CONCURSO DE PRECIOS
CONCURSO DE PRECIOS
SERVICIO XX XXXXX DE PASTOS, MALEZAS, LIMPIEZA DE ZONA DE CAMINO Y MANTENIMIENTO XX XXXXXXX DE RETENCIÓN EN LA RED DE ACCESOS A LA CIUDAD XX XXXXXXX (RAC) – ZONA 5
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARTICULARES INDICE
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARTICULARES 1
Art. 2: Descripción de los Trabajos – Presupuesto Oficial 2
Art. 3: Descripción de la Zona – Detalle de rutas que componen la Zona 5 3
Art. 4: Modalidades y Nivel de Servicio Requerido 3
Art. 6: Presentación de las Propuestas 6
Art. 7: Lugar y Fecha de Recepción de las Propuestas 8
Art. 8: Evaluación de las Ofertas 8
Art. 10: Certificación y Forma de Pago 8
Art. 11: Duración del Contrato 9
Art. 12: Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato y Póliza de Responsabilidad Civil 9
Art. 13: Obligaciones del CONTRATISTA 10
Art. 14: Daños a Personas, Propiedades o Cosas 11
Art. 15: Señalización y Seguridad en los Trabajos 11
Art. 16: Cumplimiento de Normas y Reglamentos 12
Art. 17: Cumplimiento de Obligaciones con el Personal Dependiente 12
Art. 18: Multas y Penalidades 13
Art. 19: Roturas o Destrucciones de Bienes 15
Art. 20: Causales de Rescisión 15
Art. 21: Cesión del Contrato 17
Art. 22: Redeterminación de Precios 17
ANEXO I – PLANILLAS DE COTIZACIÓN – ZONA 5 19
XXXXX XX - RELACIÓN LABORAL – RESPONSABILIDAD 20
ANEXO III - CONDICIONES DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO 26
ANEXO IV – DETALLE DE EQUIPOS 31
XXXXX X – SEÑALIZACIÓN Y VALLADO - PRO.S.006 REV. 2A 32
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARTICULARES
Art. 1: Terminología
A los efectos de aclarar el papel de los actores que intervienen en el presente concurso de precios se define la siguiente terminología:
▪ CONCESIONARIO: Caminos de las Sierras S.A.
▪ CONCEDENTE: Gobierno de la Provincia xx Xxxxxxx.
▪ PROPONENTE U OFERENTE: Empresa que reúne las condiciones técnicas, administrativas, legales, económicas y financieras para participar del concurso y que presenta oferta.
▪ CONTRATISTA: Empresa que el CONCESIONARIO ha seleccionado como adjudicatario y con quien suscribirá el contrato para la ejecución de los trabajos concursados.
▪ CONTRATO DE LOCACIÓN: Instrumento legal suscrito entre el CONCESIONARIO y el CONTRATISTA y que compromete a la realización de los trabajos concursados.
▪ INSPECCIÓN: Persona/s nombradas por el CONCESIONARIO, autorizada para velar por el cumplimiento de lo estipulado en el Contrato de Locación firmado por las partes.
▪ RAC: Concesión de la Red de Accesos a Córdoba.
▪ CONTRATO DE CONCESIÓN: Instrumento legal que vincula al CONCESIONARIO con el Concedente.
▪ PRECIO: es el monto que propone el Oferente en la Planilla de Cotización N° 1 por los trabajos detallados en el presente Pliego por el total del plazo contractual.
Art. 2: Descripción de los Trabajos – Presupuesto Oficial
Los trabajos incluidos en el presente concurso de precios son los que se describen a continuación:
▪ Xxxxx xx xxxxx y desmalezado en toda la xxxx xx xxxxxx xx xx Xxxx 0, que incluye las rutas descriptas en el ARTICULO 3.
▪ Limpieza y Recolección de residuos en zonas de camino (incluyendo cunetas y canales)
▪ Trabajos a demanda: Tareas adicionales de xxxxx xx xxxxx, desmalezado y mantenimiento xx xxxxxxx por orden escrita del CONCESIONARIO.
Para cada Xxxxx xx Xxxxx y Desmalezado, el pasto y/o malezas no deberán exceder en ningún momento las alturas máximas establecidas a continuación, debiéndose realizar un total de cinco
(5) cortes completos durante plazo del contrato en los meses de Enero, Febrero, Marzo, Octubre y Diciembre para el cumplimiento de esta condición.
El CONTRATISTA deberá disponer de un equipamiento mínimo para la realización de los trabajos, el que deberá ser de dedicación exclusiva y no podrán ser desafectados sin el expreso consentimiento del CONCESIONARIO. El equipamiento mínimo será el siguiente:
• 3 tractores con desmalezadora xx xxxxx de amplio alcance (ancho xx xxxxx mayor a 4,5 m.), o equipamiento con capacidad similar, con una antigüedad no mayor a 8 años.
• 20 motoguadañas.
Todo equipamiento afectado al servicio debe ser de propiedad del CONTRATISTA. PRESUPUESTO OFICIAL: $ 93.924.474,93 con IVA incluido por un total de 5 cortes.
Art. 3: Descripción de la Zona – Detalle de rutas que componen la Xxxx 0
Xx Xxxx 0 de la Red de Acceso a Córdoba para el presente concurso está integrada por los tramos de rutas nacionales y provinciales descriptos en el cuadro siguiente:
XXXXX XX XXXXX, DESMALEZADO y LIMPIEZA RUTAS - ZONA 5 | ||||
N° LOTE | RUTA | TRAMO | Sup. Corte Completo (ha) | |
Desde | Hasta | |||
22 | R19-1 | ACV | Malvinas Argentinas km 322 | 105,40 |
23 | APC | ACV | Peaje | 434,1 |
APC | Estación de Peaje | |||
APC | Peaje | Fin tramo + Enlace 9(S) | ||
24 | R9S | ACV | Peaje | 100,5 |
R9S | Estación de Peaje | |||
R9S | Peaje | Fin de Concesión | ||
Totales | 640,0 |
Las superficies indicadas en los cuadros anteriores son solo a título informativo y será responsabilidad de los Oferentes su verificación.
Art. 4: Modalidades y Nivel de Servicio Requerido
El CONTRATISTA deberá respetar los cinco (5) cortes anuales en los meses establecidos en el ARTICULO 2. Para ello EL CONTRATISTA deberá disponer de los equipamientos y personal necesarios para cumplir los trabajos encomendados.
Las tareas en cada lote deberán ser ejecutadas de forma ininterrumpida durante el mes en curso y hasta su finalización.
Los Oferentes detallarán el listado de equipos y recursos, de afectación exclusiva a los trabajos en la RAC, con que efectivamente ejecutarán las tareas, ítem por ítem, lote por lote y mes por mes. (Ver ARTICULO 6.b) La disponibilidad y correcto estado de todos los equipos serán verificados tanto por el personal de conservación como por el personal responsable de seguridad e higiene del CONCESIONARIO (revista de equipos).
• CORTES DE PASTOS EN GENERAL
La altura máxima del xxxxx xx xxxxx y desmalezado una vez realizado, no será mayor a los 6 cm en ningún caso y los xxxxxx xx xxxxx deberán ser realizados en forma ordenada y sistemática, debiendo ejecutarse los trabajos con motoguadañas y tractores en forma simultánea. El incumplimiento de esta simultaneidad implicará que el CONCESIONARIO postergue la certificación del lote hasta su completa terminación. El xxxxx xx xxxxx incluye toda la zona de camino (ver planilla resumen detallada en el ARTÍCULO 3).
En las zonas urbanas y/o donde exista cordón cuneta, cuando el césped o maleza invada el cordón de la calzada o vereda, se deberá cortar y eliminar a partir del borde interno del cordón de veredas, de tal forma de dejar limpia la cara superior del cordón y la cuneta.
Se incluye entre las tareas a ejecutar por el CONTRATISTA, el desmalezado con motoguadañas en las franjas continúas de árboles y arbustos (previo a los trabajos de xxxxx xx xxxxx) inmediatamente antes de cada desmalezado con tractores para un correcto mantenimiento de la forestación en zona de camino. El mismo se realizará en un (1) metro hacia cada lado del eje de la hilera de especies (fuera de las cazuelas).
EL CONTRATISTA repondrá a su cargo toda planta dañada como consecuencia de la ejecución de los trabajos.
El CONTRATISTA deberá ejecutar los trabajos respetando las premisas en las condiciones establecidas, debiendo dimensionar sus equipos para el cumplimiento estricto de los trabajos encomendados. En el caso de que el CONTRATISTA no cumpla los objetivos fijados, el CONCESIONARIO podrá realizar el trabajo con recursos propios o de terceros, descontándose el precio total del lote, no teniendo el CONTRATISTA derecho a reclamo alguno.
Adicionalmente, el CONCESIONARIO podrá determinar superficies en cualquier ruta de la RAC que no se cortarán y dicha superficie será descontada proporcionalmente de la certificación correspondiente, sin reclamo alguno por parte del CONTRATISTA.
Debido a que en algunos lotes se encuentran aún en ejecución obras viales, el CONCESIONARIO se reserva el derecho de activar cortes a demanda en estas zonas.
• LIMPIEZA Y RECOLECCIÓN DE RESIDUOS EN ZONAS DE CAMINO (INCLUYENDO CUNETAS Y CANALES).
