CONTRATO No. 217017 DE 2017 SENA - FONADE
XXXXXXXX Xx. 000000 DE 2017 SENA - FONADE
CONVOCATORIA CERRADA FONDO EMPRENDER
No. 152 PARA LA CIUDAD DE BOGOTÁ D.C.
FINANCIAR INICIATIVAS EMPRESARIALES PARA LA CIUDAD DE BOGOTÁ D.C EN CUALQUIER SECTOR ECONÓMICO, QUE PROVENGAN O SEAN DESARROLLADAS POR POBLACIÓN VÍCTIMAS DE LA VIOLENCIA, DOMICILIADAS EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ D.C. QUE CUMPLAN CON LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN LA REGLAMENTACIÓN DEL FONDO EMPRENDER PARA SER BENEFICIARIAS.
VECTOR: GESTION TECNOLOGICA, INNOVACION Y EMPRENDIMIENTO PARA LA COMPETITIVIDAD.
NOVIEMBRE DE 2017
INDICE
CAPITULO I - INFORMACIÓN GENERAL 1
1.1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA 1
1.2. REGIMEN JURÍDICO APLICABLE 1
1.3. DESTINACION DE LOS RECURSOS 2
1.4. TOPES Y MONTOS DE LOS RECURSOS 2
1.5. QUIENES PUEDEN PARTICIPAR 2
1.6. ¿QUÉ PLANES DE NEGOCIO SE PUEDEN PRESENTAR? 4
CAPITULO II - ETAPAS PARA LA FORMULACIÓN, REGISTRO Y EVALUACIÓN DE LOS PLANES DE NEGOCIO 5
2.1. CRONOGRAMA DE APERTURA Y CIERRES DE LA CONVOCATORIA 5
2.2. FORMULACIÓN DEL PLAN DE NEGOCIO 8
2.3. CONFORMACIÓN DEL PLAN DE NEGOCIOS 9
2.4. REGISTRO Y PRESENTACIÓN DE PLANES DE NEGOCIO 10
2.5. CRITERIOS A UTILIZAR PARA EVALUAR LOS PLANES DE NEGOCIO. 11
2.6. PONDERACIONES DE EVALUACION PLANES DE NEGOCIO 12
2.7. CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN Y JERARQUIZACIÓN PARA LA ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS 15
CAPITULO III - ASIGNACIÓN DE RECURSOS 16
3.1. PRESUPUESTO DISPONIBLE PARA LA CONVOCATORIA 16
3.2. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS 16
3.3. DESEMBOLSO DE RECURSOS 16
3.4. SEGUIMIENTO Y ACOMPAÑAMIENTO A BENEFICIARIOS 17
3.5. SUPERVISIÓN Y CONTROL EN EL PROCESO DE CONVOCATORIA 18
3.8. MECANISMOS DE INFORMACIÓN, CONSULTA Y SOLUCIÓN DE INQUIETUDES 18
ANTECEDENTES
La ley 789 de 2002 dispone en su artículo 40 la creación del Fondo Emprender como una cuenta independiente y especial adscrita al Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA y reglamentado por el decreto 934 de 2003 y compilado por el Decreto 1072 de 2015. Su objeto exclusivo es la financiación de iniciativas empresariales que provengan y sean desarrolladas por aprendices o asociaciones entre aprendices, practicantes universitarios o profesionales, cuya formación se esté desarrollando o se haya desarrollado en las Instituciones reconocidas por el Estado.
El objetivo general del Fondo Emprender es incentivar y facilitar la generación y creación de empresas contribuyendo al desarrollo humano e inserción en el sector productivo, coadyuvando al desarrollo social y económico del país a través de una formación pertinente y de capital semilla.
La administración y dirección del Fondo Emprender está a cargo del Consejo Directivo xxx XXXX, quien ejerce las funciones del consejo de administración del mismo. La dirección ejecutiva está a cargo del Director General xxx XXXX o su delegado.
El Fondo Emprender cuenta como principal fuente de financiación, con los recursos asignados por la monetización total o parcial de la cuota de aprendizaje, establecida en el artículo 34 de la ley 789 de 2002, los cuales en un 80% se destinan por ley 789 de 2002, para financiar las iniciativas empresariales que a este programa se presentan.
El presente documento ofrece los términos de referencia para la convocatoria nacional del Fondo Emprender No. 152, para el ciudad de Bogotá D.C., cuyo objeto es financiar iniciativas empresariales para la ciudad de Bogotá D.C. en cualquier sector económico, que provengan o sean desarrolladas por población víctimas de la violencia, domiciliadas en la ciudad de Bogotá D.C. que cumplan con las condiciones establecidas en la reglamentación del fondo emprender para ser beneficiarias.
CAPITULO I - INFORMACIÓN GENERAL
1.1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
financiar iniciativas empresariales para la ciudad de Bogotá D.C en cualquier sector económico, que provengan o sean desarrolladas por población víctimas de la violencia, domiciliadas en la ciudad de Bogotá D.C. que cumplan con las condiciones establecidas en la reglamentación del fondo emprender para ser beneficiarias.
1.2. REGIMEN JURÍDICO APLICABLE
La Ley 789 de 2002 “Por la cual se dictan normas para apoyar el empleo y ampliar la protección social y se modifican algunos artículos del Código Sustantivo del Trabajo”.
El artículo 40 de la Ley 789 de 2002 creó el Fondo Emprender – FE como una cuenta independiente y especial adscrita al Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, el cual será administrado por esa entidad y cuyo objeto exclusivo será financiar iniciativas empresariales, en los términos allí dispuestos.
El Decreto 934 de 2003 del Ministerio de la Protección Social, por el cual se reglamento el Fondo Emprender.
El Decreto 249 por el cual se modifica la estructura del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA.
