Trato equitativo. La ENTIDAD dará un trato igual a todos los interesados y participantes en los CONCURS OS PUBLICOS, y deberá sujetarse estrictamente al cumplimiento de las etapas y formalidades previstas en las bases para cada una de ellas.
Trato equitativo. La igualdad en el trato, cooperación, justa compensación y participación equitativa en los beneficios deberían primar en todas las actividades, incluso en las iniciativas de investigación previas y el trabajo de campo, para respaldar, mantener y garantizar el uso sostenible de la diversidad biológica y los conocimientos tradicionales.