Comprende la recolección de elementos extraños (papeles, plásticos, desperdicios, etc., exceptuando basurales o elementos que requieran medios mecánicos para su retiro) diseminados en toda la zona de camino incluyendo cunetas y canales, en concordancia con lo especificado en el Contrato de Concesión.
La zona de camino deberá permanecer siempre libre de residuos, durante el plazo de ejecución de los trabajos. Es decir, el Contratista deberá realizar la cantidad de limpieza de la zona de caminos necesaria para lograr el objetivo pretendido de que se encuentre totalmente limpia y sin residuos.
La recolección de cartones, animales muertos o bultos de gran tamaño depositados en calzadas o en proximidad de las mismas, será diaria. Asimismo, los árboles que, durante la vigencia del contrato, sean derribados o volteados por las inclemencias climáticas (fuertes vientos), deberán ser trozados convenientemente y retirados en forma completa de la zona de camino.
La certificación de este ítem requerirá la conformidad escrita del CONCESIONARIO.
El incumplimiento o deficiente realización de la limpieza de la zona de camino, traerá como consecuencia la aplicación de una penalidad detallada en el punto 18.5.
• TRABAJOS A DEMANDA
Para trabajos de xxxxx xx xxxxx adicionales a los previstos en el presente pliego, los mismos podrán ser activados a demanda por el CONCESIONARIO. El Oferente deberá cotizar dos (2) tractores con desmalezadora y un equipo de cuatro (8) motoguadañas con sus respectivos operarios.
El pago de estos trabajos a demanda, serán incluidos en el certificado en el ítem “trabajos a demanda” e incluirán siempre el respectivo conductor debidamente habilitado (ver ANEXO IV).
Art. 5: Forma de Cotizar
• CORTES DE PASTOS EN GENERAL (PLANILLA DE COTIZACIÓN N° 1)
Tanto los CORTES DE PASTOS EN GENERAL (incluyendo las LAGUNAS DE RETENCIÓN y CANALES), así como la LIMPIEZA y RECOLECCIÓN DE RESIDUOS EN ZONAS DE CAMINO
(INCLUYENDO CUNETAS Y CANALES) y todos los trabajos necesarios para satisfacer las condiciones establecidas, deberán ser cotizados con un PRECIO UNITARIO por CORTE por el total de la superficie indicada en el ARTÍCULO 3 (sin incluir en dicho precio unitario los trabajos a demanda), siendo el plazo de ejecución de los trabajos de cada corte no mayor a los 30 días, según cronograma de meses establecidos en el ARTÍCULO 2.
TRABAJOS A DEMANDA (PLANILLA DE COTIZACION N° 2)
Para trabajos de xxxxx xx xxxxx adicionales a los previstos en el presente pliego que podrán ser activados a demanda se deberá cotizar un PRECIO UNITARIO por HECTÁREA según PLANILLA DE COTIZACIÓN Nº 2.
El pago de estos trabajos a demanda, serán incluidos en el ítem “trabajos a demanda” e incluirán siempre el respectivo conductor debidamente habilitado (ver ANEXO II).
El Oferente realizará su cotización completando las PLANILLA DE COTIZACIÓN N° 1 y N° 2 adjuntas en el ANEXO I, que tendrá en cuenta todos los gastos directos e indirectos necesarios para la ejecución de los trabajos descriptos en el presente.
Las Ofertas expresarán su monto en números y letras con IVA discriminado. Toda enmienda, tachadura o corrección deberá ser debidamente salvada.
El impuesto de sellos correspondiente al CONTRATO estará a cargo de las PARTES en iguales proporciones.
El OFERENTE seleccionado no deberá tener reclamos de ninguna naturaleza contra el CONCESIONARIO, a los que deberá renunciar en forma expresa y por escrito como requisito previo para la adjudicación, como condición indispensable y excluyente.
Art. 6: Presentación de las Propuestas
El Oferente deberá presentar sus propuestas bajo sobre cerrado dirigido al CONCESIONARIO en original, con el siguiente rótulo:
DIRECTORIO DE CAMINOS DE LAS SIERRAS S.A.
CONCURSO DE PRECIOS: CORTE DE PASTOS, MALEZAS, LIMPIEZA DE ZONA DE CAMINO, MANTENIMIENTO XX XXXXXXX DE RETENCIÓN EN LA RED DE ACCESOS A LA CIUDAD XX XXXXXXX – ZONA 5
OFERENTE: _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _
DIRECCION: Xx. Xxxxxx 000 – Malagueño (5101).
Las propuestas deberán estar debidamente foliadas, firmadas y selladas en todas sus páginas y deberán incluir los siguientes elementos:
a) Garantía de la Oferta: los oferentes deberán presentar una nota indicando que el período de validez de su oferta es de 30 días.
b) El OFERENTE deberá detallar: listado de equipos y personal mínimos a afectar a la obra definida en el ARTICULO 2, con carácter de exclusivo, como así también toda aclaración que juzgue conveniente. El Oferente deberá acreditar que los equipos afectados al CONTRATO, son de su propiedad y suficientes para cumplir acabadamente con las exigencias xxx Xxxxxx, de acuerdo a sus rendimientos y capacidad operativa. Los equipos incluidos en la Oferta y los afectados por el CONTRATISTA serán destinados exclusivamente a la ejecución del Contrato. El equipamiento mínimo comprometido para este concurso de precios, según se indica en el Art. 2, es el detallado en la planilla “Detalle de Equipos” – Anexo IV - DETALLE DE EQUIPOS. Sin perjuicio de lo anterior El CONTRATISTA deberá utilizar equipos en buen estado de funcionamiento y en la cantidad suficiente para realizar los trabajos encomendados.
c) Copia certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de los dos (2) últimos balances aprobados.
d) Nota proponiendo Representante Técnico en la OBRA. Dicho Personal deberá ser de probada idoneidad y su asistencia en el lugar de ejecución de los trabajos será obligatoria durante toda la extensión del CONTRATO. El mismo deberá contar con poder para suscribir planillas de mediciones, certificados de pago, recibir Órdenes de Servicio y cualquier otro documento necesario en la consecución de los trabajos. Toda notificación realizada al Representante Técnico, tendrá el mismo valor que si se hubiese realizado al CONTRATISTA.
e) Conjuntamente con la Oferta, los oferentes devolverán obligatoriamente todo el material de la presente invitación debidamente firmado y sellado como prueba de conformidad y conocimiento sobre el contenido del mismo, asumiendo que se han verificado todos los ítems y cantidades consignadas y garantizando que la cotización incluye todos los conceptos necesarios para que la ejecución de los trabajos se realice de acuerdo a su fin. Cualquier aclaración al respecto debe realizarse en hoja adjunta a la citada documentación.
f) Xxxx declarando que ha tomado conocimiento de los lugares donde se desarrollarán los trabajos, renunciando a futuros reclamos de cualquier índole por este motivo.
g) El OFERENTE deberá acreditar fehacientemente la ejecución de trabajos de desmalezado de 1.500has por año como mínimo en Concesiones Viales en los últimos 2 años y una certificación mínima por trabajos de $50.000.000,00 con IVA en el último año, para lo cual deberá presentar la documentación respaldatoria correspondiente
Art. 7: Lugar y Fecha de Recepción de las Propuestas
Las propuestas deberán entregarse hasta el día lunes veintitrés (23) de enero de 2023 en la secretaría de Directorio en la sede central de CAMINOS DE LAS SIERRAS S.A. Xx. Xxxxxx 000 – Malagueño (5101), hasta de las 11:45 hs. indefectiblemente. Las propuestas que ingresen con posterioridad serán devueltas sin abrir.
Las consultas podrán realizarse al mail xxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx hasta el día 16 de enero de 2023 a las 16:00 hs. Las respuestas se publicarán en la Web de Caminos de las Sierras S.A. por medio de Circulares, y formarán parte xxx XXXXXX.
Art. 8: Evaluación de las Ofertas
Es facultativo del CONCESIONARIO aceptar las ofertas, que a su juicio considere más conveniente a sus intereses, rechazar todas o anular el llamado a concurso.
Se tendrá en cuenta el estado de los equipos a utilizar, los recursos humanos disponibles, el precio y los antecedentes de cumplimiento del OFERENTE.
Art. 9: Adjudicación
Se adjudicará a la propuesta más conveniente a entero juicio y satisfacción del CONCESIONARIO.
