CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS No. 312 DE 2016.
XXXXXXXX XX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX Xx. 000 XX 0000.
CONTRATANTE: HOSPITAL REGIONAL XX XXXXXXXX E.S.E. CONTRATISTA: CREYENDO S.A.S.
OBJETO: PRESTAR SERVICIOS RELACIONADOS CON PROCESOS Y SUBPROCESOS EN MEDICINA ESPECIALIZADA EN EL ÁREA DE GINECO OBSTETRICIA, CON PERSONAL SUFICIENTE Y CAPACITADO PARA CUMPLIR CON EL OBJETO SOCIAL DEL HOSPITAL REGIONAL XX XXXXXXXX E.S.E. COMO ENTIDAD HOSPITALARIA DE II NIVEL DE ATENCIÓN DE ACUERDO A LOS OBJETIVOS, REQUERIMIENTOS, CONDICIONES Y NECESIDADES DESCRITAS EN LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA.
VALOR: CIENTO DIEZ MILLONES DE PESOS M/CTE. ($110.000.000). VIGENCIA: DOS (2) MESES A PARTIR DE LA LEGALIZACIÓN DEL
CONTRATO Y SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO Y/O HASTA AGOTAR EL PRESUPUESTO DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO.
Entre los suscritos a saber, XXXXX XXXXX XXXXXXX XXXX, mayor de edad, con domicilio en la ciudad de Duitama, identificado con la cédula de ciudadanía No. 7.226.860 expedida en Duitama, actuando en representación legal del HOSPITAL REGIONAL XX XXXXXXXX E.S.E., NIT. 891.855.039-9, en su calidad de Gerente, según Decreto de Nombramiento No. 584 del 04 xx xxxxx de 2012 y Acta de Posesión de fecha 05 xx xxxxx de 2012, debidamente facultado para celebrar contratos según Xxxxxxx Xx. 000 xx 0000 xx xx Xxxxx Directiva del Hospital Regional xx Xxxxxxxx, por una parte quien en adelante y para efectos del presente contrato se llamará el HOSPITAL y a la vez el CONTRATANTE, y por la otra, GLORIA DEL XXXXXX XXXXX XX XXXXX, identificada con la cédula de ciudadanía N° 40.019.868 expedida en Tunja, en su calidad de Representante Legal de la empresa CREYENDO S.A.S., NIT. 900.653.394-3, quien en adelante se denominará el CONTRATISTA, hemos acordado celebrar el presente contrato el cual se regirá por las cláusulas que más adelante se establecen, previas las siguientes consideraciones: 1). Que el Hospital Regional xx Xxxxxxxx E.S.E. en cumplimiento del Estatuto Interno de Contratación, procedió a adelantar el proceso de Convocatoria Pública N° 026 de 2016, cuyo objeto es Prestar servicios relacionados con procesos y subprocesos en medicina especializada en el área de gineco-obstetricia, con personal suficiente y capacitado para cumplir con su objeto social como entidad hospitalaria de II Nivel de atención de acuerdo a los objetivos, requerimientos, condiciones y necesidades descritas en los términos de referencia. 2). Que el proyecto de xxxxxxx permaneció publicado en página web desde el 07 de Octubre hasta el 11 de Octubre de 2016. 3). Que mediante Xxxxxxxxxx Xx 000 xxx 00 xx Xxxxxxx de 2016, se dio
apertura a la Convocatoria Pública No. 026 de 2016. 4). Que el pliego de condiciones definitivo permaneció publicado en página web desde el 12 de Octubre hasta el 20 de Octubre de 2016. 5). Que se llevaron a cabo todos y cada uno de los procedimientos determinados en la Convocatoria Pública No. 026 de 2016. 6). Que a la fecha y hora prescrita en el cronograma para el cierre de la Convocatoria Pública No. 026 de 2016, presento propuesta la empresa CREYENDO S.A.S. de conformidad con lo consignado en el acta de cierre de fecha 20 de Octubre de 2016. 7). Que una vez recibida la propuesta fue analizada, evaluada y calificada por el Comité de Contratación, según los parámetros de los términos de referencia. 8). Que una vez efectuada la evaluación jurídico documental, financiera, técnica y teniendo en cuenta los puntajes obtenidos por la propuesta presentada en cada uno de los ítems, el Comité de Contratación en acta de evaluación N° 022 de fecha 24 de Octubre de 2016, se recomendó a la Gerencia adjudicar el contrato a la propuesta presentada por la empresa CREYENDO S.A.S., teniendo en cuenta dicha propuesta cumple con todos los requisitos exigidos en los pliegos de condiciones. 9). Que mediante Resolución No. 377 del 28 de Octubre de 2016, se adjudicó el contrato para prestar servicios relacionados con procesos y subprocesos en medicina especializada en el área de GINECO OBSTETRICIA, con personal suficiente y capacitado para cumplir con su objeto social como entidad hospitalaria de II Nivel de atención de acuerdo a los objetivos, requerimientos, condiciones y necesidades descritas en los términos de referencia, a la propuesta presentada por la empresa CREYENDO
S.A.S. 10). Que se cuenta con la correspondiente disponibilidad presupuestal para celebrar y ejecutar el objeto contractual del presente contrato. 11). Efectuadas las anteriores consideraciones las partes acuerdan suscribir el presente contrato, contenido en las siguientes cláusulas: PRIMERA.- OBJETO: Prestar servicios relacionados con procesos y subprocesos en medicina especializada en el área de gineco-obstetricia, con personal suficiente y capacitado para cumplir con su objeto social como entidad hospitalaria de II Nivel de atención de acuerdo a los objetivos, requerimientos, condiciones y necesidades descritas en los términos de referencia. SEGUNDA.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL OBJETO: Durante la vigencia del contrato el CONTRATISTA deberá efectuar en promedio las siguientes horas:
SUBPROCESO | CIRUGIA PROGRAM ADA | CONSULTA EXTERNA | COLPOS CO PIAS | PERMANEN CIA PISO Y URGENCIAS | REFUERZO SALA DE PARTOS | JUNTA MEDICO- QUIRURGI CA | ANALISI S DE CASO Y OTRAS | COMI TES | ECOGRA FIA | TOTAL |
Gineco -obstetricia | 80 | 180 | 20 | 301 | 110 | 16 | 20 | 8 | 150 | 885 |
TERCERA.- VALOR: El valor del presente contrato será por la suma valor de CIENTO DIEZ MILLONES DE PESOS M/CTE. ($110.000.000), valor que constituye el monto que percibirá el CONTRATISTA por la realización de las actividades contratadas, siendo por lo tanto la única obligación económica que adquiere EL HOSPITAL para con EL CONTRATISTA. CUARTA.- TARIFAS: El valor de la hora a reconocer será de SESENTA Y DOS MIL CIENTO TREINTA PESOS M/CTE. ($62.130) por cada hora en que se atienda el servicio de GINECO-OBSTETRICIA. QUINTA.- FORMA DE PAGO: El Hospital Regional xx Xxxxxxxx E.S.E. cancelará el valor de los servicios efectivamente prestados dentro de los sesenta (60) días siguientes a la radicación de la factura, con el cumplimiento de las normas legales vigentes y luego de la certificación por parte del interventor o supervisor asignado. Así mismo, se requiere la presentación de la planilla oficial de pago de aportes al sistema de seguridad social del personal dependiente del
