Turismo. La cooperación entre las Partes en el ámbito del turismo estará orientada a reforzar el flujo de información sobre turismo (a través de redes internacionales, bancos de datos, etc.), el refuerzo de la cooperación entre empresas de turismo, expertos y gobiernos y sus organismos competentes en el sector del turismo, así como la transferencia de conocimientos técnicos (a través de formación, intercambios y seminarios). Asimismo, tendrá debidamente en cuenta el acervo comunitario relativo a este sector. La cooperación se integrará en un marco regional de cooperación.
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Turismo. La cooperación entre las Partes en el ámbito del turismo estará orientada principalmente a reforzar intensificar el flujo de información sobre turismo el mismo (a través de redes internacionales, bancos bases de datos, etc.), el refuerzo de la cooperación entre empresas de turismo, expertos ) y gobiernos y sus organismos competentes en el sector del turismo, así como a la transferencia de conocimientos técnicos especializados (a través de mediante formación, intercambios y intercambios, seminarios, etc.). Asimismo, tendrá debidamente en cuenta el acervo comunitario relativo a este sector. La cooperación se integrará en un marco regional de cooperación.
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Turismo. 1. La cooperación entre las Partes en el ámbito del turismo estará orientada principalmente a reforzar intensificar el flujo de información infor- mación sobre turismo el mismo (a través de redes internacionales, bancos bases de datos, etc.), el refuerzo de la cooperación entre empresas de turismo, expertos ) y gobiernos y sus organismos competentes en el sector del turismo, así como a la transferencia de conocimientos técnicos especiali- zados (a través de mediante formación, intercambios y intercambios, seminarios, etc.). AsimismoAsi- mismo, tendrá debidamente en cuenta el acervo comunitario relativo a este sector. La cooperación se integrará en un marco regional de cooperación.
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