OBJETO DEL CONVENIO Cláusulas de Ejemplo
OBJETO DEL CONVENIO. Es objeto del presente convenio establecer la colaboración, en régimen de encomienda de gestión, entre la Dirección General del Catastro, a través de la Gerencia Territorial del Catastro de Ourense (en adelante Gerencia) y el Ilustre Colegio de la Abogacía de Ourense (en adelante Colegio). Este convenio prevé compromisos con relación a la obtención de información catastral para la tramitación de los expedientes de justicia gratuita, actuaciones de asistencia a la ciudadanía en la confección y presentación de declaraciones catastrales, con utilización del asistente de declaraciones y el asistente gráfico, en su caso, así como para la obtención del Informe de Validación Gráfica. Por otra parte, se contemplan la asistencia a la ciudadanía en la comparecencia electrónica para ser notificada, así como el compromiso de establecimiento de un Punto de Información Catastral en la sede colegial.
OBJETO DEL CONVENIO. I.1.1 De conformidad con lo dispuesto en las Condiciones Particulares, las Condiciones Generales y los demás anexos del Convenio, la AN ha decidido subvencionar el Proyecto (en lo sucesivo, «el Proyecto»), en el marco del programa Erasmus+, Acción Clave 2: Asociaciones de Intercambio Escolar, tal como se describe en el anexo II.
I.1.2 Al firmar el presente Convenio, el beneficiario acepta la subvención y se compromete a ejecutar el Proyecto bajo su propia responsabilidad.
OBJETO DEL CONVENIO. 1. El objeto de este convenio es el establecimiento de las condiciones de funcionamiento del Instituto de Investigacion en Recursos Cinegéticos (IREC), instituto mixto de investigación de titularidad compartida entre el CSIC, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇-La Mancha creado en el 1999, estableciendo:
I. La misión, naturaleza y funciones del Instituto.
II. Los medios materiales y personales que constituyen el Instituto.
III. Las bases de la organización del Instituto, definiendo sus órganos de gobierno, directivos, de gestión y de asesoramiento.
IV. El régimen compartido del personal, las instalaciones y el equipamiento e infraestructura científica del Instituto.
V. El régimen de planificación, gestión y difusión de la actividad científica del Instituto, así como la imagen corporativa.
VI. El régimen aplicable a los resultados de la investigación producida en el Instituto y su transferencia y explotación, así como la confidencialidad y la protección de datos.
VII. Las bases del régimen de gestión económica y el presupuesto del Instituto.
VIII. La vigencia, causas de extinción y liquidación del Instituto, así como las normas sobre desvinculación e incorporación de nuevas entidades.
2. El presente convenio se desarrollará en sus aspectos organizativos y de funcionamiento operativo mediante un Reglamento de Régimen Interno (en adelante, RRI) del Instituto, que se aprobará por las instituciones cotitulares, sin perjuicio de la capacidad de la Comisión Rectora para proponerles su modificación -siempre que no se altere el contenido del Convenio- y para la aprobación de normas internas específicas de desarrollo del funcionamiento del Instituto en aquellos aspectos que sea necesario y/o se prevea expresamente en este convenio.
OBJETO DEL CONVENIO. El objeto de este Convenio es establecer el régimen de colaboración entre las partes para que D./Dña. [COMPLETAR], estudiante perteneciente a la Escuela de Doctorado de la ULPGC, seleccionado/a según el procedimiento indicado en el Anexo 3 de este documento, desarrolle su Tesis doctoral en el marco del proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental titulado [COMPLETAR], cuyo contenido se detalla en el anexo 1. El plan de trabajo, validado por la Comisión Académica del programa de doctorado, se adjunta en el anexo 2. Nombre del Programa de Doctorado: [COMPLETAR] Coordinador/a del Programa: [COMPLETAR] Correo electrónico del Coordinador/a: [COMPLETAR]
OBJETO DEL CONVENIO. El presente convenio de colaboración tiene por objeto la concesión de una subvención directa y nominativa al CLUB DEPORTIVO VOLEIBOL GUAGUAS, por su participación en la Superliga Masculina de Voleibol durante la temporada 2020/2021. Uno de los fines de este Instituto es la divulgación y promoción del deporte y para ello, con el objetivo de fomentar la práctica deportiva, el IMD ha decidido apoyar al Club Deportivo Voleibol Guaguas, por su participación en la Superliga Masculina de Voleibol durante la temporada 2020/2021. Dentro de la competición deportiva de alto rendimiento y, por lo que se refiere a los denominados deportes de equipo, juegan un papel fundamental los clubes deportivos, integrados en la estructura de la organización deportiva determinada por la legislación vigente en la materia. Los clubes deportivos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 1/2019, de 30 de enero, de la actividad física y el deporte de Canarias, en adelante L1/2019, se configuran como asociaciones privadas sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica y capacidad de obrar, formadas por personas físicas, integrados en las federaciones deportivas canarias que correspondan, y cuyos objetivos básicos son el fomento, el desarrollo y la práctica continuada de la actividad deportiva dentro del ámbito federado. Para participar en competiciones de carácter oficial deben inscribirse en la federación deportiva correspondiente. Los clubes deportivos, por tanto, tienen una importancia decisiva en el deporte de competición por su contribución a la elevación del nivel de sus deportistas y equipos, movidos por el objetivo de obtener los mejores resultados en las correspondientes modalidades deportivas. Las ayudas a los clubes deportivos de la ciudad se configuran así, como instrumentos básicos de apoyo para los mejores equipos y, por lo tanto, para el fomento y promoción del deporte en nuestro ámbito territorial, por ello distinguimos entre equipos de primera o segunda categoría nacional. Tener jugadores de referencia en las máximas categorías sirve sin duda alguna de estímulo para los más pequeños, que ven en ellos un referente, alguien a quien admirar e imitar. Por tanto, apoyando a los equipos de las máximas categorías, indirectamente se está apoyando también al fomento del deporte base. La historia del Club Deportivo Voleibol Guaguas, con CIF nº ▇▇▇▇▇▇▇▇▇, comenzó en 1996 cosechando como logros deportivos: • 5 Campeonatos de Superliga Masculina de Voleibol. • 6 Copas d...
