Omisiones o Inexactas Declaraciones El Contratante y los Asegurados están obligados a declarar por escrito a La Compañía, de acuerdo con los cuestionarios relativos, todos los hechos importantes para la apreciación del riesgo que puedan influir en las condiciones convenidas, tal como los conozcan o deban conocer en el momento de la celebración del contrato. La omisión o inexacta declaración de los hechos importantes a que se refiere el párrafo anterior, facultará a La Compañía para considerar rescindido de pleno derecho el Contrato, aunque no hayan influido en la ocurrencia del siniestro.
JUNTA DE ACLARACIONES Las solicitudes de aclaración (Apartado C) deberán presentarse por escrito en hoja membretada y en dispositivo electrónico formato .DOC de lunes a viernes, en un horario de 09:00 a 15:00 horas, a más tardar veinticuatro horas antes de la fecha y hora establecida para llevarse a cabo la Junta de Aclaraciones, debiendo presentar los siguientes documentos: 1. Original de la carta de interés en participar en la Licitación (Apartado B); y 2. Persona moral: Copia simple del poder notarial y de la identificación oficial vigente con fotografía (credencial para votar o pasaporte) del representante o apoderado legal que suscriba las preguntas, debiendo señalar con precisión (con marcatexto, nota adherible, o similar) el texto o párrafo del instrumento legal que les otorguen las facultades correspondientes. Persona física: Copia simple de la identificación oficial vigente con fotografía (credencial para votar o pasaporte), que suscriba la solicitud. Deberán presentarlas en el Departamento de Licitaciones, de la Dirección de Recursos Materiales de la Secretaría, sita en el domicilio de la Convocante, asimismo podrán ser enviadas al correo electrónico xxxxxxxxxxx.xxx@xxxxxx.xxx.xx , lo que permitirá que éste acto se efectúe con la agilidad necesaria. Las dudas o aclaraciones deberán plantearse de forma respetuosa y realizarse de manera precisa, concisa y estar directamente vinculadas con los puntos contenidos en la presentes Bases, indicando el numeral o punto específico con el cual se relacionan. No serán consideradas las aclaraciones solicitadas por los proveedores participantes que sean recibidas fuera del plazo o que no cumplan con los requisitos establecidos, por lo que serán desechadas por la Convocante. Derivado de las medidas establecidas en el “Plan de Contingencia Gubernamental” emitido por la Secretaría de Salud frente a la pandemia derivada del COVID-19 (SARS-Cov-2), se hace mención que el acto de Junta de Aclaraciones no será presencial, sin embargo, se tomarán en cuenta las solicitudes de aclaraciones conforme al Artículo 35 del Reglamento, así como lo previsto en el presente numeral. Dicho acto será presidido por la Convocante o el servidor público que ésta designe, quien será asistido por el Área Técnica, con la presencia de un Representante de la Contraloría, en el cual se dará lectura a las aclaraciones solicitadas y a las repuestas emitidas por la Convocante, el área requirente o técnica, con el propósito de resolver en forma clara y precisa las dudas y planteamientos de los participantes en relación con los aspectos contenidos en las presentes Bases. En caso de que los proveedores solicitantes no asistan a la Junta de Aclaraciones, deberán presentar la carta de interés en participar en la Licitación (Apartado B) en el sobre que corresponda a su propuesta técnica, de lo contrario, no se admitirá su participación. Las presentes Bases podrán ser modificadas por la Convocante en virtud de las preguntas y respuestas que se formulen por los proveedores participantes, por adiciones o precisiones que el Área Técnica o Convocante realice a las mismas, las cuales quedarán asentadas en el acta que se levante con motivo de la Junta de Aclaraciones, la cual formará parte integrante de las Bases. Dichas modificaciones deberán ser consideradas por los Licitantes para la elaboración de sus Proposiciones y no deberán limitar la participación de Proveedores. La Convocante publicará el contenido del acta referida en el Sistema de Adquisiciones Estatal.
DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.
Inspecciones y Pruebas 26.1 El Proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes y Servicios Conexos según se dispone en las CEC, por su cuenta y sin costo alguno para el Comprador. 26.2 Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus Subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de los Bienes o en otro lugar en el país del Comprador establecido en las CEC. De conformidad con la Subcláusula 26.3 de las CGC, cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para el Comprador. 26.3 El Comprador o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la Subcláusula 26.2 de las CGC, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación. 26.4 Cuando el Proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente al Comprador indicándole el lugar y la hora. El Proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al Comprador o a su representante designado presenciar las pruebas y/o inspecciones. 26.5 El Comprador podrá requerirle al Proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el Contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el Contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del Contrato. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del Proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas. 26.6 El Proveedor presentará al Comprador un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones. 26.7 El Comprador podrá rechazar algunos de los Bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El Proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para el Comprador. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para el Comprador, una vez que notifique al Comprador de conformidad con la Subcláusula 26.4 de las CGC. 26.8 El Proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los Bienes o de parte de ellos, ni la presencia del Comprador o de su representante, ni la emisión de informes, de conformidad con la Subcláusula 26.6 de las CGC, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del Contrato.
