SOLICITUD DE OFERTAS SERVICIOS DE NO CONSULTORÍA
SOLICITUD DE OFERTAS SERVICIOS DE NO CONSULTORÍA
Para
La Administración del proyecto “Programa de Acceso y calidad de la Educación Superior – PACES – Componente Ecosistema Científico”
SDO No: 001-2017
Préstamo: BIRF 8701-CO
Proyecto: Programa de Acceso y calidad de la Educación Superior – PACES
Contratante: Fiduprevisora S.A. actuando como vocera y administradora del Fondo Nacional de Financiamiento para la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, Fondo Xxxxxxxxx Xxxx xx Xxxxxx
República de Colombia Emitida el: 8 de noviembre de 2017
Índice General
Pág.
PARTE 1 – Procedimientos de Licitación 3
Sección I. Instrucciones a los Oferentes (IAO) 6
Sección II. Datos de la Licitación (DDL) 39
Sección III. Formularios de la Oferta 43
Sección IV. Países Elegibles (Banco Mundial) 52
PARTE 2. Descripción del Programa de Actividades y de los Requisitos de los Servicios 56
Sección V. Programa de Actividades 57
Sección VI. Especificaciones Técnicas, de Desempeño y Diseños 66
Sección VII. Condiciones Generales del Contrato (CGC) 70
Sección VIII. Condiciones Especiales del Contrato (CEC) 91
Apéndice A-Fraude y Corrupción 99
Apéndice B-Calendario de Pagos y Requisitos para la Presentación de Informes 102
Apéndice C-Personal Clave y Subcontratistas 111
Apéndice D -Desglose del Precio del Contrato en Moneda(s) Extranjera (s) 112
Apéndice E-Desglose del Precio del Contrato en Xxxxxx Xxxxx 000
Apéndice F-Servicios y Facilidades Proporcionadas por el Contratante 114
FIDUPREVISORA a través de COLCIENCIAS suministrará toda la información que se requiera del componente de Ecosistema Científico proyecto “Acceso de Calidad de la Educación Superior – PACES”, para la adecuada administración del proyecto. 114
Sección IX. Formularios del Contrato 115
A) Carta de Aceptación (Notificación de la Adjudicación) 115
B) Formulario de Contrato 116
C) Garantías 119
PARTE 1 – Procedimientos de Licitación
Sección I. Instrucciones a los Oferentes (IAO)
Índice de Cláusulas
Pág.
Sección I. Instrucciones a los Oferentes (IAO) 6
2. Fuente del Financiamiento 6
5. Información y Calificaciones sobre el Oferente 12
B. Documentos de Licitación 15
6. Contenido de los Documentos de Licitación 15
7. Aclaración de los Documentos de Licitación 17
8. Enmienda a los Documentos de Licitación 17
C. Preparación de las Ofertas 18
11. Visita al lugar de los servicios 18
13. Documentos que componen la Oferta 18
15. Monedas de la Oferta y Pago 20
16. Período de Validez de la Oferta 21
17. Garantía de Mantenimiento de la Oferta, o Póliza de Seriedad o Declaración de Mantenimiento de la Oferta 22
19. Formato y Firma de la Oferta 25
D. Presentación de las Ofertas 25
20. Presentación e Identificación de las Ofertas 25
21. Fecha Límite para Presentación de las Ofertas 26
23. Modificación, Sustitución o Retiro de las Ofertas 27
E. Apertura y Evaluación de las Ofertas 27
24. Apertura de las Ofertas 27
26. Aclaración de las Ofertas 29
27. Cumplimiento de las Ofertas 30
28. Diferencias, errores y omisiones 31
29. Examen preliminar de las Ofertas 32
30. Examen de los Términos y Condiciones; Evaluación Técnica 32
31. Conversión a una sola moneda 33
32. Evaluación, Comparación y Poscalificación de las Ofertas 33
F. Adjudicación del Contrato 34
33. Criterios de Adjudicación 34
34. Derecho del Contratante de Aceptar Cualquier Oferta, Rechazar Cualquiera o Todas las Ofertas y variar las cantidades en el momento de adjudicación 35
35. Notificación de la Adjudicación y Firma del Contrato 35
36. Garantía de Cumplimiento del Contrato 37
Sección I. Instrucciones a los Oferentes (IAO)
1.1 En relación con el Anuncio Específico de Adquisiciones: Solicitud de Ofertas (SDO), especificado en los Datos de la Licitación (DDL), el Contratante que se indica en los DDL emite este Documento de Licitación para la prestación de servicios de No Consultoría, especificados en la Sección VI (Especificaciones Técnicas, de Desempeño y Diseños) y en la sección V (Programa de Actividades). El nombre y número de identificación de esta Solicitud de Ofertas (SDO) se proporcionan en los DDL. | |
1.2 El Oferente seleccionado deberá completar la prestación de servicios antes de la fecha de finalización prevista que se indica en los DDL. 1.3 Para todos los efectos de estos Documentos: (a) el término “por escrito” se entiende comunicación en forma escrita (por ejemplo, por correo postal, correo electrónico, fax, incluso —si así se especifica en los DDL— aquella enviada o recibida a través del sistema electrónico de adquisiciones utilizado por el Contratante), con prueba de recibo.; (b) si el contexto así lo requiere, “singular” significa “plural” y viceversa; y (a) Por "día" se entiende día corrido, a menos que se especifique "día hábil". Son días hábiles todos los días laborables del Prestatario. Se excluyen los feriados oficiales del Prestatario. | |
2.1 El Prestatario o Beneficiario (en adelante denominado el “Prestatario”) indicado en los DDL ha solicitado o recibido un financiamiento1 (en adelante denominado “fondos”) del Banco |
1 Financiamiento: Se refiere a un préstamo, donación, cooperación técnica o cualquier otro instrumento financiero concedido por los Bancos.
Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) o de la Asociación Internacional de Fomento (AIF) (en adelante, denominados el “Banco Mundial” o el “Banco”) por el monto mencionado en los DDL, para el proyecto especificado en los DDL. El Prestatario destinará una porción de dichos fondos para efectuar pagos elegibles en virtud del Contrato para el cual se emite este Documento de Licitación. 2.2 El pago se efectuará solamente a pedido del Prestatario y una vez que el Banco lo haya aprobado, de conformidad con los términos y condiciones del Convenio xx Xxxxxxxx (o de otro tipo de financiamiento). En el Convenio xx Xxxxxxxx (o de otro tipo de financiamiento) se prohíbe todo retiro de fondos de la cuenta xxx xxxxxxxx para efectuar cualquier pago a personas físicas o jurídicas o para financiar cualquier importación de bienes, equipos o materiales, si dicho pago o dicha importación están prohibidos por una decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptada en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas. Nadie más que el Prestatario podrá ejercer derecho alguno en virtud del Convenio xx Xxxxxxxx (o de otro tipo de financiamiento) ni reclamar los fondos xxx xxxxxxxx (o de otro tipo de financiamiento). | |
3.1 El Banco requiere el cumplimiento de sus Directrices Contra la Corrupción y de sus políticas y procedimientos sobre sanciones vigentes descritos en el Marco de Sanciones del Grupo Banco Mundial (GBM), como se establece en la Sección IV-A. 3.2 Para dar cumplimiento a esta política, los Oferentes deberán permitir que el Banco inspeccione todas las cuentas, registros y otros documentos relativos a los procesos de selección inicial, precalificación, presentación de ofertas, presentación de propuestas y cumplimiento contractual (en el caso de una adjudicación), y someterlos a la auditoría de profesionales que este haya designado, y deberá exigir a sus agentes |
(hayan sido declarados o no), subcontratistas, subconsultores, prestadores de servicios y su personal que hagan lo propio. | |
4.1 Oferentes Elegibles | 4.1.1 El Oferente podrá ser una persona natural, una entidad privada o una entidad de propiedad del Estado —con sujeción a la Subcláusula 4.1.3 de las IAO— o cualquier combinación de las mismas en forma de una Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) al amparo de un convenio existente o con la intención de suscribir un convenio tal respaldado por una carta de intenciones. 4.1.2 Un Oferente, y todas las partes que constituyen el Oferente, pueden tener la nacionalidad de cualquier país, de conformidad con las condiciones estipuladas en la Sección IV, (Países Elegibles). |
Conflicto de interés | |
4.1.3 Los Oferentes no deberán presentar conflictos de intereses. Si se determina que un Oferente se encuentra en tal situación, será descalificado. Podrá considerarse que un Oferente tiene un conflicto de intereses a los efectos de este proceso de licitación si: (a) controla de manera directa o indirecta a otro Oferente, es controlado de manera directa o indirecta por otro Oferente o es controlado junto a otro Oferente por una entidad en común; (b) recibe o ha recibido una gratificación directa o indirecta de otro Oferente; (c) tiene el mismo representante legal que otro Oferente; (d) posee una relación con otro Oferente, directamente o a través de terceros en común, que le permite influir en la Oferta de otro Oferente o en las decisiones del Contratante en relación con este proceso de licitación; |
(e) cualquiera de sus filiales ha participado como consultora en la preparación de los Requisitos del Contratante (incluidos los Programas de Actividades, las Especificaciones relativas al desempeño y los bocetos) para los Servicios de No Consultoría que constituyen el objeto de la oferta.
(f) cualquiera de sus filiales ha sido contratada (o se propone para ser contratada) por el Contratante o por el Prestatario para la ejecución del Contrato;
(g) proveerá bienes, obras o servicios de no consultoría resultantes de los servicios de consultoría, o directamente relacionados con ellos, para la preparación o ejecución del proyecto especificado en la IAO 2.1 de los DDL que él haya provisto o que hayan sido provistos por cualquier filial que controle de manera directa o indirecta a esa empresa, sea controlada de manera directa o indirecta por esa empresa o sea controlada junto a esa empresa por una entidad en común;
(h) tiene una relación familiar o comercial estrecha con algún profesional del personal del Prestatario (o del organismo de ejecución del proyecto, o de un beneficiario de una parte xxx xxxxxxxx) que: (i) esté directa o indirectamente relacionado con la preparación del Documento de Licitación o las especificaciones del Contrato, o el proceso de evaluación de la Oferta de ese Contrato; o (ii) pudiera estar relacionado con la ejecución o supervisión de ese Contrato a menos que el conflicto derivado de tal relación haya sido resuelto de manera aceptable para el Banco durante el proceso de adquisiciones y la ejecución del Contrato.
4.1.4 Una empresa que sea Oferente (ya sea en forma individual o como miembro de una APCA) no podrá participar en más de una Oferta, salvo en el caso de las Ofertas alternativas permitidas. Esto incluye su participación en calidad de subcontratista. Tal participación dará lugar a la descalificación de todas las Ofertas en las que haya estado involucrada la empresa en cuestión.
Por su parte, una empresa que no sea Oferente ni tampoco parte de una APCA podrá participar en calidad de subcontratista en más de una Oferta.
4.1.5 Los Oferentes podrán tener la nacionalidad de cualquier país, con sujeción a las restricciones estipuladas en la IAO 4.1.9. Se considerará que un Oferente tiene la nacionalidad de un país si se encuentra constituido, registrado o inscrito allí y opera de conformidad con las disposiciones de las leyes de dicho país, de acuerdo con lo evidenciado por su acta de constitución (o documentos de constitución o asociación equivalentes) y su documentación de inscripción, según sea el caso. Este criterio también se aplicará a la determinación de la nacionalidad de los subcontratistas o subconsultores propuestos para cualquier parte del Contrato, incluidos los servicios conexos.
4.1.6 Un Oferente que haya sido sancionado por el Banco, de acuerdo con lo establecido en sus Directrices Contra la Corrupción y de conformidad con las políticas y los procedimientos sobre sanciones vigentes establecidos en el Marco de Sanciones del GBM, conforme a lo descrito en la Sección IV- A, párrafo 2.2 (d), estará inhabilitado para la selección inicial, precalificación, presentación de Ofertas, presentación de propuestas o adjudicación de contratos financiados por el Banco, o para recibir cualquier beneficio de un contrato financiado por el Banco, financiero o de otra índole, durante el período que el Banco haya determinado. La lista de empresas y personas inhabilitadas se encuentra disponible en la dirección web que se indica en los DDL.
4.1.7 Los Oferentes que sean instituciones o empresas de propiedad estatal del país del Contratante podrán competir por Contratos y resultar adjudicatarios únicamente si demuestran, de un modo aceptable para el Banco, que: (i) son legal y financieramente autónomas, (ii) realizan operaciones de acuerdo
con el derecho comercial y (iii) no están sometidas a la supervisión del Contratante.
4.1.8 Un Oferente no debe estar suspendido por el Contratante para presentar ofertas o propuestas como resultado del incumplimiento con una Declaración de Mantenimiento de la Oferta o la Propuesta.
4.1.9 Las empresas y personas podrán considerarse inelegibles si así se dispone en la Sección IV y
(a) las leyes o regulaciones oficiales del país del Prestatario prohíben las relaciones comerciales con aquel país siempre y cuando se demuestre satisfactoriamente al Banco que esa exclusión no impedirá la competencia real para la realización de obras o la contratación de los servicios requeridos, o (b) en cumplimiento de una decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptada en virtud del Capítulo VII de la Carta de esa institución, el país del Prestatario prohíbe toda importación de bienes o contratación de obras y servicios de ese país, o todo pago a personas o entidades de ese país.
4.1.10 Esta licitación está abierta a todos los Oferentes elegibles.
Los Oferentes deberán proporcionar todas las pruebas documentales de elegibilidad que el Contratante requiera y considere suficientes, dentro de los márgenes razonables.
4.1.11 Una empresa a la cual el Prestatario haya impuesto una sanción de inhabilitación que impida que se le adjudique un contrato es elegible para participar en esta adquisición, salvo que el Banco, a pedido del Prestatario, corrobore que la inhabilitación (a) está relacionada con actos de fraude o corrupción, y
(b) se llevó a cabo en cumplimiento de un procedimiento judicial o administrativo en virtud del cual la firma estuvo sujeta al debido proceso.
5.1 Todos los Oferentes proporcionarán el Formulario de la Oferta; y el Formulario de Calificación sobre el Oferente, de acuerdo a la Sección III, Formularios de la Oferta. | |
5.2 Todos los Oferentes deberán incluir con sus Ofertas la siguiente información y documentos de la Sección III, Formularios de la Oferta, a menos que se establezca otra cosa en los DDL: | |
(a) Copias de los documentos originales que establezcan la constitución y domicilio legal del Oferente, así como el poder otorgado a quien suscriba la Oferta autorizándole a comprometer al Oferente. | |
(b) Monto total facturado por los servicios realizados en los últimos cinco (5) años o en período especificado en el 5.4 (a) de las IAO; | |
(c) Experiencia en servicios realizados de similar naturaleza y magnitud en cada uno de los últimos cinco (5) años, y detalles de los servicios en ejecución o bajo compromiso contractual, así como de los clientes que puedan ser contactados para obtener mayor información sobre dichos contratos; o en términos especificados en el 5.4. (b) de las IAO. | |
(d) Principales equipos, licencias, autorizaciones y/o instalaciones que el Oferente propone para cumplir con el contrato, en los términos especificados en el 5.4 (c) de las IAO; | |
(e) Calificaciones y experiencia del administrador del contrato propuesto y/o del personal clave propuesto para el Contrato en los términos especificados en el 5.4. (d) de las IAO. | |
(f) los informes sobre el estado financiero del Oferente, tales como estados financieros e informes de auditoría de los últimos cinco (5) años o en términos especificados en el 5.4 (e) de las IAO; | |
(g) evidencia que certifique la existencia de suficiente capital de trabajo para este Contrato |
(acceso a línea(s) de crédito y disponibilidad de otros recursos financieros); |
(h) autorización para solicitar referencias del Oferente a las instituciones bancarias; |
(i) información relativa a la existencia o no de litigios presentes o habidos durante los últimos cinco (5) años o en el número de años determinados en los DDL, en los cuales el Oferente estuvo o está involucrado, las partes afectadas, los montos en controversia, y los resultados; y |
(j) en caso de ofertas para subcontratar componentes de los Servicios, éstas contendrán el monto del porcentaje de subcontratistas, si así se permite en los DDL de acuerdo al porcentaje máximo de participación de subcontratistas por actividades o por todo el contrato. |
5.3 Las Ofertas presentadas por una Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) constituida por dos o más firmas deberán cumplir con los siguientes requisitos, a menos que se indique otra cosa en los DDL: |
(a) La Oferta deberá contener toda la información enumerada en la antes mencionada Cláusula 5.2 de las IAO; |
(b) La Oferta deberá ser firmada de manera que constituya una obligación legal para todos los socios; |
(c) La oferta debe indicar que todos los socios serán responsables mancomunada y solidariamente por el cumplimiento del Contrato de acuerdo con las condiciones del mismo de lo contrario será motivo de rechazo; |
(d) Uno de los socios deberá ser designado como representante y autorizado para contraer responsabilidades y para recibir instrucciones por y en nombre de cualquier o todos los miembros de la APCA; |
(e) Los pagos, se harán exclusivamente al socio designado; |
(f) Con la Oferta se deberá presentar una copia del Convenio de la APCA firmado por todos los socios o una Carta de Intención para formalizar el convenio de constitución de una APCA en caso de resultar seleccionados, la cual deberá ser firmada por todos los socios y estar acompañada de una copia del Convenio propuesto. |
5.4 Los Oferentes deberán cumplir con los siguientes criterios mínimos de calificación. |
(a) El número de años y monto total facturado de los servicios realizados, determinados en los DDL; |
(b) Experiencia como prestador de servicios principal en al menos dos Contratos de servicios de la misma naturaleza y dimensiones similares en los últimos cinco (5) años (para cumplir con este requisito los contratos de servicio citados deben haberse completados por lo menos en un 70%, o el porcentaje especificado en los DDL), o por el número de servicios y/o años que se especifiquen en los DDL; (c) Contar con los equipos, licencias, autorizaciones y/o instalaciones necesarias para ejecutar el Contrato de conformidad con los DDL; |
(d) Calificaciones y experiencia de un administrador de contrato con cinco (5) años de experiencia en servicios de naturaleza y volumen equivalente, incluyendo no menos de tres (3) años como gerente o líder de proyecto, o los años de experiencia o calificaciones especificados en los DDL. Las calificaciones y experiencia del personal clave se especificarán en los DDL; (e) Información sobre el Estado Financiero del Oferente, tales como informes de pérdidas y ganancias e informes de auditoría de los |
últimos cinco (5) años o por el número de años que se especifique en los DDL; | |
(f) evidencia que certifique la existencia de suficiente capital de trabajo para este Contrato (acceso a línea (s) de crédito y disponibilidad de otros recursos financieros). En el caso de Oferentes extranjeros deberán presentar documentación equivalente, expedida en su país de origen; | |
(g) Para determinar que el Oferente cumple con los criterios de calificación no se tomarán en cuenta la experiencia ni los recursos de los subcontratistas, salvo que se indique otra cosa en los DDL; | |
(h) Un historial constante de litigios o arbitraje relevantes para el objeto del servicio que hayan sido entablados contra el Oferente, cualquiera de sus socios o APCA podría resultar en la descalificación. | |
5.5 La sumatoria de los integrantes individuales de un APCA deberá alcanzar el 100% de los requisitos mínimos exigidos a un Oferente individual. No obstante, atendiendo a la naturaleza propia de la contratación, en los DDL se podrán establecer los porcentajes mínimos que deben cumplir cada uno de los integrantes del APCA, con referencia a los requisitos mínimos para los Oferentes individuales que se establecen en la Subcláusula 5.4 literales (a), (b) y (e), así como el que deberá cumplir al menos el socio designado como representante, por lo que de no satisfacerse este requisito, la Oferta presentada por la APCA será rechazada. | |
5.6 Para determinar la conformidad del Oferente con los criterios de calificación no se tomarán en cuenta la experiencia ni los recursos de los subcontratistas. | |
6.1 Los documentos de licitación comprenden las siguientes secciones y las enmiendas que se realicen conforme a la Cláusula 8 de las IAO: |
PARTE 1 – Procedimientos de Licitación • Sección I. Instrucciones a los Oferentes (IAO) • Sección II. Datos de la Licitación (DDL) • Sección III. Formularios de la Oferta • Sección IV. Países Elegibles • Sección IV-A. Fraude y Corrupción |
PARTE 2 –Descripción del Programa de Actividades y de los Requisitos de los Servicios • Sección V. Programa de Actividades • Sección VI Especificaciones Técnicas, de Desempeño y Diseños |
PARTE 3 –Contrato • Sección VII. Condiciones Generales del Contrato (CGC) • Sección VIII. Condiciones Especiales del Contrato (CEC) • Sección IX. Formularios de Contrato |
6.2 El llamado a Licitación emitido por el contratante no forma parte de los Documentos de Licitación. 6.3 El Contratante no se responsabiliza por la integridad de los Documentos de Licitación y sus enmiendas, de no haber sido obtenidos directamente del Contratante. 6.4 El Oferente deberá examinar todas las instrucciones, formularios, condiciones y especificaciones de los documentos de licitación. La presentación incompleta de la información o documentación requerida en los Documentos de Licitación puede constituir causal de rechazo de la oferta. Los documentos señalados en las Secciones III Formulario de la Oferta y V Programa de Actividades deben estar completos y ser presentados |
de acuerdo con lo estipulado en la cláusula 19 de las IAO. | |
7.1 Todo Oferente que requiera alguna aclaración sobre los Documentos de Licitación, podrá solicitarla por escrito al Contratante a la dirección indicada en los DDL. El Contratante responderá por escrito a toda solicitud de aclaración, siempre y cuando se reciba la consulta antes de que venza el plazo para la presentación de ofertas, en el período que se detalla en los DDL. El Contratante enviará copia de las respuestas, incluyendo una descripción de las consultas realizadas, sin identificar su fuente, a todos los Oferentes que hubiesen adquirido los Documentos de Licitación directamente del Contratante. | |
