Suma asegurada o límite máximo de responsabilidad. Es el importe máximo por cada cobertura contratada y que la Compañía está obligada a pagar como máximo al momento de suscitarse la pérdida o el Siniestro amparado por la Póliza, que incluye los impuestos correspondientes, como IVA y cualquiera que la ley imponga. La determinación de la suma asegurada por cada cobertura debe regirse por lo establecido en la misma, así como en lo dispuesto en la cláusula 7a Bases de valuación e indemnización de Daños, de las presentes condiciones generales.
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Samples: Condiciones Generales De Seguros De Automóviles Residentes, Condiciones Generales Del Seguro, Condiciones Generales Del Seguro