Precios. 1. En los precios unitarios descompuestos del proyecto prevalecerá la definición y descripción de la unidad de obra, mediante su epígrafe correspondiente y su importe final expresado en letras. Todos los trabajos, medios auxiliares y materiales que sean necesarios para la correcta ejecución y acabado de cualquier unidad de obra, conforme a las características técnicas y prescripciones establecidas en el proyecto y a las normas de buena construcción, se considerarán incluidos en el precio de la misma, aunque no figuren todos ellos especificados en la descomposición o descripción de los precios. Todos los gastos que por su concepto sean asimilables a los que forman parte de los costes indirectos, según la estructura de costes adoptada en el proyecto, o que, siendo necesarios para la ejecución de la obra o parte de ésta, no sean directamente imputables a unidades concretas, sino al conjunto o a una parte de la obra, se considerarán siempre incluidos en el porcentaje aplicado de costes indirectos y, por tanto, en los precios del proyecto. Por todo ello, se hallarán comprendidos en dichos gastos, entre otros, los relativos a los medios auxiliares, instalaciones y dotaciones provisionales, servicios y obras accesorias de todo tipo que se precisen para la ejecución de la obra comprendida en el proyecto, cualquiera que sea la forma de suministro o aprovisionamiento. Los precios unitarios de ejecución material condicionarán la ejecución de las unidades de obra a que se refieran, de acuerdo con lo definido y descrito en los epígrafes correspondientes, complementándose, siempre, con lo reflejado en los planos de conjunto y detalle, con las estipulaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en los demás documentos del proyecto, así como, en su defecto, por lo establecido en el banco de precios “Base de Costes de la Construcción de Andalucía” de la Consejería competente en materia de Vivienda de la Junta de Andalucía. Los precios del proyecto relativos a materiales se considerarán válidos, cualquiera que sea el tipo de tecnología o procedimiento que haya de utilizarse para su elaboración y tanto si se confeccionan en la propia obra como si llegan a ésta ya elaborados.
2. En caso de discordancia entre los documentos del proyecto, se estará a lo establecido en la cláusula 1 del presente pliego para la determinación del documento que en cada caso deba prevalecer, sin que ello pueda suponer en ningún caso la introducción de modificaciones sobre e...
Precios. 7.1.1. En el caso de la realización de una obra o un servicio, el precio del Contrato incluye como mínimo, salvo que expresamente se incluya en otros conceptos, lo siguiente:
7.1.2. Los precios vendrán desglosados en precio de los servicios, precio de los materiales e impuestos que correspondan según la legislación aplicable.
7.1.3. El Proveedor asumirá cualquier coste adicional por los fletes, portes y otros gastos originados por el incumplimiento de las condiciones de entrega y envío establecidas en el Contrato.
7.1.4. No se pagarán materiales, equipos o trabajos no incluidos en el Contrato si su ejecución no ha sido previamente ofertada por el Proveedor, por escrito y con indicación expresa de su precio, y aceptada, también por escrito, por un representante de ENEL, debidamente facultado.
7.1.5. El Proveedor viene obligado a aceptar las ampliaciones, modificaciones y reducciones del alcance del Contrato, a los precios convenidos, siempre que las mismas no representen, en conjunto, un aumento o disminución de más del 20% del importe del Contrato. El nuevo plazo de entrega, en su caso, se establecerá de común acuerdo entre ambas Partes.
7.1.6. Si las ampliaciones, modificaciones o reducciones que ENEL proponga, motivadas por una razón justificada, representaran en conjunto un aumento o disminución de más del 20% del importe del Contrato, el Proveedor podrá aceptarlas o rechazarlas, pero en este último caso, ENEL tendrá derecho a resolver el Contrato sin derecho a indemnización a favor del Proveedor.
7.1.7. En los casos en que haya de ejecutarse una unidad de obra no prevista en el cuadro de precios del Contrato, el precio homónimo se determinará entre ENEL y el Proveedor, basándose en la descomposición de costos de otras unidades análogas para las que exista precio unitario.
7.1.8. La negociación del precio contradictorio será independiente de la realización de la unidad de que se trate, estando obligado el Proveedor a ejecutarla inmediatamente después de haber recibido la orden de ENEL.
