Supervisión de las Obras de Construcción. Corresponde al REGULADOR, directamente o a través del supervisor de Obras, efectuar las acciones de fiscalización técnica que le competen durante el desarrollo de las Obras de Construcción indicadas en el Anexo III del Contrato. En el caso que el REGULADOR opte por designar a un supervisor de Obras, deberá informar dicho hecho fehacientemente por escrito al CONCESIONARIO en un plazo máximo de cinco (05) Días, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato con el supervisor antes indicado.
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Samples: Contrato De Concesión, Contrato De Concesión, Contrato De Concesión
Supervisión de las Obras de Construcción. Corresponde al REGULADOR, REGULADOR directamente o a través del supervisor de Obras, efectuar las acciones de fiscalización técnica que le competen durante el desarrollo de las Obras de Construcción indicadas en el Anexo III del ContratoVIII. En el caso que el REGULADOR opte por designar a un supervisor de Obras, deberá informar dicho hecho fehacientemente por escrito al CONCESIONARIO en un plazo máximo de cinco (055) Días, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato con el supervisor antes indicado.
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Samples: Contrato De Concesión, Contrato De Concesión
Supervisión de las Obras de Construcción. Corresponde al REGULADOR, REGULADOR directamente o a través del supervisor de Obras, Obras efectuar las acciones de fiscalización técnica que le competen durante el desarrollo de las Obras de Construcción indicadas en el Anexo III del ContratoVIII. En el caso que el REGULADOR opte por designar a un supervisor de Obras, deberá informar dicho hecho fehacientemente por escrito al CONCESIONARIO en un plazo máximo de cinco (055) Días, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato con el supervisor antes indicado.
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Samples: Contrato De Concesión
Supervisión de las Obras de Construcción. Corresponde al REGULADOR, directamente o a través del supervisor de Obras, efectuar las acciones de fiscalización técnica que le competen durante el desarrollo de las Obras de Construcción indicadas en el Anexo III del ContratoIII. En el caso que el REGULADOR opte por designar a un supervisor de Obras, deberá informar dicho hecho fehacientemente por escrito al CONCESIONARIO en un plazo máximo de cinco (055) Días, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato Contrato con el supervisor antes indicado.
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Samples: Concession Agreement