Art. 10: Certificación y Forma de Pago
a) Certificación: Se certificará cada uno de los cortes completos de la zona una vez que hayan concluido cada uno de los cinco cortes estipulados tal como lo mencionan el ARTÍCULO 3 y 4 del presente. Los trabajos a demanda, con previa orden expresa por escrito del CONCESIONARIO, se certificarán una vez que los trabajos hayan sido ejecutados en su totalidad dentro de los 30 días desde la emisión de dicha orden. Una vez que hayan concluido los trabajos, se inspeccionarán los lotes en los que las tareas previstas hayan sido terminadas. Las tareas no finalizadas o no ejecutadas según lo establecido en el presente, a la fecha del certificado, no serán certificadas y será pasible la aplicación de penalidades.
b) Fecha de pago: El pago se hará efectivo el primer viernes siguiente a los treinta (30) días corridos contados a partir del último día del mes de servicio, siempre y cuando se haya cumplimentado lo establecido en los puntos c) y e) siguientes.
c) Fecha de factura: la factura deberá fecharse hasta último día del mes de ejecución de los trabajos certificados. Para el caso de que la fecha de emisión de la factura sea posterior al mes de ejecución de los trabajos, los plazos se contarán a partir de esta fecha.
d) Fecha de presentación de la Factura: La factura deberá ser presentada dentro de los primeros cinco (5) días hábiles siguientes a la aprobación del certificado.
e) Xxxxx y presentación documentación exigida en los Anexos II y III: La documentación exigida en los Anexos II y III del presente deberá presentarse hasta el día 20 del mes posterior al de la ejecución de los trabajos.
f) Traslado de la fecha de pago: Si el CONTRATISTA no facturara o no presentara la documentación de acuerdo a los plazos establecidos en el punto c) y/o e) precedentes, se establecerá como nueva fecha de pago la que surja el viernes siguiente de la fecha que surja de adicionarle a la fecha determinada según el punto b), el mayor plazo de demora en que se haya incurrido respecto a los puntos c) y/o e).
Lo estipulado en este punto no dará derecho al CONTRATISTA a reclamo alguno de intereses ni de ningún otro tipo.
g) Pago anticipado: en el caso de que el CONTRATISTA solicite el pago anticipado de su factura y el CONCESIONARIO acepte, se descontará un importe equivalente a los días de anticipo aplicando la tasa BADLAR promedio de los último 20 días + 8 puntos.
Asimismo, si el CONCESIONARIO tomara conocimiento del incumplimiento de obligaciones laborales, fiscales y/o previsionales del CONTRATISTA respecto de su personal, del mes del certificado o subsiguientes, se podrá suspender el pago de cualquier monto que tuviera que abonarle el CONCESIONARIO al CONTRATISTA hasta tanto se verifique el completo cumplimiento de las obligaciones antes mencionadas, sin que esto genere derecho a reclamo alguno por parte del CONTRATISTA.
Art. 11: Duración del Contrato
El plazo de vigencia del CONTRATO es de doce (12) meses contados a partir de la fecha de firma del presente CONTRATO. Dicho plazo podrá ser prorrogado por un periodo de igual duración sólo con acuerdo escrito de las PARTES.
Art. 12: Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato y Póliza de Responsabilidad Civil
I) Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato:
El CONTRATISTA deberá presentar, una Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, mediante póliza en original que se encuentre aprobada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendidas a favor de Caminos de las Sierras S.A., debidamente certificada por Escribano Público y emitida bajo las siguientes condiciones: Calificación “A” o superior para la compañía como mínimo, según surja de constancias de Calificadoras de Riesgos nacionales e internacionales, la que necesariamente deberá constar en la póliza o en su defecto se deberá acompañar la certificación que acredite la misma, a entero juicio y satisfacción del CONCESIONARIO, por un valor equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto del CONTRATO suscrito entre las PARTES con IVA incluido; a los efectos de cubrir todas y cada una de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA. Las Compañías Aseguradoras, que emitan las pólizas, deberán en todos los casos, constituir su domicilio en la Ciudad xx Xxxxxxx renunciando al Fuero Federal o cualquier otro de excepción y aceptando someterse a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad xx Xxxxxxx. El CONCESIONARIO podrá proceder de inmediato contra esta garantía ante el incumplimiento del CONTRATISTA de cualquiera de sus obligaciones.
Esta garantía será liberada después de haber sido cancelados todos y cada uno de los compromisos asumidos por el CONTRATISTA en el presente CONTRATO.
La ejecución de la Garantía de fiel cumplimiento de contrato no libera al CONTRATISTA de su obligación de abonar las multas estipuladas en el CONTRATO y, en su caso, resarcir al CONCESIONARIO por los daños y perjuicios emergentes de su incumplimiento.
III) Póliza de Responsabilidad Civil: el CONTRATISTA deberá presentar antes del inicio de los trabajos presenta la Póliza correspondiente al Seguro de Responsabilidad Civil comprensiva por la suma de Pesos Cuarenta Millones ($ 40.000.000), con una franquicia o deducible que no podrá ser superior a $ 20.000. Sobre dicho importe deducible (franquicia), el CONTRATISTA será el único responsable de pago e indemnización al tercero ante cualquier reclamo, suma que deberá abonar en forma inmediata y dentro de los cinco (5) días de que ocurra el reclamo al CONCESIONARIO, debiendo mantener en todo momento indemne al CONCESIONARIO respecto de cualquier reclamo. El original de esta póliza deberá ser presentada a los siete (7) días de firmado el contrato.
Art. 13: Obligaciones del CONTRATISTA
En ningún caso podrá interrumpirse la circulación vehicular. En el caso que la ejecución de los trabajos requiera la utilización de la calzada, se deberán habilitar vías provisorias, de tal forma que no se interrumpa la circulación y se ocasionen las menores molestias posibles a los usuarios.
El CONTRATISTA será responsable por todas las roturas que se puedan producir en la infraestructura vial por los trabajos ejecutados, debiendo quedar todo el sector en perfectas condiciones de limpieza y transitabilidad luego de la finalización de los trabajos de cada sector.
El CONTRATISTA será responsable por todo daño intencional o accidental que se produzcan a terceros, y que fuesen causados por sus operarios o equipos durante la realización de los trabajos. Las reparaciones emergentes de tales circunstancias, serán a entero costo y cargo del CONTRATISTA.
Serán a cargo del CONTRATISTA los gastos de peaje originados por el cumplimiento de las obligaciones contractuales. Todo vehículo asignado al cumplimiento de las obligaciones contractuales debe disponer de un dispositivo de pago de peaje dinámico (TELEPASE).
Art. 14: Daños a Personas, Propiedades o Cosas
Si se produjeran daños por cualquier naturaleza, el CONTRATISTA los comunicará al CONCESIONARIO de inmediato y con una descripción escrita de los hechos. El resarcimiento de los perjuicios que se produjeran correrá por cuenta exclusiva del CONTRATISTA, quien se compromete a mantener indemne al CONCESIONARIO hasta la Recepción definitiva de los trabajos.
El CONCESIONARIO podrá retener, de las sumas que adeudase al CONTRATISTA, los importes que estime conveniente hasta que las reclamaciones o acciones que llegaran a formularse por estas circunstancias, queden definitivamente resueltas y hayan sido satisfechas las indemnizaciones a que hubiera lugar en derecho.
Art. 15: Señalización y Seguridad en los Trabajos
El CONTRATISTA deberá respetar los Planos de Desvíos y Señalización, para los trabajos en banquinas del manual de señalización y normas de seguridad vial de Caminos de las Sierras S.A. que deberá consultar obligatoriamente en su sede.
El CONTRATISTA será responsable de la colocación de carteles, señales y balizas indicadoras de los lugares peligrosos que existieren o que se configuraren como consecuencia de la ejecución de tareas de cualquier índole en la red vial, y adoptará todas las medidas de precaución conducentes a evitar accidentes en dichos lugares.
El CONTRATISTA impedirá que el usuario pueda transitar por calles que presenten cortes y obstáculos peligrosos que puedan ser motivo de accidentes, a cuyo efecto colocará letreros de advertencia y barreras u otros medios eficaces que respondan a las normas arriba citadas.
Los desvíos serán verificados y supervisados por el personal de seguridad vial del CONCESIONARIO y por la Inspección, quienes podrán ordenar las modificaciones que consideren necesarias de manera de asegurar el correcto funcionamiento de los mismos.
La zona de trabajo estará cerrada al tránsito, delineada con elementos de canalización o protegida mediante barreras para evitar el ingreso de vehículos y peatones. Las distancias de los avisos y carteles en los lugares de trabajo estarán acordes con la posibilidad del trazado, a fin de que el tránsito sea alertado con la anticipación necesaria.
Todos los dispositivos a emplear serán legibles y visualizados de día y noche, y bajo distintas condiciones climáticas.
Art. 16: Cumplimiento de Normas y Reglamentos
El CONTRATISTA, su personal y las empresas con las que contrate trabajos, serán responsables de cumplir cuidadosamente las disposiciones, ordenanzas y reglamentos vigentes en los lugares en que se preste el SERVICIO.
El CONCESIONARIO y el CONCEDENTE queda liberado de toda obligación emergente del eventual incumplimiento por parte del CONTRATISTA o sus dependientes de las disposiciones, ordenanzas o reglamentos que fueren de aplicación en cada caso.
Asimismo, es obligación que el CONTRATISTA cuente en forma permanente con un responsable de seguridad industrial, de probada idoneidad, durante todo el plazo del contrato.
Queda prohibida la quema de los pastos y malezas, así como los productos xxx xxxxx, dentro de la zona de camino, en los bosquecillos o terrenos del CONCEDENTE o propiedad de la Dirección Nacional de Vialidad, debiendo recolectarse el producto xxx xxxxx cuando exista el peligro de que se prenda fuego o pueda crear inconvenientes al tránsito o a terceros.
Bajo ningún concepto se aceptará el uso del fuego como elemento de control de plagas y malezas. El uso de agroquímicos está expresamente prohibido debiendo respetarse lo prescrito por la legislación provincial vigente.
A los fines de garantizar la seguridad de los usuarios y operarios durante los trabajos de implantación y de mantenimiento se deberá disponer de la señalización pertinente.
