Common use of TITULARIDAD, SUMINISTRO, CUSTODIA Y CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN Clause in Contracts

TITULARIDAD, SUMINISTRO, CUSTODIA Y CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN. Con independencia de la información que obtenga la empresa adjudicataria, el Ayuntamiento facilitará aquella que estime precisa, de la que disponga o a la que tenga acceso, necesaria para la mejor prestación de los servicios. La información referida a cada contribuyente integrará los expedientes individuales o colectivos abiertos, y serán custodiados por la empresa adjudicataria a disposición del Ayuntamiento y para su uso exclusivo, de acuerdo con el contenido y objeto de este contrato. Esta información, incluso la que obtenga la empresa en la realización de sus servicios, será en su totalidad y sin excepción ninguna propiedad del Ayuntamiento, por lo que la empresa adjudicataria contrae expresamente la obligación absoluta de no facilitar esta información a otras administraciones, instituciones o particulares sin que medie autorización escrita. Asimismo, el Ayuntamiento será titular de pleno derecho de toda la información contenida en los ficheros, archivos, y registros informáticos que obren en poder de la empresa adjudicataria, relacionados con los datos tributarios, fiscales, patrimoniales y personales anteriormente obtenidos de aquella, necesarios para el desarrollo de la realización de los servicios objeto del contrato. Los anteriores obligaciones de confidencialidad se establecen sin perjuicio de todas aquellas en garantía del deber xx xxxxxxx que al efecto establece la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

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Samples: lugo.gal

TITULARIDAD, SUMINISTRO, CUSTODIA Y CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN. Es obligación del adjudicatario no utilizar para sí, ni proporcionar a terceros, datos derivados de la presente colaboración, así como información relacionada directa o indirectamente con los trabajos objeto del contrato, ni publicar total o parcialmente el contenido de los mismos, respondiendo, en su caso, de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación. Con independencia de la información que obtenga la empresa adjudicataria, el Ayuntamiento facilitará aquella que estime precisa, de la que disponga o a la que tenga acceso, necesaria para la mejor prestación de los servicios. La información referida a cada contribuyente integrará usuario integra los expedientes individuales o colectivos abiertos, y serán custodiados por la Administración Municipal, con independencia del archivo de los papeles de trabajo que realice por la empresa adjudicataria adjudicataria, aunque siempre a disposición del Ayuntamiento y para su uso exclusivoexclusivo uso, de acuerdo con el contenido y objeto de este del presente contrato. Esta información, incluso inclusive la que obtenga la empresa en la realización de sus servicios, será en su totalidad y sin excepción ninguna alguna propiedad del Ayuntamiento, por lo que la empresa adjudicataria contrae expresamente la obligación absoluta de no facilitar esta información podrá en ningún caso facilitarla a otras administraciones, instituciones o particulares sin que medie previa autorización escrita. Asimismo, el Ayuntamiento será titular de pleno derecho de toda la información contenida en los ficheros, archivos, archivos y registros informáticos que obren en poder de la empresa adjudicataria, relacionados con los datos tributarios, tributarios y fiscales, patrimoniales y personales anteriormente obtenidos de por aquella, necesarios para el desarrollo de la realización de los servicios objeto del de contrato. Los Las anteriores obligaciones de confidencialidad se establecen sin perjuicio de todas aquellas en garantía del deber xx xxxxxxx xxxxxxx, que al para el efecto establece la Ley orgánica Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección Protección de datos Datos de carácter personal. Finalizado el contrato, se entregará al Ayuntamiento todos los papeles de trabajo y soportes informáticos, con declaración de la empresa adjudicataria de la inexistencia de copia alguna fuera de esta entrega.

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Samples: transparencia.aytosanvicentedelabarquera.es

TITULARIDAD, SUMINISTRO, CUSTODIA Y CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN. Con independencia Es obligación del adjudicatario no utilizar para sí, ni proporcionar a terceros, datos así como información relacionada directa o indirectamente con los trabajos objeto del contrato, ni publicar total o parcialmente el contenido de la información que obtenga la empresa adjudicatarialos mismos, el Ayuntamiento facilitará aquella que estime precisarespondiendo, en su caso, de la los daños y perjuicios que disponga o a la que tenga acceso, necesaria para la mejor prestación se deriven del incumplimiento de los servicios. La información referida a cada contribuyente integrará los expedientes individuales o colectivos abiertos, y serán custodiados por la empresa adjudicataria a disposición del Ayuntamiento y para su uso exclusivo, de acuerdo con el contenido y objeto de este contrato. Esta información, incluso la que obtenga la empresa en la realización de sus servicios, será en su totalidad y sin excepción ninguna propiedad del Ayuntamiento, por lo que la empresa adjudicataria contrae expresamente la obligación absoluta de no facilitar esta información a otras administraciones, instituciones o particulares sin que medie autorización escritaobligación. Asimismo, el Ayuntamiento será titular de pleno derecho de toda la información contenida en los ficheros, archivos, archivos y registros informáticos que que, referidos a este contrato, obren en poder de la empresa adjudicataria, relacionados con los datos tributarios, fiscales, patrimoniales y personales anteriormente obtenidos de aquella, necesarios para el desarrollo de la realización de los servicios objeto del contrato. Los adjudicataria Las anteriores obligaciones de confidencialidad se establecen sin perjuicio de todas aquellas en garantía del deber xx xxxxxxx que al efecto establece la Ley orgánica Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección Protección de datos Datos de carácter personalpersonal y se firmará entre ambas partes un contrato de acceso a datos. Será obligación de la contratista, facilitar al Ayuntamiento toda aquella documentación relacionada con el objeto contractual, para su archivo. A la finalización del contrato, por vencimiento del plazo del mismo o por otras causas, el contratista estará obligado a facilitar al Ayuntamiento todos aquellos datos y documentos que deba conocer para la continuidad de la correcta gestión, por cuenta propia o por otros medios.

