CONTRATO DE PRÉSTAMO
CONTRATO XX XXXXXXXX
En Murcia, a
Ante mí, X. , Director de la Oficina del Gobierno Municipal del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx, en el ejercicio de las funciones que me confiere el párrafo
d) de la Disposición Adicional Octava de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases de Régimen Local, redactada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local
C O M P A R E C E N
DE UNA PARTE:
Don/ña , con NIF , en nombre y representación del AYUNTAMIENTO XX XXXXXX, con C.I.F. número P-3003000-A, como
, especialmente autorizado/a para este acto por acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno en sesión celebrada el día
Y DE OTRA PARTE:
Don , con NIF , facultado para este acto mediante escritura de fecha , ante el notario , y Don , con NIF , facultado para este acto mediante escritura de fecha , ante el notario , ambos en nombre y representación de , C.I.F. número y con domicilio social en . Manifiestan no hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad e incompatibilidad previstas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
I.- Que el AYUNTAMIENTO XX XXXXXX se dirigió a diversas entidades financieras, entre ellas , solicitando oferta de condiciones económicas para la concertación de una operación xx xxxxxxxx hasta el límite de
millones de euros para financiar diversos gastos de capital incluidos en el Estado de Gastos del presupuesto vigente y, una vez estudiada la documentación aportada por la Administración Municipal, dicha entidad financiera accedió a lo solicitado, presentando al efecto propuesta económica con fecha , como así consta en la documentación unida
al expediente de Concertación de Xxxxxxxxx, instruido por el
AYUNTAMIENTO XX XXXXXX.
II.- Tras el examen de la oferta recibida, el AYUNTAMIENTO XX XXXXXX, por acuerdo de la Junta de Gobierno sesión celebrada , ha aprobado la concertación de una
operación xx xxxxxxxx a largo plazo por importe de euros,
adjudicando al mismo tiempo la operación a
III.- Para la contratación de esta operación se han tenido en cuenta las determinaciones del artículo 48 y siguientes del R.D.L. 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales así como el resto de legislación aplicable, en especial las determinaciones de la Resolución de 4 de julio de 2017 dictada por la Secretaría General xxx Xxxxxx y Política Financiera del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, por la que se define el principio de prudencia financiera.
IV.- A los efectos de este contrato se designará en lo sucesivo a
, como PRESTAMISTA.
Consecuentemente con todo lo expuesto los comparecientes, en la representación respectiva que ostentan, formalizan el presente contrato xx xxxxxxxx con sujeción a las siguientes
PRIMERA: CAPITAL Y DESTINO XXX XXXXXXXX
El PRESTAMISTA concede al AYUNTAMIENTO XX XXXXXX, un préstamo por
importe de euros que será destinado, al amparo del
artículo 49 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, a financiar gastos de capital con financiación afectada, conforme queda recogido en el expediente de Concertación de Préstamos, instruido por el AYUNTAMIENTO XX XXXXXX.
SEGUNDA: DISPOSICIÓN DE FONDOS
Desde la firma de este contrato y el AYUNTAMIENTO XX XXXXXX podrá disponer de los fondos objeto de este contrato, con cargo a la cuenta
en uno o varios actos y por importes mínimos de TRESCIENTOS MIL EUROS (Son 300.000 €), excepto el último que será de la cuantía necesaria hasta completar, la totalidad de aquél, salvo que el AYUNTAMIENTO XX XXXXXX comunique su interés de no disponer de la totalidad del importe concedido.
Cada vez que el AYUNTAMIENTO XX XXXXXX quiera hacer efectiva una disposición de fondos deberá dirigir a la PRESTAMISTA una carta-solicitud, con dos días de antelación, suscrita por el Xxxxxxxx xx Xxxxxxx que tenga atribuida la competencia en materia de Hacienda, fijando la fecha y cuantía de la disposición con abono en la cuenta asociada al presente préstamo.
Finalizado el período de disposición establecido, el importe xxx xxxxxxxx quedará fijado en la cantidad total efectivamente dispuesta. Ello salvo que el AYUNTAMIENTO XX XXXXXX comunique expresamente al PRESTAMISTA su interés de no utilizar la totalidad xxx xxxxxxxx, con lo cual el principal del mismo quedará definitivamente fijado en la cuantía dispuesta.