7.2 El Oferente también tendrá la oportunidad de solicitar alguna aclaración sobre los Documentos de Licitación en el caso de que se establezca en los DDL la realización de la audiencia de aclaraciones, a ser efectuada en la fecha, hora y dirección indicada en los DDL. La inasistencia a la audiencia de aclaraciones no será motivo de descalificación del Oferente. | |
7.3 Las modificaciones a los Documentos de Licitación que resulten necesarias en virtud de la audiencia de aclaraciones, se notificarán mediante enmienda a los Documentos de Licitación, conforme a la cláusula 8 de las IAO. | |
8.1 El Contratante podrá, en cualquier momento antes del vencimiento del plazo para presentación de ofertas, enmendar los Documentos de Licitación mediante la emisión de enmienda(s). | |
8.2 Cualquier enmienda que se emita formará parte integral de los Documentos de Licitación. Estas enmiendas deberán ser publicadas. También éstas serán comunicadas por escrito a todos los que hayan obtenido los documentos de Licitación directamente del Contratante. | |
8.3 El Contratante podrá, a su discreción, prorrogar el plazo de presentación de ofertas a fin de dar a los posibles Oferentes un plazo razonable para que puedan tomar en cuenta la enmienda en la |
preparación de sus ofertas de conformidad con la Cláusula 21.2. | |
9.1 Cada Oferente presentará solamente una oferta, en forma individual o como APCA. Un Oferente que presenta o participa en más de una oferta (en forma diferente a la de subcontratista) ocasionará que todas sus ofertas en las que el Oferente participe sean descalificadas. Un subcontratista puede participar como subcontratista en otras ofertas. Sin embargo, toda firma o individuo que haya aceptado la designación como subcontratista por algún Oferente perderá automáticamente su capacidad de postularse como Oferente o como socio de una APCA y será causal de rechazo. | |
10.1 El Oferente sufragará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta, y el Contratante no estará sujeto ni será responsable en ningún caso por dichos costos, independientemente de la modalidad o del resultado del proceso de licitación. | |
11.1 El Oferente bajo su propia responsabilidad y riesgo, podrá visitar y examinar el lugar donde los servicios son requeridos y sus alrededores y obtener toda la información que sea necesaria para preparar la oferta y celebrar un contrato para los Servicios. Los costos de la visita al lugar de los Servicios correrán por cuenta del Oferente. | |
12.1 La oferta que prepare el Oferente, así como toda la correspondencia y documentos relativos a ella que intercambien el Oferente y el Contratante, deberá redactarse en español. Los documentos complementarios y textos impresos que formen parte de la oferta podrán estar escritos en otro idioma, con la condición de que las partes relevantes de dicho material vayan acompañadas de una traducción fidedigna al idioma español. Para efectos de la interpretación de la oferta, prevalecerá dicha traducción. | |
13.1 La oferta que presente el Oferente deberá comprender los siguientes documentos: |
(a) El Formulario de la Oferta en el formato que se indica en la Sección III “Formularios de la Oferta”, debe ser debidamente diligenciado, sin alterar su forma y no se aceptarán sustitutos. Todos los espacios en blanco deben ser diligenciados con la información solicitada; |
(b) Garantía de Mantenimiento de la Oferta o Póliza de Seriedad de la Oferta o Declaración de Mantenimiento de la Oferta, de conformidad con la Cláusula 17 de las IAO, si se requiere; |
(c) El Programa de Actividades según lo especificado en los DDL (de acuerdo con la Sección V “Programa de Actividades”) y Especificaciones Técnicas, de Desempeño y Diseños (de acuerdo con la Sección VI), de conformidad con las Cláusulas 6.4 y 27 de las IAO, que establezca que los Servicios que prestará el Oferente se ajustan sustancialmente a los Documentos de Licitación; |
(d) Formulario de Calificación Sobre el Oferente (de acuerdo a la Sección III “Formularios de la Oferta”), incluyendo documentos para acreditar los datos correspondientes; |
(e) Autorización: Confirmación escrita que autorice al signatario de la oferta a comprometer al Oferente, de conformidad con la Cláusula 19 de las IAO; |
(f) Elegibilidad del Oferente: Evidencia documentada, de conformidad con la Cláusula 4 de las IAO, que establezca que el Oferente es elegible para presentar una oferta. Los Oferentes deberán completar el Formulario de Oferta, incluido en la Sección III, Formularios de la Oferta; |
(g) En el caso de una Oferta presentada por una Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA), copia del convenio de ésta, o carta de intenciones para celebrar un convenio que establezca una APCA, con inclusión de un borrador de convenio; |
(h) Cualquier otro documento relevante para el objeto de servicio que sea requerido a los Oferentes, según lo especificado en los DDL. | |
14.1 El contrato será para los servicios según se describe en las Especificaciones Técnicas de Desempeño y Diseños de la Sección VI, con base en el Programa de Actividades de la Sección V. | |
14.2 El Oferente deberá cotizar las tarifas, precios y descuentos de todas las actividades que comprenden los Servicios descritos en las Especificaciones Técnicas, de Desempeño y Diseños de la Sección VI y listados en el Programa de Actividades, Sección V. Las actividades en las que el Oferente no cotice tarifas o precios, se asumirá que están incluidas en el precio total de la oferta, sin que proceda pago adicional alguno. | |
14.3 Todos los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el Prestador de Servicios conforme al Contrato, o por cualquier otra causa, hasta veintiocho (28) días antes de la fecha del plazo para presentación de ofertas, deberán ser incluidos en el precio total de la oferta presentada. | |
14.4 Los precios cotizados por el Oferente serán fijos durante la ejecución del Contrato y no estarán sujetos a ninguna variación por ningún motivo, salvo indicación contraria en los DDL. En el caso de que en los DDL se considere ajuste de precios durante la ejecución del Contrato, este se realizará de conformidad con las disposiciones de la Cláusula 6.6 de las Condiciones Generales del Contrato. | |
14.5 A fin de determinar la remuneración por servicios adicionales, un desglose del precio a suma alzada será proporcionado por el Oferente en la forma de los Apéndices D y E del Contrato. | |
15.1 El Oferente cotizará en pesos colombianos la porción de la oferta correspondiente a gastos realizados en Colombia. |
15.2 Los Oferentes podrán expresar el precio de su oferta en cualquier moneda plenamente convertible. Los Oferentes que deseen que se les pague en varias monedas, deberán cotizar su oferta en esas monedas pero no podrán emplear más de tres monedas además del peso colombiano. | |
16.1 Las ofertas se deberán mantener válidas por el período indicado en los DDL, a partir de la fecha límite para la presentación de ofertas establecida por el Contratante. Toda oferta con un período de validez menor será rechazada por el Contratante por incumplimiento. | |
16.2 En circunstancias excepcionales y antes de que expire el periodo de validez de la oferta, el Contratante podrá solicitarle a los Oferentes que extiendan el periodo de validez de sus ofertas. La solicitud y las respuestas de los Oferentes se harán por escrito. Si se hubiere solicitado una Garantía de Mantenimiento, Póliza de Seriedad de la Oferta, o una declaración de mantenimiento de Oferta, de acuerdo con la cláusula 17 de las IAO, también éstas deberán prorrogarse por el periodo correspondiente. Un Oferente puede rechazar esta solicitud sin que se le haga efectiva su Garantía de Mantenimiento de la Oferta, la Póliza de Seriedad de la Oferta, o su declaración de mantenimiento de oferta. A los Oferentes que acepten la solicitud de prórroga no se les pedirá, ni permitirá que modifiquen sus ofertas, con excepción de lo dispuesto en la cláusula 16.3 de las IAO. | |
16.3 En el caso de contratos con precio fijo, cuyo periodo de validez de la oferta se hubiera prorrogado y la adjudicación se retrasase por un período mayor a cincuenta y seis (56) días a partir del vencimiento del plazo inicial de validez de la oferta, el precio del Contrato será ajustado mediante la aplicación de un factor que será especificado en la solicitud de prórroga. La evaluación de la oferta deberá basarse en el precio cotizado sin tomar en cuenta el ajuste mencionado. |
Mantenimiento de la Oferta, o Póliza de Seriedad o Declaración de Mantenimiento de la Oferta | 17.1 Si se solicita en los DDL el Oferente deberá presentar como parte de su Oferta, una Garantía de Mantenimiento de la Oferta; o una Póliza de Seriedad de la Oferta; o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, en el formulario original especificado en los DDL. 17.2 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta, incondicional, pagadera a la vista y a primer requerimiento; o una póliza de seriedad de la oferta, será por la suma y condiciones estipuladas en los DDL y denominadas en la (s) moneda (s) de la Oferta, y deberán: 17.2.1 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta, incondicional, pagadera a la vista y a primer requerimiento deberá: (a) A opción del Oferente, consistirá, en una garantía, a través de una carta de crédito, o en una garantía bancaria emitida por una institución bancaria; u otros instrumentos de carácter incondicional, pagaderos a la vista y a primer requerimiento; (b) Ser emitida por una institución de prestigio seleccionada por el Oferente y ubicada en un país elegible. Si la institución que emite la garantía está localizada fuera de Colombia, ésta deberá tener una institución financiera corresponsal en Colombia que permita hacer efectiva la garantía; (c) estar substancialmente de acuerdo con los formularios de la Garantía de Mantenimiento de Oferta incluidos en la Sección III, Formularios de la Oferta u otro formulario aprobado por el Contratante con anterioridad a la presentación de la oferta; (d) ser pagadera a la vista ante solicitud escrita del Contratante en caso de tener que invocar las condiciones detalladas en la Cláusula 17.6 de las IAO; (e) ser presentada en original; no se aceptarán copias; (f) permanecer válida por un período de 28 días posteriores a la fecha límite de la validez de |
las ofertas, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la Cláusula
16.2 de las IAO.
17.2.2 La Póliza de Seriedad de la Oferta:
(a) deberá presentarse en un formulario debidamente aprobado por la Superintendencia Financiera de Colombia, emitido por una aseguradora legalmente establecida o reconocida en el País. Los Oferentes extranjeros, podrán presentar documentos equivalentes emitidos en el exterior.
(b) La presentación del original de la Póliza de Seriedad de la Oferta, debidamente firmada por las partes es un requisito indispensable para la presentación de la oferta, y su falta de entrega con la oferta es causal de rechazo de la oferta. Serán subsanables los defectos de la póliza de seriedad presentada oportunamente.
(c) deberá ser presentada en original; no se aceptarán copias;
(d) deberá permanecer válida por un periodo de 28 días posteriores a la fecha límite de la validez de las ofertas, o del periodo prorrogado, si corresponde de conformidad con la Cláusula
16.2 de las IAO.
17.3 La Declaración de Mantenimiento de la Oferta deberá:
(a) ser presentada en original: no se aceptarán copias;
(b) permanecer válida por un período de 28 días posteriores a la fecha límite de la validez de las ofertas, o del periodo prorrogado, si corresponde de conformidad con la Cláusula
16.2 de las IAO;
(c) estar substancialmente de acuerdo con el formulario de la Declaración de Mantenimiento de la Oferta incluido en la Sección III, Formularios de la Oferta u otro formulario aprobado por el Contratante con anterioridad a la presentación de la oferta.
17.4 Si la Subcláusula 17.1 de las IAO exige una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o una Póliza de Seriedad de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, todas las ofertas que no estén acompañadas por la Garantía (Mantenimiento de la Oferta, o una Póliza de Seriedad de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta), que sustancialmente responda a lo requerido en la cláusula mencionada, serán rechazadas por el Contratante por incumplimiento.
17.5 La Garantía de Mantenimiento y/o Póliza de Seriedad de la Oferta de los Oferentes cuyas ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas tan pronto como sea posible después que el Oferente adjudicado suministre su Garantía de Cumplimiento o la Póliza de Cumplimiento, de conformidad con la Cláusula 36 de las IAO.
17.6 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta, la Póliza de Seriedad de la Oferta se podrá hacer efectiva o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta se podrá ejecutar si:
(a) Un Oferente retira su oferta durante el período de validez de la oferta especificado por el Oferente en el Formulario de Oferta, salvo a lo estipulado en la Subcláusula 16.2 de las IAO; o
(b) Si no acepta la corrección de los errores aritméticos de su oferta de conformidad con la cláusula 28.4 de las IAO; o
(c) si el Oferente seleccionado:
(i) no firma el contrato de conformidad con la Cláusula 35 de las IAO;
(ii) no suministra la Garantía de Cumplimiento o la Póliza de Cumplimiento de conformidad con la Cláusula 36 de las IAO;
17.7 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta, la Póliza de Seriedad de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta de una Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) deberá ser emitida en nombre de la APCA que presenta la oferta. Si dicha APCA no
ha sido legalmente constituida en el momento de presentar la oferta, la Garantía de Mantenimiento de la Oferta, la Póliza de Seriedad de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta deberá estar en nombre de todos los futuros miembros de la APCA tal como se denominan en la carta de intención mencionada en el Formulario de Información sobre el Oferente, incluido en la Sección III, Formularios de la Oferta. La Garantía de Mantenimiento de la Oferta, la Póliza de Seriedad de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de oferta deberán estar firmadas por todos los futuros miembros de la APCA tal como se denominan en la carta de intención. | |
18.1 A menos que se indique lo contrario en los DDL, no se considerarán ofertas alternativas. | |
19.1 El Oferente preparará un original de los documentos que comprenden la oferta según se describe en la Cláusula 13 de las IAO y lo marcará claramente como “ORIGINAL”. Además, el Oferente deberá presentar una copia de la oferta y marcar claramente el ejemplar como “COPIA”. En caso de discrepancia, el texto del original prevalecerá sobre la copia. | |
19.2 El original y la copia de la oferta deberán ser mecanografiados o escritos con tinta indeleble y deberán estar firmadas por la persona debidamente autorizada para firmar en nombre del Oferente, conforme a la Cláusulas 5.2 (a) o 5.3 (b) de las IAO. | |
19.3 Los textos entre líneas, tachaduras o palabras superpuestas serán válidos solamente si llevan la firma o la rúbrica de la persona que firma la Oferta. | |
20.1 Los Oferentes podrán enviar sus ofertas por correo o entregarlas personalmente. Los Oferentes tendrán la opción de presentar sus ofertas electrónicamente cuando así se indique en los DDL. | |
20.2 Los Oferentes que presenten sus ofertas por correo o las entreguen personalmente incluirán el |
original y copia de la oferta, inclusive ofertas alternativas si fueran permitidas en virtud de la cláusula 18 de las IAO, en sobres separados, cerrados en forma inviolable y debidamente identificados como “ORIGINAL” y “COPIA”. Los sobres conteniendo el original y la copia serán incluidos a su vez en un solo sobre. El resto del procedimiento será de acuerdo con las subcláusulas 20.3 y 20.4 de las IAO. | |
20.3 Los sobres interiores y el sobre exterior deberán: | |
(a) llevar el nombre y la dirección del Oferente para permitir que la oferta sea devuelta sin abrir en caso de que sea declarada “tardía” conforme a la Cláusula 22 de las IAO; | |
(b) estar dirigidos al Contratante y llevar la dirección indicada en la subcláusula 21.1 de los DDL; | |
(c) llevar el nombre y número de identificación de la SDO indicada en la cláusula 1.1 de los DDL y las Condiciones Especiales del Contrato (CEC); | |
(d) llevar una advertencia de no abrirse antes de la hora y la fecha especificadas para la apertura de la oferta según se define en la cláusula 24.1 de los DDL. | |
20.4 Si los sobres no están cerrados e identificados según lo dispuesto, el Contratante no se responsabilizará en caso de que la oferta se extravíe, traspapele o sea abierta prematuramente. | |
21.1 Las ofertas deberán ser recibidas por el Contratante en la dirección indicada en el presente documento a más tardar en la hora y la fecha indicadas en los DDL. | |
21.2 El Contratante podrá a su discreción, extender el plazo para la presentación de las ofertas, mediante una enmienda a los documentos de licitación, de conformidad con la Cláusula 8 de las IAO, en cuyo caso todos los derechos y obligaciones del Contratante y los Oferentes se sujetarán a la nueva fecha límite prorrogada. | |
22.1 El Contratante no considerará ninguna oferta que llegue con posterioridad al plazo límite para la presentación de ofertas, en virtud de la Cláusula |
21 de las IAO. Toda oferta que reciba el Contratante después del plazo límite para la presentación de las ofertas será declarada tardía y será rechazada y devuelta al Oferente remitente sin abrir. | |
23.1 El Oferente podrá modificar, sustituir o retirar su oferta, después de presentada, mediante el envío de una comunicación por escrito, de conformidad con la Cláusula 20 de las IAO, debidamente firmada por un representante autorizado y deberá incluir una copia de dicha autorización de acuerdo a lo estipulado en la Cláusula 19.2 (con excepción de la comunicación de retiro que no requiere copias), La modificación o sustitución de la Oferta deberá acompañar dicha comunicación por escrito. | |
23.2 Todas las comunicaciones deberán ser: (a) presentadas de conformidad con las Cláusulas 19 y 20 de las IAO (con excepción de la comunicación de retiro que no requiere copias) y los respectivos sobres deberán estar claramente marcados “RETIRO”, “SUSTITUCION” o “MODIFICACION” y (b) recibidas por el Contratante antes del plazo límite establecido para la presentación de las ofertas, de conformidad con la Cláusula 21 de las IAO. | |
23.3 Ninguna oferta podrá ser modificada, sustituida o retirada durante el intervalo comprendido entre la fecha límite para presentar ofertas y la expiración del período de validez de las ofertas indicado por el Oferente en el Formulario de Oferta, o cualquier extensión si la hubiese. | |
23.4 Las ofertas cuyo retiro fue solicitado de conformidad con la Cláusula 23.1 de las IAO serán devueltas sin abrir a los Oferentes remitentes. | |
24.1 El Contratante llevará a cabo el Acto de Apertura de las ofertas en público en la dirección, fecha y hora establecidas en los DDL. El procedimiento para apertura de ofertas presentadas |
electrónicamente, si fueron permitidas, estará indicado en los DDL de conformidad con la Cláusula 20.1 de las IAO. |
24.2 Primero se procederá a abrir, de entre las ofertas recibidas por correo o entregadas personalmente, los sobres marcados como “RETIRO” y se leerán en voz alta y el sobre con la oferta correspondiente no será abierto sino devuelto al Oferente remitente. No se permitirá el retiro de ninguna oferta a menos que la comunicación de retiro pertinente contenga la autorización válida para solicitar el retiro y sea leída en voz alta en el acto de apertura de las ofertas. Seguidamente, se abrirán los sobres marcados como “SUSTITUCION” se leerán en voz alta y se intercambiará con la oferta correspondiente que está siendo sustituida; la oferta sustituida no se abrirá y se devolverá al Oferente remitente. No se permitirá ninguna sustitución a menos que la comunicación de sustitución correspondiente contenga una autorización válida para solicitar la sustitución y sea leída en voz alta en el acto de apertura de las ofertas. Los sobres marcados como “MODIFICACION” se abrirán y leerán en voz alta con la oferta correspondiente. No se permitirá ninguna modificación a las ofertas a menos que la comunicación de modificación correspondiente contenga la autorización válida para solicitar la modificación y sea leída en voz alta en el acto de apertura de las ofertas. Solamente se considerarán en la evaluación los sobres que se abren y leen en voz alta durante el Acto de Apertura de las Ofertas. |
24.3 Todos los demás sobres se abrirán de uno en uno, leyendo en voz alta: el nombre del Oferente y si contiene modificaciones; los precios de la oferta, incluyendo cualquier descuento u oferta alternativa; la existencia de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta, la Póliza de Seriedad de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta de requerirse; y cualquier otro detalle que el Contratante considere pertinente. Solamente los descuentos y ofertas alternativas leídos en voz alta se considerarán en la evaluación. Ninguna oferta será rechazada durante el Acto de Apertura, |
excepto las ofertas tardías, de conformidad con la Cláusula 22.1 de las IAO. | |
24.4 El Contratante preparará el acta del acto de apertura de las ofertas que incluirá como mínimo: (a) El nombre del Oferente y si hay retiro, sustitución o modificación; (b) El precio de la Oferta, incluyendo cualquier descuento (c) Ofertas alternativas si estaban permitidas; y (d) La existencia o no de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta, la Póliza de Seriedad de la Oferta o de la Declaración de Mantenimiento de la Oferta, si se requería. Se les solicitará a los representantes de los Oferentes presentes que firmen la hoja de asistencia. Una copia del acta será distribuida a los Oferentes que presentaron sus ofertas a tiempo y será publicado en línea si fue permitido ofertar electrónicamente. | |
25.1 No se divulgará a los Oferentes ni a ninguna persona que no esté oficialmente involucrada con el proceso de la licitación, información relacionada con la revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas, ni sobre la recomendación de adjudicación del contrato hasta que se haya publicado la adjudicación del Contrato. 25.2 Cualquier intento por parte de un Oferente para influenciar al Contratante en la revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas o en la adjudicación del contrato podrá resultar en el rechazo de su oferta. 25.3 No obstante lo dispuesto en la Cláusula 25.2 de las IAO, si durante el plazo transcurrido entre el Acto de Apertura y la fecha de adjudicación del contrato, un Oferente desea comunicarse con el Contratante sobre cualquier asunto relacionado con el proceso de la licitación, deberá hacerlo por escrito. | |
