TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. 10.1. El Contrato de Arrendamiento terminará cuando concurra alguna de las siguientes causas: (i) Cumplimiento del plazo de duración del Contrato. (ii) El incumplimiento de las normas sobre utilización y/o mantenimiento del Vehículo aquí previstas o en las normas legales que así lo exijan. (iii) Por mutuo acuerdo de las Partes que deberá ser expresado por escrito. (iv) Por impago a su vencimiento de cualquier cantidad adeudada por el Arrendatario al Arrendador, una vez haya transcurrido un plazo de 48 horas, contadas a partir de la fecha de recepción por el Arrendatario de la reclamación, sin que éste haya pagado las cantidades adeudadas junto con el tipo de interés de demora correspondiente. (v) Por incumplimiento por el Arrendatario de cualquiera de las obligaciones asumidas o prohibiciones establecidas en las presentes Condiciones. (vi) Por ejercicio por parte del Arrendatario de su derecho de desistimiento recogido en la Estipulación 9 anterior. 10.2. En caso de resolución del Contrato de Arrendamiento por parte del Arrendador por cualquiera de las causas indicadas en los apartados (ii), (iv), (v) y (vii) de la Estipulación 10.1 anterior, el Arrendatario no tendrá derecho a que el Arrendador le reembolse ni descuente cantidad alguna, por aquella parte del Arrendamiento no disfrutado, reservándose igualmente el Arrendador el derecho a deducir o cobrar al Arrendatario una cantidad razonable en concepto de indemnización por los costes netos en que éste incurra como consecuencia del incumplimiento del Contrato y de las presentes Condiciones por parte del Arrendatario. En este caso, el Arrendador enviará una factura al Arrendatario por todas las cantidades aplicables con arreglo a esta Estipulación y procederá al cobro del importe total utilizando el método de pago que haya facilitado el Arrendatario. 10.3. En el supuesto de concurrencia de cualesquiera de las circunstancias que dan lugar a la terminación o, en su caso, resolución por incumplimiento del Contrato de Arrendamiento, el Arrendatario es informado y autoriza expresamente al Arrendador a que se proceda al bloqueo e inmovilización del Vehículo, de forma que el Arrendatario no podrá hacer uso del mismo y el Arrendador quedará facultado para proceder a dicho bloqueo y retirar el mismo, en su calidad de propietario, si en el plazo de 48 horas a contar desde que fecha comunicación mediante correo electrónico, SMS, carta por el Arrendador del acaecimiento de cualquiera de las circunstancias y del aviso de inmovilización, la causa de incumplimiento no se hubiera solucionado.
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TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. 10.1El contrato de arrendamiento se podrá dar por terminado cuando se cumpla con lo que se establece en el Artículo 30 de la Ley del Inquilinato. “Art.30.- Causales de terminación” El Contrato arrendador podrá dar por terminado el arrendamiento y, por consiguiente, exigir la desocupación y entrega del local arrendado antes de Arrendamiento terminará cuando concurra alguna vencido el plazo legal o convencional, soló por una de las siguientes causas:
(ia) Cumplimiento del plazo Cuando la falta de duración del Contrato.
(ii) El incumplimiento pago de las normas sobre utilización y/dos pensional locativas mensuales se hubieren mantenido hasta la fecha en que se produjo la citación de la demanda al inquilino;
b) Peligro de destrucción o mantenimiento ruina del Vehículo aquí previstas edificio en la parte que comprende el local arrendado y que haga necesaria la reparación;
c) Algazaras o en las normas legales que así lo exijan.
(iii) Por mutuo acuerdo de las Partes que deberá ser expresado por escrito.
(iv) Por impago a su vencimiento de cualquier cantidad adeudada reyertas ocasionadas por el Arrendatario inquilino.; Destino del local arrendado a un objeto ilícito o distinto del convenido;
d) Destinos del local arrendado a un objeto ilícito o distinto del convenido;
e) Daños causados por el inquilino en el edificio, sus instalaciones o dependencias, conforme a lo previsto en el Art. 7;
f) Subarriendo o traspaso de sus derechos, realizados por el inquilino, sin tener autorización escrita para ello;
g) Ejecución por el inquilino en el local arrendado de obras no autorizadas por el arrendador;
h) Resolución del arrendador de demoler el local para nueva edificación. En ese caso deberá citarse legalmente al Arrendadorinquilino con la solicitud de desahucio, una vez haya transcurrido un plazo con tres meses de 48 horasanticipación por lo manos a la fecha fijada, contadas a partir para la demolición, la que solo podrá ser tramitada cuando se acompañen los planos aprobados y el permiso de la fecha de recepción por el Arrendatario de la reclamación, sin que éste haya pagado las cantidades adeudadas junto con el tipo de interés de demora correspondienteMunicipalidad respectiva para iniciar obra.
