UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA
UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA
AUDITORIA INTERNA
Contrataciones de servicios profesionales por concepto de asesoría y cualquier otro servicio jurídico brindado al Tribunal Electoral Universitario (TEUNED), durante los años 2014 y 2015
INFORME ACE-02-2016
2016
CONTENIDO
Página N°
Contrataciones de servicios profesionales por concepto de asesoría y cualquier otro servicio jurídico brindado al Tribunal Electoral Universitario (TEUNED), durante los años 2014 y 2015 1
2.1 Contrataciones realizadas por el TEUNED en el año 2014 al Lic. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx 5
2.1.1 Primera Contratación año 2014 por un monto de ¢2.000.000,00 6
A. De la gestión realizada por el TEUNED en la Primera Contratación 6
B. De la actuación del CONRE respecto a la autorización solicitada por el TEUNED, para pagar la contratación por ¢2.000.000,00. 15
2.1.2 Segunda Contratación año 2014 por un monto de ¢1.600.000,00 22
2.2 Contrataciones realizadas por el TEUNED en el año 2015 al Lic. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx 30
2.2.1 COMPRA DIRECTA 2015CD-000179-999 Servicios Jurídicos por un monto de
2.2.2 COMPRA DIRECTA 2015CD-001296-99999 Servicios Jurídicos por un monto de
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INFORME Nº ACE-02-2016
(Al contestar refiérase a este número)
Contrataciones de servicios profesionales por concepto de asesoría y cualquier otro servicio jurídico brindado al Tribunal Electoral Universitario (TEUNED), durante los años 2014 y 2015.
1. Introducción
1.1 Origen
Hallazgos determinados por esta Auditoria, en la indagatoria preliminar del estudio que culminó con el informe número ACE-01-2016 denominado “Honorarios Cancelados al abogado que asesoró al Tribunal Electoral Universitario”.
Aunado a lo anterior, el Consejo Universitario en acuerdo tomado en sesión N° 2508-2016, Art. V, inciso 2), celebrada el 21 xx xxxxx del 2016, según REF. CU.259-2016, solicita ampliar el alcance del informe supra.
De igual forma, el estudio obedece a la función propia de fiscalización que realiza la Auditoría Interna, en cumplimiento del Plan Anual de Trabajo establecido para el período 2016.
1.2 Objetivo General:
Determinar que las contrataciones de servicios profesionales por concepto de asesorías y cualquier otro servicio jurídico solicitado por el TEUNED en los años 2014 y 2015, cumplan con el bloque de legalidad que rige la materia de contratación administrativa, control interno y leyes conexas.
1.3 Objetivo Específico:
Verificar la cantidad de contrataciones (Girado Directo y Órdenes de Compra), propósito de las mismas y honorarios cancelados por la UNED; al Lic. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, por concepto de servicios profesionales en
asesorías y cualquier otro servicio jurídico solicitado por el TEUNED, en el periodo objeto de examen.
1.4 Alcance del Estudio
Contrataciones de servicios jurídicos por parte del TEUNED, realizadas en los años 2014 y 2015.
El examen se realizó en cumplimiento con las normas, leyes y reglamentos que para tal efecto rige los procedimientos de la Auditoría Interna en el Sector Público.
1.5 Antecedentes:
1.5.1 El TEUNED, dispone su fundamento jurídico, integración y competencia con base en el capítulo V, artículos 52 al 54 del Estatuto Orgánico de la Universidad Estatal a Distancia (UNED), mismo que fue aprobado por la Asamblea Universitaria en sesión 058-2000 del 30 xx xxxx del 2000 y publicado en La Gaceta N° 201 del 20 de octubre del 2000 y sus reformas del 02 de febrero del 2001, publicadas en la Gaceta N° 61 del 27 xx xxxxx del 2001; y la realizada por la Asamblea Universitaria en sesión N° 078- 2008 del 04 de diciembre del 2008; publicada en La Gaceta N° 75 del 20 xx xxxxx del 2009.1
1.5.2 El TEUNED es el órgano superior de la UNED en materia electoral, su objetivo fundamental es regular, supervisar y mantener bajo su jurisdicción la integración de padrones electorales universitarios, resolviendo las discordancias que se susciten en los procesos electorales, siendo de forma absoluta que sus fallos son inapelables.2
1 Estatuto Orgánico, Universidad Estatal a Distancia
2 Artículo 52 del Estatuto Orgánico de la UNED.
3 Reglamento Electoral de la UNED, página 33.
artículo 10 dispone las funciones y atribuciones que son de su competencia.
2. Resultados
2.1 Contrataciones realizadas por el TEUNED en el año 2014 al Lic. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx
En el año dos mil catorce, el TEUNED realizó dos contrataciones de servicios profesionales en asesoría legal; a continuación se indican los antecedentes de ambas contrataciones.
Cuadro N° 1 Universidad Estatal a Distancia
Auditoria Interna
Contrataciones de servicios jurídicos realizadas en el año 2014 Lic. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx
Documento Comprobante Compra | Monto Orden Compra en colones | Fecha Factura | N° Factura | Monto colones | Total según detalle de factura en colones |
Oficio TEUNED-069- 14 del 29-05- 2014 | 2.000.000,00 | 23-06-14 | 0016 | 2.000.000,00 | 2.000.000,00 |
Orden Compra 0042717 0042718 del 27-10-2014 | 1.600.000,00 | 00-00-00 | 0042 | 400.000,00 | |
13-11-14 | 0043 | 600.000,00 | |||
13-01-15 | 0050 | 600.000,00 | 1.600.000,00 | ||
Fuente: Procedimiento N° 8, cédula N° 4, Expediente Archivo Financiero.
Las contrataciones supracitadas se realizaron para atender casos de Apelaciones, Recursos de Revisión, Beligerancia Política; que se estaban presentando en los siguientes procesos electorales:
a. Asamblea Universitaria Representativa por el sector Profesores de Jornada Especial, mismo que se dio del 16-02-14 al 03-03-14.
b. Asamblea Universitaria Plebiscitaria para la elección de Rector (a), comprendido en el periodo del 17-02-14 al 10-11-14, cuando asume el Rector (a) el puesto. (Fuente: Procedimiento N° 10, Entrevista, pregunta N° 1)
2.1.1 Primera Contratación año 2014 por un monto de ¢2.000.000,00
A. De la gestión realizada por el TEUNED en la Primera Contratación
Es tramitada directamente por la presidenta del TEUNED mediante la suscripción de un contrato de consultoría4 que rige desde el 05-05-2014 hasta el 23-06-2014, la Mag. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx realizó el acto administrativo de firmar el contrato en su condición de Presidenta del TEUNED, sin contar ella con la facultad de representación legal de la UNED para ejercer dicho acto; aunado al incumplimiento previo de todos los trámites de compra institucional como son:
Resolución de inicio de Procedimiento de Contratación Administrativa, para la Contratación de Servicios Profesionales
Solicitud para la contratación de Servicios Profesionales
La anterior situación hizo incurrir a la Administración en la omisión de procedimientos administrativos que debía cumplir la Oficina de Contratación y Suministros, ejemplo de ello, como mínimo está la falta de la DECISIÓN INICIAL, y confección de la Orden de Compra.
Para efecto del estudio y a criterio de esta Auditoría, el contrato de cita, establece dentro de las principales cláusulas las siguientes:
PRIMERA: DEL OBJETO (…) servicios de Consultoría, Asesoría y en general atienda todo lo pertinente a temas de Derecho Público, Derecho Constitucional, Derecho Electoral, (…) colabore con el TEUNED en la redacción de resoluciones, consultas y se ocupe de estudiar y dar recomendaciones legales pertinentes en los asuntos que se encuentren en proceso ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.
SEGUNDA: DEL PLAZO: (…) inicia el cinco xx xxxx de dos mil catorce y finaliza el veintitrés xx xxxxx de dos mil catorce, pudiendo extenderse por disposición de ambas partes, (…). (Resaltado es propio)
TERCERA: DE LOS HONORARIOS: El Consultor recibirá (…), por todo el lapso de la consultoría y lo que esta (sic) implique, la suma de dos millones de colones exactos, (…).
Con oficio TEUNED-069-14 de fecha 29-05-2014, la presidenta del TEUNED solicita al Consejo de Rectoría (CONRE) lo siguiente:
(…) se nos permita tramitar y cancelar el pago de los honorarios adeudados hasta el momento, por la figura de contratación irregular, o sea girado directo.
Según instrucciones del Director Financiero (…), debemos dirigirnos a ustedes para que autoricen el pago parcial (…), según factura N° 0008 por un monto de ₡500.000,00. (Resaltado es propio)
El CONRE, en sesión N° 1817-2014 del 02 xx xxxxx del 2014, artículo V, en el apartado de acuerdos, manifiesta:
1. Autorizar por única vez, el pago de ¢2.000.000,00 (dos millones de colones) al Lic. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx (…), una vez cumplido el trabajo, previa presentación de los documentos que respaldan el pago, así como el informe de cumplimiento y satisfacción del servicio brindado, con el visto bueno de la Presidenta del TEUNED.