El Decreto 3930 de 2006, por el cual se modifica el Artículo tercero del Decreto 934 de 2003.
Decreto 1072 de 2015 por el cual se expide el decreto único reglamentario del sector trabajo
Acuerdo No. 0006 de 2017 por el cual se reglamenta el Fondo Emprender.
1.3. DESTINACIÓN DE LOS RECURSOS
De conformidad con lo señalado en el artículo 40 de la Ley 789 de 2002, los recursos entregados por el Fondo Emprender tendrán como objeto exclusivo financiar iniciativas empresariales que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 2 del Acuerdo 0006 de 2017.
1.4. TOPES Y MONTOS DE LOS RECURSOS
El Fondo Emprender otorgará recursos hasta el ciento por ciento (100%) del valor del plan de negocio, así:
Si el plan de negocio genera hasta tres (3) empleos formales y directos, el monto de los recursos solicitados será máximo hasta ochenta (80) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMLMV).
Si el plan de negocio genera hasta cinco (5) empleos formales y directos, el monto de los recursos solicitados será máximo hasta ciento cincuenta (150) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMLMV).
Si el plan de negocio genera seis (6) o más empleos formales y directos, el monto de los recursos solicitados será máximo hasta ciento ochenta (180) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMLMV).
El monto a financiar para cada plan de negocio se establece conforme a los salarios mínimos legales mensuales vigentes que rigen a la fecha de la apertura de la convocatoria.
El número de empleos a generar se debe establecer de conformidad con el Manual de operación del Fondo Emprender.
1.5. QUIENES PUEDEN PARTICIPAR
Podrán acceder a los recursos del Fondo Emprender, ciudadanos colombianos, mayores de edad, domiciliados ciudad de Bogotá D.C. víctimas de la violencia, que estén interesados en iniciar un proyecto empresarial desde la formulación de su plan de negocio y que acrediten al momento del aval del plan de negocio, alguna de las siguientes condiciones:
Estudiante SENA que haya finalizado la etapa lectiva de un programa de formación titulada, dentro de los últimos veinticuatro (24) meses, así como egresados de estos programas, que hayan culminado y obtenido el título.
Estudiante que se encuentre cursando los dos (2) últimos semestres o el ochenta por ciento (80%) de los créditos académicos de un programa de educación superior de pregrado, reconocido por el Estado de conformidad con las Leyes 30 de 1992 y 115 de 1994 y demás que las complementen, modifiquen o adicionen.
Estudiante que haya concluido materias, dentro de los últimos veinticuatro (24) meses, de un programa de educación superior de pregrado, reconocido por el Estado de conformidad con las Leyes 30 de 1992 y 115 de 1994 y demás que las complementen, modifiquen o adicionen.
Técnico, tecnólogo, profesional universitario de pregrado, posgrado, maestría y/o doctorado de instituciones nacionales o extranjeras, que haya culminado y obtenido el título de un programa de educación superior reconocido por el Estado de conformidad con la legislación colombiana.
Estudiante del programa SENA Emprende Rural – SER, que haya completado doscientas (200) horas del programa de formación o egresados de este programa.
Ciudadanos colombianos caracterizados como población vulnerable, que hayan completado por lo menos noventa (90) horas de formación en cursos afines al área del proyecto.
Connacionales certificados por la Cancillería, como retornados con retorno productivo, que hayan completado por lo menos noventa (90) horas de formación SENA en cursos afines al área del proyecto.
Parágrafo. La presentación de un plan de negocio podrá realizarse de manera individual o asociativa. Todos los beneficiarios deben cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 2° del presente Acuerdo. Para casos de presentación de planes de negocio realizados de manera asociativa, es decir, por grupos de emprendedores, además de cumplir con los requisitos aquí señalados, el grupo o asociación deberá estar conformado por un porcentaje igual o superior al cincuenta y un porciento (51%) por aprendices, en los términos y condiciones fijados por el artículo 2.2.6.4.1 del Decreto 1072 de 2015.
1.6. ¿QUÉ PLANES DE NEGOCIO SE PUEDEN PRESENTAR?
Podrán ser presentados a través del sistema de información del Fondo Emprender, planes de negocio para cualquier sector económico, que se desarrollen en la ciudad de Bogotá D.C.
En caso de existir simultaneidad en la apertura de varias convocatorias del Fondo Emprender de carácter Nacional o Regional, el plan de negocios solo podrá presentarse en una de ellas, por lo anterior es importante verificar claramente la convocatoria a la cual se inscribe el plan de negocios.
Nota: Los planes de negocios que se presenten a esta convocatoria, deben tener componentes de innovación y base tecnológica, como factor de competitividad para ser sostenibles durante el proceso de su ejecución.
Los gestores de emprendimiento de las diferentes unidades de emprendimiento, tanto externas como internas, deben garantizar desde la etapa de formulación del plan de negocios la inclusión de estos componentes, y los mismos serán factor determinante en la etapa de priorización y jerarquización (Acuerdo 0006 de 2017, artículo 15).
1.7. RUBROS FINANCIABLES
Los recursos que asigne el Fondo Emprender deberán ser utilizados para la financiación del capital de trabajo, entendido este como los recursos que se requieren para operar el plan de negocio, los necesarios para el funcionamiento y operación de la empresa, que se aplicarán para los siguientes fines:
Pago de salarios u honorarios
Insumos para el ciclo productivo (materia prima y bienes en proceso) que contribuyan de manera directa o que forman parte del proceso de producción.
Adquisición de maquinaria, equipos y software.
Costos que se generen por permisos, licencias y registros, requeridos por la ley para el normal funcionamiento del proyecto.