26.1 Para facilitar el proceso de revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las Ofertas, el Contratante podrá, a su discreción, solicitar a cualquier Oferente aclaraciones sobre su oferta, |
incluyendo los desgloses de los precios del Programa de Actividades y demás información que el Contratante requiera. No se considerarán aclaraciones a las ofertas presentadas por los Oferentes cuando no sean en respuesta a una solicitud del Contratante. La solicitud de aclaración por el Contratante y la respuesta deberán ser hechas por escrito y no se solicitará, ofrecerá ni permitirá ninguna modificación de los precios o de los elementos sustanciales de la oferta, excepto para confirmar correcciones de errores aritméticos descubiertos por el Contratante en la evaluación de las ofertas en conformidad con la Cláusula 28. En caso de que un Oferente no haya suministrado las aclaraciones sobre su Oferta en la fecha y a la hora establecidas en la solicitud de aclaración formulada por el Contratante, su Oferta podrá ser rechazada. |
27.1. Para determinar si la oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Contratante se basará en el contenido de la propia oferta. |
27.2 Una oferta que se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones estipuladas en dichos documentos sin desviaciones, reservas u omisiones significativas. Una desviación, reserva u omisión significativa es aquella que: |
(a) afecta de una manera sustancial el alcance, la calidad o el funcionamiento de los Servicios solicitados; o |
(b) limita de una manera sustancial, contraria a los Documentos de Licitación, los derechos del Contratante o las obligaciones del Oferente, establecidas en el Formulario de Contrato; o |
(c) de rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de los otros Oferentes |
que presentan ofertas que se ajustan sustancialmente a los Documentos de Licitación. | |
27.3 Si una oferta no se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, deberá ser rechazada por el Contratante y el Oferente no podrá ajustarla posteriormente mediante correcciones de las desviaciones, reservas u omisiones significativas. | |
28.1 Si una oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Contratante podrá dispensar alguna diferencia u omisión cuando ésta no constituya una desviación significativa. | |
28.2 Cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Contratante podrá solicitarle al Oferente que presente dentro de un plazo razonable, información o documentación necesaria para rectificar diferencias u omisiones relacionadas con requisitos no significativos de documentación. Dichas omisiones no podrán estar relacionadas con ningún aspecto del precio de la Oferta. Si el Oferente no cumple con la petición, su oferta podrá ser rechazada. | |
28.3 A condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de Licitación, el Contratante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera: | |
(a) Si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido, a menos que, en opinión del Contratante, haya un error obvio en la colocación del punto decimal, entonces el precio total cotizado prevalecerá y se corregirá el precio unitario; | |
(b) si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total; | |
(c) si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras |
corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados. | |
28.4 Si el Oferente que presentó la oferta evaluada como la más baja no acepta la corrección de los errores, su oferta será rechazada y la garantía de seriedad de la oferta, la póliza de Seriedad de la Oferta o la declaración del mantenimiento de la oferta se hará efectiva de acuerdo con la Cláusula 17.6 b) | |
29.1 El Contratante examinará todas las ofertas para confirmar que todos los documentos y la documentación solicitada en la Cláusula 13 de las IAO ha sido suministrada y determinará si cada documento entregado está completo. 29.2 El Contratante confirmará que los siguientes documentos e información han sido proporcionados con la oferta. Si cualquiera de estos documentos o información faltaran, la oferta será rechazada. (a) Formulario de Oferta, de conformidad con la Cláusula 13.1 (a). (b) Programa de actividades (Sección V) y Especificaciones Técnicas, de Desempeño y Diseños (Sección VI), de conformidad con las Secciones V y VI. (c) Garantía de Mantenimiento de la Oferta, la Póliza de Seriedad de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta, de conformidad con la Subcláusula 17 de las IAO si corresponde. | |
30. Examen de los Términos y Condiciones; Evaluación Técnica | 30.1 El Contratante examinará todas las ofertas para confirmar que todas las estipulaciones y condiciones de las CGC y de las CEC han sido aceptadas por el Oferente sin desviaciones, reservas u omisiones significativas. 30.2 El Contratante evaluará los aspectos técnicos de la oferta presentada en virtud de la Cláusula 13.1 (c) de las IAO, para confirmar que todos los requisitos estipulados en la Sección V, Programa de Actividades y Sección VI Especificaciones |
Técnicas, de Desempeño y Diseño de los Documentos de Licitación, han sido cumplidos sin ninguna desviación o reserva significativa. 30.3 Si después de haber examinado los términos y condiciones y efectuada la evaluación técnica, el Contratante establece que la oferta no se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación de conformidad con la Cláusula 27 de las IAO, la oferta será rechazada. | |
31.1 Para efectos de evaluación y comparación de las ofertas, el Contratante convertirá todos los precios de las ofertas expresados en las diversas monedas a pesos colombianos. La fuente y la fecha del tipo de cambio están especificadas en los DDL. | |
Comparación y Poscalificación de las Ofertas | 32.1 El Contratante evaluará todas las ofertas que se determine que hasta esta etapa de la evaluación se ajustan sustancialmente a los Documentos de Licitación. |
32.2 Para evaluar las ofertas, el Contratante utilizará únicamente los factores, metodologías y criterios definidos en la Cláusula 32 de las IAO. No se permitirá ningún otro criterio ni metodología. | |
32.3 Al evaluar las ofertas, el Contratante considerará lo siguiente: | |
(a) el precio cotizado de conformidad con la Cláusula 14 de las IAO. | |
(b) el ajuste del precio por correcciones de errores aritméticos conforme a la Cláusula 28 de las IAO; | |
(c) el ajuste del precio debido a descuentos ofrecidos de conformidad con la Cláusula 14.2 de las IAO; | |
(d) excluyendo las sumas relacionadas con actividades de contingencia, si hubiese, en el Programa de Actividades, pero incluyendo la tarifa diaria del servicio, cuando sea solicitada en las Especificaciones Técnicas, de Desempeño y Diseños. | |
32.4 Las variaciones, desviaciones y demás factores que exceden los requisitos de los documentos de licitación o de otro modo den como resultado |
beneficios no solicitados por el Contratante no se tomarán en cuenta en la evaluación de las ofertas. | |
32.5 El efecto calculado de cualquier condición de ajuste de precios, conforme a la Cláusula 6.6 de las Condiciones Generales del Contrato, durante el periodo de implementación del Contrato, no se tomará en cuenta en la evaluación de las ofertas. | |
Comparación de las Ofertas | 32.6 El Contratante comparará todas las ofertas que cumplen sustancialmente para determinar la oferta evaluada como la más baja, de conformidad con la Cláusula 32 de las IAO. |
32.7 El Contratante determinará, a su entera satisfacción, si el Oferente seleccionado como el que ha presentado la oferta evaluada como la más baja y ha cumplido sustancialmente con la oferta, está calificado para ejecutar el Contrato satisfactoriamente. | |
Poscalificación de las Ofertas | Dicha determinación se basará en el examen de la evidencia documentada de las calificaciones del Oferente que éste ha presentado, de conformidad con la Cláusula 5 de las IAO y la Sección III “Formularios de la Oferta”. |
Una determinación afirmativa será un requisito previo para la adjudicación del Contrato al Oferente. Una determinación negativa resultará en el rechazo de la oferta del Oferente, en cuyo caso el Contratante procederá a determinar si el Oferente que presentó la siguiente oferta evaluada como la más baja está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente. | |
33.1 Con sujeción a lo dispuesto en la Cláusula 34 de las IAO, el Contratante adjudicará el Contrato al Oferente cuya oferta se ajuste sustancialmente a los requisitos de los documentos de licitación y haya sido evaluada como la más baja, siempre y cuando, el Contratante determine que dicho Oferente es: (a) elegible de acuerdo con las disposiciones de la Cláusula 4 de las IAO y (b) está calificado en conformidad con las disposiciones de la Cláusula 5 de las IAO. | |
Adjudicación |
34.1 No obstante lo establecido en la Cláusula 33 de las IAO, el Contratante se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier oferta, así como el derecho a anular el proceso de licitación y rechazar todas las ofertas en cualquier momento con anterioridad a la adjudicación del Contrato, sin que por ello adquiera responsabilidad alguna ante los Oferentes afectados por esta decisión. 34.2 Al momento de adjudicar el Contrato, el Contratante se reserva el derecho de aumentar o disminuir la cantidad de los Servicios especificados originalmente en la Sección V Programa de Actividades y con base en la Sección VI Especificaciones Técnicas, de Desempeño y Diseños, siempre y cuando esta variación no exceda los porcentajes indicados en los DDL, y no altere los precios unitarios u otros términos y condiciones de la Oferta y de los Documentos de Licitación. | |
35.1 Antes de la expiración del período de validez de las ofertas, el Contratante publicará en el sitio de Internet indicado en los DDL, el nombre de cada Oferente, los precios de las ofertas leídos en voz alta en el Acto de Apertura de las Ofertas, los nombres y precios evaluados de cada una de las ofertas que fueron evaluadas, los nombres de los Oferentes cuyas ofertas fueron rechazadas y las razones de su rechazo. 35.2 Después de transcurrido un plazo de siete (7) días, a partir de la fecha de publicación señalada en el numeral anterior, el Contratante notificará por escrito al Oferente seleccionado que su Oferta ha sido aceptada. Mientras se prepara un Contrato formal y es perfeccionado, la notificación de adjudicación constituirá el Contrato, supeditado a la presentación de la Garantía de Cumplimiento por el Oferente, de conformidad con las disposiciones de la Cláusula 36 de las IAO, y a la firma del Contrato, de conformidad con la Cláusula 35 de las IAO. | |
35.3 El Contratante publicará en el sitio de Internet UNDB (United Nations Development Business) o en los medios electrónicos que se indiquen en los DDL de conformidad con las Normas de Adquisiciones del BIRF y adicionalmente podrá |
hacerlo en SECOP (Sistema Electrónico para la Contratación Pública) 2, los resultados de la licitación, que identifiquen la oferta y la siguiente información: a) nombre de cada Oferente que haya entregado una oferta; b) precios de las ofertas leídos en voz alta en la apertura de ofertas; c) nombre y precio evaluado de cada oferta que fue evaluada; d) nombre de los Oferentes cuyas ofertas fueron rechazadas y las razones de su rechazo; e) nombre del Oferente seleccionado y el precio cotizado , así como la duración y un resumen del alcance del contrato adjudicado. |
35.4 Después de la publicación de la información relativa a la adjudicación del contrato, los Oferentes no seleccionados podrán solicitar por escrito al Contratante una reunión informativa a fin de obtener explicaciones de las razones por las cuales sus Ofertas no fueron seleccionadas. El Contratante responderá prontamente por escrito a cada Oferente que haya solicitado una explicación. Los Oferentes que no estén conformes con la explicación del Contratante, podrán presentar inconformidades o quejas ante el Contratante después de la publicación de los resultados de la evaluación. Si como resultado del análisis de las inconformidades, el Contratante modifica la adjudicación del contrato, este deberá publicar nuevamente dicha adjudicación. 35.5 Inmediatamente después de la notificación de adjudicación, el Contratante enviará al Oferente seleccionado el Formulario de contrato y las Condiciones Generales y Especiales del Contrato. 35.6 El Oferente seleccionado tendrá un plazo xx xxxx (10) días después de la fecha de recibo del Formulario de contrato para firmarlo, fecharlo y devolverlo al Contratante. En los casos en los que el Oferente seleccionado sea una APCA, el contrato debe ser firmado en los términos establecidos en la Cláusula 5.3 inciso (b) de las IAO y en el Formulario de Contrato, contenido en la Sección IX, inciso B). |
2 Portal Único de Contratación”( xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx)
35.7 Cuando el Oferente seleccionado suministre el Formulario de contrato firmado y la garantía de cumplimiento o la Póliza de Cumplimiento (según sea el caso) de conformidad con la Cláusula 36 de las IAO, el Contratante informará inmediatamente a cada uno de los Oferentes no seleccionados, de conformidad con la Cláusula 17.5 de las IAO. | |
Cumplimiento del Contrato | 36.1 Dentro de los veintiocho (28) días siguientes a la notificación de la adjudicación del Contrato, el Oferente seleccionado deberá presentar la Garantía de Cumplimiento del Contrato, de conformidad con las CGC, utilizando para dicho propósito el formulario de Garantía de Cumplimiento del Contrato (Bancaria o Póliza, según se determine en las CEC), utilizando para dicho propósito el formulario de Garantía de Cumplimiento incluido en la Sección IX, Formularios del Contrato, u otro formulario aceptable para el Contratante. En el caso de una Póliza de Cumplimiento, se utilizará un formulario debidamente aprobado por la Superintendencia Financiera de Colombia y emitida por una aseguradora legalmente establecida o reconocida en el País. |
36.2 Si el Oferente seleccionado no cumple con la presentación de la Garantía de Cumplimiento mencionada anteriormente o no firma el Contrato, esto constituirá bases suficientes para anular la adjudicación del contrato. En tal caso, el Contratante podrá adjudicar el Contrato al Oferente cuya oferta sea evaluada como la siguiente más baja y que se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, y que el Contratante determine que está calificado para ejecutar el Contrato satisfactoriamente. | |
37.1 El Contratante propone a la persona mencionada en los DDL para que sea nombrada Mediador conforme al Contrato, con los honorarios por hora especificado en los Datos de Licitación. Si el Oferente no está de acuerdo con esta propuesta, el Oferente debe declararlo así en la oferta. Si, en la Carta de Aceptación, el |
Contratante no se ha puesto de acuerdo en el nombramiento del Mediador, el Mediador será nombrado por la Autoridad Designada mencionada en las Condiciones Especiales del Contrato a solicitud de cualquiera de las partes.
Sección II. Datos de la Licitación (DDL)
Los datos específicos que se presentan a continuación sobre los Servicios de No Consultoría que haya de adquirirse, complementarán, suplementarán o enmendarán las disposiciones de las Instrucciones a los Oferentes (IAO). En caso de conflicto, las disposiciones contenidas aquí prevalecerán sobre las disposiciones en las IAO.
IAO | Referencia de Cláusula de Instrucciones a los Oferentes |
(1.1) | El Contratante es FIDUPREVISORA S.A. actuando como vocera y administradora del Fondo Nacional de Financiamiento para la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, FONDO XXXXXXXXX XXXX XX XXXXXX. NIT 830.053.105-3 El nombre y número de identificación de la Solicitud de Ofertas es No. SDO 001-2017 para la Administración del proyecto “Programa de Acceso y Calidad de la Educación Superior – PACES- Componente Ecosistema Científico”. |
(1.2) | La fecha estimada de Terminación es treinta y uno (31) de diciembre de 2022. |
(2.1) | El nombre del Prestatario es: INSTITUTO COLOMBIANO DE CRÉDITO EDUCATIVO Y ESTUDIOS TÉCNICOS EN EL EXTERIOR XXXXXXX XXXXXX XXXXX. - ICETEX. El nombre del “Banco” es el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF. El nombre y número xx xxxxxxxx, donación o cooperación técnica es: Programa de Acceso y Calidad de la Educación Superior – PACES - Préstamo BIRF 8701-CO. El nombre del Proyecto es: PROGRAMA DE ACCESO Y CALIDAD DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR – PACES. |
4.1.6. | La lista de empresas y personas inhabilitadas puede consultarse en el sitio web externo del Banco: xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx/xxxxxx. |
(5.2) | La información solicitada a los Oferentes en la Cláusula 5.2 de las IAO se ajusta de la siguiente manera: |
(5.2 a) | Los Oferentes deberán contar con personería jurídica que contemple dentro de su razón social la posibilidad de realizar administración de proyectos. |
(5.2 b) | Monto total facturado por los servicios realizados en los últimos tres (3) años. |
(5.2 c) | Experiencia de servicios realizados de similar naturaleza y magnitud en cada uno de los últimos tres (3) años. |
(5.2 f) | Los informes que debe presentar el Oferente relativos a la solvencia económica, serán los estados financieros e informes de auditoría de |
los últimos tres (3) años, debidamente dictaminados por el revisor fiscal o representante legal de la entidad. | |
(5.2 i) | La información concerniente a cualquier litigio, en curso o concluidos, durante los últimos cinco (5) años en el que el Oferente está involucrado. |
(5.2 j) | Los Oferentes no podrán subcontratar parte de los servicios. |
5.3 | Información adicional requerida de la Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) en términos de la cláusula 5.3: ningún requisito adicional. |
(5.4. a) | El monto total facturado, entiéndase como los ingresos percibidos por el Oferente por los servicios realizados durante los últimos tres (3) años deberá ser mayor al 50% del monto que resulta de calcular el porcentaje que el Oferente cobrará por administrar los recursos del presente proyecto. Se precisa que el monto facturado a demostrar debe ser en cada uno de los últimos 3 años. |
(5.4 b) | Información que demuestre la experiencia como administradores de proyectos, ejecutados en los últimos tres (3) años que deberán haberse completado en un porcentaje de 70%. |
(5.4 c) | Los equipos, licencias, autorizaciones y/o instalaciones necesarias que debe proporcionar el Oferente para el contrato serán: Software contable. |
(5.4 d) | Las calificaciones y experiencia mínima del equipo deberán ser: - Del administrador del contrato: Profesional especializado administrativo-financiero con mínimo cinco (5) años de experiencia. - Del apoyo administrativo: Mínimo tres (3) años de experiencia. - Del profesional jurídico: Mínimo tres (3) años de experiencia. |
(5.4 e) | Los informes que debe presentar el Oferente sobre el Estado Financiero, relativos a la solvencia económica deben corresponder a los últimos tres (3) años. Con corte a 31 de diciembre de 2016 deberá cumplir con los siguientes indicadores de solidez financiera: - Índice de Liquidez: Activo corriente/Pasivo corriente: ≥ 1,0 -Nivel de endeudamiento: Pasivo total/Activo Total: ≤ 0,90 |
(5.4 g) | No se tomará en cuenta la experiencia y los recursos de los subcontratistas. El subcontratista deberá demostrar una capacidad técnica y económica de: No aplica |
(5.4 h) | El monto total de los litigios deberá ser menor al 50% de los activos totales de la empresa con corte a 31 de diciembre de 2016. |
5.5 | NO aplica porcentajes mínimos que deben cumplir cada uno de los integrantes del APCA. |
7.1 | Para aclaraciones de las Ofertas, solamente, la dirección del Contratante es: Atención: Xxxxxxx Xxxxx 00 Xx. 57-41 Piso 2 Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx – Contratista Dirección de Fomento a la Investigación. Dirección de correo electrónico: xxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx Ciudad: Bogotá Teléfono: 6258480 ext. 0000- 0000 |
7.2 | NO se realizará audiencia de aclaraciones |
13.1. (c) | No se requiere la preparación de un Programa de Actividades por parte del Oferente. El Oferente debe aceptar el Programa de Actividades preparado por el Contratante que hace parte de los documentos de licitación, el cual deberá presentar con su Oferta en los términos descritos en la Sección V. |
(13.1 h) | Los documentos adicionales a ser presentados son los siguientes: Ninguno adicional. |
(14.4) | El Contrato no está sujeto a ajuste de precios de acuerdo con la Cláusula 6.6 de las Condiciones Generales del Contrato. |
(16.1) | El periodo de validez de las ofertas será de 45 días calendario a partir de la fecha límite de presentación de las ofertas. |
(17.1) | La oferta deberá incluir una “Declaración de Mantenimiento de la Oferta” utilizando el formulario incluido en la Sección III - Formularios de la Oferta en los términos establecidos en la Subcláusula 17.3 de las IAO. |
18.1 | No se considerarán ofertas alternativas. |
20.1 | Los Oferentes “no tendrán” la opción de presentar sus ofertas electrónicamente. |
21.1 | Para propósitos de la presentación de las ofertas, la dirección del Contratante es: Atención: Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx – Contratista Dirección de Fomento a la Investigación – COLCIENCIAS. Dirección: Xxxxxxx Xxxxx 00 Xx. 57-41 |
Número del Piso/Oficina: Piso 5 – Equipo Ecosistema Científico Ciudad: Bogotá País: Colombia La fecha límite para presentar las ofertas es: Fecha: seis (6) de diciembre de 2017 Hora: 3:00 p.m. | |
24.1 | La apertura de las ofertas tendrá lugar en: Dirección: Xxxxxxx Xxxxx 00 Xx. 57-41 Número de Piso/Oficina Piso 2 Ciudad: Bogotá País: Colombia Fecha: Seis (6) de diciembre de 2017 Hora: 3:15 p.m. |
31.1 | La fuente del tipo de cambio será: Banco de la República Fecha del tipo de cambio: Es la fecha de apertura de ofertas indicada en estos Datos de la licitación (IAO 24) o, en caso de otorgarse prórroga a la misma, la fecha de apertura convenida con esta prórroga. |
34.2 | El máximo porcentaje en que la cantidad de los servicios podrán ser aumentadas es: 15% El máximo porcentaje en que la cantidad de los servicios podrán ser disminuidas es: 15% |
35.1 | |
35.3 | Ningún medio electrónico adicional |
37.1 | El Contratante no propone hacer uso del Mediador. |
Sección III. Formularios de la Oferta
A.Formulario de la Oferta
[El Oferente completará este formulario de acuerdo con las instrucciones indicadas. No se permitirán alteraciones a este formulario ni se aceptarán sustituciones.]