Por tanto, cualquiera que sea la causa, la cuantía del crédito quedará establecida en la parte efectivamente dispuesta, procediendo la PRESTAMISTA a la consolidación de las disposiciones que el AYUNTAMIENTO XX XXXXXX hubiera efectuado, integrándolas en una sola cantidad, previa liquidación de los intereses devengados hasta la fecha, la cual deberá ser reembolsada a la PRESTAMISTA con la periodicidad y cuotas de amortización pactadas.
Los importes no dispuestos por el AYUNTAMIENTO XX XXXXXX una vez finalizado el periodo de disposición no podrán ser objeto de posterior disposición, entendiéndose que dicho AYUNTAMIENTO renuncia a los importes no dispuestos a esa fecha. A partir de ese momento la cantidad dispuesta tendrá la consideración xx xxxxxxxx.
TERCERA: PERIODOS DE INTERÉS Y DE CARENCIA. VENCIMIENTOS.
3.1 Periodo de interés.
Se entenderá por período de interés cada uno de los trimestres naturales del respectivo año, con vencimientos el 31 xx xxxxx; 30 xx xxxxx; 30 de septiembre y 31 de diciembre, y coincidirán con los de amortización del capital xxx xxxxxxxx, una vez cumplido el período de carencia.
3.2 Periodo de carencia.
Se entiende por período de carencia de capital el comprendido entre la firma de este contrato y el . Durante este intervalo de tiempo únicamente se pagará el interés resultante de aplicar el cálculo definido en la cláusula cuarta siguiente.
3.3 Vencimientos en periodo de carencia.
Durante el periodo de carencia, los intereses pactados se devengarán por días sobre la suma entregada y pendiente de reembolso y, previa liquidación, deberán ser satisfechos en los días 31 xx xxxxx; 30 xx xxxxx; 30 de septiembre y 31 de diciembre de cada año.
La primera liquidación de intereses se practicará el último día del trimestre natural más cercano, una vez efectuada la primera disposición de fondos.
CUARTA: LIQUIDACIÓN Y CÁLCULO DE INTERESES
En periodo de carencia, el capital xxx xxxxxxxx, dispuesto y pendiente de reembolso devengará en favor de la PRESTAMISTA un interés nominal, aplicando la siguiente fórmula:
C. r. t.
I =
36.500
Donde:
I = interés devengado.
C = capital pendiente de amortizar.
r = tipo de interés nominal anual aplicable en tanto por cien. t = número de días del periodo objeto de liquidación.
QUINTA: TIPO DE INTERÉS NOMINAL APLICABLE AL PRÉSTAMO
5.1 Tipo de interés nominal trimestral para el primer trimestre en periodo de carencia.
El tipo de interés trimestral aplicable al primer trimestre dentro del período de carencia, comprendido entre el día xx xxx y el será del %. Así resulta de la adición de un diferencial de PUNTOS BÁSICOS ( %) al tipo interbancario EURIBOR a TRES meses determinado de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 5.2 siguiente.
5.2 Tipo de interés nominal trimestral. Determinación.
A partir del día , y sucesivamente con periodicidad trimestral, durante toda la vida xxx xxxxxxxx, el tipo de interés a pagar por el AYUNTAMIENTO XX XXXXXX será revisado al alza o a la baja, adicionando exclusivamente un diferencial de
PUNTOS BÁSICOS ( %) al tipo interbancario EURIBOR A TRES MESES, calculado según el siguiente procedimiento:
Durante la vigencia del presente contrato, el índice de referencia será el EURIBOR a tres meses, correspondiente a dos días hábiles anteriores a la fecha de firma del presente contrato y/o a la fecha de revisión del tipo de interés, según corresponda. A estos efectos, se entenderá como EURIBOR a tres meses el publicado diariamente por la Federación Bancaria Europea para las operaciones de depósitos en euros al plazo de tres meses, calculado por ésta a partir de los tipos ofertados por una muestra de Bancos para operaciones entre entidades de similar calificación y difundido tanto por la Agencia REUTERS en su página EURIBOR01, como por la Federación Bancaria Europea en su página web xxxx://xxx.xxxxxxx-xxx.xx/.