Adquisición o arriendo de bienes muebles y vehículos automotores, que tengan relación y sean indispensables para el desarrollo del objeto del plan de negocio, cuyos montos no podrán ser superiores al quince por ciento (15%) del valor total de los recursos asignados por el Fondo Emprender.
Las adecuaciones o remodelaciones estructurales y locativas del inmueble donde se desarrollará el plan de negocios, siempre y cuando el monto no supere el veinte por ciento (20%) del valor total de los recursos asignados por el Fondo Emprender.
Financiar las adecuaciones técnicas necesarias para el proceso productivo o montaje industrial, siempre y cuando el monto no supere el cincuenta por ciento (50%) del valor total de los recursos asignados por el Fondo Emprender. Para estos fines se entiende por adecuación técnica toda obra civil que sea indispensable para el desarrollo de la actividad y ejecución del plan de negocio, rubro que en ningún caso podrá ser utilizado con fines de vivienda del beneficiario
Adquisición e implementación de franquicias, siempre y cuando, además de los criterios señalados en el presente Acuerdo, este modelo de negocio represente una alternativa de impacto para la región y genere valor agregado, garantizando la sostenibilidad en el mercado para que no haya saturación en la zona y tenga impacto en la generación de empleo.
En caso de que el plan de negocio requiera un monto mayor de financiación, la emprendedora debe manifestar en el plan de negocio la fuente de financiación de esos recursos.
Recursos que podrán ser reembolsables o no reembolsables, siempre y cuando la destinación que se les dé corresponda a lo establecido en el plan de negocios aprobado por el Consejo Directivo del Servicio Nacional de Aprendizaje Sena, en su calidad de Consejo de Administración del Fondo Emprender y cumpla con los indicadores de gestión formulados en el mismo.
1.8. RUBROS NO FINANCIABLES
El Fondo Emprender no financiará los siguientes rubros:
Compra de bienes inmuebles.
Compra de bienes muebles que no estén relacionados con el objeto del plan de negocio.
Adecuaciones o remodelaciones de cualquier tipo de bienes inmuebles, que no conformen el proceso de dotación técnica y que no sean indispensables para el desarrollo del plan de negocio.
Estudios de factibilidad de proyectos (consultorías, asesoría jurídica, financiera, etc.).
Adquisición de vehículos que no estén relacionados con el objeto del plan de negocio.
Pagos de pasivos, deudas o de dividendos.
Recuperaciones de capital.
Compra de acciones, derechos de empresas, bonos y otros valores mobiliarios exceptuando los derechos asociados a franquicias, cuando sea esta parte de la naturaleza del plan de negocio.
Pago de regalías, impuestos causados, aportes parafiscales.
Formación académica.
Pago de derechos o inscripciones para participar en eventos comerciales nacionales o internacionales.
Gastos de viaje y desplazamiento.
Pago de inscripción y registro empresarial.
CAPITULO II - ETAPAS PARA LA FORMULACIÓN, REGISTRO Y EVALUACIÓN DE LOS PLANES DE NEGOCIO
2.1. CRONOGRAMA DE APERTURA Y CIERRES DE LA CONVOCATORIA
La presente convocatoria tiene carácter continuo y será abierta a partir de las 10:00 a.m. del día 21 de Noviembre de 2017 y tendrá tres (3) cierres según el siguiente cronograma:
CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA |
|
ACTIVIDAD |
FECHA |
Resolución de apertura de la convocatoria firmada por el Director General xxx XXXX |
No. 2043 del 21 de noviembre de 2017. |
Apertura de la convocatoria |
Noviembre 21 de 2017 a las 8:00 a.m. |
Inscripciones de planes de negocio |
A partir del 21 de noviembre de 2017. |
Cierre de la convocatoria en el sistema de información plataforma Fondo Emprender. |
Primer cierre: Diciembre 21 de 2017 a las 11:59 p.m.
Segundo cierre: Febrero 21 de 2018 a las 11:59 p.m.
Tercer Cierre: 5 xx xxxxx de 2018. a las 11:59 p.m. |
Recepción de documentos de acreditación como beneficiarios |
Los documentos de acreditación de beneficiario, deberán ser cargados en el sistema de información del Fondo Emprender,xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx; por el emprendedor en los campos dispuestos, en archivo PDF, al momento de la formalización del plan de negocio.
Los documentos subidos posteriores al proceso de formalización no serán tenidos en cuenta en la acreditación del plan de negocio, los mismos deberán ser legibles y pertinentes. |
Evaluación de planes de negocio |
Después de recibidos los documentos de acreditación, FONADE tendrá: veinte (20) días calendario para efectuar las evaluaciones correspondientes. |
Publicación de planes de negocio viables y no viables con las observaciones |
Primer cierre: Enero 15 de 2018.
Segundo cierre: Marzo 16 de 2018.
Tercer Cierre 30 xx xxxxx de 2018 |
Observaciones a resultados |
El emprendedor tendrá cinco (5) días hábiles a partir de la publicación de los planes de negocios viables y no viables para presentar observaciones.
Estas observaciones deberán ser remitidas a FONADE única y exclusivamente a través del link de la convocatoria que se habilita en el portal web de Fondo Emprender para tal propósito. |
Respuesta a observaciones por los Emprendedores |
Primer cierre: De enero 16 al 22 de 2018.
Segundo cierre: Xx xxxxx 20 al 26 de 2018.
Tercer Cierre: Xx xxxx 2 a 8 xx xxxx de 2018 |
Publicación de planes de negocio viables y no viables que pasan a la etapa de priorización y jerarquización |
Primer cierre: Enero 24 de 2018.
Segundo cierre: Marzo 28 de 2018.
Tercer Cierre Mayo 10 de 2018 |
Jerarquización y priorización por parte de la Comisión Técnica Nacional de los planes viables |
Primer cierre: Febrero de 2018.
