Objeto y calificación. Constituye el objeto del contrato la enajenación por este Ayuntamiento mediante subasta pública de DOS (2) VIVIENDA propiedad del Ayuntamiento xx Xxxxx de la Frontera, ubicada en la Plaza Xxxx XXXXX de esta localidad, en el sitio conocido como “El Rodeo”. Procede de una promoción de 50 viviendas en bloques plurifamiliares, construidos en virtud del Plan Nacional de 1957, del Instituto Nacional de Vivienda. Régimen de Viviendas xx Xxxxx Limitada, Grupo II; (actualmente descatalogadas de tal condición como viviendas de Protección oficial al amparo de la Ley 00 xx xxxxx 0000; reglamento 24 junio 1955 y la calificación definitiva por plazo de 20 años realizada por el Instituto Nacional de la Vivienda el 15 de Octubre de 1965). Cód. Validación: 5XSGKSZE5W4WH5T6EEN3NX4SJ | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 15 La división horizontal del inmueble fue practicada por el Ayuntamiento xx Xxxxx de la Frontera, (acuerdo Junta de Gobierno 5 xx xxxxxx 2008) e inscrita en el Registro de la Propiedad de Jerez de los Caballeros Tomo 609 Libro 97 Folio 36 Finca 4508 Inscripción 5ª. Los inmuebles en cuestión objeto de enajenación son:
a) Vivienda sita en el nº 99 - 2º izquierda de la Plaza Xxxx XXXXX de esta localidad: finca registral nº 8.387 (IDUFIR: 06009000300473). Descripción básica: salón comedor, 3 dormitorios, cocina, despensa, cuarto de baño y distribuidor, con una superficie útil 55,18 m2 y superficie construida 74,95 m2. Este bien está inscrito en el Registro de la Propiedad xx Xxxxx de los Caballeros (Badajoz), en el Tomo 609, Libro 97, Folio 123, Alta 1.
Objeto y calificación. 1.- El contrato a que se refiere el presente pliego tiene por objeto la contratación del Servicio de organización de festejos taurinos en la localidad xx Xxxxxxx. El programa base deberá contener, en cada uno de los años de duración del contrato pudiendo variar de un año para otro, como mínimo: Una (1) corrida de toros el día 25 xx Xxxxxx: entendiéndose por tal el espectáculo taurino “en el que por profesionales inscritos en la sección I (matadores de toros) del Registro general de profesionales taurinos se lidian toros de edad entre cuatro y seis años en la forma y con los requisitos exigidos en este Reglamento” (artículo 25 a) del Real Decreto 145/1.996, de 2 de febrero, por el que se modifica y da nueva redacción al Reglamento de Espectáculos Taurinos) que habrá de ajustarse a los siguientes requisitos: La corrida de toros habrá de desarrollarse con un mínimo de seis (6) toros y tres (3) matadores, de los considerados primeras figuras del escalafón taurino.
2.- La ejecución del contrato se ajustaría a las condiciones expresadas en el
3.- La presentación de proposiciones presume por parte del oferente la aceptación incondicional de las cláusulas de este Xxxxxx, y la declaración responsable de que reúne todas las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
4.- El contratista asumirá todos los gastos derivados de la organización de los festejos taurinos exigidos por la normativa aplicable y los que se establecen en el presente pliego regulador. El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de servicios, tal y como establece el artículo 10 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Objeto y calificación. 1.- El contrato a que se refiere el presente pliego, tiene por objeto la contratación de la prestación de los servicios varios para el Teatro Xxxxx xx Xxxxx de Badajoz, por procedimiento abierto.
2.- Las necesidades que se tienen que cubrir mediante este servicio son las siguientes: Servicio de asistencia técnica (luz, sonido, tramoya y acomodadores) Sala Principal:
1) Jefatura xx Xxxx, Tramoya, Servicio de Escena, Luz y Sonido, lo que incluye todos los servicios de tramoya, montaje y desmontaje que las compañías requieran.
2) Portería y Acomodadores/as. Terraza xx Xxxxxx:
3) Servicio de la Terraza xx Xxxxxx: Portero/a, acomodadores/as, servicio técnico, escenario y camerinos. Otras dependencias:
4) Servicio de asistencia técnica y vigilancia durante actividades y exposiciones en el Cafetín del Teatro y Sala de Usos Múltiples. Prestará todo el servicio relativo a los montajes y desmontajes de los espectáculos programados que se realicen en los referidos espacios, manejando el personal encargado de ello toda la maquinaria de la tramoya del Teatro. También será responsabilidad del contratista: - Revisión permanente y mantenimiento del edificio y las instalaciones del Teatro. - Realizar funciones de portería y control en los accesos al Teatro. - Apagar las luces del teatro, tras finalizar cada representación. - Revisar que no queda personal alguno dentro xxx xxxxxxx. - Encender y apagar la calefacción y/o el aire acondicionado antes y después de cada espectáculo. - Vigilar que haya agua caliente para las duchas de los artistas. - Proveer de agua a las compañías y artistas en aquellos espectáculos organizados por el Teatro Xxxxx xx Xxxxx. - Vigilar que quedan cerrados todos los accesos al Teatro una vez terminados los espectáculos. - Atender los servicios de alarma por robo y de incendio del Teatro en el caso de que se produzca su activación. - Vigilancia del correcto funcionamiento de las pantallas LED exteriores en las que se anuncia la programación del Teatro, dando aviso a la Gerencia del mismo en caso de producirse alguna incidencia. - Permanecer en el Teatro siempre que haya personal de las compañías dentro. - Mantener y vigilar que antes de cada representación estén encendidas las luces exteriores e interiores del edificio necesarias para los espectáculos que se lleven a cabo y apagar aquellas que sea necesario una vez finalizados los mismos.