OBJETO DEL CONVENIO. El Objeto del presente Convenio es doble: cve: BOE-A-2022-1313 Verificable en ▇▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇.▇▇
1. Desarrollar, para el SNS, el Acuerdo entre las Autoridades Nacionales responsables de los Puntos de Contacto Nacionales de Salud Electrónica (Acuerdo Europeo), para participar en los Servicios Transfronterizos de Información de Sanidad electrónica (CBeHIS). Para ello, el Convenio debe desarrollar y adaptar a las especificidades del SNS las obligaciones y responsabilidades que se disponen en ese Acuerdo Europeo, aprobado por la eHN, en base a la Directiva 2011/24/UE.
2. Establecer las medidas organizativas y técnicas, así como las obligaciones y deberes que corresponden al MS y al Departamento de Salud del Gobierno ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, en materia de protección de datos personales, atendiendo a la responsabilidad respectiva que existe entre todos los actores involucrados en el intercambio de información a nivel SNS y a nivel de la UE en el marco establecido para los CBeHIS.
OBJETO DEL CONVENIO. El objeto del presente convenio es facilitar el acceso a la Base ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ continuo gestionada por el Instituto Nacional de Estadística (en adelante INE) por los órganos y entidades de la Administración de la Comunidad Autónoma de las ▇▇▇▇▇ Balears competentes en procedimientos relativos a la inspección y régimen sancionador en materia de vivienda; de comercio; en procedimientos sancionadores por infracciones cometidas en la zona de servidumbre de protección de la ▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇; en actuaciones de control, vigilancia y sanción del dominio público hidráulico y de puertos; en procedimientos relativos a la inspección y régimen sancionador en materia de transportes terrestres, en materia de bonificación de transporte marítimo y de control y sanción de bonificaciones; en materia de vigilancia e inspección de la importación de metales preciosos; en actuaciones de control interno respecto de las personas físicas que perciban subvenciones, préstamos, avales y otras ayudas de la Administración de la comunidad autónoma o de cualquiera de las entidades instrumentales del sector público autonómico que requieran verificaciones relacionadas con la información contenida en la Base ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ continuo y en procedimientos sancionadores en materia de relaciones laborales, a través del Servicio Web (SECOPA) desarrollado por el primero, con el fin de obtener el dato de domicilio, y en el caso de actuaciones de control interno también la información de convivencia actual y los históricos de los domicilios de residencia y de las personas convivientes en dichos domicilios, a los efectos de ejercer las competencias que han sido detalladas en profundidad en el expositivo de este convenio y al amparo de las siguientes leyes: cve: BOE-A-2024-13168 Verificable en ▇▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇.▇▇ – La Ley 5/2018, de 19 ▇▇ ▇▇▇▇▇, de la vivienda de las ▇▇▇▇▇ Balears y en particular de su título IX, que tiene por objeto regular el ejercicio de la potestad sancionadora en materia de vivienda. – El Real Decreto-ley 4/2019, de 22 de febrero, del Régimen Especial de las ▇▇▇▇▇ Balears junto con el Decreto 20/2019, de 15 ▇▇ ▇▇▇▇▇, por el que se regula la bonificación en las tarifas de los servicios regulares de transporte marítimo interinsular para las personas residentes en la comunidad autónoma de las ▇▇▇▇▇ Balears, que faculta para la inspección y control de las bonificaciones. – La Ley 11/2014, de 15 de octubre, de comercio de las ▇▇▇▇▇ Balears y en particular de su título IV de inspección y tramitación d...