Segundo cierre: Abril de 2018.
Tercer Cierre mayo de 2018 |
Aprobación y asignación de recursos por parte del Consejo Directivo xxx XXXX a planes de negocio en sesión de: |
Primer cierre: Febrero de 2018.
Segundo cierre: Abril de 2018.
Tercer Cierre junio de 2018 |
Publicación de resultados en la página Web del Fondo Emprender |
Primer cierre: Febrero 28 de 2018.
Segundo cierre: Abril 30 de 2018.
Tercer Cierre: 29 xx xxxxx de 2018 |
Entrega de minuta de contrato a beneficiarios |
Primer cierre: Desde marzo 06 de 2018.
Segundo cierre: Desde Mayo 07 de 2018.
Tercer Cierre: Desde 0 xx xxxxx xx 0000 |
Xxxxx contrato y constitución de garantías por parte de los emprendedores |
Primer cierre: Marzo 07 de 2018.
Segundo cierre: Mayo 08 de 2018.
Tercer Cierre: 0 xx xxxxx xx 0000 |
Xxxxxxxxxx xx recursos por parte de FONADE |
Una vez sea firmada el acta de inicio por parte de la interventoría |
Nota: La viabilidad del plan de negocio, no puede considerase como la aprobación de financiación del mismo, pues una vez viable tendrá que surtir la etapa de jerarquización y priorización contemplada en el artículo 15 del Acuerdo 0006 de 2017.
2.2. FORMULACIÓN DEL PLAN DE NEGOCIO
Solo podrán formularse planes de negocio, que contemplen un componente de innovación y/o base tecnológica (Manual De Oslo), bajo los parámetros establecidos en el manual de operación del Fondo Emprender. La formulación del plan de negocio se deberá realizar con el acompañamiento y asesoría de una unidad de emprendimiento de acuerdo al artículo 11 del Acuerdo 0006 de 2017.
¿Qué es innovación?
Este concepto se refiere a la implementación tecnológica de nuevos productos y procesos y/o a mejoras significativas en estos, ya sea como resultado de la difusión de conocimientos tecnológicos para lograr productos o procesos productivos con especificaciones o propiedades técnicas, diferenciadas con respecto a los existentes en el mercado.
La Innovación de los productos
Puede tomar dos formas: (1) Producto tecnológicamente nuevo, cuyas características tecnológicas difieren significativamente de los anteriores o la combinación de existentes con nuevos usos. (2) Producto existente tecnológicamente mejorado, esto se puede dar por el uso de componentes o materiales de mejor desempeño donde exista un conjunto de subsistemas técnicos al mismo producto, pero con desarrollo de alta tecnología e investigación y mejoramiento de la misma.
La Innovación de Procesos
Es la adopción de métodos tecnológicos nuevos o mejorados incluyendo los métodos de distribución, que pueden comprender cambios en equipos, organización de la producción o una combinación de los dos y por último derivarse del uso de un nuevo conocimiento.
La Innovación Organizacional
Incluye la introducción de cambios en la estructura organizacional, la implementación de técnicas gerenciales avanzadas y la introducción de cambios (nuevos o substanciales) en la orientación corporativa de la empresa.
La Innovación Incremental
Es aquella en la que no cambian sustancialmente los productos, procesos, materias primas equipos u operaciones existentes que por lo general no requiere de inversiones significativas, se lleva a cabo usualmente en usos continuos.
La Innovación Radical
Generamiento de nuevas tecnologías en productos y/o procesos, la investigación y el desarrollo juegan un papel importante cuando su creación ha sido endógena.
Será responsabilidad exclusiva de las Unidades de emprendimiento verificar el cumplimiento de la condición de beneficiarios, de conformidad con las normas vigentes; dicha verificación será requisito indispensable para iniciar la asesoría respectiva.
Las Instituciones de Educación Superior aprobadas por el Estado, las Incubadoras de Empresas, y demás entidades públicas o privadas, diferentes a los Centros de Formación xxx XXXX, deberán presentar un certificado de compromiso al SENA en el que conste su disposición y disponibilidad para realizar de forma gratuita la asesoría y acompañamiento, tanto en la etapa de formulación del plan de negocio, como durante la ejecución del mismo.
Una vez se presente el certificado al Coordinador del Grupo de Emprendimiento, Empresarismo y Fondo Emprender de la Dirección General xxx XXXX para su análisis y aprobación, éste oficiará al Gerente Administrador de recursos del Fondo Emprender, en su calidad de administrador del Sistema de Información, para que ordene a quien corresponda activar a la institución en el sistema y se le asigne la clave de acceso, con la cual podrá participar en la asesoría y acompañamiento permanente de los planes de negocios.
En el evento en que se establezca que se ha incumplido con los compromisos adquiridos con el SENA, no se podrán presentar nuevos proyectos al Fondo Emprender. Los beneficiarios podrán presentar sus proyectos a través de otras Unidades de emprendimiento activas en el sistema de información.
