Contract
I.2.8. Acuerdo 8/CG de 08-11-19 por el que se aprueba el Convenio de Colaboración Interinstitucional entre la Universidad Autónoma de Madrid, España y la Universidad de las Américas, Ecuador.
De una parte, la Universidad Autónoma de Madrid, entidad de Derecho Público del Reino de España, (en adelante la “UAM”), con domicilio en la calle Xxxxxxxx Nº 1, Ciudad Universitaria de Cantoblanco, 28049 de Madrid, España, representada por su Vicerrectora de Internacionalización, Profa. Xx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, actuando en virtud de la delegación de competencias otorgada por Resolución Rectoral de 1 xx xxxxx 2019, (BOCM de 11 xx xxxxx 2019);
y, de otra, Universidad de las Américas (en adelante la “UDLA”) con dirección Xxx Xxxxx X/X, x 000 xxxxxx xxx xxxxxxxx xxx xxxxxxxx, Xxxxx, Xxxxxxx, representada por su Canciller, Xx. Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxx.
MANIFIESTAN
la importancia de la colaboración internacional entre centros de investigación y docencia universitaria y la conveniencia de estrechar las relaciones entre ambas instituciones para lo que acuerdan celebrar el presente Convenio de Colaboración Interinstitucional sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA. OBJETO DEL CONVENIO
El objeto del presente Convenio de Colaboración es el establecimiento de lineamientos generales para el desarrollo de programas, proyectos, cursos y actividades académicas en conjunto entre las partes, incluyendo un programa de Turismo Sostenible (en adelante el PROGRAMA) que será impartido a los estudiantes de la Carrera de Turismo de la UDLA que se encuentran entre quinto y octavo semestre, de conformidad a los términos y condiciones previstos en el presente instrumento.
SEGUNDA. EL PROGRAMA
2.1 La UDLA en colaboración con la UAM, especialmente con su Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales, organizarán anualmente, entre otros programas académicos debidamente acordados por las partes, el PROGRAMA para los estudiantes de la Carrera de Turismo de la Escuela de Hospitalidad y Turismo de la UDLA.
2.2 El programa se impartirá cada año, comenzando la primera cohorte de 20 estudiantes, en el año académico 2019-2020, llevándose a cabo en dos partes, la primera en el inter semestre de 2019- 2020: en el mes de febrero-marzo (realización de los módulos 1 y 2 del PROGRAMA) y la segunda en el inter semestre xx xxxxxx del año 2020, en el mes de julio (realización de los módulos 3 y 4 del PROGRAMA y presentación de un trabajo integrador). Esto se replicará para cada año que el PROGRAMA se lleve a cabo. Las partes podrán acordar, de ser el caso, que todos los módulos del PROGRAMA sean dictados en uno sólo de los inter semestres antes señalados.
El PROGRAMA será dictado de manera presencial en las instalaciones de la UDLA o vía Zoom o con cualquier otro sistema similar acordado por las partes a distancia, de conformidad a lo previsto en el numeral 2.3 de la presente cláusula
2.3 La UAM será la encargada de preparar los materiales y contenido, así como cualquier otro insumo necesario para el desarrollo de cada uno de los módulos del PROGRAMA. Los 4 módulos en los que se estructura el PROGRAMA se desarrollarán de acuerdo a los siguientes contenidos:
-Módulo 1. Tecnologías de la Información (TIC’S) para Turismo Sostenible (20 horas presenciales en la UDLA; 4 horas al día durante 5 días).
-Módulo 2. Innovación y Sostenibilidad (20 horas presenciales en la UDLA; 4 horas al día durante 5 días).
-Módulo 3. Economía Circular y Turismo (20 horas presenciales en la UDLA; 4 horas al día durante 5 días).
-Módulo 4. Seminarios de actualidad sobre Turismo Sostenible. (12 horas vía Zoom o mixto vía Zoom/presencial; 3 horas por sesión, 2-3 píldoras formativas).
2.4 Cada cohorte realizará un trabajo integrador consistente en el desarrollo de una aplicación de lo aprendido a un caso práctico o el desarrollo de un proyecto de sostenibilidad. El trabajo se realizará en grupos de 3 personas.
2.5 El seguimiento del trabajo integrador y su evaluación se realizará de forma conjunta entre la UAM y la UDLA. La presentación de dicho trabajo se realizará al finalizar el Módulo 4.
2.6 El PROGRAMA será coordinado por la profesora Xxxxx del Xxx Xxxxxx Xxxxxxx y de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales de la UAM. La Coordinación por parte de la UDLA será de la Decana de la Escuela de Hostelería y Turismo, la profesora Xxxxxx Xxxxxxxx.