2. Solicitar a la Vicerrectoría Ejecutiva (…), asignar los recursos correspondientes para el pago.
Con oficio CR.2014.391 del 10 xx xxxxx de 2014, la secretaria del CONRE, comunica el acuerdo tomado por el CONRE a:
1- Máster Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Presidenta del TEUNED
2- Licda. Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Vicerrectora Ejecutiva 3- Lic. Xxxxxxx (sic) Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Director Financiero
4- Licda. Xxxxxx Xxxx Xxxxxx, Jefa a.i. Oficina Tesorería.
Con oficio TEUNED-070-2014 del 30 xx xxxxx de 2014, la Mag. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Presidenta del TEUNED comunica a la Licda. Xxxxxx Xxxx Xxxxxx Jefa
a.i. Oficina de Tesorería que el asesor legal del TEUNED; “(…) cumplió satisfactoriamente con su trabajo como Asesor Jurídico del Tribunal Electoral Universitario durante el presente proceso electoral. (…).
El periodo de consultoría se llevo (sic) a cabo del cinco xx xxxx al veintitrés (sic) de 2014. (…).” (Subrayado es del original)
En línea con lo anterior; con Orden de Emisión N° 1086233 de fecha 30-06- 2014, Nota de Débito N° 3545194 de fecha 03-07-2014, se cancela el RECIBO POR DINERO N° 0016, de fecha 23 xx xxxxx del 2014, cuenta del BCR número 1610004010816874-8 a favor de Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, por la suma de ₡2.000.000.00 por concepto de consultoría jurídica electoral.
Del contrato de xxxxxx, el asesor legal brindó al TEUNED, las asesorías y productos que a continuación se desglosan, según consta en actas del TEUNED y en los archivos de la secretaría de dicho órgano colegiado:
Cuadro N° 2
Anexo N° 2 Universidad Estatal a Distancia
Auditoria Interna
Servicios de Asesoría dados al TEUNED en el año 2014 Del 05-05-2014 al 23-06-2014
N° Papel de Trabajo | Fecha de varios documentos y/o correo electrónico del asesor legal | Asunto | Acción |
1.a | 15-05-2014 Carta del Mag. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx | Consulta sobre el art. 93 del Reglamento Electoral Universitario | Acta 992-2014 de 27 xx xxxx de 2014. Art. IV. Denuncias y consultas recibidas, inciso g) |
1 | 26-05-2014 Correo de Xxxxxx Xxxx. | Beligerancia política | TEUNED 987-2014 del 13-05- 2014 El señor Xxxxxxxxx, realiza un dictamen, tal y como se requirió en la sesión relacionado con el tema de beligerancia política en la |
N° Papel de Trabajo | Fecha de varios documentos y/o correo electrónico del asesor legal | Asunto | Acción |
UNED TEUNED 988-2014 del 19-05- 2014 consultar al asesor legal, cómo proceder con el uso de las redes sociales. TEUNED 989-2014 del 20-05- 2014 se le solicitó indicara a este Tribunal el tipo de información que se debía solicitar para iniciar la investigación respectiva, relacionada con la denuncia presentada por la funcionaria Xxxxx Xxxxxxxx, donde indica que para este caso no es posible darle cabida a dicha denuncia. TEUNED 989-2014 del 20-05- 2014 realiza criterio técnico para proceder en el caso de la participación del señor rector en la reunión del Taller de la Editorial- | |||
2 | 22-05-2014 Denuncia contra Candidato | Denuncia interpuesta por la señora candidata Xxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx en contra del señor Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx | Externa su criterio técnico en cada uno de los puntos de la denuncia |
3 | 27-05-2014 | Boletines enviados | Consulta 1 - Indica que está |
N° Papel de Trabajo | Fecha de varios documentos y/o correo electrónico del asesor legal | Asunto | Acción |
Correo de Xxxxxx Xxxx. | por el señor Xxxxxx Xxxxxxxxx Consulta 1, 2 y 3 | bien la forma en que estamos procediendo en relación con el abandono de las giras organizadas por este Tribunal por parte de uno de los candidatos. Consulta 2 El envío del acta, donde se le pide revise un acuerdo formulado. Consulta 3, donde se le solicita nos indique como proceder con la denuncia de la beligerancia política (Acta 987-2014), de un miembro del Consejo Universitario, la cual ha sido reiterativa. | |
4 | 28-05-2014 Correo de Xxxxx Xxxxx Xxxxxx | Denuncia de la funcionaria Xxxxx Xxxxx. Opinión sobre las elecciones | Solicita se le aclare algunas situaciones antes de emitir el criterio técnico. |
5 | 29-05-2014 Correo de Lic. Xxxxxx Xxxx. | Consulta 4 y 5 | Nos hace llegar criterio técnico de las consultas 4 y 5 por denuncia de la señora candidata Xxxx Xxxxxx Xxxxxx |
6 | 04-06-2014 Carta sin número del Bufete Xxxxxxxxxx | Labores que ha asumido y asumirá en la asesoría | Carta con membrete del bufete donde indica que a la fecha se han sostenido tres reuniones, una de dos horas de duración, otra de tres horas, además de la |
N° Papel de Trabajo | Fecha de varios documentos y/o correo electrónico del asesor legal | Asunto | Acción |
evacuación de consultas telefónicas y que se han contestado por medio del correo electrónico, más xx xxxx consultas y correos electrónicos donde se han evacuado dudas, aclarado temas específicos y orientado al Tribunal, con relación a interpretación de las normas electorales, denuncias varias presentadas y posibles líneas de acción en el actual proceso de elecciones de las UNED, horas dedicadas a la evacuación de consultas | |||
7 | 03 y 06-06- 2014 Correo de Lic. Xxxxxx Xxxx. | Reuniones pendientes | Coordinar reuniones para firma de contrato y asunto de honorarios. |
8 | 11-06-2014 Correo de Lic. Xxxxxx Xxxx. | Contrato, consultoría | Coordina lo siguiente: 1. Firma del contrato 2. Afinar detalles para antes, durante y después de la elección. 3. Da seguimiento a las denuncias que se han planteado y recursos en la Sala Constitucional. 4. Revisar las ideas que ha venido planteando para el proyecto de reforma al reglamento de elecciones internas. |
N° Papel de Trabajo | Fecha de varios documentos y/o correo electrónico del asesor legal | Acción | |
9 | 16-06-2014 Correo de Lic. Xxxxxx Xxxx. | Consulta sobre la beligerancia | Da criterio técnico sobre las acciones a tomar en el caso de la beligerancia política presentada por una de las autoridades (Presidenta del TEUNED) de la institución en el proceso electoral convocado. |
10 | 18-06-2014 Correo de Lic. Xxxxxx Xxxx. | Art. 89 Propaganda el día de las elecciones Cuáles son los límites, con base en los cuales debe interpretarse la normativa vigente, en especial el Artículo 89 del Reglamento de Elecciones, para poder cumplir con lo dispuesto y al mismo tiempo permitir que la elección constituya una fiesta democrática que engalane la Universidad, (…). | A las interrogantes sobre la propaganda el día de las elecciones escrito de dos páginas y media donde resuelve la consulta enviada por el TEUNED y da su criterio con relación a los artículos 89, 95 y 96 |
Fuente: Procedimiento N° 10. Entrevista, pregunta N° 4
El acto administrativo realizado por la Mag. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx de pactar y firmar directamente ella, el CONTRATO DE CONSULTORIA, en representación de la UNED, con el Lic. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx; sin perjuicio de valorar otras normas jurídicas, se estima que como mínimo violenta el Principio de
Legalidad instituido en la Constitución Política, la Ley General de la Administración Pública, Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, así como ciertos instrumentos normativos externos e internos, tales como los siguientes:
Constitución Política de la República xx Xxxxx Rica
Artículo 11.- Los funcionarios públicos son simples depositarios de la autoridad. Están obligados a cumplir los deberes que la ley les impone y no pueden arrogarse facultades no concedidas en ella. (…)
Ley de creación de la Universidad Estatal a Distancia (UNED).
Ley N° 6044 “La Gaceta” N° 50 de 12 xx xxxxx de 1977
(…)
ARTÍCULO 14°: Son funciones del Rector:
(…)
c. Representar judicial y extrajudicialmente a la Universidad; y (…)
Ley General de la Administración Pública Ley N° 6227 de 2 xx xxxx de 1978
Artículo 11-
1. La Administración Pública actuará sometida al ordenamiento jurídico y sólo podrá realizar aquellos actos o prestar aquellos servicios públicos que autorice dicho ordenamiento, según la escala jerárquica de sus fuentes.
(…) Artículo 60-
1. La competencia se limitará por razón del territorio, del tiempo, de la materia y del grado.
2. Se limitará también por la naturaleza de la función que corresponda a un órgano dentro del procedimiento en que participa.
