Tasas e impuestos Cláusulas de Ejemplo

Tasas e impuestos. Serán de cuenta del contratista todos los tributos de cualquier índole que graven las operaciones necesarias para la ejecución del contrato.
Tasas e impuestos. Tanto en las ofertas que formulen los licitadores, como en las propuestas de adjudicación, se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven a los diversos conceptos comprendidos en la ejecución del contrato. En cuanto al IVA, se estará al artículo 145.5 del TRLCSP.
Tasas e impuestos. Serán a cuenta del contratista todos los tributos de cualquier índole que graven las operaciones necesarias para la ejecución de la obra y, en particular, las tasas por prestación de los trabajos facultativos de replanteo, dirección, inspección y liquidación de las obras y cualquier otra que resulte de aplicación según las disposiciones vigentes, en la forma y cuantía que éstas señalen, así como el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, para el caso en que éste sea exigible. La tasa por dirección de obras se calculará tomando como base el presupuesto de ejecución material.
Tasas e impuestos. Tanto en las proposiciones presentadas por los licitadores, como en los presupuestos de adjudicación, se entienden comprendidos todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, y arbitrios municipales que graven la ejecución del contrato, que correrán por cuenta del contratista, salvo el Impuesto General Indirecto Canario (I.G.I.C.) o tributación indirecta que fuera de aplicación que deba ser soportado por PROMOTUR, que se indicará como partida independiente43.
Tasas e impuestos. Los precios serán netos de los impuestos y las tasas arancelarias aplicables. El Proveedor sumará las tasas y los impuestos a sus facturas de conformidad con la legislación aplicable.
Tasas e impuestos. Se conviene que las tasas, contribuciones, impuestos de cualquier naturaleza que fueren existentes o a crearse, estarán a cargo de EL LOCADOR, salvo los que se apliquen al inmueble por razones de uso que le diera LA LOCATARIA.-
Tasas e impuestos. Los precios serán netos del Impuesto al Valor Agregado, que se adicionará a las facturas del Proveedor de conformidad con la legislación aplicable.
Tasas e impuestos. El concesionario se obligara al pago de los gravámenes de todo tipo que al presente corresponda a la explotación del comercio, cualquiera sea su naturaleza y origen, como así también, aquellos de cualquier orden que se instituyan durante la vigencia del contrato.
Tasas e impuestos. Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en las propuestas de adjudicaci n se entenderÆn comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier ndole que graven los diversos conceptos comprendidos en la ejecuci n del Contrato.
Tasas e impuestos. En los precios cotizados se considerarán comprendidos todos los impuestos, sellados, tasas y/o contribuciones, ya sean nacionales, provinciales o municipales, que resulten de aplicación. Se aclara que el impuesto a los sellos estará en su totalidad a cargo del Adjudicatario. Cuando se trate de un equipo o partes importadas el precio incluirá todos los costos de nacionalización, impuestos y los gravámenes de importación correspondientes. El importe correspondiente al Impuesto al Valor Agregado (IVA) será consignado por separado en la Planilla de Oferta. “TRANSPA S.A.” reconocerá en su cargo, en la medida de su real incidencia y de acuerdo con las constancias que el ADJUDICATARIO estará obligado a presentar, las variaciones de alícuotas de impuestos posteriores a la fecha de apertura de la Licitación, relacionadas con el I.V.A, ingresos brutos e impuestos internos.