2.7 Aquellos estudiantes que cumplan con los requisitos académicos y de asistencia establecidos en el presente instrumento, recibirán el “Certificado en Turismo Sostenible”, Certificado Académico de aprobación del PROGRAMA y el correspondiente Certificado de Asistencia, los cuales serán expedidos por la UAM sin costo adicional. Previa coordinación entre las partes se hará una jornada de entrega de diplomas por cohorte en la UDLA.
TERCERA: COMPROMISOS DE LAS PARTES
3.1 Obligaciones de UAM:
- Coordinar el desarrollo del PROGRAMA e impartirlo en los términos recogidos en la Cláusula Segunda del presente convenio.
- Designar a los docentes que impartirán el PROGRAMA, tanto de manera presencial en las instalaciones de la UDLA como vía Zoom o por cualquier otro sistema similar, previo acuerdo entre las partes.
- Proporcionar los materiales de formación necesarios para cada uno de los módulos previstos.
- Emitir los certificados académicos de aprobación del PROGRAMA a aquellos estudiantes que hayan
alcanzado una calificación mínima de 6 sobre 10 en las actividades realizadas en cada módulo, incluyendo el trabajo integrador, sin costo adicional.
- Emitir los certificados académicos de asistencia al PROGRAMA a aquellos estudiantes que cumplan con al menos un mínimo de 60 del total de 72 horas exigidas, sin costo adicional.
- Entregar, con al menos 30 días de anticipación a la fecha de envío de la factura correspondiente y de forma anual, el Certificado de Residencia Fiscal Apostillado y vigente. Sin perjuicio de lo anterior y mientras el presente contrato esté vigente, la UDLA podrá solicitar a UAM la entrega de cualquier otro documento para efectos tributarios de ser el caso.
Las partes aceptan y reconocen que, en caso de que la UAM no remita los documentos tributarios antes señalados, la UDLA efectuará las deducciones de impuestos que correspondan del valor de aporte detallado en el numeral 3.2 de la presente cláusula.
3.2 Obligaciones de la UDLA:
- Seleccionar a los estudiantes participantes en el PROGRAMA y comunicar a la Coordinación del Programa UAM los estudiantes que van a participar con al menos tres (3) meses de antelación a la fecha de comienzo del PROGRAMA. La primera cohorte no será de más de 20 estudiantes.
- Realizar un aporte económico a la UAM de conformidad a lo siguiente:
1 Primer aporte: Una cantidad equivalente en euros a 25.000 dólares de los Estados Unidos de América.
2 Segundo aporte: Una cantidad variable consistente en un 3% del total neto de lo que los estudiantes de la carrera de Turismo abonan por colegiatura a la UDLA. Esta cantidad será comunicada un mes posterior al cierre de matrícula de la cohorte correspondiente.
3 Un valor adicional de 320,00 dólares de los Estados Unidos de América por cada estudiante (desde 21 a 25 estudiantes máximo).
4 A partir de 26 estudiantes se harán dos grupos de igual número de estudiantes y para cada grupo se abonará la cantidad mencionada en el punto 1 (25.000 dólares de los Estados Unidos de América).
Los aportes se realizarán de la siguiente manera: la cantidad señalada en el punto 1, con menos tres
(3) meses de antelación a la fecha de comienzo del PROGRAMA en cada cohorte. Las cantidades indicadas en los puntos 2 y 3 se cancelarán en 30 días contados a partir del cierre de matrícula de cada periodo académico de la cohorte correspondiente. En cada caso la UAM deberá remitir la factura correspondiente, la cual deberá ser debidamente aprobada por UDLA.
UDLA cancelará los aportes al número de cuenta XX00 0000 0000 0000 0000 0000. Los valores aquí constantes son en Dólares de los Estados Unidos de América. El pago deberá ser el equivalente de dichos valores en euros y se realizarán mediante transferencia bancaria, en los plazos antes establecidos.
- Cubrir los gastos relacionados con el desplazamiento de los profesores UAM que impartan el PROGRAMA en la UDLA (boleto aéreo en clase económica), traslados a la UDLA, alojamiento y dietas. Cualquier otro gasto en el que incurran los profesores UAM durante su estancia en Ecuador, así como la suscripción de la correspondiente póliza de seguro sanitario y de accidente con validez en destino y vigencia durante todo su período de estancia, correrán a cargo de cada profesor participante en el Programa.
CUARTA: GASTOS DERIVADOS DEL CONVENIO
Los gastos del PROGRAMA serán gestionados por la UDLA de acuerdo con el apartado 3.2, de la Cláusula Tercera. Cualquier otro gasto adicional ocasionado por efecto o con ocasión de la ejecución de este convenio, no será responsabilidad de UDLA. En la UAM el PROGRAMA se gestionará a través del Centro de Formación Continua.