Fecha: [Indicar la fecha (día, mes y año) de la presentación de la Oferta]
SDO No.001-2017
A: FIDUPREVISORA S.A.
Nosotros, los suscritos, declaramos que:
(a) Hemos examinado y no hallamos objeción alguna a los documentos de la SDO, incluso sus Enmiendas Nos. [indicar el número y la fecha de emisión de cada Enmienda];
(b) Ofrecemos proveer los servicios para administrar el componente de Ecosistema Científico del proyecto “Acceso y calidad de la Educación Superior – PACES”, de conformidad con los Documentos de SDO y de acuerdo al Programa de Actividades y Especificaciones Técnicas.
(c) Aceptamos el Programa de Actividades incluido en los documentos de SDO y nos comprometemos a desarrollarlo de conformidad con el Contrato.
(d) El precio total de nuestra Oferta, excluyendo cualquier descuento ofrecido en el rubro (e) a continuación es: [indicar el porcentaje de administración que ofrece cobrar para la ejecución del contrato en cifras, y el Impuesto al Valor Agregado por separado, cuando corresponda. El porcentaje de administración deberá contener dos decimales].
(e) Los descuentos ofrecidos y la metodología para su aplicación son:
Descuentos. Si nuestra oferta es aceptada, los siguientes descuentos serán aplicables:
[detallar cada descuento ofrecido].
Metodología y Aplicación de los Descuentos. Los descuentos se aplicarán de acuerdo a la siguiente metodología: [Detallar la metodología que se aplicará a los descuentos];
(f) Nuestra oferta se mantendrá vigente por el período establecido en la Cláusula 16.1 de las IAO, a partir de la fecha límite fijada para la presentación de las ofertas de conformidad con la Cláusula 21.1 de las IAO. Esta oferta nos obligará y podrá ser aceptada en cualquier momento antes de la expiración de dicho período;
(g) Si nuestra oferta es aceptada, nos comprometemos a obtener una Garantía de Cumplimiento del Contrato o una póliza de cumplimiento de conformidad con la Cláusula 36 de las IAO y Cláusula 3.9 de las CGC;
(h) No tenemos conflicto de intereses de conformidad con la Cláusula 4.1.3 para el BIRF de las IAO.
(i) Nuestra empresa, sus afiliados o subsidiarias, incluyendo todos los subcontratistas o proveedores para ejecutar cualquier parte del contrato, no han sido declarados inelegibles por el Banco, de conformidad con la Cláusula 4.1 para el BIRF de las IAO. o bajo las leyes de la República de Colombia o normativas oficiales en relación con la participación y la celebración de contratos;
(j) Las siguientes comisiones, gratificaciones u honorarios han sido pagados o serán pagados en relación con el proceso de esta SDO o ejecución del Contrato: [indicar el nombre completo de cada receptor, su dirección completa, la razón por la cual se pagó cada comisión o gratificación y la cantidad y moneda de cada comisión o gratificación]
Nombre del Receptor | Dirección | Concepto | Monto y Moneda |
(Si no han sido pagadas o no serán pagadas, indicar “ninguna”.)
(k) Entendemos que esta oferta, junto con su debida aceptación por escrito incluida en la notificación de adjudicación, constituirán una obligación contractual entre nosotros, hasta que el Contrato formal haya sido perfeccionado por las partes.
(l) Xxxxxxxxxx que ustedes no están obligados a aceptar la oferta evaluada como la más baja ni ninguna otra oferta que reciban.
(m) Nos abstendremos de adoptar conductas para que los servidores públicos del Contratante, induzcan o alteren las evaluaciones de las ofertas, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes.
(n) Certificamos que nuestra oferta se preparó de forma independiente:
(i) Nuestra oferta fue elaborada de forma independiente, sin ninguna consulta, comunicación o acuerdo con ningún otro Oferentes o competidores relacionados con
(i) los precios; (ii) la intención de presentar una oferta; o (iii) métodos y/o factores utilizados para calcular el precio de la oferta;
(ii) Los precios de la oferta no han sido ni serán dados a conocer directa y/o indirectamente a los otros Oferentes y/o competidores antes del acto de apertura de las ofertas;
(iii) El Oferente no ha incurrido ni incurrirá en actos encaminados a inducir, forzar, coaccionar, ni acordar con otras firmas su participación en este proceso con el propósito de restringir competencia.
Nombre y Firma: [indicar el nombre completo de la persona que firma el Formulario de la Oferta]. En calidad de [indicar la calidad jurídica de la persona que firma el Formulario de la Oferta]
Debidamente autorizado para firmar la oferta por y en nombre de: [indicar el nombre completo del Oferente]
El día del mes del año [indicar la fecha de la firma]
B. Formulario de Calificación sobre el Oferente
[El Oferente deberá completar este formulario de acuerdo con las instrucciones siguientes. No se aceptará ninguna alteración a este formulario ni se aceptarán sustitutos. En el caso de una Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA), deberá utilizar este formulario. La información del formulario no se incorpora en el Contrato. Adjunte páginas adicionales si es necesario. Las secciones pertinentes en los documentos adjuntos deberán ser traducidas al español.]
Fecha: [indicar la fecha (día, mes y año) de la presentación de la Oferta]
SDO No.: 001-2017
Página de páginas
1. Firmas individuales, o cada miembro del APCA. | 1.1 Incorporación, constitución o estatus jurídico del Oferente [adjunte copia de documento legal que lo acredite o carta de intención para formalizar el convenio de constitución de un APCA] Lugar de constitución o incorporación: [indique] Domicilio legal: [indique] Sede principal de actividades: [indique] Poder del firmante de la Oferta (Representante de la firma) [adjunte] 1.2 La experiencia como prestador de servicios de similar naturaleza y magnitud es en [indique el número de servicios e información que se especifica en la Cláusula 5.4 (b) de los DDL]. También detalle los servicios realizados, en ejecución o bajo compromiso contractual, incluyendo las fechas estimadas de terminación] | |||
Nombre del Proyecto y País | Nombre del Contratante y Persona a quien contactar | (Servicios Realizados) Tipo de servicios, fecha de terminación | (Servicios en ejecución) Tipo de servicios, fecha estimada de terminación y porcentaje de avance | Valor del Contrato (equivalente en moneda nacional) |
(a) | ||||
(b) | ||||
1.3 Los principales equipos, licencias, autorizaciones y/o instalaciones que propone el Oferente son: [Proporcione toda la información solicitada a continuación] | ||
Equipo, licencias, autorizaciones y/o Instalaciones | Descripción | Propio, alquilado |
(a)Software contable | ||
1.4 Las calificaciones y experiencia del administrador del contrato y de otro personal propuesto para el Contrato se adjuntan. [Adjunte las hojas de vida, incluya la lista de dicho personal en la tabla siguiente. | |||
Cargo | Nombre | Años de Experiencia | Años de experiencia en el cargo |
(a)Administrador del Contrato | |||
(b)Apoyo Administrativo | |||
(c)Profesional jurídico |
1.5 El monto total facturado en el año 2016 fue de:
.
El monto total facturado en el año 2015 fue de:
.
El monto total facturado en el año 2014 fue de:
.
1.6 Los informes relativos a la solvencia económica: Se adjuntan los estados financieros e informes de auditoría de los últimos tres (3) años, debidamente dictaminados por el revisor fiscal o representante legal de la entidad, de conformidad con la Cláusula 5.4 (e) de los DDL.
1.7 La evidencia que certifique la existencia de suficiente capital de trabajo de acuerdo con la Cláusula 5.4 (e) de los DDL es: [liste a continuación y adjunte copias de los documentos que corroboren lo anterior.]
1.8 Adjuntar autorización con nombre, dirección, y números de teléfono, para contactar bancos que puedan proporcionar referencias del Oferente en caso de que el Contratante se las solicite, se adjunta en conformidad con la Cláusula 5.2 (h) de las IAO [Adjunte la autorización correspondiente].
Nombre de la(s) otra(s) Parte(s) | Causa de la Controversia | Monto en cuestión | Resolución |
(a) | |||
(b) |
2. Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) | 2.1 La información solicitada en los párrafos 1.1 a 1.9 anteriores debe ser proporcionada por cada socio de la APCA. 2.2 Deberá entregarse el Poder o documento otorgado al representante nombrado por la APCA para firmar la Oferta en nombre de ésta, en términos de la cláusula 5.3 (d) de las IAO. 2.3 Deberá entregarse el Convenio celebrado entre todos los integrantes de la APCA (documento que legalmente compromete a todos los integrantes) o la Carta de Intención para formalizar el convenio de constitución de una APCA en caso de resultar seleccionados, en los que conste que: (a) Todos los integrantes serán responsables mancomunada y solidariamente por el cumplimiento del Contrato de acuerdo con las condiciones del mismo; (b) Se designará como representante a uno de los integrantes, el que tendrá facultades para contraer obligaciones y recibir instrucciones para y en nombre de todos y cada uno de los integrantes de la APCA; y (c) Los pagos, se harán exclusivamente al socio designado. |
3. Requisitos adicionales | 3.1 Los Oferentes deberán entregar toda información adicional a la requerida en las Cláusulas 5.2 y 5.3 de los DDL. |
1.9 Proporcionar la información sobre litigios pendientes o habidos en el que el Oferente estuvo o éste involucrado, de conformidad con la Cláusula 5.2 (i) de las IAO. o de los DDL [Incluya la información en la tabla siguiente]
Oferta
C. Formulario de Declaración de mantenimiento de la Oferta
Fecha: [indique la fecha]
Nombre del Contrato.: Administrar el componente de Ecosistema Científico del proyecto
“Acceso y calidad de la Educación Superior - PACES”
No. de Identificación del Proceso: SDO-001-2017
A: FIDUPREVISORA S.A.
Nosotros, los suscritos, declaramos que:
1. Entendemos que, de acuerdo con sus condiciones, las Ofertas deberán estar respaldadas por una Declaración de Mantenimiento de la Oferta.
2. Aceptamos que automáticamente seremos declarados inelegibles para participar en cualquier licitación de contrato con el Contratante por un período de 5 años contado a partir de la fecha de declaratoria al Oferente que incumple, si violamos nuestra(s) obligación(es) bajo las condiciones de la Oferta sea porque:
(a) retiráramos nuestra Oferta durante el período de vigencia de la Oferta especificado por nosotros en el Formulario de Oferta; o
(b) no aceptamos la corrección de los errores de conformidad con las Instrucciones a los Oferentes (en adelante “las IAO”) en los Documentos de SDO; o
(c) Si después de haber sido notificados de la aceptación de nuestra Oferta durante el período de validez de la misma, (i) no firmamos o rehusamos firmar el Contrato, si así se nos solicita; o (ii) no suministramos o rehusamos suministrar la Garantía de Cumplimiento de conformidad con las IAO.
3. Entendemos que esta Declaración de Mantenimiento de la Oferta expirará, si no somos el Oferente Seleccionado, cuando ocurra el primero de los siguientes hechos: (i) hemos recibido una copia de su comunicación informando que no somos el Oferente seleccionado; o (ii) haber transcurrido veintiocho (28) días después de la expiración de nuestra Oferta.
4. Entendemos que si somos una APCA, la Declaración de Mantenimiento de la Oferta deberá estar en el nombre de la APCA que presenta la Oferta. Si la APCA no ha sido legalmente constituida en el momento de presentar la Oferta, la Declaración de Mantenimiento de la Oferta deberá estar en nombre de todos los miembros futuros tal como se enumeran en la Carta de Intención mencionada en la Subcláusula 13.1 (g) de las IAO.
Firmada: [firma del representante autorizado]. En capacidad de [indique el cargo]
Nombre: [indique el nombre en letra de molde o mecanografiado]
Debidamente autorizado para firmar la Oferta por y en nombre de: [indique el nombre la entidad que autoriza]
Fechada el [indique el día] día de [indique el mes] de [indique el año]
Sección IV. Países Elegibles (Banco Mundial)
Elegibilidad para el suministro de bienes, la contratación de obras y prestación de servicios en adquisiciones financiadas por el Banco Mundial
Con referencia a la IAO 4.1.9, para información de los Oferentes, las empresas, los bienes y los servicios de los siguientes países quedarán excluidos de este proceso de licitación:
En virtud de la IAO 4.1.9(a): ninguno En virtud de la IAO 4.1.9(b): ninguno
Sección IV-A. Fraude y Corrupción
1. Propósito
1.1 Las Directrices Contra la Corrupción del Banco y este anexo se aplicarán a las adquisiciones en el marco de las operaciones de Financiamiento para Proyectos de Inversión del Banco.
2. Requisitos
2.1 El Banco exige que los Prestatarios (incluidos los beneficiarios del financiamiento del Banco), Oferentes (postulantes / proponentes), consultores, contratistas y proveedores, todo subcontratista, subconsultor, prestadores de servicios o proveedores, todo agente (haya sido declarado o no), y todo miembro de su personal, observen las más elevadas normas éticas durante el proceso de adquisición, la selección y la ejecución de contratos financiados por el Banco, y se abstengan de realizar prácticas fraudulentas o corruptas.
2.2 Con ese fin, el Banco:
a. Define de la siguiente manera, a los efectos de esta disposición, las expresiones que se indican a continuación:
i. Por “práctica corrupta” se entiende el ofrecimiento, entrega, aceptación o solicitud directa o indirecta de cualquier cosa de valor con el fin de influir indebidamente en el accionar de otra parte.
ii. Por “práctica fraudulenta” se entiende cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de información, con el que se engañe o se intente engañar en forma deliberada o imprudente a una parte con el fin de obtener un beneficio financiero o de otra índole, o para evadir una obligación.
iii. Por “práctica colusoria” se entiende todo arreglo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito ilícito, como el de influir de forma indebida en el accionar de otra parte.
iv. Por “práctica coercitiva” se entiende el perjuicio o daño o la amenaza de causar perjuicio o daño directa o indirectamente a cualquiera de las partes o a sus bienes para influir de forma indebida en su accionar.
v. Por “práctica obstructiva” se entiende:
(a) la destrucción, falsificación, alteración u ocultamiento deliberado de pruebas materiales referidas a una investigación o el acto de dar falsos testimonios a los investigadores para impedir materialmente que el Banco investigue denuncias de prácticas corruptas, fraudulentas, coercitivas o colusorias, o la amenaza, persecución o intimidación de otra parte para evitar que revele lo que conoce sobre asuntos relacionados con una investigación o lleve a cabo la investigación, o
(b) los actos destinados a impedir materialmente que el Banco ejerza sus derechos de inspección y auditoría establecidos en el párrafo 2.2 (e), que figura a continuación.
b. Rechazará toda propuesta de adjudicación si determina que la empresa o persona recomendada para la adjudicación, los miembros de su personal, sus agentes, subconsultores, subcontratistas, prestadores de servicios, proveedores o empleados han participado, directa o indirectamente, en prácticas corruptas, fraudulentas, colusorias, coercitivas u obstructivas para competir por el contrato en cuestión.
c. Además de utilizar los recursos legales establecidos en el convenio legal pertinente, podrá adoptar otras medidas adecuadas, entre ellas declarar que las adquisiciones están viciadas, si determina en cualquier momento que los representantes del prestatario o de un receptor de una parte de los fondos xxx xxxxxxxx participaron en prácticas corruptas, fraudulentas, colusorias, coercitivas u obstructivas durante el proceso de adquisición, o la selección o ejecución del contrato en cuestión, y que el prestatario no tomó medidas oportunas y adecuadas, satisfactorias para el Banco, para abordar dichas prácticas cuando estas ocurrieron, como informar en tiempo y forma a este último al tomar conocimiento de los hechos.
d. Podrá sancionar, conforme a lo establecido en sus Directrices Contra la Corrupción y a sus políticas y procedimientos de sanciones vigentes, a cualquier empresa o persona en forma indefinida o durante un período determinado, lo que incluye declarar públicamente a dicha empresa o persona inelegibles para: (i) obtener la adjudicación o recibir cualquier beneficio, ya sea financiero o de otra índole, de un contrato financiado por el Banco3; (ii) ser nominada4 como subcontratista, consultor, fabricante, proveedor, o prestador de servicios de otra empresa elegible a la cual se le haya adjudicado un contrato financiado por el Banco, y (iii) recibir los fondos de un préstamo del Banco o participar en la preparación o la ejecución de cualquier proyecto financiado por el Banco.
e. Exigirá que en los documentos de licitación o solicitud de propuestas y en los contratos financiados con préstamos del Banco se incluya una cláusula en la que se exija que los Oferentes (postulantes / proponentes), consultores, contratistas y proveedores, así como sus subcontratistas, subconsultores, prestadores de servicios, proveedores, agentes y su personal, permitan al Banco inspeccionar5 todas las cuentas, registros y
3 A fin de disipar toda duda al respecto, la inelegibilidad de una parte sancionada en relación con la adjudicación de un contrato implica, entre otras cosas, que la empresa o persona no podrá: (i) presentar una solicitud de precalificación, expresar interés en una consultoría, y participar en una licitación, ya sea directamente o en calidad de Subcontratista Nominado, consultor nominado, fabricante o proveedor nominado, o prestador de servicios nominado, con respecto a dicho contrato, ni (ii) firmar una enmienda mediante la cual se introduzca una modificación sustancial en cualquier contrato existente.
