SUELO RURAL Cláusulas de Ejemplo

SUELO RURAL. Constituye ésta categoría los terrenos no aptos para el suelo urbano, por razones de oportunidad o por su destinación a usos agrícolas, ganaderos, forestales, de aprovechamiento de recursos naturales, resguardos indígenas y actividades análogas.
SUELO RURAL. Constituyen esta clase de suelo los terrenos no aptos para el uso urbano, por razones de oportunidad o por su destinación a usos agrícolas, ganaderos, forestales, de explotación de recursos naturales y actividades análogas. a. De Protección. Hacen parte de ella: 1) Las áreas de conservación y protección ambiental conformadas por: a) Las áreas reguladas por la Estructura Ecológica Principal
SUELO RURAL. Lo constituyen los terrenos con vocación económica y ambiental diferentes del suelo urbano, y cuya destinación en cuanto a uso son: agrícolas, ganaderos, forestales, de explotación de recursos naturales renovables y no renovables y actividades económicas que por sus características no deben estar localizados en suelo urbano o centros poblados. Determínase como zona rural una superficie aproximada de 15.655,16 hectáreas, correspondiente al 85 % del área total municipal. La zona rural de acuerdo a su implantación, cuenta con cuatro subzonas, que se pueden denominar la planicie ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ (Canoas ▇▇▇▇▇), planicie agropecuaria (Bosatama), la zona montañosa (Tinzuque y Hungría) y las depresiones ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ de Tequendama (El Charquito), constituyéndose en tres sistemas particulares entre sí, en donde se encuentran los grandes sistemas naturales que desempeñan funciones ecológicas y los suelos con aptitud agrológica y minera.
SUELO RURAL. El suelo rural lo constituyen los terrenos no aptos para el uso urbano por razones de oportunidad o por su destinación a usos agrícolas, ganaderos, forestales, de explotación de recursos naturales y actividades análogas. Comprende las áreas correspondientes a los corregimientos del Alto del Nudo y Las Marcadas, que colindan con los suelos de expansión y el suelo urbano del municipio de Dosquebradas. El suelo rural está definido y delimitado mediante coordenadas en el Plano FR CG-03 Clasificación del suelo. El suelo rural del municipio tiene un área de 4.632,967 Has, incluidos los suelos de protección y los clasificados en la categoría de Suburbano; sin perjuicio que en el artículo siguiente se identifiquen individualmente los suelos suburbanos. Las coordenadas fueron definidas mediante el sistema de proyección cartesiano MAGNA Colombia Oeste y su orientación aumenta en dirección a las manecillas del reloj.
SUELO RURAL. El suelo rural está constituido por terrenos no aptos para el uso urbano, por razones de oportunidad, o por su destinación a usos agrícolas, ganaderos, forestales, de explotación de recursos naturales y actividades análogas, teniendo en cuenta la adecuada utilización agrologica de este suelo. El suelo rural del municipio de Arauca, está constituido por una porción de territorio de 574.307,64 Hectáreas.
SUELO RURAL. Constituyen esta clase de suelo, los terrenos destinados al desarrollo de actividades agrícolas, pecuarias, forestales, de explotación de los recursos naturales y actividades análogas. Se establece para el suelo rural de Floridablanca las siguientes categorías:
SUELO RURAL. En zona rural se presentan bosques, hierbas y malezas utilizadas para el pastoreo extensivo y pastizales limpios dedicados a la ganadería semiintensiva e intensiva con prácticas de manejo que incluyen fertilización, riego y rotación de potreros; estos están ubicados en el ▇▇▇▇▇ del río Chicamocha, sobre las quebradas Honda y la Toibita; con un área de 8.517 ha aproximadamente. Se estima que un 40% del área del municipio está dedicada a la ganadería. Se encuentran zonas para actividades agrícolas, con cultivos de papa, maíz, trigo, cebada, el área de cultivos tanto al norte como al sur del municipio es de 5.450 ha. La Zona de expansión limita por el norte con el barrio el Bosque. Por el sur y occidente con el río Chicamocha y el barrio Villa Panorama, por el oriente con la ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇.
SUELO RURAL. Constituyen suelo rural en el Municipio ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, los terrenos no aptos para el uso urbano por razones de oportunidad o por su destinación a usos agrícolas, ganaderos, forestales, y de explotación de recursos naturales. Igualmente forman parte de este suelo las áreas de vivienda campestre, las áreas de recreación y suelo de expansión urbana”. Artículo 9. Modifíquese el artículo 45 del Acuerdo 026 de 2001. El cual quedará así: “