Art. 17: Cumplimiento de Obligaciones con el Personal Dependiente
El CONTRATISTA deberá cumplir, respetar y hacer respetar las normas vigentes de Higiene y Seguridad Industrial.
Desde el punto de vista de las obligaciones para con su personal, El CONTRATISTA deberá cumplir con la legislación y normativa vigente, debiendo liquidar y abonar puntualmente los haberes y presentando los comprobantes de pago de aportes previsionales, ART, seguros, exámenes preocupacionales (si correspondiere), etc., dando fiel cumplimiento a las disposiciones de la legislación laboral vigente en la materia. No podrán hacer deducciones xx xxxxxxx que no estén autorizadas reglamentariamente o por resolución judicial. El oferente deberá presentar mensualmente el recibo de pago del sindicato que nuclea a su personal. Los anexos II y III, referidos a Obligaciones Laborales y de Seguridad e Higiene, se adjuntan al presente pliego licitatorio.
Con respecto a su equipamiento, maquinaria y móviles en general, los mismos deberán estar en perfecto estado de uso y en condiciones de operar bajo estrictas medidas de seguridad. Así mismo deberán contar con los seguros correspondientes de acuerdo al uso previsto en la ejecución de las tareas.
Art. 18: Multas y Penalidades
18.1 - GENERALIDADES
En el caso de que el monto acumulado de las multas supere el 10% del equivalente al monto del contrato, el CONCESIONARIO estará facultado para rescindir el Contrato por culpa del CONTRATISTA, sin derecho a reclamo alguno por parte del mismo y el CONCESIONARIO tendrá derecho a ejecutar la Garantía de Fiel Cumplimiento.
El importe de las multas será descontado al CONTRATISTA de las facturas pendientes de pago al momento de su aplicación efectiva.
En el caso que alguno de los lotes no se encuentre mantenido según lo establecido en el presente pliego y/o a satisfacción de la Inspección, el CONCESIONARIO se reserva el derecho de descontar el porcentaje que considere oportuno, en concepto de multa / penalidad.
18.2 - PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO ÓRDENES DE SERVICIO y COMUNICACIÓN SEMANAL
Por cada incumplimiento de “Orden de Servicio” por parte del CONTRATISTA, el CONCESIONARIO podrá aplicarle una multa equivalente a 1.000 litros de nafta YPF Premium más IVA, la que hará efectiva mediante el descuento en la facturación que el CONTRATISTA realice al CONCESIONARIO y de persistir el incumplimiento detallado en la Orden de Servicio, a partir del plazo establecido en la misma, el CONTRATISTA será pasible de una multa equivalente a 200 litros de nafta YPF Premium más IVA. A tales efectos, el CONTRATISTA emitirá una nota de crédito por el monto de la multa aplicada.
Las multas por incumplimiento de Órdenes de Servicio, podrán tratar sobre:
(i) incumplimiento de los procedimientos indicados en el Sistema de Aseguramiento de la Calidad (S.A.C.)
(ii) Incumplimiento en el inicio o plazos de ejecución de tareas,
(iii) Falta de equipos adecuados previstos en la oferta y,
(iv) Cualquier otro inconveniente que perjudique o perturbe el normal desenvolvimiento del servicio que brinda el CONCESIONARIO en la Red de Accesos a Córdoba.
El incumplimiento de la comunicación semanal, por escrito, de lotes terminados de cualquier tipo, hará pasible al CONTRATISTA de una multa equivalente a 200 litros de nafta YPF Premium más IVA, por cada incumplimiento.
Cada comunicación semanal de lotes terminados, que sea comprobado por el CONCESIONARIO como “información no veraz”, vale decir que se verifique que los lotes no están terminados, hará pasible al CONTRATISTA de una multa equivalente a 200 litros de nafta YPF Premium más IVA. La presente penalidad es de aplicación para las tareas de xxxxx xx xxxxx y limpieza zona de camino.
18.4 - PENALIDADES POR DESMALEZADO INCORRECTO
Cada detección de desmalezado con tractores sin ejecución previa de desmalezado alrededor de plantas, generará la paralización inmediata de los trabajos y una multa equivalente a 200 litros de nafta YPF Premium más IVA.
18.5 - PENALIDADES POR ROTURA DE ARBOLES y ARBUSTOS
En cuanto a la destrucción de árboles y arbustos como consecuencia de la acción del CONTRATISTA, se establece una multa por unidad equivalente a 100 litros de nafta YPF Premium más IVA, además de su reposición por un ejemplar de la misma especie y de características similares en cuanto a porte.
18.6 - PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO DE LA LIMPIEZA DE ZONA DE CAMINO
El incumplimiento de la limpieza de la zona de camino de los tramos en su totalidad durante la ejecución de los trabajos, traerá aparejado una penalidad equivalente al 20% del precio cotizado por el tramo en la planilla de Cotización N°1 (ANEXO I).
Asimismo, se prevé la posibilidad de recisión del CONTRATO en caso que el Contratista reincida en el incumplimiento por tercera vez sin que ello genere reclamo alguno.
Para todas las penalidades detalladas anteriormente, el precio a considerar para el litro de nafta YPF Premiun será el publicado por la Secretaría de Energía de la Nación (xxx.xxxxxxx.xxx.xx) para el Automóvil Club Argentino ACA de la ciudad xx Xxxxxxx.
Art. 19: Roturas o Destrucciones de Bienes
• Los elementos de la Red (árboles, postes, etc.) que sean destruidos o dañados por parte del CONTRATISTA, deberán ser repuestos por éste, por unidades iguales a las destruidas.
• Los bienes de propiedad de los Usuarios de la RAC, (p. Ej.: parabrisas, ópticas, chapa de vehículos, vecinos de propiedades frentistas a la RAC), que sean destruidos o dañados y las personas que sufran algún daño debido a las tareas realizadas por el CONTRATISTA, deberán ser repuestos o resarcidos por éste. Transcurrido un plazo establecido por el CONCESIONARIO, acorde al daño que se haya efectuado, y no habiendo sido realizada la reparación o el resarcimiento por el CONTRATISTA, la reposición o indemnización la efectuará el CONCESIONARIO con cargo al CONTRATISTA.
• En todos los casos deberá el CONTRATISTA mantener indemne al CONCESIONARIO por los reclamos o medidas cautelares que pudieran iniciarse o trabarse en su contra, pudiendo el CONCESIONARIO en su caso ejercer el derecho de retención de las sumas reclamadas o embargadas, hasta tanto dichos reclamos o medidas cautelares fueran solucionadas por el CONTRATISTA.
Art. 20: Causales de Rescisión
20.1. RESCISIÓN SIN CAUSA.
Se acuerda que cualquiera de las PARTES podrá rescindir el CONTRATO en forma anticipada, sin expresión de causa, debiendo solo comunicar por medio fehaciente tal decisión a la otra PARTE con una antelación de noventa (90) días corridos al domicilio fijado en el CONTRATO, sin que de ello se derive derecho a indemnización alguna para el CONCESIONARIO, ni para el CONTRATISTA, ni derecho a reclamar suma alguna derivada de tal rescisión. Asimismo, el CONTRATISTA manifiesta tener pleno conocimiento de que el CONTRATO no garantiza un plazo mínimo de vigencia del mismo, y en consecuencia, no importa expectativa alguna en tal sentido, pudiendo ser rescindido por las PARTES en cualquier momento sin derecho a indemnización y resarcimiento alguno por tal motivo.
Igualmente, las PARTES acuerdan que en caso de resolver de común acuerdo el CONTRATO, no habrá obligación de notificación previa de las PARTES.
20.2. RESCISIÓN CON CAUSA.
El CONCESIONARIO se encuentra facultado, sin que le quepa responsabilidad alguna, a dar por rescindido el CONTRATO de pleno derecho comunicando esta situación por medio fehaciente al
CONTRATISTA, independientemente de cualquier acción judicial o extrajudicial que le pudiera corresponder en contra del CONTRATISTA, y sin que el CONTRATISTA cuente con ningún derecho de retención y/o reclamo de ningún tipo en contra del CONCESIONARIO a los que renuncia expresamente cuando la rescisión tenga su fundamento en las causales enumeradas a continuación:
a) Si el CONTRATISTA, incumpliera sus obligaciones previsionales, laborales, sindicales, de seguridad e higiene en el trabajo. (Incumpliera con las obligaciones del Anexo II y/o III).
b) Si se presenta en convocatoria, concurso, o es declarado en quiebra.
c) Si el CONTRATISTA violara la prohibición de cesión o endoso de facturas detallada en el art. 21 del Presente.
d) Si el CONCESIONARIO a su criterio determinara, que el CONTRATISTA no ha dado cumplimiento con las tareas acordadas en el plazo, modo y forma y lugar estipulados ejecutando los trabajos en forma inadecuada o insuficiente, de tal manera que ponga bajo riesgo el cumplimiento del CONTRATO.
e) Si el CONTRATISTA interrumpe la continuidad de las tareas.
f) Si al CONTRATISTA, se le embarga equipo, fondos o cualquier pago que deba efectuarse por los trabajos ejecutados, que le impida el cumplimiento o entorpezca a exclusiva decisión del CONTRATISTA los trabajos en los términos y alcances del CONTRATO.
g) Si dejare de cumplir con tres (3) o más instrucciones impartidas por medio de las Ordenes de Servicio, relacionadas con las obligaciones emergentes del CONTRATO.
h) Si el monto de las multas a aplicar conforme a la cláusula de PENALIDADES, de las Condiciones Particulares del Contrato, superase el diez (10%) del precio total sin IVA.
i) Si el CONTRATISTA no constituyera o presentara de manera incompleta las garantías exigidas en los términos del Artículo 12 del presente Pliego, o no mantuviere vigentes y abonadas las pólizas de Responsabilidad Civil, ART, Seguro de Vida obligatorio, etc.
j) En caso de evidente negligencia del CONTRATISTA en la ejecución de los trabajos o por otras causas no diligentes.