(v) Por incumplimiento por el Arrendatario de cualquiera de las obligaciones asumidas o prohibiciones establecidas en las presentes Condiciones.
(vi) Por ejercicio por parte del Arrendatario de su derecho de desistimiento recogido en la Estipulación 9 anterior.
10.2. En caso de resolución del Contrato de Arrendamiento por parte del Arrendador por cualquiera de las causas indicadas en los apartados (ii), (iv), (v) y (vii) de la Estipulación 10.1 anterior, el Arrendatario no tendrá derecho a que el Arrendador le reembolse ni descuente cantidad alguna, por aquella parte del Arrendamiento no disfrutado, reservándose igualmente el Arrendador el derecho a deducir o cobrar al Arrendatario una cantidad razonable en concepto de indemnización por los costes netos en que éste incurra como consecuencia del incumplimiento del Contrato y de las presentes Condiciones por parte del Arrendatario. En este caso, el Arrendador enviará una factura al Arrendatario por todas las cantidades aplicables con arreglo a esta Estipulación y procederá al cobro del importe total utilizando el método de pago que haya facilitado el Arrendatario.
10.3. En el supuesto de concurrencia de cualesquiera de las circunstancias que dan lugar a la terminación o, en su caso, resolución por incumplimiento del Contrato de Arrendamiento, el Arrendatario es informado y autoriza expresamente al Arrendador a que se proceda al bloqueo e inmovilización del Vehículo, de forma que el Arrendatario no podrá hacer uso del mismo y el Arrendador quedará facultado para proceder a dicho bloqueo y retirar el mismo, en su calidad de propietario, si en el plazo de 48 horas a contar desde que fecha comunicación mediante correo electrónico, SMS, carta por el Arrendador del acaecimiento de cualquiera de las circunstancias y del aviso de inmovilización, la causa de incumplimiento no se hubiera solucionado.
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TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. 10.1. El Al terminar el Contrato de Arrendamiento terminará cuando concurra alguna arrendamiento, la Autoridad y el Residente deberán seguir los siguientes procedimientos:
A. Este Contrato de arrendamiento puede ser terminado solamente por violaciones graves o repetidas de los términos materiales del mismo, o del cumplimiento de las siguientes causas:
(i) Cumplimiento obligaciones del plazo de duración del ContratoResidente establecidas anteriormente en la Sección IX, o por alguna otra razón justificada.
(ii) El incumplimiento 1. Incumplimiento en el pago del alquiler u otros pagos en el plazo acordado, incluyendo los pagos por servicios públicos cuando el Residente recibe una asignación para cumplir con dicha responsabilidad;
2. Pago atrasado repetidamente. Un pago atrasado es no pagar el monto del alquiler u otros cargos vencidos antes de las normas sobre utilización 4:30 p.m. xxx xxxxxxx (7mo) día de cada mes. Cuatro pagos atrasados de este tipo en un período de 12 meses se consideran como pago atrasado repetidamente;
3. No pagar las facturas de gas y/o mantenimiento electricidad ocasionará que el servicio sea cortado cuando el Residente es responsable de pagar dichas facturas directamente al proveedor de servicios públicos; lo cual permite que el servicio público sea terminado en la unidad arrendada bajo este Contrato de arrendamiento;
4. Interferir seria o repetidamente con los derechos del Vehículo aquí previstas personal u otros residentes como se describe en la Sección IX de este Contrato de arrendamiento;
5. Tergiversar los ingresos familiares, los activos o la composición familiar, o no reportar los cambios en los ingresos familiares, los activos o la composición familiar según es requerido en este Contrato de arrendamiento;
6. No asistir a la entrevista de reexaminación o no proveer de forma oportuna cualquier certificación, divulgación, información o documentación sobre el ingreso o la composición familiar que se necesita para procesar las reexaminaciones anuales o redeterminaciones provisionales;
7. No cumplir con las Políticas y Procedimientos de la LCHA que se han hecho parte de este contrato y que se incluyen en la Política de Admisión y Ocupación Continua;
