultad de firmar el contrato en nombre de la sociedad. 1.1.14) Documentación que evidencie experiencia mínima de dos (2) años en cualquiera de estos renglones de distribución, venta, comercialización e importación de los bienes descriptos en las Especificaciones Técnicas/Ficha Técnica, avalada por documentos tales como contratos, cartas de referencia u otros documentos demostrativos. 1.1.15) Garantía técnica/Calidad. Deberá depositar una Carta o Certificación (del Oferente/Proponente o fabricante) de Garantía técnica/Calidad de los Tóner, con un periodo de vigencia mínima de doce (12) meses en depósito o en almacén, a partir de la recepción de los tóner en caso de resultar adjudicataria. La Carta deberá ser redactada en papel timbrado, dirigida al Ministerio de Trabajo, debidamente firmada y sellada por el representante legal del Oferente/Proponente o el fabricante. Esta Carta tiene como objeto garantizar los defectos de diseño, mala fabricación, uso de materiales inapropiados, manipulación durante el transporte, errores de operación durante la puesta en uso o cualquier otra causa atribuible a la adjudicataria, así como que los tóner son originales del fabricante de las impresoras que se indican en las Especificaciones Técnicas/Ficha Técnica. El Oferente/Proponente deberá ofrecer la disponibilidad de cambio, remplazo o sustitución de los tóner que resulten con algún problema. Esta carta es un requerimiento indispensable y deberá ser incluida por cada Oferente/Proponente en el “Sobre A” como parte de su Propuesta Técnica. 1.1.16) Una (1) referencia bancaria (expedida por un banco). 1.1.17) Dos (2) referencias comerciales de clientes a los que haya vendido los bienes objeto de este proceso. 1.1.18) Estados Financieros auditados del último año del ejercicio fiscal, es decir 2016, para determinar los índices financieros correspondientes que demuestren que cuenta con la estabilidad financiera suficiente para ejecutar satisfactoriamente el eventual contrato. Deben estar firmados y sellados por la Firma de auditores (contadores públicos autorizados) externos que elaboraron los mismos, siendo causal de exclusión del proceso la no presentación del mismo conforme a los requerimientos del MT, hasta finalizada la etapa de entrega de documentos subsanables. 1.1.19) Certificación de Mipyme (si aplica): En caso de tratarse de una Micro, Pequeña o Mediana Empresa (Mipyme), deberá presentar una certificación del Ministerio de Industria y Comercio que la avale dentro de esta clasificación. Esta certificación debe tener una vigencia mínima de (6) meses. El objetivo de esta certificación es otorgar a las MIPYMES la reducción del porcentaje aplicable a la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Para los consorcios beneficiarse de la precitada reducción, todas las partes que lo conforman deberán ser MIPYMES. 1.1.20) Certificación o Carta de membresía del fabricante. Certificación firmada y sellada del fabricante de los tóner de que la oferente es distribuidora autorizada y que los tóner son originales del fabricante de la impresora, cuya fecha de emisión no deberá ser superior a sesenta (60) días a partir de la fecha de la recepción de la oferta. La certificación será verificada ante la sociedad emisora; en caso de no poder serlo, la oferta será rechazada sin más trámites. 1.1.21) Para los consorcios, asociaciones o asociaciones en participación estos deberán presentar los siguientes requisitos: A. Original del Contrato por el cual se formaliza el consorcio, incluyendo su objeto, las obligaciones de las partes, su duración, la capacidad de ejercicio de cada miembro del consorcio, así como sus generales. Todas las partes que lo conformen deberán ser mancomunada y solidariamente responsables frente a la Entidad Contratante, para el cumplimiento de las disposiciones del contrato. Dichas partes deberán, además, designar a una de ellas para que actúe como representante, con autoridad para comprometer a la asociación en participación, consorcio o asociación. La composición o constitución de la asociación en participación, consorcio o asociación no deberá modificarse sin el consentimiento previo por escrito de este Ministerio. El contrato deberá ser legalizado por Xxxxxxx y certificadas las firmas del mismo ante la Procuraduría General de la República. B. Poder especial de designación del representante o gerente único del Consorcio autorizado por las personas físicas o jurídicas participantes en el mismo (legalizado por Notario y certificada la firma del mismo ante la Procuraduría General de la República). C. Las sociedades que formen parte del Consorcio, deberán depositar el original del acta de Asamblea General Ordinaria mediante la cual se acuerda establecer un Consorcio para La forma en que el Consorcio deberá presentar la documentación que se lista en el presente documento es la siguiente: A. De manera conjunta, las sociedades deberán presentar la documentación marcada con los números: 1.1.1), 1.1.2), 1.1.3), 1.1.20) y 1.2.1) del presente documento, debidamente firmadas y selladas por cada uno de sus representantes legales. La póliza de fianza a la que hace referencia el punto 1.2.2), deberá ser requerida de manera conjunta por todas las sociedades que conforman el consorcio a favor del Ministerio de Trabajo. B. De manera individual, deberán ser aportados los documentos restantes por todas las partes que integren el consorcio, asociación o asociación en participación, es decir: Desde el punto 1.1.4) al punto 1.1.19) del presente documento. 1.2 (Sobre “B”): 1.2.1) Formulario de Presentación de Oferta Económica (SNCC.F.33), presentado en un (1) original debidamente marcado como “ORIGINAL” en la primera página de la Oferta, junto con dos (2) fotocopias simples de la misma, debidamente marcadas, en su primera página, como “COPIA”. El original y las copias deberán estar firmados en todas las páginas por el Representante Legal de la Sociedad, debidamente foliadas (numerada cada página) y deberán llevar el sello social en caso de ser una Sociedad. En el formulario se debe indicar los números de ítems, la descripción de los bienes, la cantidad ofertada, la unidad de medida (que deberá ser igual a la unidad de medida indicada en la Ficha Técnica), precio unitario, Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados (ITBIS) y precio unitario final. El Formulario se encuentra anexo al presente documento. También puede ser descargado en el portal de Compras Dominicanas xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx . 1.2.2) Garantía de la Seriedad de la Oferta. Deberá ser presentada mediante Póliza de Fianza emitida por una institución aseguradora de reconocida solvencia en República Dominicana, a favor del Ministerio de Trabajo, debiendo corresponder al equivalente del uno por ciento (1%) del monto total de la oferta incluyendo impuestos, válida por un período mínimo de noventa (90) días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción de las Ofertas Técnica y Económica, Sobre A y B, tal como se indica en el punto 1.1.2) del presente documento. PÁRRAFO. La Garantía de Seriedad de la Oferta será de cumplimiento obligatorio y deberá estar incluida dentro del Sobre que contenga la Oferta Económica. La omisión en la presentación de la Garantía de Seriedad de Oferta dentro del Sobre “B” o cuando la misma fuera insuficiente en cuanto al tipo de garantía, monto, tiempo de vigencia y beneficiario, conllevará la desestimación de la Oferta sin más trámite.

