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SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA Cláusulas de Ejemplo

SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA. Para todos los efectos del presente contrato, LA UNIVERSIDAD designará como supervisor a la Ingeniera XXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX Jefe del Departamento de Supervisión y Control de la UPTC o quien haga sus veces, quien ejercerá las funciones de supervisión y vigilancia en cuanto a la ejecución del contrato y no podrá delegar ésta función; el SUPERVISOR, en ejercicio de sus funciones, está autorizado para impartir instrucciones y órdenes al CONTRATISTA, así como exigirle la información que considere necesaria. De igual manera el SUPERVISOR ejercerá las funciones aquí señaladas respecto de los subcontratistas que previamente autorizados por escrito por LA UNIVERSIDAD empleare EL CONTRATISTA en desarrollo de este contrato. El supervisor no tendrá autorización para exonerar al CONTRATISTA de ninguna de sus obligaciones o deberes que emanen del presente contrato, ni para imponerle obligaciones distintas a las aquí estipuladas, ni para exonerarlo de ninguno de sus deberes y responsabilidades que conforme al mismo son de su cargo. Por lo tanto, el supervisor tampoco podrá impartir instrucciones al CONTRATISTA que impliquen modificación a los términos de este contrato. Las diferencias que se presenten entre el supervisor y EL CONTRATISTA serán resueltas por el Representante legal de la UNIVERSIDAD y EL CONTRATISTA, sin perjuicio de las acciones xx Xxx.
SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA. Para todos los efectos del presente contrato, LA UNIVERSIDAD designará un supervisor quien ejercerá las funciones de supervisión y vigilancia en cuanto a la ejecución del servicio contratado de conformidad con la Resolución Rectoral No. 063 de 2012, 3641 de 2014 y 5278 de 2015. El supervisor será el profesor XXXXXX XXXXX XXXXXXXXX Coordinador Contrato Interadministrativo No. 434 de 2020, de la Facultad seccional Sogamoso de la Universidad, quien, en ejercicio de sus funciones, está autorizado para impartir instrucciones y órdenes al CONTRATISTA, así como exigirle la información que considere necesaria. El supervisor no tendrá autorización para exonerar al CONTRATISTA de ninguna de sus obligaciones o deberes que emanen del presente contrato, ni para imponerle obligaciones distintas a las aquí estipuladas, ni para exonerarlo de ninguno de sus deberes y responsabilidades que conforme al mismo son de su cargo. Por lo tanto, el supervisor tampoco podrá impartir instrucciones al CONTRATISTA que impliquen modificación a los términos de este contrato. Las diferencias que se presenten entre el supervisor y EL CONTRATISTA serán resueltas por el Representante legal de la UNIVERSIDAD y EL CONTRATISTA, sin perjuicios de las acciones xx Xxx.
SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA. El Hospital Regional xx Xxxxxxxx E.S.E. ejercerá la supervisión y vigilancia por intermedio del Subgerente Científico del Hospital, quien será responsable de la supervisión y debida ejecución del presente contrato quien tendrá entre otras las siguientes funciones: 1). Verificar que el contrato se encuentre legalizado, perfeccionado y listo para su ejecución. 2). Suscribir junto con el Contratista el acta de inicio del contrato. 3). Verificar el cumplimiento de los términos de ejecución del contrato y las fechas de cumplimiento contractual. 4). Verificar el pleno cumplimiento por parte del Contratista del objeto y las obligaciones contenidas en el contrato. 5). Impartir los cumplidos a satisfacción o cumplimiento de las reciprocidades del contrato. 6). Supervisar técnica y administrativamente el desarrollo y ejecución del presente contrato. 7). Exigir al contratista la información que considere necesaria para verificar la correcta ejecución del contrato y para ejercer de manera general el control del mismo. 8). Verificar directamente que el contratista cumpla con las condiciones de calidad del contrato según los términos pactados, y tendrá la facultad de requerir al contratista para que subsane los incumplimientos en los que incurra o pueda incurrir. 9). Realizar las pruebas y requerimientos que considere necesarios para verificar que el objeto contratado cumpla con las características técnicas exigidas en el contrato y reportar los incumplimientos y deficiencias observadas. 10). Formular al Contratista las observaciones del caso en desarrollo del objeto del contrato con el fin de analizarlas conjuntamente con el Contratista, para que éste realice las modificaciones o correcciones a que hubiere lugar para el adecuado desarrollo del objeto contractual. 11). Informar a la oficina jurídica cualquier situación o irregularidad, que altere el equilibrio económico o financiero del contrato a fin de que se estudie la situación y se adopten los mecanismos tendientes a regular el desarrollo del objeto. 12). Informar a la Oficina Jurídica cualquier situación o irregularidad, deficiente cumplimiento o incumplimiento con la debida fundamentación a fin de que se impongan los correctivos o sanciones a que haya lugar. 13). Exigir que la calidad de los servicios contratados se ajusten a los requisitos mínimos previstos en las normas técnicas obligatorias y a las características y especificaciones estipuladas en el contrato. 14). Emitir concepto y recomendación a la administ...
SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA. La vigilancia del presente contrato estará a cargo de Rector LIC. XXXXX XXXXX XXXXXXXX y/o Xxx. XXXXXXXXX XXXXX OSORIO, Auxiliar Administrativo - Almacenista, quienes vigilarán y supervisarán el cabal cumplimiento de este contrato y cumplirá las demás funciones inherentes a la vigilancia del mismo.
SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA. La Supervisión y vigilancia del cumplimiento de las obligaciones surgidas con ocasión de este contrato, estará a cargo del SUBGERENTE OPERATIVO de la EMPRESA, a quien le corresponde supervisar y vigilar la debida ejecución del presente contrato por EL CONTRATISTA. Para tal efecto, tendrá las siguientes atribuciones: 1) Elaborar y suscribir Acta de Inicio; 2) Verificar que EL CONTRATISTA cumpla con las obligaciones contempladas en el presente contrato y suscribir cuando corresponda, las certificaciones de recibido a satisfacción del servicio; 3) Dejar por escrito las constancias respecto al incumplimiento de las obligaciones por EL CONTRATISTA, tan pronto como tenga conocimiento del hecho constitutivo de incumplimiento; 4) Formular por escrito a EL CONTRATISTA todas las observaciones que sean pertinentes con relación a la correcta ejecución del contrato; 5) Sugerir a LA EMPRESA, en caso de ser necesario, la suspensión temporal del contrato; 6) Suscribir Acta e Informe Final donde se registre el desarrollo del objeto contractual, los cuales harán parte integral del contrato. CLASULA
SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA. La vigilancia y control del cumplimiento de las obligaciones a cargo de EL CONTRATISTA será ejercida por los Coordinadores de Recursos Humanos y Almacén, Bienes e Inventarios de la Dirección Nacional de Derecho de Autor o por el servidor público que esté encargado de una de estas funciones, quien será responsable de certificar el cumplimiento.
SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA. Para todos los efectos del presente contrato, LA UNIVERSIDAD designará un supervisor quien ejercerá las funciones de supervisión y vigilancia en cuanto a la ejecución del servicio contratado de conformidad con la Resolución Rectoral No. 063 de 2012, 3641 de 2014 y 5278 de 2015. El supervisor será el ingeniero XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, Director de la Tecnologías de la Información y las comunicaciones de la Universidad, quien, en ejercicio de sus funciones, está autorizado para impartir instrucciones y órdenes al CONTRATISTA, así como exigirle la información que considere necesaria. El supervisor no tendrá autorización para exonerar al CONTRATISTA de ninguna de sus obligaciones o deberes que emanen del presente contrato, ni para imponerle obligaciones distintas a las aquí estipuladas, ni para exonerarlo de ninguno de sus deberes y responsabilidades que conforme al mismo son de su cargo. Por lo tanto, el supervisor tampoco podrá impartir instrucciones al CONTRATISTA que impliquen modificación a los términos de este contrato. Las diferencias que se presenten entre el supervisor y EL CONTRATISTA serán resueltas por el Representante legal de la UNIVERSIDAD y EL CONTRATISTA, sin perjuicios de las acciones xx Xxx.
SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA. Para todos los efectos del presente contrato, LA UNIVERSIDAD designará un supervisor quien ejercerá las funciones de supervisión y vigilancia en cuanto a la ejecución del Servicio contratado a la doctora ingeniera XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX de la Universidad o a quien haga sus veces; en ejercicio de sus funciones, está autorizado para impartir 5 instrucciones y órdenes al Proveedor, así como exigirle la información que considere necesaria. El
SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA. La UNIVERSIDAD por intermedio de XXXXX XXXX XXXXXX XXXX – SUPERVISOR DEL PROYECTO SGI
SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA. Para el adecuado cumplimiento del objeto de este convenio se creará un Comité Técnico de Seguimiento integrado por: a) LOS MUNICIPIOS, a través de sus representantes b) LA CAMARA DE COMERCIO, a través de su representante c) LA SECRETARIA DE TURISMO, a través de su representante Funciones del comité técnico de seguimiento: El Comité Técnico tiene las siguientes funciones: 1. Reunirse cada vez que se estime necesario, según programación del comité. Este Comité será convocado por el Municipio xx Xxx quien ejercerá la secretaria técnica del mismo. Con la den os@ba.bovaq./lov ..•W www.lla-boyaca'IO'(£O VeRSIÓN: 01. CÓtlIC,o: A-~. rOL 2. Actuar como instancia responsable de la coordinación y ejecución del Convenio. 3. Apoyar el seguimiento al desarrollo y ejecución del presente Convenio. 4. Servir como instancia de discusión y aclaración de las situaciones propias de la ejecución del Convenio como instancia inicial de solución de conflicto que se pueda presentar en su desarrollo. 5. Reunirse cada vez que se estime necesario por cualquiera de las partes, para tratar temas relacionados con: (1) la evaluación de las actividades y la gestión a desarrollar dentro de la vigencia del convenio, y (11) acordar las instrUCciones que considere necesarias y oportunas para desarrollar las actividades encaminadas a la realización del objeto del presente Convenio. 6. Las demás que de común acuerdo determine el Comité para el cabal desarrollo del Convenio. PARÁGRAFO. REGLAS DEL FUNCIONAMIENTO A. Las deliberaciones y dediciones del Comité Técnico de Seguimiento deberán constar en actas que se numeraran consecutivamente: las decisiones se adoptaran por las partes. X. Xxxxx invitarse a participar en el Comité Técnico de Seguimiento, previa consulta a los miembros, a las instituciones ylo personas expertas en los asuntos relacionados con el Objeto del Convenio, quienes estarán en la posibilidad de deliberar, pero no tendrán facultades de decisiones. C. El Comité Técnico podrá deliberar virtualmente, previa convocatoria escrita o por internet a todos y cada uno de sus integrantes, en todo caso, de las decisiones de estas reuniones. deberá constar un documento escrito.