Si la referencia inicial dejara de publicarse, se aplicará en primer lugar el índice de referencia que legalmente sustituya al inicial y, en segundo lugar y en defecto de normativa alguna al respecto, el tipo de interés medio, xxx xxxxxxx de depósitos en euros del que forme parte la Prestamista, para depósitos al mismo o similar plazo que la referencia a la que sustituye, publicado por el ministerio correspondiente, Banco de España o entidad pública o privada, española o comunitaria, designada para ello. Para calcular el tipo de interés aplicable, se seguirán las mismas reglas que para la referencia a la que sustituye.
Se entenderá por día inhábil a efectos de este contrato, los sábados y domingos, los días 24
y 31 de diciembre, los días de fiesta nacional y los festivos a efectos laborales en la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx y de la localidad xx Xxxxxx. Son horas hábiles desde las ocho de la mañana a las tres de la tarde.
5.3 Carácter vinculante de los tipos de interés
La variación del tipo de interés, comunicada conforme a lo previsto en este contrato, se aplicará de forma automática una vez transcurrido el plazo de quince días naturales contados a partir de la notificación de la fecha de revisión sin que el AYUNTAMIENTO XX XXXXXX haya manifestado oposición alguna en contrario. El AYUNTAMIENTO XX XXXXXX, en caso de oposición, tendrá derecho, dentro del citado plazo, a la cancelación de la operación al tipo de interés vigente anterior a la variación operada, oposición ésta que deberá comunicar por escrito al PRESTAMISTA dentro del referido plazo de quince días. En tal caso el AYUNTAMIENTO XX XXXXXX vendrá obligado a cancelar anticipadamente el préstamo en un plazo de dos meses, contados a partir de la fecha de entrada en vigor del nuevo tipo, durante cuyo plazo los intereses se satisfarán al tipo anterior. Si una vez transcurrido el indicado plazo de un mes el AYUNTAMIENTO XX XXXXXX no hubiera cancelado el préstamo, se entenderá que renuncia a la facultad de desistimiento antes referida, aplicándose, en este caso, el nuevo tipo de interés nominal que resulte desde la fecha de revisión pactada.
5.4 Comunicación de los tipos de interés nominal.
Determinado el tipo de interés, la PRESTAMISTA lo comunicará al AYUNTAMIENTO XX XXXXXX por escrito antes de las catorce horas (14,00) del segundo día posterior al inicio de cada período de interés, debiendo indicar de forma desglosada los componentes que conforman el tipo resultante. Esta comunicación es obligatoria para cada periodo de revisión.
5.5 Tipo de interés efectivo anual (TAE)
A efectos informativos se hace constar que la Tasa Anual Equivalente (TAE Variable) de la operación es el %. Dicha TAE Variable según el importe efectivo de la misma y los términos pactados contractualmente ha sido calculada de conformidad con la Orden Ministerial EHA/2899/2011 de 28 de octubre, así como la Circular 5/2012, de 27 xx xxxxx, del Banco de España.
En consecuencia, la TAE Variable se ha calculado bajo la hipótesis de que los índices de referencia no varían; por tanto, esta TAE Variable se modificará con las revisiones del tipo de interés.
SEXTA: INTERÉS DE DEMORA
Sin perjuicio del derecho de las partes a resolver el presente contrato, si cualquiera de los pagos a realizar por el AYUNTAMIENTO XX XXXXXX por cualquier concepto, no se efectuara en la fecha establecida, las cantidades pendientes de pago se considerarán capitalizadas a tipo de interés simple y producirán desde el día siguiente a su vencimiento, en favor de la PRESTAMISTA y sin necesidad de previa reclamación, un interés de demora que se devengará diariamente y se
liquidará mensualmente, en base a un año de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días. El tipo de interés aplicable al préstamo para el supuesto de demora en las obligaciones de pago contraídas se determinará incrementando DOSCIENTOS PUNTOS BÁSICOS al tipo de interés nominal que en cada momento resulte de aplicación.
SÉPTIMA: DURACIÓN, FORMA DE PAGO Y AMORTIZACIÓN
7.1 Duración del contrato.
El plazo total del presente préstamo se fija en años, a contar desde hoy,
distribuidos del siguiente modo, sin perjuicio de la amortización anticipada como más adelante se determina:
a. Período de disposición: Desde la firma del contrato hasta el
b. Período de carencia...….: Desde la firma del contrato hasta el
c. Período de amortización: Desde el hasta el
d. Primer vto. amortización: . En total vtos. en periodo amortización.