2.3. CONFORMACIÓN DEL PLAN DE NEGOCIOS
La plataforma del sistema de información del Fondo Emprender está compuesta en cada Plan de Negocios por los siguientes módulos:
DATOS GENERALES
Localización del plan de negocio
I. QUIEN ES EL PROTAGONISTA
Perfil del cliente
Necesidades o problemas a satisfacer
II. EXISTE OPORTUNIDAD EN EL MERCADO
Tendencia del crecimiento xxx xxxxxxx
Análisis de la competencia
III. CUAL ES MI SOLUCION
Descripción del producto o servicio que satisface la necesidad o problema
Concepto de negocio
Componente innovador
Validación de la aceptación xxx xxxxxxx – Como hizo la validación
Avance logrado a la fecha
Definición de productos (Ficha técnica de los productos o servicios)
IV. COMO DESARROLLO MI SOLUCIÓN
Como obtengo ingresos (Estrategia de generación de ingresos)
Condiciones comerciales del portafolio de productos
Proyección de producción y ventas
Normatividad que aplica
Condiciones y requerimientos técnicos (inversiones en maquinaria, adecuaciones, entre otros)
Proceso de producción
Capacidad productiva de la empresa
Equipo de trabajo
Perfil del emprendedor
Cargos requeridos
V. FUTURO DE MI NEGOCIO
Estrategias y presupuesto para lograr la meta de producción y ventas
Periodo de arranque del proyecto
Periodo improductivo
VI. ESTRUCTURA FINANCIERA
VII. QUE RIESGOS ENFRENTO
Actores externos críticos
Factores externos que pueden afectar la operación
VIII. RESUMEN EJECUTIVO
IX. PLAN OPERATIVO
2.4. REGISTRO Y PRESENTACIÓN DE PLANES DE NEGOCIO
Los planes de negocios deberán ser presentados por los emprendedores a través de las Unidades de emprendimiento de los centros xxx XXXX y por las unidades de emprendimiento externas, que hayan suscrito certificado de compromiso con el Fondo Emprender, a través del sistema de información disponible en la página xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx, y podrán presentarse planes de negocios, de acuerdo a lo estipulado en el numeral 1.6 del presente documento.
Los planes de negocio deberán ser presentados según las condiciones, plazos, términos y topes que para tal fin se establezcan en cada convocatoria, y quienes los presenten deberán cumplir los siguientes requisitos:
No haber recibido en oportunidad anterior recursos del Fondo Emprender.
Haber superado la etapa de validación del perfil emprendedor, del equipo de trabajo del plan, la validación temprana xx xxxxxxx y sostenibilidad del negocio establecida en el artículo 10 del Acuerdo 0006 de 2017.
Haber recibido la aprobación técnica para su plan de negocio por parte del responsable de la unidad de emprendimiento a que alude el artículo 11 del Acuerdo 0006 de 2017, en la etapa de formulación y postulación del plan de negocio.
No estar incurso en ninguna causal de inhabilidad o incompatibilidad consagradas en la ley para contratar con el Estado.
No estar desempeñando ningún cargo público.
No existir ningún tipo de vinculación laboral o contractual con el Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, exceptuando el contrato de aprendizaje.
Haber cumplido con las etapas señaladas en los numerales 1, 2 y 3 del artículo 10 del Acuerdo 0006 de 2017.
Señalar la dedicación de los beneficiarios al proyecto, la cual se debe expresar claramente en la formulación del plan de negocio, indicando si es dedicación de tiempo completo y exclusivo o de tiempo parcial. El emprendedor indicará su compromiso de asistir directa y personalmente a todas las citaciones que realicen la interventoría, la unidad de emprendimiento o el operador de los recursos.
Parágrafo. El emprendedor que haya sido condenado por delitos contra la Administración Pública, estafa, abuso de confianza, utilización indebida de información privilegiada, lavado de activos y soborno nacional o transnacional será excluido de los beneficios del Fondo Emprender.
NOTA:
Previo al proceso de evaluación, se exige la acreditación del perfil de beneficiario, para lo cual el emprendedor deberá entregar a FONADE, en los tiempos definidos según el numeral 2.1 de los términos de referencia, toda la documentación soporte requerida, es decir:
Certificación de estudios
Documento de identidad
Certificado de vecindad en la ciudad de Bogotá, expedido por las alcaldías locales, documento que se puede tramitar en el siguiente link xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxx-xxxxxxxxx/xxxxxxxxx-xxxxxxxxxxx-xxxxxxxxxx.
Estar incluido en el registro único de victimas RUV
Haber sido beneficiaria(o) de los servicios de la ACDVPR, hasta la fecha de apertura de la convocatoria., información que se verificara en .xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
Certificación de población vulnerable emitido por Prosperidad Social o certificado del registro único de victimas donde se encuentre incluido , sí el emprendedor se presenta en cumplimiento del numeral 6 del ítem 1.5 de los presentes términos de referencia
Certificado de registro de retornados de la Cancillería, sí el emprendedor se presenta en cumplimiento del numeral 7 del ítem 1.5 de los presentes términos de referencia
Declaración de aceptación de las condiciones y políticas de manejo confidencial, inhabilidades e incompatibilidades
La documentación anteriormente relacionada, deberá ser cargada en el sistema de información del Fondo Emprender, al momento de la formalización del plan de negocio. Los documentos subidos posteriores al proceso de formalización no serán tenidos en cuenta en el proceso de acreditación del plan de negocio.
Es responsabilidad del emprendedor subir la documentación requerida en un formato comprensible y legible, que permita su verificación y validación.
Si el emprendedor no presenta la documentación en la forma establecida ni diligencia la declaración de aceptación de las condiciones y políticas de manejo confidencial, inhabilidades e incompatibilidades, el plan de negocio no será acreditado
En todo caso, la ocurrencia de una inhabilidad o incompatibilidad dará por terminado en cualquier etapa el proceso.
El sistema de información del Fondo Emprender xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx será el único mecanismo válido de comunicación y notificación entre el Fondo Emprender y el emprendedor, por lo tanto, con la presentación del plan de negocio, el emprendedor acepta a esta como mecanismo legal de notificación.
Es responsabilidad del emprendedor, mantener actualizado los datos de contacto en el sistema de información del Fondo Emprender.
2.5. CRITERIOS A UTILIZAR PARA EVALUAR LOS PLANES DE NEGOCIO.
El proceso de evaluación de los planes de negocio, registrados en el sistema de información del Fondo Emprender, estará a cargo del operador de los recursos del Fondo Emprender, previa definición y validación del perfil de los evaluadores por parte del Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA.