OBJETO DEL CONVENIO. CLÁUSULAS
1. Mediante el presente convenio, la Comunidad ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ cede a la Comunidad Autónoma ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ el uso gratuito del sistema de información AVANTIUS Sistema de Ges- tión de Justicia que está compuesto por la aplicación Gestor Procesal AVANTIUS, la aplica- ción de asistencia jurídica gratuita denominada ASIGNA, y la aplicación para las relaciones telemáticas con los colectivos profesionales de justicia denominada Portal de Profesionales.
2. Las dos Administraciones se comprometen a colaborar de forma estrecha en el ámbito del presente convenio, poniendo en común los conocimientos técnicos y experiencias que permitan resolver las cuestiones que se susciten en relación con su cumplimiento. csv: BOA20171107012
3. La cesión indicada se materializará mediante la entrega de todo el material informático (software fuente y ejecutable, así como los documentos funcionales y técnicos correspon- dientes) que permita adaptar e instalar, en los órganos y servicios judiciales y de fiscalía ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, las funcionalidades que actualmente estén operativas en todos o algunos de los ór- ganos o servicios judiciales o de fiscalía situados en la Comunidad ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ y que se recogen en el anexo I del presente convenio de cooperación.
4. En cuanto al software objeto de este convenio de cooperación, se incluyen a continua- ción las siguientes definiciones: - Versión nativa: Se denomina así a la versión del software tal y como se encuentra en el momento de ser cedido por el Gobierno ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇. Es la versión original, de la cual se parte en el primer proyecto de implantación en la Administración de Justicia ▇▇ ▇▇▇▇▇▇. - Núcleo: Conjunto de módulos o partes del software de los sistemas en cuestión, que por acuerdo entre ambas partes, se ha decidido desarrollar, mantener y evolucionar de idéntica forma, de manera tal, que en todo momento estén implantadas las mismas versiones en las dos administraciones. El resto de módulos de los sistemas podrán evolucionar de forma inde- pendiente en ambas administraciones. - Versión Navarra: Se denomina así a la versión del software que, en cualquier momento, se encuentra implantada en el ámbito de Justicia del Gobierno ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇. Podrá evolucionar de forma independiente en aras de poder ajustarse a las necesidades específicas ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇. - Versión Aragón: Se denomina así a la versión del software que en cualquier momento se encuentra implantada en el ámbito de Justicia del Gobierno ▇▇ ▇▇▇▇▇▇. Podrá evolucionar de forma inde...
OBJETO DEL CONVENIO. El presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ tiene por objeto establecer las bases generales para la colaboración entre el Ayuntamiento de Mairena del Alcor y EMASESA, al objeto de llevar a cabo, de forma coordinada, y conjunta las actuaciones necesarias para la contratación en su caso, de la redacción de los Proyectos, la realización e íntegra ejecución de las obras y el servicio de la Dirección Facultativa de las Obras, Coordinación en materia de Seguridad y Salud, y Control de Calidad; todo ello sin perjuicio de las especialidades que se recojan en las distintas Adendas ejecutivas. En los términos que se expondrán, los proyectos de las obras se verán integrado por dos (2) Separatas que ostentarán, a los efectos del presente Acuerdo Marco y las distintas Adendas, carácter diferenciado respecto a su financiación, pero que serán denominadas conjuntamente como Proyecto Técnico de Obras Ayuntamiento de Mairena del Alcor-EMASESA. Las obras contempladas en ese Proyecto conjunto serán licitadas por el Ayuntamiento de Mairena del Alcor en coordinación con EMASESA, sin perjuicio de las obligaciones inherentes a cada una de las partes a estos efectos en los términos recogidos en la Cláusula Segunda y Tercera del presente Acuerdo Marco. Las actuaciones generales a ejecutar en el marco de este Acuerdo de Colaboración podrán ser las indicadas a continuación, debiendo desarrollarse en cada Adenda Ejecutiva:
1.1 Contratación, en su caso, de la redacción de los Proyectos Técnicos de las obras a ejecutar, los cuales se verán integrados por las siguientes Separatas:
i Separata relativa a las obras municipales de repavimentación, reasfaltado, remodelación del espacio urbano, las cuales serán responsabilidad del Ayuntamiento de Mairena del Alcor.
ii Separata referente a las obras del ciclo integral del agua, que serán responsabilidad final de EMASESA.
1.2 Contratación de la ejecución de las obras comprendidas en el Proyecto Técnico de obras, que incluirá las dos (2) Separatas que formarán parte del mismo.
1.3 Contratación de la dirección facultativa de la ejecución de las obras.
1.4 Contratación de la Coordinación de Seguridad y Salud de las obras.
1.5 Contratación del Control de Calidad de las obras
1.6 Financiación económica de las actuaciones anteriores.
OBJETO DEL CONVENIO. El objeto del presente ▇▇▇▇▇▇▇▇ es establecer el marco de colaboración entre las partes, para la realización de actividades conjuntas en cualquier área que redunde en el desarrollo y el fortalecimiento de su relación de cooperación inter-institucional.