  • Documentos. Personas Físicas / Jurídicas y/o Consorcios a) Si la oferta adjudicada estuviera acompañada de documentos emitidos por autoridades extranjeras, el Oferente deberá acompañar los documentos debidamente legalizados por el Consulado Paraguayo del país de emisión del documento y del Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx.

  • Personas jurídicas 1. Las personas jurídicas solo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. 2. Quienes concurran individual o conjuntamente con otros a la licitación de una concesión de obras o de servicios, podrán hacerlo con el compromiso de constituir una sociedad que será la titular de la concesión. La constitución y, en su caso, la forma de la sociedad deberán ajustarse a lo que establezca, para determinados tipos de concesiones, la correspondiente legislación específica.

  • PROHIBICIÓN DE CESIÓN Es prohibido al CONTRATISTA ceder el presente Contrato en forma total o parcial, sin la previa autorización por escrito de LA UNIVERSIDAD. No se consideran dentro de esta situación aquellos subcontratos que sean necesarios otorgar por parte del CONTRATISTA para la ejecución de las actividades pactadas.

  • RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN Para el caso de contratos susceptibles de recurso especial en materia de contratación, serán susceptibles de recurso administrativo especial previo a la interposición del contencioso administrativo, los actos relacionados en el artículo 40 del TRLCSP. El recurso administrativo especial tendrá carácter potestativo y el plazo de interposición será de QUINCE (15) DÍAS HÁBILES computados conforme a lo previsto en el artículo 44 del TRLCSP. La presentación del escrito de interposición deberá hacerse necesariamente en el registro del órgano de contratación o en el del órgano competente para la resolución del recurso (Registro del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales, c / Donostia, San Xxxxxxxxx 1, 01010 Vitoria -Gasteiz). En todo caso, todo aquel que se proponga interponer recurso deberá anunciarlo previamente en el mismo plazo previsto para la interposición, mediante escrito presentado ante el registro del órgano de contratación (Registro General del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx sito en la Xxxxx Xxxxxx Xxxxx 1, 48170, Xxxxxxx) especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismo. En el escrito de interposición se hará constar el acto recurrido, el motivo que fundamente el recurso, los medios de prueba de que pretenda valerse el recurrente y, en su caso, las medidas de la misma naturaleza que las previstas en el artículo 43 TRLCSP, cuya adopción se solicite. A este escrito se acompañará: a) El documento que acredite la representación del compareciente, salvo si figurase unido a las actuaciones de otro recurso pendiente ante el mismo órgano, en cuyo caso podrá solicitarse que se expida certificación para su unión al procedimiento.