contratista, así como la copia del soporte de pago de la nómina del mes que se pretende cobrar, con el correspondiente desglose de pagos, donde se verifique por parte del supervisor y/o interventor el cumplimiento de las normas laborales aplicables al trabajador por cuenta del contratista. Igualmente, se debe acompañar una certificación del revisor fiscal y/o contador que haga constar los pagos de Seguridad Social y parafiscales oportunamente. PARAGRAFO UNO: Los aportes de seguridad social, parafiscales y pagos salariales deberán estar acordes a lo contemplado en la normatividad vigente. PARAGRAFO DOS: El servicio se prestará hasta agotar el monto asignado para el presente contrato. PARAGRAFO TRES: El Hospital pagará hasta el monto contratado únicamente las horas requeridas y efectivamente ejecutadas por el contratista, certificadas por el interventor o supervisor designado. PARAGRAFO CUATRO: EL CONTRATISTA asumirá los costos de las glosas que se presenten en la prestación del servicio cuando se compruebe que dichas glosas obedecen a negligencia o conducta no justificada de los asociados adscritos al contratista, o a conductas no concordantes con la lógica científica. Dicho valor será descontado de los valores que el Hospital adeude al CONTRATISTA, quien a su vez manifiesta que conoce y acepta las condiciones que para la prestación del servicio, tiene establecidas el HOSPITAL. PARAGRAFO CINCO: El Hospital Regional xx Xxxxxxxx E.S.E., se reservará el derecho de pago de la última factura del contrato en vigencia hasta que no se presente la correspondiente acta de liquidación, que es trámite inherente de las obligaciones del contratista y que se rige por los estipulado en el Acuerdo 03 de 2014 y la ley. SEXTA.- TÉRMINO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: El término de ejecución del presente contrato será de DOS (2) MESES A PARTIR DE LA LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO Y SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO Y/O HASTA AGOTAR EL PRESUPUESTO DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA
PRIMERO. SEPTIMA.- IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: Las erogaciones que se causen por razón del pago de éste contrato se efectuarán con cargo al presupuesto de la vigencia fiscal 2016, Rubro Presupuestal 22010398 OTRAS COMPRAS DE SERVICIOS PARA LA VENTA, según X.X.X. Xx. 000 xxx 00 xx Xxxxxxx de 2016, expedida por el Profesional Universitario - Presupuesto. OCTAVA.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. ESPECIFICAS: En desarrollo del presente contrato el Contratista se obliga para con el Hospital a cumplir con las siguientes actividades: A). CONSULTA ESPECIALIZADA: Se prestará en las instalaciones del Hospital con la intensidad mensual que se indica para la especialidad. Las jornadas de consulta serán máximo de 6 horas (18) pacientes, Posterior a lo cual deberá dejarse un lapso de descanso para una nueva jornada por parte del mismo especialista o en forma continua por otro especialista. Las consultas serán asignadas en la central de citas, a razón de tres (3) consultas por hora, en los días y/o horarios que se establezcan y/o se pacten con los contratistas. Serán obligaciones de los contratistas para la prestación de los diferentes servicios, las siguientes: 1). Prestar los servicios en concordancia con las necesidades de horas/proceso que se requieran para cubrir adecuadamente las diferentes áreas, de acuerdo con las normas propias de la profesión o actividad y con los profesionales incluidos en la propuesta presentada al Hospital. 2). Diligenciar documentos para facturación, estadística, historias clínicas, en forma legible, con la firma de quien diligencia y con sello. (obligatorio). 3). Solicitar a los pacientes la autorización del servicio solicitado expedido por la entidad a la cual esté afiliado y documento de identidad. 4). El especialista deberá registrar la respectiva valoración y avalarla con su firma y sello. 5). Realizar únicamente los procedimientos autorizados por el Hospital, garantizando la oportunidad y calidad en la prestación del servicio. 6). Respetar las Normas y reglamentos del HOSPITAL, sin perjuicio de la
autonomía, independencia e iniciativa de los profesionales en concordancia con la lógica científica. 7). Diligenciar las historias clínicas con letra legible y clara, evitando el uso de siglas o abreviaturas no convencionales, anotando la fecha y hora de la valoración y registrando su firma y sello. La historia Clínica deberá ser diligenciada en su totalidad incluyendo motivo de consulta, anamnesis, examen físico. Impresión diagnóstica y conducta a seguir. Firma y sello de quien diligencia. 8). Diligenciar completamente las solicitudes de exámenes, procedimientos y/o interconsultas que requieran los pacientes, incluyendo en estas el diagnóstico del paciente. Igualmente diligenciar los formatos de referencia o contrarreferencia según se requiera. 9). Efectuar la formulación en forma clara prescribiendo los medicamentos en nombre genérico, presentación, concentración, cantidad, forma de administración y periodicidad, incluyendo diagnóstico del paciente. Para el caso de los medicamentos de control especial deberá dar estricto cumplimiento a las normas de prescripción, incluyendo su formulación en los formatos especialmente diseñados para tal fin. 10). Diligenciar los RIPS (Registros individuales de prestación de servicios), en los que se señale, los diagnósticos Codificados en concordancia con la CLASIFICACION INTERNACIONAL DE ENFERMEDADES (CIE 10) y la resolución Nº
