AYUNTAMIENTO DE HUÉRCAL-OVERA(A l m e r í a) ÁREA JURÍDICO- ADMINISTRATIVASERVICIO DE CONTRATACIÓNPLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
AYUNTAMIENTO DE HUÉRCAL-OVERA (A l m e r í a) | ÁREA JURÍDICO-ADMINISTRATIVA SERVICIO DE CONTRATACIÓN PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES |
Nº EXPEDIENTE: 2017/053270/006-203/00001.
ASUNTO: CONTRATO DE SUMINISTRO DE CARPAS PARA CELEBRACIÓN XX XXXXX 2017, NAVIDAD 2017, CARNAVAL 2018, ENCUENTRO XXXXXXXXX XX XXXXXXX 0000 X XXXXXXXX 0000.
CUADRO RESUMEN MODELO XX XXXXXX DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS
PARTICULARES
ADMINISTRACIÓN CONTRATANTE: AYUNTAMIENTO DE HUÉRCAL-OVERA | Órgano de Contratación: Junta de Gobierno Local | 203/00001 | ||
Tipo de Procedimiento | NEGOCIADO | |||
Publicidad: | NO | |||
Tipo de Contrato: | SUMINISTRO | |||
Tramitación: | ORDINARIA | |||
Criterios Adjudicación: | SI | |||
2. OBJETO DEL CONTRATO: Suministro de Carpas en régimen de alquiler | ||||
CPV: 44212320-8 | DESCRIPCIÓN DE CPV: ESTRUCTURAS DIVERSAS | |||
3. IMPORTE DEL CONTRATO | ||||
IMPORTE NETO: 45.825 € | IVA: 9.623,25 € | IMPORTE TOTAL: 55.448,25 € | ||
ANUALIDADES: | ||||
EJERCICIO: 2017 | EJERCICIO: 2018 | EJERCICIO: | EJERCICIO: | |
FORMULA: | SISTEMA DE REVISIÓN : | |||
4. FINANCIACIÓN | ||||
FINANCIACIÓN AYUNTAMIENTO: X | FINANCIACIÓN COMUNIDAD AUTÓNOMA: | FINANCIACIÓN OTROS: | ||
5. PLAZO DE EJECUCIÓN | ||||
6. GARANTÍAS | ||||
PROVISIONAL: NO | ASCIENDE A % | |||
DEFINITIVA: SI | ASCIENDE A 5% del precio de adjudicación | |||
COMPLEMENTARIA: NO | ASCIENDE A % | |||
Documento firmado electrónicamente según Ley 59/2003 en AYUNTAMIENTO DE HUÉRCAL-OVERA (P0405300E) verificable en xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/xxx. CSV: cpBD686/3T/h6yyCnYScSA== XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX (Firma) en fecha 28/06/2017 - 17:34:00.
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EL CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SUMINISTRO DE CARPAS PARA CELEBRACIÓN XX XXXXX 2017, NAVIDAD 2017, CARNAVAL 2018, ENCUENTRO ENCAJERAS DE BOLILLO 2018 Y DEGUSTHO 2018.
CLÁUSULA PRIMERA. Objeto y calificación.
El objeto del contrato es la realización del suministro de 11 carpas, en régimen de alquiler, para las actividades que se desarrollarán con motivo de la Feria y Fiestas de Huércal-Overa de 2017 (5 carpas), actividades de las Fiestas Navideñas 2017 (1 carpa), Carnaval 2018 (1 carpa), Encuentro Encajeras de Bolillo 2018 (1 carpa) y Feria Gastronómica Degustho (3 carpas), cuya codificación CPV, es: 44212320-8, Estructuras Diversas. Las dimensiones de las reseñadas carpas, son las especificadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Las necesidades públicas a satisfacer mediante el presente contrato es la obligación del suministrador de realizar todas las actividades y servicios necesarios para la perfecta instalación de las carpas en las distintas ubicaciones, donde se desarrollarán diversas actuaciones y actividades.
El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de suministro tal y como establece el artículo 9 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación.
La forma de adjudicación del contrato de suministro de carpas, en régimen de alquiler será el procedimiento negociado sin publicidad, en el que la adjudicación recaerá en el candidato justificadamente elegido por el órgano de contratación, tras efectuar consultas con diversos candidatos y negociar las condiciones del contrato con uno o varios de ellos, de acuerdo con el artículo 169.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
No será necesario dar publicidad al procedimiento, asegurándose la concurrencia, es decir, será necesario solicitar ofertas, al menos, a tres empresarios capacitados para la realización del objeto del contrato, siempre que ello sea posible.