4 Un Subcontratista Nominado, consultor nominado, fabricante o proveedor nominado, o prestador de servicios nominado (se utilizan diferentes nombres según el Documento de Licitación del que se trate) es aquel que: (i) ha sido incluido por el licitante en su solicitud de precalificación u oferta por aportar experiencia y conocimientos técnicos específicos y esenciales que permiten al licitante cumplir con los requisitos de calificación para la oferta particular, o
(ii) ha sido designado por el Prestatario.
5 Las inspecciones que se llevan a cabo en este contexto suelen ser de carácter investigativo (es decir, forense). Consisten en actividades de constatación realizadas por el Banco o por personas nombradas por este para abordar asuntos específicos relativos a las investigaciones/auditorías, como determinar la veracidad de una denuncia de fraude y corrupción a través de los mecanismos adecuados. Dicha actividad incluye, entre otras cosas, acceder a la información y los registros financieros de una empresa o persona, examinarlos y hacer las copias que corresponda;
otros documentos relacionados con la presentación de ofertas y el cumplimiento de los contratos, y someterlos a la auditoría de profesionales nombrados por este.
acceder a cualquier otro tipo de documentos, datos o información (ya sea en formato impreso o electrónico) que se considere pertinente para la investigación/auditoría, examinarlos y hacer las copias que corresponda; entrevistar al personal y otras personas; realizar inspecciones físicas y visitas al emplazamiento, y someter la información a la verificación de terceros.
PARTE 2. Descripción del Programa de Actividades y de los Requisitos de los Servicios
Sección V. Programa de Actividades
1. ANTECEDENTES
El país ha venido tomando cada vez mayor conciencia de la necesidad de fortalecer la Educación Superior y el desarrollo de Actividades de Ciencia, Tecnología e Innovación como estrategia para generar una economía más sofisticada, productiva y competitiva.
Así las cosas, el país ha realizado importantes esfuerzos para impulsar políticas e instrumentos sectoriales, en el ámbito de la educación y del fortalecimiento de la Ciencia, tecnología y la innovación. Esfuerzos que si bien son importantes, se les debe dar continuidad para lograr un verdadero impacto en el desarrollo económico y social del país en el mediano y largo plazo.
Mediante el Conpes 3496 de 2007 se autorizó la contratación de una operación de crédito público con la Banca Multilateral hasta por US$ 500 millones, destinados a financiar parcialmente el programa Acceso con Calidad a la Educación Superior en Colombia, originalmente planeado en dos fases, de la cual se ejecutó la primera fase del Programa ACCES II (Fase 1), con US$ 300 millones ejecutados hasta 2013. La incorporación de estos recursos se orientó a otorgar 170.000 créditos nuevos (durante los siguientes 6 años a la aprobación de la contratación). Estos recursos se dirigieron igualmente a financiar cerca de 900.000 desembolsos correspondientes a las renovaciones sucesivas de los créditos semestrales durante todo el programa de estudios de cada beneficiario.
Para garantizar la operatividad de los beneficios otorgados por el ICETEX como instrumento para reducir la inequidad en el acceso a la educación superior, aumentar su cobertura y reducir las brechas regionales, entre otros, se propuso la implementación de una nueva fase del programa – ACCES, mediante el Programa ACCES II (Fase 2). Esta nueva fase se financió parcialmente con recursos de crédito público con la Banca Multilateral por un monto equivalente a US$ 200 millones, constituyendo la segunda fase del crédito aprobado en 2007 hasta por US$ 500 millones.
A través del programa PACES se busca aumentar el acceso de las poblaciones en situación socioeconómica desfavorable a programas de educación superior de calidad, promover la formación de capital humano altamente calificado en el exterior, y mejorar la calidad de las instituciones de educación superior.
Para ello, la operación de crédito prevé un período de actividades de cinco años (2017- 2022), las cuales serán desarrolladas en el marco de tres componentes que comprenden: i) Apoyo a estudiantes a través de préstamos educativos para la educación superior terciaria; ii) Mejoramiento de la calidad de las instituciones y programas de educación terciaria; y iii) Fortalecimiento institucional.
El componente 2 de PACES, previamente mencionados, hacen parte del Programa denominado ‘Colombia Científica’ que busca mejorar la calidad de las Instituciones de Educación Superior en las dimensiones de Investigación, Docencia e Internacionalización, de una parte y de otra,
apoyar a la consolidación de un sistema de investigación e innovación de excelencia científica articulada con el sector productivo que contribuya a mejorar la competitividad, productividad y desarrollo social.
Es así como PACES se constituye en un programa estratégico del Gobierno colombiano que promueve el acceso y la calidad en la Educación Superior, en el cual participan entidades líderes de sectores que son fundamentales para el desarrollo socioeconómico del país. Estas entidades tienen responsabilidades sectoriales en los temas relativos a Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación y Sector Productivo:
• Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior - ICETEX
• Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación - COLCIENCIAS
• Ministerio de Educación Nacional
• Ministerio de Comercio Industria y Turismo
El ICETEX es la entidad que recibe el préstamo del Banco Mundial y por ende lidera la ejecución de PACES.
COLCIENCIAS como ente rector de ciencia y tecnología del país, será el responsable de la ejecución del componente Ecosistema Científico y quien para su ejecución, suscribió un convenio especial de cooperación con el ICETEX y el Fondo Xxxxxxxxx Xxxx xx Xxxxxx, para la transferencia de los recursos xxx xxxxxxxx.
Específicamente el Ecosistema se define como una red de actores nacionales e internacionales que se articulan alrededor de áreas y retos comunes, para generar y usar conocimiento en función del desarrollo social y productivo del país y para dinamizar las relaciones entre estos actores.
Como parte de la ejecución del Ecosistema Científico, se hace necesario suscribir un contrato de administración de proyectos con una entidad idónea. Este contrato deberá permitir realizar una adecuada ejecución y administración de los recursos, y un correcto seguimiento técnico y financiero del proyecto.
2. OBJETIVO GENERAL DE LOS SERVICIOS DE NO CONSULTORÍA:
Administrar el componente de Ecosistema Científico del proyecto “Acceso y calidad de la Educación Superior – PACES”.
3. OBJETIVOS ESPECÍFICOS DE LOS SERVICIOS DE NO CONSULTORÍA:
1. Realizar un adecuado seguimiento a las actividades del componente de Ecosistema Científico, que permitan generar alertas y acciones para lograr el cumplimiento de los objetivos propuestos.
2. Realizar la contratación de los profesionales con amplia experiencia en la ejecución de proyectos con recursos de Banca Multilateral; dicha contratación deberá contar con aprobación previa de Colciencias.
3. Adelantar las contrataciones requeridas para la adecuada ejecución del componente Ecosistema Científico, correspondientes a, la logística para los paneles de evaluación de la convocatoria, el software de seguimiento a la ejecución de las Alianzas y profesionales del Equipo de Gestión de Banca Multilateral y profesionales de seguimiento técnico, entre otros
4. Realizar los pagos que se requieran a los proveedores o consultores, previa solicitud de Colciencias.
4. OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR
EL Proveedor se obliga en general a:
1. Cumplir con el objeto del contrato dentro del plazo establecido, con sujeción a la propuesta económica presentada dentro del proceso.
2. Responder por el pago de los tributos que se causen o llegaren a causar por la celebración del contrato.
3. Elaborar y presentar el plan de trabajo correspondiente una vez se suscriba el contrato y obtener la aprobación respectiva.
4. Realizar un adecuado seguimiento administrativo y financiero de las actividades del componente de Ecosistema Científico, que permitan generar alertas y acciones para lograr el cumplimiento de los objetivos propuestos.
5. Adelantar las contrataciones requeridas para la adecuada ejecución del componente Ecosistema Científico, correspondientes a: la logística para los paneles de evaluación de la convocatoria, gastos de desplazamiento para los paneles, tiquetes y viáticos para las visitas in situ a las Alianzas, software de seguimiento a la ejecución de las Alianzas, los profesionales encargados del seguimiento técnico, entre otros.
6. Realizar los pagos a proveedores y consultores que se requieran, previa solicitud de Colciencias.
7. Disponer del personal idóneo y suficiente para la ejecución del presente contrato con sujeción a la propuesta aceptada por Colciencias.
8. Designar una persona que sea el enlace con Colciencias. Este deberá participar en las reuniones que el Comité Coordinador del contrato designe.
9. Cumplir con las condiciones técnicas, administrativas y comerciales presentadas en la propuesta.
10. Entregar los informes respectivos que le sean solicitados por Colciencias: I. Un informe inicial con el plan detallado de actividades y proyección presupuestal, al cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y legalización del contrato. II. Informes de avance técnico y financiero mensuales y III. Un informe final técnico y financiero.
11. Documentar la ejecución, seguimiento y control de las actividades planteadas en la propuesta presentada y aprobada; y según el plan y el presupuesto del proyecto.
12. Formular al supervisor, las recomendaciones que se consideren pertinentes en procura de hacer eficiente y efectivo el objetivo del presente contrato.
13. Adoptar criterios de eficiencia, transparencia y economía en la adquisición de bienes o servicios con destino al proyecto.
14. Proporcionar toda la información que le sea solicitada por el supervisor del contrato, COLCIENCIAS, el Banco Mundial, las auditorías designadas por el Banco o a los entes de control fiscal y administrativo del Estado Colombiano en relación al proyecto.
15. Realizar acompañamiento en el proceso de liquidación de los contratos, elaborar actas de cierre contable y financiero y/o actas de liquidación, según corresponda.
16. Dar cumplimiento a sus obligaciones con los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes parafiscales a que hubiere lugar, de acuerdo con la normatividad vigente.
17. Realizar la apertura de una cuenta de ahorros exclusiva para el manejo de los recursos del proyecto.
18. Llevar un sistema de contabilidad con los soportes exigidos por la normatividad vigente, que permita verificar el movimiento de los recursos del proyecto.
19. Contar con un adecuado proceso de gestión documental.
20. Para los fines relacionados con las normas referentes al control y prevención del Riesgo xx Xxxxxx de Activos y de la Financiación del terrorismo, contenidas en la circular Básica Jurídica emitida por la Superintendencia Bancaria (Hoy Superintendencia Financiera de Colombia) y las demás que en el futuro la adicionen o modifiquen, EL Proveedor de Servicios se obliga a entregar información veraz y verificable, y a actualizar sus datos por los menos anualmente, suministrando la totalidad de los soportes documentales e información exigidos por COLCIENCIAS al momento de la vinculación y durante el desarrollo del presente contrato.
21. No participar ni acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la Ley con el fin de obligarlos a hacer y omitir algún acto o hecho debiendo informar inmediatamente al supervisor del contrato acerca de la ocurrencia de tales peticiones o amenazas y a las demás autoridades competentes para que adopten las medidas y correctivos que fueren necesarios.
22. Reintegrar los recursos pagados por El FONDO que no fueron ejecutados a la terminación del contrato.
23. Reintegrar a El FONDO los rendimientos financieros que generen los recursos entregados a EL PROVEEDOR DE SERVICIOS.
5. OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE
1. Girar los recursos financieros necesarios, con destino a EL PROVEEDOR DE SERVICIOS, en ejecución del contrato, de acuerdo con las instrucciones de COLCIENCIAS. Al efectuar este pago se efectuarán los descuentos por retención en la fuente, IVA, ICA y los demás que procedan legalmente.
2. Cumplir con las indicaciones que respecto de la ejecución del contrato reciba de COLCIENCIAS, de conformidad con los parámetros establecidos en el contrato xx xxxxxxx mercantil que dio origen a la creación del Patrimonio Autónomo denominado FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO PARA LA CIENCIA, LA TECNOLOGÍA Y LA INNOVACIÓN, XXXXXXXXX XXXX XX XXXXXX.
3. Suministrar información con respecto a la inversión y ejecución de los recursos cuando lo solicite Colciencias.
4. Adelantar trámites de liquidación del contrato cuando se requiera, según las instrucciones de Colciencias.
6. SUPERVISIÓN DEL CONTRATO
La supervisión del contrato estará a cargo del Director de Fomento a la Investigación de Colciencias o a quien este delegue, quien supervisará el cumplimiento de las obligaciones contraídas y vigilará el cumplimiento de las mismas.
En desarrollo de su función el supervisor cumplirá las siguientes funciones:
a) Atender el desarrollo de la ejecución del contrato.
b) Comunicar en forma oportuna a la Secretaria General de Colciencias o quien haga sus veces, las circunstancias que afecten el normal desarrollo del contrato, quien a su vez comunicará las mismas a EL FONDO.
c) Elaborar técnica y oportunamente las actas y/o constancias requeridas para el cumplimiento y eficaz ejecución del contrato.
d) Comunicar en forma oportuna a la Secretaría General de COLCIENCIAS o quien haga sus veces, así como a EL FONDO la ocurrencia de hechos constitutivos xx xxxx o incumplimiento por parte de EL PROVEEDOR DE SERVICIOS.
e) Verificar que EL PROVEEDOR DE SERVICIOS efectúe el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social de los trabajadores a su cargo, al igual que el pago de los aportes parafiscales.
f) Velar porque las garantías que presente EL PROVEEDOR DE SERVICIOS se mantengan vigentes durante la vigencia del contrato y sus prorrogas si las tuviere en los términos pactados para cada uno de los riesgos.
g) Informar a EL FONDO a través de la Dirección Administrativa y Financiera el cambio de la cuenta bancaria registrada por EL PROVEEDOR DE SERVICIOS.
7. COMITÉ TÉCNICO DEL CONTRATO
La ejecución del contrato se constituirá un Comité Técnico con el fin de garantizar el adecuado cumplimiento del objeto del mismo y regular las relaciones de las partes. El comité estará conformado por los siguientes integrantes:
• Un delegado del Director de Fomento a la investigación
• Un delegado del Equipo de Gestión de Banca Multilateral
• El representante legal de El Proveedor o su delegado.
Serán funciones del Comité Técnico las siguientes:
a) Dar orientaciones generales, aprobar y proponer ajustes en los planes operativos.
b) Xxxxxxx, coordinar y dirigir la correcta ejecución del proyecto con el fin de garantizar el cumplimiento del mismo.
c) Revisar los avances en el desarrollo de las acciones que hacen parte del plan operativo.
d) Levantar las actas correspondientes a cada uno de los Comités que se adelanten y elaborar los documentos para discusión y aprobación de éste.
e) Mantener y consolidar el archivo de documentos e información de las actividades y entregables propios del objeto del contrato.
f) Coordinar y validar la información requerida para la correcta y oportuna divulgación de las actividades desarrolladas durante la ejecución del contrato.
g) Realizar el soporte técnico, operativo, administrativo y de gestión requerido para la ejecución del contrato.
h) Realizar revisiones periódicas, o cuando las circunstancias así lo exijan, sobre las actividades adelantadas con el objeto de verificar que se cumplan las condiciones pactadas e informar lo pertinente.
i) Realizar el seguimiento y control técnico, administrativo y financiero a la ejecución del contrato.
j) Las demás que por la naturaleza del presente contrato le correspondan y que garanticen su cabal y oportuna ejecución.
La secretaría técnica del comité coordinador será ejercida por el Proveedor de Servicios. El Comité se reunirá ordinariamente cada mes y extraordinariamente cada vez que se considere necesario y cuando a juicio de sus integrantes las circunstancias así lo exijan o a petición de uno de sus miembros. A las deliberaciones del comité se podrá invitar a las personas naturales o jurídicas que se estime conveniente para el buen desarrollo de las sesiones, quienes tendrán voz, pero no voto. De cada una de las reuniones se levantará un acta con la firma de los miembros.
8. GARANTÍAS REQUERIDAS PARA EL CONTRATO:
El Proveedor que resulte adjudicatario del contrato, deberá constituir las siguientes garantías a favor de entidades particulares:
(a) Cumplimiento: Por una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato y seis (6) meses más.
(b) Buen manejo de los Recursos: Por una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato y seis (6) meses más.
(c) Salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones: Garantizar el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones de orden laboral del personal empleado por el Proveedor de Servicios para el desarrollo del objeto del contrato, por un valor equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del contrato, con una vigencia igual al término de duración del mismo y tres (3) años más.
(d) Responsabilidad Civil Extracontractual: Por un valor igual al diez por ciento (10%) del valor del contrato, con una vigencia igual al término de duración del mismo y un
(1) año más.
9. REINTEGRO DE LOS RECURSOS:
A la finalización del contrato, el Proveedor de servicios deberá reintegrar a EL FONDO los recursos recibidos y no ejecutados ni comprometidos, En caso que El Proveedor de servicios no reintegre los dineros, la obligación se consignará en el acta de liquidación firmada por las partes. El Proveedor acepta que el acta de liquidación presta mérito ejecutivo y renuncia a toda clase de requerimiento para ser constituida en xxxx acerca de las obligaciones allí establecidas.
EL FONDO, mediante comunicación escrita dirigida a El Proveedor de Servicios requerirá el reintegro de los recursos recibidos y no ejecutados dentro de los 15 días a partir de finalizada la vigencia del contrato, adjuntando la respectiva liquidación. Si dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de la comunicación mencionada, no se ha recibido objeción a la liquidación presentada, se expedirá el Acta, con la firma del supervisor y ELFONDO teniendo en cuenta que obra en su calidad de contratante en virtud de las instrucciones que al respecto le imparte COLCIENCIAS.
10.Acta de Cierre Financiero y Contable:
Una vez culminado el plazo de ejecución del contrato o cumplido el objeto del mismo o en el evento de presentarse alguna de las causales consignadas en la cláusula 2.6 de las CGC, se procederá al cierre financiero y contable del contrato, lo cual será comunicado a el Proveedor de Servicios para que ejerza su derecho de contradicción dentro de los diez (10) días siguientes al recibo de la comunicación vía email. Una vez vencido este término, se entenderá aceptada en todas sus partes.
11.Adquisiciones que se adelantarán en el marco de ejecución del Componente de Ecosistema Científico:
A continuación, se presentan las adquisiciones que se adelantarán durante la vigencia del contrato:
PROGRAMACIÓN ADQUISICIONES PROGRAMA ECOSISTEMA CIENTÍFICO | ||||||
AÑO 2018 | AÑO 2019 | AÑO 2020 | AÑO 2021 | AÑO 2022 | ||
TIQUETES NACIONALES E INTERNACIONALES | 88 | |||||
LOGÍSTICA DEL PANEL PRESENCIAL | 1 | |||||
TIQUETES | 76 | 64 | 64 | 64 | 64 | |
VIÁTICOS | 76 | 64 | 64 | 64 | 64 | |
ESPECIALISTA DE ADQUISICIONES | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | |
ESPECIALISTA FINANCIERA | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | |
CONTADOR | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | |
ABOGADOS | 1 | |||||
TÉCNICO | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | |
HERRAMIENTA DE SEGUIMIENTO CONTABLE, FINANCIERO Y DE ADQUISICIONES | ||||||
HERRAMIENTA CONTABLE, FINANCIERO Y DE ADQUISICIONES | 1 | |||||
EVALUACIÓN DE IMPACTO | 1 |
Las adquisiciones que se presenta en la anterior tabla es un número estimado que podrá tener variaciones durante la ejecución del componente de Ecosistema Científico.