3374 del 2000. Igualmente se deberán llenar los formularios especialmente diseñados para registro de enfermedades de Notificación obligatoria, accidentes de tránsito, accidente de Trabajo y de escolares, maltrato infantil y violencia intrafamiliar. (cuando apliquen). 11). Responder y velar por el buen uso y mantenimiento de los bienes, elementos y equipos entregados por el HOSPITAL, para el desarrollo del objeto contractual y en ejercicio de las actividades convenidas y a no utilizarlos para fines o en lugares diferentes a los estipulados. 12). Seguir los protocolos de atención que para el servicio tiene establecidas el hospital y participar en su revisión, construcción, socialización y adherencia. 13). El contratista deberá garantizar que las conductas y manejos adoptados para cada paciente que consulta al respectivo servicio serán tomadas en concordancia con la lógica científica por el y/o los profesionales adscritos y relacionados en la propuesta presentada, quienes serán los únicos responsables del manejo de los pacientes. 14). Usar la correspondiente bata blanca en el desarrollo de la consulta. 15). Brindar en forma puntual, oportuna y eficaz la atención que demande cada paciente, dando un trato cordial y humanizado. 16). Al momento de terminar la consulta se deberá registrar en la historia clínica las recomendaciones dadas al mismo, los cuidados que debe tener, los signos de alarma, la medicación con la cual debe proseguir y el tiempo dentro del cual debe asistir a control. 17). Participar en los diferentes comités en los que sea requerido su concurso. 18). Diligenciar completamente el consentimiento informado de conformidad con el formato establecido por el Hospital para todas las actividades, intervenciones y procedimientos que se realicen a los pacientes. 19). Comunicar previamente al paciente los procedimientos e intervenciones, los riesgos y complicaciones que pueden surgir durante el procedimiento y el debido cuidado. B). PERMANENCIA: La permanencia en el servicio se efectuará en turnos preferencialmente de seis (6) o de doce (12) horas, con programación previamente pactada con el Hospital y en concordancia con las necesidades de horas/proceso que se requieran para cubrir adecuadamente los diferentes áreas, de acuerdo con las normas propias de la profesión o actividad. No obstante lo anterior, la duración de los turnos podrá flexibilizarse principalmente para los fines de semana y festivos. En desarrollo de la permanencia el especialista deberá: 1). Cumplir la permanencia, con presencia real del especialista o prestador del respectivo servicio, dentro de la Institución durante todo el tiempo de turno. El inicio y terminación del turno debe ser a la hora acordada y no otro, de acuerdo a la
programación establecida en coordinación con la Subgerencia Científica del Hospital Regional xx Xxxxxxxx E.S.E. 2). Realizar Interconsultas, Valoraciones, Atención Intrahospitalaria; Realizar Juntas Quirúrgicas y tratamientos médicos y/o Quirúrgicos, efectuar exámenes, procedimientos y actividades propias de cada área o profesión contratada, acorde a las necesidades de cada paciente que se halle dentro del respectivo servicio. 3). Pasar la revista del servicio en cada Turno. (2 veces al día). 4). Diligenciar las historias clínicas con letra legible y clara, evitando el uso de siglas o abreviaturas no convencionales, anotando la fecha y hora de la valoración y registrando su firma y sello. La historia Clínica deberá ser diligenciada en su totalidad incluyendo motivo de consulta, anamnesis, examen físico. Impresión diagnóstica y conducta a seguir. Firma y sello de quien diligencia. 5). Diligenciar la epicrisis, la descripción quirúrgica con letra legible, en la que se registren el estado del paciente a su ingreso, el diagnostico efectuado, el tratamiento instaurado, las cirugías y/o los procedimientos realizados y las ayudas diagnósticas solicitadas, la evolución del paciente y su condición al salir, junto con las recomendaciones y/o controles a seguir. Igualmente diligenciar los formatos de referencia o contrarreferencia según se requiera. 6). Para el caso de Ginecología será obligatorio el diligenciamiento del partograma consignado en el formato del CLAP de la OMS. 7). Los diagnósticos deberán ser Codificados en concordancia con la CLASIFICACION INTERNACIONAL DE ENFERMEDADES (CIE 10) y la resolución Nº 3374 del 2000. Estos documentos deben ser firmados y avalados con registro médico y sello. 8). Realizar únicamente los procedimientos autorizados por el Hospital, garantizando la oportunidad y calidad en la prestación del servicio. 9). Respetar las Normas y reglamentos del HOSPITAL, sin perjuicio de la autonomía, independencia e iniciativa del profesional y demás personal requerido en las gestiones o actividades encomendadas, en concordancia con la lógica científica. 10). Llenar los formularios especialmente diseñados para registro de enfermedades de Notificación obligatoria, accidentes de tránsito, accidente de Trabajo y de escolares, maltrato infantil y violencia intrafamiliar. Estos documentos deben ser firmados y avalados con registro médico y sello. 11). Responder y velar por el buen uso y mantenimiento de los bienes, elementos y equipos entregados por el HOSPITAL, para el desarrollo de las actividades convenidas y a no utilizarlos para fines o en lugares diferentes a los estipulados. 12). Seguir los protocolos de atención que para el servicio tiene establecidos el hospital. 13). EL especialista se compromete a tener disponibilidad cuando se presente eventos con Múltiples heridos, catástrofes Naturales o situaciones de urgencias de gran magnitud que requieran de su concurso. Las horas adicionales que se necesiten se facturarán en concordancia con los requerimientos efectuados y se cancelarán con la cuenta del mes en el que se generaron. 14). El contratista deberá entregar al Hospital la programación de personal que cubrirá los diferentes servicios, a fin de poder efectuar un seguimiento a la adecuada marcha del servicio. En la eventual que uno de los profesionales por razones de fuerza mayor o caso fortuito no pueda hacerse presente, El contratista deberá garantizar el cubrimiento del servicio con uno de sus profesionales adscritos. 15). Usar la correspondiente bata blanca en el desarrollo de la permanencia. 16). En la eventualidad en que ingresen más profesionales o sustitución por renuncia de uno de ellos durante el transcurso del contrato, estos cumplirán los mismos requisitos que se exigen y su ingreso deberá comunicarse a la subgerencia científica, anexando la hoja de vida y los correspondientes soportes. 17). Participar en los diferentes comités en los que sea requerido su concurso. 18). Dar contestación a las observaciones o glosas que se efectúen al servicio. En la eventualidad en que estas glosas obedezcan a negligencia u omisión en el cumplimiento