8. Daños graves o repetidos a la propiedad, crear peligros físicos en la unidad, en las áreas comunes, en el recinto o en las normas legales áreas de estacionamiento del complejo;
9. No cumplir con los estándares de labores domésticas establecidas en la Sección XVIII de este Contrato de arrendamiento;
10. Cualquier actividad hecha por el Residente, miembro del hogar, huésped u otra persona que así esté bajo el control del Residente, incluyendo actividades criminales que amenacen la salud, la seguridad o el derecho de disfrutar en paz los predios de vivienda pública de la LCHA por otros Residentes, o cualquier actividad criminal relacionada con drogas dentro o fuera de la propiedad de la Autoridad;
11. Determinar que un miembro de la familia ha permitido que una persona inelegible que no es ciudadana y que no esté en el contrato de arrendamiento resida permanentemente en su unidad de vivienda pública;
12. Determinar o descubrir que un residente es un agresor sexual registrado;
13. Una determinación hecha por la LEA en la que el residente o un miembro de la familia del residente está usando una sustancia controlada o cuyo uso ilegal de una sustancia controlada o cuyo abuso del alcohol ha sido determinado como algo que interfiere con la salud, la seguridad o el derecho de disfrutar en paz las instalaciones por otros residentes del complejo o vecindario;
14. Armas o drogas ilegales confiscadas en una unidad de la LCHA por un oficial de la policía; o
15. Cualquier incendio causado por descuido o por no atender lo exijanque se está cocinando y que cause daños a la propiedad de la LCHA.
(iii) Por mutuo acuerdo 16. Descubrir hechos después de las Partes arrendar la unidad que deberá ser expresado por escritohacen que el inquilino sea inelegible.
(iv) Por impago a su vencimiento 17. No aceptar un contrato de cualquier cantidad adeudada por el Arrendatario al Arrendador, una vez haya transcurrido un plazo arrendamiento actualizado.
18. Recibir tres “Reportes de 48 horas, contadas a partir Conducta Disruptiva” de la fecha Ciudad xx Xxxxxxxxx dentro de recepción por el Arrendatario un período de doce meses.
19. Dos multas de la reclamaciónCiudad xx Xxxxxxxxx en un período de doce meses por violar una Ordenanza Municipal. Esto incluye, sin que éste haya pagado las cantidades adeudadas junto con pero no se limita a, sacar la basura, limpiar la nieve y no cortar el tipo de interés de demora correspondientecésped o remover la mala hierba.
(v) Por incumplimiento por el Arrendatario B. Notificación de cualquiera de las obligaciones asumidas o prohibiciones establecidas en las presentes Condiciones.
(vi) Por ejercicio por parte del Arrendatario de su derecho de desistimiento recogido en la Estipulación 9 anterior.
10.2. En caso de resolución terminación del Contrato de Arrendamiento arrendamiento – La Autoridad deberá entregar una notificación por parte escrito sobre la terminación propuesta del Arrendador por cualquiera Contrato de las causas indicadas arrendamiento con:
1. Catorce (14) días de antelación en los apartados caso de no pagar el alquiler;
2. Un tiempo razonable (ii), (iv), (vno más de cinco días) y (vii) considerando la gravedad de la Estipulación 10.1 anteriorsituación cuando la salud de otros residentes o el personal de la Autoridad esté amenazada; o
3. Treinta (30) días de antelación en cualquier otro caso.
C. La Notificación de terminación
1. La Notificación de terminación para el Residente deberá indicar las razones específicas de la terminación, el Arrendatario no tendrá deberá informar al Residente sobre su derecho a que el Arrendador le reembolse ni descuente cantidad alguna, por aquella parte del Arrendamiento no disfrutado, reservándose igualmente el Arrendador el responder como él/ella lo desee y su derecho a deducir o cobrar al Arrendatario una cantidad razonable en concepto examinar los documentos de indemnización por los costes netos en que éste incurra como consecuencia del incumplimiento del Contrato y de las presentes Condiciones por parte del Arrendatario. En este caso, el Arrendador enviará una factura al Arrendatario por todas las cantidades aplicables con arreglo a esta Estipulación y procederá al cobro del importe total utilizando el método de pago que haya facilitado el Arrendatario.