CLÁUSULA TERCERA. El Perfil de Contratante.
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página Web siguiente: xxx.xxxxxxx-xxxxx.xx
CLÁUSULA CUARTA. Importe del Contrato.
Documento firmado electrónicamente según Ley 59/2003 en AYUNTAMIENTO DE HUÉRCAL-OVERA (P0405300E) verificable en xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/xxx. CSV: cpBD686/3T/h6yyCnYScSA== XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX (Firma) en fecha 28/06/2017 - 17:34:00.
AYUNTAMIENTO DE HUÉRCAL-OVERA (A l m e r í a) | ÁREA JURÍDICO-ADMINISTRATIVA SERVICIO DE CONTRATACIÓN PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES |
Nº EXPEDIENTE: 2017/053270/006-203/00001.
ASUNTO: CONTRATO DE SUMINISTRO DE CARPAS PARA CELEBRACIÓN XX XXXXX 2017, NAVIDAD 2017, CARNAVAL 2018, ENCUENTRO XXXXXXXXX XX XXXXXXX 0000 X XXXXXXXX 0000.
El importe del presente contrato asciende a la cuantía de:
- Base imponible: 45.825,00 euros.
- IVA 21% 9.623,25 euros.
- Presupuesto base de licitación: 55.448,25 IVA incluido.
El importe se abonará con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias 3381 22609, 3301 22699 y 4321 22699 del vigente Presupuesto Municipal; existiendo crédito suficiente hasta el importe aprobado por el Ayuntamiento, quedando acreditada la plena disponibilidad de las siguientes aportaciones que permiten financiar el contrato.
CLÁUSULA QUINTA. Duración del Contrato.
El contrato finalizará con la firma del acta de recepción de los bienes suministrados.
La duración del contrato de suministro será de conformidad con las fechas establecidas en el pliego de prescripciones técnicas en el que se determina las fechas de instalación, y de retirada de las citadas carpas.
CLÁUSULA SEXTA. Acreditación de la Aptitud para Contratar.
Podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica.
1. La capacidad de obrar de los empresarios se acreditará:
a) La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas, mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
b) La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
c) Los demás empresarios extranjeros, con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
2. La prueba por parte de los empresarios de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones de contratar del artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, podrá realizarse:
Documento firmado electrónicamente según Ley 59/2003 en AYUNTAMIENTO DE HUÉRCAL-OVERA (P0405300E) verificable en xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/xxx. CSV: cpBD686/3T/h6yyCnYScSA== XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX (Firma) en fecha 28/06/2017 - 17:34:00.
a) Mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
b) Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
3. La solvencia del empresario:
3.1 La solvencia económica y financiera del empresario se acreditará por uno o varios de los medios siguientes:
a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.
b) En los casos en que resulte apropiado, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.
c) Patrimonio Neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.
Como medio adicional a los previstos en las letras anteriores el órgano de contratación podrá exigir que el período medio de pago a proveedores del empresario, siempre que se trate de una sociedad que no pueda presentar cuentas de perdidas y ganancias abreviadas, no supere el límite que a estos efectos se establezca por orden del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas teniendo en cuenta la normativa sobre morosidad.
3.2. En los contratos de suministro, la solvencia técnica de los empresarios se acreditará por uno o varios de los siguientes medios:
a) Relación de los principales suministros efectuados durante los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
b) Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad.
c) Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.
d) Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad del sector público contratante.
Documento firmado electrónicamente según Ley 59/2003 en AYUNTAMIENTO DE HUÉRCAL-OVERA (P0405300E) verificable en xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/xxx. CSV: cpBD686/3T/h6yyCnYScSA== XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX (Firma) en fecha 28/06/2017 - 17:34:00.
AYUNTAMIENTO DE HUÉRCAL-OVERA (A l m e r í a) | ÁREA JURÍDICO-ADMINISTRATIVA SERVICIO DE CONTRATACIÓN PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES |
Nº EXPEDIENTE: 2017/053270/006-203/00001.
ASUNTO: CONTRATO DE SUMINISTRO DE CARPAS PARA CELEBRACIÓN XX XXXXX 2017, NAVIDAD 2017, CARNAVAL 2018, ENCUENTRO XXXXXXXXX XX XXXXXXX 0000 X XXXXXXXX 0000.
CLÁUSULA SÉPTIMA. Presentación de Ofertas y Documentación Administrativa.
Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento Avenida Xxxxxxxxx Xxxxx nº 7, en horario de atención al público, en el plazo de QUINCE DÍAS NATURALES (15), siguientes al de la publicación del anuncio en el perfil del contratante de la página web del Ayuntamiento. En caso de que el último día coincida en sábado o festivo, se trasladará al inmediato hábil siguiente.
