DEL OBJETO. El objeto del presente contrato es la INSCRIPCIÓN y prestación de servicios especializados de apoyo en el área educacional para la realización del curso de Graduación en Medicina junto a la UM – Universidad xx Xxxxx, Instituto de enseñanza cincuentenario, situado en la Xx. Xxxxxxx, 000, Xxxxx – Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx.
1.1 La parte académica del curso de graduación en medicina será realizada en seis años o más, en la UM, con aproximadamente, seis mil cien horas de clases, como así también, será complementado al curso, aproximadamente 2.000 (dos mil) horas de clases que serán integradas por el ISPED como créditos académicos, en el formato de horas complementarias, donde las mismas constarán en el contenido pragmático del curso de graduación de medicina, que serán impartidas en formato de optativas, en el mismo período del curso, a través de disciplinas especificas, dadas exclusivamente en Brasil, además de cursos preparatorios para la prueba de revalidación del título obtenido junto a la UM.
1.2 Las clases se darán en las dependencias de la UM, en la ciudad xx Xxxxx, provincia de Buenos Aires-Argentina y locales convenidos por la institución en los módulos presenciales o a distancia.
1.3 Las clases serán compuestas por alumnos brasileños y argentinos.
1.3.1 Podrá ocurrir la unión entre grupos de alumnos argentinos y alumnos brasileños, en determinadas aulas denominadas Magnas, o cuando el profesor de la referida materia juzgue viable tal unión.
1.4 El curso tendrá inicio en marzo de 2013, en fecha exacta a ser confirmada por las instituciones envueltas. No obstante, los brasileños debidamente inscriptos junto al ISPED/UM deberán comparecer con dos semanas de antecedencia para que sea acreditado el módulo especial de lengua española, visando un mejor aprovechamiento y entendimiento de las clases. Universidad xx Xxxxx, com domicilio na Xx. Xxxxxxx, 000 – Xxxxx – Xxxxxx Xxxxx - Xxxxxxxxx, por uma parte, a seguir denominada apenas como UM, por intermédio de seu parceiro no Brasil, ISPED - Instituto Sul-Americano de Pesquisa e Desenvolvimento, mantido pela Associação Educacional Latino Americana, com sede na comarca da Capital do Estado de São Paulo, na Xxx Xxxxx xx Xxxx, 000, 0° andar, Mooca - SP – CEP 03119- 000, inscrito no CNPJ sob o n° 12.295.018/0001-47, de outro lado, Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, cédula de Identidade nº 44.323.268-4, órgão emisor: SSP, e CPF nº 000.000.000-00, nacionalidade brasileira, profissão: estudante, estado c...
DEL OBJETO. “EL GOBIERNO” SE OBLIGA A COMPRAR A "EL PROVEEDOR” (BIENES ADQUIRIDOS), QUE SE DETALLAN EN LA ORDEN DE PEDIDO RECIBIDA Y FIRMADA NÚMERO (EL NÚMERO DE LA LICITACIÓN, Nº DE PEDIDO Y FECHA).
DEL OBJETO. La presente ley tiene por objeto disponer las reglas y principios que rigen los contratos de las entidades estatales”.
DEL OBJETO. “El adquiriente”, representado por el Secretario de Administración del Consejo del Poder Judicial C. P.
DEL OBJETO. 1.- Considerando el acuerdo marco celebrado entre El INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (en adelante denominado “INCAA”) a través de la Subgerencia de Producción de Contenidos, y EL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY (en adelante denominado “GOBIERNO DE JUJUY”) a través del Ministerio de Cultura y Turismo, llaman a participar del “CONCURSO DE PRODUCCIÓN DE TELEFILM DE FICCIÓN” (en adelante denominado el “CONCURSO”) a productores/as con o sin antecedentes residentes en la provincia de Jujuy.
2.- El presente CONCURSO está destinado a presentar propuestas escritas y audiovisuales para la realización de un TELEFILM de ficción que trate sobre hechos históricos de la provincia de Jujuy con anterioridad al año 1900 (en adelante denominado el “PROYECTO"), de acuerdo a las exigencias de calidad y formato xxx xxxxxxx internacional y conforme lo establecido en las presentes BASES Y CONDICIONES (en adelante denominadas las "BASES Y CONDICIONES").
3.- EL TELEFILM deberá tener una duración de entre CUARENTA Y OCHO (48) y CINCUENTA Y DOS (52) MINUTOS, incluyendo títulos y rodantes.
4.- EL TELEFILM deberá ser realizado con un presupuesto de CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($4.500.000). En caso de resultar ganador del presente CONCURSO y en concepto de premio para la realización del TELEFILM, el PRODUCTOR PRESENTANTE ganador recibirá la suma total de CUATRO MILLONES CIEN MIL PESOS ($4.100.000.-), siendo obligación del PRODUCTOR PRESENTANTE la gestión y acreditación del dinero restante, es decir de CUATROCIENTOS MIL PESOS ($400.000.-) para la producción total del TELEFILM.
