DESTINACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos económicos aportados en este Convenio deberán destinarse, única y exclusivamente para el desarrollo del objeto y actividades del mismo y hasta el monto otorgado para su realización, conforme al presupuesto detallado en el Estudio Previo. VIGÉSIMA CUARTA.-
DESTINACIÓN DE LOS RECURSOS. De conformidad con lo señalado en el artículo 40 de la Ley 789 de 2002, los recursos entregados por el Fondo Emprender tendrán como objeto exclusivo financiar iniciativas empresariales que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 2 del Acuerdo 00010 de 2013, el cual modifica el artículo 2 del Acuerdo 00007 de 2011, que a su vez modificó el artículo 4 del Acuerdo 0004 de 2009. “Artículo 2°.
DESTINACIÓN DE LOS RECURSOS. La Corporación Autónoma Regional, o quien haga sus veces, destinará los recursos de que trata el presente capítulo a la a la ejecución de programas y proyectos de protección o restauración el medio ambiente y los recursos naturales renovables, de acuerdo con los planes de desarrollo de los municipios del área de su jurisdicción.
DESTINACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos económicos de este Contrato deberán destinarse, única y exclusivamente para el desarrollo del objeto del mismo, de conformidad con las actividades contempladas en el Plan Operativo, revisado y aprobado por el Supervisor del Contrato, y hasta el monto otorgado para su realización, conforme al presupuesto del Estudio Previo elaborado por el MINISTERIO. VIGÉSIMA QUINTA.-
DESTINACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos del Fondo de Bienestar Social podrán ser destinados a la atención de las necesidades en las siguientes áreas:
DESTINACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos aportados por la FND deberán ser utilizados exclusivamente para la lucha contra el contrabando de los productos sujetos al impuesto al consumo, en el desarrollo de las diferentes actividades previstas en las líneas de acción del PAI. Así mismo, los procesos contractuales que se adelanten con aportes de la FND siempre deben vincular la lucha contra el contrabando de cigarrillos. CLÁUSULA NOVENA. -
DESTINACIÓN DE LOS RECURSOS. Con cargo al Fondo de Bienestar Social y de acuerdo al presupuesto aprobado, podrán pagarse o financiarse los siguientes conceptos o gastos: PARÁGRAFO. INVERSIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos del Fondo de Bienestar Social harán parte del capital de trabajo de CEMCOP y por tanto la administración hará uso de estos para la realización de las operaciones ordinarias de la entidad, sin perjuicio de que la misma administración de manera prudencial disponga de la liquidez necesaria para atender los requerimientos correspondientes a las finalidades de este fondo.
DESTINACIÓN DE LOS RECURSOS. El producido de la
DESTINACIÓN DE LOS RECURSOS. De conformidad con lo señalado en el artículo 40 de la Ley 789 de 2002, los recursos entregados por el Fondo Emprender tendrán como objeto exclusivo financiar iniciativas empresariales que cumplan con los requisitos establecidos en el Artículo 7. Beneficiarios del Acuerdo No. 0010 de 2019.
DESTINACIÓN DE LOS RECURSOS. De la totalidad de los Recursos Recaudados por el Impuesto a los Servicios de Telefonía se destinará el Diez por Ciento (10%) a la atención del Pasivo Pensional de la extinta