Las ofertas podrán presentarse, por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuando las ofertas se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax, telegrama o correo electrónico: xxxxxxxxxxxx@xxxxxxx-xxxxx.xx, en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del candidato.
La acreditación de la recepción del referido télex, fax, telegrama o correo electrónico, se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.
Los medios electrónicos, informáticos y telemáticos utilizables deberán cumplir, además, los requisitos establecidos en la disposición adicional decimosexta del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Cada candidato no podrá presentar más de una oferta. Tampoco podrá suscribir ninguna oferta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las ofertas por él suscritas.
La presentación de una oferta supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Xxxxxx.
Las ofertas para tomar parte en la negociación se presentarán en tres sobres cerrados, firmados por el candidato y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda «Oferta para negociar la contratación del suministro de once carpas, en régimen de alquiler, con motivo de la celebración de la, Feria y Fiestas de 2017, Actividades Fiestas Navideñas 2017, Carnaval 2018, encuentro Encajeras de Bolillo 2018 y Feria Gastronómica Degustho 2018 ».
La denominación de los sobres es la siguiente:
Documento firmado electrónicamente según Ley 59/2003 en AYUNTAMIENTO DE HUÉRCAL-OVERA (P0405300E) verificable en xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/xxx. CSV: cpBD686/3T/h6yyCnYScSA== XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX (Firma) en fecha 28/06/2017 - 17:34:00.
- SOBRE A: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA.
- SOBRE B: OFERTA ECONÓMICA.
- SOBRE C: DOCUMENTACIÓN CUYA PONDERACIÓN DEPENDE DE UN JUICIO DE VALOR.
Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor.
Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos.
SOBRE «A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
Declaración Responsable del licitador indicativa del cumplimiento de las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración.
Se presentará conforme al siguiente modelo:
«MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
, con domicilio a efectos de notificaciones en
, , n.º , con DNI n.º , en representación de la Entidad , con CIF n.º , a efectos de su participación en la licitación , ante
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
PRIMERO. Que se dispone a participar en la contratación del suministro de
.
SEGUNDO. Que cumple con todos los requisitos previos exigidos por el apartado primero del artículo 146 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público para ser adjudicatario del contrato de suministro consistente en , en concreto:
- Que posee personalidad jurídica y, en su caso, representación.
- Que está debidamente clasificada la empresa o, en su caso, que cuenta con los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
- Que no está incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y se halla al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
- Que se somete a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador. (En el caso de empresas extranjeras).
Documento firmado electrónicamente según Ley 59/2003 en AYUNTAMIENTO DE HUÉRCAL-OVERA (P0405300E) verificable en xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/xxx. CSV: cpBD686/3T/h6yyCnYScSA== XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX (Firma) en fecha 28/06/2017 - 17:34:00.
AYUNTAMIENTO DE HUÉRCAL-OVERA (A l m e r í a) | ÁREA JURÍDICO-ADMINISTRATIVA SERVICIO DE CONTRATACIÓN PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES |
Nº EXPEDIENTE: 2017/053270/006-203/00001.
ASUNTO: CONTRATO DE SUMINISTRO DE CARPAS PARA CELEBRACIÓN XX XXXXX 2017, NAVIDAD 2017, CARNAVAL 2018, ENCUENTRO XXXXXXXXX XX XXXXXXX 0000 X XXXXXXXX 0000.
- Que la dirección de correo electrónico en que efectuar notificaciones es
.
TERCERO. Que se compromete a acreditar la posesión y validez de los documentos a que se hace referencia en el apartado segundo de esta declaración, en caso de que sea propuesto como adjudicatario del contrato o en cualquier momento en que sea requerido para ello.
Y para que conste, firmo la presente declaración.
En , a de de 20 .
Firma del declarante,
Fdo.: »
SOBRE «B» PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Oferta económica.
Se presentará conforme al siguiente modelo:
« , con domicilio a efectos de notificaciones en
, con NIF n.º , en representación de la Entidad , con CIF n.º , enterado del
expediente para la contratación del suministro de por
procedimiento negociado del contrato de suministro de , hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el importe de euros y euros correspondientes al Impuesto sobre el Valor Añadido.
En , a de de 20 .
Documento firmado electrónicamente según Ley 59/2003 en AYUNTAMIENTO DE HUÉRCAL-OVERA (P0405300E) verificable en xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/xxx. CSV: cpBD686/3T/h6yyCnYScSA== XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX (Firma) en fecha 28/06/2017 - 17:34:00.
Firma del candidato,
Fdo.: ».