7.1.9. A petición de ENEL, el Proveedor incluirá en su oferta baremos de precios unitarios para el caso de que ENEL considere necesario, durante la ejecución del Contrato, la realización por el Proveedor de unidades de obra, servicios o suministros no previstas inicialmente en el alcance del Contrato (precios por administración). Dichos precios, una vez acordados por las Partes e incorporados al Contrato, incluirán iguales conceptos que los definidos en la cláusula 7.1.1....
Precios. Los precios ofertados deberán cotizarse en pesos mexicanos. (Conforme al punto 2.3.2 de la presente Convocatoria).
Precios. LOS PRECIOS OFERTADOS POR CONCEPTO DE LOS SERVICIOS OBJETO DE LA PRESENTE LICITACIÓN SERÁN FIJOS A PARTIR DE LA FECHA DE APERTURA DE PROPOSICIONES Y HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2012. NO HABRÁ AJUSTE DE PRECIOS.
Precios. El precio del viaje combinado incluye los servicios detallados como incluidos en la descripción o ficha técnica y el impuesto sobre el valor añadido cuando es aplicable; y se entiende vigente durante la temporada que se indique. Los precios están basados en las tarifas de transporte (incluido el coste del carburante), los tipos de cambio de moneda, las tasas y los impuestos vigentes a principios de cada año natural, cuando se llevan a cabo las programaciones y previsiones. Cualquier variación en el precio de los citados elementos podrá dar lugar a la revisión del precio final del viaje. Estas modificaciones serán notificadas al consumidor, quien, en caso de que la modificación efectuada supere el 15% del precio del viaje, podrá desistir del viaje sin penalización alguna, o aceptar la modificación del contrato. En ningún caso se revisarán al alza los precios en los veinte días anteriores a la fecha de salida del viaje, respecto de las solicitudes ya realizadas y confirmadas. El precio del viaje no incluye visados, tasas, certificados de vacunación, extras y, en general, ningún servicio no especificado como
b) Que dichos defectos sean imputables a un tercero ajeno al suministro de las prestaciones previstas en el contrato y revistan un carácter imprevisible o insuperable. c) Que los defectos aludidos se deban a motivos de fuerza mayor, entendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales e imprevisibles cuyas consecuencias no habrían podido evitarse, a pesar de haber actuado con la diligencia debida. d) Que los defectos se deban a un acontecimiento que el detallista, o el organizador, a pesar de haber puesto toda la diligencia necesaria, no podía prever ni superar. En los supuestos de exclusión de responsabilidad contemplada en los párrafos b), c) y d), el organizador estará obligado, a prestar la necesaria asistencia al consumidor que se encuentre en dificultades. Sin embargo, los gastos de alojamiento, transporte, manutención, repatriación u otros ocasionados por estas incidencias no serán responsabilidad de la Agencia Organizadora. Cuando el viaje se efectúe en vehículos propios o alquilados por la Agencia Organizadora, en caso de accidente, cualquiera que sea el país donde se produzca, el viajero se somete expresamente a la legislación en materia de accidentes del país en el que se halle matriculado el vehículo. Puesto que son habituales y frecuentes en el transporte de viajeros, caben destacar los casos de INCIDENCIAS EN EL...
Precios. 1. Todos los precios ofrecidos y acordados excluyen el IVA y son válidos desde la ubicación xx XXXX en Apeldoorn o desde cualquier centro de distribución en los Países Bajos indicado por KAVO. A menos que las partes contratantes estipulen lo contrario en la formalización del contrato, con debida consideración de lo estipulado en el artículo I, párrafo 2, los gastos de transporte, envío y franqueo, derechos de importación y exportación, gastos de aduana, impuestos y similares correrán por cuenta del comprador.
2. Los precios fijados antes o en el momento de celebrar el contrato podrán ser incrementados por KAVO en el caso de que con posterioridad a la celebración del contrato pero antes de la entrega de los bienes se produzcan cambios en factores determinantes del precio de coste, tales como cambios en precios de compra, derechos de importación y exportación, salarios, impuestos, tasas, tipo de cambio del euro respecto a otras divisas internacionales, siempre que ello se realice de conformidad con los importes modificados. El comprador podrá rescindir el contrato en el caso de que dicho incremento se produzca en los tres meses siguientes a la celebración del contrato. La rescisión deberá efectuarse en la semana siguiente a la notificación del incremento. En el caso de rescisión por el comprador, KAVO no estará obligada a ninguna indemnización de daños y perjuicios.