(…)
Artículo 129.- El acto deberá dictarse por el órgano competente y por el servidor regularmente designado al momento de dictarlo, previo cumplimiento de todos los trámites substanciales previstos al efecto y de los requisitos indispensables para el ejercicio de la competencia.
(…)
Artículo 145.-
1. Los efectos del acto administrativo podrán estar sujetos a requisitos de eficacia, fijados por el mismo acto o por el ordenamiento.
2. (…)
3. Cuando el acto requiera autorización de otro órgano la misma deberá ser previa.
Ley de Contratación Administrativa Ley N° 7494
Requisitos previos de los procedimientos de contratación
Sección primera
Artículo 7º-Inicio del procedimiento. El procedimiento de contratación se iniciará con la decisión administrativa de promover el concurso, emitida por el jerarca o titular subordinado competente.
Esta decisión encabezará el expediente que se forme y contendrá una justificación de su procedencia, una descripción y estimación de costo del objeto, así como el cronograma con las tareas y los responsables de su ejecución.
La justificación del inicio del procedimiento de contratación deberá estar acorde con lo establecido en los planes de largo y mediano plazos, el Plan Nacional de Desarrollo, cuando sea aplicable, el plan anual operativo, el presupuesto y el programa de adquisición institucional, según corresponda.
Requisitos
Artículo 8º-Disponibilidad presupuestaria. Para iniciar el procedimiento de contratación administrativa, es necesario contar con recursos presupuestarios suficientes para enfrentar la erogación respectiva. En casos excepcionales y para atender una necesidad muy calificada, a juicio de la Administración y previa autorización de la Contraloría General de la República, podrán iniciarse los procedimientos de contratación administrativa, para lo cual se requiere la seguridad de que oportunamente se dispondrá de la asignación presupuestaria. En estas situaciones, la Administración advertirá, expresamente en el cartel, que la validez de la contratación queda sujeta a la existencia del contenido presupuestario. (…).
Universidad Estatal a Distancia Estatuto Orgánico.
(…)
ARTÍCULO 28: Son funciones del Rector:
(…)
e) Representar judicial y extrajudicialmente a la Universidad, (…)
B. De la actuación del CONRE respecto a la autorización solicitada por el TEUNED, para pagar la contratación por ¢2.000.000,00.
Con oficio TEUNED-069-14 del 29 xx xxxx de 2014, se somete a conocimiento del CONRE la siguiente petitoria:
(…) solicitamos se nos permita tramitar y cancelar el pago de honorarios adeudados hasta el momento, por la figura de contratación irregular, o sea girado directo.
Según instrucciones dadas por el Director Financiero, señor Xxxxxxx (sic) Xxxxxxx, debemos dirigirnos a ustedes para que autoricen el pago parcial al Lic. Xxxxxxxxx Xxxxxx, cuyos servicios ascienden según factura N° 0008 por un monto de
¢500.000,00 (Resaltado es propio)
El CONRE, en sesión N° 1817-2014 celebrada el 02-06-2014, artículo V, puntualiza:
Se recibe oficio TEUNED-069-14 con fecha 29 xx xxxx de 2014, (…), solicita autorización para tramitar el pago adelantado por honorarios al Lic. Xxxxxx Xxxxxxxxx (…), según factura N° 0008 por un monto de ¢500.000,00; (…), el monto total de la contratación es de ¢2.000.000,00 (dos millones de colones)
CONSIDERANDO QUE:
1. El TEUNED, incumplió los procesos de compra de la Universidad, (…).
2. La cancelación de servicios debe hacerse de forma total una vez concluido el trabajo, por lo que los pagos parciales constituyen una contratación irregular.
3. El TEUNED no dispone de recursos para este tipo de contrataciones.
SE ACUERDA:
1. Autorizar por única vez, el pago de ¢2.000.000,00 (dos millones de colones) (…) una vez cumplido el trabajo, previa presentación de los documentos que respaldan el pago, así como el informe de cumplimiento y satisfacción del servicio brindado, con el visto bueno de la Presidenta del TEUNED.
2. Solicitar a la Vicerrectoría Ejecutiva en conjunto con la Dirección Financiera, asignar los recursos correspondientes para el pago.
El 10 xx xxxxx de 2014, con oficio CR.2014.391, la señora Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx secretaria del Consejo Rectoría, remite el acuerdo anterior a:
1- Mag. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Presidenta TEUNED
2- Licda. Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Vicerrectora Ejecutiva 3- Lic. Xxxxxxx (sic) Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Director Financiero
4- Licda. Xxxxxx Xxxx Xxxxxx, Jefa a.i. Oficina Tesorería.”
Con fecha 00 xx xxxxx 0000, el Lic. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx presenta para trámite de pago el “RECIBO POR DINERO N° 0016 por la suma de
¢2.000.000,00 por concepto de: Consultoría Jurídica-Electoral”.
Adicionalmente; el 00 xx xxxxx 0000, con oficio T2014-0294 la Licda. Xxxxxx Xxxx Xxxxxx Jefe Oficina de Tesorería y el Lic. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Jefe Oficina Control de Presupuesto, comunican al CONSEJO DE RECTORÍA; lo siguiente:
Hemos recibido para trámite de pago el acuerdo del Consejo de Rectoría CR.2014-391, mediante el cual, dicho órgano, acuerda el pago a pesar de que no se cumplieron los debidos procesos de contratación de la siguiente persona:
1. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx
Por lo que se ha procedido a poner en trámite de pago la facturación presentada, según este acuerdo, cubriendo con este acto, la salvaguarda de nuestra responsabilidad, según lo establece el artículo 109, inciso 1 y 2 de la Ley General de la Administración Pública.
El 30 xx xxxxx de 2014 con oficio TEUNED-070-14, en atención a la autorización brindada por el CONRE, la Mag. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Presidenta TEUNED, comunica a la Licda. Xxxxxx Xxxx Xxxxxx Jefa a.i. Oficina de Tesorería lo siguiente: “(…) hago constar que el Licenciado (…) cumplió satisfactoriamente con su trabajo como Asesor jurídico del Tribunal Electoral Universitario durante el presente proceso electoral.” (Resaltado es propio. Subrayado es del original)
El 30-06-2014 la Oficina de Tesorería formula la Orden de Emisión N° 1086233 con fundamento en los documentos supra citados, para cancelar el RECIBO POR DINERO N° 0016 por ¢2.000.000,00.
Los documentos antes indicados, evidencian de forma indubitable que el CONRE, previo a que autorizara la solicitud del TEUNED para cancelar la factura (Recibo por Dinero N° 0016 por ¢2.000.000,00); fue conocedor de que el contrato de servicios profesionales con el Lic. Xxxxxx Xxxxxxxxx tramitado por el TEUNED, se generó al margen de la actividad de contratación administrativa tutelada por las normas y principios del ordenamiento jurídico administrativo5, así como al incumpliendo de los procesos de compra institucionales (CONRE sesión N° 1817-2014 celebrada el 02-06-2014, artículo V).
Asimismo, el CONRE hizo caso omiso al oficio T2014-0294 del 00 xx xxxxx 0000 con el cual de forma responsable, los funcionarios Licda. Xxxxxx Xxxx Xxxxxx Jefe Oficina de Tesorería y el Lic. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Jefe Oficina Control de Presupuesto, comunican al CONSEJO DE RECTORÍA, lo siguiente:
Hemos recibido para trámite de pago el acuerdo de Consejo de Rectoría CR.2014-391, mediante el cual, dicho órgano acuerda el pago a pesar de que no se cumplieron los debidos procesos de contratación de la siguiente persona:
1- Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx.
Po lo que se ha procedido a poner en trámite de pago la facturación presentada, según este acuerdo, cubriendo con este acto, la salvaguarda de nuestra responsabilidad, según lo establece el artículo 1096, inciso 1 y 2 de la Ley General de la Administración Pública. (…)
Desde la óptica del Sistema de Control Interno (SCI); la actuación del CONRE al autorizar el trámite de pago y cancelar la deuda por los servicios en asesoría jurídica contratados de forma irregular por el TEUNED según oficio TEUNED-069-14 del 29 xx xxxx de 2014, y Acta N° 1817-2014 del 02 xx xxxxx de 2014; hace que el CONRE sea responsable solidario con el TEUNED en el uso
6 Ley N° 6227 Ley General de la Administración Pública.
indebido de los recursos públicos, en aplicar la figura de contratación irregular, y en el pago de ¢2.000.000,00 por girado directo.
De lo anterior se colige que el CONRE fue omiso en tomar acciones tendientes a corregir el irregular trámite de contratación, y eventualmente prescindió realizar el debido proceso administrativo para acreditar posibles responsabilidades a los miembros del TEUNED por la contratación irregular del Lic. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx. Dicha acción del CONRE deviene como mínimo en el incumplimiento de las siguientes normas jurídicas:
Ley No. 6227 de 2 xx xxxx de 1978 Ley General de la Administración Pública
De la Competencia Origen, Límites y Naturaleza
Artículo 59-
1. La competencia será regulada por ley siempre que contenga la atribución de potestades xx xxxxxxx.
2. (…)
3. Las relaciones entre órganos podrán ser reguladas mediante reglamento autónomo, que estará también subordinado a cualquier ley futura.