de los deberes se descontarán de la suma adeudada. 19). Comunicar a la subgerencia científica los inconvenientes o dificultades que surjan en desarrollo del contrato. 20). Xxxxxxx en forma OPORTUNA Y EFICAZ la atención que demande cada paciente, dando un trato cordial y humanizado. C). CIRUGIA PROGRAMADA: El servicio de cirugía programada se prestará tanto en forma ambulatoria como con internación de acuerdo a la complejidad de la intervención, a razón de Cuatro (4) a ocho (8) horas por jornada quirúrgica para cada especialidad, con la intensidad en horas que se describe en el formato anexo, pudendo flexibilizarse en concordancia con la demanda de cirugía que se tenga. Para el desarrollo de la programación quirúrgica se deberán tener en cuenta las siguientes observaciones: 1). Cada especialidad tendrá días quirúrgicos previamente asignados en concordancia con el volumen de cirugía que esté manejando. 2). Solo podrá realizar las cirugías que se puedan efectuar con los recursos técnicos y humanos disponibles. 3). Deberá llevarse un registro de las cirugías pendientes de programar, en el que se incluya nombre del paciente, edad, identificación, tipo de EPS, diagnóstico, Intervención quirúrgica a realizar, duración, tipo de anestesia requerida, profesional que intervendrá. Este registro se verificara cada mes para cada especialidad, para efectuar la programación quirúrgica del siguiente mes. 4). Se deberán llenar las boletas de programación de cirugía en forma oportuna para que sean conocidas por la jefe del servicio. 5). Dado que el tiempo quirúrgico asignado estará en concordancia con la demanda de cirugía realmente programada, queda claro que la institución se evitará reconocer tiempo quirúrgico, por cirugías no programadas y/o mal programadas. 6). Para el cálculo de los tiempos quirúrgicos estos se podrán basar en la duración promedio de las cirugías realizadas en la institución teniendo presente el tiempo de preparación de la sala entre una cirugía y otra. 7). Respetar Las normas y protocolos xx Xxxxx de Cirugía que la Institución tiene establecidas. 8). Dar Inicio a las Cirugías y/o procedimientos quirúrgicos en la hora establecida y/o programada. 9). Llenar con letra clara y legible todos los registros clínicos que la institución tenga establecidos en especial, la nota operatoria, la descripción quirúrgica y los registró anestésicos. 10). Realizar la adherencia a los protocolo de asepsia y antisepsia de área quirúrgica y dar cabal cumplimiento a las normas de bioseguridad y a los protocolos xx Xxxxx de cirugía. 11). Al momento de dar salida a los pacientes se deberá registrar en la historia clínica las recomendaciones dadas al mismo, los cuidados que debe tener, los signos de alarma, la medicación con la cual debe proseguir y el tiempo dentro del cual debe asistir a control. 12). Responder y velar por el buen uso, mantenimiento y custodia de los bienes existentes en el servicio para el desarrollo del objeto contractual y en ejercicio de las actividades convenidas y a no ser utilizados para fines y lugares diferentes a los estipulados. 13). Seguir los protocolos de atención que para el servicio tiene establecido el Hospital, en especial la adhesión en la presentación personal con el uso adecuado de uniformes, batas, ropa quirúrgica de acuerdo con el modelo institucional establecido. 14). Diligenciamiento completo del consentimiento informado de conformidad con el formato establecido por el Hospital para todas las actividades, intervenciones y procedimientos que se realicen a los pacientes. 15).Comunicar previamente al paciente los procedimientos e intervenciones, los riesgos y complicaciones que pueden surgir durante el procedimiento y el debido cuidado. D). JUNTA QUIRURGICA: El hospital reconocerá horas por la realización de juntas quirúrgicas, regularmente con el concurso de 3 o más especialistas. A esta junta se deberán llevar los casos especiales de pacientes, en los cuales la decisión debe tomarse por grupos interdisciplinarios o con el criterio y juicio de varios especialistas de un área determinada. El hospital se abstendrá de reconocer horas por este concepto cuando no
exista un criterio de peso que soporte la realización de tales juntas. E). ASISTENCIA A COMITES Y OTRAS ACTIVIDADES: El hospital reconocerá y pagará la asistencia a los diferentes comités a los que asista el especialistas tales como Comité de Infecciones, Comité de vigilancia epidemiológica, Comité de Farmacia y Terapéutica, Comité de transfusiones, Comité de Historias clínicas, Comité de Ética, Técnico científico, caso clínico patológico o estudios de casos clínicos. Igualmente reconocerá horas para la revisión y actualización de protocolos previa presentación de los documentos que acrediten el consenso medico y la adherencia. PARAGRAFO 1: Cuando se verifique por parte del Hospital que el especialista no permaneció en el servicio durante el tiempo solicitado por el hospital o se presente al turno o a la consulta con posterioridad a la hora señalada, el hospital tendrá la facultad para descontar las horas o el tiempo no cumplido. PARAGRAFO 2: Cuando se presenten glosas que obedezcan a negligencia u omisión en el cumplimiento de los deberes o actividades contratadas, el valor glosado será descontado de la cuenta del mes en que se reportaron. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA GENERALES: Serán obligaciones generales del Contratista: 1). Asumir, reconocer y pagar, dentro de los plazos establecidos por la Ley, todas las acreencias salariales y/o prestacionales así como todos los aportes parafiscales que se contraigan con los profesionales asignados al Hospital para el desarrollo del objeto del contrato. 2). Tener todo el personal afiliado, al Sistema General de Seguridad Social, por tanto el contratista presentará los aportes dentro de los plazos xx Xxx a las entidades afiliadas al Sistema de Seguridad Social. 3). Actuar como representante legal y judicial ante todas las autoridades judiciales y/o administrativas, en cualquier proceso judicial o extrajudicial que pudiere resultar como consecuencia de las actividades desarrolladas por su personal dentro del Hospital; en ningún caso el Hospital será llamado en garantía ni actuará solidariamente. 