En las causales enumeradas precedentemente, el CONCESIONARIO podrá reclamar los daños y perjuicios emergentes del incumplimiento del CONTRATISTA.
En los casos previstos en los incisos a, d, e, g, i y j, el CONCESIONARIO a los fines de subsanar el incumplimiento en el que hubiere incurrido el CONTRATISTA, deberá intimar a este último con cinco (5) días corridos de anticipación por medio fehaciente, vencido los cuales, sin que haya cumplido, podrá proceder a la rescisión del CONTRATO. El CONCESIONARIO no deberá intimar
al CONTRATISTA en los demás supuestos (incisos b, c, f, y h) ya que el incumplimiento de las tareas objeto del CONTRATO se producirá de manera automática y de pleno derecho.
3. TERMINACIÓN DEL CONTRATO POR OTRAS CAUSAS.
En el supuesto que se produjera la rescisión o extinción por cualquier causa del CONTRATO DE CONCESIÓN, caducará indefectiblemente el CONTRATO, sin derecho a reclamar indemnización alguna por parte del CONTRATISTA
Art. 21: Cesión del Contrato
Al CONTRATISTA le está expresamente prohibido la cesión de derechos y obligaciones, parcial o total del Contrato, como así también la Subcontratación, total o parcial, del Servicio a terceros, así como le está prohibido ceder total o parcialmente facturas, sin autorización previa por escrito del CONCESIONARIO, mediante Orden de Servicio. El incumplimiento de esta prohibición será causal de rescisión por culpa del CONTRATISTA y se hará responsable de los daños y perjuicios derivados de dicha actitud, independientemente de las multas que le puedan ser aplicadas.
Art. 22: Redeterminación de Precios
Los precios serán redeterminados a solicitud del CONTRATISTA en cualquier etapa de la ejecución del CONTRATO cuando se verifique, en los precios de los factores que integran sus respectivos costos, una variación promedio superior al 10% (diez por ciento), con respecto a los valores contractuales de origen o básicos, o de la última redeterminación de precios aprobada. El nuevo precio contractual resultante se aplicará a la parte de la contratación aún no ejecutada a partir del mes en el que se haya cumplido dicha condición. Lo mismo ocurrirá en el caso de que se verifique una disminución de dichos costos mayor a dicho porcentaje.
P1 = P0 x FRi
Donde:
P1 = Precio de la certificación redeterminado del mes i.
P0 = Precio de la certificación del mes i, a valores de contrato o de la última redeterminación aprobada.
i = mes de presentación de solicitud de redeterminación de precios por parte del CONTRATISTA. Siendo FRi igual a:
Donde:
FRi = Factor de Redeterminación en el mes i (mes de presentación de la solicitud de redeterminación de precios).
at,….,af = Ponderadores de los respectivos factores de costo
It,i-1 = Valor índice del factor t en el mes i-1 publicado por la Dirección Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxxxx x xxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx.
Xx,0 = Valor índice del factor t en el mes 0 (mes base o en el mes anterior a la última presentación de redeterminación de precios aprobada) publicado por la Dirección General de Estadísticas y censos de la Provincia xx Xxxxxxx.
Los componentes de la expresión matemática serán calculados con cuatro decimales con redondeo simétrico. Los Factores de Costo a utilizar serán los publicados por la Dirección General de Estadísticas y Censos de la Provincia xx Xxxxxxx. (IOP)
Los índices de los factores de costo a considerar para el cálculo son los del mes anterior al de la fecha de la presentación de la solicitud de Redeterminación de Precios por parte del CONTRATISTA.
Mes base: Diciembre 2022
Factores de Costo (publicados por la Dirección de Estadísticas y Censos de la Provincia xx Xxxxxxx)
α1 = 0,25 Factor de costo 14 – Combustible
α2 = 0,25 Factor de costo 17 – Equipo - Amort. Equipo α3 = 0,50 Factor de costo 26 – Mano de obra
α1 , α2 , α3
No existirá REDETERMINACIÓN DEFINITIVA DE PRECIOS en el CONTRATO, ni ninguna otra que no fuere la fórmula indicada en el apartado precedente.
ANEXO I – PLANILLAS DE COTIZACIÓN – ZONA 5
PLANILLA DE COTIZACIÓN Nº 1
DESCRIPCIÓN | PRECIO UNITARIO X CORTE | CANTIDAD XX XXXXXX (1) | TOTAL |
CORTES DE PASTOS EN GENERAL (incluyendo las LAGUNAS DE RETENCIÓN ) y LIMPIEZA y RECOLECCIÓN DE RESIDUOS EN ZONAS DE CAMINO (incluyendo CUNETAS Y CANALES). | $ s/IVA | 5 | |
(1) Meses de ejecución de los cortes: Enero- Febrero - Marzo - Octubre y Diciembre IVA 21% TOTAL CON IVA | |||
Son pesos:
PLANILLA DE COTIZACIÓN Nº 2
TRABAJOS A DEMANDA | |||
ITEM | TRABAJOS A DEMANDA | UNIDAD | PRECIO UNITARIO SIN IVA |
1 | GRUPO DE TRABAJO ADICIONAL | ha |
Son pesos:
XXXXX XX - RELACIÓN LABORAL – RESPONSABILIDAD
El CONTRATISTA deberá tomar todas las previsiones relacionadas con la contratación de mano de obra, garantizando que la dotación de personal empleado permitirá atender, plenamente, la ejecución de los trabajos objeto del presente CONTRATO.
El CONTRATISTA será considerado como empleador del personal que utiliza para la obra y/o servicio, por ende, único responsable del pago de los salarios, indemnizaciones, aportes y contribuciones de la seguridad social y toda otra obligación vinculada a la relación laboral que deba ser cumplida por el empleador conforme a la legislación vigente.
El CONTRATISTA no podrá pagar a su personal, salarios inferiores al mínimo establecido por la legislación laboral y por los convenios colectivos de trabajo vigentes, debiendo pagar los mismos dentro de los plazos legales.
No existe relación laboral entre el personal del CONTRATISTA y el CONCESIONARIO. El CONTRATISTA deberá cumplir con la legislación laboral, previsional, sindical, de riesgos del trabajo y de higiene y seguridad en el trabajo vigente en la República Argentina, aplicables a su personal. EL CONCESIONARIO podrá considerar su incumplimiento causa grave que autoriza a la rescisión del CONTRATO por incumplimiento del CONTRATISTA.
En caso de incumplimiento del CONTRATISTA en lo referente al pago en término de salarios y demás obligaciones laborales, de los aportes y/o contribuciones previsionales, de obra social y de cuota sindical, al I.E.R.I.C, las pólizas de la A.R.T. y del Seguro de Vida Obligatorio y/o los depósitos del Fondo de Desempleo de la Ley N° 22.250, el CONCESIONARIO podrá regularizar la situación por cuenta y cargo del CONTRATISTA, para lo cual podrá retener las sumas necesarias de los montos a pagar a éste por cualquier concepto y, en caso de no ser estos suficientes, ejecutar la garantía de fiel cumplimiento.
El CONTRATISTA declara bajo juramento estar debidamente inscripto en los organismos previsionales, de obra social y en el I.E.R.I.C., como así también, afiliado a una Aseguradora de Riesgos de Trabajo (A.R.T.), todo ello conforme a la legislación vigente.
El CONTRATISTA deberá presentar al CONCESIONARIO, la siguiente documentación en relación a su personal:
I. Previo a la firma del CONTRATO:
1.a. Inscripción en Impuestos
• Nro. de C.U.I.T. (F576)
• Formulario 560/F o 560/J – Inscripción AFIP
• Condición frente al Régimen de Retención de Ganancias. (certificados de no retención)
• Inscripción en el Impuesto a los Ing. Brutos o Convenio Multilateral. Formulario C.M.01.
• Condición frente al Régimen de Retención de Ingresos Brutos.
1.b. Constancias de inscripciones previsionales v sociales
• Jubilación, inscripción en el AFIP como empleador.
• Obra Social.
• I.E.R.I.C. – Inscripción y pago canon anual (si correspondiera)
• Contrato afiliación a A.R.T.
• Contrato social inscripto en el Registro Público de Comercio.
• Último Balance.
• Poder de los Representantes Legales.
• Ultimo depósito de Cargas Sociales.
II. Firmado el CONTRATO y antes del inicio de las tareas:
2.a. Seguros y Garantías
• Copia de póliza de responsabilidad civil comprensiva, según lo detallado en el art. 12 del presente pliego.
• Copia de póliza de responsabilidad civil de Vehículos, debiendo incluir a la CONCESIONARIA como coasegurado y con cláusula de traslado de personal y bienes.
