FECHA:
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NOMBRE DEL CLIENTE TITULAR: TARJETA No.:
CONDICIONES PARTICULARES del CONTRATO Y APERTURA DE CUENTA CORRIENTE PARA EL USO DE TARJETA DE CREDITO
MARCA: VISA (artículo 1º. del Contrato)
TIPO: (REGIONAL, INTERNACIONAL, ORO, PLATINO) (artículo 1º. del Contrato)
COSTO ANUAL DE LA TARJETA: (artículo 21º. del Contrato)
Los precios por concepto renovación y cargo anual serán los siguientes:
TARJETAS DE CRÉDITO VISA | ||
Producto | Precio de renovación y cargo anual, sin IVA (*) | Precio de renovación y cargo anual, con IVA (*) |
REGIONAL | $ 900 | $ 1.098 |
INTERNACIONAL | $ 900 | $ 1.098 |
ORO | $ 2.100 | $ 2.562 |
PLATINO | $ 3.300 | $ 4.026 |
(*) Salvo indicación expresa en contrario, todos los precios de renovación y cargo anual se cobrarán en 3 (tres) cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
El costo de emisión es de $ 0.
En caso de rescindir el contrato de tarjeta de crédito antes de transcurrido el plazo de un año, no se devolverán importes por concepto de costo anual de la tarjeta.
BONIFICACIONES:
Se aplicarán bonificaciones en las renovaciones y cargos anuales por servicio de las tarjetas de crédito, de acuerdo al consumo promedio mensual registrado en el año anterior, de acuerdo al siguiente detalle:
PRODUCTO | CONSUMO MENSUAL PROMEDIO | |
Bonificación 50% | Bonificación 100% | |
REGIONAL | Desde U$S 300 hasta U$S 500 | Más de U$S 500 |
INTERNACIONAL | Desde U$S 400 hasta U$S 700 | Más de U$S 700 |
ORO | Desde U$S 600 hasta U$S 900 | Más de U$S 900 |
PLATINO | Desde U$S 800 hasta U$S 1.200 | Más de U$S 1.200 |
En los convenios de coparticipación de marcas, se mantendrán los precios establecidos en los respectivos contratos.
LÍMITE DE CREDITO: (artículo 9º. del Contrato)
El límite del crédito de la Tarjeta y sus Adicionales incluyendo intereses, comisiones, impuestos y demás cargos por un monto máximo de $ …………… (son pesos uruguayos
…………………………………………………………………….) o U$S …………… (son dólares estadounidenses ) o sus equivalentes en otras
monedas.
El Usuario se obliga a no exceder el monto máximo de crédito autorizado. En el caso de que esto llegara a ocurrir, el Banco podrá exigir el pago inmediato del importe excedido y de todos los demás importes adeudados, pudiendo cancelar el crédito otorgado, y declarar la pérdida de validez de la Tarjeta. Todo sin perjuicio de las acciones legales a que haya lugar.
El importe de crédito podrá ser modificado por decisión del Banco de conformidad con lo dispuesto por las normas bancocentralistas que se detalla en la cláusula vigésimo segunda del contrato.
ENVÍO DEL ESTADO DE CUENTA: (artículo 12º. del Contrato)
El usuario puede obtener el estado de cuenta:
- por correo común que el Banco enviará a domicilio constituido
- acceso directo a la web xxx.x-xxxxxxxxxx.xxx.xx
- de la página Web del Banco República
INTERESES:(artículo 11º. del Contrato)
TASA DE INTERÉS SOBRE LOS IMPORTES PENDIENTES DE PAGO Y TASA DE INTERÉS MORATORIO:
Tasas Efectivas Anuales:
TASAS EFECTIVAS ANUALES (T.E.A.) | |||
PESOS | DÓLARES | ||
T. ACTIVIDAD | TASA XXXX | T. ACTIVIDAD | TASA XXXX |
77% | 150,35% | 7% | 11,43% |
TASA DE INTERÉS POR RETIROS DE DINERO EN EFECTIVO:
Se aplican las mismas tasas de interés que las aplicadas para la financiación de saldos pendientes de pago.
Los adelantos locales de dinero en efectivo con tarjetas de crédito devengarán en todos los casos, intereses desde el día en que los mismos son efectuados hasta el día de vencimiento de pago.
OTROS CARGOS: (artículo 21º. del Contrato)
Comisiones por adelantos en efectivo:
Visa en el BROU: Sin Costo
Visa fuera xxx XXXX: U$S 1.75 + IVA + 0.33% sobre el monto del adelanto
Comisiones por transacciones en el exterior:
Las compras de productos o servicios en el exterior, tendrán un costo de 3% + IVA, para todas las transacciones realizadas con tarjetas Regionales e Internacionales VISA.
Reclamos por operaciones no reconocidas:
Tendrán un costo de U$S 10 + IVA por transacción reclamada y con resolución negativa a los intereses del tarjetahabiente.
