Garantía de los Bienes. 28.1 El Proveedor garantiza que todos los bienes suministrados en virtud del Contrato son nuevos, sin uso, del modelo más reciente o actual e incorporan todas las mejoras recientes en cuanto a diseño y materiales, a menos que el Contrato disponga otra cosa.
28.2 De conformidad con la Subcláusula 22.1(b) de las CGC, el Proveedor garantiza que todos los bienes suministrados estarán libres de defectos derivados de actos y omisiones que éste hubiese incurrido, o derivados del diseño, materiales o manufactura, durante el uso normal de los bienes en las condiciones que imperen en el país de destino final.
28.3 Salvo que se indique otra cosa en las CEC, la garantía permanecerá vigente durante el período cuya fecha de terminación sea la más temprana entre los períodos siguientes: doce (12) meses a partir de la fecha en que los Bienes, o cualquier parte de ellos según el caso, hayan sido entregados y aceptados en el punto final de destino indicado en el Contrato, o dieciocho (18) meses a partir de la fecha de embarque en el puerto o lugar xx xxxxx en el país de origen.
28.4 El Comprador comunicará al Proveedor la naturaleza de los defectos y proporcionará toda la evidencia disponible, inmediatamente después de haberlos descubierto. El Comprador otorgará al Proveedor facilidades razonables para inspeccionar tales defectos.
28.5 Tan pronto reciba el Proveedor dicha comunicación, y dentro del plazo establecido en las CEC, deberá reparar o reemplazar los Bienes defectuosos, o sus partes sin ningún costo para el Comprador.
28.6 Si el Proveedor después de haber sido notificado, no cumple con corregir los defectos dentro del plazo establecido en las CEC, el Comprador, dentro de un tiempo razonable, podrá proceder a tomar las medidas necesarias para remediar la situación, por cuenta y riesgo del Proveedor y sin perjuicio de otros derechos que el Comprador pueda ejercer contra el Proveedor en virtud del Contrato
Garantía de los Bienes. “El Proveedor” se obliga a garantizar la calidad de los bienes contra cualquier defecto de fabricación, composición y/o vicio oculto, por el término por el término de 6 (Seis) meses, contados a partir de la entrega total de los bienes, comprometiéndose a su reposición por otros de la misma calidad, marca y totalmente nuevos en un término de 5 (cinco) días naturales a partir de la notificación por escrito de “La Secretaría”.-
Garantía de los Bienes. El Proveedor garantiza que todos los bienes suministrados en virtud del Contrato son nuevos, sin uso, del modelo más reciente o actual e incorporan todas las mejoras recientes en cuanto a diseño y materiales, a menos que el Contrato disponga otra cosa.
Garantía de los Bienes. El Proveedor garantiza que todos los bienes suministrados en virtud del contrato son nuevos, sin uso, y del último modelo a la fecha límite fijada para la presentar ofertas. El Proveedor garantiza además que todos los bienes suministrados en virtud del contrato estarán libres de defectos atribuibles al diseño, los materiales o la confección o a cualquier acto u omisión del proveedor que pudiera manifestarse en ocasión del uso normal de los bienes en las condiciones imperantes en el país. La garantía permanecerá en vigor durante doce (12) meses, a partir de la fecha en que los bienes hayan sido entregados o puestos en uso, a satisfacción del Comprador, en caso de requerirse la intervención del Proveedor para tales efectos. El Comprador notificará de inmediato y por escrito al Proveedor cualquier reclamación a que hubiera lugar con arreglo a la garantía y el Proveedor reparará o reemplazará los bienes defectuosos en todo o en parte, sin costo para el comprador.
Garantía de los Bienes. Los “LICITANTES” deberán manifestar en su propuesta técnica, que “LOS BIENES” que ofrecen a “LICONSA” cumplen estrictamente con las condiciones, características, especificaciones técnicas, que se establecen en esta convocatoria y sus anexos y que cuentan con garantía contra defectos de fabricación, vicios ocultos y materiales, “LOS BIENES ”y “BIENES” tiene garantía de producción o de surtimiento de 6 (seis) meses a partir de la fecha de entrega, obligándose el “PROVEEDOR” a sustituir, en el lugar en que se hubiesen entregado, “LOS BIENES ”y “BIENES” que resulten con defectos de fabricación, vicios ocultos y/o mala calidad, en un periodo que no excederá de 5 (cinco) días naturales, posteriores a la reclamación que por escrito realice el área responsable de recibirlos, sin cargo adicional para “LA CONVOCANTE”. El “LICITANTE” adjudicado queda obligado ante “LA CONVOCANTE” a responder de las deficiencias en la calidad de “LOS BIENES”, así como de cualquier otra responsabilidad en que incurra, en los términos señalados en la convocatoria, en el CONTRATO que se celebre derivado de este procedimiento de contratación y en la legislación aplicable. 3.4.- ARTÍCULO 32-D DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN. Para dar cumplimiento a lo establecido al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, el “LICITANTE” cuando el monto del CONTRATO exceda los $300,000.00 M.N. (Trescientos mil pesos 00/100 M.N.) sin incluir el IVA, deberá presentar la “Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales” vigente y en sentido positivo, en la forma y términos previstos en la regla 2.1.31 de la Resolución Miscelánea Fiscal publicada en el Diario Oficial de la Federación o aquella que en el futuro la sustituya, expedida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) o bien generarlo a través de la aplicación en línea que para estos efectos le proporcione el SAT. Conforme a lo solicitado en el ACUERDO “ACDO.SA1.HCT.270422/107.P.DIR, y su Anexo Único, dictado por el
Garantía de los Bienes. El Proveedor garantizará que todos los bienes suministrados en virtud del contrato son nuevos, sin uso y del último modelo vigente a la fecha límite fijado para presentar ofertas (certificado mediante declaración jurada del fabricante o distribuidor en el país). El Proveedor garantizará además que todos los bienes suministrados en virtud del contrato estarán libres de defectos atribuibles al diseño, los materiales o la confección o a cualquier acto u omisión del proveedor que pudiera manifestarse en ocasión del uso normal de los bienes en las condiciones imperantes en el país. La garantía permanecerá en vigor durante..................................... ( ) meses a partir de la fecha en que los bienes hayan sido entregados o puestos en uso en caso de requerirse la intervención del Proveedor para tales efectos. El Comprador notificará de inmediato y por escrito al Proveedor cualquier reclamo a que hubiera lugar con arreglo a la garantía y el Proveedor reparará o reemplazará los bienes defectuosos en todo o en parte, sin costo para el Comprador.
