PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES CONTRATO DE SUMINISTRO
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES CONTRATO DE SUMINISTRO
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CLÁUSULA I.- IDENTIFICACIÓN Y OBJETO DEL CONTRATO
1.1 ÓRGANO AL QUE INTERESA CELEBRARLO: Tribunal Constitucional
1.2 NÚMERO DEL EXPEDIENTE: 2016-00335
1.3 OBJETO DEL CONTRATO:
El objeto del contrato al que se refiere este pliego está constituido por el suministro de libros para la colección permanente de la Biblioteca del Tribunal Constitucional, en los términos definidos en el pliego de prescripciones técnicas que lo acompaña. Se estructura en dos lotes, susceptible cada uno de ellos de aprovechamiento separado, constituyendo una unidad funcional.
Los lotes previstos, con las características y condiciones señaladas en el pliego de prescripciones técnicas, son los siguientes:
- Lote 1: Libros editados en España
- Lote 2: Libros editados en el extranjero Código CPV: 22113000-5
CLÁUSULA II.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El presupuesto máximo del contrato se fija en 81.000 euros, IVA excluido. Dicho importe constituye asimismo el valor estimado del contrato, calculado de conformidad con lo previsto en el artículo 88 del TRLCSP.
La división del presupuesto en lotes es la siguiente:
- Lote 1: 32.000 euros
- Lote 2: 49.000 euros
CLÁUSULA III.- EXISTENCIA DE CRÉDITO
Existe el crédito presupuestario preciso para atender las obligaciones económicas que se deriven de este contrato, con cargo al concepto presupuestario 0401.911P.620.
Firmado por: XXXXX.XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX.XX
Fecha: mié, 25 may 2016 12:22:29
1 | P á g i n a
CLÁUSULA IV.- NATURALEZA DEL CONTRATO Y RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE
El contrato al que se refiere el presente pliego tiene naturaleza administrativa, quedando expresamente sometido al texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, así como a la legislación y normativa propia del Tribunal Constitucional (Ley Orgánica 2/1979, del Tribunal Constitucional, y Reglamento de Organización y Personal del mismo, aprobado por Acuerdo del Pleno de 5 de julio de 1990, BOE de 3 xx xxxxxx, posteriormente modificado por Acuerdos de 5 de octubre de 1994, 0 xx xxxxxxxxxx xx 0000, 00 xx xxxxxxx de 2001, 19 de diciembre de 2002, 14 xx
xxxx de 2003, 31 xx xxxxx de 2008, 28 xx xxxxx de 2010, 1 xx xxxxx de 2011,
19 de noviembre de 2012, 11 de julio de 2014, 23 de julio de 2015 y 21 xx xxxxx de 2016), y al presente pliego de cláusulas administrativas particulares.
La jurisdicción contencioso-administrativa será la competente para conocer las cuestiones litigiosas que se planteen con relación al contrato.
CLÁUSULA V.- PLAZO DE EJECUCIÓN
El suministro objeto del presente expediente se realizará desde la fecha de formalización del contrato hasta el 31 de diciembre de 2016. No obstante lo anterior, la duración del contrato terminará con antelación a la referida fecha si se hubiera suscrito en ese momento un acuerdo marco que se pudiera haber tramitado y formalizado con el mismo objeto que el del presente contrato.
CLÁUSULA VI.- PROCEDIMIENTO DEL CONTRATO
El procedimiento de adjudicación del contrato de suministro a que se refiere este pliego es el procedimiento negociado, al amparo de lo establecido en los artículos 169 y 173 f) del TRLCSP.
CLÁUSULA VII.- REQUISITOS PARA CONCURRIR
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Podrán presentar proposiciones para la adjudicación del contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios, que teniendo plena capacidad de obrar no se encuentren incursas en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades establecidas en el artículo 60 del TRLCSP, extremo que se podrá acreditar por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 73 del TRLCSP, y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
Asimismo, las empresas deberán desarrollar una actividad que tenga relación directa con el objeto del contrato, de acuerdo con sus estatutos o
reglas fundacionales, y disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Deberán contar asimismo con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
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CLÁUSULA VIII. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES. FORMA Y CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición para cada lote. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en unión temporal con otros empresarios si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de esta norma dará lugar a la inadmisión de todas las propuestas por él suscritas.
En el perfil de contratante del Tribunal Constitucional (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx) se ofrece información relativa a la convocatoria de la licitación, incluyendo los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas, que se pueden obtener desde dicho acceso.
Las proposiciones de los licitadores deberán ajustarse a lo previsto en el presente pliego, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de las cláusulas o condiciones previstas en los pliegos, sin salvedad o reserva alguna.