• Copia de póliza de seguro técnico (responsabilidad civil) de Maquinas, equipos y remolcados, debiendo incluir a la CONCESIONARIA como coasegurado y con cláusula de traslado de personal y bien.
• Copia de póliza de Seguro de Vida Colectivo Obligatorio. Póliza y nómina de personal comprendido.
• Certificado Nominado del personal cubierto por la A.R.T.
• Cláusula de NO REPETICIÓN de acciones legales contra Caminos de las Sierras S.A. y el Estado Provincial vigente emitida por la A.R.T. (ver nota 1 adjunta).
• Original de póliza de Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
Todas las pólizas serán emitidas por compañías aseguradoras de primera línea a entero juicio y satisfacción del Concesionario.
2.b. Obligaciones laborales
• Declaración Jurada de la nómina del personal afectado a la contratación, indicando:
❑ Nombre y apellido.
❑ Documento de identidad, tipo y N°, en el caso de extranjeros presentar documentación de radicación.
❑ Domicilio.
❑ Función.
❑ Estado Civil.
❑ Cantidad de hijos.
❑ Fecha de ingreso.
❑ Remuneración bruta sujeta a aportes y contribuciones.
❑ La CONCESIONARIA, podrá exigir, de considerarlo pertinente, el examen preocupacional.
❑ Caja de jubilación.
• Fotocopia de la C.A.T. de todo el personal afectado a la contratación
2. c. Habilitación de Máquinas, Vehículos, Equipos y Remolcados
• Copia de la tarjeta verde de los vehículos afectados al CONTRATO.
• La CONCESIONARIA, podrá exigir, de considerarlo pertinente, fotocopia de revisión técnica obligatoria (ITV).
• Permisos de tránsito de la D.N.V y D.P.V. (para traslado de equipos viales) si correspondiese.
• Nómina del personal autorizado a operar vehículos, indicando por cada equipo cual es el operario autorizando a su manejo y fotocopia del Registro de conductor.
• Listado de vehículos y/o equipos.
• Certificación técnica de elementos de izaje y vehículos afectados al proyecto.
III. Mensualmente y/o estando vigente el CONTRATO:
• Nómina del personal afectado al servicio en carácter de declaración jurada
• Detalle de altas y bajas del personal informado en la nómina, con importe de remuneración bruta sujeta a aportes y contribuciones, bajo la forma de Declaración Jurada.
• Fotocopias del recibo de haberes del personal que figura en la nómina.
• La CONCESIONARIA, podrá exigir, de considerarlo pertinente, exámenes preocupacionales de altas con la calificación de aptitud medico laboral en forma individual y su correspondiente homologación en caso de que la patología detectada no vaya a agravarse por la tarea a desarrollar.
• Comprobantes de pago de las quincenas de Jornales y/o Sueldos y S.A.C. de los mismos cuando corresponda.
• Libro de Sueldos y Jornales (art. 52 Ley 20.744). Rubricado por el organismo o la autorización para llevar hojas móviles.
• Comprobantes de liquidaciones finales en caso de bajas. Telegrama de renuncia o despido según el caso.
• Fotocopia de la C.A.T. de las altas de personal
• Formulario 931, presentación y comprobantes de pago de todos los ítems.
• Pago de la Cuota Sindical.
• Fondo de Desempleo. Última boleta de depósito y nómina (si correspondiese).
• Cuota I.E.R.I.C. (si correspondiese).
• Certificado de cobertura con nómina de personal emitido por ART.
• Seguro de Vida Obligatorio: certificado de cobertura con nómina de personal.
• Deposito retención 4ta categoría. Impuesto a las ganancias (si correspondiera).
• Recibos de Pago de Pólizas de Seguro (Obligatorio, etc.).
• Las altas médicas de todos los operarios accidentados a los efectos de verificar que se encuentran en condiciones de reintegrarse a sus tareas habituales o si ha quedado alguna secuela que genere incapacidad.
• Comunicación en tiempo y forma de todo personal que falte a sus tareas por enfermedad inculpable con la correspondiente certificación médica, de baja y de alta médica.
• Solicitud de autorización en forma fehaciente de toda incorporación y/o baja de equipos, maquinas, remolcados o vehículos, que se produjera durante el desarrollo de los trabajos.
• Documentación generada por el servicio de HST de acuerdo a lo que se indica en el Anexo lII.
IV. Autónomos, empresas unipersonales, socios o dueños de empresas que estén supervisando trabajos y socios de cooperativas de trabajo:
• Seguro de accidentes personales que cubra los riesgos de muerte natural o accidental, lesiones, incapacidad total o parcial, accidente in itinere ($ 300.000) con cobertura de asistencia médica e internación ($ 50.000) y farmacéutica ($ 15.000), debiendo designar como beneficiaria a Caminos de las Sierras S.A.. Deberá incluir CLÁUSULA DE NO REPETICIÓN de acciones legales contra Camino de las Sierras S.A, sus funcionarios, empleados u obreros.
• Constancia del C.U.I.T.
• Comprobante de pago último aporte previsional vencido (Monotributo).
Asimismo, el CONTRATISTA se compromete a permitir efectuar controles al CONCESIONARIO, con la periodicidad que éste considere necesario, de sus libros y comprobantes, tendientes a verificar el cumplimiento de lo establecido en este aspecto.
NOTA 1: Nota emitida por la A.R.T. con la que mantenga el contrato que exige la ley Nº
24.557 en los siguientes términos:
Razón Social de la Aseguradora de Riesgo de Trabajo renuncia en forma expresa a iniciar toda acción de repetición o de regreso contra Caminos de las Sierras S.A. y Estado Provincial, sus funcionarios, empleados u obreros, bien sea con fundamento en el artículo 39.5 de la Ley 24.557 o cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especies o dinerarias que se vea obligado a otorgar o abonar al personal dependiente y extradependiente de Razón Social del CONTRATISTA alcanzados por la cobertura de la presente póliza, por accidente de trabajo o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo.
Razón Social de la Aseguradora de Riesgos de Trabajo se obliga a comunicar a Caminos de las Sierras S.A. en forma fehaciente los incumplimientos a la póliza en que incurra el asegurado y especialmente la falta de pago en término de la misma, dentro de los 10 (diez) días de verificados.”
El CONTRATISTA deberá indemnizar al CONCESIONARIO y/o al CONCEDENTE, por todos los daños, perjuicios y/o compensaciones que deban pagarse por o como consecuencia de reclamaciones relacionadas con el personal del CONTRATISTA, y/o por o como consecuencia de accidentes o lesiones de trabajadores u otras personas que están empleadas por el CONTRATISTA. El CONTRATISTA deberá hacerse cargo de cualquier acción o embargo, que se ejerza o trabe contra el CONCESIONARIO y/o el CONCEDENTE, en virtud de tal responsabilidad, y del pago de las indemnizaciones que ello diere lugar fijadas judicialmente. En tal supuesto, el CONCESIONARIO y/o el CONCEDENTE citará como tercero interesado al CONTRATISTA, el que intervendrá en la causa como garante del resultado del pleito, debiendo reintegrarle al CONCESIONARIO y/o el CONCEDENTE, cualquier suma que por cualquier concepto se vieren obligados a pagar como consecuencia de la indemnidad prevista en este párrafo, o a que fuere
condenado en tales circunstancias, incluyendo costas y honorarios razonables de los profesionales propios o contratados por el CONCESIONARIO. Deberá entenderse incluido en este supuesto, cualquier reclamo de terceros por daños causados por el CONTRATISTA o sus empleados. El CONTRATISTA deberá cumplir con la legislación laboral vigente.
Toda la documentación exigida en este Anexo deberá presentarse en copia papel formato A4 u original según se indique en cada caso, debidamente firmada por un representante legal del CONTRATISTA. No se aceptará ninguna documentación vía fax o email. El CONCESIONARIO podrá solicitar al CONTRATISTA los originales de cualquier documentación detallada en el presente Anexo para su compulsa con las copias presentadas.
ANEXO III - CONDICIONES DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO
El presente Anexo tiene por objeto reglamentar la forma en que se debe prestar el servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo, desde el punto de vista técnico y administrativo.
1- El CONCESIONARIO está interesado en evitar riesgos a su personal, daños o perjuicios a sus instalaciones, maquinarias, materiales y procesos productivos, razón por la cual ha confeccionado un programa general de higiene y seguridad en el trabajo que el CONTRATISTA declara conocer y aceptar, estas normas son de cumplimiento obligatorio para el CONTRATISTA el que por su parte asume la responsabilidad de su propio personal a todos los efectos legales y/o convencionales.
2- El CONTRATISTA debe disponer de todos los elementos y medios necesarios, adecuados y suficientes, tales como herramientas, escaleras, equipos, elementos de protección personal; y colectivos, indumentaria visible, preferentemente de color naranja con bandas reflectivas, barreras de protección, señalamientos, banderillas, etc., y todo aquello que no se indica expresamente y que sea necesario para preservar la seguridad y la salud de los trabajadores, como así también los bienes. materiales propios y los del CONCESIONARIO.
