QUIENES PUEDEN PARTICIPAR. De conformidad con lo señalado en el artículo 40 de la Ley 789 de 2002, el Acuerdo 00004 de 2009 y Acuerdo 007 de 2011, por el cual se modifica el acuerdo 004 de 2009, reglamento interno del Fondo Emprender, los recursos entregados por el Fondo Emprender tendrán como objeto exclusivo financiar iniciativas empresariales, que provengan de: Estudiante SENA matriculado en un programa de Formación Titulada, que haya finalizado la etapa lectiva de un programa de formación, así como egresados de estos programas, cuyo título haya sido obtenido durante los últimos 60 meses. Estudiante que se encuentre cursando los dos (2) últimos semestres en un programa de educación superior de pregrado, reconocido por el Estado de conformidad con las Leyes 30 de 1992 y 115 de 1994 y demás que las complementen, modifiquen o adicionen. Estudiantes que hayan concluido materias, dentro de los últimos doce (12) meses, de un programa de educación superior - primer pregrado, reconocido por el Estado de conformidad con las Leyes 30 de 1992 y 115 de 1994 y demás que las complementen, modifiquen o adicionen. Técnico Profesional, Tecnólogo o Profesional Universitario, cuyo título haya sido obtenido durante los últimos 60 meses, de un programa de educación superior reconocido por el estado de conformidad con las leyes 30 de 1992 y 115 de 1994 y demás que las complementen o adicionen. Estudiantes que se encuentren cursando especialización, maestría y/o doctorado, así como egresados de estos programas, que hayan culminado y obtenido la certificación dentro de los últimos 60 meses. Estudiante SENA, del programa Jóvenes Rurales y Línea de Formación Líderes del Desarrollo, que hayan completado 200 horas del programa de formación o egresados de este programa, cuyo título haya sido obtenido dentro de los últimos 60 meses. Egresados del programa de formación SENA, para Población en situación de desplazamiento por la violencia, que hayan completado 90 horas del proceso de formación y cuyo título haya sido obtenido dentro de los últimos 60 meses. Colombianos que acrediten que han permanecido por lo menos tres años en el extranjero y que voluntariamente han retornado al País. En este caso solo bastara que dichos ciudadanos certifiquen alguno de los títulos contemplados en los numerales 4, 5 y 6 del presente artículo, sin importar el tiempo de haber obtenido el respectivo título. La presentación de un plan de negocio podrá realizarse de manera individual o asociativa. En el caso de las asociaciones esta...
QUIENES PUEDEN PARTICIPAR. De acuerdo a la reglamentación vigente, podrán acceder a los recursos del Fondo Emprender, los ciudadanos Colombianos, mayores de edad que estén interesados en iniciar un proyecto empresarial; desde la formulación de su plan de negocios o que su empresa no supere los doce (12) meses de haberse constituido legalmente en cualquier región del país y cuyos beneficiarios, acrediten al momento de aval del plan de negocios algunas de las siguientes condiciones1, según lo reglamentado en el artículo 1° Acuerdo 00010 de 2013:
QUIENES PUEDEN PARTICIPAR. Los proponentes deberán haberse constituido legalmente en el país de origen como distribuidores de ascensores y deberán acreditar su duración, la que no podrá ser inferior a la del plazo del contrato de suministro a suscribir y dos (2) años más. Además, deberán contar con las autorizaciones, licencias, certificaciones legales y permisos vigentes expedidos por las autoridades competentes, para desarrollar la actividad de distribución y suministro de ascensores en la ciudad de Santiago de Cali. Los proponentes deberán acreditar su existencia y representación legal, mediante la presentación del certificado correspondiente por la Cámara de Comercio o entidad equivalente dependiendo del país de origen, con anterioridad no mayor a treinta (30) días calendario a la fecha de cierre de la convocatoria, en la cual conste entre otras, el objeto social, las facultades del representante legal, la cuantía máxima de contratación y la fecha de vigencia de la sociedad. Si el representante legal del proponente no está autorizado para comprometer a la sociedad por el valor de la oferta o más y/o celebrar el contrato en caso de adjudicación, deberá adjuntarse la autorización del órgano correspondiente, con la presentación de la propuesta. Se admitirá la participación de Consorcios y/o Uniones Temporales, cuyos integrantes deberán cumplir las condiciones señaladas en la Ley; condiciones específicas que deben indicar en su oferta y para tal efecto deberán aportar el documento mediante el cual conforman el Consorcio o la Unión temporal. La propuesta deberá ser presentada y firmada por el representante legal o la persona legalmente autorizada para el efecto, por quienes integran el consocio o unión temporal (ya se trate de personas naturales o jurídicas). Los miembros del Consorcio o Unión Temporal deberán señalar las reglas básicas que regulen las relaciones entre ellos y su responsabilidad será solidaria frente a la Beneficencia del Valle del Cauca EICE., de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta, las condiciones de contratación y del contrato. De igual manera deberán indicar el porcentaje o grado de participación de cada uno de los integrantes en el caso de unión temporal y de responsabilidades de los miembros en el caso de consorcio. A su vez designarán el representante del Consorcio o Unión Temporal, con la firma autorizada de cada una de las partes, para lo cual deberán diligenciar y presentar el documento que para este caso se adjunta como anexo a l...