10.3. En el supuesto de concurrencia de cualesquiera de las circunstancias que dan lugar la LCHA directamente relevantes a la terminación oo el desalojo. La notificación también deberá indicar que el Residente debe hacer preparativos con el administrador si le gustaría recoger sus pertenencias personales después de desocupar la unidad.
2. Cuando se requiera que la LCHA ofrezca al Residente la oportunidad de llevar a cabo una audiencia de agravio, en la notificación deberá informar también al Residente sobre su caso, resolución derecho a solicitar tal audiencia según los procedimientos de agravio de la LCHA.
3. Cualquier Notificación de desalojo requerida por incumplimiento ley estatal o local puede combinarse o efectuarse simultáneamente con la Notificación de terminación del Contrato de Arrendamientoarrendamiento que se encuentra bajo esta sección. La Notificación de desalojo tiene que estar por escrito y especificar que si el Residente no desaloja la propiedad dentro del período reglamentario aplicable, se llevará a cabo la acción apropiada contra el Residente y puede requerírsele pagar los costos del tribunal y los honorarios de abogados.
4. Cuando se requiera que la LCHA ofrezca al Residente la oportunidad de llevar a cabo una audiencia de agravio respecto a la terminación del Contrato de arrendamiento, el Arrendatario es informado arriendo no terminará (incluso si alguna Notificación de desalojo según la ley estatal o local ha expirado) hasta que el período para solicitar la audiencia haya expirado, o (si se solicita una audiencia) hasta que el proceso de agravio haya sido completado.
5. Cuando no se requiera que la LCHA ofrezca al Residente la oportunidad de llevar a cabo una audiencia según el proceso de agravio, la Notificación de terminación del Contrato de arrendamiento deberá:
a. Indicar que el Residente no tiene derecho a una audiencia de agravio sobre la terminación;
b. Especificar que el procedimiento de desalojo judicial a ser usado por la LCHA para el desalojo e indicar que el HUD ha determinado que dicho procedimiento de desalojo contempla la posibilidad de una audiencia en un tribunal que contiene los elementos básicos de un proceso legal debido tal como se define en las regulaciones del HUD; y
c. Indicar si el desalojo se debe a una actividad criminal que amenaza la salud o la seguridad de los Residentes o el personal o por actividad criminal relacionada con drogas.
6. La LCHA puede desalojar al Residente de la unidad solamente con una acción judicial.
D. Terminación del Contrato de arrendamiento por el Residente -- Después de un año de residencia, el Residente debe dar a la LCHA treinta (30) días de notificación antes de mudarse de la vivienda. Si el residente decide mudarse antes de completar un año de residencia, o si no da la notificación completa requerida, el Residente será responsable de pagar el alquiler hasta el final del período de notificación o hasta la fecha en que la unidad de vivienda se vuelva a alquilar, lo que ocurra primero. Se deben hacer arreglos previos con la oficina administrativa con respecto a las pertenencias personales que serán dejadas en la unidad después de que el Residente la desocupe.
E. Terminación del Contrato de arrendamiento por muerte o incapacidad del Residente – Si el Residente muere, o si hay más de un Residente, si todos los Residentes mueren, la LCHA o el representante personal del patrimonio del Residente podrá terminar este Contrato de arrendamiento con 30 días de notificación por escrito, a entrar en vigor 30 días después de la muerte del Residente. Si no se da la notificación completa, el patrimonio del Residente será responsable de pagar el alquiler hasta el final del período de notificación o hasta la fecha en que la unidad de vivienda se vuelva a alquilar, lo que ocurra primero. La terminación de un Contrato de arrendamiento en virtud de esta sección no liberará al patrimonio del Residente de responsabilidad, ya sea para el pago del alquiler o de otras cantidades adeudadas antes o durante el período de notificación, o para el pago de las cantidades necesarias para restablecer la propiedad a su condición al inicio de ocupación del Residente, exceptuando el desgaste normal por uso.
F. Al decidir si se hará un desalojo por actividades criminales o actividades de drogas o alcohol, la LCHA tendrá el criterio de considerar todas las circunstancias del caso, incluyendo la gravedad de la infracción, el grado de participación o el conocimiento de los miembros de la familia, y autoriza expresamente al Arrendador a los efectos que el desalojo tendría tanto para los miembros de la familia que no participaron en la actividad prohibida como para los vecinos de la familia. En los casos apropiados, la LCHA podrá permitir que los miembros restantes de la familia continúen ocupando la unidad y puede imponer una condición para que los miembros de la familia que participaron en la actividad prohibida ni residan ni visiten la unidad. La LCHA puede requerir que un miembro de la familia que se proceda ha involucrado en el uso ilegal de drogas presente evidencia creíble sobre la finalización exitosa de un programa de tratamiento como condición para que se le permita residir en la unidad.