Obligaciones relativas a la gestión de permisos, licencias y autorizaciones El contratista estará obligado, salvo que el órgano de contratación decida gestionarlo por sí mismo y así se lo haga saber de forma expresa, a gestionar los permisos, licencias y autorizaciones establecidas en las ordenanzas municipales y en las normas de cualquier otro organismo público o privado que sean necesarias para el inicio, ejecución y entrega del suministro, solicitando de la Administración los documentos que para ello sean necesarios.
Adjudicaciones Posteriores En caso de incumplimiento del Oferente Adjudicatario, la Entidad Contratante procederá a solicitar, mediante “Carta de Solicitud de Disponibilidad”, al siguiente Oferente/Proponente que certifique si está en capacidad de suplir los renglones que le fueren indicados, en un plazo a indicar en el momento de la solicitud. Dicho Oferente/Proponente contará con un plazo de Cuarenta y Ocho (48) horas para responder la referida solicitud. En caso de respuesta afirmativa, El Oferente/Proponente deberá presentar la Garantía de Fiel cumplimiento de Contrato, conforme se establece en los DDL.
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS Ejecutar el objeto del contrato con personal calificado, debidamente entrenado con los equipos y demás especificaciones aplicando toda su experiencia e idoneidad. Prestar oportuna colaboración para la diligente ejecución del objeto contratado. Dar curso a las directrices que formule el supervisor del Contrato. Cumplir dentro del término establecido por el HOSPITAL REGIONAL XX XXXXXXXX E.S.E. con los requisitos exigidos para la ejecución del contrato. Suministrar al supervisor y/o interventor toda la información requerida para el ejercicio oportuno de su gestión. Cumplir con las normas legales pertinentes para el cumplimiento del objeto del contrato. Prestar la oportuna colaboración para la diligente ejecución del contrato, utilizando de manera eficaz sus conocimientos e idoneidad en el desarrollo del mismo.. Hacer uso adecuado, exclusivo y confidencial de la información suministrada por el HOSPITAL REGIONAL XX XXXXXXXX. Mantener vigente la Licencia de operación y funcionamiento expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada durante el término de ejecución del contrato para operar en las modalidades de vigilancia fija y móvil con y sin armas de fuego. Mantener vigente la Licencia de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada para la utilización de los medios tecnológicos. Mantener vigente la autorización de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad para el uso de los uniformes por la cual se establecen los diseños, colores, materiales, condiciones de uso y demás disposiciones de los uniformes y distintivos utilizados por el personal de vigilancia y seguridad privada. Mantener vigente la póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual, contra riesgos de uso indebido xx xxxxx de fuego u otros elementos de vigilancia y seguridad privada, vigente por el término por el cual se les haya autorizado el funcionamiento de la empresa con una amparo de hasta de 500 SMLMV. Mantener vigente durante la ejecución del contrato y dos (2) meses más la Licencia del Ministerio de Comunicaciones para desarrollar actividades de telecomunicaciones, permiso de uso del respectivo radio eléctrico requerido para la misma. Mantener vigente la certificación que conste que hace parte de la Red de Apoyo del Departamento de Policía Boyacá. Mantener vigente la vinculación al frente de seguridad empresarial DIJIN. Contar con sede principal, sucursal o agencia en el departamento de Boyacá debidamente inscrita en la Cámara de Comercio. Mantener vigente la Resolución de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada que autoriza la operación de la sede principal, sucursal o agencia en el departamento de Boyacá. El CONTRATISTA debe acreditar que la cantidad de vigilantes necesaria para cubrir los puestos requeridos por el HOSPITAL REGIONAL XX XXXXXXXX E.S.E ha cursado, aprobado y se encuentra vigente como mínimo el curso de fundamentación y/o reentrenamiento de vigilantes conforme a la normatividad vigente de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. Efectuar el pago de salarios y prestaciones sociales del personal a su servicio para la ejecución del presente contrato, personal que bajo ninguna circunstancia tendrá vínculo jurídico legal o contractual con el HOSPITAL. No causar daños a personas o bienes de terceros o del HOSPITAL, debiendo responder por los que se ocasione por impericia, negligencia, imprudencia o descuido. Suministrar al personal encargado de la prestación del servicio el vestuario de dotación y los equipos ofrecidos en la propuesta, teniendo en cuenta que los mismos se encuentran autorizados por el Ministerio de Defensa Nacional. 3. Archivo de autorizaciones de entrada y salida de personal. 4. Archivo de control de visitantes. Mantener en materia de comunicaciones, durante el término de ejecución del contrato los equipos y frecuencias ofrecidas en la propuesta, las cuales deben estar autorizadas por el Ministerio de Comunicaciones. Constituir la garantía única y anexa estipulada en la cláusula décima tercera del presente contrato. Las demás que hayan sido ofertadas en la propuesta presentada por el CONTRATISTA dentro del proceso de selección, las cuales se entenderán incorporadas al presente contrato.
OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD En virtud del presente contrato LA UNIVERSIDAD se obliga a cumplir con las siguientes: a) Pagar oportunamente el valor del contrato, en la forma definida en la cláusula décima primera; b) Informar al CONTRATISTA sobre cualquier irregularidad u observación que se encuentre en la ejecución de este contrato; c) Asignar un funcionario específico para la coordinación con EL CONTRATISTA de todos los procedimientos y requerimientos que genere el presente contrato.
Secciones sindicales La empresa respetará los de- rechos del personal a sindicarse libremente. Permi- tirá que el personal afiliado/a a un sindicato pueda celebrar reuniones, recoger cuotas y distribuir infor- mación sindical fuera de las horas de trabajo, sin per- turbar la actividad normal. No podrá condicionar la ocupación de un puesto el hecho de que un trabajador esté o no afiliado/a o re- nuncie a su afiliación sindical y tampoco se le podrá incomodar o perjudicar de ninguna otra forma, a cau- sa de su afiliación o actividad sindical. En la empresa habrá tablones de anuncios en los que los sindicatos implantados podrán insertar sus comunicaciones. Las organizaciones sindicales firmantes de este con- venio podrán disponer de un/a delegado/a sindical, siempre que se trate de personal en activo de la em- presa. La función del delegado/a sindical será la de de- fender los intereses del sindicato o confederación a la que representa y de sus afiliados/as en la empre- sa, y servir de instrumento de comunicación entre su sindicato o confederación y la empresa, de acuerdo con las funciones reflejadas en la LOLS. A requeri- miento del delegado/a sindical, la empresa descon- tará en la nómina mensual del personal el importe de la cuota sindical correspondiente y con la autoriza- ción previa del personal. Los/as delegados/as sindicales gozarán de los mis- mos derechos y garantías que los representantes del personal en el Comité de Empresa o Delegados/as de Personal, de acuerdo a lo establecido en la Ley Or- gánica de Libertad Sindical y en el presente Conve- nio. Asambleas: Los/as Delegados/as de Personal, Co- mités de Empresa, Secciones Sindicales y el 30 por 100 de la plantilla, podrán convocar reuniones con un mínimo de 48 horas, previa comunicación a la em- presa. La comunicación expresará el orden del día de los temas a tratar. Con carácter de mínimos, en periodos de negocia- ción de Convenio Colectivo, la empresa facilitará dos horas mensuales en horario laboral, para la realiza- ción de asambleas informativas relativas al desarro- llo de la negociación. Mesas Negociadoras: Al personal que participe en las comisiones paritaria o negociadora del Convenio le será concedido permiso retribuido, con el fin de facilitar su labor negociadora y durante el transcur- so de las antedichas negociaciones.
Obligaciones de los trabajadores El trabajador está obligado a observar en su trabajo las medidas legales y reglamentarias de seguridad e higiene. Hay que entender que también quedan comprendidas las medidas acordadas en Convenio Colectivo. Cada trabajador debe velar por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional. En particular, los trabajadores, con arreglo a su formación y siguiendo las instrucciones del empresario, están obligados a: 1. Usar adecuadamente, de acuerdo con su naturaleza y los riesgos previsibles, las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualesquiera otros medios con los que desarrollen su actividad. 2. Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el empresario, de acuerdo con las instrucciones recibidas de éste. 3. Utilizar correctamente los dispositivos de seguridad. 4. Informar de inmediato a su superior jerárquico directo, y a los trabajadores designados para realizar actividades de protección y de prevención o, en su caso, al Servicio de Prevención, sobre cualquier situación que a su juicio, entrañe, por motivos razonables, un riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores. 5. Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la Autoridad Laboral competente con el fin de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo. 6. Xxxxxxxx con el empresario para que éste pueda garantizar unas condiciones seguras de trabajo.