Garantía de los Bienes. 28.1 El Proveedor garantiza que todos los bienes suministrados en virtud del Contrato son nuevos, sin uso, del modelo más reciente o actual e incorporan todas las mejoras recientes en cuanto a diseño y materiales, a menos que el Contrato disponga otra cosa.
28.2 De conformidad con la Subcláusula 22.1(b) de las CGC, el Proveedor garantiza que todos los bienes suministrados estarán libres de defectos derivados de actos y omisiones que éste hubiese incurrido, o derivados del diseño, materiales o manufactura, durante el uso normal de los bienes en las condiciones que imperen en el país de destino final. 28.3 Salvo que se indique otra cosa en las CEC, la garantía permanecerá vigente durante el período cuya fecha de terminación sea la más temprana entre los períodos siguientes: doce (12) meses a partir de la fecha en que los Bienes, o cualquier parte de ellos según el caso, hayan sido entregados y aceptados en el punto final de destino indicado en el Contrato, o dieciocho (18) meses a partir de la fecha de embarque en el puerto o lugar xx xxxxx en el país de origen.
Garantía de los Bienes. “El Proveedor” se obliga a garantizar la calidad de los bienes contra cualquier defecto, composición o vicio oculto, por un término mínimo de 3 (Tres) Años contado a partir de su entrega total o conforme a la garantía de fábrica, comprometiéndose a su reposición por otros de la misma calidad, marca y totalmente nuevos en un término de 5 (cinco) días naturales a partir de la notificación por escrito de “La Secretaría”.---------- -- ---- -- -- -- -- -- -- -- ---- -- -- -- -- -- -- -- ----- -- -- -- -- -- -- -- ---- -- -- -- -- -- -- -- ---- -- -- -- -- -- -- -- ---- -- -- -- -- -- -- --
Garantía de los Bienes. 3.12.1 El Proveedor garantiza que todos los bienes suministrados en virtud del contrato son nuevos, sin uso, y del último modelo a la fecha límite fijada para la presentación de ofertas.
3.12.2 El Proveedor garantiza además que todos los bienes suministrados en virtud del contrato estarán libres de defectos atribuibles al diseño, los materiales o la confección o a cualquier acto u omisión del Proveedor que pudiera manifestarse en ocasión del uso normal de los bienes en las condiciones imperantes en el país. Los bienes deberán poseer una garantía según el plazo indicado en las Especificaciones Técnicas, desde la fecha de recepción de los mismos en el lugar de entrega estipulado.
3.12.3 El Comprador notificará de inmediato y por escrito al Proveedor cualquier reclamación a que hubiera lugar con arreglo a la garantía y el Proveedor reparará o reemplazará los bienes defectuosos en todo o en parte, sin costo para el comprador, dentro del plazo máximo de 30 días de notificada la reclamación.
Garantía de los Bienes. El Proveedor garantizará que los bienes suministrados en virtud de la Orden de Compra o Contrato son nuevos, sin uso y corresponden al último modelo vigente a la fecha límite fijada para presentar ofertas (certificado mediante declaración jurada del fabricante o distribuidor en el país). El Proveedor garantizará además que todos los bienes suministrados en virtud de la Orden de Compra o Contrato estarán libres de defectos atribuibles al diseño, los materiales o la confección o a cualquier acto u omisión del proveedor que pudiera manifestarse en ocasión del uso normal de los bienes en las condiciones imperantes en el país. La garantía permanecerá en vigor durante 12 (DOCE) meses a partir de la fecha en que los bienes hayan sido entregados o puestos en uso en caso de requerirse la intervención del Proveedor para tales efectos. El Comprador notificará de inmediato y por escrito al Proveedor cualquier reclamo a que hubiera lugar con arreglo a la garantía y el Proveedor reparará o reemplazará los bienes defectuosos en todo o en parte, sin costo para el Comprador.