4). Verificar y garantizar que todo el personal, específicamente para el área asistencial, ha sido vacunado para enfermedades tales como: Hepatitis B, Triple Viral, Tétanos. 5). Disponer del personal que cumpla con los perfiles (competencias, habilidades y requisitos mínimos) que la institución exija de acuerdo con los parámetros de selección y evaluación establecidos y reemplazarlo por uno equivalente, cuando a juicio del Hospital el desempeño del designado previamente, no cumpla las expectativas institucionales. 6). Coordinar que el personal asignado al Hospital cumpla de manera estricta con toda la reglamentación que regula las actividades institucionales, con especial énfasis en lo atinente a la Ética, la Calidad y el Control Interno. Lo anterior no obstante la autonomía técnica administrativa y financiera del contratista. 7). Contar con una reserva de recurso humano para proveer las vacancias que se presenten en caso de ausencia de alguno de los colaboradores (licencias, incapacidad de cualquier origen, retiro, etc.), lo anterior con el fin de no alterar la prestación del servicio. 8). Atender, durante la vigencia del contrato, de manera oportuna las necesidades de personal que requiera el Hospital; estas serán presentadas mensualmente 5 días antes de la fecha xx xxxxx pactada, indicando el nombre del perfil requerido, el área en la que desempeñara su actividad, los turnos que le corresponden y el rendimiento esperado. Por necesidades del servicio el Hospital podrá solicitar la suspensión o reubicación de un servicio y/o la cobertura por parte de algún nuevo recurso; en todos los casos se cancelará únicamente el valor de la totalidad de los servicios efectivamente prestados. 9). Realizar, en conjunto con el Hospital, en forma periódica evaluaciones de las actividades y objetivos logrados por el personal. 10). Cumplir las especificaciones técnicas y administrativas que se determinan en el presente contrato. 11). El contratista deberá notificar previamente los cambios de personal para la prestación del servicio. 12). El contratista deberá controlar y verificar que
el personal cumpla con los protocolos de atención que para el servicio tiene establecido el Hospital, en especial la adhesión en la presentación personal con el uso de uniformes y batas de acuerdo con el modelo institucional establecido. 13). El Contratista se compromete a participar de los procesos de mejoramiento de la calidad, MECI y Planes de Desarrollo Institucional. 14). El Contratista se compromete a hacer un uso y custodia adecuada de las instalaciones bienes y equipos del Hospital. 15). El Contratista se compromete a cumplir el total de las actividades programadas para el servicio. 16). El Contratista se compromete a dar cumplimiento de los protocolos, procesos y procedimientos aprobados por el Hospital para cada servicio. Participar en el proceso de construcción y actualización. 17). El Contratista se compromete a cumplir y garantizar los procesos de asepsia, antisepsia, circulación de áreas y disposición adecuada de residuos hospitalarios. 18). El Contratista se compromete a adherirse a los programas especiales que maneja la institución de acuerdo el mapa de procesos. 19). El Contratista se compromete a adherirse al Plan de Salud Ocupacional incluyendo los manuales de bioseguridad. 20). El Contratista se compromete a adquirir la certificación en competencias laborales de acuerdo con las políticas institucionales y normas de salud vigentes, emitidas por las instituciones acreditadas para tal efecto. 21). El Contratista se compromete a revisar, actualizar, adaptar o adoptar las guías de manejo, protocolos y procedimientos estándar de las diez primeras causas de atención en las áreas ofertadas con los respectivos soportes de adherencia a las mismas. 22). El Contratista se compromete a adherirse al plan institucional de capacitación. Al respecto el Hospital si fuere necesario podrá sufragar algunos de los costos en los que se incurra para asegurar la calidad en la prestación del servicio de salud. 23). El contratista deberá suministrar los elementos de protección personal necesarios para sus trabajadores en cantidad y calidad requeridos. 24). El contratista se compromete a entregar a la oficina xx Xxxxxxx Humano del Hospital copia del carnet de vacunación con el esquema completo de Vacuna anti hepatitis B (3 dosis), toxoide diftérico, fiebre amarilla, triple viral y otras que se haya aplicado, examen de titulación de anticuerpos AntiHBs, del personal con el que prestará el servicio. 25). El Contratista deberá realizar los exámenes médico ocupacionales de ingreso, periódicos y de retiro a su personal, incluyendo los exámenes para clínicos específicos para el área (Frotis de sangre periférica, cuadro hemático, TSH, T4, TGO, TGP, audiometría, espirometría, optometría, evaluación ergonómica). 26). Participar activamente en las actividades de seguridad y salud en el trabajo que organice el Hospital así mismo de la Brigada de Emergencias, Comité Ambiental, Programa Hospital Verde, Plan de Gestión Integral de Residuos Hospitalarios y Similares. 27). Cumplir las especificaciones técnicas y administrativas que se determinan en éste contrato. 28). Xxxxxxx las sugerencias presentadas por el Gerente de la Empresa Social del Estado Hospital Regional xx Xxxxxxxx o su delegado. 29). Obrar con lealtad y buena fé en cada una de las etapas contractuales, evitando dilaciones y entrabamientos. 30). Informar sobre el desarrollo del contrato. 31). Firmar el contrato en las instalaciones del Hospital o delegar un apoderado para la firma y legalización del mismo. 32). Constituir y entregar la Garantía única. 33). Cancelar y entregar soporte de pago de la estampilla pro adulto mayor. 34). Firmar la correspondiente acta de liquidación al término del contrato, como prerrequisito para la realización del último pago. 35). Las demás que hayan sido ofertadas en la propuesta presentada por el contratista dentro del proceso de selección, las cuales se entenderán incorporadas al presente contrato. 36). Comunicar al HOSPITAL cualquier situación que pueda interferir con el adecuado cumplimiento del objeto contractual. 37). Cumplir las demás obligaciones inherentes a la naturaleza del servicio que aquí se