12.Presupuesto Estimado - Componente Ecosistema Científico:
Las anteriores adquisiciones ascienden a un valor estimado de CINCO MIL SETECIENTOS SESENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL
TRESCIENTOS TREINTA PESOS ($5.767.956.330), valor que se detalla a continuación:
PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL PROGRAMA ECOSISTEMA CIENTÍFICO RECURSOS ADMINISTRADOR DE PROYECTO | ||||||
AÑO 2018 | AÑO 2019 | AÑO 2020 | AÑO 2021 | AÑO 2022 | TOTAL | |
PANELES DE EVALUACIÓN | ||||||
TIQUETES NACIONALES E INTERNACIONALES | $ 411.812.966 | $ 411.812.966 | ||||
LOGÍSTICA DEL PANEL PRESENCIAL | $ 246.351.312 | $ 246.351.312 | ||||
VISITAS DE SEGUIMIENTO/EVALUACIÓN DE CAPACIDADES | ||||||
TIQUETES | $ 84.193.370 | $ 103.968.200 | $ 107.087.246 | $ 110.299.863 | $ 113.608.859 | $ 519.157.539 |
VIÁTICOS | $ 37.480.192 | $ 55.246.861 | $ 56.904.267 | $ 58.611.395 | $ 60.369.737 | $ 268.612.452 |
EQUIPO UNIDAD EJECUTORA | ||||||
ESPECIALISTA DE ADQUISICIONES | $ 143.942.400 | $ 151.139.520 | $ 158.696.496 | $ 166.631.321 | $ 174.962.887 | $ 795.372.624 |
ESPECIALISTA FINANCIERA | $ 120.960.000 | $ 127.008.000 | $ 133.358.400 | $ 140.026.320 | $ 147.027.636 | $ 668.380.356 |
CONTADOR | $ 107.100.000 | $ 112.455.000 | $ 118.077.750 | $ 123.981.638 | $ 130.180.719 | $ 591.795.107 |
ABOGADOS | $ 72.000.000 | $ 72.000.000 | ||||
TÉCNICO | $ 63.000.000 | $ 66.150.000 | $ 69.457.500 | $ 72.930.375 | $ 76.576.894 | $ 348.114.769 |
HERRAMIENTA DE SEGUIMIENTO CONTABLE, FINANCIERO Y DE ADQUISICIONES | ||||||
HERRAMIENTA CONTABLE, FINANCIERO Y DE ADQUISICIONES | $ 107.100.000 | $ 107.100.000 | $ 107.100.000 | $ 107.100.000 | $ 107.100.000 | $ 535.500.000 |
EVALUACIÓN DE IMPACTO u OTROS | $ 781.084.926 | $ 429.774.280 | $ 1.210.859.206 | |||
$ 1.321.940.240 | $ 723.067.581 | $ 750.681.659 | $ 1.560.665.838 | $ 1.311.601.012 | $ 5.667.956.330 | |
GMF+Gastos bancarios | $ 20.000.000 | $ 20.000.000 | $ 20.000.000 | $ 20.000.000 | $ 20.000.000 | $ 100.000.000 |
RECURSOS ESTIMADOS A ADMINISTRAR | $ 1.341.940.240 | $ 743.067.581 | $ 770.681.659 | $ 1.580.665.838 | $ 1.331.601.012 | $ 5.767.956.330 |
Estos valores son estimados y podrán tener variaciones durante la ejecución del componente de Ecosistema Científico.
Sección VI. Especificaciones Técnicas, de Desempeño y Diseños
No. | Descripción | Especificaciones Técnicas | ||
1 | Personal idóneo y suficiente para el manejo del proyecto. | El Oferente deberá contar como mínimo con el siguiente personal: • Un (1) profesional especializado administrativo - financiero, quien prestará servicios para ejecutar actividades enfocadas al análisis, soporte económico y presupuestal en la ejecución del contrato de administración. Con dedicación exclusiva y permanente, quien servirá de interlocutor ante EL FONDO y Colciencias. | ||
2 | • Un profesional de apoyo administrativo. | |||
3 | • Un profesional de apoyo jurídico | |||
La Entidad deberá adjuntar las hojas de vida y de quedar seleccionado debe garantizar durante la ejecución del contrato, la permanencia del equipo de trabajo o en caso de sustitución deberá garantizar profesionales de iguales o mejores calidades a las presentadas en la propuesta. | ||||
4 | Sistema Contable | Contar con un sistema de información financiero administración y manejo de la contabilidad de la entidad. Se deberá describir dicho sistema. | para | la |
5 | Alojamiento de los archivos para el seguimiento contractual | La entidad deberá presentar y explicar en detalle ¿cómo se realizará el manejo de los archivos del proyecto?, de manera que Colciencias pueda disponer de los documentos de manera oportuna. | ||
6 | Sistema de Gestión Documental | La entidad deberá presentar y explicar los procesos y procedimientos de gestión documental que tiene implementados y qué controles tiene para el manejo del archivo de cada proyecto. | ||
7 | Procedimientos Adquisiciones | de | La entidad deberá adelantar los procesos de contratación que determine Colciencias para la adquisición de tiquetes, logística, entre otros. | |
8 | Apertura de cuenta de ahorros exclusiva para manejo de los recursos | La Entidad que resulte adjudicataria del contrato deberá realizar la apertura de una cuenta de ahorros exclusiva para el manejo del proyecto. | ||
9 | Contrataciones Consultores proveedores | de y | La Entidad deberá realizar las contrataciones de personal/proveedores solicitadas por COLCIENCIAS en un término menor a tres (3) días hábiles a partir de la radicación de la solicitud. | |
10 | Pagos a consultores y proveedores | La Entidad deberá realizar los pagos de manera oportuna, dentro de los tres (3) a cinco (5) días hábiles siguientes al recibo de las cuentas de cobro y/o factura con visto bueno del supervisor de cada uno de los contratos. | ||
11 | Gastos desplazamiento | de | La entidad realizará la consecución de tiquetes y pagará los respectivos viáticos dentro de los dos (2) días siguientes a la recepción de la solicitud. |
PARTE 3. Contrato
Sección VII. Condiciones Generales del Contrato (CGC)
Índice de Cláusulas
Sección VII. Condiciones Generales del Contrato (CGC) 70
1.7 Lugar donde se Prestarán los Servicios 73
1.8 Representantes Autorizados 74
1.9 Inspección y Auditoria por Parte del Banco 74
1.11 Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) 74
2. Inicio, Cumplimiento, Modificación y Terminación del Contrato 75
2.1 Entrada en Vigor del Contrato 75
2.2 Comienzo de la Prestación de los Servicios 75
2.2.1 Programa de Actividades 75
2.3 Fecha Estimada de Terminación del Contrato 76
2.5.2 Incumplimiento del Contrato 76
3. Obligaciones del Proveedor de Servicios 79
3.2.1 El Prestador de Servicios no puede beneficiarse de comisiones ni descuentos 80
3.2.2 El Prestador de Servicios y sus filiales no podrán tener otra participación en el Proyecto 80
3.4 Seguros que Deberá Contratar el Proveedor de Servicios 82
3.5 Acciones del Proveedor de Servicio que Requieren la Aprobación Previa del Contratante 82
3.6 Obligación de Presentar Informes 82
3.7 Propiedad de los Documentos Preparados por el Proveedor de Servicios 82
3.8.1 Liquidación de Daños y Perjuicios 83
3.8.2 Corrección por Exceso de Pago 83
3.8.3 Sanción por falta de cumplimiento 83
3.9 Garantía de Cumplimiento del Contrato 83
4. Personal del Proveedor de Servicios 84
4.1 Descripción del Personal 84
4.2 Remoción y/o Sustitución del Personal 84
5. Obligaciones del Contratante 85
5.1 Asistencia y Exenciones 85
5.2 Modificación de la Ley Aplicable 85
5.3 Servicios y Facilidades 85
6. Pagos al Proveedor de Servicios 85
6.1 Remuneración a Suma Alzada 85
6.3 Pago de Servicios Adicionales, Compensaciones e Incentivos 86
6.4 Anticipo, Términos y Condiciones de Pago 86
6.4.2 Términos y Condiciones de Pago 86
6.5 Intereses sobre Pagos Atrasados 86
7.1 Identificación de Defectos 88
7.2 Corrección de Defectos y Sanción por Falta de Cumplimiento 88
8. Solución de Controversias 89
8.2 Solución de controversias 89
Sección VII. Condiciones Generales del Contrato (CGC)
A menos que el contexto lo requiera de otra manera, los siguientes términos tendrán los significados que se indican a continuación: | |
(a) “Programa de Actividades” es la lista de las actividades con sus precios de las cantidades de los Servicios que van a ejecutarse por el Proveedor de Servicios que forma parte de su Oferta; | |
(b) “Banco” significa el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento. (b) “Asociación” significa Asociación Internacional de Fomento | |
(c) “Fecha de Terminación” significa la fecha de terminación de los servicios por parte del Proveedor de Servicios según lo certifique el Contratante; | |
(d) “Contrato” es el acuerdo de voluntades mediante el cual se adquieren obligaciones y derechos, firmado por las Partes, para ejecutar el objeto convenido y al cual se adjuntan estas Condiciones Generales del Contrato (CGC) junto con todos los documentos señalados en la lista de la Cláusula 1 del formulario del Contrato firmado, cuyo nombre y número se indicará en las CEC.; | |
(e) “Precio de Contrato” significa el precio que va a ser pagado al Proveedor de Servicios por la ejecución de los Servicios, en conformidad con la Cláusula 6; | |
(f) “Tarifas Diarias” significa el costo del trabajo diario realizado por el proveedor sujeto a pago periódico, el cual incluye el pago para los empleados y equipo del Proveedor de Servicios, además de los pagos de materiales y administración. | |
(g) El “Contratante” indicado en los CEC, significa la parte que contrata al Proveedor de Servicios; |
(h) “Moneda extranjera” significa cualquier moneda diferente a la moneda local; |
(i) “CGC” significa Condiciones Generales del Contrato; |
(j) “País Prestatario” significa la República de Colombia; |
(k) “Moneda local” significa el peso colombiano; |
(l) “Miembro” en caso de que el Proveedor de Servicios sea una asociación de más de una entidad (APCA), significa cualquiera de las firmas; “Miembros” significa todas las firmas, y “Miembro Responsable” indicado en las CEC, significa la firma especificada en el Contrato para actuar en nombre de la APCA para ejercitar todos los derechos y obligaciones del Proveedor de Servicios para con el Contratante bajo este Contrato; |
(m) “Parte” significa el Contratante o el Proveedor de Servicios, según sea el caso, y “Partes” significa el Contratante y el Proveedor de los Servicios; |
(n) “Personal” significa los empleados contratados por el Proveedor de Servicios o por cualquier Subcontratista como empleados y asignado a la ejecución de los Servicios o cualquier parte de los mismos; |
(ñ) “Proveedor de Servicios” indicado en las CEC, es una persona u organización corporativa cuya Oferta para proporcionar los servicios ha sido aceptada por el Contratante; |
(o) “Oferta del Proveedor de Servicios” significa el documento de licitación presentado por el Proveedor de Servicios al Contratante; |
(p) “CEC” significará Condiciones Especiales del Contrato por las cuales se pueden modificar o complementar las CGC; |
(q) “Especificaciones” significa las especificaciones del servicio incluidas en los documentos de licitación presentado por el Proveedor de Servicios en los términos solicitados por el Contratante. |
(r) “Servicios” significa el trabajo que va a ejecutar el Proveedor de Servicios conforme a este Contrato, según se describe en el Programa de Actividades con base en las especificaciones técnicas incluido en la Oferta del Proveedor de Servicios. |
(s) “Subcontratista” significa cualquier entidad con la que el Proveedor de Servicios subcontrata cualquier parte de |
los Servicios en conformidad con las disposiciones de las Cláusulas 3.5 y 4 de las CGC. |
(t) “Oferente/proponente” es toda persona, firma, entidad o empresa con personería jurídica, de naturaleza privada o pública o cualquier combinación de ellas que tengan la intención formal de establecer un acuerdo o están sujetas a cualquier acuerdo existente, en forma de asociación en participación, consorcio o asociación (APCA), con o sin fines de lucro, que presenta una Oferta para el suministro o prestación de Servicios de No Consultoría. |
(u) “Interventor o Supervisor” significa la persona natural o jurídica designada por el Contratante para realizar el seguimiento y control de la ejecución del Contrato. |
(v) “Día” significa día calendario, “Mes o Meses” significa meses calendario. |
(w) “Cumplimiento” significa que el Proveedor de Servicios ha completado la prestación de los Servicios de acuerdo con los términos y condiciones establecidas en el Contrato. |
(x) “El Sitio del Proyecto”, donde corresponde, significa el lugar citado en las CEC. |
El Banco exige el cumplimiento de sus Directrices Contra la Corrupción y de sus políticas y procedimientos sobre sanciones vigentes descritos en el Marco de Sanciones del GBM, conforme a lo estipulado en el apéndice A de las CGC. El Contratante exige al Prestador de Servicios que proporcione información sobre las comisiones u honorarios que pudieran haberse pagado o que hayan de pagarse a los agentes o a otra parte en relación con el proceso de licitación o la ejecución del Contrato. La información divulgada deberá incluir por lo menos el nombre y la dirección del agente o de la otra parte, la cantidad y moneda, y el propósito de la comisión, la gratificación o los honorarios. |
El proveedor deberá mantener su condición de elegibilidad y de los bienes, personal, materiales, equipos y servicios conexos en los términos de las cláusulas 4.1.1 y 4.1.2 de las IAO respectivamente. Para tal efecto, el proveedor de los servicios, a solicitud del contratante, deberá proporcionar prueba de su continua elegibilidad, a satisfacción del Contratante y cuando éste razonablemente la solicite. |
1.4 Ley Aplicable | Este Contrato, su significado e interpretación, y la relación que crea entre las partes se regirán por las cláusulas del presente Contrato, y de manera supletoria por la Ley Colombiana aplicable. |
1.5 Idioma | 1.5.1 El Contrato, así como toda la correspondencia y documentos relativos al Contrato intercambiados entre el Proveedor de Servicios y el Contratante, deberán ser escritos en el idioma español. Los documentos de sustento y material impreso que formen parte del Contrato, pueden estar en otro idioma siempre que los mismos estén acompañados de una traducción fidedigna de los apartes pertinentes al idioma especificado y, en tal caso, dicha traducción prevalecerá para efectos de interpretación del Contrato. 1.5.2. El Proveedor de Servicios será responsable de todos los costos de la traducción al idioma que rige, así como de todos los riesgos derivados de la exactitud de dicha traducción de los documentos proporcionados por el Proveedor. |
1.6 Notificaciones | Todas las notificaciones entre las partes en virtud de este Contrato deberán ser por escrito y dirigidas a la dirección indicada en las CEC. El término “por escrito” significa comunicación en forma escrita con prueba de recibo. Una notificación será efectiva en la fecha más tardía entre la fecha de entrega y la fecha de la notificación. |
Los Servicios se prestarán en los lugares indicados en la Sección V Programa de Actividades, en concordancia con la Sección VI Especificaciones Técnicas, de Desempeño y Diseños y, cuando en éstos no se especifique dónde haya de cumplirse una tarea en particular, se cumplirá en los lugares que el Contratante apruebe, ya sea en el país del Prestatario o en otro lugar. |
Los funcionarios indicados en las CEC podrán adoptar cualquier medida que el Contratante o el Proveedor de Servicios deba o pueda adoptar en virtud de este Contrato, y podrán firmar en nombre de éstos cualquier documento que conforme a este Contrato deba o pueda firmarse. | |
Auditoria por Parte del Banco | De conformidad con el párrafo 2.2 e del apéndice A de las Condiciones Generales, el proveedor de Servicios permitirá y procurará que sus subcontratistas y subconsultores permitan, que el Banco Mundial o las personas designadas por éste inspeccionen las instalaciones o las cuentas y registros contables y archivos del proveedor relacionados con la presentación de ofertas y la ejecución del contrato y realice auditorias por medio de auditores designados por el Banco, si así lo requiere el Banco. Para estos efectos, el proveedor de servicios y sus subcontratistas y subconsultores deberán prestar atención a los estipulado en la Cláusula 1.2, que establece, entre otros puntos, que las acciones con la intención de impedir sustancialmente el ejercicio de los derechos del Banco de realizar auditorías constituyen una práctica prohibida que puede conducir a la rescisión del contrato (además de la determinación de inelegibilidad, de conformidad con los procedimientos de sanciones vigentes del Banco). |
Derechos | El Proveedor de Servicios, el Subcontratista y su Personal pagarán los impuestos, derechos, gravámenes y demás imposiciones que correspondan según la Ley Aplicable, cuyo monto se considera fue incluido en el Precio del Contrato. El Impuesto de Xxxxxx será pagado de acuerdo con lo dispuesto en la legislación colombiana cuando haya lugar a ello, según se establezca en las CEC. |
1.11 Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) | Si el Proveedor de Servicios es una Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA), todas las partes que lo conforman deberán ser mancomunada y solidariamente responsables frente al Contratante por el cumplimiento de las disposiciones del Contrato y deberán designar a una de ellas para que actúe como representante con autoridad para comprometer a la APCA. La composición o constitución de la APCA no podrá ser alterada sin el previo consentimiento del Contratante. |
Los derechos de autor de todos los planos, documentos y otros materiales conteniendo datos e información |
proporcionada al Contratante por el Proveedor de Servicios, seguirán siendo de propiedad del Proveedor de Servicios. Si esta información fue suministrada al Contratante directamente o a través del Proveedor de Servicios por terceros, incluyendo proveedores de materiales, el derecho de autor de dicho material seguirá siendo de propiedad de dichos terceros. | |
Ni el Contratante ni el Proveedor de Servicios podrán ceder total o parcialmente los derechos y las obligaciones que hubiesen contraído en virtud del Contrato, excepto por los derechos de cobro6, en cuyo caso deberá contar con el consentimiento previo por escrito del Contratante. | |
2. Inicio, Cumplimiento, Modificación y Terminación del Contrato | |
Este Contrato entrará en vigor en la fecha en que sea firmado por ambas partes u otra fecha posterior establecida en las CEC. | |
Los servicios deberán realizarse de acuerdo con el Programa de Actividades presentado y aprobado, y sus actualizaciones. |
