SUBSISTEMA DE BACKBONE DE DATOS (FIBRA) Cláusulas de Ejemplo

SUBSISTEMA DE BACKBONE DE DATOS (FIBRA). El cableado vertical contempla todos los elementos necesarios para interconectar Los IDFs al MDF en una topología estrella, consistiendo básicamente en cables de fibra óptica y los elementos de terminación asociados. Deberán de incluir todos los accesorios y consumibles necesarios, sin costo adicional para el “Instituto”. Se utilizarán cables de 6 hilos fibras que será conectorizada en el cuarto de telecomunicaciones, La fibra será del tipo interior-exterior LSZH o exterior armada MDPE 50/125μm y deberá cumplir con las recomendaciones estipuladas en ISO/IEC 11801 2da.Ed., ANSI/EIA/TIA 568-B.3. SC, en ambos extremos. Los cordones de parcheo serán de acuerdo al tipo de cableado con un conector SC duplex y conectores SC duplex o bien el tipo de conector de la interfaz para el puerto del equipo activo según lo requiera. En el caso de los paneles de F.O. Para el cableado vertical, en los ER´s deberán ser del tipo panel montable en rack de 19 pulgadas. Adaptadores tipo SC. CABLE FIBRA ÓPTICA HORIZONTAL & BACKBONE 50/125µm (OM2) INTERIOR- EXTERIOR “TIGHT BUFFER”. • Fibra óptica multimodo de índice gradual de 50/125 μm, tipo interior-exterior, que cumpla con los parámetros de transmisión especificados en EIA/TIA 568B.3, con 6 conductores ópticos y las siguientes características: • Diámetro del núcleo de los conductores ópticos = 50 mm. • Diámetro del recubrimiento del núcleo (cladding) = 125 mm. • Diámetro de la cubierta protectora (buffer)= 900 mm. • Tipo de construcción “tight buffer”. • Resistencia mecánica suficiente para ser instalada en las canalizaciones para interior. • Ventanas de transmisión 850 y 1300 nm. • Atenuación y Ancho xx Xxxxx @ 850 nm: 3.5 dB/km max - 500 mhz-km • Atenuación y Ancho xx Xxxxx @ 1300 nm: 1.5 dB/km max - 500 mhz-km • Código de colores individuales en los conductores ópticos para facilitar su identificación, conforme a lo especificado en EIA/TIA 568B.3. • Radio mínimo de curvatura = 10 veces el diámetro del cable. • Relleno interno de materiales para proteger la fibra contra aplastamientos. • Miembros de tensión periférica de 100% xx xxxxxx • La cubierta final del cable tendrá propiedades de bajo humo cero halógenos (LSZH). Tensión máxima para la elongación de las fibras <=0.3% de 800 (N) y Tensión máxima sin ruptura de fibras de 200 (N/cm) • Se utilizarán para la interconexión del backbone de fibra óptica con los equipos activos, en los distribuidores de cableado. Fibra óptica multimodo de índice gradual de 50/125 μm, tipo exterio...

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  • EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

  • Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad El contratista, conforme a lo dispuesto en el Decreto 213/1998, de 17 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen medidas en la contratación administrativa de la Comunidad de Madrid para apoyar la estabilidad y calidad del empleo, durante la vigencia del contrato, asume entre sus obligaciones la de tener trabajadores con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o la de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el RD. 364/2005, de 8 xx xxxxx. La xxxxxxxx de la citada obligación se realizará mediante la declaración responsable que se cita en la cláusula 12 “Forma y contenido de las proposiciones” de este pliego. El contratista queda obligado igualmente a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación cuando fuese requerido, en cualquier momento de la vigencia del contrato, o en todo caso antes de la devolución de la garantía definitiva. La acreditación de dicho cumplimiento se efectuará mediante la presentación ante el órgano de contratación de los siguientes documentos: un certificado de la empresa en el que conste el número de trabajadores de plantilla y copia compulsada de los contratos celebrados con trabajadores con discapacidad.

  • IMPORTE MÁXIMO DE LOS GASTOS DE PUBLICIDAD DE LICITACIÓN DEL CONTRATO QUE DEBE ABONAR EL ADJUDICATARIO El adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos de publicidad de la licitación en el Boletín Oficial de la Provincia hasta un importe máximo de 1.000 €.

