Pago Mínimo. La cantidad mínima que usted debe pagar en cada ciclo de facturación, según se muestra en el Estado de Cuenta. Usted acepta pagar por lo menos el Xxxx Xxxxxx a su vencimiento. Sobre balances entre $0.01 hasta $26.99, el pago mínimo será el balance pendiente. Sobre balances de $27 o más, el pago mensual mínimo será el 2% del balance pendiente o el Cargo por Intereses + $10 o una cantidad fija de $27, lo que sea mayor. El Pago Mínimo puede incluir cualquier cantidad vencida, el total de cualquier cantidad en exceso de su límite de crédito, el pago mensual mínimo de cualquier Plan a Plazos y cualquier Cargo por Pago Tardío. “Skip a Payment” Podemos ofrecerle, a discreción nuestra, omitir un pago mensual mínimo durante ciertos ciclos de facturación. Esta oferta solo está disponible para Tarjetas no Garantizadas. Si usted recibe esta oferta, su estado de cuenta reflejará un pago mensual mínimo requerido de $0, y puede que no tenga que realizar el pago mensual mínimo para ese ciclo de facturación. Si opta por omitir un pago, continuará acumulando Cargos por Intereses sobre el balance pendiente de su cuenta durante ese periodo. Sin embargo, usted siempre puede realizar un pago por cualquier cantidad. Al final del periodo de omisión de pago, los términos del Contrato relacionados con el Pago Mínimo requerido se reanudarán automáticamente. Si tiene un Plan de Pagos a Plazos, usted tendrá que realizar el(los) pago(s) mensual(es) correspondiente(s), incluso si acepta la oferta de “Skip a Payment”.
Pago Mínimo. Se entiende como pago mínimo, el monto que cubre la amortización al principal según el plazo de financiamiento, los intereses financieros a la tasa pactada, las comisiones y los cargos acordados en el presente contrato, sus anexos y adenda, en caso de haberlos.
Pago Mínimo. La cantidad que el Banco deberá requerir al Cliente en cada período de pago para que, una vez cubierta, el crédito se considere al corriente, sin perjuicio de que las cantidades no cubiertas por el Pago Mínimo generarán intereses conforme al presente instrumento. Solicitud de Tarjeta de Crédito. Formulario elaborado por el Banco para el trámite y obtención del crédito concedido al amparo del Contrato.
Pago Mínimo. La cantidad que el Banco deberá requerir al Cliente en cada período de pago para que, una vez cubierta, el crédito se considere al corriente, sin perjuicio de que las cantidades no cubiertas por el Pago Mínimo generarán intereses conforme al presente instrumento. RECA. Registro de Contratos de Adhesión a cargo de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, cuya finalidad es la publicidad de los contratos de adhesión. Repositorio Virtual. Sitio en Internet en donde el Cliente ingresa en forma segura para la consulta de estados de cuenta.
Pago Mínimo. Deberá pagarnos el importe total del saldo que figura en su extracto, en su totalidad, antes de la fecha de vencimiento de cada mes. Si no recibimos el Total Adeudado en la Fecha de Vencimiento reflejado en su Extracto, se considerará que incumplió los términos de este Acuerdo de Tarjeta.
Pago Mínimo. (artículo I.12 del Contrato) A cada cierre mensual, el titular deberá cumplir con el "pago mínimo" que se indica en el Estado de Cuenta, y que comprende: a) el importe de los intereses devengados, comisiones e impuestos; b) el importe de los sobregiros, si los hubiere; c) el porcentaje del 10% del saldo total adeudado; d) el importe de pagos mínimos incumplidos de meses anteriores, si los hubiere; e) otros rubros o conceptos que a juicio del Banco correspondan ser incorporados a este pago mínimo. Dichos rubros o sus porcentajes podrán ser modificados por el Banco, lo que será comunicado al CLIENTE, de acuerdo con la normativa bancocentralista, y lo previsto en el artículo II.2 del Contrato.
Pago Mínimo. El Pago Mínimo será equivalente a la totalidad de las Parcialidades que EL CLIENTE tenga a su cargo, y el monto correspondiente a los Cash Loans que se indique en el estado de cuenta del Contrato. La distribución del Pago Mínimo será de la siguiente manera: En primer lugar, se cubrirán los siguientes conceptos correspondientes a la Parcialidad o Cash Loan más antiguo: (i) intereses ordinarios, (ii) IVA causado por los intereses ordinarios, y (iii) capital. Posteriormente, el importe restante, de existir, se destinará a cubrir (i) intereses ordinarios, (ii) IVA causado por los intereses ordinarios, y (iii) capital, correspondientes a la siguiente Parcialidad o cash Loan más antiguo, y se seguirán cubriendo los conceptos correspondientes a cada Parcialidad o Cash Loan, en el mismo orden de antigüedad hasta llegar al de la fecha más reciente. Cualquier monto que no cubra el Pago Mínimo descrito con anterioridad, será distribuido en los conceptos descritos con anterioridad. El monto que no sea cubierto generará intereses moratorios y podrá ser objeto de penalizaciones a cargo del cliente. En caso de que EL CLIENTE realice un pago que resulte mayor al Pago para no Generar Intereses, el monto restante se distribuirá en las Parcialidades de los próximos Periodos de la siguiente manera: En primer lugar, se cubrirán los siguientes conceptos: (i) intereses ordinarios, (ii) IVA causado por los intereses ordinarios, y (iii) capital, de la Parcialidad que, en términos del inciso b de la presente cláusula, haya sido generada en el Periodo inmediato anterior. En segundo lugar, con el monto restante, en caso de existir, se cubrirán los siguientes conceptos: (i) intereses ordinarios, (ii) IVA causado por los intereses ordinarios, y (iii) capital, de la Parcialidad que, en términos del inciso b de la presente cláusula, se haya generado con fecha más antigua. Posteriormente, con el monto restante, en caso de existir, se cubrirán los conceptos (i) intereses ordinarios, (ii) IVA causado por los intereses ordinarios, y (iii) capital, de la siguiente parcialidad más antigua, y en el mismo orden se cubrirán los mismos conceptos de las Parcialidades siguientes, en caso de existir.
Pago Mínimo. El Tenedor podrá pagar el Total del Nuevo Balance en su totalidad o en pagos mensuales. De efectuar el pago en plazos mensuales, el pago mínimo será como sigue: *Balance entre término = pago Si el balance de la tarjeta se reduce a una cantidad menor de $15,000, el pago se determinara utilizando la siguiente tabla: *Balance entre término = pago El Tenedor podrá pagar en cualquier momento el Total del Nuevo Balance o cualquier parte de este que sea mayor que el Pago Mínimo mensual requerido.
Pago Mínimo. El pago mínimo es el abono mínimo en cada corte, expresado en moneda nacional o extranjera, que el TARJETAHABIENTE BÁSICO debe pagar a APAP para mantener la TARJETA al día y evitar que se generen cargos por atraso. El monto del pago mínimo es calculado como la totalidad de los intereses por financiamiento (incluyendo los intereses vencidos de meses anteriores), Comisiones y Cargos, más la trigésimo sexta parte del capital vigente, más el capital vencido de los pagos mínimos de meses anteriores.
Pago Mínimo. Todo pago será aplicado en primer lugar a cubrir el Pago Mínimo.