3- El CONTRATISTA será responsable de cualquier reclamo y/o indemnización que por derecho común (art. 1109 y 1113 del Código Civil), el personal del mismo hiciere contra El CONCESIONARIO derivado de accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y/o accidentes in-itinere, en tales circunstancias las mismas serán asumidas en forma exclusiva y excluyente por el CONTRATISTA, eximiendo de total responsabilidad al CONCESIONARIO. Sin embargo, si por cualquier motivo el CONCESIONARIO se viera obligado a abonar alguna suma derivada de reclamaciones como las antes mencionadas, éste estará facultado a debitar, iguales sumas en forma automática, de los montos que debiera abonar al CONTRATISTA por las prestaciones realizadas.
4- El CONTRATISTA deberá tener contratado un seguro de Riesgos del Trabajo, o estar autorizado para funcionar como autoasegurado de acuerdo a lo dispuesto por la Ley 24.557, decretos reglamentarios y disposiciones legales concordantes y complementarías.
5- El personal del CONTRATISTA deberá cumplimentar las normas sobre higiene y seguridad en el trabajo conforme a la Ley Nº 19.587 Decreto Nº 351/79, Programa Provincial para el Mejoramiento de las Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo en la Industria de la Construcción, Decreto Reglamentario 911/96, Resoluciones 231/96, 51/97, 35/98, 319/99, 43/97, 28/98, 700/00, (todas de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo), Xxx xx Xxxxxxxx Nº 24449, Decreto Reglamentario 875/94, Decreto Reglamentario 779/95 y sus anexos y toda
otra disposición emanada con posterioridad a la fecha de revisión de este Anexo, Ley de Contratos de Trabajo y sus disposiciones complementarias. El CONTRATISTA deberá contar con Servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo con la carga horaria profesional indicada por el Decreto 231/96, presentando por escrito antes del comienzo de los trabajos lo siguiente:
• Nombre del responsable del Servicio de Higiene y Seguridad, cantidad de horas profesionales semanales asignadas y fotocopia de la habilitación profesional del mismo.
• Copia de la comunicación de Aviso de Inicio de Obra a la ART y de la comunicación de fecha de inicio al Ministerio de Trabajo de la Provincia.
• Copia del Programa de Seguridad aprobado por la ART, y programa de visitas de la ART.
• Copia de constancia de capacitación general y especifica de los riesgos de la tarea contratada de la totalidad del personal. Adjuntará cartilla de instrucciones
• Copia de recibos de entrega de elementos de protección a la totalidad del personal afectado a la obra.
• Antes del inicio de los trabajos, EL CONTRATISTA deberá requerir a la Oficina de Personal del CONCESIONARIO, la tarjeta de identificación para la totalidad de las personas afectadas a los trabajos. La misma deberá ser devuelta en forma inmediata al momento de la finalización de los trabajos ó por la desafectación del trabajador.
• Nota informando los teléfonos de emergencias, el servicio de ambulancia y lugares de asistencia medica de accidentados, no solo de la Ciudad xx Xxxxxxx, sino también de las ciudades periféricas a la RAC.
• Plan de emergencia para atender situaciones críticas (incendios, lesiones graves, accidentes en ruta, etc.)
• El CONTRATISTA deberá dar cumplimiento a todas las resoluciones emergentes de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo previendo especialmente que la obra cuente con lo siguiente desde el comienzo:
• Instalación xx xxxxx y vestuarios adecuados en cada frente de obra.
• Provisión de agua potable en cada frente de obra.
• Construcción de infraestructura de campamento (en caso de ser necesario).
• Disponer de vehículos apropiados para el transporte del personal (en caso de ser necesario.
• Entrega de todos los elementos de protección personal para la etapa de la obra que se trate, de acuerdo a los riesgos existentes.
• Implementación del Servicio de HyST y confección del Legajo técnico y análisis de seguridad en el trabajo.
• Elaboración de un Programa de Capacitación de Higiene y Seguridad y realización de instrucción básica inicial al personal.
• Ejecución de medidas preventivas de protección de caídas personas, o derrumbes, tales como colocación de barandas, vallas, señalización, pantallas, submurado o tablestacado, según corresponda.
• Disponer de disyuntores eléctricos y puesta a tierra, de acuerdo al riesgo a cubrir, en los tableros y en la maquinaria instalada. Asimismo, los cableados se realizarán con cables xx xxxxx aislación.
• Instalación como mínimo de un extinguidor de polvo químico seco triclase ABC de 10 kgs de capacidad en cada frente de obra y sobre cada maquinaria.
• Protección de los accionamientos y sistemas de transmisión de todas las máquinas instaladas y equipos en uso.
• Provisión de botiquines de primeros auxilios en cada frente de obra.
6- El CONTRATISTA estará obligado a proveer y utilizar según lo establecido en la legislación vigente: cartelería, señalización luminosa y retroreflectiva, conos, new jersey, chalecos reflectivos y todo otro dispositivo necesario para que los trabajos, en xxxx xx xxxx, puedan realizarse sin riesgo alguno y de acuerdo a su fin, siguiendo además lo establecido sobre el particular en el Manual de Gestión de Explotación Vial del CONCESIONARIO y el Procedimiento 006 de Autocontrol, que declara conocer.
7- El CONTRATISTA estará obligado a presentar su Médico Laboral de acuerdo a las exigencias de la Ley Nº 19587 Decreto Nº 351/79 y Decreto Nº 1338/96 y cumplir con la presentación de la documentación particular detalla en Anexo II.
8- El CONTRATISTA, dispondrá de medios de comunicación adecuados en todos los frentes de obra para que en caso de cualquier urgencia médica puedan solicitar el sistema de emergencia en tiempo y forma.
9- El CONTRATISTA deberá comunicar en forma inmediata todos los accidentes laborales y siniestros que sufran sus operarios ó los equipos/maquinarias asignados a los trabajos contratados, aunque se trate de hechos leves, indicando el centro asistencial donde fue trasladado. Además, enviará copia de la denuncia a la ART ò el Seguro y elaborará un informe especificando las causas del hecho, los daños, y las medidas adoptadas para evitar la repetición del suceso.
10- El CONTRATISTA antes de iniciar los trabajos proporcionará un listado de los equipos y maquinarias a usar y de las pólizas de seguro vigentes, será responsable por el perfecto estado de mantenimiento y funcionamiento de los equipos y/o maquinarias asignados a los trabajos objeto del presente, incluidos los dispositivos acústicos luminosos (alarma de retroceso, luces, balizas, etc.) indispensables para la operación en ruta. En todos los casos el área de Seguridad e Higiene en el Trabajo del CONCESIONARIO, podrá inspeccionar y ad referéndum de la misma, habilitar o no, los mencionados equipos y/o maquinarias.
11- A los efectos de trasladar sus equipos, El CONTRATISTA deberá hacer circular los mismos por fuera de la calzada y/ó banquina, pero dentro de la xxxx xx xxxx. Asimismo, deberá gestionar ante las autoridades de aplicación los permisos correspondientes para circular con maquinaria en el ámbito de la RAC. Para todo lo anterior, El CONTRATISTA, deberá implementar el correspondiente operativo de seguridad, disponiendo de la señalización, balizamiento, banderilleros y cualquier otro dispositivo, que asegure dichos traslados con el mínimo riesgo posible. A tal efecto el CONCESIONARIO, podrá sugerir alguna medida, que el CONTRATISTA está obligado a implementar.
12- En caso xx xxxxxx de rutas de media calzada ó desvíos necesarios para la ejecución de los trabajos objeto del presente, el CONTRATISTA deberá solicitar la correspondiente autorización y aprobación de los mismos, al área de Seguridad e Higiene en el Trabajo del CONCESIONARIO, presentando anticipadamente a la ejecución de las tareas el esquema completo y detallado de la señalización vial a implementar incorporando la totalidad de elementos y personal a utilizar.
13- El CONTRATISTA está obligado a asistir a las reuniones mensuales y cada vez que le sea requerido, por el área de Seguridad e Higiene en el Trabajo del CONCESIONARIO, acompañado por su responsable de Higiene y Seguridad en el Trabajo.
14- El CONTRATISTA, está obligado a presentar mensualmente ante el responsable del área de Seguridad e Higiene en el Trabajo del CONCESIONARIO, las estadísticas de accidentes de trabajo emitidas por su Aseguradora de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) o en su defecto un certificado donde conste la ausencia de denuncias de accidentes. Agregando además las constancias de las visitas de verificación semanal de su servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo, para lo cual deberá habilitar un libro de actas con hojas duplicadas, numeradas correlativamente en el cual se asentarán las actuaciones de los servicios de Higiene y Seguridad en el Trabajo en ocasión de asistir al frente de tareas. Este libro permanecerá siempre en el lugar de trabajo a disposición del CONCESIONARIO bajo la responsabilidad del encargado de la tarea.
15- Aquellas empresas que necesiten hacer trabajos en horarios no habituales u horas extraordinarias, al margen de que conste en la póliza de seguro respectiva, deberán solicitar ante el responsable del área de Seguridad e Higiene en el Trabajo del CONCESIONARIO, la correspondiente autorización escrita con la debida antelación, para efectuar las coordinaciones y previsiones correspondientes.
16- Ante el incumplimiento de cualquiera de los puntos descriptos precedentemente, el CONCESIONARIO estará facultado para:
• Rescindir el contrato, sin derecho por parte del CONTRATISTA a reclamar indemnización alguna, previa intimación con 72 horas de plazo.