contrata. 38). EL CONTRATISTA manifiesta que conoce y acepta las condiciones que para la prestación del servicio, tiene establecidas el HOSPITAL. 39). Comunicar en forma oportuna al Hospital, todo hecho o circunstancia que le impida dar cumplimiento al objeto contractual. NOVENA.- OBLIGACIONES DEL HOSPITAL: EL HOSPITAL se compromete para con el CONTRATISTA a realizar las siguientes actividades: 1). Cancelar el valor del contrato de prestación de servicios de conformidad con la forma estipulada en el mismo, como contraprestación de los servicios contratados y efectivamente prestados. 2). Impartir las directrices y orientaciones generales para el desarrollo del contrato. 3). Suministrar al contratista la información necesaria para el cabal cumplimiento del objeto del contrato de prestación de servicios, así como los elementos y herramientas de trabajo que se requieran para éste fin. 4). Facilitarle los espacios físicos, los equipos y los elementos para el cumplimiento del objeto contractual. 5). Entregar al contratista la lista de los documentos que éste debe entregar, de conformidad con la normativa vigente. 6). Xxxxxxx todo el apoyo y colaboración para garantizar un adecuado desarrollo del objeto contractual. 7). Exigir del Contratista la ejecución idónea y oportuna del objeto del contrato. 8). Cumplir y hacer cumplir las condiciones pactadas en el presente contrato y en los documentos que de él formen parte. 9). Dar respuesta oportuna a las solicitudes presentadas por el Contratista en los términos contemplados en la Ley. DECIMA.- BIENES Y MEDIOS DE PRODUCCIÓN DEL CONTRATISTA Y DE HOSPITAL
REGIONAL XX XXXXXXXX E.S.E.: De conformidad con lo establecido en la ley, el CONTRATISTA podrá tener sus medios de producción para cumplir con las actividades ofertadas. Los bienes de la Institución que se utilicen, serán entregados por inventario, a título de comodato o préstamo de uso únicamente para ayuda del desarrollo del objeto ofertado y contratado, sin poder utilizarlo en actividad diferente, haciéndose responsable de los mismos, según lo establecido legalmente en la materia. DECIMA PRIMERA.- SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA: El Hospital Regional xx Xxxxxxxx E.S.E. ejercerá la supervisión y vigilancia por intermedio del Subgerente Científico del Hospital, quien será responsable de la supervisión y debida ejecución del presente contrato quien tendrá entre otras las siguientes funciones: 1). Verificar que el contrato se encuentre legalizado, perfeccionado y listo para su ejecución. 2). Suscribir junto con el Contratista el acta de inicio del contrato. 3). Verificar el cumplimiento de los términos de ejecución del contrato y las fechas de cumplimiento contractual. 4). Verificar el pleno cumplimiento por parte del Contratista del objeto y las obligaciones contenidas en el contrato. 5). Impartir los cumplidos a satisfacción o cumplimiento de las reciprocidades del contrato. 6). Supervisar técnica y administrativamente el desarrollo y ejecución del presente contrato. 7). Exigir al contratista la información que considere necesaria para verificar la correcta ejecución del contrato y para ejercer de manera general el control del mismo. 8). Verificar directamente que el contratista cumpla con las condiciones de calidad del contrato según los términos pactados, y tendrá la facultad de requerir al contratista para que subsane los incumplimientos en los que incurra o pueda incurrir. 9). Realizar las pruebas y requerimientos que considere necesarios para verificar que el objeto contratado cumpla con las características técnicas exigidas en el contrato y reportar los incumplimientos y deficiencias observadas. 10). Formular al Contratista las observaciones del caso en desarrollo del objeto del contrato con el fin de analizarlas conjuntamente con el Contratista, para que éste realice las modificaciones o correcciones a que hubiere lugar para el adecuado desarrollo del objeto contractual. 11). Informar a la oficina jurídica cualquier situación o irregularidad, que altere el equilibrio económico o financiero del contrato a fin de que se estudie la situación y se adopten los mecanismos tendientes a
regular el desarrollo del objeto. 12). Informar a la Oficina Jurídica cualquier situación o irregularidad, deficiente cumplimiento o incumplimiento con la debida fundamentación a fin de que se impongan los correctivos o sanciones a que haya lugar. 13). Exigir que la calidad de los servicios contratados se ajusten a los requisitos mínimos previstos en las normas técnicas obligatorias y a las características y especificaciones estipuladas en el contrato. 14). Emitir concepto y recomendación a la administración sobre la conveniencia de prorrogas, modificaciones o adiciones al contrato, con ocho días de anticipación al vencimiento del plazo y/o duración del contrato. 15). Informar y exponer los motivos o causas por las cuales debe suspenderse o terminarse el contrato, por lo menos con ocho
(8) días de anticipación a la suspensión o terminación a la Oficina Jurídica con el fin de proceder a elaborar y suscribir el acta correspondiente. 16). Rendir los informes que le sean requeridos por la administración y aquellos que sean estipulados en el contrato. 17). En general, vigilar y controlar que el contratista cumpla con todas y cada una de sus obligaciones para el normal desarrollo del contrato. 18). Certificar el cumplimiento oportuno y total del objeto del contrato dentro de las condiciones exigidas. 19). Levantar y firmar las actas necesarias a que haya lugar. 20). Elaborar y presentar la correspondiente acta de liquidación del contrato debidamente diligenciada, informando los pagos efectuados al contratista, los saldos a favor del mismo y/o del Hospital Regional xx Xxxxxxxx E.S.E. con el ultimo informe de ejecucion del contrato. 21). Las demás que se deriven de la naturaleza del contrato y que sean inherentes al mismo. DECIMA SEGUNDA.