Common use of VARIACIONES DEL RIESGO Clause in Contracts

VARIACIONES DEL RIESGO. La compañía autoriza al asegurado para efectuar las modificaciones dentro del riesgo, que juzgue necesarias para el funcionamiento de la industria o negocio. Cuando tales modificaciones varíen sustancial, objetiva y materialmente los riesgos conocidos y aceptados por la compañía, el asegurado estará obligado a avisar de ellas por escrito a la compañía dentro de los noventa (90) días comunes contados a partir del inicio de estas modificaciones, sí éstos constituyen agravación de los riesgos.

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VARIACIONES DEL RIESGO. La compañía aseguradora autoriza al asegurado para efectuar las modificaciones dentro del riesgo, riesgo que juzgue necesarias para el funcionamiento de la industria su actividad o negocio. Cuando tales modificaciones varíen sustancial, objetiva y materialmente los riesgos conocidos y aceptados por el Oferente, la compañía, el asegurado Entidad estará obligado obligada a avisar de ellas por escrito a la compañía Aseguradora dentro de los noventa (90) días comunes contados a partir del inicio de estas modificaciones, sí éstos constituyen agravación de los riesgosriesgos cubiertos por la póliza.

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