El interesado deberá presentar informe detallado de las características o especificaciones técnicas de los elementos a contratar, así como declaración responsable de que los mismos se adecuan a las reglamentaciones que para dichos elementos estén en vigor.
DOCUMENTACIÓN PONDERABLE A TRAVÉS DE JUICIOS DE VALOR
Incluirá aquellos documentos que sean precisos para la valoración de los criterios que dependan de un juicio de valor.
La documentación técnica contendrá los documentos donde se reflejen las características técnicas de la oferta del licitador, en relación con la realización del objeto de licitación y lo previsto en este Pliego, y en el Pliego de Prescripciones Técnicas. En concreto incluirá:
Proyecto Técnico: Vendrá definido por la metodología que se oferta en la documentación técnica que se presente, en la organización del servicio tanto en el montaje, mantenimiento, guardería y desmontaje de la instalación. Disposición de medios humanos, técnicos y materiales. Para poder valorar este apartado, la oferta que se realice deberá venir acompañada de fotografías y material gráfico que ilustre suficientemente dicha propuesta.
Asimismo en la propuesta se deberá definir la adscripción de personal de la empresa durante el período en el que estén instaladas las mismas, a efectos de resolución de problemas que pudieran surgir.
- Mejoras: Las ofertas presentadas como mejoras se realizarán respecto a infraestructura interior, mobiliario y material auxiliar, para la explotación de las carpas, y no supondrán incremento del presupuesto de adjudicación.
El concursante deberá responder de la exactitud de todos los datos presentados.
CLÁUSULA OCTAVA. Aspectos Objeto de Negociación con la Empresa.
Para la valoración de las ofertas y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a varios aspectos de negociación.
Para la valoración de las ofertas y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a los criterios:
Documento firmado electrónicamente según Ley 59/2003 en AYUNTAMIENTO DE HUÉRCAL-OVERA (P0405300E) verificable en xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/xxx. CSV: cpBD686/3T/h6yyCnYScSA== XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX (Firma) en fecha 28/06/2017 - 17:34:00.
AYUNTAMIENTO DE HUÉRCAL-OVERA (A l m e r í a) | ÁREA JURÍDICO-ADMINISTRATIVA SERVICIO DE CONTRATACIÓN PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES |
Nº EXPEDIENTE: 2017/053270/006-203/00001.
ASUNTO: CONTRATO DE SUMINISTRO DE CARPAS PARA CELEBRACIÓN XX XXXXX 2017, NAVIDAD 2017, CARNAVAL 2018, ENCUENTRO ENCAJERAS DE BOLILLO 2018 Y DEGUSTHO 2018.
a) Criterios cuantificables automáticamente, se puntuarán en orden decreciente:
- OFERTA ECONÓMICA: máximo 50 puntos.
50 x | Precio de la oferta más baja |
precio de la oferta valorada |
b) Criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor:
- PROYECTO TÉCNICO… 10 puntos.
- MEJORAS 40 puntos.
b.1) Proyecto Técnico: máximo de 10 puntos.
Vendrá definido por la metodología que se oferta en la documentación técnica que se presente, en la organización del servicio, tanto en el montaje, mantenimiento, guardería y desmontaje de la instalación. Disposición de medios humanos, técnicos y materiales.
Para poder valorar este apartado, la oferta que se realice deberá venir acompañada de fotografías y material gráfico que ilustre suficientemente dicha propuesta.
Asimismo en la propuesta se deberá definir la adscripción de personal de la empresa durante el período en el que estén instaladas las mismas, a efectos de resolución de problemas que pudieran surgir.
b.2) Mejoras: máximo de 40 puntos.
Las ofertas presentadas como mejoras no supondrán incremento del presupuesto de adjudicación.
a) Mejoras en la Caseta Municipal: máximo 15 puntos.
- Suministro y colocación xx xxxxx de bar xx xxxxxx, según las dimensiones de la carpa, se puntuará la barra de dimensiones más óptimas (3 puntos si se presenta y si no se presenta, 0 puntos).
- Suministro y colocación de carpa de cocina anexa, de 10x5 m. (3 puntos si se presenta y si no se presenta 0 puntos).
- Suministro y colocación de dos haimas de 5x5 en la entrada y cocina (3 puntos si presenta y si no se presenta, 0 puntos).
- Suministro y colocación de falso techo, de tela (3 puntos si se presenta y sino se presenta, 0 puntos).
- Decoración de la caseta con elementos ornamentales (3 puntos si se presenta y si no se presenta 0 puntos).
b) Mejoras en la Caseta Infantil: máximo 10 puntos.