7.2 Forma de pago.
Todos los pagos que el AYUNTAMIENTO XX XXXXXX deba realizar en virtud de este contrato a la PRESTAMISTA los efectuará, sin necesidad de requerimiento, el día respectivo mediante abono a través de la cuenta abierta a su nombre que se entenderá a todos los efectos como domicilio de pago.
Si el día fuese inhábil, el vencimiento se producirá el día hábil siguiente, salvo que éste cayera dentro del mes siguiente, en cuyo supuesto se producirá el inmediato día hábil anterior.
Se prohíbe expresamente a la PRESTAMISTA a que las cantidades puestas a su disposición por el AYUNTAMIENTO XX XXXXXX a fin de reducir las deudas derivadas de esta operación, bien por ingreso en efectivo, bien por saldos en cuenta, puedan imputarse o atribuirse a cualquiera otra obligación vencida que el AYUNTAMIENTO XX XXXXXX tenga con la primera.
7.3 Pagos en períodos de disposición-carencia.
Durante los períodos de disposición-carencia, el AYUNTAMIENTO XX XXXXXX satisfará a la PRESTAMISTA los intereses que se devenguen por trimestres naturales (los días 31 xx xxxxx; 30 xx xxxxx; 30 de septiembre y 31 de diciembre) por el capital dispuesto.
7.4 Pagos en período de amortización.
Finalizado el periodo de carencia, la devolución del importe dispuesto se realizará mediante el pago de cuotas trimestrales, consecutivas y vencidas, comprensivas de capital e intereses con vencimiento en las mismas fechas que para los intereses, siendo la última el
, fecha normal de vencimiento xxx xxxxxxxx y por la cuantía hasta completar el capital pendiente más los intereses que correspondan, conforme al cuadro de amortización
convenido por las partes incorporado a este contrato, como Anexo 1.
7.5 Cálculo de las cuotas en período de amortización.
El importe de las cuotas trimestrales iguales, compresivas de intereses y amortización, a pagar durante el plazo de amortización xxx xxxxxxxx se calcularán conforme a la siguiente fórmula:
[ 1 + i(4) ] t x i(4)
[ 1 + i (4) ] t - 1
Donde:
T = Importe de la cuota trimestral comprensiva de intereses y amortización.
C = Importe del capital pendiente de amortizar al inicio de cada período de interés del plazo de amortización.
i(4) = Tipo de interés expresado en tanto por uno que resulta de dividir por cuatro el tipo nominal anual xxx xxxxxxxx, calculado conforme a lo dispuesto en la Cláusula quinta para cada período de interés del plazo de amortización.
t = Número de cuotas trimestrales para amortización de la deuda (plazo de amortización pendiente en años, multiplicado por cuatro).
Cada una de ellas se obtendrá en función del tipo de interés en cada caso aplicable y el plazo pendiente hasta la amortización total xxx xxxxxxxx, utilizando para su cálculo el método francés.
A efectos meramente informativos y en base al tipo de interés inicial, el importe de éstas
será de EUROS
conforme al cuadro de amortización convenido por las partes incorporado a este contrato como Anexo 1. Dicha cuota inicial será actualizada en cada momento, en función de las revisiones pactadas del tipo de interés previstas en la cláusula quinta, utilizando siempre el mismo procedimiento de cálculo con el que se ha obtenido el anterior. La última cuota, que no será trimestral, vencerá el fecha normal del vencimiento total xxx xxxxxxxx.
OCTAVA: AMORTIZACIÓN ANTICIPADA.
El AYUNTAMIENTO XX XXXXXX, podrá amortizar anticipadamente la totalidad o parte del capital no devuelto sin penalización alguna. En el supuesto de que sea parcial, su cuantía no será inferior a CINCUENTA MIL EUROS (Son 50.000 €) y podrá ser destinado o bien a reducir el número de plazos o bien a disminuir la cuota pero manteniendo el número de pagos, siempre a elección de éste. Los pagos anticipados producirán el efecto de descargo de intereses.