Objeto y calificación. El objeto del contrato es el suministro de una BANCADA Y MÁQUINA DE FATIGA (SERVOHYDRAULIC TESTING SYSTEM ) DE 250 KN PARA EL LABORATORIO De ENSAYOS DEL EDIFICIO “ANTENA TECNOLÓGICA TIERRAS DEL EBRO. El proyecto “ Edificio Antena Tecnológica Tierras del Ebro “ es un proyecto cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional. El suministro que es objeto de licitación de este pliegue de cláusulas, BANCADA Y MÁQUINA DE FATIGA (SERVOHYDRAULIC TESTING SYSTEM ) DE 250 KN PARA EL LABORATORIO De ENSAYOS DEL EDIFICIO “ANTENA TECNOLÓGICA TIERRAS DEL EBRO, tiene una codificación CPV 38970000-5 INVESTIGACIÓN, ENSAYOS Y SIMULADORES CIENTÍFICOS TÉCNICOS. El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de suministro de acuerdo con el que establece el artículo 9 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. Tienen carácter contractual todos los documentos que forman parte de la licitación, incluídos este pliego y el pliego de cláusulas técnicas particulares. Este contrato administrativo de suministro se regulará por el presente pliego de cláusulas económico-administrativas, por el pliego de condiciones técnicas, por el Real decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el Real decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el cual se despliega parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, Real decreto 300/2011, de 4 xx xxxxx, por el cual se modifica el XX 000/0000, xx 0 xx xxxx, el Real decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el cual se aprueba el reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de la Ley de Bases de Régimen Local, el Decreto Legislativo 2/2003, de 28 xx xxxxx, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley Municipal y de Régimen Local de Cataluña, y el resto de normativa aplicable.
Objeto y calificación. 1.1. Descripción del objeto del contrato. Constituye el objeto del contrato la enajenación, mediante procedimiento abierto, subasta, con un único criterio de adjudicación, el precio más alto: Aprovechamientos forestales 2019 del monte del C.U.P., RUSBREDA Y SEL XX XXXXX 141 bis en la Junta Vecinal Gibaja. - Lotes xx xxxxxx: - Número: 2. - Especie: Eucalipto blanco. - Volumen: 1.680 m3. - Estéreos: 2.165. - Sitio: Tranzon ATZ002a y ATZ002c. - Precio: 48.300,00+ 12% IVA, 5.796,00. Total: 54.096,00 euros. La normativa a aplicar para dicho contrato es: Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas. Xxx 00/0000, xx 00 xx xxxxxxxxx, xx Xxxxxx. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/ UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
1.2. División en lotes del objeto del contrato. Dado que es un solo lote, se presentará una sola oferta, para el aprovechamiento maderable.
Objeto y calificación. El contrato tiene por objeto adjudicar la concesión de la obra pública consistente en la Remodelación y explotación del Bar “Casa de la Barca”, inmueble de propiedad municipal sito en el Paseo de la Isla. El contrato comprende la ejecución de las obras técnicamente viables, tendentes al adecentamiento del bien, y la posterior explotación de las mismas. El contrato de concesión de obra pública comprenderá necesariamente durante todo el término de vigencia de la concesión: - La explotación de las obras públicas conforme a su propia naturaleza y finalidad. - La conservación de las obras. - La adecuación, reforma y modernización de las obras para adaptarlas a las características técnicas y funcionales requeridas para la correcta prestación de los servicios o la realización de las actividades económicas a las que aquéllas sirven de soporte material. - Las actuaciones de reposición y reparación que sean exigibles en relación con los elementos que ha de reunir cada una de las obras para mantenerse apta a fin de que los servicios y actividades a los que aquéllas sirven puedan ser desarrollados adecuadamente de acuerdo con las exigencias económicas y las demandas sociales. El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de concesión de obras públicas, tal y como establece el artículo 7 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Objeto y calificación. El Ayuntamiento de Archena tiene la necesidad de contratar los servicios para la puesta en marcha de la Escuela Municipal xx Xxxxxx durante el año 2019. Dichos servicios serán necesarios para el cumplimiento y realización de los fines institucionales de este Ayuntamiento, a tal efecto las necesidades que pretenden cubrirse son las de conciliación de la vida familiar y laboral de los padres y madres que tienen hijos escolarizados en los centros educativos públicos de Infantil y Primaria del municipio, siendo su objeto y contenido el idóneo para satisfacer dicha necesidad, este será determinado con precisión Prescripciones Técnicas que se redacte para este contrato. en el Pliego de Este Ayuntamiento no dispone de personal cualificado ni de medios materiales propios para poner en marcha dicha Escuela Municipal xx Xxxxxx. Se pretende cubrir la prestación del