DE LA VIGENCIA DEL CONVENIO Cláusulas de Ejemplo

DE LA VIGENCIA DEL CONVENIO. Las partes comparecientes dejan constancia que el presente convenio entrará en vigencia desde la fecha de total tramitación del acto administrativo aprobatorio del mismo, y hasta que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, haya aprobado el Informe Técnico Final de Ejecución que “La Fundación” debe presentar conforme a la cláusula octava del presente instrumento, y la aprobación íntegra de la rendición documentada de los recursos transferidos a la entidad, de acuerdo a lo establecido en la cláusula décimo tercera de este convenio. En este sentido, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, declara expresamente que no transferirá recurso alguno a “La Fundación”, sino desde la total tramitación del acto administrativo que apruebe el presente convenio. Las partes dejan expresa constancia que, el programa objeto del presente convenio, tendrá una duración de veinticuatro meses y que, por razones de buen servicio, fundadas en la necesidad de asegurar la efectiva continuidad a los beneficiarios del programa en la región de Los Xxxx, en la que actualmente se ejecuta y no habiendo en dicha región disponibilidad de oferta para cubrir la demanda actualmente existente, éste se iniciará a partir del 1° de enero de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2022, periodo en el que las partes se comprometen a ejecutar el Programa, a realizar las actividades correspondientes, y a efectuar los gastos y pagos que irroga la ejecución de las mismas, sin que sea necesario esperar la total tramitación de la resolución que apruebe el presente convenio.
DE LA VIGENCIA DEL CONVENIO. El período de vigencia del presente Convenio será de un (01) año, a partir de la suscripción y autorización por Resolución Directoral, previa evaluación podrá ser renovado de mutuo acuerdo de las partes. Asimismo, las partes se reservan el derecho de resolver el Convenio cuando se produzca el incumplimiento de alguno de los compromisos contraídos en él. Lo que deberá comunicarse con un plazo de treinta (30) días hábiles de anticipación. Estando de acuerdo con todas y cada una de las cláusulas del presente Convenio, se suscribe, dando fe y conformidad en tres ejemplares de igual valor, a los diecinueve (19) días del mes xx xxxxx del año dos mil cinco. Directora de la Unidad de Gestión Educativa Local
DE LA VIGENCIA DEL CONVENIO. VIGESIMA SEXTA.- El presente Xxxxxxxx entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, y sin perjuicio de las obligaciones contraídas por las partes firmantes mediante otros instrumentos de colaboración y coordinación, mismos que continuarán vigentes en tanto no contravengan lo dispuesto en el presente Convenio.
DE LA VIGENCIA DEL CONVENIO. El presente convenio entra en vigencia a partir de su firma por las partes, y tendrá una vigencia de treinta días, prorrogables por mutuo acuerdo por otro periodo igual mediante la suscripción de la adenda respectiva. No obstante, cualquiera de las partes podrá rescindirlo en cualquier momento, comunicando sus razones a la otra parte con al menos diez días hábiles de antelación. La rescisión no afectará a los proyectos en curso hasta la culminación a satisfacción de ambas partes.
DE LA VIGENCIA DEL CONVENIO. El presente Convenio tendrá un plazo de vigencia de cuatro (4) años, contados a partir de la fecha de su suscripción, el mismo que podrá ser renovado por el mismo período, si LAS PARTES no expresan por escrito su decisión en contrario. La renovación será requerida por alguna de LAS PARTES con sesenta (60) días de anticipación al término de la vigencia del Convenio Específico, y se hará efectiva mediante la suscripción de la adenda respectiva, siguiéndose el mismo trámite que conlleva su suscripción.
DE LA VIGENCIA DEL CONVENIO. El presente convenio tiene un plazo de duración indeterminada, a partir de la fecha de suscripción de este documento. La modificación o ampliación de este convenio necesariamente requerirá acuerdo escrito de ambas partes, mediante Adenda.
DE LA VIGENCIA DEL CONVENIO. El presente convenio entrará en vigencia a partir del día siguiente de su suscripción y culminará cumplido el objeto establecido en la cláusula tercera.
DE LA VIGENCIA DEL CONVENIO. El presente Convenio tiene una vigencia de un año (01) año contado a partir de su suscripción. Durante esta vigencia, se podrá recibir la solicitud por parte de LA ENTIDAD para la emisión del correspondiente certificado digital, siempre y cuando se mantenga vigente los poderes del representante legal y/o máxima autoridad que suscribió el presente convenio así como la vigencia de los requisitos exigibles, siendo uno de ellos el mantenimiento de su acreditación correspondiente. Asimismo, EL RENIEC, en cumplimiento de su rol como ECERNEP, continuará brindando de forma irrestricta el servicio de verificación del estado del certificado mediante la publicación de la Lista de Certificados Cancelados (CRL), en aplicación del numeral 4.10 de la Declaración de Prácticas de Certificación. Sobre el particular, el RENIEC en su rol de ECERNEP establece que el servicio de certificación digital objeto del presente convenio, finaliza por lo siguiente:  Al cancelarse el certificado digital emitido en el marco del presente convenio, antes de la fecha de expiración del certificado.  Al expirar el certificado digital emitido en el marco del presente convenio.  En caso se aplique la Cláusula Décimo Segunda “De la resolución” del presente convenio. No operará renovación del presente convenio.
DE LA VIGENCIA DEL CONVENIO. El presente Convenio tendrá un plazo de vigencia de cinco (5) años, computados a partir de su suscripción; el mismo que podrá ser renovado mediante la suscripción de la Adenda correspondiente, previa evaluación de los logros obtenidos del Convenio, para lo cual se cumplirán las mismas formalidades a las que se sujeta el presente documento.
DE LA VIGENCIA DEL CONVENIO. El presente Xxxxxxxx entrará en vigencia a partir del día siguiente de su suscripción y culminará cumplido el objeto establecido en la Cláusula Tercera.