• Proceder a la inmediata detención de los trabajos hasta tanto las anomalías detectadas fuesen solucionadas.
• Fijar multas cuyos montos se deducirán de los certificados mensuales
• Retener el pago de los certificados, hasta tanto se dé cumplimiento formal y completo con lo solicitado en el presente.
Toda la documentación exigida en este Anexo deberá presentarse en copia papel formato A4 u original según se indique en cada caso, debidamente firmada por un representante legal del CONTRATISTA. No se aceptará ninguna documentación vía fax o email. El CONCESIONARIO podrá solicitar al CONTRATISTA los originales de cualquier documentación detallada en el presente Anexo para su compulsa con las copias presentadas.
ANEXO IV – DETALLE DE EQUIPOS
FORMULARIO DETALLE DEL EQUIPO QUE LA EMPRESA COMPROMETE PARA LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
Nº de Orden | Descripción (1) | Marca (2) | Modelo (3) | Potencia o Capacidad (4) | Estado (5) | Ubicación Actual (6) |
INFORMACION SOBRE PROPIEDAD DEL EQUIPO | FECHA DISPONIBLE | OBSERVACIONES |
(Indicar si es de su propiedad alquilado o arrendado) (7) | (8) | (9) |
Xxxxx y Fecha : . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Firma y Sello del Representante Legal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1) Descripción: Se refiere a la denominación del equipo ó máquina.
2) Marca: Se refiere al nombre de la fábrica o al nombre con que dicha fábrica denomina la máquina especificada.
3) Modelo: Indicar el modelo con que el fabricante designa la máquina especificada.
4) Potencia o Capacidad: Se deberá expresar en la unidad que indique el trabajo de la máquina, en su capacidad operativa. (HP; m3.; t; ancho xx xxxxx; etc.).
5) Estado: Indicar si el estado de la máquina es : Muy Bueno (M.B.); Xxxxx (B); Regular (R) en reparaciones (ER). No se consignarán las que se encuentren fuera de uso.
6) Ubicación Actual: Indicar al momento del concurso de precios, donde se encuentra ubicado dicho equipo.
7) Indicar si el equipo es propio, alquilado o arrendado.
8) Indicar la fecha en que el equipo estará disponible para incorporarse al servicio.
XXXXX X – SEÑALIZACIÓN Y VALLADO - PRO.S.006 REV. 2A.
INDICE
1. OBJETO
2. DESCRIPCIÓN DEL PROCESO
3. RESPONSABILIDADES
4. DOCUMENTOS DE REFERENCIA
Anexo 1: Esquemas tipo de señales provisorias en rutas de trochas indivisas. Anexo 2: Características xxx xxxxxxx a colocar en obra
1. OBJETO
Tiene por objeto fijar las pautas para la colocación de las señales y vallas temporarias para obras fijas, definiendo las señales verticales para casos típicos de obras sobre banquina x xxxxxxx en rutas convencionales.
Estos casos típicos responden a las exigencias xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas Generales de la Dirección Nacional de Vialidad, edición 1998, y el Anexo L de la ley 24449. Los casos tipos para autopistas, están detallados en el Manual de Explotación de CAMINOS DE LAS SIERRAS.
Todos aquellos casos que no se encuentren previstos en los documentos indicados más arriba serán resueltos en base a las características particulares del caso.
El incumplimiento de alguno de los pasos indicados en el presente Procedimiento es causal de no conformidad con las normas de seguridad mínimas exigidas en el Subcontrato.
2. DESCRIPCIÓN DEL PROCESO
2.1. Preparación de señales y vallas provisorias
En base a lo indicado en el presente Procedimiento el Subcontratista definirá las señales y vallas a colocar y su ubicación respecto a la obra adoptando el croquis correspondiente al tipo xx xxxxxxx o situación. Los casos que no se encuentren definidos en el procedimiento, en el Manual de Explotación de Caminos de las Sierras (autopistas) o las leyes y normas de referencia deberán ser consultados con el sector Seguridad Industrial.
2.2. Croquis
El Contratista preparará un croquis indicando las señales y vallas a colocar, sus progresivas y sus posiciones. También indicará el tiempo previsto de instalación de éstas.
Este croquis será enviado a Seguridad Industrial para revisión y correcciones de ser necesario.
Seguridad Industrial enviará copias del croquis definitivo a Seguridad Vial, Control de Obra y Autocontrol para que tengan conocimiento del mismo, y puedan aportar sugerencias, y ser utilizado en el posterior control de las señales.
2.3. Aviso de inicio de tareas
El Contratista, independientemente del plazo indicado en el aviso previo o en el programa de tareas, comunicará al Sector Seguridad Industrial el inicio de las obras con 48 horas de anticipación (o más según el tiempo previsto de instalación) a fin de verificar la colocación y permanencia de las señales, defensas y vallados en las posiciones indicadas en el croquis.
El responsable del Control de Obra y el responsable de Seguridad Industrial determinarán el día y la hora de habilitación del desvío para coordinar colocación de últimas señales, ataguías de tierra, etc.
El Sector Seguridad Industrial realizará una inspección previa a la habilitación del desvío a fin de aprobar su utilización.
2.4. Control de Señalización provisoria
El responsable del Control de Obra y el de Seguridad Industrial controlarán la permanencia y el estado de las señales colocadas, utilizando como guía el esquema provisto por Seguridad Industrial.
3. RESPONSABILIDADES
3.1. Del Contratista
• Colocación de señales, defensas y vallados de acuerdo a croquis previo al inicio de las obras y según coordinación con Sectores involucrados de Caminos de las Sierras
• Reposición de los faltantes detectados.
• Remoción de las señales y defensas una vez desafectado el desvío.
3.2. De Seguridad Industrial
• Enviar copias de croquis a los sectores Seguridad Vial, Control de Obra y Autocontrol
• Aprobar el desvío previo a su habilitación.
• Controlar permanencia y estado de señales y defensas provisorias de acuerdo a croquis.
3.3. De Autocontrol y Seguridad Vial
• Controlar y dar aviso a Seguridad Industrial del estado y faltantes de señales, defensas y vallados provisorios.
4. DOCUMENTOS DE REFERENCIA
- Manual de Calidad de CAMINOS DE LAS SIERRAS: MAN.C.01
- Manual de Explotación de CAMINOS DE LAS SIERRAS
- Ley Nacional de Tránsito 24449, Anexo L
- Pliego de Especificaciones Técnicas Generales de la Dirección Nacional de Vialidad, Edición 1998
- Señalización móvil de obras, Dirección General de Carreteras, España 1997
- Manual de ejemplos de señalización de obras, Dirección General de Carreteras, España 1994
- Señalización de obras, Norma de carreteras, 8.3 - 1C, Dirección General de Carreteras, Xxxxxx 0000
Xxxxx 0: Esquemas tipo de señales provisorias en rutas de trochas indivisas.
SEÑALIZACION DE DESVIOS EN RUTA CONVENCIONAL - BIDIRECCIONAL: VEL. > 80Km/h N° 1: DESVIO XX XXXXXXX
SEÑALIZACION DE DESVIOS EN RUTA CONVENCIONAL - BIDIRECCIONAL: VEL. >80Km/h N° 2: TRABAJO EN BANQUINA, SIN INVASIÓN XX XXXXXXX
SEÑALIZACION DE DESVIOS EN RUTA CONVENCIONAL - BIDIRECCIONAL: VEL. >80Km/h N° 3: TRABAJO EN BANQUINA CONINVASION XX XXXXXXX
SEÑALIZACION DE DESVIOS EN RUTA CONVENCIONAL - BIDIRECCIONAL - VEL. >80Km/h
N° 4: INVASION MEDIA CALZADA (solo diurna, con banderillero)
SEÑALIZACION DE DESVIOS CALZADA DE AUTOPISTA - UNIDIRECCIONAL: VEL. >110 Km/h N° 5: TRABAJO EN UN CARRIL
SEÑALIZACION DE DESVIOS CALZADA DE AUTOPISTA - UNIDIRECCIONAL: VEL. >110 Km/h N° 6: XXXXXXX XX XXXX XX XXXXXX
XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXX Xx 0: TRABAJOS EN PEAJES
Anexo 2: Características xxx xxxxxxx a colocar en obra.
Todos los cierres que se efectúen con motivo de obras o interrupciones de tránsito, deberán hacerse con barreras frangibles del tipo III (según indica el Anexo X xx Xxx 24.449), cuyo detalle se especifica en la figura 1.
El sistema estará integrado por tres líneas xx xxxxxxx espaciadas cada 30 m. Si el sector de circulación estuviese clausurado con cierres no frangibles (por ej: barreras tipo flex-beam), el vallado se emplazará 50 m antes de dicho cierre. (Ver figuras 2 y 3).
En horario nocturno o de visibilidad restringida por condiciones climáticas adversas (niebla, lluvia intensa, etc.), deberán instalarse sobre las vallas, balizas intermitentes.
No se permitirá ningún tipo de cierre con barreras rígidas (por ej: New Jersey de Hº). En caso de implementarse un cierre permanente, el mismo se ejecutará con barreras tipo flex-beam precedido por el sistema xx xxxxxxx descripto en los párrafos precedentes.
Figura 1: Valla Tipo III
Figura 2: Cierre Permanente
Figura 3: Cierre Temporario