Related to SUELO RURAL

  • Jubilación parcial Las empresas y trabajadores del sector, se acogerán a las previsiones establecidas en la Ley 35/2002, de 12 de Julio de medidas para el establecimiento de un Sistema de jubilación gradual y flexible, Real Decreto 1131/2002, de 31 de Octubre por el que se regula la Seguridad Social de los trabajadores contratados a tiempo parcial, así como la jubilación parcial y Real Decreto 1132/2002, de 31 de Octubre, de desarrollo de determinados preceptos de la Ley 35/2002, en aras a jubilar parcialmente a los traba- jadores mayores de 60 años mediante contrato de relevo. Asimismo, en este mismo orden de cosas y con las condiciones de la ley 35/2002 de 12 de Julio y normativa de desarrollo citada anteriormente, las empresas estarán obli- gadas a jubilar parcialmente a los trabajadores mayores de 63 años que así lo solici- ten, suscribiendo simultáneamente un contrato de relevo, quedando sometido el tra- bajador a las especificaciones de un contrato a tiempo parcial, conforme a lo estable- cido en la legislación mencionada anteriormente. Para acogerse a este derecho, el trabajador deberá preavisar a la empresa con una antelación mínima de tres meses. Dentro de las anteriores previsiones el trabajador podrá concertar con la empresa, exclusivamente una reducción de su jornada de trabajo y de su salario en un 85 % de aquellos, siempre que reúna las condiciones generales exigidas para tener derecho a la pensión contributiva de jubilación de la Seguridad Social con excepción de la edad, que habrá de ser inferior en, como máximo, cinco años de la exigida, o cuando, reu- niendo igualmente las citadas condiciones generales, haya cumplido ya dicha edad. En este caso la extinción del contrato será efectiva cuando se produzca la jubilación total del trabajador. La empresa deberá celebrar simultáneamente un contrato de tra- bajo con un trabajador en situación de desempleo o que tuviese concertado con la empresa un contrato de duración determinada, con objeto de sustituir la jornada de trabajo dejada vacante por el trabajador que se jubila parcialmente. Este contrato de trabajo, se denominará contrato relevo y se ajustará a las siguientes particularidades:

  • Presentación, Sello e Identificación de las Ofertas 23.1 Los Oferentes siempre podrán enviar sus ofertas por correo o entregarlas personalmente. Los Oferentes podrán presentar sus ofertas electrónicamente cuando así se indique en los DDL. (a) Los Oferentes que presenten sus ofertas por correo o las entreguen personalmente deberán incluir el original y cada copia de la oferta, incluyendo ofertas alternativas si fueran permitidas en virtud de la Cláusula 13 de las IAO, en sobres separados, cerrados en forma inviolable y debidamente identificados como “ORIGINAL” y “COPIA”. Los sobres conteniendo el original y las copias serán incluidos a su vez en un solo sobre. El resto del procedimiento será de acuerdo con las Subcláusulas 23.2 y 23.3 de las IAO. (b) Los Oferentes que presenten sus ofertas electrónicamente seguirán los procedimientos especificados en los DDL. 23.2 Los sobres interiores y exteriores deberán: (a) llevar el nombre y la dirección del Oferente; (b) estar dirigidos al Comprador de acuerdo a lo indicado en la Subcláusula 24.1 de las IAO; (c) llevar la identificación específica de este proceso de licitación indicado en la Cláusula 1.1 de las IAO y cualquier otra identificación que se indique en los DDL; y (d) llevar una advertencia de no abrir antes de la hora y fecha de apertura de ofertas, especificadas de conformidad con la Subcláusula 27.1 de las IAO. 23.3 Si los sobres no están sellados e identificados como se requiere, el Comprador no se responsabilizará en caso de que la oferta se extravíe o sea abierta prematuramente.

  • LIMPIEZA La labor de limpieza consistirá en la eliminación, tanto de la vegetación de crecimiento espontáneo (hierbas, malezas, etc.), de las hojas caídas y residuos de las labores de siega, recortes y podas, como de los desperdicios y objetos (papeles, colillas, trapos, cristal, metales, maderas, etc.), que de cualquier procedencia hubiera podido llegar a las superficies bajo su cuidado. La obligación del contratista no se limita al barrido, recogida y amontonamiento de las indicadas materias, dentro o fuera de la superficie a su cuidado, sino que ha de complementarse con la extracción de todas ellas, con los medios a su cargo, fuera de las superficies adjudicadas, transporte a vertedero y vertido. Se significa que el contratista se hará cargo de los gastos de vertido en vertedero. Por otra parte el vertedero que utilice el contratista deberá estar debidamente legalizado por parte de los organismos correspondientes. La limpieza se realizará con carácter general de lunes a viernes. En Semana Santa, San ▇▇▇▇▇▇, San ▇▇▇▇▇ y Navidades, se establecerán tareas extraordinarias de limpieza tanto en zonas céntricas como exteriores. En el caso de días festivos seguidos no transcurrirán nunca más de 48 horas sin que se atiendan estas labores de limpieza. El horario en el que se deberán realizar los trabajos de limpieza será preferentemente de 7:00 h. a 14:00 h. Es obligación del adjudicatario la retirada de todos los residuos resultantes de los trabajos, tanto de limpieza como de cualquier operación objeto del presente pliego, debiendo disponer para ello de los medios necesarios para su recogida y transporte hasta vertedero autorizado. La empresa licitadora deberá disponer de vertedero autorizado o bien tener contrato con gestor autorizado para este tipo de residuos, incluyéndose el coste del mismo incluido dentro de los gastos generales de los precios.

  • Subasta electrónica Para la adjudicación se celebrará una subasta electrónica con arreglo a los siguientes elementos: No.

  • TRAMITACIÓN Ordinaria.