Las proposiciones se deberán presentar en dos sobres cerrados y firmados por el licitador o persona que le represente, con indicación del nombre y apellidos del licitador o razón social de la empresa y su correspondiente NIF, debiendo figurar en los sobres la siguiente identificación:
“PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN LA LICITACIÓN N° 2016/00335, CONVOCADA POR EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE LIBROS CON DESTINO A LA COLECCIÓN PERMANENTE DE LA BIBLIOTECA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL”
Sobre A) DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
Deberá presentarse cerrado y firmado, indicándose en lugar visible la expresión “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA”. Contendrá los documentos que se relacionan seguidamente:
1.- Acreditativa de su personalidad jurídica y, en su caso, de su representación.
2.- Acreditativa de su solvencia económico-financiera en los términos previstos en el artículo 75.1.a) del TRLCSP, fijándose a los referidos efectos como volumen anual de negocios exigible 20.000, 30.000 o 50.000 euros, según se xxxxxx xx xxxx 0, xx 0 x x xxxxx; y solvencia técnica o profesional por los medios establecidos en el artículo 77.1.a) del TRLCSP, fijándose a los presentes efectos en 20.000, 30.000 o 50.000 euros el importe mínimo que deben alcanzar los suministros del mismo tipo al del presente contrato en el año de mayor volumen de suministros, según se licite al lote 1, al 2 o a ambos.
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3.- Prueba de la no concurrencia de una prohibición de contratar, conforme al artículo 73 del TRLCSP, junto con la documentación acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
La aportación de la documentación recogida en los apartados anteriores podrá sustituirse por una declaración responsable del licitador en la que se indique que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración (anexo 1).
La presentación de los documentos relativos a la personalidad jurídica del empresario podrá ser sustituida por la correspondiente certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, acompañado de una declaración responsable formulada por el licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación.
Sobre B) OFERTA ECONÓMICA
Este sobre, que deberá presentarse cerrado y firmado e indicándose en el mismo, en lugar visible, "OFERTA ECONÓMICA", contendrá la proposición económica. La oferta relativa al porcentaje de descuento ofrecido respecto del precio de venta de los libros será redactada conforme al modelo que consta al final de este pliego (Anexo 2). En este sobre se incluirá asimismo la documentación relativa a la acreditación de otras mejoras en las condiciones económicas y ofertas especiales, distintas al precio de los libros y las relativas a los aspectos técnicos del suministro que se configuran como criterio de valoración de las ofertas por la Mesa de Contratación, en los términos que se detallan más adelante, identificando a estos efectos el lote o lotes a que tales condiciones económicas y ofertas especiales y aspectos técnicos se refieran.
El plazo para la presentación de las ofertas será xx xxxx días hábiles contados desde la publicación del anuncio.
La presentación de las ofertas se podrá realizar en el Registro General del Tribunal Constitucional dentro del plazo señalado. Asimismo podrán remitirse por correo, dentro del referido plazo, en la forma determinada en el artículo 80.4 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las
Administraciones Públicas, debiendo justificar el licitador la fecha y hora de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar en el mismo día al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante telegrama, fax al número 00 000 00 00, o correo electrónico a la siguiente dirección: xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx; sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, los diez días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
Una vez transcurrido el indicado plazo, los servicios competentes del Tribunal podrán proceder a la negociación con la empresa o empresas oferentes de los aspectos económicos de las ofertas, así como del grado de adecuación y mejora de los aspectos técnicos enumerados en el pliego de prescripciones técnicas, para la consecución de los términos más ventajosos para el Tribunal Constitucional. En ningún caso podrá ser objeto de negociación la elevación del importe del contrato por encima del presupuesto de licitación.
Ultimado dicho proceso, por la Gerencia se trasladará a la Mesa de Contratación del Tribunal Constitucional las ofertas recibidas y los resultados, en su caso, de la negociación posterior, correspondiendo a la misma la elevación al Órgano de contratación de la pertinente propuesta de adjudicación. Para la formulación de dicha propuesta la Mesa de Contratación se atendrá, como criterios de valoración de las ofertas, a los siguientes:
1. Baja que las mismas representen por aplicación de los porcentajes de descuento ofrecidos respecto del precio de venta de los libros. Este criterio pondera con el 50 por ciento de la puntuación total posible, y la asignación de la puntuación correspondiente al mismo se realizará aplicando la siguiente fórmula:
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Siendo:
Po: puntuación de la oferta de que se valora
Bmáx: la mayor de las bajas ofrecidas, expresada en puntos porcentuales
D: desviación de la baja de la oferta que se valora respecto de la baja máxima
2. Otras mejoras en las condiciones económicas y ofertas especiales, distintas al precio de los libros, en especial los gastos de envío de libros editados fuera de
España. Este criterio pondera con el 10 por ciento de la puntuación total posible.