Artículo 60-
1. La competencia se limitará por razón del territorio, del tiempo, de la materia y del grado.
2. Se limitará también por la naturaleza de la función que corresponda a un órgano dentro del procedimiento en que participa.
(…)
Artículo 64- Las competencia por razón del grado y los poderes correspondientes dependerán de la posición del órgano en la línea jerárquica.
(…)
Artículo 67-
1. La incompetencia será declarable de oficio en cualquier momento por el órgano que dictó el acto, por el superior jerárquico o, a instancia de parte, por la autoridad de contralor.
2. El órgano que en definitiva resulte competente continuará el procedimiento y mantendrá todo lo actuado, salvo que ello no sea jurídicamente posible. (Resaltado es propio)
(…)
SECCIÓN PRIMERA
De la Responsabilidad del Servidor ante Terceros
Artículo 199.-
1. Será responsable personalmente ante terceros el servidor público que haya actuado con dolo o culpa grave en el desempeño de sus deberes o con ocasión del mismo, aunque sólo haya utilizado los medios y oportunidades que le ofrece el cargo.
2. Estará comprendido en tales casos el funcionario que emitiere actos manifiestamente ilegales, y el que los obedeciere de conformidad con esta ley. (Resaltado es nuestro)
(…)
SECCIÓN SEGUNDA
De la Distribución Interna de Responsabilidades
Artículo 203.-
1. La Administración deberá recobrar plenariamente lo pagado por ella para reparar los daños causados a un tercero por dolo o culpa grave de su servidor, tomando en cuenta la participación de ella en la producción del daño, si la hubiere.
2. La recuperación deberá incluir también los daños y perjuicios causados a la Administración por la erogación respectiva.
Ley N° 8292
Ley General de Control Interno
Artículo 10.-Responsabilidad por el sistema de control interno.
Serán responsabilidad del jerarca y del titular subordinado establecer, mantener, (…). Asimismo, será responsabilidad de la administración activa realizar las acciones necesarias para garantizar su efectivo funcionamiento.
(…)
Artículo 12.-Deberes del jerarca y de los titulares subordinados en el sistema de control interno.
En materia de control interno, al jerarca y los titulares subordinados les corresponderá cumplir, entre otros, los siguientes deberes:
(…)
b) Tomar de inmediato las medidas correctivas, ante cualquier evidencia de desviaciones o irregularidades.
Normas de Control Interno para el Sector Público N-2-2009-CO-DFOE
(…)
1.4 Responsabilidad del jerarca y los titulares subordinados sobre el SCI
La responsabilidad por el establecimiento, mantenimiento, funcionamiento, (…) del SCI es inherente al jerarca y a los titulares subordinados, en el ámbito de sus competencias.
En el cumplimiento de esa responsabilidad las autoridades citadas deben dar especial énfasis a áreas consideradas relevantes con base en criterios tales como su materialidad, (…), incluyendo lo relativo a la desconcentración de competencias y la contratación de servicios de apoyo. Como parte de ello, deben contemplar, entre otros asuntos, los siguientes:
(…)
d. La vigilancia del cumplimiento, la validez y la suficiencia de todos los controles que integran el SCI.
(…)
1.5 Responsabilidad de los funcionarios sobre el SCI.
De conformidad con las responsabilidades que competen a cada puesto de trabajo, los funcionarios de la institución deben, de manera oportuna, efectiva y con observancia a las regulaciones aplicables, realizar las acciones pertinentes y atender los requerimientos para el debido (…), operación (…) de los distintos componentes funcionales del SCI.
(…)
4.6 Cumplimiento del ordenamiento jurídico y técnico
El jerarca y los titulares subordinados, según sus competencias, deben establecer las actividades de control que permitan obtener una seguridad razonable de que la actuación de la institución es conforme con las disposiciones jurídicas y técnicas vigentes. Las actividades de control respectivas deben actuar como motivadoras del cumplimiento, prevenir la ocurrencia de eventuales desviaciones, y en caso de que éstas ocurran, emprender las medidas correspondientes. Lo anterior, tomando en cuenta, fundamentalmente, el bloque de legalidad, la naturaleza de sus operaciones y los riesgos relevantes a los cuales puedan verse expuestas, así como los requisitos indicados en la norma 4.2
2.1.2 Segunda Contratación año 2014 por un monto de ¢1.600.000,00
El 12 de setiembre del 2014, el TEUNED con Resolución de inicio de Procedimiento de Contratación Administrativa, para la contratación de servicios profesionales N° 001-2014 y Solicitud de Contratación de Servicios Profesionales N° 2148, solicita a la Oficina de Contratación y Suministros iniciar el trámite para:
(…) La contratación de un asesor legal que contribuya con el TEUNED en la resolución de Recursos xx Xxxxxx,
Inconstitucionalidad, de Reposición y Reconsideración. Así como la modificación del Reglamento Electoral Universitario. El trabajo se prolongará del 01/09/2014 al 01/01/2015. (…). (Resaltado es propio)
El 18 de setiembre del 2014, la Oficina de Contratación y Suministros procede con la DECISION INICIAL 1518-2014, Contratación Directa N° 2014 CD-001510-99999, “CONTRATACIÓN DE UN ABOGADO”. El monto de la
contratación se estima en la suma de ₡1.600.000,00, en el POR TANTO se indica: “Esta oficina dispone iniciar los trámites utilizando la modalidad de Contratación Directa, de conformidad con lo establecido en el artículo 133 del Reglamento General de Contratación Administrativa, dado que se cumple con todos los requisitos xx xxx.”
El 27-10-2014 la oficina de Contratación y Suministros, emite las
ORDENES DE COMPRA N° 0042717 y 0042718; en donde la Descripción indica:
Consultoría de Abogado CONTRATACIÓN DE UN ABOGADO
ASESORÍA Y CONSULTORÍA JURÍDICA MENSUAL EN TEMAS DE DERECHO ELECTORAL, CONSTITUCIONAL, PÚBLICO Y ADMINISTRATIVO, REVISIÓN Y SEGUIMIENTO DE CAUSAS EN LA SALA CONSTITUCIONAL, REDACCIÓN DE BORRADORES PROYECTOS DE REGLAMENTO Y RESOLUCIONES, MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO ELECTORAL DE LA UNED Y RESOLUCIONES DE RECURSOS XX XXXXXX Y OTROS.
PERIODO DEL 01-11-2014 al 01-03-2015 (4 MESES)
LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES NO CONTEMPLA JORNADA LABORAL.
EL PAGO SE REALIZARA POR EL CUMPLIMIENTO DE OBJETIVOS MENSUALES SOLICITADOS POR EL TEUNED, CON EL V°B° (SIC) DE LA PRESIDENTA DEL ORGANO COLEGIADO.
(…)
EL PAGO SE REALIZARA EN FORMA MENSUAL POR UN MONTO DE 400.000, Y CON EL VISTO BUENO Y A
SATISFACCIÓN DEL RESPONSABLE DE LA CONTRATACIÓN REALIZADA POR EL TRIBUNAL ELECTORAL UNIVERSITARIO.
(Resaltado es propio)
Es de mérito señalar la contradicción de fechas indicadas en los documentos (Resolución de Inicio de Procedimiento de Contratación Administrativa, para la Contratación de Servicios Profesionales N° 001-2014 y la Solicitud para la Contratación de Servicios Profesionales N° 2148, Del 01-09-2014 al 01-01-2015 4 meses) emitidos por el TEUNED; con las fechas indicadas en las órdenes de compra N°s 0042717 y 0042718 (Del 01-11-2014 al 01-03-2015), emitidas por la Oficina de Contratación y Suministros. En ambos casos, las fechas se refieren al periodo en que el abogado debía prestar los servicios de asesoría al TEUNED.
De la evaluación practicada por esta Auditoría a los documentos aportados por la expresidenta y exsecretaria del TEUNED al momento que se les aplicó la entrevista; se evidencia que el Lic. Xxxxxx Xxxxxxxxx proporciona los servicios de asesoría jurídica al TEUNED, desde el 03-09-2014 (Anexo N° 3), sin embargo, el TEUNED inicia los trámites de contratación el 12-09-2014 (Resolución de inicio de procedimiento N° 001-2014 y Solicitud para la contratación de servicios profesionales N° 2148), en contraposición con las fechas indicadas en las órdenes de compra N°s 0042717 y 0042718.
De forma sucinta se deriva que el TEUNED, antes de iniciar y formalizar los trámites de contratación, ya estaba utilizando los servicios de asesoría jurídica del Lic. Xxxxxxxxx.