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Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas Que Han De Regir La Contratación Del Servicio De Asesoria Laboral, Gestion De Nominas, Contratos Y Demas Tramites

TITULARIDAD, SUMINISTRO, CUSTODIA Y CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN. Es obligación de la adjudicataria no utilizar para si, ni proporcionarles a terceros, datos o información relacionada directa o indirectamente con los trabajos objeto del contrato, ni publicar total o parcialmente su contenido, respondiendo en su caso, de los daños y pérdidas que se deriven del incumplimiento de esta obligación. Con independencia de la información que obtenga la empresa adjudicataria, el Ayuntamiento facilitará aquella que estime precisa, de la que disponga o a la que tenga acceso, o necesaria para la mejor prestación de los servicios. La información referida a cada contribuyente integrará los integrada en expedientes individuales o colectivos abiertos, y serán custodiados será custodiada por la empresa adjudicataria a disposición del Ayuntamiento y para su uso exclusivo, de acuerdo con el contenido y objeto de este del presente contrato. Esta información, incluso inclusive la que obtenga la empresa en la realización de sus servicios, será en su totalidad y sin excepción ninguna ninguna, propiedad del AyuntamientoAyuntamiento de Pontevedra, por lo que la empresa adjudicataria contrae expresamente la obligación absoluta de no facilitar podrá en ningún caso facilitarles esta información a otras administracionesAdministraciones, instituciones o particulares sin que medie previa autorización escrita. AsimismoAsí mismo, el Ayuntamiento será titular de pleno derecho de toda la información contenida en los ficheros, archivos, archivos y registros informáticos que obren en poder de la empresa adjudicataria, relacionados con los datos tributarios, fiscales, patrimoniales y personales anteriormente obtenidos de por aquella, necesarios para el desarrollo de la realización de los servicios objeto del de este contrato. Los Las anteriores obligaciones de confidencialidad se establecen sin perjuicio de todas aquellas en garantía del deber xx xxxxxxx que al para el efecto establece la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personalpersonal (en adelante LOPD) La entidad adjudicataria firmará con el Ayuntamiento de Pontevedra un “contrato de encargo” que contenga todos los requisitos recogidos en el artículo 12 y concurrentes de la LOPD al tener con la adjudicataria una relación de encargo de tratamiento, en la que el Ayuntamiento es responsable de sus propios ficheros.

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Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas Que Regirán El Contrato De Servicios De Prestación De Los Servicios Complementarios Y De Colaboración en La Gestión Recaudatoria Municipal en Vía De Apremio Y Para La Colaboración en La Gestión Administrativa Y Recaudación De Las Multas De Tráfico Mediante Procedimiento Abierto Con Pluralidad De Criterios

TITULARIDAD, SUMINISTRO, CUSTODIA Y CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN. Es obligación del adjudicatario no utilizar para sí, ni proporcionar a terceros, datos así como información relacionada directa o indirectamente con los trabajos objeto del contrato, ni publicar total o parcialmente el contenido de los mismos, respondiendo, en su caso, de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación. Con independencia de la información que obtenga la empresa adjudicataria, el Ayuntamiento facilitará aquella que estime precisa, de la que disponga o a la que tenga acceso, necesaria para la mejor prestación de los servicios. La información referida a cada contribuyente integrará que consta en los expedientes individuales o colectivos abiertos, y serán custodiados por la empresa adjudicataria a disposición del Ayuntamiento y para su uso exclusivoexclusivo uso, de acuerdo con el contenido y objeto de este del presente contrato. Esta información, incluso inclusive la que obtenga la empresa en la realización de sus servicios, será en su totalidad y sin excepción ninguna alguna propiedad del AyuntamientoAyuntamiento de O Carballiño, por lo que la empresa adjudicataria contrae expresamente la obligación absoluta de no podrá en ningún caso facilitar esta información a otras administraciones, instituciones o particulares sin que medie previa autorización escritaescrita por la alcaldía de este Ayuntamiento. Tampoco podrá conservar copia o utilizarlos con fin distinto al que figura en el contrato, estando obligados al cumplimiento de la LO de Protección de Datos Asimismo, el Ayuntamiento será titular de pleno derecho de toda la información contenida en los ficheros, archivos, archivos y registros informáticos que obren en poder de gestione la empresa adjudicataria, relacionados con los datos tributarios, fiscales, patrimoniales y personales anteriormente obtenidos de por aquella, necesarios para el desarrollo de la realización de los servicios objeto del de contrato. Los Las anteriores obligaciones de confidencialidad se establecen sin perjuicio de todas aquellas en garantía garantia del deber xx xxxxxxx que al para el efecto establece la Ley orgánica Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección Protección de datos Datos de carácter personalCarácter Personal.

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Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas Particulares Para La Contratación Del Servicio De Asistencia Técnica Y Colaboración en Materia De Gestión, Recaudación E Inspección De Tributos Y Demás Ingresos De Derecho Público