G. Cuando la LCHA desaloje a un Residente de una unidad de vivienda por actividad criminal o actividad de drogas o alcohol, la LCHA notificará a la oficina local de correos que sirve a esa unidad de vivienda que tal individuo o la familia ya no está
H. Terminación del Contrato de arrendamiento y Proceso de agravios
1. La Autoridad se reserva el derecho de excluir del Procedimiento de agravios cualquier queja relativa a una actividad criminal que amenaza la salud, la seguridad o el derecho de disfrutar en paz las instalaciones por otros residentes o empleados de la LCHA; o una actividad criminal relacionada con las drogas dentro o fuera de las instalaciones de la LCHA.
2. El Procedimiento de agravios no aplica a disputas entre inquilinos que no implican a la LCHA ni a los agravios de clase. El procedimiento de agravios no es un foro para iniciar o negociar cambios de políticas entre un grupo o grupos de inquilinos y la Junta de Comisionados de la LCHA. El Procedimiento de agravios se encuentra en la Política de admisión y ocupación. Hay copias del Procedimiento de agravios disponibles para los residentes al bloqueo solicitarlo.
3. Si un Residente ha solicitado una Audiencia de agravios sobre una queja relacionada con una notificación de terminación propuesta del Contrato de arrendamiento, y el oficial de audiencias mantiene la acción de la Autoridad de terminar el Contrato de arrendamiento, la Autoridad no iniciará una acción de desalojo hasta que se haya cumplido con la ley Estatal y se haya entregado una Notificación de desalojo al Residente como se describe en la sección "I" a continuación.
4. La Notificación de desalojo no será publicada antes de que la decisión del oficial de audiencia se entregada al Residente.
I. La Notificación de desalojo - Si el Residente no solicita una Audiencia de agravios, él/ella sigue teniendo el derecho de recibir una Notificación de desalojo por escrito como lo exigen Los Estatutos de arrendadores e inmovilización inquilinos del Vehículoestado de Pennsylvania. La Notificación de desalojo será entregada/enviada al Residente junto con la Notificación de terminación del Contrato de arrendamiento requerida en el párrafo XIV "B”. La Notificación de desalojo y la Notificación de terminación del Contrato de arrendamiento deberán ejecutarse simultáneamente.
1. El Residente tiene cinco (5) días laborales para salir de la propiedad;
2. Si el Residente no desocupa la propiedad dentro de los cinco días, se llevará a cabo la acción adecuada de forma que conformidad con la Ley de arrendadores e inquilinos; y,
3. El Residente puede estar obligado a pagar los costos judiciales y los honorarios del abogado incurridos por la LCHA con el Arrendatario fin de someter dicha acción. Si el Residente no desocupa la unidad en el tiempo especificado en la Notificación de desalojo, la Autoridad presentará una Queja de arrendadores e inquilinos para recuperar la posesión de la unidad. Si el fallo es favorable para la Autoridad, el Residente se compromete a pagar los costos judiciales y los honorarios razonables del abogado.
X. Xx Autoridad de Vivienda no podrá hacer uso del mismo y terminar el Arrendador quedará facultado para proceder a dicho bloqueo y retirar Contrato de arrendamiento de un residente si es una víctima certificada de un incidente real o amenaza de abuso doméstico como se define en la Ley de Violencia contra las Mujeres. La Autoridad de Xxxxxxxx no podrá terminar el mismo, en su calidad Contrato de propietario, si en el plazo arrendamiento de 48 horas a contar desde la víctima certificada por una actividad criminal que fecha comunicación mediante correo electrónico, SMS, carta por el Arrendador del acaecimiento de cualquiera de las circunstancias y del aviso de inmovilizaciónesté directamente relacionada con la violencia doméstica. Sin embargo, la causa Autoridad de incumplimiento Xxxxxxxx puede desalojar si hay una amenaza real e inmediata de daño a los demás o por otras violaciones de arrendamiento que no se hubiera solucionadotengan que ver con la violencia doméstica.
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