A continuación se detallan los antecedentes de las asesorías y productos que el asesor legal brindó al TEUNED, según consta en actas del TEUNED y en los archivos de la secretaría de dicho órgano colegiado:
Cuadro N° 3
Anexo N° 3 Universidad Estatal a Distancia
Auditoria Interna
Servicios de Asesoría recibidos por el TEUNED Del 01-09-2014 al 01-01-2015
N° Papel de Trabajo | Fecha de varios documentos y/o correo electrónico del asesor legal | Asunto | Acción |
11 | 03-09-2014 Correo de Lic. Xxxxxx Xxxx. | Destitución de la representante estudiantil ante el C.U. | El señor Xxxxxxxxx externa que la autonomía universitaria no se ha irrespetado, que se dio el debido proceso y que no se presentó ninguna solicitud de rectificación de revisión de la parte involucrada |
11.1 | 19-09-2014 Fecha sesión extraordinaria TEUNED | Visita al asesor jurídico del TEUNED. | Acta 1017-2014, art. II Visita al Lic. Xxxxxx. 1. Ver informe de la Sala Constitucional Exp. 14- 012997-0007-CO, recurso xx Xxxxxx presidenta de la FEUNED. 2. Se analizó la resolución #2014015263 del 17-09-14 3. Considerandos y acuerdos para redactar documento de respuesta a la comunidad universitaria, sobre el tema central de la Presidenta de la FEUNED, y de la resolución de la Sala Constitucional. |
12 | 23-09-2014 | Sobre comunicado del sindicato | El señor Xxxxxxxxx externa en este correo cual debería ser el papel que debería jugar el sindicato en estos asuntos. |
N° Papel de Trabajo | Fecha de varios documentos y/o correo electrónico del asesor legal | Asunto | Acción |
13 | 25 y 26 -09- 2014 Correo de Xxxxxx Xxxx. | Xxxxx señor Xxxxxx | Ese mismo día da su respuesta donde indica que contesta sobre el fondo que interesa y que posteriormente más extensamente, de ser necesario profundizará sobre el tema. (En el documento se indica con xxxxxxxx y escrito a mano que: “Lo de cursiva es de xxx Xxxxxx.” |
14 | 17-10-2014 Correo de Xxxxxx Xxxx. | Solicitud respetuosa. Visita de los miembros de este Tribunal al Consejo Universitario en compañía del asesor legal | Tal y como consta en el acta extraordinaria No. 2370-2014 del Consejo Universitario del 26 de setiembre, 2014 |
15 | 20 y 21-10-2014 Correo de Xxxxxx Xxxx. | Carta a funcionarios | Revisión y corrección de la Respuesta del TEUNED a la comunidad universitaria. |
16 | 28-10-2014 Correo de Lic. Xxxxxx Xxxx. | Posición de este Tribunal sobre la denuncia presentada por el señor Xxxxxx Xxxxx. | Revisión de acuerdo, tal y como consta en la respuesta dada por el Lic. Xxxxxxxxx el 28 de octubre de 2014. Sesión ordinaria -1026-2014, artículo III. Análisis Técnico jurídico por parte del asesor legal sobre la publicación de la carta del señor Xxxxxx Xxxxx a la comunidad universitaria. |
16.1 | 28-10-2014 | Acuerdo Acta 1027 | Artículo II Asunto sobre acuerdo del TEUNED 1026- 2014 relacionado con el caso |
N° Papel de Trabajo | Fecha de varios documentos y/o correo electrónico del asesor legal | Asunto | Acción |
A las 10:15 am | de Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx. Da respuesta a la consulta planteada por el TEUNED. Sobre acuerdo del TEUNED 1026-2014 relacionado con el caso de Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx. | ||
17 | 29 -10-2014 Correo de Lic. Xxxxxx Xxxx. | Apuntes para nota al CU | Redacción de consideraciones para la nota al CU. |
18 | 21-11-2014 A las 7:04 horas | Comunicado ya revisado | Resolución N° 2014015263 Lo resaltado con negrita y lo indicado con mayúscula es la asesoría que da el Lic. Xxxxxx. |
19 | 21-11-2014 Correo de Lic. Xxxxxx Xxxx. A la 01:05pm | Comunicado diciembre revisado | Asesoría legal para dar respuesta ha dicho comunicado. Respuesta al comunicado enviado a la comunidad universitaria de título “El TEUNED se equivoca con la interpretación de la resolución de la Sala IV.” |
Fuente: Procedimiento N° 10. Entrevista, pregunta N° 4
Lo antes indicado evidencia que el TEUNED utilizó en forma anticipada al cumplimiento de los trámites de contratación administrativa, los servicios profesionales del Lic. Xxxxxx Xxxxxxxxx desde el 03-09-2014 (Segunda Contratación), incumpliendo con los elementos imperativos impuestos en instrumentos normativos como son las Órdenes de compra emitidas por el órgano competente que es la Oficina de Contratación y Suministros.
Adicionalmente, los pagos no se realizaron en forma mensual a razón de
¢400.000,00 por mes, tal como se indica en las Órdenes de Compra N° 0042717 y 718; en el mes de noviembre se pagó la suma de un millón de colones
(¢1.000.000,00) lo que representa el 62.5%, y en el mes de enero se le canceló la suma de seiscientos mil colones (¢600.000,00) que representa el 37.50%.
La cancelación de noviembre se efectuó mediante transferencia realizada por la Oficina de Tesorería, según las ordenes de emisión números:
1. N° 1090435 de fecha 07-11-2014 por un monto de ¢400.000,00, débito N° 3933390.
2. N° 1090813 de fecha 19-11-2014 por un monto de ¢600.000,00; débito N° 3970423.
3. N° 1091574 de fecha 14-01-2015 por un monto de ¢600.000,00, débito N° 4136161.
Asimismo, los servicios brindados entre las fecha del 03-09-14 al 29-10-14 quedan fuera de la vigencia de las Órdenes de Compra N°s 0042717 y 0042718.
Dicha situación contraviene como mínimo con los siguientes preceptos legales:
Ley N°. 6227 de 2 xx xxxx de 1978 Ley General de la Administración Pública
Artículo 145.-
1. Los efectos del acto administrativo podrán estar sujetos a requisitos de eficacia, fijados por el mismo acto o por el ordenamiento.
(…)
3. Cuando el acto requiera autorización de otro órgano la misma deberá ser previa.
4. Cuando el acto requiera aprobación de otro órgano, mientras ésta no se haya dado, aquél no será eficaz, ni podrá comunicarse, impugnarse, ni ejecutarse.
Ley N° 7494
Ley de Contratación Administrativa Requisitos previos de los procedimientos de contratación
(…)
Derechos de la Administración
Artículo 10º-Sumisión a la normativa administrativa. En cualquier procedimiento de contratación administrativa, el oferente queda plenamente sometido al ordenamiento jurídico costarricense, en especial a los postulados de esta Ley, su Reglamento Ejecutivo, el reglamento institucional correspondiente, el cartel del respectivo procedimiento y, en general, a cualquier otra regulación administrativa relacionada con el procedimiento de contratación de que se trate.
(…)
Artículo 32º-Validez, perfeccionamiento, formalización e inicio del contrato. Será válido el contrato administrativo sustancialmente conforme al ordenamiento jurídico.
El acto firme de adjudicación y la constitución de la garantía de cumplimiento, cuando sea exigida perfeccionará la relación contractual entre la Administración y el contratista.
(…)
Los demás contratos administrativos se formalizarán en simple documento; a no ser que ello no sea imprescindible para el correcto entendimiento de los alcances de los derechos y las obligaciones contraídos por las partes, según se determinará reglamentariamente.
(…).
La Administración deberá girar la orden de inicio, dentro del plazo fijado en el cartel y, a falta de estipulación especial, lo hará dentro de los quince días hábiles contados a partir de la notificación del refrendo o de la aprobación interna, según corresponda, salvo resolución motivada en la cual se resuelva extender el plazo por razones calificadas, resolución que deberá emitirse dentro del plazo inicial previsto. (Resaltado es propio)
Normas de Control Interno para el Xxxxxx Xxxxxxx X-0-0000- XX-XXXX
2.5.2 Autorización y aprobación
La ejecución de los procesos, operaciones y transacciones institucionales debe contar con la autorización y la aprobación respectivas de parte de los funcionarios con potestad para concederlas, que sean necesarias a la luz de (…), los requerimientos normativos y las disposiciones institucionales.
2.2 Contrataciones realizadas por el TEUNED en el año 2015 al Lic. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx.
En el año dos mil quince, el TEUNED tramitó dos contrataciones de servicios profesionales en asesoría legal; a continuación se indican los antecedentes de trámite y pago de ambas contrataciones.