servicio, con una entidad que aporte los medios materiales y personales necesarios para la prestación del servicio en los términos establecidos en la normativa vigente. Dado que la demanda de los padres y madres no ha dejado de aumentar, se ve la necesidad de conciliar la vida familiar y laboral de los padres que trabajan durante los meses de julio y agosto, y para ello se debe poner en marcha la Escuela Municipal xx Xxxxxx. FIRMADO por: XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX (NIF: 00000000X) FIRMADO por: XXXX XXXXXX XXXXXXXX (NIF: 00000000X) Versión imprimible con información de firma generado desde VALIDe (xxxx://xxxxxx.xxxxxxx.xx) En caso de que no se alcanzara el mínimo de alumnos, fijado en treinta (30), la empresa no estará obligada a prestar el servicio, comunicándolo previamente a las madres o padres interesadas/os, con una antelación mínima de 5 días. Se trata de un contrato de servicios, tramitado por procedimiento abierto simplificado, varios criterios de adjudicación y sin lotes. El objeto de este contrato se puede incluir en el CPV: 923312105 Servicios de Animación para niños. El detalle, listado concreto y características del servicio en que debe prestarse, se establece pormenorizadamente en el Pliego de Prescripciones Técnicas elaborado al efecto por los Servicios Técnicos Municipales. El contrato a que se refiere el presente pliego de cláusulas administrativas particulares tiene carácter administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25.1 a) de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público ( BOE 9 de noviembre de 2017), a la que, en adelante, nos referiremos como LCSP,...
Objeto y calificación. 1.1 Descripción del objeto del contrato
Objeto y calificación. Constituye el objeto del contrato la enajenación por este Ayuntamiento del siguiente bien calificado como patrimonial: Referencia catastral 0208502YJ3800N0001JQ Localización CL SANT XXXXXX 6 Suelo. ALBUIXECH (VALENCIA) Clase: Urbano Superficie: 97 m2 Uso: Suelo urbano sin edificar Título de adquisición: DONACIÓN Cargas o gravámenes: LIBRE DE CARGAS Destino del bien: SOLAR DIAFANO. BIEN PATRIMONIAL Estado de conservación: SOLAR DIAFANO. Otras circunstancias relevantes: EXISTE UNA CONDICIÓN MODAL A LA CUAL HA RENUNCIADO EL BENEFICIADO DE LA MISMA XXXXX XXXXX XXXX XXXXX (2 de 2) Alcaldesa Fecha Firma: 10/07/2023 HASH: a1c956e4db2f3dcf2bfa8c939b3f2e59 Cód. Validación: AF5YEMEZWZPXJSLC4S6Q7LJGD Verificación: xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 12 Dicho bien está inscrito en el Registro de la Propiedad xx Xxxxxxx, en el Tomo 834, Libro 24, Hoja 159, Inscripción 4ª. El contrato definido tiene la calificación de contrato privado, tal y como establece el artículo 9 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Objeto y calificación. El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de gestión de servicios públicos tal y como establece el artículo 8 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, mediante la modalidad de concesión, cuya codificación es CPV 85320000-8. Los servicios que se han de prestar son los siguientes: El objeto del contrato es la gestión, en la modalidad de concesión, del Servicio de Ayuda a Domicilio derivado del sistema para la autonomía personal y atención a las dependencias, así como del Servicio de Ayuda a Domicilio como prestación básica de los servicios sociales, y el programa municipal de mayores para el envejecimiento activo y saludable; preferentemente en el supervisado, un conjunto de actuaciones preventivas, formativas, rehabilitadoras y de atención a las personas y unidades de convivencia con dificultades para permanecer o desenvolverse en su medio habitual, con estricta sujeción al presente pliego, al de Prescripciones Técnicas Particulares, de acuerdo con el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía personal y Atención a las personas en situación de dependencia, decreto 168/2007, de 12 xx xxxxx, de la Junta de Andalucía, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derechoa las prestaciones del Sistema par la Autonomía y Atención a la Dependencia y Orden de la Consejería para la Igualdad y el Bienestar Social de la Junta de Andalucía de 15 de noviembre de 2007, por la que ser regula el servicio de ayuda a domicilio en la Comunidad Autónoma de Andalucía y al Reglamento del Servicio de Ayuda a domicilio de la Diputación Provincial. Su finalidad es la mejora de la calidad de vida y la promoción de la autonomía de las personas para facilitarles la permanencia en su medio habitual. La necesidad del contrato viene motivada por la suscripción por parte del Ayuntamiento del Convenio Especifico de colaboración entre el Instituto Provincial de Bienestar Social (IBS) xx Xxxxxxx y el Ayuntamiento, para la gestión del servicio público provincial de Ayuda a domicilio, en orden a la prestación de servicios sociales en los municipios con población inferior a 20.000 habitantes, conforme al art. 26.1.c) de la Ley 7/1985, Ley Reguladora de las Bases de Régi...