Jubilación parcial Las empresas y trabajadores del sector, se acogerán a las previsiones establecidas en la Ley 35/2002, de 12 de Julio de medidas para el establecimiento de un Sistema de jubilación gradual y flexible, Real Decreto 1131/2002, de 31 de Octubre por el que se regula la Seguridad Social de los trabajadores contratados a tiempo parcial, así como la jubilación parcial y Real Decreto 1132/2002, de 31 de Octubre, de desarrollo de determinados preceptos de la Ley 35/2002, en aras a jubilar parcialmente a los traba- jadores mayores de 60 años mediante contrato de relevo. Asimismo, en este mismo orden de cosas y con las condiciones de la ley 35/2002 de 12 de Julio y normativa de desarrollo citada anteriormente, las empresas estarán obli- gadas a jubilar parcialmente a los trabajadores mayores de 63 años que así lo solici- ten, suscribiendo simultáneamente un contrato de relevo, quedando sometido el tra- bajador a las especificaciones de un contrato a tiempo parcial, conforme a lo estable- cido en la legislación mencionada anteriormente. Para acogerse a este derecho, el trabajador deberá preavisar a la empresa con una antelación mínima de tres meses. Dentro de las anteriores previsiones el trabajador podrá concertar con la empresa, exclusivamente una reducción de su jornada de trabajo y de su salario en un 85 % de aquellos, siempre que reúna las condiciones generales exigidas para tener derecho a la pensión contributiva de jubilación de la Seguridad Social con excepción de la edad, que habrá de ser inferior en, como máximo, cinco años de la exigida, o cuando, reu- niendo igualmente las citadas condiciones generales, haya cumplido ya dicha edad. En este caso la extinción del contrato será efectiva cuando se produzca la jubilación total del trabajador. La empresa deberá celebrar simultáneamente un contrato de tra- bajo con un trabajador en situación de desempleo o que tuviese concertado con la empresa un contrato de duración determinada, con objeto de sustituir la jornada de trabajo dejada vacante por el trabajador que se jubila parcialmente. Este contrato de trabajo, se denominará contrato relevo y se ajustará a las siguientes particularidades:
Presentación, Sello e Identificación de las Ofertas 23.1 Los Oferentes siempre podrán enviar sus ofertas por correo o entregarlas personalmente. Los Oferentes podrán presentar sus ofertas electrónicamente cuando así se indique en los DDL. (a) Los Oferentes que presenten sus ofertas por correo o las entreguen personalmente deberán incluir el original y cada copia de la oferta, incluyendo ofertas alternativas si fueran permitidas en virtud de la Cláusula 13 de las IAO, en sobres separados, cerrados en forma inviolable y debidamente identificados como “ORIGINAL” y “COPIA”. Los sobres conteniendo el original y las copias serán incluidos a su vez en un solo sobre. El resto del procedimiento será de acuerdo con las Subcláusulas 23.2 y 23.3 de las IAO. (b) Los Oferentes que presenten sus ofertas electrónicamente seguirán los procedimientos especificados en los DDL. 23.2 Los sobres interiores y exteriores deberán: (a) llevar el nombre y la dirección del Oferente; (b) estar dirigidos al Comprador de acuerdo a lo indicado en la Subcláusula 24.1 de las IAO; (c) llevar la identificación específica de este proceso de licitación indicado en la Cláusula 1.1 de las IAO y cualquier otra identificación que se indique en los DDL; y (d) llevar una advertencia de no abrir antes de la hora y fecha de apertura de ofertas, especificadas de conformidad con la Subcláusula 27.1 de las IAO. 23.3 Si los sobres no están sellados e identificados como se requiere, el Comprador no se responsabilizará en caso de que la oferta se extravíe o sea abierta prematuramente.
LIMPIEZA La labor de limpieza consistirá en la eliminación, tanto de la vegetación de crecimiento espontáneo (hierbas, malezas, etc.), de las hojas caídas y residuos de las labores de siega, recortes y podas, como de los desperdicios y objetos (papeles, colillas, trapos, cristal, metales, maderas, etc.), que de cualquier procedencia hubiera podido llegar a las superficies bajo su cuidado. La obligación del contratista no se limita al barrido, recogida y amontonamiento de las indicadas materias, dentro o fuera de la superficie a su cuidado, sino que ha de complementarse con la extracción de todas ellas, con los medios a su cargo, fuera de las superficies adjudicadas, transporte a vertedero y vertido. Se significa que el contratista se hará cargo de los gastos de vertido en vertedero. Por otra parte el vertedero que utilice el contratista deberá estar debidamente legalizado por parte de los organismos correspondientes. La limpieza se realizará con carácter general de lunes a viernes. En Semana Santa, San ▇▇▇▇▇▇, San ▇▇▇▇▇ y Navidades, se establecerán tareas extraordinarias de limpieza tanto en zonas céntricas como exteriores. En el caso de días festivos seguidos no transcurrirán nunca más de 48 horas sin que se atiendan estas labores de limpieza. El horario en el que se deberán realizar los trabajos de limpieza será preferentemente de 7:00 h. a 14:00 h. Es obligación del adjudicatario la retirada de todos los residuos resultantes de los trabajos, tanto de limpieza como de cualquier operación objeto del presente pliego, debiendo disponer para ello de los medios necesarios para su recogida y transporte hasta vertedero autorizado. La empresa licitadora deberá disponer de vertedero autorizado o bien tener contrato con gestor autorizado para este tipo de residuos, incluyéndose el coste del mismo incluido dentro de los gastos generales de los precios.
Subasta electrónica Para la adjudicación se celebrará una subasta electrónica con arreglo a los siguientes elementos: No.
TRAMITACIÓN Ordinaria.