Cuadro N° 4 Universidad Estatal a Distancia
Auditoria Interna
Contrataciones de servicios jurídicos realizadas en el año 2015 Lic. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx
Documento Comprobante Compra | Monto Orden Compra en colones | Fecha Factura | N° Factura | Monto colones | Total según detalle de factura en colones |
Orden Compra 0043702 0043703 | 2.400.000,00 | 00-00-00 | 0057 | 600.000,00 | |
06-04-15 | 0065 | 600.000,00 | |||
13-05-15 | 0070 | 600.000,00 | |||
01-06-15 | 0073 | 600.000,00 | 2.400.000,00 | ||
Orden Compra 046795 046796 | 3.600.000,00 | 00-00-00 | 0093 | 0.000.000,00 | |
23-11-15 | 0095 | 1.800.000,00 | 3.600.000,00 |
Fuente: Procedimiento N° 8, cédula N° 4, Expediente Archivo Financiero
2.2.1 COMPRA DIRECTA 2015CD-000179-999 Servicios Jurídicos por un monto de ¢2.400.000,00
El 17 de febrero del 2015, el TEUNED con Resolución de inicio de Procedimiento de Contratación Administrativa, para la contratación de servicios profesionales N° 001-2015 y Solicitud de Bienes y Servicios N° 224, solicita a la Oficina de Contratación y Suministros iniciar el trámite para: “La contratación de un asesor legal que asesore al TEUNED en la resolución de recursos de reconsideración, apelación y otros que se presenten durante el presente proceso electoral 01-03-2015 al 01-07-2015.”
La Solicitud de Bienes y Servicios N° 224, en el apartado de
“Descripción” indica:
Servicios Profesionales a nombre de:
Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx. (…)
Para la asesoría jurídica, continuar con las modificaciones del Reglamento Electoral de la UNED y resoluciones de recursos de revocatoria, apelación, amparo de inconstitucionalidad y otros que puedan presentarse durante el proceso electoral para la elección de miembros del Consejo Universitario.
El pago se realizará de forma mensual por un monto de
¢600.000,00
Periodo del 01-03-2015 al 01-07-2015 (Resaltado es propio)
El 23 de febrero del 2015, la Oficina de Contratación y Suministros procede con la DECISION INICIAL 190-2015, Contratación Directa N° 2015CD-000179- 99999. “SERVICIOS JURÍDICOS”.
En el CONSIDERANDO, la contratación se estima en la suma de
₡2.400.000,00
El POR TANTO indica: “Esta oficina dispone iniciar los trámites utilizando la modalidad de Contratación Directa, de conformidad con lo establecido en el artículo 133 del Reglamento General de Contratación Administrativa, dado que se cumple con todos los requisitos xx xxx.”
El 26-02-2015 la oficina de Contratación y Suministros, emite las ORDENES DE COMPRA N° 0043702 y 0043703; donde en el apartado de Descripción indica:
ASESORÍA Y CONSULTORÍA JURÍDICA EN TEMAS DE DERECHO ELECTORAL, CONSTITUCIONAL, PÚBLICO Y ADMINISTRATIVO, REVISIÓN Y SEGUIMIENTO DE CAUSAS EN LA SALA CONSTITUCIONAL Y TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, CONTINUAR CON LAS MODIFICACIONES DEL REGLAMENTO ELECTORAL DE LA UNED, RESOLUCIONES DE RECURSOS DE REVOCATORIA, APELACION, AMPARO DE INCONSTITUCIONALIDAD Y OTROS QUE PUEDAN PRESENTARSE DURANTE EL PROCESO ELECTORAL PARA LA ELECCION DE MIEMBROS DEL CONSEJO UNIVERSITARIO.
LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES NO COMTEPLA JORNADA LABORAL. EL PAGO SE REALIZARA POR CUMPLIMIENTO DE OBJETIVOS MENSUALES SOLCITADOS POR EL TEUNED. (…)
PERIODO DE CONTRATACIÓN DEL 01-03-2015 AL 01-07-
2015. (Resaltado es propio)
De la contratación antes indicada, a continuación se detallan los antecedentes que respaldan las asesorías y productos que el asesor legal brindó al TEUNED; mismos que constan en actas del TEUNED y en los archivos de la secretaría de dicho órgano colegiado.
Cuadro N° 5
Anexo N° 4 Universidad Estatal a Distancia
Auditoria Interna
Servicios de Asesoría recibidos por el TEUNED Solicitud de Bienes y Servicios N° 224
Orden Compra # 0043702-03 indica del 01-03-15 al 01-07-2015
Fecha | Asunto |
10-02-15 Correo de Lic. Xxxxxx Xxxx. | Solicitud de medidas cautelas contra el Consejo Universitario de la UNED. |
17-02-15 | Recurso de Revocatoria. Expediente N° 15-001482-1027-CA |
19-02-15 Correo de Lic. Xxxxxx Xxxx. | Manual de procedimientos para inscripción de candidaturas a miembros internos del Consejo Universitario, período 2015- 2020 |
25-02-15 | Acuerdo de sesión extraordinaria Acta 1043-2015 en relación |
Correo de Lic. Xxxxxx Xxxx. | al art. 92. Participación de exconcejales, aplicación del Principio Pro homine y del principio Pro libertate. |
20-04-15 Correo de Lic. Xxxxxx Xxxx. | Criterio jurídico y de oportunidad. Reglamentos con que cuenta el TEUNED. |
04-05-15 Correo de Lic. Xxxxxx Xxxx. | Recurso de reconsideración TEUNED. |
Fuente: Correos electrónicos suministrados por la Mag. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx.
La Resolución de inicio de Procedimiento de Contratación Administrativa para la contratación de servicios profesionales N° 001-2015 y Solicitud de Bienes y Servicios N° 224 emitida por el TEUNED, coinciden con las ORDENES DE COMPRA N° 0043702 y 0043703 emitidas por la oficina de Contratación y Suministros el 26-02-2015, en lo que respecta al periodo en el cual el Lic. Xxxxxx Xxxxxxxxx debía dar los servicios de asesoría al TEUNED.
No obstante lo antes indicado, los documentos que la Mag. Xxxxxx Xxxxx, aportó como antecedentes de respaldo de los servicios jurídicos que recibió el TEUNED; evidencia que dicho órgano colegiado, de forma reiterada y al margen de la ley, utilizó (Del 10 al 25-02-2015) de forma anticipada y fuera de las fechas indicadas (Del 01-03 al 01-07-2015), los servicios de asesoría jurídica del Lic. Xxxxxxxxx, incumpliendo con la formalización de los trámites internos de contratación (Órdenes de Compra N°s. 0043702 y 703), que determinan el periodo de contratación de los servicios en asesoría jurídica.
En otro orden de cosas; de la revisión practicada por esta auditoría a los expedientes que se encuentran en el Archivo Financiero, como respaldo de los pagos efectuados por la UNED a los servicios y/o productos que dio el Lic. Xxxxxxxxx al TEUNED; no es factible identificar que los Recibos por Dinero cancelados se puedan cotejar con el servicio y/o producto recibido por el TEUNED; sin embargo en el reverso de los Recibos por Xxxxxx se encuentra el nombre, cargo, firma, número de cédula de la ex presidenta del TEUNED, y en la descripción que se hace en la sección denominada “Por concepto de:”; es la información que en el siguiente cuadro se detalla:
Cuadro N° 6 Universidad Estatal a Distancia
Auditoria Interna Órdenes de Compra # 0043702-03
Del 01-03-15 al 01-07-2015
Detalle de pagos por los servicios y/o productos recibidos por el TEUNED
Recibo por Dinero N° | Fecha de la Factura | Monto en colones de la Factura | Por concepto de: |
0057 | 03-03-2015 | 600.000,00 | Asesoría y consultoría jurídica TEUNED |
0065 | 06-04-2015 | 600.000,00 | Asesoría y consultoría jurídica TEUNED |
0070 | 13-05-2015 | 600.000,00 | Asesoría [ilegible] jurídicos TEUNED seguimiento juicios- ilegible. |
0073 | 01-06-2015 | 600.000,00 | Asesoría Jurídica TEUNED |
Fuente: Archivo Financiero, expedientes del proveedor Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx. Procedimiento N° 7
Las cancelaciones de los servicios antes indicados, correspondientes a las Órdenes de Compras números 0043702 y 0043703 fechadas 26-02-2015, se efectuaron mediante transferencias realizadas por la Oficina de Tesorería, según las órdenes de emisión números:
1. N° 1093089 de fecha 04-03-2015 por un monto de ¢600.000,00, nota débito N° 4273149 del 17-03-2015
2. N° 1093896 de fecha 08-04-2015 por un monto de ¢600.000,00; nota débito N° 4382372 del 28-04-2015
3. N° 1095061 de fecha 20-05-2015 por un monto de ¢600.000,00, nota débito N° 4496325 del 09-06-2015
4. N° 1095713 de fecha 10-06-2015 por un monto de ¢600.000,00, nota débito N° 4560996 del 30-06-2015
El uso anticipado de los servicios en asesoría jurídica por parte del TEUNED, como mínimo contraviene la siguiente normativa:
Constitución Política de la República xx Xxxxx Rica
Artículo 11.- Los funcionarios públicos son simples depositarios de la autoridad. Están obligados a cumplir los deberes que la ley les impone y no pueden arrogarse facultades no concedidas en ella. (…)
Ley General de la Administración Pública Ley N° 6227 de 2 xx xxxx de 1978
Artículo 11-
1. La Administración Pública actuará sometida al ordenamiento jurídico y sólo podrá realizar aquellos actos o prestar aquellos servicios públicos que autorice dicho ordenamiento, según la escala jerárquica de sus fuentes.