Para que pueda tener lugar cualquier amortización anticipada será necesario que el AYUNTAMIENTO XX XXXXXX lo notifique a la PRESTAMISTA con una antelación mínima de quince días. El aviso de amortización anticipada total o parcial concretará la cantidad, opción elegida y la fecha hábil en que se producirá aquélla, elaborándose un nuevo cuadro de amortización según la opción elegida.
NOVENA: RESOLUCIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO
El presente contrato podrá ser resuelto anticipadamente por la PRESTAMISTA antes de su vencimiento cuando concurra cualquiera de las siguientes circunstancias:
a) Falta de pago por el AYUNTAMIENTO XX XXXXXX a su respectivo vencimiento por principal e intereses, salvo que se regularice tal situación en el plazo máximo de treinta días contados desde aquel que la PRESTAMISTA le requiera el pago de las cantidades vencidas y no satisfechas.
b) Falta de consignación en cada uno de los presupuestos mientras esté vigente el contrato, para hacer efectivas las obligaciones que del mismo se deriven, salvo que se realicen las modificaciones presupuestarias previstas en la legislación vigente.
Se pacta expresamente que, en los supuestos de resolución anticipada por parte de la PRESTAMISTA y amortización anticipada total llevada a efecto por el AYUNTAMIENTO XX XXXXXX en los términos fijados para ambos casos por este contrato, se procederá a la conciliación previa.
Resuelto el contrato el AYUNTAMIENTO XX XXXXXX vendrá obligado al reintegro de la totalidad del principal pendiente de pago con sus intereses correctamente liquidados al día de la resolución.
DECIMA: CESIONES
El AYUNTAMIENTO XX XXXXXX no podrá ceder, transferir, sustituir, ni subrogar los derechos y obligaciones contraídas en este contrato xx xxxxxxxx sin el consentimiento expreso y escrito de la PRESTAMISTA.
LA PRESTAMISTA podrá ceder, total o parcialmente, el préstamo que se formaliza en el presente contrato, siempre que no suponga un incremento del coste de la operación para el AYUNTAMIENTO XX XXXXXX, siendo por cuenta de la PRESTAMISTA todos los gastos que por tal cesión se ocasiones; cesión que será comunicada al AYUNTAMIENTO XX XXXXXX por carta certificada con acuse de recibo.
UNDÉCIMA: COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES
Las comunicaciones entre el AYUNTAMIENTO XX XXXXXX y la PRESTAMISTA que no tuvieran prevista en este contrato una forma especial se realizarán utilizando cualquier medio que permita dejar constancia de su envío y recepción.
Las comunicaciones se entenderán debidamente realizadas cuando se lleven a cabo fehacientemente, con la antelación necesaria, por cualquier medio disponible: carta, telefax, correo electrónico u otros, constituyendo los resguardos correspondientes prueba suficiente de la comunicación.
A efectos de notificaciones, las partes contratantes fijan los siguientes domicilios, números indicativos de telefax y direcciones de correo electrónico:
AYUNTAMIENTO XX XXXXXX
Dirección Económica y Presupuestaria Xxxxx xx Xxxxxx, xxx. 1. MURCIA Fax: 968/213714
E-mail:
PRESTAMISTA
Fax:
E-mail:
Cualquier modificación en los reseñados domicilios o números indicativos de telefax deberá ser notificada por escrito a la otra parte, no surtiendo efecto hasta tanto aquella no haya acusado recibo de la comunicación.
DUODECIMA: CLAÚSULA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
De acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, (en lo
sucesivo “PRESTAMISTA” y/o la “ENTIDAD”) hace saber al AYUNTAMIENTO XX XXXXXX y, en su caso, a las demás personas que intervienen en el presente contrato ya sea en interés propio y/o en representación del AYUNTAMIENTO XX XXXXXX (a todos los cuales, incluido estos últimos, en lo sucesivo se les denominará en esta cláusula como “los contratantes”), que sus nombres, direcciones y resto de datos personales se incorporarán a los ficheros de tratamiento manual e informático de la PRESTAMISTA.
Los contratantes prestan su consentimiento para que sus datos personales puedan ser tratados por la PRESTAMISTA para la ejecución y desarrollo del presente contrato.