-Ejecución de suelo xx xxxxxx o tarima de caucho (10 puntos si se presenta y si no se presenta 0 puntos).
c) Mejoras en la Carpa de Conciertos: máximo 10 puntos.
Documento firmado electrónicamente según Ley 59/2003 en AYUNTAMIENTO DE HUÉRCAL-OVERA (P0405300E) verificable en xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/xxx. CSV: cpBD686/3T/h6yyCnYScSA== XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX (Firma) en fecha 28/06/2017 - 17:34:00.
- Suministro y colocación de escenario y decoración, mínimo 120 m2 (10 puntos, si se presenta y si no se presenta 0 puntos).
d) Mejora en la Carpa grande de la Feria Gastronómica Degustho: máximo 5 puntos.
- Suministro y colocación de tarima de las dimensiones de la carpa (5 puntos, si se presenta y si no se presenta 0 puntos).
CLÁUSULA NOVENA. Mesa de Contratación.
La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
Conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros:
Presidente:
- X. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, El Alcalde-Presidente, o persona en quien delegue.
Vocales:
- X.x Xxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Concejal Delegada de Cultura, Nuevas Tecnologías, Igualdad, Mujer, Festejos y Educación, o persona en quien delegue.
- X.x Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Concejal Delegada de Presidencia, Personal, Promoción económica, Comercio y Turismo, o persona en quien delegue.
- El Arquitecto técnico municipal, X. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx, o persona en quien delegue.
- El Interventor Accidental del Ayuntamiento, o persona en quien delegue.
- La Secretaria en Funciones de la Corporación, o persona en quien delegue, que ejercerá a su vez las funciones como Secretaria de la Mesa.
CLÁUSULA DÉCIMA. Prerrogativas de la Administración.
El órgano de contratación, de conformidad con el artículo 210 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, ostenta las siguientes prerrogativas:
a) Interpretación del contrato.
b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento.
c) Modificación del contrato por razones de interés público.
d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta.
Documento firmado electrónicamente según Ley 59/2003 en AYUNTAMIENTO DE HUÉRCAL-OVERA (P0405300E) verificable en xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/xxx. CSV: cpBD686/3T/h6yyCnYScSA== XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX (Firma) en fecha 28/06/2017 - 17:34:00.
AYUNTAMIENTO DE HUÉRCAL-OVERA (A l m e r í a) | ÁREA JURÍDICO-ADMINISTRATIVA SERVICIO DE CONTRATACIÓN PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES |
Nº EXPEDIENTE: 2017/053270/006-203/00001.
ASUNTO: CONTRATO DE SUMINISTRO DE CARPAS PARA CELEBRACIÓN XX XXXXX 2017, NAVIDAD 2017, CARNAVAL 2018, ENCUENTRO ENXXXXXXX XX XXXXXXX 0000 X XXXXXXXX 0000.
CLÁUSULA UNDÉCIMA. Apertura de Ofertas.
Finalizado el plazo de presentación de ofertas, y certificadas las mismas por la Secretaría General, se constituirá la Mesa de Contratación y calificará la documentación administrativa contenida en los sobres ‹‹A››.
Si fuera necesario, la Mesa concederá un plazo no superior a tres días para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada.
Posteriormente, procederá a la apertura y examen del sobre «C», pudiendo, en ese momento, solicitar los informes técnicos que considere precisos.
Concluida la fase anterior, se procederá a la apertura y examen del sobre «B», que comenzará por la lectura de la valoración asignada a los elementos de la oferta que deban ponderarse en función de juicios de valor, dando a conocer el contenido de los mismos.
Tras la lectura de dichas proposiciones, el órgano de contratación podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos, para la valoración de las mismas con arreglo a los criterios y a las ponderaciones establecidas en este Pliego.
CLÁUSULA DUODÉCIMA. Requerimiento de Documentación.
Recibidos los informes, y reunida de nuevo la Mesa de contratación, realizará la correspondiente propuesta de adjudicación al órgano de contratación.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de el cumplimiento de los requisitos previos a que hace referencia el artículo 146.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y Ayuntamiento de Huércal-Overa, o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello; y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.
El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar con la Administración será el de la finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Garantía Definitiva.
El licitador que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución de la garantía de un 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Documento firmado electrónicamente según Ley 59/2003 en AYUNTAMIENTO DE HUÉRCAL-OVERA (P0405300E) verificable en xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/xxx. CSV: cpBD686/3T/h6yyCnYScSA== XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX (Firma) en fecha 28/06/2017 - 17:34:00.