La evaluación tiene por objeto establecer las siguientes condiciones:
Viabilidad técnica, operativa y medición del riesgo del plan de negocio.
Viabilidad financiera dada por los indicadores, tales como, valor presente neto y tasa interna de retorno.
Viabilidad jurídica del plan de negocio, entendida como cumplimiento de los requisitos de sanidad, ordenamiento territorial, ambientales, laborales u otros a que haya lugar dentro de la normatividad específica de cada sector, además de la normatividad propia de cada región.
Metas en generación y sostenibilidad de empleo productivo de manera directa, confiriendo mayor puntaje al plan de negocio que más empleo genere.
La pertinencia y necesidad de los empleos generados por el plan de negocios, su tipo de vinculación y proyección en el tiempo de ejecución.
Vinculación de un aprendiz bajo la modalidad de cuota voluntaria, en los términos del marco legal vigente.
Posibles aportes, especificados en el plan de negocio, que hará el emprendedor o equipo emprendedor en especie o como recursos monetarios para su ejecución.
Estructura y coherencia de la propuesta en términos de los antecedentes, justificación, estudio y avances en la validación xxx xxxxxxx, resultados esperados, esquema de ejecución del presupuesto y producto mínimo viable para los planes de negocio del sector de tecnología.
Forma en que el plan de negocio se relacionará con los sectores establecidos en la Política de Desarrollo Productivo de acuerdo con las prioridades de la región en la que se desarrollará la actividad empresarial.
Compatibilidad con el desarrollo sostenible del país, generando alternativas que favorezcan la preservación del medio ambiente.
Valoración del nivel de competencia del equipo humano asignado al proyecto y necesario en la puesta en marcha de la empresa.
Estrategia de vinculación del proyecto con el ecosistema local de emprendimiento, en términos de participación y promoción de la industria de apoyo a emprendedores
En los casos en que haya lugar, los evaluadores solicitarán dentro del periodo de evaluación, información aclaratoria y/o complementaria a los emprendedores, quienes tendrán un plazo de tres (3) días calendario, contados a partir de la fecha de la solicitud, para aportar la información. De no recibirse la información y documentación solicitada en el término establecido, se entenderá que se ha desistido de la solicitud y el informe de evaluación hará referencia a esta situación. Este procedimiento se hará a través del sistema de información del Fondo Emprender.
Los planes de negocio que no reúnan los requisitos establecidos o cuya información sea inexacta o no verídica o que sean presentados por emprendedores que no cumplan con las condiciones para ser elegibles como beneficiarios del Fondo Emprender, serán descalificados y, en consecuencia, estos planes de negocio no serán evaluados y en caso que sea procedente se compulsaran copias ante las autoridades competentes.
Los planes de negocio que no reúnan los requisitos establecidos, o cuya información sea inexacta o no verídica, o que sean presentadas por emprendedores que no cumplan con las condiciones para ser beneficiarios del Fondo Emprender, serán descalificados; en consecuencia, estos planes de negocio no serán evaluados.
Los planes de negocio que tienen concepto de viabilidad, pero que no fueron objeto de priorización y jerarquización para la asignación de recursos, en caso de presentarse a nuevas convocatorias del Fondo Emprender deberán surtir todas y cada una de las etapas de la misma compitiendo nuevamente en igualdad de oportunidades a los demás participantes.
2.6. PONDERACIONES DE EVALUACION PLANES DE NEGOCIO
PONDERACIONES DE EVALUACION PLANES DE NEGOCIO
¿QUIEN ES EL PROTAGONISTA? |
Puntaje máximo |
|
IDENTIFICACION XXX XXXXXXX OBJETIVO |
Se tiene claridad del perfil del cliente y/o consumidor a atender, junto con su ubicación geográfica |
20 |
NECESIDAD DE LOS CLIENTES |
Se ha identificado las necesidades y/ o motivaciones a satisfacer del cliente? |
20 |
Total |
40 |
¿EXISTE OPORTUNIDAD EN EL MERCADO? |
Puntaje máximo |
|
FUERZA XXX XXXXXXX |
Define los aspectos más importantes xxx xxxxxxx? |
10 |
Establece el comportamiento de cada uno de los segmentos xxx xxxxxxx? |
10 |
|
TENDENCIAS XXX XXXXXXX |
Define las principales tendencias que afectan el mercado? |
30 |
Identifica las normas técnicas, tributarias, legales y de otro orden afectan al negocio? |
10 |
|
Tiene claridad sobre como la situación del sector afecta al negocio? |
30 |
|
Establece como participan los diferentes actores en el mercado local? |
30 |
|
COMPETENCIA |
Define los principales competidores en el mercado? |
20 |
Establece
las ventajas y desventajas de los competidores? |
20 |
|
Identifica la propuesta de valor que tienen los competidores? |
20 |
|
Total |
180 |
¿CUAL ES MI SOLUCIÓN? |
Puntaje máximo |
|
PROPUESTA DE VALOR |
Identifica como solucionar los problemas y/ necesidades de los clientes? |
20 |
Define claramente el concepto del negocio? |
20 |
|
Las propuesta de valor está acorde con las necesidades de los clientes? |
40 |
|
Establece el aspecto innovador del negocio? |
20 |
|
El modelo de negocio se puede replicar? |
20 |
|
VALIDACIÓN XXX XXXXXXX |
Explica la metodología utilizada para la validación xx xxxxxxx? |
20 |
Muestra los resultados obtenidos de la validación xx xxxxxxx? |
30 |
|
La
validación xx xxxxxxx esta acorde con el tipo de negocio y |
30 |
|
ANTECEDENTES |
Evidencia avances técnicos, legales y comerciales en el desarrollo del negocio? |