  • CESIÓN DE DERECHOS EL PROVEEDOR" no podrá ceder total o parcialmente los derechos y obligaciones derivados del presente contrato específico, a favor de cualquier otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa y por escrito de "(LA DEPENDENCIA O ENTIDAD)" deslindando a esta de toda responsabilidad.

  • Importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación 2.000 euros

  • PROTECCIÓN DE DATOS Ambas partes manifiestan y garantizan el cumplimiento de las obligaciones legales que les corresponden en materia de protección de datos de carácter personal de conformidad con lo previsto en la normativa de protección de datos vigente en cada momento, habiendo adoptado las medidas necesarias de seguridad, confidencialidad e integridad de los datos personales con el objeto de evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable. En cumplimiento de la normativa de aplicación en materia de protección de datos, la FEMP, manifiesta y garantiza el cumplimiento de las obligaciones legales que le corresponden en materia de protección de datos de carácter personal e informa a los licitadores que los datos personales que facilita en el marco del presente procedimiento serán tratados por FEMP como responsable del tratamiento con la finalidad de llevar a cabo todas las acciones necesarias para la gestión del expediente y tramitación del procedimiento de contratación. La base legal para el tratamiento de los datos es el desarrollo de la relación precontractual así como el cumplimiento de una obligación legal. Los datos proporcionados serán conservados por el tiempo que resulte necesario a efectos de garantizar el cumplimiento de las obligaciones legales que corresponden a la FEMP. Los datos podrán ser comunicados a organismos públicos, administraciones y otras autoridades o/y organismos gubernamentales competentes relevantes (tanto nacionales como autonómicas), para los fines antes indicados. Mediante la participación en el presente procedimiento, los licitadores manifiestan y garantizan haber cumplido el deber de información y de obtención del consentimiento de los titulares de los datos personales que, en el marco del presente procedimiento, puedan llegar a comunicar a la FEMP con ocasión de la gestión del expediente y tramitación del procedimiento de contratación. Los titulares de los datos personales podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición así como los contenidos en el Capítulo III del Reglamento (UE) 2016/679) por medio de carta dirigida a la FEMP, xxxxx Xxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxxx o a la dirección de correo xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xx , si bien, en el encabezamiento se deberá añadir el título “protección de datos”, y la comunicación deberá acompañarse de una fotocopia del DNI, por tratarse de un derecho personalísimo. En el supuesto en el que el adjudicatario, como consecuencia de la prestación de los servicios objeto del presente concurso tuviese acceso a datos personales responsabilidad de la FEMP, el contrato que suscriban ambas partes incluirá la correspondiente cláusula de acceso a datos. En tal caso, el adjudicatario tendrá la consideración de encargado del tratamiento, quedando obligado al cumplimiento de lo dispuesto la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y en el resto de la normativa que resulte de aplicación a la protección de datos de carácter personal, en los términos indicados en la Disposición Adicional Vigésimo Quinta de la LCSP.

  • Aprobación por el Gerente de Obras 18.1 El Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras las Especificaciones y los Planos que muestren las obras provisionales propuestas, quien deberá aprobarlas si dichas obras cumplen con las Especificaciones y los Planos. 18.2 El Contratista será responsable por el diseño de las obras provisionales. 18.3 La aprobación del Gerente de Obras no liberará al Contratista de responsabilidad en cuanto al diseño de las obras provisionales. 18.4 El Contratista deberá obtener las aprobaciones del diseño de las obras provisionales por parte de terceros cuando sean necesarias. 18.5 Todos los planos preparados por el Contratista para la ejecución de las obras provisionales o definitivas deberán ser aprobados previamente por el Gerente de Obras antes de su utilización.

  • Idioma de las Ofertas 12.1 Todos los documentos relacionados con las Ofertas deberán estar redactados en el idioma que se especifica en los DDL.

  • DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN El plazo de ejecución del presente contrato es de [……..] días calendario, el mismo que se computa desde [CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DE SUSCRITO EL CONTRATO O DESDE EL DÍA SIGUIENTE DE CUMPLIDA LA CONDICIÓN PARA EL INICIO DE LA EJECUCIÓN, DEBIENDO INDICAR LA CONDICIÓN EN ESTE ULTIMO CASO].

  • Dependencia encargada de realizar el proceso de contratación Sub Gerencia de Personal