  • Evaluación de las propuestas técnicas Para verificar la solvencia de las propuestas técnicas presentadas, el área técnica y/o requirente será la que analizará cada uno de los documentos presentados de conformidad con los Anexos, la descripción técnica de “LOS SERVICIOS” solicitados, y en general, el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 36, segundo párrafo de la Ley se procederá a evaluar técnicamente cuando menos a las dos proposiciones económicas que resulten ser las más bajas. Se verificará que la información proporcionada cumpla con cada uno de los requisitos y criterios técnicos, indicaciones, descripciones, características y especificaciones técnicas aplicables a cada uno de “LOS SERVICIOS” solicitados; así como los descritos en su caso, en la(s) acta(s) derivada(s) de la(s) junta(s) de aclaraciones a las bases de la licitación. Los documentos que se solicitan en estos requisitos y criterios de evaluación técnica deben ser presentados al momento del acto de presentación y apertura de proposiciones, el incumplimiento de alguno de los requisitos expresamente solicitados por LA ENTIDAD será motivo de desechamiento de la propuesta técnica. La evaluación de las propuestas técnicas recibidas se realizará por el total de las Partidas completas en la(s) que participe; los licitantes deberán cumplir con los requisitos y criterios de evaluación técnica que a continuación se detallan: Para ser consideradas en la evaluación técnica, la(s) Partida(s) respectivas deberán cotizarse completas (100%); el incumplimiento de algún documento y/o requerimiento solicitado para la evaluación técnica, será motivo para desechar la propuesta técnica. En caso de que el licitante omitiera la entrega del algún documento o información que no desvirtué la solvencia de la proposición técnica, no será motivo de descalificación del concurso. El área técnica requirente elaborará un dictamen de análisis detallado a las proposiciones presentadas, en el cual se hará constar la solvencia de las proposiciones analizadas.

  • Contrato eventual por circunstancias de la producción Es aquel que se concierta parar atender necesidades circunstanciales de las empresas del sector que, aun tratándose de la actividad normal de aquellas, no hallen encaje en el resto de los contratos consignados en el presente capítulo. A título enunciativo, podrán formalizarse tales contratos cuando, por necesidades organizativas de carácter estacional, las empresas no puedan cubrir los servicios contratados con personal fijo o no sea válido el recurso al contrato de interinidad o para obra o servicio determinado y, en general, cuando se contraten trabajos que, por su propia naturaleza, sean temporales. La duración de estos contratos no superará los 12 meses en un período de referencia de 18 meses, debiendo expresarse en los mismos la causa determinante de la duración. Los trabajadores eventuales cuyo contrato agote este máximo de duración previsto, y permanezcan en la empresa, se convertirán en trabajadores contratados por tiempo indefinido, según la modalidad contractual prevista en el artículo 20. Asimismo, cuando no habiendo transcurrido el tiempo máximo que permite su celebración, se detecte que la necesidad temporal se ha transformado en permanente, se procederá a transformar el contrato eventual en uno por tiempo indefinido según la modalidad contractual prevista en el artículo 20.

  • CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN El Contratista no podrá ceder, total o parcialmente, los derechos y obligaciones derivadas del Contrato ni subcontratar, total o parcialmente, los servicios incluidos en el mismo sin el previo consentimiento escrito de Innobasque. Para ello, el Contratista comunicará a Innobasque por escrito, y previamente a la celebración del acuerdo de subcontratación, su intención de contratar al Subcontratista, la identidad del mismo, el tipo de servicios y trabajos a realizar por éste y las condiciones económicas y jurídicas, a fin de que la Propiedad apruebe dicha subcontrata; sin que dicha autorización suponga xxxxxxxx de responsabilidad alguna por parte de la Propiedad o aprobación de la idoneidad y/o resultado de los servicios y trabajos. En cualquier caso, la empresa subcontratista deberá hallarse inscrita en los correspondientes Registros y autorizada para la prestación de los servicios o actividades objeto de subcontratación. El Contrato a celebrar entre el Contratista y el subcontratista deberá ser escrito y contener además los pactos establecidos en el presente Contrato. El Contratista deberá entregar a la Propiedad copia del Contrato en un plazo de 5 días desde su firma. El incumplimiento del Contratista de esta obligación facultará a la Propiedad para resolver el presente Contrato. Los subcontratistas actuarán en todo momento bajo la supervisión y control del Contratista, obligándose éste a imponerles y hacerles cumplir todas las obligaciones asumidas por él en el presente Contrato. El Contratista responderá solidariamente de las obligaciones que asuman los subcontratistas, aun en el caso de mediar autorización expresa de la Propiedad. Asimismo, el Contratista mantendrá indemne a la Propiedad de los daños y perjuicios que pudiese sufrir directa o indirectamente por la actuación de dichos subcontratistas. Los actos, errores o negligencias en el cumplimiento de las obligaciones laborales y sindicales de cualquier subcontratista, de sus representantes, empleados o trabajadores, no serán imputables en ningún caso a la Propiedad, quien podrá repetir contra el Contratista si alguna de las consecuencias de estos supuestos le fuera imputada.

