Tipos de garantía. Las garantías que pueden prestarse en los procedimientos de contratación de RENFE deberán revestir alguna de las siguientes formas: a) En efectivo. Se entenderá que se produce entrega del importe en efectivo cuando se constituya la garantía mediante cheque bancario a nombre de la entidad contratante (RENFE). b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que se establece en las presentes Instrucciones y conforme a los modelos que se incluirán en los PCP. Este tipo de garantías podrán ser prestadas por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España. c) Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que se establece en las presentes Instrucciones y conforme a los modelos que se incluirán en los PCP. Estas garantías se prestarán por una entidad aseguradora autorizada en España para operar en el ramo. d) Mediante retención en el precio, en los contratos distintos a los de obra, cuando así se prevea en los PCP. e) Otros tipos de garantía. Sólo para el supuesto de procedimientos negociados se podrá admitir otra garantía distinta de las anteriores, de entre las reconocidas en derecho. Para su aceptación se precisará la autorización previa del Presidente de la Entidad.
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Samples: Instrucciones De Contratación, Instrucciones De Contratación, Instrucciones De Contratación
Tipos de garantía. Las garantías que pueden prestarse en los procedimientos de contratación de RENFE Renfe deberán revestir alguna de las siguientes formas:
a) En efectivo. Se entenderá que se produce entrega del importe en efectivo cuando se constituya la garantía mediante cheque bancario a nombre de la entidad contratante (RENFE)-Operadora.
b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que se establece en las presentes Instrucciones y conforme a los modelos que se incluirán en los PCP. Este tipo de garantías podrán ser prestadas por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España.
c) Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que se establece en las presentes Instrucciones y conforme a los modelos que se incluirán en los PCP. Estas garantías se prestarán por una entidad aseguradora autorizada en España para operar en el ramo.
d) Mediante retención en el precio, en los contratos distintos a los de obra, cuando así se prevea en los PCP.
e) Otros tipos de garantía. Sólo para el supuesto de procedimientos negociados se podrá admitir otra garantía distinta de las anteriores, de entre las reconocidas en derecho. Para su aceptación se precisará la autorización previa del Presidente de la Entidad.
f) Garantía global. Alternativamente a la prestación de una garantía singular para cada contrato, el empresario podrá constituir una garantía global para afianzar las responsabilidades que puedan derivarse de la ejecución de todos los contratos que celebre con los Órganos de Contratación de una Dirección General de Renfe (garantía definitiva global), o de todas las garantías provisionales que se deban constituir en ese mismo ámbito (garantía provisional global).
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Samples: Instrucción Administrativa