6 Se refiere a la posibilidad de ceder a un tercero el cobro y recibir el pago.
El Proveedor de Servicios empezará a proveer los Servicios treinta (30) días después de la fecha en que el Contrato entra en vigor, o en aquella otra fecha que se especifique en las CEC. | |
A menos que se dé por terminado con anterioridad conforme a lo dispuesto en la Cláusula 2.6 de estas CGC, el Proveedor de Servicios concluirá las actividades en la Fecha Estimada de Terminación conforme lo establecido en las CEC. Si el Proveedor de Servicios no concluye las actividades en la Fecha Estimada de Terminación, estará obligado a pagar daños conforme a la Cláusula 3.8. En este caso, la Fecha de Terminación será la fecha de conclusión de todas las actividades. | |
Sólo podrán modificarse los términos y condiciones de este Contrato, incluido el alcance de los Servicios y el precio del contrato, mediante acuerdo por escrito entre las Partes, y dicha modificación no entrará en vigor hasta que las partes hayan expresado su conformidad. | |
Para los efectos de este Contrato, “Fuerza Mayor”, significa un evento o situación fuera del control del Proveedor que es imprevisible, inevitable y no se origina por descuido o negligencia del Proveedor de servicios. Tales eventos pueden incluir sin que éstos sean los únicos, actos del Contratante en su capacidad soberana, guerras o revoluciones, incendios, inundaciones, epidemias, restricciones de cuarentena, y embargos de cargamentos. Si se presentara un evento de Fuerza Mayor, el Proveedor de Servicios notificará por escrito al Contratante a la máxima brevedad posible sobre dicha condición y causa. A menos que el Contratante disponga otra cosa por escrito, el Proveedor de Servicios continuará cumpliendo con sus obligaciones en virtud del Contrato en la medida que sea razonablemente práctico, y buscará todos los medios alternativos de cumplimiento que no estuviesen afectados por la situación de Fuerza Mayor existente. | |
La falta de cumplimiento por una de las Partes de cualquiera de sus obligaciones en virtud del Contrato no se considerará como incumplimiento del mismo ni como negligencia, siempre que dicha falta de cumplimiento se deba a un evento de Fuerza Mayor y que la Parte afectada por tal evento (a) haya adoptado todas las precauciones |
razonables, puesto debido cuidado y tomado medidas alternativas razonables a fin de cumplir con los términos y condiciones de este Contrato, y (b) haya informado a la otra Parte tan pronto como fue posible acerca de la ocurrencia de dicho evento. | |
Todo plazo dentro del cual una Parte deba realizar una actividad o tarea en virtud de este Contrato podrá extenderse por un período igual a aquel durante el cual dicha Parte no haya podido realizar tal actividad como consecuencia de un evento de fuerza mayor. | |
Cuando la prestación del servicio se vea interrumpida por un evento de fuerza mayor reconocido por el Contratante, el Contratante podrá suspender el pago por el periodo de fuerza mayor. En tal situación el Contratante o el Proveedor de Servicio tienen derecho de terminar de forma unilateral el contrato por razones de fuerza mayor. | |
2.6.1 El Contratante podrá, dar por terminado el Contrato mediante una notificación por escrito al Proveedor de Servicios, si éste incurre en incumplimiento del Contrato, por diferentes circunstancias, entre las cuales se incluyen, pero no está limitado a las siguientes: | |
(a) si el Proveedor de Servicios no subsana el incumplimiento de sus obligaciones en virtud de este Contrato, dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción de dicha notificación, u otro plazo mayor que el Contratante pudiera haber aceptado posteriormente por escrito; | |
(b) si el Proveedor de Servicios estuviera insolvente o fuera declarado en quiebra; En tal caso, la terminación será sin indemnización alguna para el Proveedor, siempre que dicha terminación no perjudique o afecte algún derecho de acción o recurso que tenga o pudiera llegar a tener posteriormente hacia el Contratante; | |
(c) si el Proveedor de Servicios, como consecuencia de un evento de Fuerza Mayor, no pudiera prestar una parte importante de los Servicios durante un periodo de no menos de sesenta (60) días; o |
(d) si, a juicio del Contratante, durante el proceso de licitación o de ejecución del Contrato, el Proveedor de Servicios ha participado en actos de fraude y corrupción, según se define en la Cláusula 1.2 CGC. | |
(e) si el Proveedor de Servicios no mantiene una Garantía de Cumplimiento de acuerdo con la Cláusula 3.9; | |
(f) si el Proveedor de Servicios ha demorado la conclusión de los Servicios por el número de días por el cual la cantidad máxima de daños pueden ser pagados de acuerdo con la Cláusula 3.8.1 de las CGC y las CEC. | |
2.6.2. En caso de que el Contratante termine el Contrato en su totalidad o en parte, de conformidad con la Cláusula 2.6.1. de las CGC, éste podrá contratar, bajo términos y condiciones que considere apropiadas, Servicios similares a los no suministrados o prestados. En estos casos, el Proveedor de Servicios deberá pagar al Contratante los costos adicionales resultantes de dicha adquisición. Sin embargo, cuando el contrato se termine de forma parcial el Proveedor de Servicios seguirá estando obligado a completar la ejecución de aquellas obligaciones en la medida que hubiesen quedado sin concluir. | |
Terminación por Conveniencia | 2.6.3 El Contratante, mediante comunicación enviada al Proveedor de Servicios, podrá terminar el Contrato total o parcialmente, en cualquier momento por razones de interés general o bien cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios originalmente pactados. La comunicación de terminación deberá indicar que la terminación es por conveniencia del Contratante, el alcance de la terminación de las responsabilidades del Proveedor de Servicios en virtud del Contrato y la fecha de efectividad de dicha terminación. |
Por el Proveedor de Servicios | 2.6.4 El Proveedor de Servicios, mediante una notificación por escrito al Contratante con no menos de treinta (30) días de anticipación, podrá terminar este |
contrato cuando se produzca y acredite ante el Contratante cualquiera de los eventos especificados en los párrafos (a) y (b) de esta Cláusula; | |
a) si el Contratante no pagara una suma adeudada al Proveedor de Servicios en virtud de este Contrato, y siempre que dicha suma no fuera objeto de controversia conforme a la Cláusula 8, dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes a la recepción de la notificación por escrito del Proveedor de Servicios respecto de la xxxx en el pago; o | |
b) si el Proveedor de Servicios, como consecuencia de un evento de Fuerza Mayor, no pudiera prestar una parte importante de los Servicios durante un periodo mayor de sesenta (60) días. | |
Suspensión de Financiamiento | 2.6.5 En el caso de que el Banco suspenda el préstamo o desembolso del crédito otorgado al Contratante, parte del cual se destinaba a pagar al Proveedor de Servicios, el Contratante está obligado a notificar al Proveedor de Servicios de esta suspensión en un plazo no mayor a 7 días contados a partir de la fecha de recepción por parte del Contratante de la notificación de suspensión del Banco, en tal situación el Contratante podrá terminar el contrato conforme la cláusula 2.6.3 de las CGC |
Pago a la terminación del Contrato | 2.6.6 Al terminarse este Contrato conforme a lo estipulado en la Cláusulas 2.6, el Contratante efectuará los siguientes pagos al Proveedor de Servicios: |
a) Las remuneraciones previstas en la Cláusula 6 de estas CGC, por concepto de Servicios prestados satisfactoriamente antes de la fecha de entrada en vigor de la terminación; | |
b) Salvo en el caso de terminación conforme a la Cláusula 2.6.1 de estas CGC, el reembolso de cualquier gasto razonable inherente a la terminación expedita y ordenada del Contrato, incluidos los gastos del viaje de regreso del Personal, cuando existan estos servicios. | |
El Proveedor de Servicios prestará los Servicios y cumplirá con sus obligaciones en virtud del presente Contrato con la debida diligencia, eficiencia y economía, de acuerdo con técnicas y prácticas profesionales generalmente aceptadas; asimismo, observará prácticas de administración apropiadas y empleará técnicas modernas adecuadas y métodos seguros. En toda cuestión relacionada con este Contrato o con los Servicios, el Proveedor de Servicios actuará siempre como asesor xxxx del Contratante y en todo momento deberá proteger y defender los intereses legítimos del Contratante en los acuerdos a que llegue con uno o más Subcontratistas o con terceras partes. | |
3.2.1 El Prestador de Servicios no puede beneficiarse de comisiones ni descuentos | La remuneración del Prestador de Servicios, establecida en la cláusula 6, constituirá el único pago en conexión con este Contrato o con los servicios; asimismo, el Prestador de Servicios no aceptará en beneficio propio ninguna comisión comercial, descuento o pago similar en relación con las actividades estipuladas en este Contrato o vinculadas a los servicios, ni en el cumplimiento de sus obligaciones en virtud de este Contrato; por último, hará todo lo posible por prevenir que el personal, los subcontratistas o sus agentes reciban alguno de dichos pagos adicionales. |
3.2.2 El Prestador de Servicios y sus filiales no podrán tener otra participación en el Proyecto | El Prestador de Servicios conviene en que, tanto durante la vigencia de este Contrato como después de su terminación, ni él ni ninguna de sus filiales, como tampoco ningún subconsultor ni filial de este, podrá suministrar bienes, construir obras o prestar servicios (distintos de los servicios aquí mencionados o su continuación) para cualquier proyecto resultante de los servicios o estrechamente relacionado con ellos. |
3.2.3 Prohibición de desarrollar actividades conflictivas | Ni el Prestador de Servicios ni sus subcontratistas ni el personal podrán participar, directa o indirectamente, en las siguientes actividades: |
(a) durante el término del presente Contrato, cualquier actividad comercial o profesional en el país del Gobierno que pudiera entrar en conflicto con las actividades que se les han asignado en virtud de este Contrato; |
(b) durante el término del presente Contrato, ni el Prestador de Servicios ni sus subcontratistas podrán contratar a empleados públicos en actividad o en cualquier tipo de licencia para que realicen actividades en virtud de este Contrato; | |
(c) una vez terminado este Contrato, ninguna otra actividad especificada en las CEC. | |
3.3.1 El Contratante y el Proveedor de Servicios deberán mantener confidencialidad y en ningún momento divulgarán a terceros, sin el consentimiento de la otra parte, documentos, datos u otra información que hubiera sido directa o indirectamente proporcionada por la otra parte en conexión con el Contrato, antes, durante o después de la ejecución del mismo. No obstante, lo anterior, el Proveedor de Servicios podrá proporcionar a sus Subcontratistas los documentos, datos e información recibidos del Contratante para que puedan cumplir con su trabajo en virtud del Contrato. En tal caso, el Proveedor de Servicios obtendrá de dichos Subcontratistas un compromiso de confidencialidad similar al requerido del Proveedor bajo la Cláusula 3.3 de las CGC. 3.3.2 El Contratante no utilizará dichos documentos, datos u otra información recibida del Proveedor de Servicios para ningún uso que no esté relacionado con el Contrato. Así mismo el Proveedor de Servicios no utilizará los documentos, datos u otra información recibida del Contratante para ningún otro propósito que el de la ejecución del Contrato. 3.3.3 La obligación de las partes de conformidad con las Cláusulas 3.3.1 y 3.3.2 de las CGC arriba mencionadas, no aplicará a información que: (a) el Contratante o el Proveedor de Servicios requieran compartir con el Banco u otras instituciones que participan en el financiamiento del Contrato; (b) actualmente o en el futuro se hace de dominio público sin culpa de ninguna de las partes; (c) puede comprobarse que estaba en posesión de esa parte en el momento que fue divulgada y no fue obtenida previamente directa o indirectamente de la otra parte; o |
(d) que de otra manera fue legalmente puesta a la disponibilidad de esa parte por una tercera parte que no tenía obligación de confidencialidad. 3.3.4 Las disposiciones precedentes de esta cláusula 3.3 de las CGC no modificarán de ninguna manera ningún compromiso de confidencialidad otorgado por cualquiera de las partes a quien esto compete antes de la fecha del Contrato con respecto a los Suministros o cualquier parte de ellos. 3.3.5 Las disposiciones de la Cláusula 3.3 de las CGC permanecerán válidas después del cumplimiento o terminación del contrato por cualquier razón. | |
Deberá Contratar el Proveedor de Servicios | El Proveedor de Servicios (a) contratará y mantendrá, y hará que todo Subcontratista contrate y mantenga, a su propio costo (o al del Subcontratista, según el caso) y en los términos y condiciones aprobados por el Contratante, seguros contra los riesgos, y por las coberturas que se indican en las CEC; y (b) a petición del Contratante, presentará pruebas de la contratación y el mantenimiento de esos seguros y del pago de las respectivas primas en vigencia. |
Proveedor de Servicio que Requieren la Aprobación Previa del Contratante | El Proveedor de Servicios deberá obtener la aprobación previa por escrito del Contratante para realizar cualquiera de las siguientes acciones: |
a) celebrar un subcontrato para la ejecución de cualquier parte de los Servicios; | |
b) designar aquellos miembros del Personal no señalados por nombre en la lista del Apéndice C ("Personal Clave y Subcontratistas"); | |
c) cambiar el Programa de Actividades; y | |
d) cualquier otra acción que pueda estar especificada en las CEC. | |
El Proveedor de Servicios presentará al Contratante los informes y documentos que se especifican en el Apéndice B en la forma, la cantidad y el plazo que se establezcan en dicho Apéndice. | |
3.7 Propiedad de los Documentos Preparados por el Proveedor de Servicios | Todos los planos, diseños, especificaciones, estudios técnicos, informes y demás documentos y programas de computación preparados por el Proveedor de Servicios para el Contratante en virtud de la Cláusula 3.6 pasarán a ser propiedad d |
el Contratante, a quien el Proveedor de Servicios los entregará a más tardar al término del Contrato, junto con un inventario pormenorizado de todos ellos. El Proveedor de Servicios podrá conservar una copia de dichos documentos y programas de computación. En las CEC se indicará cualquier restricción acerca del uso de dichos documentos, programas de computación y/o licencias en el futuro. | |
El Proveedor de Servicios pagará al Contratante la liquidación de daños y perjuicios de acuerdo a la tarifa diaria establecida en las CEC por cada día de atraso en la prestación del servicio dentro de los plazos establecidos en el Contrato. El monto total a pagar por la liquidación de los daños y perjuicios no excederá el monto definido en las CEC. El Contratante puede deducir la liquidación de los daños y perjuicios de los pagos que se adeudan al Proveedor de Servicios. El pago de la liquidación de daños y perjuicios no afectará las responsabilidades del Proveedor de Servicios. | |
Si la Fecha Estimada de Terminación se amplía después de que los daños y perjuicios fueron liquidados, el Contratante deberá corregir cualquier exceso de pago de los daños y perjuicios por el Proveedor de Servicios ajustando el siguiente pago. El Proveedor de Servicios deberá recibir pago de intereses sobre el excedente, calculado a partir de la fecha de pago a la fecha de devolución, en las tasas especificadas en la Cláusula 6.5 de las CGC. | |
Si el Proveedor de Servicios no ha corregido un defecto dentro del tiempo especificado en el aviso del Contratante, pagará una sanción por falta de cumplimiento. El monto a pagar se calculará de conformidad con lo establecido en la cláusula 7.2 de las CGC. | |
Cumplimiento del Contrato | 3.9.1 Si así se estipula en las CEC, el Proveedor de Servicios, dentro de los veintiocho (28) días posteriores a la notificación de la adjudicación del Contrato, otorgará una garantía de cumplimiento del Contrato pagadera a la vista y a primer requerimiento; o una póliza de cumplimiento utilizando un formulario debidamente aprobado por la Superintendencia Financiera de Colombia y emitida por una aseguradora legalmente establecida o |
reconocida en el País, por el monto establecido en las CEC. 3.9.2 Los montos de la Garantía de Cumplimiento o póliza de cumplimiento serán pagaderos al Contratante como indemnización por cualquier pérdida que le pudiera ocasionar el incumplimiento de las obligaciones del Proveedor de Servicios en virtud del Contrato. 3.9.3 Como se establece en las CEC, la Garantía de Cumplimiento o la póliza de cumplimiento, si es requerida, deberá estar denominada en la(s) misma(s) moneda(s) del Contrato, o en una moneda de libre convertibilidad aceptable al Contratante, y presentada en uno de los formatos estipulados por el Contratante en las CEC, u en otro formato aceptable al Contratante. 3.9.4 A menos que se indique otra cosa en las CEC, la Garantía de Cumplimento será liberada por el Contratante y devuelta al Proveedor de Servicios a más tardar veintiocho (28) días contados a partir de la fecha de Cumplimiento de las obligaciones del Proveedor de Servicios en virtud del Contrato. Para el caso de una póliza de Cumplimiento, la póliza será liberada por el Contratante y devuelta al Proveedor de Servicios a más tardar a los ciento veinte (120) días contados a partir de la fecha de Cumplimiento de las obligaciones del Proveedor en virtud del Contrato. | |
En el Apéndice C se describen los cargos, funciones convenidas y calificaciones mínimas individuales de todo el Personal clave del Proveedor de Servicios, así como el tiempo estimado durante el que prestarán los Servicios. El Contratante aprueba por este medio el personal clave y los Subcontratistas enumerados por cargo y nombre en el Apéndice C. | |
a) Salvo que el Contratante acuerde lo contrario, no se efectuarán cambios en la composición del Personal Clave. Si fuere necesario sustituir a algún integrante del Personal Clave, por cualquier motivo que escape al razonable control del Proveedor de |
Servicios éste lo reemplazará de inmediato por otra persona con calificaciones iguales o superiores a las de la persona reemplazada, previa aprobación por parte del Contratante. | |
b) Si el Contratante (i) tiene conocimiento de que un integrante del Personal se ha comportado de manera inaceptable o ha sido acusado de cometer un delito, o (ii) tiene motivos razonables para estar insatisfecho con el desempeño de cualquier integrante del Personal, el Proveedor de Servicios, a petición por escrito del Contratante expresando los motivos para ello, lo reemplazará por otra persona cuyas calificaciones y experiencias sean aceptables al Contratante. | |
c) El Proveedor de Servicios no demandará costos adicionales que surjan de la remoción y/o sustitución de Personal. | |
Exenciones | El Contratante hará todo lo posible a fin de lograr que el País Prestatario otorgue al Proveedor de Servicios aquella asistencia y exenciones según lo especificado en las CEC. |
Si con posterioridad a la fecha de este Contrato se produjera cualquier cambio en la Ley Aplicable en relación con los impuestos y los derechos que resultara en el aumento o la disminución de los gastos reembolsables pagaderos al Proveedor de Servicios en virtud de este Contrato serán aumentados o disminuidos según corresponda por acuerdo entre las Partes, y se efectuarán los correspondientes ajustes de los montos estipulados en las Cláusulas 6.2(a) o (b), según sea el caso. | |
Facilidades | El Contratante facilitará al Proveedor de Servicios y al Personal, para los fines de los Servicios, los servicios e facilidades señalados bajo el Apéndice F. |
La remuneración del Proveedor de Servicios no deberá exceder el Precio de Contrato y deberá ser una suma alzada fija incluyendo los costos de todos los Subcontratistas y todos los demás costos incurridos por los Proveedores de Servicios al ejecutar los Servicios descritos en la Sección |
V, Programa de Actividades y Sección VI, Especificaciones Técnicas de Desempeño y Diseños. Excepto lo estipulado en la Cláusula 5.2, el Precio de Contrato solamente puede aumentarse sobre los montos establecidos en la Cláusula 6.2 si las Partes acordaron pagos adicionales de acuerdo con las Cláusulas 2.4 y 6.3. | |
(a) El precio a pagar en moneda local se estipula en las CEC. | |
(b) El precio a pagar en moneda extranjera se estipula en CEC. | |
6.3 Pago de Servicios Adicionales, Compensaciones e Incentivos | 6.3.1 Con el fin de determinar la remuneración adeudada por los servicios adicionales según se acuerde en la Cláusula 2.4, se proporciona un desglose del precio a suma alzada en los Apéndices D y E. |
Si así se establece en las CEC el Contratante otorgara al Proveedor de Servicio un anticipo por el monto estipulado en las CEC en la fecha también estipulada en las CEC, contra la presentación por el Proveedor del Servicio de una Garantía Bancaria Incondicional emitida en la forma y por un banco aceptable para el Contratante en los mismos montos y monedas del anticipo. La garantía será por el valor total del anticipo y deberá permanecer vigente hasta que el anticipo otorgado haya sido reembolsado, pero el monto de la garantía será reducido progresivamente en los montos reembolsados por el Proveedor del Servicio. El anticipo no devengará intereses. | |
El anticipo será amortizado en los términos previstos en las CEC. | |
Condiciones de Pago | Los pagos se harán al Proveedor de Servicios y de acuerdo con la relación de pagos establecida en las CEC. Los pagos deberán hacerse después de que se cumplió con las condiciones señaladas en las CEC para dicho pago y de que el Proveedor de Servicios presentó una factura al Contratante especificando el monto adeudado. |
Si el Contratante se demora en los pagos más de cuarenta y cinco (45) días después de la fecha de pago establecida |
en las CEC, deberá pagar intereses al Proveedor de Servicios por cada día de retraso a la tasa fijada en las CEC. | |
6.6.1 Los precios se ajustarán debido a fluctuaciones en el costo de los insumos solamente si las CEC lo estipulan. Si se estipula de ese modo, los montos certificados de cada pago, después de deducir el Anticipo, deberán ajustarse aplicando el factor de ajuste de precios respectivo para los montos de pago adeudados en cada moneda. Una fórmula separada del tipo indicado a continuación aplica para cada moneda del Contrato: | |
Pc = Ac + Bc Lmc/Loc + Cc Imc/Ioc | |
Donde: | |
Pc es el factor de ajuste para la porción del Precio de Contrato a pagar en la moneda específica "c". | |
Ac, Bc y Cc son los coeficientes especificados en las CEC, que representan: Ac la porción no ajustable; Bc la porción ajustable en relación con los costos de mano de obra y Cc la porción ajustable para los insumos, del Precio de Contrato a pagar en esa moneda específica "c"; y | |
Lmc es el índice prevaleciente al primer día del mes de la fecha de factura correspondiente y Loc es el índice prevaleciente veintiocho (28) días antes de la apertura de Ofertas para mano de obra; ambos en la moneda específica "c". | |
Imc es el índice prevaleciente al primer día del mes de la fecha de factura correspondiente y Ioc es el índice prevaleciente veintiocho (28) días antes de la apertura de Ofertas para otros insumos a pagar; ambos en la moneda específica "c". | |
6.6.2 Si el valor del índice es cambiado después que se ha usado en un cálculo, se corregirá el cálculo y se hará un ajuste en el siguiente pago. Se considerará que el valor del índice toma en consideración todos los cambios en los costos. | |
6.7.1 Las tarifas diarias se usarán para pequeños trabajos adicionales solamente cuando el Contratante ha dado instrucciones escritas por anticipado para que el trabajo adicional se pague de esta forma. |
6.7.2 Todo trabajo que debe ser pagado como tarifas diarias deberá ser registrado por el Proveedor de Servicios en los formatos aprobados por el Contratante. Cada formato lleno deberá ser verificado y firmado por el representante del Contratante según se indica en la Cláusula 1.8 dentro de dos días del trabajo que se está haciendo. | |
6.7.3 El Proveedor de Servicios deberá ser remunerado por los trabajos diarios con sujeción a la obtención de los formatos firmados para tarifas diarias según se indica en la Cláusula 6.7.2. | |
El Contratante deberá inspeccionar el cumplimiento de los servicios tal como se indica en las CEC, y notificar al Proveedor de Servicios acerca de cualquier defecto que se detecte. Dicha inspección no deberá afectar las responsabilidades del Proveedor de Servicios. El Contratante puede dar instrucciones al Proveedor de Servicios para que identifique un defecto y revele y pruebe cualquier servicio que el Contratante considera que tiene un defecto. El periodo para identificación de defectos será el indicado en las CEC. | |
7.2 Corrección de Defectos y Sanción por Falta de Cumplimiento | (a) El Contratante dará aviso al Proveedor de Servicios de cualquier defecto antes de que termine el Contrato. El periodo de responsabilidad por defectos deberá ampliarse todo el tiempo que se necesite para que se corrijan los defectos. |
(b) Cada vez que se dé aviso de un defecto, el Proveedor de Servicios corregirá el defecto notificado dentro del lapso de tiempo especificado en la comunicación escrita por parte del Contratante. | |
(c) Si el Proveedor de Servicios no ha corregido un defecto dentro del tiempo especificado en el aviso del Contratante, éste evaluará el costo de tener que corregir el defecto, el Proveedor de Servicios pagará esta cantidad y una sanción por falta de cumplimiento misma que se calculará según lo que se describe en la Cláusula 3.8. |
8.1.1 El Contratante y el Proveedor de Servicios harán todo lo posible para resolver amigablemente mediante negociaciones directas informales o cuando así se establezca en las CEC por acuerdo mutuo de las partes mediante Mediación cualquier desacuerdo o controversia que se haya suscitado entre ellos en virtud o en referencia al Contrato. | |
controversias | 8.2.1 Si después de transcurridos veintiocho (28) días las partes no han podido resolver la controversia o diferencia mediante consultas mutuas o mediante el mecanismo de Mediación de la cláusula 8.1.1 de las CEC, entonces el Contratante o el Proveedor de Servicios podrá informar a la otra parte sobre sus intenciones de iniciar un proceso de arbitraje con respecto al asunto en disputa, conforme a las disposiciones que se indican a continuación; no se podrá iniciar un proceso de arbitraje con respecto a dicho asunto si no se ha emitido la mencionada notificación. Cualquier controversia o diferencia respecto de la cual se haya notificado la intención de iniciar un proceso de arbitraje de conformidad con esta cláusula, se resolverá definitivamente mediante arbitraje. El proceso de arbitraje puede comenzar antes o después de la prestación de los servicios en virtud del Contrato. El arbitraje se llevará a cabo según el reglamento de procedimientos estipulado en las CEC. El procedimiento arbitral será conducido en el idioma español; la legislación para resolver de fondo la controversia sujeta al arbitraje será la indicada en la Cláusula 1.4. La sede del tribunal será la indicada en las CEC. |
8.2.2 No obstante las referencias a arbitraje en este documento, (a) ambas partes deben continuar cumpliendo con sus obligaciones respectivas en virtud del Contrato, a menos que las partes acuerden de otra manera; y (b) el Contratante pagará el dinero que le adeude al Proveedor de Servicios. |
9.1 Ni el Contratante ni el Prestador de Servicios podrán ceder total o parcialmente los derechos y las obligaciones que hubiesen contraído en virtud del Contrato, excepto por los derechos de cobro7, en cuyo caso deberá contar con el consentimiento previo por escrito del Contratante. |