Precios de reimpresión de plásticos, pines, reemplazos por robo o extravío y cambios de fecha de cierre de acuerdo al siguiente detalle:
Concepto | Precio | Forma de Cobro |
Reimpresión de Plástico | $ 350 | 1 Cuota |
Reemplazo Robo/Extravío (en Uruguay) | ||
Reimpresión de PIN | ||
Reimpresión de Priority Pass | ||
Cambio de Fecha de Cierre |
Se exceptúa de la presente disposición el precio de las tarjetas de reemplazo por robo o extravío solicitadas en el Exterior, el cual se mantendrá en los valores fijados por los sellos.
Precios de cambios de grupo de afinidad y renovación anticipada de tarjetas de crédito, de acuerdo al siguiente detalle:
Modificaciones | Precio | Forma de Cobro |
De Particulares a Convenios | $ 550 | 1 Cuota |
Entre Convenios | $ 350 | |
De Convenios a Particulares | Sin Costo | No Corresponde |
Plazo que Resta para la Renovación | Precio | Forma de Cobro |
Hasta 60 días | Costo de reemplazo | 1 cuota |
Más de 60 días | $ 550 | 1 Cuota |
Estos cargos se cobrarán en forma independiente de los cargos renovación, cargo anual, reimpresiones, reemplazos y/o cambios de fecha de cierre establecidos en la presente reglamentación.
Condiciones de Asistencia a Viajeros:
Solicitar información en cualquier Dependencia del Banco República
Programa Priority Pass* (exclusivo para Tarjetas Visa Platinum)
Para los titulares de Tarjetas Priority Pass, las 2 primeras visitas del año a las Salas VIP de este Programa, serán sin cargo. Para el resto de las visitas y para los acompañantes, el costo será de U$S 27.
(*) Los costos indicados son fijados por Priority Pass y podrán ser modificados sin previo aviso.
PAGO MÍNIMO: (artículo 14º del contrato)
A cada cierre mensual, el titular deberá cumplir con el "pago mínimo" que se indica en el Estado de Cuenta, y que comprende: a) el importe de los intereses devengados, comisiones e impuestos; b) el importe de los sobregiros, si los hubiere; c) el porcentaje del 10% del saldo total adeudado; d) el importe de pagos mínimos incumplidos de meses anteriores, si los hubiere. e) otros rubros o conceptos que a juicio del Banco correspondan ser incorporados a este pago mínimo. Dichos rubros o sus porcentajes podrán ser modificados por el Banco, lo que será comunicado al Usuario, de acuerdo con la normativa bancocentralista, y lo previsto en la cláusula vigésimosegunda.
PÉRDIDA, ROBO O FALSIFICACIÓN DE LA TARJETA: (artículo 6º. del Contrato)
En caso de pérdida robo o falsificación de la Tarjeta, el Usuario se obliga a realizar de inmediato la denuncia al sistema correspondiente, el que le asignará un número de denuncia que la identifica, sin perjuicio de la denuncia policial o judicial correspondiente. El Usuario será responsable frente al Banco y asumirá como propios los importes de todas las utilizaciones y compras que se realicen por otras personas con la Tarjeta perdida, robada o falsificada, hasta el momento en que realice la denuncia por los canales habilitados a tales efectos. El Banco debitará en Cuenta del Usuario estos importes. Asimismo, son de cargo del Usuario el costo de todas las gestiones, avisos, y comunicaciones que el Banco y/o el sistema realicen u ordenen como consecuencia de la pérdida o robo de la Tarjeta. En el caso de que el Usuario logre recuperar la Tarjeta deberá abstenerse de utilizarla, obligándose a devolverla de inmediato al Banco
Una vez realizada la denuncia, la tarjeta es bloqueada por tanto aún recuperada en caso de pérdida, no podrá ser utilizada.
El aviso de pérdida, robo o falsificación de su tarjeta surtirá efecto de forma inmediata si este se efectúa en forma telefónica al procesador de la misma. Ver en xxxxx://xxx.xxxxxx.xxxx.xxx.xx/ tel. de denuncias procesador VISA. (Sistarbanc SRL)
El cliente también podrá dar aviso al Banco, presentando nota escrita firmada, en dependencias del mismo, o a través del Centro de Atención al cliente en forma telefónica al (x000) 00000000 o vía correo electrónico XXXX-XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX@xxxx.xxx.xx en cuyo caso surtirá efecto a partir del primer día hábil bancario siguiente.
En todos los casos la comunicación solo será eficaz si se identifica concretamente el cliente y la cuenta de referencia.
MODIFICACIONES: (artículo 22º. del Contrato)
El Banco podrá modificar el límite de crédito cuando lo crea conveniente, notificando de ello al Usuario con un preaviso de 15 (quince) días hábiles de antelación a la entrada en vigencia de la modificación. El Usuario podrá rechazar el nuevo límite de crédito dentro del plazo referido. Vencido el plazo sin oposición del cliente, las modificaciones se considerarán aceptadas plenamente siendo obligatorio su fiel cumplimiento. El Banco podrá reducir el límite de crédito sin necesidad de aviso previo en caso de que existan elementos objetivos que determinen un deterioro sustancial en la calidad crediticia del cliente.