3. Si los precios no han sido fijados antes o en el momento de celebrar el contrato, los precios indicados en las listas de precios xx XXXX vigentes en la fecha de entrega serán los precios que facturará KAVO y que deberá pagar el comprador.
Precios. Hasta que Xxxxxx reconozca por escrito la aceptación de una orden de compra, todos los precios están sujetos a cambios. Las cotizaciones por escrito vencen a los catorce (14) días calendario a partir de la fecha de la cotización, a menos que se especifique lo contrario. Las citas verbales no son vinculantes para Xxxxxx. Los precios cotizados no incluyen ventas, impuestos especiales, municipales, estatales o cualquier otro impuesto gubernamental. Todos los impuestos y otros cargos gubernamentales sobre la producción, fabricación, distribución, venta o uso de bienes o servicios en la medida en que la ley exija o no prohíba que Xxxxxx los cobre al Comprador, serán pagados por el Comprador x Xxxxxx a menos que el Comprador le proporcione x Xxxxxx certificados de exención aceptables para las autoridades fiscales pertinentes. Xxxxxx se reserva el derecho de revisar los precios cotizados finales del trabajo en proceso debido a cualquier 1871255_13 1 cambio en el pedido por parte del Comprador o cualquier factor fuera del control xx Xxxxxx. Los errores tipográficos y/o administrativos cometidos por Xxxxxx están sujetos a corrección. COMO RESULTADO DE LAS INTERRUPCIONES GEOPOLÍTICAS Y DE LA CADENA DE SUMINISTRO ACTUALES, EL PRECIO DE LAS ÓRDENES DE COMPRA NO ES FIRME HASTA QUE XXXXXX COMIENCE LA FABRICACIÓN DE LOS BIENES QUE SON OBJETO DE LA ORDEN DE COMPRA, INCLUSO SI LA ORDEN DE COMPRA HA SIDO ACEPTADA POR XXXXXX. XXXXXX PROPORCIONARÁ NOTIFICACIÓN POR ESCRITO AL COMPRADOR DE CUALQUIER AUMENTO DE PRECIO EN LOS BIENES ANTES DEL COMIENZO DE LA PRODUCCIÓN. EL COMPRADOR TENDRÁ LA OPCIÓN DE ACEPTAR O RECHAZAR Y CANCELAR LA ORDEN DE COMPRA DENTRO DE LOS SIETE (7) DÍAS CALENDARIO DESPUÉS DE RECIBIR UN AVISO ESCRITO DE CAMBIO DE PRECIO XX XXXXXX (EL “PERÍODO DE AVISO”). TODOS LOS RECHAZOS Y CANCELACIONES DE LA ORDEN DE COMPRA DEBEN EFECTUARSE POR ESCRITO Y ENTREGARSE X XXXXXX ANTES DE LA EXPIRACIÓN DEL PERÍODO DE AVISO.
Precios. Los precios ofertados serán firmes y permanecerán vigentes hasta el cumplimiento del contrato que se celebre como resultado del procedimiento de licitación. Los licitantes deberán presentar sus propuestas exclusivamente en moneda nacional con el I.V.A. desglosado. La aplicación de los criterios anteriores estará sujeta a las políticas económicas que establezca la Comisión de Administración del Consejo del Poder Judicial del Estado de Michoacán.
Precios. LOS PRECIOS SERÁN FIJOS HASTA EL CUMPLIMIENTO TOTAL DEL CONTRATO.
Precios. ETB solicita que los servicios que hacen parte de la presente contratación sean cotizados bajo el sistema de precios fijos de conformidad con las especificaciones técnicas contenidas en el presente documento. Serán por cuenta del CONTRATISTA, y se considerarán incluidos como parte del precio, todos los impuestos, derechos, tasas y contribuciones de cualquier orden, vigentes a la fecha de suscripción del contrato. Si durante su ejecución los impuestos aumentan o se crean nuevos serán asumidos por quien corresponda de acuerdo con la Ley; si disminuyen o se suprimen se pagará sobre lo efectivamente causado. De todo pago o abono en cuenta, ETB hará las retenciones xx xxx a que haya lugar.