7 Se refiere a la posibilidad de ceder a un tercero el cobro y recibir el pago.
Sección VIII. Condiciones Especiales del Contrato (CEC)
Las siguientes Condiciones Especiales del Contrato (CEC) complementarán y/o enmendarán las Condiciones Generales del Contrato (CGC). En caso de haber conflicto, las provisiones aquí dispuestas prevalecerán sobre las de las CGC.
Número de Cláusula de las CGC | Modificaciones y complementos de las Condiciones Generales del Contrato |
1.1(d) | El nombre del Contrato es Administrar el componente de Ecosistema Científico del proyecto “Acceso y Calidad de la Educación Superior – PACES” y el número de Contrato es : |
1.1 (g) | El Contratante es FIDUPREVISORA S.A. actuando como vocera y administradora del Fondo Nacional de Financiamiento para la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, Fondo Xxxxxxxxx Xxxx xx Xxxxxx. Este FONDO actuará de acuerdo con lo dispuesto por el Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación – Colciencias, como único Fideicomitente del Patrimonio Autónomo. |
1.1(l) | El Miembro responsable es [nombre del representante común, quién tiene las facultades para contraer obligaciones y recibir instrucciones para y en nombre de todos y cada uno de los integrantes de la APCA] |
1.1(ñ) | El Proveedor de servicios es |
1.6 | Para notificaciones, la dirección del Contratante será: Contratante: Xxxxxxx Xxxxx 00 Xx. 57-41 Atención: Especialista de adquisiciones Piso/Oficina: Xxxxx 0 Xxxx 0 Xxxxxx: Xxxxxx Xxxx: Xxxxxxxx Teléfono:0000000 – Ext 7700 Correo Electrónico: xxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx Proveedor de Servicios: |
Atención: Télex: Fax: Correo Electrónico: | |
1.8 | Los Representantes autorizados son: Del Contratante: Del Proveedor de Servicios: El Proveedor de Servicios declara aceptar en todo el cumplimiento de las políticas y procedimientos relativos al Sistema para la Administración del Riesgo xxx xxxxxx de Activos y Financiación del Terrorismo- SARLAFT implementado en Fiduprevisora S.A. de conformidad con las normas vigentes aplicables sobre la materia. En consecuencia, certifica que la documentación de conocimiento del cliente por él suministrada es veraz y verificable, procediendo por parte de EL FONDO, su verificación o cruce en listas restrictivas. En el evento en que el Proveedor de Servicios incumpla las políticas y procedimientos SARLAFT, el Fondo dará lugar a la realización de los reportes ordenados por las entidades competentes y a la terminación del presente contrato. |
2.1 | La fecha en que este contrato entrará en efecto es a partir del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y legalización. El contrato queda perfeccionado con la firma de las partes y legalizado con la aprobación de la garantía única por parte de EL FONDO. |
2.2.2 | La fecha de inicio para el comienzo de los Servicios es a partir del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y legalización. |
2.3. | La fecha estimada de terminación es 31 de diciembre de 2022. A la finalización del contrato, el proveedor de servicios reintegrará a EL FONDO los recursos recibidos y no ejecutados ni comprometidos. En caso de que el Proveedor de Servicios no reintegre los dineros, la obligación se consignará en el acta de liquidación firmada por las partes. El Proveedor de Servicios acepta que el acta de liquidación presta mérito ejecutivo y renuncia a toda clase de requerimientos para ser constituida en xxxx acerca de las obligaciones allí establecidas. El FONDO, mediante comunicación escrita dirigida al proveedor de servicios requerirá el reintegro de los recursos recibidos y no ejecutados dentro de los 15 días a partir de finalizada la vigencia del |
contrato, adjuntando la respectiva liquidación. Si dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de la comunicación mencionada, no se ha recibido objeción a la liquidación presentada, se expedirá el Acta de que trata esta cláusula, con la firma del supervisor y ELFONDO teniendo en cuenta que obra en su calidad de contratante en virtud de las instrucciones que al respecto le imparte COLCIENCIAS. | |
3.2.3(c) | Las actividades prohibidas después de terminado el contrato son: Ninguna adicional. |
3.7 | Las restricciones acerca del uso de dichos documentos, programas de computación y/o licencias en el futuro son: El Proveedor de Servicios no podrá utilizar estos documentos para fines ajenos a este Contrato sin el consentimiento previo por escrito del Contratante. |
3.8.1 | La tarifa diaria por daños y perjuicios es 0.05 por ciento por día, calculado sobre el valor de los Servicios no prestados oportunamente. El monto máximo de liquidación de daños y perjuicios para todo el Contrato es del 10 por ciento del precio de Contrato final. |
3.9.1 | Se requerirá una póliza de cumplimiento del Contrato por una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato y seis (6) meses más y una póliza que ampare lo siguiente: (a) Buen manejo de los Recursos: Por una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato y seis (6) meses más. (b) Salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones: Garantizar el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones de orden laboral del personal empleado por el Proveedor de Servicios para el desarrollo del objeto del contrato, por un valor equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del contrato, con una vigencia igual al término de duración del mismo y tres (3) años más. (c) Responsabilidad Civil Extracontractual: Por un valor igual al diez por ciento (10%) del valor del contrato, con una vigencia igual al término de duración del mismo y un (1) año más. PARÁGRAFO PRIMERO: La póliza que trata la presente cláusula deberá ser a favor de entidades particulares. PARÁGRAFO SEGUNDO: La garantía única de cumplimiento respectiva que para el efecto expida la compañía aseguradora, deberá ser entregada debidamente firmada, junto con el recibo de pago de la misma, expedido por la aseguradora. |
PARÁGRAFO TERCERO: En caso que se prorrogue el plazo de ejecución del presente contrato o se adicione el valor, el Proveedor de Servicios se compromete a presentar el certificado de modificación de las garantías de conformidad con el nuevo plazo y/o valor pactado. PARÁGRAFO CUARTO: El Proveedor de Servicios deberá mantener la garantía vigente en los términos expresados en esta cláusula y deberán pagar las primas y cualquier otra expensa necesaria para constituirla, mantenerla, prorrogarla o adicionarla. | |
3.9.3. | Se requiere una Póliza de Cumplimiento, ésta deberá presentarse en la forma de: Formulario debidamente aprobado por la Superintendencia Financiera de Colombia y emitida por una aseguradora legalmente establecida o reconocida en el País. La póliza de cumplimiento deberá constituirse a favor del Contratante. La póliza, estará denominada en la moneda de pago del Contrato. |
3.9.4. | La liberación de la póliza de cumplimiento tendrá lugar a los ciento ochenta (180) días contados a partir de la fecha de cumplimiento de las obligaciones del proveedor en virtud del contrato. |
5.1 | No aplica |
6.2(a) | El monto en moneda nacional es: VALOR DEL CONTRATO: El contrato tendrá un valor total de ($ ). Suma que incluye los recursos del proyecto y el porcentaje de administración. RECURSOS DEL PROYECTO: El monto en moneda nacional de los recursos del proyecto es la suma de CINCO MIL SETECIENTOS SESENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS TREINTA PESOS ($5.767.956.330) correspondiente al proyecto a ejecutar. VALOR DE LA ADMINISTRACIÓN DEL PROYECTO: La suma de hasta ($ ); no obstante el valor definitivo corresponderá al % del valor efectivamente ejecutado del proyecto. PARÁGRAFO PRIMERO. La fuente de los recursos es Fondo Xxxxxxxxx Xxxx xx Xxxxxx, amparado en el CDR derivado No. 12438-2017 del 23 de octubre de 2017 |
6.2(b) | El monto en moneda extranjera es: |
6.4 | Los pagos deben hacerse de acuerdo con lo siguiente: a) Valor y entrega de los recursos para la ejecución del contrato: i. Un primer desembolso por la suma de DOSCIENTOS DIEZ MILLONES DE PESOS ($210.000.000) MCT/E a la presentación por parte del PROVEEDOR DE SERVICIOS de un informe inicial con el plan detallado de actividades y proyección presupuestal. ii. Un segundo desembolso por la suma de MIL MILLONES DE PESOS ($1.000.000.000) contra la presentación por parte del PROVEEDOR DE SERVICIOS del primer informe de avance técnico y financiero con corte a 30 xx xxxxx de 2018. iii. Los siguientes desembolsos se realizarán de acuerdo con el saldo del valor total comprometido previo a la presentación por parte del PROVEEDOR DE SERVICIOS de los informes técnicos y financieros trimestrales de avance, iniciando con corte 30 xx xxxxx de 2018. iv. Un último desembolso por el saldo del valor total ejecutado a la presentación por parte del PROVEEDOR DE SERVICIOS del informe técnico y financiero final. b) Valor y entrega de los recursos de administración: Corresponde a la contraprestación del Proveedor de Servicios, que será pagada de forma trimestral con cargo a los recursos comprometidos por el proveedor en desarrollo del proyecto. El valor de la administración será el resultado de aplicar el porcentaje ( ) de administración al valor de los recursos comprometidos en desarrollo del proyecto en el trimestre inmediatamente anterior al cobro. PARAGRAFO PRIMERO: La entrega del porcentaje de administración para la ejecución del contrato se realizará previo cumplimiento de los siguientes requisitos: a) Presentación y aprobación de los informes financieros por parte de la supervisión del contrato. b) Presentación y aprobación de las respectivas facturas y/o documentos soporte, por parte de la supervisión del contrato. PARAGRAFO SEGUNDO: De existir, serán por cuenta del Proveedor de Servicios todos los gastos, impuestos, derechos, tasas y contribuciones que se causen con ocasión del perfeccionamiento del presente contrato y que se requiera cancelar para dar cumplimiento a las disposiciones legales sobre el particular. |
PARAGRAFO TERCERO: EL FONDO desembolsará las sumas antes relacionadas, con cargo a los recursos que conforman el patrimonio autónomo. EL FONDO sólo será responsable por los desembolsos con cargo a los recursos que efectivamente hayan sido trasladados al PATRIMONIO AUTÓNOMO y se hayan recibido en él efectivamente a través de las cuentas constituidas por el fideicomiso para tal efecto. EL FONDO no será responsable ante el proveedor de servicios por el no desembolso por falta de recursos en el patrimonio Autónomo, no será responsable por la xxxx en la realización de los desembolsos cuando la misma sea imputable a ella y/o el Fideicomitente. PARAGRAFO CUARTO: Todo desembolso que deba realizarse a el proveedor de servicios debe ser previamente autorizado por COLCIENCIAS, mediante comunicación escrita, y deberá realizarse en la cuenta que para tal efecto informe el proveedor de servicios al momento de la suscripción del presente contrato, de acuerdo con el formato entregado por EL FONDO para el efecto. PARAGRAFO QUINTO: El proveedor de servicios solo deberá invertir los recursos en las actividades previstas en el contrato. PARAGRAFO SEXTO: Una vez legalizado el contrato el proveedor de servicios deberá allegar los siguientes documentos para efectos del desembolso: 1) Certificación bancaria, 2) Certificación de aportes parafiscales del mes inmediatamente anterior al pago, 3) Formato de registro de terceros. PARAGRAFO SÉPTIMO: COLCIENCIAS dará las debidas instrucciones a EL FONDO para el desembolso de los recursos, siempre y cuando se cumplan con los requisitos mínimos exigidos en el memorando de solicitud de elaboración del contrato y el contrato suscrito. | |
6.5 | El pago debe hacerse dentro de los cuarenta y cinco (45) días de recibida la factura y los documentos pertinentes especificados en la Cláusula 6.4, y dentro de los sesenta (60) días en el caso del pago final. La tasa de interés es la establecida por la Superintendencia Financiera. |
6.6.1 | El ajuste de precio no debe aplicarse de acuerdo con la Cláusula 6.6. |
7.1 | No aplica |
8.1.1 | Las partes acuerdan la utilización del mecanismo de Mediación: NO. |
8.2.1 | Los reglamentos de los procedimientos para los procesos de arbitraje, de conformidad con la Cláusula 8.2.1 de las CGC, serán: |
[Los documentos de licitación deberán incluir una cláusula que se podrá utilizar en el caso de un Contrato con un Proveedor de Servicios extranjero y otra cláusula que se podrá utilizar en el caso de un Contrato con un Proveedor de Servicios que es ciudadano del país del Contratante. En el momento de elaborar el Contrato se deberá incluir en el Contrato la cláusula respectiva que aplique. La siguiente nota es explicativa, por lo tanto, deberá insertarse como un encabezamiento a la Cláusula 8.2.1 de las CGC en el documento de licitación: [En los contratos celebrados con un proveedor de servicios extranjero, el arbitraje comercial internacional puede tener ventajas prácticas sobre las otros métodos de solución de controversias. El Banco Interamericano de Desarrollo no debe ser designado como conciliador, ni se le debe solicitar que designe a un conciliador. Entre los reglamentos que rigen los procedimientos de arbitraje, el Contratante podrá considerar el Reglamento de Arbitraje de 1976 de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) (UNCITRAL, por sus siglas en inglés), el Reglamento de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional (CCI) (ICC, por sus siglas en inglés), el Reglamento de la Corte de Arbitraje Internacional de Londres, o el Reglamento del Instituto de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Estocolmo.] Si el Contratante selecciona el Reglamento de Arbitraje de UNCITRAL, deberá insertar la siguiente cláusula tipo: CGC 8.2.1 (a) -Cualquier disputa, controversia o reclamo generado por o en relación con este Contrato, o por incumplimiento, cesación, o anulación del mismo, deberán ser resueltos mediante arbitraje de conformidad con el Reglamento de Arbitraje vigente de la CNUDMI. Si el Contratante selecciona el Reglamento de Arbitraje de la CCI, deberá inserta la siguiente cláusula tipo: CGC 8.2.1 (a) – Todas las controversias generadas en relación con este contrato deberán ser resueltas finalmente de conformidad con el Reglamento de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional, por uno o más árbitros designados de acuerdo con dicho Reglamento.” Si el Contratante selecciona el Reglamento del Instituto de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Estocolmo, deberá insertar la siguiente cláusula tipo: CGC 8.2.1 (a) – Cualquiera disputa, controversia o reclamo generado por o en relación con este Contrato, o por incumplimiento, o cesación, o anulación o invalidez del mismo, deberá ser resuelto mediante arbitraje de conformidad con el Reglamento de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Estocolmo. |
Si el Contratante selecciona el Reglamento de la Corte de Arbitraje Internacional de Londres, deberá insertar la siguiente cláusula tipo: CGC 8.2.1 (a) – Cualquiera controversia generada en relación con este Contrato, inclusive cualquier duda sobre su existencia, validez o cesación, deberá ser remitida y finalmente resuelta mediante el Reglamento de la Corte Internacional de Londres, cuyo reglamento, por la referencia en esta cláusula, se considera aquí incorporado. Así mismo, el Proveedor de Servicios declara ser de nacionalidad (indicar nacionalidad) y conviene en no invocar la protección de su gobierno. | |
9.1. | Vencido el plazo de ejecución del contrato xx Xxxxxxx Mercantil No. 3-1- 44842 del 16 de julio de 2014 (2014-0401 Colciencias) y previa instrucción del Fideicomitente, EL FONDO cederá su posición contractual en el presente contrato, a quien este designe. El proveedor de servicios manifiesta su conocimiento y aceptación de lo anterior, con la firma del presente documento. |
Apéndices
Apéndices
Apéndice A-Fraude y Corrupción
1. Propósito
1.1 Las Directrices Contra la Corrupción del Banco y este anexo se aplicarán a las adquisiciones en el marco de las operaciones de Financiamiento para Proyectos de Inversión del Banco.
2. Requisitos
2.1 El Banco exige que los Prestatarios (incluidos los beneficiarios del financiamiento del Banco), Oferentes (postulantes / proponentes), consultores, contratistas y proveedores, todo subcontratista, subconsultor, prestadores de servicios o proveedores, todo agente (haya sido declarado o no), y todo miembro de su personal, observen las más elevadas normas éticas durante el proceso de adquisición, la selección y la ejecución de contratos financiados por el Banco, y se abstengan de realizar prácticas fraudulentas o corruptas.
2.2 Con ese fin, el Banco:
(a) Define de la siguiente manera, a los efectos de esta disposición, las expresiones que se indican a continuación:
i. Por “práctica corrupta” se entiende el ofrecimiento, entrega, aceptación o solicitud directa o indirecta de cualquier cosa de valor con el fin de influir indebidamente en el accionar de otra parte.
ii. Por “práctica fraudulenta” se entiende cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de información, con el que se engañe o se intente engañar en forma deliberada o imprudente a una parte con el fin de obtener un beneficio financiero o de otra índole, o para evadir una obligación.
iii. Por “práctica colusoria” se entiende todo arreglo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito ilícito, como el de influir de forma indebida en el accionar de otra parte.
iv. Por “práctica coercitiva” se entiende el perjuicio o daño o la amenaza de causar perjuicio o daño directa o indirectamente a cualquiera de las partes o a sus bienes para influir de forma indebida en su accionar.