TÉRMINO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

TÉRMINO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. El término de ejecución del presente contrato será de DOS (2) MESES A PARTIR DE LA LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO Y SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO Y/O HASTA AGOTAR EL PRESUPUESTO DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO. SEPTIMA.-
TÉRMINO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. El plazo de ejecución es de doce (12) meses contados a partir de la suscripción del acta de inicio.
TÉRMINO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. 13 CLAUSULA 6. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO 14 CLÁUSULA 7. APROPIACIÓN PRESUPUESTAL 15
TÉRMINO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. Para iniciar la ejecución del presente Contrato se requerirá que se suscriba el Acta de Inicio por el Contratista, lo cual se realizará una vez se cumplan todas y cada una de las condiciones enunciadas en los siguientes numerales: (i) Aprobación de la Garantía Única de Cumplimiento, y la Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual previstas en el presente Contrato. Deberán presentarse dentro de los veinte (ii) La entrega por parte del Contratista, dentro de los cinco (5) Días calendario siguientes a la suscripción del Contrato, de una certificación expedida por el revisor fiscal, cuando se encuentre obligado a tenerlo, o por el representante legal en la que conste estar al día en el pago de los salarios, prestaciones sociales y parafiscales de sus empleados, en los términos establecidos por el Artículo 50 de la Ley 789 de 2002 o de las demás normas que lo modifiquen, complementen o sustituyan. (iii) Aportar el Registro Único Tributario. (iv) Expedición del Registro Presupuestal. (v) Aprobación de las hojas de vida del Personal Mínimo Obligatorio requerido, de conformidad con el Anexo Técnico 1. Las hojas de vida deberán presentarse dentro de los tres (03) Días Hábiles siguientes a la suscripción del Contrato. (vi) La suscripción por parte de la ANI del contrato de interventoría. (vii) Realizar la Entrega de la Infraestructura al Contratista. La puesta a disposición será efectuada mediante la suscripción del Acta de Inicio. (viii) En el evento de ser aplicable, la suscripción del Subcontrato de Operación y Control de Tráfico, en los términos y condiciones descritos en el literal (c) de la CLAUSULA 52. CESIONES Y SUBCONTRATOS. Si pasados treinta (30) Días contados desde la suscripción del Contrato, el Contratista no ha cumplido con los requisitos a su cargo para el inicio de la ejecución a los que se refiere la presente Cláusula, la ANI podrá iniciar el respectivo proceso administrativo sancionatorio a efectos de declarar el incumplimiento definitivo del Contrato.
TÉRMINO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. El plazo de la Concesión
TÉRMINO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. El término de ejecución del presente contrato será DEL XX DE XXXXXX AL XXXXX DE XXXXXXX DE 20XX, Y/O AGOTAMIENTO DEL PRESUPUESTO DEL
TÉRMINO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. El objeto del Contrato tendrá un término de ejecución de cuatro (4) semanas. Si con ocasión de la entrega de los productos a cargo del Contratista durante la ejecución de la Consultoría se requiere la ampliación del plazo indicado, se suscribirán las prórrogas a que hubiere lugar, sin que ello implique incremento o adición al valor del Contrato y sin que ellas superen el 50% del plazo inicial de ejecución del Contrato. La vigencia del contrato será desde su perfeccionamiento y hasta los tres (3) meses siguientes a la finalización del término de ejecución, para efectos de la liquidación.

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  • PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO Es el término comprendido entre la Fecha de Inicio de Entregas, establecida en el numeral III de las Condiciones Particulares, y la Fecha de Terminación de la Ejecución del Contrato establecida en el numeral IV de las Condiciones Particulares.

  • EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las cláusulas del presente pliego que sirve de base al contrato, sometiéndose el contratista a las facultades de interpretación, modificación y resolución del contrato establecidas por la legislación vigente. El contrato se ejecutará a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario, sin que éste pueda solicitar alteración de los precios contratados, siendo a su cargo la indemnización de todos los daños que cause al Parlamento xx Xxxxxxx o a terceros por su ejecución. En particular, el adjudicatario no podrá deducir reclamación alguna fundada en circunstancias como la tasa de absentismo o en cualesquiera otros costes laborales que deba soportar para la ejecución del contrato. Estos y otros riesgos propios de la gestión empresarial serán de su cargo. El adjudicatario deberá facilitar un gestor del contrato, como persona de contacto entre el Parlamento xx Xxxxxxx y el adjudicatario para todas las gestiones relativas a la prestación del servicio y de las incidencias que pudieran surgir. Todo el personal trabajador por cuenta del adjudicatario deberá estar amparado por el correspondiente contrato de trabajo. Dicho personal no adquirirá relación laboral alguna con el Parlamento xx Xxxxxxx, por entenderse que el mismo depende única y exclusivamente del adjudicatario, el cual tendrá todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de empresario respecto al citado personal de conformidad con la legislación laboral, sin que en ningún caso sea responsable el Parlamento xx Xxxxxxx de las obligaciones nacidas entre la empresa adjudicataria y sus empleados. El Parlamento xx Xxxxxxx podrá requerir al adjudicatario para que entregue el libro de matrícula del personal de su empresa destinado a desarrollar los trabajos contratados, así como copia de los partes de alta, baja o alteraciones de la Seguridad Social, y de las liquidaciones de las cuotas efectuadas a la Seguridad Social, modelos TC1 y TC2, o las que en el futuro puedan sustituir a los citados documentos. El personal del adjudicatario deberá contar con los conocimientos técnicos necesarios para la realización del objeto de contratación. El contratista responderá durante la ejecución del contrato de aquellos daños o perjuicios que por la inadecuada prestación del servicio puedan sufrir el mobiliario, enseres, material o cualquier elemento de las instalaciones o que les puedan ser ocasionadas a personas.

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • DURACIÓN DEL CONTRATO. PLAZO DE EJECUCIÓN 8.1.- La duración del contrato, el plazo de ejecución total, los plazos de ejecución parciales, en su caso, o la fecha de inicio del servicio son los que figuran en la letra C del Cuadro de características del contrato, son indicativos y podrán ser modificados, en su caso, como consecuencia de la licitación. 8.2.- En el supuesto de contrato de resultado, el plazo máximo de ejecución empieza a contar desde el día que se estipule en el contrato. 8.3.- En el supuesto de contratos de actividad por precio a tanto alzado o por unidades de ejecución o de tiempo, el plazo máximo de vigencia es el indicado en la letra C, o bien hasta que se haya agotado el presupuesto máximo del mismo, en el supuesto de que este hecho se produjera con antelación al cumplimiento del plazo antes señalado.

  • ACEPTACIÓN DEL CONTRATO (ARTÍCULO 25 DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO).

  • EJECUCION DEL CONTRATO La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista. El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas contenidas en el presente pliego y, en su caso, a las especificaciones técnicas unidas al expediente, bajo la dirección, inspección y control de la Administración, quien ejercerá estas facultades tanto por escrito como verbalmente. Cuando por actos u omisiones imputables al contratista o a personas de él dependientes se comprometa la buena marcha del contrato, la Administración podrá exigir la adopción de las medidas que estime necesarias para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución del mismo.

  • PLAZO DEL CONTRATO 4.1 El presente Contrato tiene una duración de un (01) año contado a partir de la fecha de su firma. 4.2 El plazo podrá ser prorrogado por el mismo período y hasta un máximo de dos (02) años adicionales mediante acuerdo escrito y expreso de las Partes.

  • Validez del Contrato El Contrato será válido cuando se realice conforme al ordenamiento jurídico y cuando el acto definitivo de Adjudicación y la constitución de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato sean cumplidos.

  • Contenido Del Contrato 1. ENTE CONTRATANTE Y ÓRGANO DE CONTRATACIÓN

  • CESIÓN DEL CONTRATO Los derechos y obligaciones dimanantes del presente contrato podrán ser cedidos por el adjudicatario a un tercero siempre que se cumplan los supuestos y los requisitos establecidos en el artículo 226 del TRLCSP.