(…)
Artículo 145.-
1. Los efectos del acto administrativo podrán estar sujetos a requisitos de eficacia, fijados por el mismo acto o por el ordenamiento.
2. (…)
3. Cuando el acto requiera autorización de otro órgano la misma deberá ser previa.
CAPÍTULO TERCERO
De los Elementos y de la Validez
Artículo 128.- Será válido el acto administrativo que se conforme substancialmente con el ordenamiento jurídico, incluso en cuanto al móvil del funcionario que lo dicta.
Artículo 129.- El acto deberá dictarse por el órgano competente y por el servidor regularmente designado al momento de dictarlo, previo cumplimiento de todos los trámites substanciales previstos al efecto y de los requisitos indispensables para el ejercicio de la competencia.
De la Eficacia en General
Artículo 145.-
1. Los efectos del acto administrativo podrán estar sujetos a requisitos de eficacia, fijados por el mismo acto o por el ordenamiento.
2. (…).
3. Cuando el acto requiera autorización de otro órgano la misma deberá ser previa.
4. Cuando el acto requiera aprobación de otro órgano, mientras ésta no se haya dado, aquél no será eficaz, ni podrá comunicarse, impugnarse, ni ejecutarse.
Ley General De Control Interno Ley N° 8292
ARTÍCULO 10.- Responsabilidad por el sistema de control interno
Serán responsabilidad del jerarca y del titular subordinado establecer, mantener, perfeccionar y evaluar el sistema de control interno institucional. Asimismo, será responsabilidad de la administración activa realizar las acciones necesarias para garantizar su efectivo funcionamiento.
Normas de control interno para el Sector Público (N-2-2009-CO-DFOE)
(…)
2.5.2 Autorización y aprobación
La ejecución de los procesos, operaciones y transacciones institucionales debe contar con la autorización y la aprobación respectivas de parte de los funcionarios con potestad para concederlas, (…).
(…)
4.5.1 Supervisión constante
El jerarca y los titulares subordinados, según sus competencias, deben ejercer una supervisión constante sobre el desarrollo de la gestión institucional y la observancia de las regulaciones atinentes al SCI, así como emprender las acciones necesarias para la consecución de los objetivos.
2.2.2 COMPRA DIRECTA 2015CD-001296-99999 Servicios Jurídicos por un monto de ¢3.600.000,00
El 04 xx xxxxxx del 2015 con Resolución de inicio de Procedimiento de Contratación Administrativa, para la contratación de servicios profesionales N°003-2015 la Mag. Xxxxxx Xxxxx autoriza el procedimiento de contratación administrativa para la contratación de: Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx.
En el apartado de “CONSIDERANDO” se indica:
(…)
2. (…): Asesoría legal, revisión y propuesta del Reglamento Electoral Universitario, defensa de este órgano ante posibles recursos que se presenten en contra de este tribunal.”
3. (…) La contratación de un asesor legal que asesore al TEUNED y concluya con la propuesta y redacción del Reglamento Electoral Universitario.
4. (…), según una estimación realizada en base a contrataciones anteriores, asciende a la suma de ₡3.600.000,00 (…)
El 12-09-2014 (sic) el TEUNED con Solicitud para la contratación de servicios profesionales N° 1696, en la parte de Descripción del servicio académico a contratar indica:
Servicios Profesionales a nombre de:
Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx (…)
Para la asesoría jurídica, concluir las modificaciones del Reglamento Electoral y revisión de los reglamentos que tengan relación con la función del TEUNED.
El pago se realizará en dos tractos ₡1,800.000, 00 (sic) uno en setiembre y otro en octubre.
Periodo del 04-08-2015 al 0-10-2015 (sic) (dos meses)
El 10 xx xxxxxx del 2015, la Oficina de Contratación y Suministros procede con la DECISION INICIAL 1513-2015, Contratación Directa N° 2015CD-001296- 99999, “SERVICIOS JURÍDICOS TEUNED”. El monto de la contratación se estima en la suma de ₡3.600.000,00; en el POR TANTO se indica: “Esta oficina dispone iniciar los trámites utilizando la modalidad de Contratación Directa, de conformidad con lo establecido en el artículo 131 Inciso a) del Reglamento General de Contratación Administrativa, dado que se cumple con todos los requisitos xx xxx.”
El 30-10-2015 la oficina de Contratación y Suministros, emite las ORDENES DE COMPRA N° 046795 y 046796; donde en el apartado de Descripción indica:
(…)
ASESORIA JURIDICA, CONCLUIR MODIFICACIONES DEL REGLAMENTO ELECTORAL Y REVISION DE LOS ESTATUTOS Y OTROS REGLAMENTOS QUE TENGAN RELACIÓN CON LA FUNCION DEL TEUNED.
FECHA DE INICIO A PARTIR DE LA EMISIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA POR UN PERIODO DE DOS MESES. (Resaltado
es propio) (…)
LOS PAGOS SERÁN EN DOS TRACTOS (…)
De las contrataciones antes indicadas, esta Auditoría logró determinar como prueba documental de la labor realizada por el asesor legal del TEUNED, lo indicado en la entrevista que se les realizó a la Mag. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx ex presidenta y Mag. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx ex secretaría, así como copia de correos electrónicos que a continuación se indican:
Cuadro N° 7
Anexo N° 5 Universidad Estatal a Distancia
Auditoria Interna
Servicios de Asesoría recibidos por el TEUNED Del 04-08-2015 al 0 (sic)-10-2015 (Solicitud TEUNED N° 1696)
Del 30-10-15 al 30-11-15 (Según Órdenes de Compra de la O.C.S.)
Fecha de correo | Asunto |
07-07-15 | Se le remite el borrador del acuerdo del acta N1084-2015 del 07 de julio, art. II CORRESPONDENCIA del TEUNED sobre la denuncia presentada por la xxxxxx Xxxx Xx. Xxxxxx Xxxxxx, sobre la consulta de si tiene o no propiedad, pues dependiendo de la resuelto el proceso electoral del 2015, estaría viciado de nulidad, para que revise, corrija y emita criterio legal, al final del documento esboza el Lic. Xxxxxxxxx “Que tienen por probados los siguientes hechos”. |
21-09-2015 | Revisión Propuesta de Reglamento Electoral. |
30-09-2015 | Consulta Reglamento Electoral, artículo 128 |
Fuente: Copia de correos electrónicos entregados a esta Auditoría por la Mag. Xxxxxx Xxxxx y Mag. Xxxxxxxx Xxxxx. Procedimiento N° 10, entrevista, pregunta N° 11, ítems N°s 11.3 y 11.4, las últimas cuatro viñetas.
Lo anterior evidencia que la Mag. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, en su condición de Presidenta del TEUNED, realizó los trámites para contratar los servicios profesionales de un asesor legal para el TEUNED, asimismo, la Oficina de Contratación y Suministros cumplió los procedimientos de contratación con base en las solicitudes del TEUNED.
Ambas contrataciones presentan controversia con las fechas de inicio en las cuales el TEUNED debía hacer uso de los servicios profesionales en asesoría legal del Lic. Xxxxxxxxx.
No obstante, el órgano colegiado utilizó los servicios desde el 07-07-2015, sin embargo, la Orden de Compra N° 046795 indica como fecha de inicio “A partir de la emisión de la orden de compra por un periodo de dos meses” (Resaltado es propio), y la orden de compra tiene fecha de emisión 30-10-2015.
Además, por los servicios antes indicados, la UNED canceló al Lic.
Xxxxxxxxx la suma de ¢3.600.000,00 de acuerdo con el siguiente detalle:
Cuadro N°8 Universidad Estatal a Distancia
Auditoria Interna
Órdenes de Compra # 046795 y 796 Del 30-10-15 al 30-12-2015
Detalle de pagos por los servicios y/o productos recibidos por el TEUNED
Recibo por Dinero N° | Fecha del Recibo por Xxxxxx | Xxxxx en colones de la Factura | Por concepto de: |
0093 | 06-11-2015 | 1.800.000,00 | Asesoría jurídica- Reglamento Electoral |
0095 | 23-11-2015 | 1.800.000,00 | Asesoría jurídica TEUNED- Reglamento de Elecciones Internas. |
Fuente: Archivo Financiero, expedientes del proveedor Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx. Procedimiento N° 7
Las cancelaciones de los servicios antes indicados, correspondientes a las Órdenes de Compras números 046795 y 046796, se efectuaron mediante transferencias realizadas por la Oficina de Tesorería, según las órdenes de emisión números:
1- N° 1100981 de fecha 10-11-2015 por un monto de ¢1.800.000,00, nota débito N° 4960456 del 01-12-2015
5. N° 1101454 de fecha 24-11-2015 por un monto de ¢1.800.000,00; nota débito N° 4996678 del 11-12-2015
Dada la diferencia de fechas entre la Resolución de inicio de Procedimiento de Contratación Administrativa (04 xx xxxxxx del 2015), la Orden de Compra (30- 10-2015), las fechas de los correos que respaldan los servicios y/o productos dados por el Lic. Xxxxxxxxx (Anexo N° 5), y los pagos realizados según Recibos por Dinero fechados (6 y 23-11-2015); no es factible para esta Auditoría ubicar en orden cronológico cuáles fueron los servicios y/o productos que se cancelaron con los Recibos antes mencionados.