Esta garantía podrá prestarse en alguna de las siguientes formas:
a) En efectivo o en valores de Deuda Pública, con sujeción, en cada caso, a las condiciones establecidas en las normas de desarrollo de esta Ley. El efectivo y los certificados de inmovilización de los valores anotados se depositarán en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, o en las Cajas o establecimientos públicos equivalentes de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir efectos, en la forma y con las condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan.
b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de esta Ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberá depositarse en los establecimientos señalados en la letra a) anterior.
c) Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregarse en los establecimientos señalados en la letra a anterior.
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato.
Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Adjudicación del contrato.
Recibida la documentación requerida, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exija alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
La adjudicación deberá ser motivada se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.
La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos:
En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.
En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
Documento firmado electrónicamente según Ley 59/2003 en AYUNTAMIENTO DE HUÉRCAL-OVERA (P0405300E) verificable en xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/xxx. CSV: cpBD686/3T/h6yyCnYScSA== XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX (Firma) en fecha 28/06/2017 - 17:34:00.
AYUNTAMIENTO DE HUÉRCAL-OVERA (A l m e r í a) | ÁREA JURÍDICO-ADMINISTRATIVA SERVICIO DE CONTRATACIÓN PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES |
Nº EXPEDIENTE: 2017/053270/006-203/00001.
ASUNTO: CONTRATO DE SUMINISTRO DE CARPAS PARA CELEBRACIÓN XX XXXXX 2017, NAVIDAD 2017, CARNAVAL 2018, ENCUENTRO ENCAJERAS DE BOLILLO 2018 Y DEGUSTHO 2018.
En la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización.
CLÁUSULA DECIMOQUINTA Formalización del Contrato.
La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará dentro de los quince días hábiles siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación; constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público.
El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
CLÁUSULA DECIMOSEXTA. Derechos y Obligaciones del Adjudicatario.
Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes:
- El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre).
- El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 227 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre para los supuestos de subcontratación.
- La Administración tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido.
- El adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos.
- Gastos exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos de la formalización del contrato, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen.
- Plazo de entrega. El adjudicatario deberá obligarse a entregar montado el material objeto de suministro del presente contrato, así como al desmontaje del mismo en la fecha que se señale en el contrato. Previo a la ejecución del montaje, el arrendatario se obliga expresamente a adecuar el terreno donde se instale el material objeto de este contrato.
CLÁUSULA DECIMOSÉPTIMA. Revisión de Precios.
Documento firmado electrónicamente según Ley 59/2003 en AYUNTAMIENTO DE HUÉRCAL-OVERA (P0405300E) verificable en xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/xxx. CSV: cpBD686/3T/h6yyCnYScSA== XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX (Firma) en fecha 28/06/2017 - 17:34:00.
El precio de este contrato no podrá ser objeto de revisión dada la duración del
mismo.
CLÁUSULA DECIMOCTAVA. Plazo de Garantía.
Se establece un plazo de garantía de 1 mes a contar desde la fecha de entrega de los bienes, si durante el mismo se acredita la existencia de vicios o defectos en el suministro, la Administración tendrá derecho a reclamar la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente.
Si la Administración estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes no son aptos para el fin pretendido como consecuencia de los vicios o defectos observados e imputables al empresario, y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.
CLÁUSULA DECIMONOVENA. Facturas.
Conforme a la Disposición Adicional Trigésimo Tercera del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el contratista tendrá obligación de presentar la factura que haya expedido por los bienes entregados ante el correspondiente registro administrativo a efectos de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda la tramitación de la misma.
CLÁUSULA VIGÉSIMA Ejecución del Contrato.
El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva.
La constitución en xxxx del contratista no precisará intimación previa por parte de la Administración.
Los servicios técnicos municipales, facilitarán al adjudicatario los planos correspondientes de los lugares donde han de ubicarse cada una de las carpas, con tiempo suficiente de antelación, para poder ejecutar el correspondiente suministro.
Todo el material a instalar estará en perfecto estado de uso. El incumplimiento de estas condiciones, conllevará la retirada del mismo y su inmediata reposición por otro que reúna las condiciones convenidas.
El contratista será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad industrial, intelectual o comercial de los materiales, procedimientos y equipos utilizados en la fabricación del suministro, debiendo indemnizar al Ayuntamiento todos los daños y perjuicios
Documento firmado electrónicamente según Ley 59/2003 en AYUNTAMIENTO DE HUÉRCAL-OVERA (P0405300E) verificable en xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/xxx. CSV: cpBD686/3T/h6yyCnYScSA== XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX (Firma) en fecha 28/06/2017 - 17:34:00.