15 |
Cuenta actualmente con un producto mínimo viable validado en el mercado? |
15 |
|
Menciona su experiencia previa relacionada con el tipo de negocio |
10 |
|
Total |
240 |
¿CÓMO DESARROLLO MI SOLUCIÓN? |
Puntaje máximo |
|
CONDICIONES DE COMERCIALIZACION |
Define claramente como el negocio generara ingresos y la frecuencia de los mismos? |
10 |
Establece condiciones de comercialización acorde con los clientes potenciales? |
20 |
|
Se identifica el canal de comercialización a utilizar para la venta de productos y/o servicios |
20 |
|
Se explica la metodología para la fijación de los precios de venta? |
15 |
|
Se identifican acercamientos con los clientes potenciales? |
15 |
|
NORMATIVIDAD |
Describe como aplica la normatividad que regula al negocio |
10 |
Establece los costos y trámites necesarios para cumplir con la normatividad descrita ? |
10 |
|
OPERACIÓN DEL NEGOCIO |
Las condiciones técnicas de la infraestructura y el sitio de operación de negocio están acorde con lo que se requiere según la normatividad |
15 |
Se evidencia el cumplimiento de parámetros técnicos conforme al tipo de negocio? |
10 |
|
Las fichas técnicas describen adecuadamente las características y parámetros requeridos? |
15 |
|
Se describe claramente el proceso de producción, indicando los responsables, tiempos y equipos requeridos para cada una de las actividades |
15 |
|
La capacidad de producción está acorde con el tamaño propuesto del negocio, partiendo de las ventas proyectadas? |
15 |
|
El programa de producción está acorde con la capacidad de producción y las variables técnicas? |
15 |
|
Los requerimientos de materias primas e insumos están acorde con lo que se requiere para la operación del negocio y el plan de producción propuesto? |
15 |
|
EQUIPO DE TRABAJO |
Existe complementariedad en los perfiles del equipo de trabajo propuesto y guardan relación con el tipo de negocio |
35 |
La estructura organizacional propuesta es la idónea para el funcionamiento de la empresa? |
15 |
|
Total |
250 |
¿CUÁL ES EL FUTURO DE MI NEGOCIO? |
Puntaje máximo |
|
ESTRATEGIAS DE COMERCIALIZACIÓN |
Se tiene la claridad sobre las actividades, responsables y costos relacionados para llevar a cabo las estrategias de comercialización? |
20 |
Las actividades propuestas dentro de las estrategias de comercialización están acorde con el mercado objetivo? |
40 |
|
PERIODO IMPRODUCTIVO |
Es claro el tiempo improductivo que se requiere para el arranque de la empresa y para empezar a vender de acuerdo al tipo de negocio? |
15 |
Se definen con claridad las fuentes de financiación para el periodo improductivo? |
15 |
|
Se tiene en cuenta el tiempo, tramites y recursos para la puesta en marcha del negocio conforme al sector productivo? |
10 |
|
SOSTENIBILIDAD |
El plan de negocios presenta fuente de ingresos sostenibles en el largo plazo? |
30 |
La estructura de costos se adecua al modelo de negocios propuesto? |
30 |
|
La operación del negocio es rentable en el horizonte de tiempo proyectado? |
15 |
|
Existe claridad sobre la estimación de los márgenes de ganancia por producto? |
15 |
|
Total |
190 |
¿QUÉ RIESGOS ENFRENTO? |
Puntaje máximo |
|
RIESGOS |
Define los factores externos que pueden afectar la operación del negocio? |
20 |
Existe un plan de acción para mitigar esos riesgos? |
80 |
|
Total |
100 |
2.7. CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN Y JERARQUIZACIÓN PARA LA ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS
Una vez superada la etapa de evaluación, los planes de negocio clasificados como viables, serán priorizados y jerarquizados por la Comisión Nacional Técnica del Fondo Emprender, de acuerdo con los siguientes criterios:
Número de empleos directos o indirectos generados con la iniciativa empresarial +
Estudio xx xxxxxxx
Sostenibilidad del proyecto
Iniciativas empresariales que generen desarrollo en los departamentos y regiones con menor grado de crecimiento empresarial e industrial
Los demás criterios de elegibilidad determinados por el Consejo Directivo Nacional
CAPITULO III - ASIGNACIÓN DE RECURSOS
3.1. PRESUPUESTO DISPONIBLE PARA LA CONVOCATORIA
Esta convocatoria cuenta con un presupuesto asignado de TRES MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS MONEDA LEGAL ($3.475.000.000).
El Consejo Directivo del Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA podrá ampliar el valor asignado a la convocatoria para la financiación de aquellos planes de negocio, que una vez superada la etapa de evaluación, fueron clasificados como viables, pero no obtuvieron recursos.
3.2. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS
Asignación de los recursos. La decisión de financiación de los planes de negocio será tomada por el Consejo Directivo Nacional xxx XXXX, fundado en las recomendaciones que entregue la Comisión Nacional Técnica del Fondo Emprender, teniendo en cuenta la priorización y jerarquización de los planes de negocio y la disponibilidad de recursos que existan en cada una de las convocatorias.
Los resultados serán publicados por FONADE en la página Web del Fondo Emprender xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.
3.3. DESEMBOLSO DE RECURSOS
Una vez asignados los recursos y aceptadas las condiciones para el desembolso por parte de los beneficiarios, el operador de los recursos del Fondo Emprender procederá, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes, a elaborar el contrato y cargarlo al sistema de información del Fondo Emprender con los recursos a favor de los beneficiarios.