- GARANTÍAS DEL CONTRATO: El contratista se obligará a constituir a favor del Hospital Regional xx Xxxxxxxx E.S.E. y a satisfacción del mismo, de conformidad con lo establecido en el numeral 19 del Artículo 25 de la Ley 80 de 1993 y el título 3 capítulo 1 del Decreto 1510 de 2013 y demás normas legales vigentes concordantes que rigen la materia, una PÓLIZA DE GARANTÍA ÚNICA debidamente firmada por el Representante Legal, expedida por una compañía de seguros debidamente constituida en el país o entidad bancaria, en formato para entidades estatales, con el objeto de respaldar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que surjan del mismo, que incluya los siguientes amparos: A). CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: En cuantía del veinte por ciento (20%) del valor total del contrato y con una vigencia igual al término de duración del contrato y cuatro (04) meses más. B). CALIDAD DEL SERVICIO: En cuantía del veinte por ciento 20% del valor total del contrato con una vigencia igual al término de duración del contrato y un (01) año más. C). PAGO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES LEGALES E INDEMNIZACIONES LABORALES DEL PERSONAL A CARGO DEL CONTRATISTA: En cuantía del quince por ciento (15%) del valor total del contrato con una vigencia igual al término de duración del contrato y tres (03) años más. D). RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL: Póliza global solicitada por la empresa donde incluya el personal a su cargo y con los que prestará el servicio ofertado. Equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, por el término de ejecución del mismo contrato. DECIMA TERCERA.- LUGAR DE PRESTACION DE LOS SERVICIOS: EL CONTRATISTA prestará sus servicios objeto del presente contrato en EL HOSPITAL REGIONAL XX XXXXXXXX E.S.E. DECIMA CUARTA.- RELACION LABORAL: Puesto que el CONTRATISTA ejecutará el objeto del contrato con total autonomía técnica y administrativa, queda entendido que no habrá vínculo laboral alguno entre este último y el CONTRATISTA. Igualmente las partes dejan constancia que el presente contrato no constituye contrato de trabajo entre ellas ni entre EL HOSPITAL y los dependientes del CONTRATISTA designados para ejecutar el objeto de este contrato. Por lo tanto los costos y riesgos de la contratación de empleados los asume EL
CONTRATISTA bajo su exclusiva responsabilidad. XXXXXX XXXXXX.- EXENCION DEL PAGO DE PRESTACIONES: EL CONTRATISTA no tendrá derecho a ninguna prestación distinta de lo pactado expresamente en la cláusula cuarta del presente contrato, razón por la cual con la firma del presente documento no existe ningún vínculo laboral entre HOSPITAL REGIONAL XX XXXXXXXX E.S.E y el CONTRATISTA. DECIMA SEXTA.-
PAGOS A SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES: El contratista deberá acreditar que está cumpliendo con las obligaciones de los pagos a seguridad social y parafiscales si es del caso, de acuerdo con lo establecido por el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, artículos 3 y 4 de la Ley 797 de 2003, Artículo 23 de la Ley 1150 de 2007 y demás normas concordantes vigentes en la materia, el cual es requisito indispensable para hacer cada pago derivado del presente contrato. DECIMA SEPTIMA.- CLAUSULA PENAL: El incumplimiento de las obligaciones de las partes será sancionado de conformidad con las siguientes estipulaciones: a). Si el incumplimiento es total, la parte incumplida pagará a la cumplida a título de Cláusula Penal, una suma equivalente al 10% del valor total del Contrato. b). Si el incumplimiento es parcial del CONTRATISTA éste reconocerá y pagará al HOSPITAL una suma igual al uno por ciento (1%) del valor del Contrato por cada día de retardo en el cumplimiento de la respectiva obligación, sin que supere el 10% del valor del contrato. PARAGRAFO: La imposición de multas se hará mediante resolución motivada en la cual se expresarán las causas que dieron lugar a ellas. EL HOSPITAL descontará y tomará directamente el valor de las multas de cualquier suma que le adeude al CONTRATISTA en razón del Contrato, para lo cual éste autoriza expresamente al HOSPITAL a realizar dicho descuento, hacer efectiva, en lo pertinente, la GARANTIA UNICA pactada o realizar el cobro por vía Jurisdiccional. DECIMA OCTAVA.- MULTAS: En virtud de la autonomía de la voluntad, las partes acuerdan que en caso xx xxxx o retardo en el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones señaladas en el presente contrato, a cargo del CONTRATISTA y como apremio para que las atienda oportunamente, el HOSPITAL podrá imponerle mediante resolución motivada, multas equivalentes al uno por ciento (1%) del valor total del contrato por cada día de atraso o retardo en el cumplimiento de sus obligaciones, previo requerimiento al contratista , sin que el valor total de ellas pueda llegar a exceder el diez por ciento (10%) del valor total del mismo. EL CONTRATISTA autoriza desde ya, que en caso de que el HOSPITAL le imponga multas, el valor de las mismas se descuente de los saldos a su favor. Lo anterior, salvo el caso en que el CONTRATISTA demuestre ante el Hospital que su tardanza x xxxx obedeció a hechos constitutivos de caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobados. DECIMA NOVENA.- PROCEDIMIENTOS PARA LA IMPOSICION Y COBRO DE MULTAS: El procedimiento para la imposición y cobro de las multas previstas en la cláusula anterior, será el siguiente: 1). El funcionario encargado del control de ejecución, enviará a la oficina Jurídica del HOSPITAL un informe escrito sobre los hechos que puedan constituir el fundamento para la aplicación de una multa. 2). Una vez recibido, se estudiará si tales hechos constituyen incumplimiento de las obligaciones del CONTRATISTA que ameriten la imposición y cobro de las multas pactadas. Para el efecto, se citará al CONTRATISTA con el fin de solicitarle las declaraciones y pruebas del caso y determinar su grado de responsabilidad. 3). Si el HOSPITAL considera que el incumplimiento amerita la multa, determinará su monto y lo descontará de los saldos a favor del CONTRATISTA, una vez se encuentre en firme el acto administrativo que declare el incumplimiento e imponga la multa. VIGESIMA.- LEGISLACION: El presente contrato se rige integralmente por las leyes colombianas, especialmente por las del derecho privado, sujetándose a la jurisdicción ordinaria conforme a las normas sobre la