QUIENES PUEDEN PARTICIPAR. Pueden participar los interesados, personas naturales, personas jurídicas, nacionales o extranjeras con capacidad jurídica para ofertar y contratar. También pueden participar consorcios y/o uniones temporales o cualquier otra forma de asociación permitida por la ley. No pueden participar quienes se encuentren incursos en inhabilidades, conflictos de intereses, e incompatibilidades señaladas en el art. 8 Ley 80 de 1993, adicionado por el art. 18 de la Ley 1150 de 2007, así como lo dispuesto en los arts. 1 A 4 y 90 de la Ley 1474 de 2011. Se hace constar que la presentación de las ofertas por parte de los participantes, implica su declaración tácita de que se encuentran capacitados por su experiencia, idoneidad y recursos para dar pleno cumplimiento al objeto de la presente selección, bajo las condiciones establecidas en el presente pliego en caso de serle adjudicado el contrato.
QUIENES PUEDEN PARTICIPAR. En el presente proceso de contratación podrán participar personas naturales o jurídicas, nacionale s o extranjeras; promesas de sociedad futura, consorcios, uniones temporales, u otro tipo de proponente plural que surja de la celebración de contratos de colaboración o asociación, cuyo objeto social esté relacionado con el objeto del contrato a celebrar. La duración de la persona jurídica y del proponente plural debe ser igual o superior al término de ejecución del contrato, la vigencia de la garantía técnica de la que trata el anexo de especificaciones y requerimientos técnicos mínimos y tres (3) años más. La ANM verificará que los proponentes no se encuentren incursos en causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflictos de interés para celebrar o ejecutar el contrato. Para ello, revisará el boletín de responsables fiscales, el certificado de antecedentes disciplinarios, el certificado de antecedentes judiciales, el certificado de medidas correctivas y el Registro Único de Proponentes para verificar que no haya sanciones inscritas, y el portal web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxx/xxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx a efectos de constatar que se encuentre definida la situación militar del ponente, persona natural, cuando aplique, en caso de ser un proponente con calidad de persona natural.
QUIENES PUEDEN PARTICIPAR. Podrán acceder a los recursos del Fondo Emprender, los ciudadanos colombianos, mayores de edad, que estén interesados en iniciar un proyecto empresarial desde la formulación de su plan de negocio y que acrediten al momento del aval del plan de negocio, alguna de las siguientes condiciones:
QUIENES PUEDEN PARTICIPAR. Podrán participar en el presente proceso de selección pública todas las personas jurídicas, nacionales o extranjeras, de naturaleza pública o privada, consorcios y/o uniones temporales y todos los demás entes legalmente constituidos, en cuyo objeto social estén incluidos los servicios de administración de archivos y administración y custodia de títulos valores, y/o gestión documental y administración y custodia de títulos valores y/o archivística y administración y custodia de títulos valores, que tengan capacidad legal para contratar y que no se encuentren incursos en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad consagradas en las leyes colombianas vigentes. Podrán presentar propuesta personas jurídicas de manera independiente o en forma conjunta a través de Consorcios o Uniones Temporales o cualquier otra forma de asociación permitida por la Ley.
QUIENES PUEDEN PARTICIPAR. Teniendo en cuenta la naturaleza del objeto a contratar y que se cumplen los supuestos señalados en el Decreto 1082 de 2015 para limitar la convocatoria a Mipymes, podrán participar en el presente proceso y presentar propuestas exclusivamente las mipymes, ya sea de manera individual o bajo estructuras plurales. Cuando se presenten como estructura plural, deben informar en su respectiva propuesta si se presentan a través de consorcio o unión temporal, o cualquier otra forma de asociación.
QUIENES PUEDEN PARTICIPAR. En el presente proceso de contratación podrán participar personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras; promesas de sociedad futura, consorcios, uniones temporales, u otro tipo de proponente plural que surja de la celebración de contratos de colaboración, cuyo objeto social esté relacionado con el objeto del contrato a celebrar. La duración de la persona jurídica debe ser igual o superior a la vigencia del contrato y tres (3) años más. La ANM verificará que los proponentes no se encuentren incursos en causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflictos de interés para celebrar o ejecutar el contrato. Para ello, revisará el boletín de responsables fiscales, el certificado de antecedentes disciplinarios, el certificado de antecedentes judiciales, el certificado de medidas correctivas y el Registro Único de Proponentes para verificar que no haya sanciones inscritas, y el portal web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxx/xxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx a efectos de constatar que se encuentre definida la situación militar del proponente, persona natural o el representante legal de la persona jurídica, cuando aplique.
QUIENES PUEDEN PARTICIPAR. (a) Individualmente, por personas jurídicas nacionales o extranjeras con sucursal en Colombia, que se encuentren debidamente constituidas, previamente a la fecha de apertura de la Invitación Abierta, y su objeto social debe guardar relación directa con la actividad a contratar.