Los beneficiarios podrán descargar el contrato desde la página web habilitada para ello. El original del contrato deberá ser devuelto al operador de los recursos del Fondo Emprender dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su recibo, debidamente firmado, autenticado y adjuntando los siguientes anexos:
Pagaré en blanco a favor xxx XXXX, firmado por todos los beneficiarios en calidad de deudores solidarios, junto con su carta de instrucciones.
Autorización del encargo fiduciario.
Modelo de contrapartidas.
Los demás documentos que se determinen en el instructivo de perfeccionamiento de contrato.
El plazo para la remisión de los documentos contemplados en el presente artículo podrá ser ampliado por una única vez, hasta por un término de cinco (5) días hábiles, por solicitud escrita del emprendedor debidamente justificada, la cual deberá ser autorizada por del operador de los recursos del Fondo Emprender, previo al vencimiento del plazo inicial.
De no recibirse los documentos en el plazo establecido se entenderá que el emprendedor desiste de la financiación del plan de negocio y no procederá contra ello reclamación alguna.
El emprendedor asumirá el costo y la responsabilidad de la constitución legal de su empresa y demás trámites ante la DIAN, por su propia cuenta y riesgo, sin derecho a ningún tipo de reembolso. Para estos fines el emprendedor presentará para validación y revisión de la interventoría, en la primera visita, los documentos de constitución y el respectivo certificado de existencia y representación legal de la empresa, la cual deberá estar constituida solamente por los beneficiarios del plan de negocio. De no cumplir con esta obligación se dará por terminado el contrato.
En la primera visita de interventoría, el emprendedor deberá diligenciar el contrato de garantía mobiliaria o el que cumpla sus veces, sobre los bienes que se adquieran con los recursos del Fondo Emprender. Así mismo, durante la ejecución, el emprendedor deberá suscribir lo anexos de este contrato.
3.4. SEGUIMIENTO Y ACOMPAÑAMIENTO A BENEFICIARIOS
Los centros de formación profesional del Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, las instituciones de educación aprobadas por el Estado, las aceleradoras de empresas y las incubadoras de empresas, así como las demás entidades a que se refiere el presente reglamento, deberán cumplir con las etapas contempladas en el artículo 10 del Acuerdo 0006 de 2017.
3.5. SUPERVISIÓN Y CONTROL EN EL PROCESO DE CONVOCATORIA
El proceso será ejecutado por FONADE bajo la supervisión y control xxx XXXX.
3.6. INTERVENTORIA
El operador de los recursos del Fondo Emprender deberá realizar la interventoría permanente a los planes de negocio financiados y presentar informes de gestión mensuales dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de cada mes, sobre el avance de los mismos al supervisor del contrato y a la Coordinación Nacional de Emprendimiento. Adicionalmente, debe presentar al Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA un informe de seguimiento consolidado sobre los resultados obtenidos por los planes de negocio beneficiados con los recursos del Fondo Emprender, el cual contendrá, entre otros, los indicadores de gestión propuestos en los planes de negocio.
El cumplimiento de los indicadores de gestión servirá como parámetro base para que el Consejo Directivo Nacional xxx XXXX decida sobre el reembolso total o parcial de los recursos asignados, en cuyo caso el operador de los recursos del Fondo Emprender deberá realizar las acciones necesarias para la recuperación de los mismos.
La interventoría realizará el control a los indicadores de gestión, el monitoreo a los indicadores de efectividad empresarial y verificará la observancia de las obligaciones contractuales. El monitoreo a los indicadores de efectividad empresarial tiene como fin conocer el estado de avance de las nuevas empresas y no serán requisito para determinar la condonación o reembolso de los recursos asignados.
Se consideran indicadores de gestión y resultados aquellos que están al alcance de ejecución del Emprendedor o los Emprendedores, con base en los recursos asignados. El nivel de cumplimiento de los indicadores de gestión y resultados permitirá́ determinar al Consejo Directivo Nacional xxx XXXX si solicita o no el reintegro de los recursos.
Los indicadores de Efectividad Empresarial son aquellos que muestran los avances en la operación de la nueva empresa. Estos serán monitoreados por el Fondo Emprender para conocer el estado de avance de las nuevas empresas, pero no serán determinantes en la solicitud de reintegro de los recursos por parte del Consejo Directivo Nacional xxx XXXX. Algunos indicadores de efectividad empresarial pueden ser: Monitoreo a las Ventas, Monitoreo a la Operación, entre otros.
Los mecanismos y procedimientos para la condonación total o parcial, financiación y cartera se definirán en el manual de financiación del Fondo Emprender.
Las fórmulas de cálculo para los de los indicadores de gestión empresarial y los indicadores de efectividad empresarial se definirán en el manual de operación del fondo emprender.
En el proceso de interventoría, el gerente administrador asignará un interventor por cada proyecto, quién a través de la Plataforma web de Fondo Emprender y de visitas, realizará el seguimiento a los compromisos adquiridos por el empresario según el contrato de cooperación empresarial, teniendo como base el plan de negocio y la normatividad legal vigente del Fondo Emprender, todo lo cual servirá para evidenciar por parte del Gerente administrador y las Unidades de emprendimiento el cumplimiento de los compromisos enunciados en el contrato de cooperación empresarial.
3.7. PUBLICIDAD
Esta convocatoria debe publicarse en la página Web xxx XXXX xxx.xxxx.xxx.xx, página Web de FONADE xxx.xxxxxx.xxx.xx y del FONDO EMPRENDER página Web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.
3.8. MECANISMOS DE INFORMACIÓN, CONSULTA Y SOLUCIÓN DE INQUIETUDES
Para estos efectos podrá consultar el Contact Center xxx XXXX, a través de las líneas 5925555, 5940407 (Bogotá) y 018000 910270 (resto del país), y la página Web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.