materia, de acuerdo con el Artículo 195 de la Ley 100 de 1993, en concordancia con la Ordenanza 028 de 1999 y el Acuerdo 003 de 2014, por medio del cual se aprueba el Estatuto Interno Contractual del Hospital Regional Sogamoso E.S.E. VIGESIMA PRIMERA.- INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: El Contratista declara bajo la gravedad de juramento, que no se halla incurso en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad consagradas en la Constitución, en la Ley o del Acuerdo No. 003 de 2014. VIGESIMA SEGUNDA.- CESION Y SUBCONTRATACION: EL
CONTRATISTA no podrá subcontratar servicios de salud sin la autorización previa por parte del HOSPITAL, para lo cual se deben mantener los estándares de calidad que se exigen en éste contrato. Sin embargo EL HOSPITAL, se reserva el derecho de solicitar al CONTRATISTA que suspenda la sub-contratación de algún servicio en particular cuando éste no cumpla con los requisitos exigidos. VIGESIMA TERCERA.- INTERPRETACION, MODIFICACION Y TERMINACION DEL CONTRATO: El presente contrato queda sujeto a los principios de interpretación, modificación, terminación y a los procedimientos previstos para tales efectos en las normas legales vigentes colombianas. VIGESIMA CUARTA.- CAUSALES DE TERMINACIÓN: Además de las causales de terminación previstas en la Ley, éste contrato se terminará por las siguientes causas: a). Agotamiento de los recursos financieros contratados. b). Mutuo acuerdo entre las partes. c). Por la ocurrencia de hechos de Fuerza Mayor o Caso Fortuito que generen la suspensión del servicio en forma permanente. En cada uno de los anteriores casos se deberá realizar el acta de incumplimiento, liquidación y terminación del contrato. VIGESIMA QUINTA.- CADUCIDAD: El HOSPITAL podrá declarar la caducidad administrativa del presente contrato mediante resolución motivada y de conformidad con lo contemplado en la normativa vigente que para el caso aplique. VIGESIMA SEXTA.- SUSPENSIÓN DEL CONTRATO: Por circunstancias de Fuerza Mayor o Caso Fortuito, o por mutuo acuerdo se podrá suspender temporalmente la ejecución del presente contrato, mediante la suscripción de un acta que exprese las causas de la decisión. VIGESIMA SEPTIMA.- SOLUCION DIRECTA DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES: Las partes en aras
de buscar en forma ágil, rápida y directa la solución a las diferencias y discrepancias surgidas de la ejecución del contrato, acudirán si lo consideran pertinente a los mecanismos de conciliación y transacción conforme a lo dispuesto en el Artículo 68 de la Ley 80 de 1.993. VIGESIMA OCTAVA.- PERFECCIONAMIENTO Y REQUISITOS DE
EJECUCION DEL CONTRATO: El presente contrato se entiende perfeccionado con la firma de las partes de conformidad con el Acuerdo No. 003 de 2014. Para su ejecución se requiere previa la aprobación de la garantía si hay lugar, la existencia de la Disponibilidad Presupuestal y Registro Presupuestal correspondientes y el pago de la estampilla Pro Adulto Mayor. VIGESIMA NOVENA.- CONTRIBUCIONES: De conformidad con lo establecido en la Ordenanza No. 022 de 2012 Estatuto xx Xxxxxx del Departamento de Boyacá el CONTRATISTA deberá cancelar: 1). El valor correspondiente al 2% del valor del contrato según la base gravable, con destino a la estampilla Pro Adulto Mayor, valor que se cancelará para la correspondiente legalización del contrato (Artículo 228). 2). El valor correspondiente al 3% del valor del contrato, con destino al deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre, valor que se descontará en el momento de los pagos por parte del Hospital (Artículo 274). 3). El valor correspondiente al 3X1000 del valor del contrato, correspondiente a la estampilla Pro Seguridad Social valor que se descontará en el momento de los pagos por parte del Hospital (Artículo 258). 4). El valor del impuesto de industria y comercio (ICA), será aplicado según Acuerdo 071 del 26 de diciembre de 2006 “Por medio del cual se modifica el acuerdo 065 del 25 de diciembre de 2005 (“por medio
del cual se adopta el estatuto tributario, se compilan las normas que conforman el estatuto xx xxxxxx del municipio xx Xxxxxxxx y se ajustan y reglamentan algunos tributos”). TRIGESIMA.- GASTOS, DERECHOS E IMPUESTOS: Todos los gastos, derechos, contribuciones e impuestos Nacionales, Departamentales y Municipales que se causen con ocasión de la suscripción y ejecución del contrato, de acuerdo con las normas legales vigentes, estarán a cargo del CONTRATISTA, los cuales serán aplicados al contrato de acuerdo con la normativa vigente. TRIGESIMA PRIMERA.- LIQUIDACION: La liquidación del contrato se hará dentro de los términos indicados en el acuerdo 03 del 04 xx Xxxxx de 2014 y en su defecto en los términos xx xxx, mediante acta suscrita por las partes y el supervisor del mismo. Si el contratista se negare a suscribir el acta de liquidación, el Hospital la efectuará mediante acto administrativo. Para la liquidación del contrato será necesaria la presentación de copia del acta de recibo final y terminación de ejecución del contrato. En todo caso el trámite de liquidación del contrato se sujetará a lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007, en concordancia con el artículo 217 del Decreto Nacional No. 019 de 2012 y demás normas concordantes. TRIGESIMA SEGUNDA.- DOCUMENTOS: Forman parte integral del presente contrato los siguientes documentos: a). Propuesta del contratista presentada al proceso de Convocatoria Pública No. 026 de 2016, con los correspondientes requisitos de carácter jurídico, financiero y técnico. b). Disponibilidad y Registro presupuestal. c). Póliza de Garantía a favor del Hospital y aprobación. d). Pago de la Estampilla Pro Adulto Mayor. PARAGRAFO: Se presume la buena fé del Contratista respecto a la legalidad de los documentos que aporta así como la información que suministra al Hospital Regional xx Xxxxxxxx E.S.E. para la celebración del presente contrato. TRIGESIMA TERCERA.- DOMICILIO CONTRACTUAL: Para todos los efectos de éste contrato las partes acuerdan como domicilio la ciudad xx Xxxxxxxx, las notificaciones o comunicaciones entre las partes contratantes, deberán dirigirse a las siguientes direcciones: a). Xx XXXXXXXX, Xxxxx 0 Xx. 00X - 00, Xxxxxxxx 0000000, Xxxxxxxx. b). El CONTRATISTA, Xxxxxxx 00 Xx. 00 - 00 Xxxx 3, Teléfono 0000000000 de Tunja. En constancia se firma el presente contrato en la ciudad xx Xxxxxxxx a los veintiocho (28) días del mes de Octubre del año dos mil dieciséis (2016).
DOCUMENTO ORIGINAL FIRMADO