AYUNTAMIENTO DE HUÉRCAL-OVERA (A l m e r í a) | ÁREA JURÍDICO-ADMINISTRATIVA SERVICIO DE CONTRATACIÓN PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES |
Nº EXPEDIENTE: 2017/053270/006-203/00001.
ASUNTO: CONTRATO DE SUMINISTRO DE CARPAS PARA CELEBRACIÓN XX XXXXX 2017, NAVIDAD 2017, CARNAVAL 2018, ENCUENTRO ENXXXXXXX XX XXXXXXX 0000 X XXXXXXXX 0000.
que para ésta pudieran derivarse de la interposición de reclamaciones, incluido los gastos derivados de los que eventualmente pudieran dirigirse contra la misma.
Cualquiera que sea el tipo de suministro el adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega al Ayuntamiento, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos.
Los distintos montajes deberán estar listos en su totalidad y dispuestos en las siguientes fechas:
- Feria y Fiestas de Octubre 2017: del 6 de octubre de 2017, hasta el 23 de octubre de 2017. La Carpa Municipal deberá permanecer instalada hasta el día 30 de octubre de 2017.
- Navidad 2017: Del 1 de diciembre de 2017, hasta el 8 de enero de 2018.
- Carnaval 2018: Del 5 de febrero de 2018, hasta el 12 xx xxxxxxx xx 0000.
- Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx 0000: se realizará durante el mes xx xxxxx de 2018, fecha por determinar.
- Feria Gastronomía Degustho 2018: En fechas por determinar.
El plazo de entrega será de conformidad con la cláusula 5 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
El adjudicatario deberá eliminar todo elemento que, una vez desmontadas las carpas, pueda desmerecer la estética de la calle donde fueron instalados dejando los lugares en las condiciones iniciales. Esta circunstancia le será comunicada indicándole los elementos a eliminar. El incumplimiento de esa orden será sancionado como corresponda.
El Ayuntamiento se reserva el derecho a formular cuantas objeciones estime convenientes y modificar las orientaciones presentadas según las conveniencias del servicio o actividad, debiendo el adjudicatario someterse a las directrices e instrucciones que sean formuladas por los técnicos responsables, con objeto de obtener la máxima eficacia y coordinación.
CLÁUSULA VIGÉSIMO PRIMERA. Modificación del Contrato.
De conformidad con el artículo 105 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, sin perjuicio de los supuestos previstos en dicha normativa para los casos sucesión en la persona del contratista, cesión del contrato, revisión de precios y prórroga del plazo de ejecución, los contratos del sector público solo podrán modificarse cuando así se haya previsto en los pliegos de condiciones o en el anuncio de licitación, o en los casos y con los límites establecidos en el artículo 107 del mismo texto legal.
Durante la ejecución del contrato podrán producirse las siguientes modificaciones:
- Fechas de instalación y retirada de las carpas.
- Dado que no es posible determinar la celebración o no de la actividad prevista para la Feria Gastronómica Degustho, es posible que no fuese necesaria la instalación de las
Documento firmado electrónicamente según Ley 59/2003 en AYUNTAMIENTO DE HUÉRCAL-OVERA (P0405300E) verificable en xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/xxx. CSV: cpBD686/3T/h6yyCnYScSA== XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX (Firma) en fecha 28/06/2017 - 17:34:00.
carpas previstas para este evento, en cuyo caso, se reducirá el precio del contrato según la valoración efectuada en la Propuesta del Servicio, es decir, en un precio de 5.525€ más IVA.
CLÁUSULA VIGÉSIMO SEGUNDA. Penalidades por Incumplimiento.
- Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción previstas en el artículo 212 TRLCSP: de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato.
- Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5% del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
- Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato, la Administración podrá optar, indistintamente, por su resolución o por la imposición de las penalidades establecidas anteriormente.
- Cuando el contratista haya incumplido la adscripción a la ejecución del contrato de medios personales o materiales suficientes para ello, se impondrán penalidades proporcionales a la gravedad del incumplimiento y su cuantía nos podrá ser superior al 10% del presupuesto del contrato.
Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, adoptado a propuesta del responsable del contrato si se hubiese designado, que será inmediatamente ejecutivo, y se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista o sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, cuando no puedan deducirse de las mencionadas certificaciones.
CLÁUSULA VIGÉSIMO TERCERA. Resolución del Contrato.
La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en los artículos 223 y 299 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre; y se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista.
Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, se incautará la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía.
CLÁUSULA VIGÉSIMO CUARTA. Régimen Jurídico del Contrato.
Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y en su correspondiente Pliego de Prescripciones Técnicas; y para lo no previsto en él, será de aplicación el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de
14 de noviembre, el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y el Real
Documento firmado electrónicamente según Ley 59/2003 en AYUNTAMIENTO DE HUÉRCAL-OVERA (P0405300E) verificable en xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/xxx. CSV: cpBD686/3T/h6yyCnYScSA== XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX (Firma) en fecha 28/06/2017 - 17:34:00.
AYUNTAMIENTO DE HUÉRCAL-OVERA (A l m e r í a) | ÁREA JURÍDICO-ADMINISTRATIVA SERVICIO DE CONTRATACIÓN PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES |
Nº EXPEDIENTE: 2017/053270/006-203/00001.
ASUNTO: CONTRATO DE SUMINISTRO DE CARPAS PARA CELEBRACIÓN XX XXXXX 2017, NAVIDAD 2017, CARNAVAL 2018, ENCUENTRO ENXXXXXXX XX XXXXXXX 0000 X XXXXXXXX 0000.
Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga al Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y esté vigente tras la entrada en vigor del Real Decreto 817/2009; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
EL ALCALDE,
Documento firmado electrónicamente según Ley 59/2003 en AYUNTAMIENTO DE HUÉRCAL-OVERA (P0405300E) verificable en xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/xxx. CSV: cpBD686/3T/h6yyCnYScSA== XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX (Firma) en fecha 28/06/2017 - 17:34:00.
MODELO DE AVAL BANCARIO
La Entidad [razón social de la Entidad de crédito o Sociedad de
garantía recíproca], con CIF , con domicilio en [a efectos de notificaciones y requerimientos], en la [calle/plaza/avenida], C. P. ,
Localidad , y en su nombre D. [nombre y apellidos de los
apoderados], con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento, y manifestación expresa que efectúa en éste acto, en cuanto a que el mencionado poder está plenamente vigente en todo su contenido,
AVALA
A , con C.I.F./N.I.F. , en virtud de lo dispuesto por el artículo 95 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, que impone la constitución de esta garantía, en concepto de garantía definitiva y para responder de las obligaciones derivadas del: contrato de suministro de carpas para Feria y Fiestas 2017, Actividades Navideñas 2017, Carnaval 2018, encuentro de Encajeras de Bolillo 2018 y Feria Gastronómica Degustho 2018, a cargo de la persona afianzada.
El aval que se presta se constituye por importe de: euros [en letra y en cifra], a disposición de [indicación del órgano de contratación].
La Entidad avalista declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión2 al que se refiere el artículo 1830 del Código Civil, y con compromiso de pago al primer requerimiento del Ayuntamiento de Huércal-Overa, con sujeción a los términos y condiciones previstos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en sus Normas de desarrollo y en la Normativa reguladora de la Caja General de Depósitos.
El presente aval estará en vigor hasta que Ayuntamiento de Huércal-Overa o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello autorice su cancelación o devolución, previa acreditación del cumplimiento de la obligación que se asegura con dicha garantía, conforme con lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público
Documento firmado electrónicamente según Ley 59/2003 en AYUNTAMIENTO DE HUÉRCAL-OVERA (P0405300E) verificable en xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/xxx. CSV: cpBD686/3T/h6yyCnYScSA== XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX (Firma) en fecha 28/06/2017 - 17:34:00.
Documento firmado electrónicamente según Ley 59/2003 en AYUNTAMIENTO DE HUÉRCAL-OVERA (P0405300E) verificable en xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/xxx. CSV: cpBD686/3T/h6yyCnYScSA== XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX (Firma) en fecha 28/06/2017 - 17:34:00. | ÁREA JURÍDICO-ADMINISTRATIVA AYUNTAMIENTO DE SERVICIO DE CONTRATACIÓN HUÉRCAL-XXXXX XXXXXX DE CLÁUSULAS (A l m e r í a) ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Nº EXPEDIENTE: 2017/053270/006-203/00001. ASUNTO: CONTRATO DE SUMINISTRO DE CARPAS PARA CELEBRACIÓN XX XXXXX 2017, NAVIDAD 2017, CARNAVAL 2018, ENCUENTRO XXXXXXXXX XX XXXXXXX 0000 X XXXXXXXX 0000. aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y su Legislación complementaria. El presente aval ha sido inscrito en ésta misma fecha en el Registro Especial de Avales, con el número . Se señala como domicilio de la Entidad avalista, a los efectos correspondientes derivados de éste aval, el de la oficina nº situada en . En , a de de 20 . Los apoderados, Fdo: Bastanteo de poderes por la Asesoría Jurídica de la C.G.D. o Abogacía del Estado | |||
Provincia | Fe | cha | Número o código |