Aunado a lo anterior, el TEUNED contrató al Lic. Xxxxxxxxx, la revisión y corrección de la propuesta del Reglamento Electoral Universitario; al respecto, esta Auditoría no halló evidencia que el órgano colegiado de reiterada cita,
valorara la posibilidad de utilizar el recurso humano calificado con que cuenta la UNED, como lo es el personal de la Oficina Jurídica, que bien pudo haber realizado dicha labor.
Lo anterior expone que el TEUNED, de forma reiterada utilizó los servicios del Lic. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, al margen de lo indicado en las Órdenes de Compra, incumpliendo como mínimo con los instrumentos normativos externos e internos establecidos en el bloque de legalidad, y de uso por la Administración Activa, mismos que a continuación se expone:
Ley N° 6227
Ley General de la Administración Pública
Artículo 129.- El acto deberá dictarse por el órgano competente y por el servidor regularmente designado al momento de dictarlo, previo cumplimiento de todos los trámites substanciales previstos al efecto y de los requisitos indispensables para el ejercicio de la competencia. (Resaltado es propio)
Ley N° 7494
Ley de Contratación Administrativa Requisitos previos de los procedimientos de contratación
(…)
Derechos de la Administración
Artículo 10º-Sumisión a la normativa administrativa. En cualquier procedimiento de contratación administrativa, el oferente queda plenamente sometido al ordenamiento jurídico costarricense, en especial a los postulados de esta Ley, su Reglamento Ejecutivo, el reglamento institucional correspondiente, el cartel del respectivo procedimiento y, en general, a cualquier otra regulación administrativa relacionada con el procedimiento de contratación de que se trate.
(…)
Artículo 32º-Validez, perfeccionamiento, formalización e inicio del contrato. Será válido el contrato administrativo sustancialmente conforme al ordenamiento jurídico.
(…)
La Administración deberá girar la orden de inicio, dentro del plazo fijado en el cartel y, a falta de estipulación especial, lo hará dentro de los quince días hábiles contados a partir de la notificación del refrendo o de la aprobación interna, según corresponda, salvo resolución motivada en la cual se resuelva extender el plazo por razones calificadas, resolución que deberá emitirse dentro del plazo inicial previsto. (Resaltado es propio)
Normas de Control Interno para el Xxxxxx Xxxxxxx X-0-0000- XX-XXXX
2.5.2 Autorización y aprobación
La ejecución de los procesos, operaciones y transacciones institucionales debe contar con la autorización y la aprobación respectivas de parte de los funcionarios con potestad para concederlas, que sean necesarias a la luz de (…), los requerimientos normativos y las disposiciones institucionales.
3. Conclusiones:
3.1 A. La firma del CONTRATO DE CONSULTORIA entre la Administración Pública, para el caso de cita entiéndase TEUNED y los administrados (personas físicas o jurídicas), es un acto administrativo extrajudicial que puede ejercer el funcionario de la Administración Activa que cuente con la debida representación legal judicial y extrajudicial; el TEUNED NO tiene personeria jurídica ni representación legal que le permita directamente contraer obligaciones a nombre de la UNED; dicho órgano colegiado para adquirir Bienes y Servicios debe cumplir los procedimientos establecidos por la Administración Activa.
La Mag. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, cuando firmó el CONTRATO DE CONSULTORIA, en su condición de Presidenta del TEUNED; asumió potestades y realizó actos administrativos que NO son de su competencia; incumpliendo procedimientos institucionales de compra para la adquisición de bienes y/o servicios establecidos en el ordenamiento jurídico, que sin excepción, debió realizar mediante la Oficina de Contratación y Suministros.
El funcionario que ocupe la presidencia del TEUNED posee LEGITIMACIÓN para el ejercicio de funciones propias como presidente (a) del órgano colegiado; aunado a la capacidad para realizar actos administrativos propios de su cargo, siempre que cumpla con los trámites y requisitos establecidos por la Administración.
Para el caso de marras, la legitimación y competencia fue dada en primera instancia por la JUNTA DIRECTIVA DEL TEUNED, que con base en el artículo 11 del REGLAMENTO ELECTORAL DE LA UNED, nombró a la Mag. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Presidenta de dicho órgano colegiado, y por el Consejo Universitario que en Sesión 2028-2010, Art. V, inciso 4-a realizó los nombramientos de miembros del TEUNED.
Empero, el funcionario que ejerza el cargo de Presidente (a) del TEUNED, no ostenta la condición de tener representación legal que le faculte para contraer obligaciones a nombre de la Administración. En la UNED, el único funcionario que tiene la representación legal (judicial y extrajudicial), es la persona que ocupa el cargo de Rector (a), con la excepción que indica el artículo N° 25, inciso e) del Estatuto Orgánico. (Resultado 2.1.1.A).
3.1 B Se colige que la totalidad de miembros del órgano colegiado CONRE, tienen responsabilidad solidaria con los funcionarios del TEUNED, en la contratación atípica por los servicios de asesoría jurídica y cancelación del Recibo
por Dinero por ¢2.000.000,00; ya que el CONRE no tomó acciones tendientes a corregir la situación anómala y eventualmente derivar responsabilidades por incumplimiento al bloque de legalidad por parte del TEUNED, con la contratación de reiterada cita.
En sentido contrario, el CONRE autorizó lo peticionado en el oficio TEUNED-069-2014, a sabiendas de que dicha contratación se estaba realizando por la figura de contratación irregular, o sea girado directo. (Resultado 2.1.1.B)
3.2 Los antecedentes indicados en el resultado de cita, evidencian que el TEUNED realizó el respectivo trámite ante la Oficina de Contratación y Suministros, para la contratación de un asesor legal (Resolución N° 001-2014 y Solicitud de Contratación N° 2148, ambas del 12-09-2014).
Empero, el órgano colegiado TEUNED realizó el acto administrativo de utilizar anticipadamente los servicios del asesor legal sin contar con la aprobación previa de la Administración, plasmada mediante las Órdenes de Compra N°s 0042717 y 718 fechadas 27-10-2014, emitidas por la Oficina de Contratación y Suministros.
Adicionalmente, el TEUNED incumplió la modalidad de pagos especificada en las órdenes de compra, en donde se indicó que los pagos serían de forma mensual a razón de ₡400.000,00 cada uno; en sentido contrario, autorizó que al proveedor se le cancelara los servicios de asesoría en tres tractos. (Resultado
2.1.2 Segunda contratación).
3.3 En ambas contrataciones, el TEUNED confeccionó apropiadamente los formularios (Resolución de inicio del procedimiento de contratación administrativa, para la contratación de servicios profesionales N°s 001-2015 y 003-2015, así como la Solicitud de Bienes y Servicios N° 224 y Solicitud para la contratación de Servicios Profesionales N° 1696 por los montos de ₡2.400.000,00 y
₡3.600.000,00 respectivamente), cumpliendo los trámites de contratación preceptuados en el cuerpo normativo correspondiente. Sin embargo, del análisis practicado por esta Auditoría a la prueba documental (correos electrónicos) que respalda la asesoría en materia legal que recibió el TEUNED, así como a la Entrevista aplicada a la Expresidenta y a la Exsecretaria del TEUNED; se concluye que órgano colegiado del TEUNED fue omiso en aplicar el debido cuidado y vigilancia de sus deberes en el desempeño de las funciones administrativas, por cuanto de forma anticipada a que la Oficina de Contratación y Suministros emitiera las respectivas órdenes de Xxxxxx; el TEUNED utilizó los
servicios profesionales en asesoría legal del Lic. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx. (Resultados 2.2.1 y 2.2.2)
4. Recomendaciones:
4.1 Al Consejo Universitario
Solicitar al TEUNED:
A. Plantear solicitud a la administración para que todos sus miembros titulares y suplentes, reciban capacitación en materia legal, de contratación administrativa, control interno y manejo presupuestario, entre otras áreas afines; a efectos de subsanar las debilidades de conocimiento y aplicación del bloque de legalidad en el ejercicio de las funciones administrativas que realizan.
B. Valorar la conveniencia de hacer uso de los servicios de la Oficina Jurídica de la UNED, específicamente, en lo que respecta a revisión y corrección de propuestas sobre Manuales de procedimientos y reglamentos de carácter electoral.
C. Presentar al Consejo Universitario una propuesta de modificación al Reglamento General Electoral de la UNED, en la cual se establezca un artículo que contemple los requisitos mínimos que deben cumplir los funcionarios de la UNED que pretendan ejercer labores como miembros titulares y suplentes del Tribunal Electoral Universitario, con el propósito de profesionalizar su labor.