Common use of Subsanación por los Acreedores Garantizados Clause in Contracts

Subsanación por los Acreedores Garantizados. En caso que el Comprador haya entregado al Vendedor una Notificación de Causal de Rescisión y el Vendedor no hubiera subsanado el incumplimiento o evento que diera lugar a la causal de rescisión correspondiente durante el plazo previsto en la Cláusula 20.1 (Procedimiento para Rescisión por el Comprador), los Acreedores Garantizados podrán, directamente o indirectamente (a través de una persona jurídica que asuma los derechos y obligaciones del Vendedor bajo el presente Contrato), subsanar tal incumplimiento o evento durante un período de ciento ochenta (180) días contados a partir del vencimiento del plazo de subsanación del Vendedor; en el entendido que en el evento que los Acreedores Garantizados ejerzan el derecho de subsanar indirectamente un incumplimiento o evento ocurrido antes de la Fecha de Habilitación Comercial deberán designar a un Sucesor Calificado. Vencido el plazo de subsanación concedido a los Acreedores Garantizados sin que el incumplimiento o evento que diera lugar a la causal de rescisión haya sido subsanado, el Comprador tendrá el derecho, pero no la obligación, de rescindir el presente Contrato, para lo cual se deberá observar lo previsto en los apartados (c), (d) y (e) de la Cláusula 20.1 (Procedimiento para Rescisión por el Comprador).

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Samples: Contrato De Abastecimiento De Energía Eléctrica Renovable, Contrato De Abasteciimento De Energía Eléctrica Renovable

Subsanación por los Acreedores Garantizados. En caso que el Comprador haya entregado al Vendedor una Notificación de Causal de Rescisión y el Vendedor no hubiera subsanado el incumplimiento o evento que diera lugar a la causal de rescisión correspondiente durante el plazo previsto en la Cláusula 20.1 21.1 (Procedimiento para Rescisión por el Comprador), los Acreedores Garantizados podrán, directamente o indirectamente (a través de una persona jurídica que asuma los derechos y obligaciones del Vendedor bajo el presente Contrato), subsanar tal incumplimiento o evento durante un período de ciento ochenta (180) días contados a partir del vencimiento del plazo de subsanación del Vendedor; en el entendido que en el evento que los Acreedores Garantizados ejerzan el derecho de subsanar indirectamente un incumplimiento o evento ocurrido antes de la Fecha de Habilitación Comercial deberán designar a un Sucesor Calificado. Vencido el plazo de subsanación concedido a los Acreedores Garantizados sin que el incumplimiento o evento que diera lugar a la causal de rescisión haya sido subsanado, el Comprador tendrá el derecho, pero no la obligación, de rescindir el presente Contrato, para lo cual se deberá observar lo previsto en los apartados (c), (d) y (e) de la Cláusula 20.1 (Procedimiento para Rescisión por el Comprador).Cláusula

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Samples: Contrato De Abastecimiento De Energía Eléctrica Renovable

Subsanación por los Acreedores Garantizados. En caso que el Comprador haya entregado al Vendedor una Notificación de Causal de Rescisión y el Vendedor no hubiera subsanado el incumplimiento o evento que diera lugar a la causal de rescisión correspondiente durante el plazo previsto en la Cláusula 20.1 19.1 (Procedimiento para Rescisión por el Comprador), IF-2016-01753742-APN-SSER#MEM los Acreedores Garantizados podrán, directamente o indirectamente (a través de una persona jurídica que asuma los derechos y obligaciones del Vendedor bajo el presente Contrato), subsanar tal incumplimiento o evento durante un período de ciento ochenta (180) días contados a partir del vencimiento del plazo de subsanación del Vendedor; en el entendido que en el evento que los Acreedores Garantizados ejerzan el derecho de subsanar indirectamente un incumplimiento o evento ocurrido antes de la Fecha de Habilitación Comercial deberán designar a un Sucesor Calificado. Vencido el plazo de subsanación concedido a los Acreedores Garantizados sin que el incumplimiento o evento que diera lugar a la causal de rescisión haya sido subsanado, el Comprador tendrá el derecho, pero no la obligación, de rescindir el presente Contrato, para lo cual se deberá observar lo previsto en los apartados (c), (d) y (e) de la Cláusula 20.1 (Procedimiento para Rescisión por el Comprador).Cláusula

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Samples: servicios.infoleg.gob.ar