5.- Será responsabilidad del PRODUCTOR PRESENTANTE demostrar fehacientemente mediante documentación respaldatoria, de acuerdo a la documentación exigida en el apartado REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN, del financiamiento de CUATROCIENTOS MIL PESOS ($400.000.-) y asimismo cualquier otro financiamiento adicional, no siendo válidos aportes de honorarios de ningún tipo.
6.- EL TELEFILM deberá realizarse en un plazo máximo de CIENTO CINCUENTA (150) días corridos a partir de la acreditación total de la primera cuota a ser abonada al PRODUCTOR PRESENTANTE. El PRODUCTOR PRESENTANTE deberá asegurar que se ejecutará al menos el SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) del PREMIO en la provincia de Jujuy, y con trabajo de empresas o personal técnico y artístico de dicha provincia. El PRODUCTOR PRESENTANTE también deberá contemplar la contratación de, al menos, CINCO (5) egresados de la Escuela Nacional de R...
DEL OBJETO. PROCIENCIA otorga a favor de LA ENTIDAD EJECUTORA un cofinanciamiento mediante recursos monetarios para la ejecución del proyecto titulado: “ ”, en adelante EL PROYECTO, el cual contribuirá al logro de la convocatoria del Esquema Financiero E041-2024-02 denominado “Proyectos de Desarrollo Tecnológico”, cuyo objetivo general es el de obtener resultados y/o validación del conocimiento adquirido en una etapa previa de investigación aplicada a través de un producto mínimo viable o prueba de concepto con un fin específico en CTI, y así obtener los resultados esperados señalados en el numeral 1.3 de LAS BASES.
DEL OBJETO. El objeto de los presentes TÉRMINOS Y CONDICIONES es regular el acceso y la utilización del SITIO WEB, entendiéndose por este cualquier tipo de contenido, producto o servicio que se encuentre a disposición del público en general dentro del dominio: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/. TRADING COLLEGE S.A.S. se reserva la facultad de modificar en cualquier momento y sin previo aviso, la presentación, los contenidos, la funcionalidad, los productos, los servicios y la configuración que pudiera estar contenida en el SITIO WEB; en este sentido, el USUARIO reconoce y acepta que TRADING COLLEGE S.A.S. en cualquier momento podrá interrumpir, desactivar o cancelar cualquiera de los elementos que conforman el SITIO WEB o el acceso a los mismos. El acceso al SITIO WEB por parte del USUARIO tiene carácter libre y por regla general, es gratuito sin que el USUARIO tenga que proporcionar una contraprestación para poder disfrutar de ello, salvo en lo referente al costo de la conexión a internet suministrada por él mismo. El acceso a parte de los contenidos y servicios del SITIO WEB podrá realizarse previa suscripción o registro previo del USUARIO. El SITIO WEB se encuentra dirigido exclusivamente a personas que cuenten con la mayoría de edad (mayores de 18 años); en este sentido, TRADING COLLEGE S.A.S. declina cualquier responsabilidad por el incumplimiento de este requisito. Se hace del conocimiento del USUARIO que TRADING COLLEGE S.A.S. podrá administrar o gestionar el SITIO WEB de manera directa o a través de un tercero, lo cual no modifica en ningún sentido lo establecido en los presentes TÉRMINOS Y CONDICIONES.
DEL OBJETO. El presente Acuerdo de Producción Limpia en materia de residuos sólidos tiene por objeto establecer mecanismos de coordinación y colaboración entre LAS PARTES, para la implementación de acciones orientadas a la valorización de residuos sólidos y el eficiente uso de materiales en las actividades de la empresa VITAPRO, así como su tránsito hacia una economía circular.
DEL OBJETO. 2.1 LA UNIVERSIDAD Y LA EMPRESA acuerdan celebrar el presente Convenio de Cooperación Institucional con el objeto de crear y desarrollar las condiciones necesarias para que en forma conjunta, ambas instituciones puedan organizar planes, programas y proyectos para la realización de actividades académicas, para el desarrollo de las capacidades de los trabajadores y de los socios(as) en condición de habilidad de LA EMPRESA, así como de los familiares directos (entiéndase: cónyuge e hijos, o de ser solteros: hermanos) de estos, (en adelante, BENEFICIARIOS); así como para la ejecución de prácticas pre profesionales, prácticas profesionales, de los alumnos y egresados de LA UNIVERSIDAD, y la promoción empresarial con responsabilidad social, a través de acciones o proyectos de capacitación, perfeccionamiento y actualización en las áreas que competen al dominio de las partes y a sus intereses.
2.2 Ambas partes dejan constancia que LA EMPRESA no garantiza la participación de un número determinado de BENEFICIARIOS en los servicios educativos que brinda LA UNIVERSIDAD, ni asume ninguna obligación dineraria correspondiente al pago de los servicios educativos brindados a los trabajadores o sus familiares participantes. Asimismo, LA EMPRESA no reconoce vínculos laborales, ni de índole alguna, con el personal que trabaja en LA UNIVERSIDAD y, viceversa, LA UNIVERSIDAD no reconoce vínculos laborales, ni de índole alguna, con el personal que trabaja en LA EMPRESA.
DEL OBJETO. CONSISTE EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA DE CON