  • Prohibición de Contratar No podrán participar como Oferentes/Proponentes, en forma directa o indirecta, las personas físicas o sociedades comerciales que se relacionan a continuación: 1) El Presidente y Vicepresidente de la República; los Secretarios y Subsecretarios de Estado; los Senadores y Diputados del Congreso de la República; los Magistrados de la Suprema Corte de Justicia, de los demás tribunales del orden judicial, de la Xxxxxx xx Xxxxxxx y de la Junta Central Electoral; los Síndicos y Regidores de los Ayuntamientos de los Municipios y del Distrito Nacional; el Contralor General de la República y el Sub-contralor; el Director de Presupuesto y Subdirector; el Director Nacional de Planificación y el Subdirector; el Procurador General de la República y los demás miembros del Ministerio Público; el Tesorero Nacional y el Subtesorero y demás funcionarios de primer y segundo nivel de jerarquía de las instituciones incluidas bajo el ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00; 2) Los jefes y subjefes de Estado Mayor de las Fuerzas Armadas, así como el jefe y subjefes de la Policía Nacional; 3) Los funcionarios públicos con injerencia o poder de decisión en cualquier etapa del procedimiento de contratación administrativa; 4) Todo personal de la entidad contratante; 5) Los parientes por consanguinidad hasta el tercer grado o por afinidad hasta el segundo grado, inclusive, de los funcionarios relacionados con la contratación cubiertos por la prohibición, así como los cónyuges, las parejas en unión libre, las personas vinculadas con análoga relación de convivencia afectiva o con las que hayan procreado hijos, y descendientes de estas personas; 6) Las personas jurídicas en las cuales las personas naturales a las que se refieren los Numerales 1 al 4 tengan una participación superior al diez por ciento (10%) del capital social, dentro de los seis meses anteriores a la fecha de la convocatoria; 7) Las personas físicas o jurídicas que hayan intervenido como asesoras en cualquier etapa del procedimiento de contratación o hayan participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o los diseños respectivos, salvo en el caso de los contratos de supervisión; 8) Las personas físicas o jurídicas que hayan sido condenadas mediante sentencia que haya adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada por delitos de falsedad o contra la propiedad, o por delitos de cohecho, malversación de fondos públicos, tráfico de influencia, prevaricación, revelación de secretos, uso de información privilegiada o delitos contra las finanzas públicas, hasta que haya transcurrido un lapso igual al doble de la condena. Si la condena fuera por delito contra la administración pública, la prohibición para contratar con el Estado será perpetua; 9) Las empresas cuyos directivos hayan sido condenados por delitos contra la administración pública, delitos contra la fe pública o delitos comprendidos en las convenciones internacionales de las que el país sea signatario; 10) Las personas físicas o jurídicas que se encontraren inhabilitadas en virtud de cualquier ordenamiento jurídico; 11) Las personas que suministraren informaciones falsas o que participen en actividades ilegales o fraudulentas relacionadas con la contratación; 12) Las personas naturales o jurídicas que se encuentren sancionadas administrativamente con inhabilitación temporal o permanente para contratar con entidades del sector público, de acuerdo a lo dispuesto por la presente ley y sus reglamentos; 13) Las personas naturales o jurídicas que no estén al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o de la seguridad social, de acuerdo con lo que establezcan las normativas vigentes; PARRAFO I: Para los funcionarios contemplados en los Numerales 1 y 2, la prohibición se extenderá hasta seis (6) meses después de la salida del cargo. En adición a las disposiciones del Artículo 14 de la Xxx Xx. 000-00 con sus modificaciones NO podrán contratar con el Estado dominicano los proveedores que no hayan actualizado sus datos en el Registro de Proveedores del Estado.