QUINTA: PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
5.1 Las Partes se comprometen a tratar los datos personales a los que puedan tener acceso con la finalidad indicada en el presente Convenio, conforme a las disposiciones legales aplicables en materia de protección de datos personales y, en concreto, a lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679, General de Protección de Datos.
5.2 A estos efectos, las entidades firmantes del Convenio tendrán la consideración de responsables de los tratamientos propios en los que se incorporen datos de carácter personal de los alumnos y docentes que participen en el programa objeto de este convenio. Ninguna de las partes accederá a los datos que obran en los archivos de la otra parte, sino es por la comunicación pactada en este convenio respecto a los alumnos y docentes que participen en el programa, única y exclusivamente con la finalidad derivada de la ejecución del programa. Los datos de carácter personal no serán cedidos ni comunicados a terceros, salvo consentimiento expreso del interesado o que exista una obligación legal al respecto. Los titulares de los datos podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación y oposición en la dirección indicada, por ambas partes en el presente documento, a efectos de notificaciones.
5.3 Asimismo, las partes se comprometen a adoptar las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que estén expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural, y a cumplir su correspondiente política de privacidad.
SEXTA: COORDINACIÓN, SEGUIMIENTO Y COMUNICACIONES
6.1 Las partes designan como coordinadores generales de las relaciones amparadas en el presente instrumento:
1. Por parte de la UDLA: A: Xxxxxx Xxxxxxxx, Decana Escuela de Hospitalidad y Turismo
Dirección: Xx. Xxxxxxxx X00-00 x Xxxxxxx esq.
Teléfono: x000 0 0000000, Ext. 958.
Correo electrónico: xxxxxx.xxxxxxxx@xxxx.xxx.xx
2 Por parte de UAM: Xxxxx del Xxx Xxxxxx Xxxxxxx
Dirección: Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales Módulo 8 despacho 207
Teléfono: x00000000000
Correo electrónico: xxx.xxxxxx@xxx.xx
6.2 Los coordinadores designados canalizarán la adecuada comunicación entre las Partes. Cualquier comunicación entre las Partes se realizará en las direcciones señaladas en la presente cláusula.
6.3 Cualquier modificación en la determinación de la coordinación del presente convenio o en la dirección para comunicaciones deberá ser comunicada por la respectiva Parte mediante documento escrito que pasará a formar parte del presente instrumento en calidad de Anexo.
SÉPTIMA: VIGENCIA, TERMINACIÓN Y RENOVACIÓN
7.1 El presente Convenio entrará en vigor desde la fecha de última firma de los representantes de cada institución y permanecerá vigente durante un período de un (4) años.
7.2 En todo caso, las partes acuerdan que la realización del PROGRAMA será anual, debiendo coordinar cada año si se llevará a cabo. Las partes aceptan y reconocen que, en caso de que la UDLA decidiere no hacer uso del PROGRAMA por un determinado periodo, esto no implicará incumplimiento de sus obligaciones contractuales previstas en el presente instrumento ni constituirá causal para darlo por terminado. Adicionalmente, en el supuesto de que esto ocurra, UDLA no tendrá la obligación de entrega del aporte económico previsto en el numeral 3.2 de la cláusula tercera del presente instrumento durante dicho periodo.
7.3 Los términos del presente Convenio podrán ser modificados de mutuo acuerdo y por escrito, mediante anexo o adenda modificatoria suscrita por sus representantes legales, que pasará a ser parte integrante del presente instrumento.
7.4 Este Convenio podrá ser resuelto unilateralmente por cualquiera de las partes previa comunicación por escrito con tres (3) meses de antelación. Dicha terminación, no afectará a los estudiantes inscritos en ese momento en el PROGRAMA, que podrán completar el mismo al amparo del presente Convenio, hasta la obtención de los Certificados de aprobación y asistencia correspondientes.
OCTAVA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Toda controversia surgida de la interpretación, desarrollo, modificación, resolución y ejecución del presente convenio deberá solventarse de común acuerdo y mediante consulta o negociación entre ambas partes, a través de sus coordinadores. En el evento de que el conflicto no fuere resuelto mediante acuerdo directo o si el acuerdo fuera parcial, las partes procurarán un acuerdo a nivel de sus representantes legales. Si no fuera posible alcanzar una solución por esta vía, las partes se comprometen a someterse a un arbitraje internacional que será determinado de común acuerdo entre las partes.
Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento en todas sus páginas, por triplicado en el lugar y fecha indicados.