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3. Aspectos técnicos de las ofertas, tomando en consideración para ello las características de servicio añadido al propio suministro, entendiendo como tales el apoyo para la selección de libros, las condiciones de entrega de los mismos, la definición de procedimientos destinados a la resolución de incidencias y cualquier mejora respecto de los prevenciones contenidas en las prescripciones técnicas. Este criterio pondera con el 40 por ciento de la puntuación total posible, asignándose la puntuación correspondiente al mismo de acuerdo con el siguiente desglose:
a) Apoyo para la selección de libros: hasta 16 puntos.
En este aspecto se tomarán en consideración el envío de catálogos (periódico o a petición; por editoriales, preselección general o a medida), la preselección de títulos de interés para la Biblioteca, la información complementaria para la realización de los pedidos (sumarios de cada obra, sus índices, su bibliografía, etc.) y la entrega de ejemplares a examen (incluida la frecuencia de las entregas de libros a examen).
b) Condiciones de entrega de los libros: hasta 12 puntos.
En este aspecto se tomarán en consideración los plazos de entrega ofrecidos, valorando las mejoras respecto a los plazos máximos previstos en el pliego de prescripciones técnicas.
c) Procedimientos destinados a la resolución e incidencias: hasta 6 puntos.
En este aspecto se tomarán en consideración los plazos de resolución de incidencias, asignando como niveles de servicio para la valoración de este aspecto: resolución de incidencias en menos de 24 horas desde la recepción de la consulta o reclamación; en menos de 48 horas; en menos de 72 horas; en menos de una semana (cinco días hábiles); y plazos de resolución de incidencias superiores.
d) Otras posibles mejoras respecto de las prevenciones contenidas en las prescripciones técnicas: hasta 6 puntos.
Recaída propuesta de adjudicación a la empresa con mejor puntuación, el Órgano de Contratación requerirá a la empresa propuesta, si no se hubiera presentado ya en el sobre A) “Documentación administrativa”, la siguiente documentación:
1.- Acreditativa de su personalidad jurídica y, en su caso, de su representación.
2.- Acreditativa de su solvencia económico-financiera en los términos previstos en el artículo 75.1.a) del TRLCSP, fijándose a los referidos efectos como volumen anual de negocios exigible 20.000, 30.000 o 50.000 euros, según se xxxxxx xx xxxx 0, xx 0 x x xxxxx; y solvencia técnica o profesional por
los medios establecidos en el artículo 77.1.a) del TRLCSP, fijándose a los presentes efectos en 20.000, 30.000 o 50.000 euros el importe mínimo que deben alcanzar los suministros del mismo tipo al del presente contrato en el año de mayor volumen de suministros, según se licite al lote 1, al 2 o a ambos.
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3.- Prueba de la no concurrencia de una prohibición de contratar, conforme al artículo 73 del TRLCSP, junto con la documentación acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
El plazo para la presentación de la referida documentación será xx xxxx días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento.
En este mismo plazo se deberá aportar documentación acreditativa de la constitución de garantía definitiva por importe de 1.600 euros, de resultar adjudicatario únicamente del lote 1, de 2.450 euros de resultar adjudicatario del lote 2, o de 4.050 euros en el supuesto de ser adjudicatario de los dos lotes. La forma de constituir esta garantía, los supuestos de los que responde, la manera de hacerla efectiva, su reposición y devolución se ajustarán a lo previsto en los artículos 95 a 102 del TRLCSP.
De no cumplimentarse adecuadamente la documentación solicitada en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
Una vez aportada dicha documentación, cuya suficiencia deberá ser informada favorablemente por el Letrado de la Mesa de Contratación, se trasladará todo ello al Órgano de contratación que deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
CLÁUSULA IX.- NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN
La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil del contratante, indicando el plazo en que se deba proceder a la formalización del contrato conforme al artículo 156.3 del TRLCSP.
CLÁUSULA X.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El adjudicatario deberá formalizar el contrato no más tarde de quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación. Al documento administrativo de formalización del contrato se unirá un ejemplar xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares y de las prescripciones técnicas.
El documento en que se formalice el contrato será en todo caso administrativo, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento. En este caso, el contratista viene obligado a la entrega de una copia autorizada al órgano de contratación.