El AYUNTAMIENTO XX XXXXXX queda informado de la obligación de la
PRESTAMISTA de facilitar a la CIRBE sus datos y riesgos de crédito, así como de consultarlos, consintiendo que la PRESTAMISTA pueda conservar sus datos una vez finalizada toda relación contractual con el interviniente, durante un plazo de dieciocho meses para cumplir obligaciones legales.
Las partes garantizan que todos los datos personales contenidos en el presente documento serán utilizados con la finalidad, en la forma y con las limitaciones y derechos que concede la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. El presente consentimiento se otorga sin perjuicio de todos los derechos que le asisten en virtud de la norma antes citada, y especialmente de la posibilidad de ejercitar gratuitamente los derechos de oposición, acceso e información, rectificación, cancelación de sus datos y revocación de su autorización sin efectos retroactivos, que podrán ser ejercitados dirigiendo comunicación por escrito a la PRESTAMISTA.
DECIMOTERCERA: OTRAS DECLARACIONES Y OBLIGACIONES
EL AYUNTAMIENTO XX XXXXXX manifiesta expresamente que para la solicitud y formalización del presente contrato, ha dado cumplimiento a todos los requisitos, trámites y/o autorizaciones establecidos en la legislación vigente.
El AYUNTAMIENTO XX XXXXXX queda obligado a poner a disposición de la PRESTAMISTA todos los acuerdos que afecten en cualquier modo a las condiciones de este contrato, así como a dotar las consignaciones presupuestarias necesarias para pagar a la PRESTAMISTA la carga financiera anual, a fin de que pueda recurrir legalmente contra lo que estime le perjudiquen, debiendo remitir anualmente al mismo PRESTAMISTA, previa petición de éste, copia del Presupuesto vigente y de la liquidación del anterior.
DÉCIMOCUARTA: RÉGIMEN LEGAL Y SUMISIÓN PROCESAL
La presente operación, sujeta a tributación por el Impuesto sobre el Valor Añadido, se halla, no obstante, exenta del mismo, por expresa causa de exención recogida en el artículo 20, apartado uno, número 18, letra c), de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, reguladora del Impuesto.
El contrato será interpretado y cumplido en sus propios términos y se regirá por la legislación española. Podrá ser elevado a escritura pública, siendo los gastos que represente de cargo de la parte que haya solicitado su elevación a público.
Ambas partes convienen la sumisión a los Juzgados y Tribunales xx Xxxxxx, con renuncia expresa a su propio fuero si lo tuvieren, para cuantas acciones y reclamaciones puedan derivarse del presente contrato.
DECIMOQUINTA: CLÁUSULA ADICIONAL
El objeto de la presente cláusula es hacer constar que el AYUNTAMIENTO XX XXXXXX,
ha acordado concertar, con el presente contrato xx
xxxxxxxx, y a estos efectos, el AYUNTAMIENTO XX XXXXXX acompaña la siguiente documentación, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales:
I) Cuadro de amortización de la operación al que se hace referencia en la cláusula séptima de este contrato (Anexo 1).
II) Informe expedido por la Intervención General Municipal, en fecha
, en relación con la presente operación xx xxxxxxxx (Anexo 2).
III) Certificado expedido por la Secretaría de la Junta de Gobierno, en el que se acredita que la Junta de Gobierno, en sesión celebrada el día adoptó, el acuerdo de concertar con la presente operación (Anexo 3).
IV) Certificado expedido por el Secretario General del Pleno del Ayuntamiento, en el que se acredita la aprobación y entrada en vigor del Presupuesto General para (Anexo 4).
Y en prueba de conformidad con lo que antecede, las partes otorgan y firman este contrato xx xxxxxxxx, en dos ejemplares iguales, ambos originales, con mi intervención, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento, haciéndose constar que cada una de las partes recibe un ejemplar del presente contrato.
Y yo, Director de la Oficina del Gobierno Municipal del Ayuntamiento xx Xxxxxx, DOY FE de la identidad y capacidad de las partes y de todo lo convenido en el presente contrato, así como de la legitimidad de las firmas de los otorgantes.
AYUNTAMIENTO XX XXXXXX , | POR LA PRESTAMISTA |
EL DIRECTOR DE LA OFICINA DEL GOBIERNO MUNICIPAL,