GASTOS DERIVADOS DEL CONVENIO Cláusulas de Ejemplo
GASTOS DERIVADOS DEL CONVENIO. El presente convenio no supone ninguna obligación financiera para ninguna de las partes firmantes. En la implementación del presente acuerdo, tal y como se recoge en los apartados 8 y 11 de la Cláusula Segunda, todos los gastos relativos a la movilidad del personal docente e investigador, son responsabilidad de cada participante en el programa objeto del este acuerdo.
GASTOS DERIVADOS DEL CONVENIO. El presente convenio no supone ninguna obligación financiera para ninguna de las partes. En el caso de la UAM y si ésta proporcionara el seguro de asistencia en viaje y accidentes a sus estudiantes y PDI, dicho coste se cargará al presupuesto anual correspondiente, dentro del programa 422C de Relaciones Internacionales de la UAM. Todos los gastos relativos a la movilidad de estudiantes, incluido el abono de las tasas de matrícula en la universidad de origen, así como los gastos relacionados con la movilidad del personal docente e investigador, serán en cada caso, responsabilidad de los participantes en los programas objeto del este acuerdo.
GASTOS DERIVADOS DEL CONVENIO. 4.1. El presente Convenio Xxxxx de Colaboración no supone ninguna obligación financiera para ninguna de las partes firmantes.
4.2. En la implementación del presente Convenio las entidades firmantes actuarán de acuerdo a sus reglamentos y normativa. Las personas participantes en los programas que se realicen en el marco de este Convenio actuarán de acuerdo a la normativa y reglamentos de la institución huésped.
4.3. Las partes firmantes del presente acuerdo podrán contar, para el desarrollo de las actividades a las que diese lugar la ejecución de los Convenios Específicos que se suscriban, con la colaboración de otros organismos, entidades, instituciones y empresas de carácter público o privado.
GASTOS DERIVADOS DEL CONVENIO. El presente convenio no supone ninguna obligación financiera para ninguna de las partes firmantes. En la implementación del presente acuerdo, tal y como se recoge en los apartados, 2 y 3 de la Cláusula Segunda, todos los gastos relativos a la movilidad de los estudiantes así como el abono de las tasas de matrícula en la universidad de origen, correrán a cargo de cada estudiante participante en el programa objeto de este acuerdo.
GASTOS DERIVADOS DEL CONVENIO. 3.1 El presente Convenio no supone ninguna obligación financiera para las Partes. Enel caso de la UAM y si ésta proporcionara el seguro de asistencia en viaje y accidentes a su personal, dicho coste se cargará al presupuesto anual correspondiente, dentro del programa 422Cde Relaciones Internacionales de la UAM.
3.2 En la implementación del presente Convenio, tal y como se recoge en los párrafos 8 y 1 del Artículo Segundo, todos los gastos relativos a la movilidad del personal docente e investigador, son responsabilidad de cada participante en el programa objeto del este Convenio.
GASTOS DERIVADOS DEL CONVENIO. 7.1. El presente convenio no supone ninguna obligación financiera para ninguna de las partes.
7.2. Todos los gastos relativos a la movilidad de estudiantes, incluido el abono de las tasas de matrícula en la universidad de origen, así como los gastos relacionados con la movilidad del personal docente e investigador, serán en cada caso, responsabilidad de los participante en los programas objeto del este acuerdo.
GASTOS DERIVADOS DEL CONVENIO. 3.1 El presente convenio no supone ninguna obligación financiera para ninguna de las partes. En el caso de la UAM y si ésta proporcionara el seguro de asistencia en viaje y accidentes a sus PDI, dicho coste se cargará al presupuesto anual correspondiente, dentro del programa 422C de Relaciones Internacionales de la UAM.
3.2 Todos los gastos relativos al intercambio del personal docente e investigador, serán en cada caso, responsabilidad de los participantes en los programas objeto del este acuerdo.
GASTOS DERIVADOS DEL CONVENIO. El presente convenio no supone ninguna obligación financiera para ninguna de las partes firmantes. En el caso de la UAM y si ésta proporcionara el seguro de asistencia en viaje y accidentes a sus estudiantes, dicho coste se cargará al presupuesto anual correspondiente, dentro del programa 422C de Relaciones Internacionales de la UAM. En la implementación del presente acuerdo, tal y como se recoge en los apartados 2 y 3 de la Cláusula Segunda, todos los gastos relativos a la movilidad de los estudiantes, así como el abono de las tasas de matrícula en la universidad de origen, correrán a cargo de cada estudiante participante en el programa objeto de este acuerdo.
GASTOS DERIVADOS DEL CONVENIO. El presente convenio no supone ninguna obligación financiera para ninguna de las partes firmantes. En la implementación del presente acuerdo, tal y como se recoge en los apartados 2.4 y 2.9.d) de la Cláusula Segunda, todos los gastos relativos a la movilidad de los estudiantes, así como el abono de los precios de matrícula en la universidad de origen, correrán a cargo de cada estudiante participante en el programa objeto de este acuerdo. Ambas partes procurarán, en la medida de lo posible, facilitar ayudas financieras a la movilidad de los estudiantes a través de subvenciones nacionales o internacionales. Todos los estudiantes podrán acceder a todos los servicios para estudiantes en cada una de las universidades parte del presente acuerdo.
GASTOS DERIVADOS DEL CONVENIO. Los gastos del PROGRAMA serán gestionados por la UDLA de acuerdo con el apartado 3.2, de la Cláusula Tercera. Cualquier otro gasto adicional ocasionado por efecto o con ocasión de la ejecución de este convenio, no será responsabilidad de UDLA. En la UAM el PROGRAMA se gestionará a través del Centro de Formación Continua.