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Si por causa imputable al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, se podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que, en su caso, hubiese exigido.
CLÁUSULA XI.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO, RECEPCIÓN Y ABONO
La ejecución del contrato se realizará de conformidad con las previsiones contenidas en el pliego de prescripciones técnicas, resultando exigibles para el contratista las instrucciones del Tribunal Constitucional para la interpretación del contrato, y muy especialmente las instrucciones relativas a las medidas de seguridad que haya que adoptar en la ejecución para preservar los intereses del Tribunal Constitucional en este punto.
Serán por cuenta del adjudicatario todos los gastos necesarios para la ejecución del contrato y cualesquiera impuestos o tasas que puedan gravar la operación que no se encuentren expresamente excluidos en el presente pliego.
El Tribunal Constitucional viene obligado al abono del suministro con arreglo al precio convenido. El abono se realizará en pagos mensuales, previa expedición de las correspondientes facturas conformadas por los servicios competentes del Tribunal, que recogerán los libros suministrados en el periodo a que se refieran. El contratista no tendrá derecho a la percepción de abonos a cuenta por operaciones preparatorias de la ejecución del contrato.
En lo no previsto expresamente en este pliego regirán las previsiones contenidas en el TRLCSP en materia de ejecución, modificaciones, subcontratación, responsabilidad por demora en la ejecución, resolución y prerrogativas del Tribunal Constitucional en lo referente a la interpretación, dirección, modificación y resolución.
En ningún caso será exigible al Tribunal Constitucional la realización de pedidos de libros hasta alcanzar el presupuesto máximo de licitación, toda vez que el suministro se ajustará a las necesidades del Tribunal Constitucional.
CLÁUSULA XII.- PLAZO DE GARANTIA
Por la naturaleza y características del objeto del contrato, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 222 del TRLCSP, no se establece plazo de garantía del suministro prestado, una vez agotado su plazo, sin perjuicio de lo
previsto en el pliego de prescripciones técnicas respecto de los libros entregados con defectos o servidos erróneamente.
CLÁUSULA XIII.- EXTINCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se extinguirá por cumplimiento o por resolución.
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Sin perjuicio de lo establecido en la cláusula anterior respecto al plazo de garantía de los bienes objeto del suministro, el contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya hecho entrega de éstos, de acuerdo con los términos establecidos en este pliego y en el de prescripciones técnicas que lo acompaña y a satisfacción del Tribunal Constitucional.
El contrato se resolverá por las causas determinadas en los artículos 223 y 299 del TRLCSP y tendrá los efectos señalados en los artículos 225 y 300 del mismo.
CLÁUSULA XIV.- PRERROGATIVAS DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
De conformidad y con sujeción a lo dispuesto en el artículo 210 del TRLCSP, el órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, de conformidad y con sujeción a lo dispuesto en el TRLCSP.
ANEXO 1
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MODELO DE DECLARACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS LEGALMENTE PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN
D/Xx DNI nº
En nombre y representación de la empresa Con NIF
DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD:
Que la empresa a la que represento cumple, a la fecha de finalización del plazo de presentación de las proposiciones en el procedimiento negociado para la contratación del suministro de libros destinados a la colección permanente de la Biblioteca del Tribunal Constitucional, las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración.
De conformidad con lo establecido en el artículo 146.4 del TRLCSP, en caso de resultar adjudicatario del contrato acreditaré ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de la documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos previos (apartado 1 del citado artículo) que me fuera solicitada.
En , a de de 2016.
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ANEXO 2
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA*
Xxx/Doña……………………………………………con DNI nº ,
en nombre y representación de la empresa ………………………………, con CIF/NIF …….………. y domicilio fiscal en ……….., calle/plaza
……………………………………..., nº…………, enterado del anuncio publicado para la contratación del suministro de libros destinados a la colección permanente de la Biblioteca del Tribunal Constitucional, acepta incondicionalmente los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas que lo rigen, y se compromete a ejecutar el contrato con estricta sujeción a los requisitos y condiciones contenidos en los mismos, participando en el procedimiento de adjudicación con la siguiente propuesta económica:
Lotes a los se concurre: ……………………………………………………………..
Lote 1:
Descuento ofrecido sobre el precio de venta fijado por el editor: …………………
Lote 2:
Descuento ofrecido sobre el precio de venta fijado por el editor: …………………
Fecha y firma del licitador
* Se presentará en documento aparte lo relativo a otras mejoras en las condiciones económicas y otras ofertas especiales distintas al precio de los libros, al igual que la documentación relativa a los aspectos técnicos del suministro.