Las variaciones que supongan aumento del límite de crédito, quedarán comprendidas dentro de las normas y obligaciones legales y contractuales que rigen para el crédito original fijado en este artículo del presente contrato.
El Banco podrá disponer la suspensión, limitación o reducción de los adelantos en efectivo, cuando lo crea conveniente, notificando de ello al Usuario. El Usuario podrá rechazar las modificaciones en el plazo de
10 (diez) días corridos a partir de su notificación. Vencido el plazo sin oposición del cliente, las modificaciones se considerarán aceptadas plenamente siendo obligatorio su fiel cumplimiento.
El Banco podrá modificar las tasas de interés compensatorio y xx xxxx vigentes, tributos, cargos, gastos, comisiones, tarifas, seguros, multas u otros importes aplicables para mantener el producto contratado, cumpliendo el procedimiento previsto en las normas bancocentralistas, con un preaviso de 30 días. Las modificaciones se comunicarán a través del estado de cuenta, con una antelación de 30 días corridos a su entrada en vigencia. Si el Usuario dentro de los 10 (diez) días corridos siguientes a la notificación antedicha no manifiesta su voluntad de dar por extinguido el Contrato, las modificaciones se considerarán aceptadas plenamente siendo obligatorio su fiel cumplimiento.
SEGURO: (artículo 29º. Del Contrato). El Banco contrata al tarjetahabiente o usuario un Seguro de Vida sobre el saldo deudor. El costo de este servicio es de un 3 ‰ (tres por mil) sobre el saldo al cierre mensual de compras y cuotas pendientes, que se especifica en el informe mensual de la tarjeta.-
RIESGOS A QUE ESTÁ EXPUESTO AL UTILIZAR LA TARJETA DE CRÉDITO:
El usuario de tarjetas de crédito deberá:
a) Utilizarla de acuerdo con las condiciones del contrato.
b) Solicitar al emisor o a quien sea designado por éste, toda la información que estime necesaria acerca del uso del mismo al acceder por primera vez al servicio o ante cualquier duda que se le presente posteriormente.
c) Modificar y actualizar el código de identificación personal (“password”, “PIN”) u otra forma de autenticación asignada por el emisor, siguiendo las recomendaciones otorgadas por éste.
d) No divulgar el código de identificación personal y otro código, ni escribirlo en el instrumento electrónico o en un papel que se guarde con él. Además deberá tomar las medidas adecuadas para garantizar su seguridad.
e) Guardar el instrumento electrónico en un lugar seguro y verificar periódicamente su existencia.
f) Destruir los instrumentos electrónicos vencidos o devolverlos al emisor.
g) No digitar el código de identificación personal en presencia de otras personas, aun cuando pretendan ayudarlo, ni facilitar el instrumento electrónico a terceros, ya que el mismo es de uso personal.
h) Informar al emisor, inmediatamente al detectarlo, sobre:
el robo o extravío del instrumento electrónico.
aquellas operaciones que no se hayan efectuado correctamente
el registro en su cuenta de operaciones no efectuadas,
fallos o anomalías detectadas en el uso del servicio (retención de tarjetas, diferencias entre el dinero dispensado y lo registrado en el comprobante, no emisión de comprobantes, etc).
i) No utilizar los dispositivos del sistema cuando se encuentren mensajes o situaciones de operación anormales.
j) No responder a intentos de comunicación por medios y formas no acordados con el emisor
k) Comunicar al Banco cada vez que se produzca un cambio de domicilio por parte del titular.
El usuario deberá extremar sus precauciones en transacciones que realice a través de Internet, utilizando sólo sitios seguros, como forma de protección contra fraudes.
RESPONSABILIDAD DEL USUARIO: (artículo 6o. del Contrato)
El titular de la tarjeta será responsable de las operaciones no autorizadas por él, efectuadas con su instrumento electrónico, hasta el momento de la notificación al emisor, siempre que dichas operaciones no le hayan sido imputadas por una falla del sistema de seguridad del producto o servicio contratado.
El BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY es una empresa de intermediación financiera estatal, que reviste la naturaleza de ente autónomo del dominio comercial del Estado, encontrándose bajo la supervisión del Banco Central del Uruguay.
Para ampliar la información sobre el Banco, se podrá consultar las páginas Web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, xxx.xxx.xxx.xx
El BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY es objeto de una calificación de riesgo periódica elaborada por una agencia especializada independiente, que puede ser conocida en la página Web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
Por consultas y reclamos dirigirse a Sucursales xxx XXXX, o llame al teléfono (x000) 00000000 o vía correo electrónico XXXX-XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX@xxxx.xxx.xx
Fecha
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(Firma del Cliente)
NOTA: Condiciones vigentes a Febrero de 2020.