Comparación de Precios Nro: 2/2023 Préstamo: BID 3174/OC-AR
Comparación de Precios Nro: 2/2023 Préstamo: BID 3174/OC-AR
Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa SSPyME/Programa de Competitividad de Economías Regionales PROCER
Proyecto: PROCER – PROGRAMA DE COMPETITIVIDAD DE ECONOMÍAS REGIONALES
Pliego de Condiciones para la Adquisición de Bienes, Servicios distintos a Consultoría y Servicios Conexos
Adquisición de: Línea de envasado de cerveza y línea de envasado de sidra
Universidad Nacional de Rio Negro 25 de septiembre de 2023
SOLICITUD DE COTIZACIÓN DE PRECIOS BIENES Y/O SERVICIOS
DISTINTOS A CONSULTORÍA
Comparación de Precios Nro: 2/2023
Estimados señores:
Tengo el agrado de dirigirme a ustedes a fin de invitarlos a
presentar ofertas para la provisión de Línea de envasado de cerveza y línea de envasado de sidra, cuyo detalle obra en la Lista de Bienes y/o Servicios y Plan de Entregas; Lista de Servicios Conexos y Cronograma de Cumplimiento, y Especificaciones Técnicas (ANEXOS I, II y III) xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones que forma parte de la presente Carta de Invitación.
La presente Comparación de Precios es realizado por Universidad Nacional de Rio Negro en el marco del Programa de Competitividad de Economías Regionales –PROCER financiado parcialmente con fondos provenientes xxx Xxxxxxxx 3174/OC-AR, del Banco Interamericano de Desarrollo.
Todas las ofertas deberán estar dirigidas a la Universidad Nacional de Rio Negro, con domicilio en Belgrano, N° 526 y CP 8500 en un sobre cerrado identificando el número de Concurso - CP N.°2/2023, nombre de concurso y el nombre del Oferente o bien vía email a: xxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx que tenga como asunto “Pliego de Comparación de Precios de línea de envasado de cerveza y línea de envasado de sidra CP N°2/2023; y entregarse hasta las 17 Hs del 2/10/2023.
Podrán obtener información adicional en la Unidad de Vinculación Tecnológica y/ Incubadora de la Universidad Nacional de Rio Negro, dirección electrónica xxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx
Solicitamos que, por escrito, e-mail o carta, nos comuniquen dentro de los dos (2) días de recibida esta Invitación a Cotizar Precios, si presentarán o no su Oferta.
Sin otro particular, saludamos a Uds. atentamente.
…………………………………….
Nombre del Responsable Legal de la ES/UAC (Señale cargo)
(Denominación ES/UAC
CONDICIONES GENERALES
1- FUENTES DE RECURSOS
La República Argentina, mediante el Contrato xx Xxxxxxxx 3174/OC-AR ha obtenido recursos provenientes del Banco Interamericano de Desarrollo (en adelante el Banco) para el financiamiento parcial del Programa de Competitividad de Economías Regionales (PROCER).
Parte de esos fondos han sido destinados a través de Universidad Nacional de Rio Negro en adelante el Comprador o Contratante, que aplicará una porción del producto de este financiamiento a obligaciones de pago originadas bajo el contrato para el cual se expide esta Solicitud de Cotización.
Consecuentemente todos los bienes, y/o servicios a ser ofrecidos en el presente concurso deberán cumplir los requisitos de origen de bienes del Banco, de conformidad con lo establecido en el Anexo VI.
2- SOLICITUD DE COTIZACIÓN
El Comprador invita a presentar ofertas de acuerdo con lo indicado en los Anexos I, II y III, que forman parte del presente pliego de condiciones.
Las ofertas deberán presentarse en los Formularios Anexos II, IV y V, debiendo estar inicialadas en todas sus fojas y entregadas considerando la fecha límite de presentación de ofertas.
Asimismo, junto con la oferta, deberá acompañarse constancia de inscripción de AFIP actualizada y copia de la presente Carta de Invitación firmada en todas sus fojas por representante con poderes suficientes, lo cual deberá acreditarse fehacientemente (estatuto, poder, designación de autoridades).
3- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
La cotización deberá considerar la información detallada en el Anexo III de este documento.
4- AUTORIZACIÓN DEL FABRICANTE O LICENCIATARIO:
En el caso de bienes: Se requiere que el oferente que no fabrique o produzca los bienes a ser suministrados, presente una Autorización del Fabricante, utilizando el formulario incluido en el Anexo VII de este documento.
5- OFERENTES ELEGIBLES
Un Oferente, y todas las partes que constituyen el Oferente, deberán ser originarios de países miembros del Banco. Los Oferentes originarios de países no miembros del Banco serán descalificados de participar en contratos financiados en todo o en parte con fondos del Banco. En el Anexo VI de este documento se indican los países miembros del Banco al igual que los criterios para determinar la nacionalidad de los Oferentes y el origen de los bienes y servicios. Los Oferentes originarios de un país miembro del Banco, al igual que los bienes suministrados, no serán elegibles si:
(a) las leyes o la reglamentación oficial el país del Prestatario prohíbe relaciones comerciales con ese país; o
(b) de conformidad con una decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptada en virtud del Capítulo VII de la Carta de esa Organización, el país del prestatario prohíba las importaciones de bienes de ese país o cualquier pago a personas o entidades en ese país.
Un Oferente no deberá tener conflicto de interés. Los Oferentes que sean considerados que tienen conflicto de interés serán descalificados. Se considerará que los Oferentes tienen conflicto de interés con una o más partes en este proceso si ellos:
(b) presentan más de una Oferta en este proceso, excepto si se trata de ofertas alternativas permitidas o para diferentes lotes en el mismo proceso. Sin embargo, esto no limita la participación de subcontratistas en más de una Oferta.
Toda firma, individuo, empresa matriz o filial, u organización anterior constituida o integrada por cualquiera de los individuos designados como partes contratantes que el Banco declare inelegible de conformidad con lo dispuesto en los Procedimientos de Sanciones o que otra Institución Financiera Internacional (IFI) declare inelegible y con sujeción a lo dispuesto en acuerdos suscritos por el Banco concernientes al reconocimiento recíproco de sanciones y se encuentre bajo dicha declaración de inelegibilidad durante el periodo de tiempo determinado por el Banco, de acuerdo con lo indicado en la Cláusula 3.
Las empresas estatales del país Prestatario serán elegibles solamente si pueden demostrar que (i) tienen autonomía legal y financiera; (ii) operan conforme a las leyes comerciales; y (iii) no dependen de ninguna agencia del Prestatario.
Los Oferentes deberán proporcionar al Comprador evidencia satisfactoria de su continua elegibilidad, cuando el Comprador razonablemente la solicite.
6- ELEGIBILIDAD DE LOS BIENES Y SERVICIOS CONEXOS
Los contratistas o proveedores deberán cumplir con los criterios de nacionalidad, así como todos los Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco de acuerdo con el Anexo VI, Elegibilidad.
Para propósitos de esta cláusula, el término “bienes” incluye mercaderías, materias primas, maquinaria, equipos y plantas industriales; y “servicios conexos” incluye servicios tales como transporte, seguros, instalaciones, puesta en servicio, capacitación y mantenimiento inicial.
Los criterios para determinar el origen de los bienes y servicios conexos se encuentran indicados en el Anexo VI, Países Elegibles.
7- LUGAR Y FECHA LÍMITE DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las Ofertas deberán estar dirigidas a la Universidad Nacional de Rio Negro, con domicilio en Xxxxxxxx Xx 000 XX 0000, y entregarse hasta las 17:00 Hs del 2 de octubre del 2023, dentro de un sobre cerrado identificando el Número de Concurso CP N° 2/2023 Nombre del Concurso y nombre del Oferente; o bien vía email a: xxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx que tenga como asunto “Pliego de Comparación de Precios de línea de envasado de cerveza y línea de envasado de sidra CP N.° 2/2023, presentando el archivo en PDF
Las cotizaciones presentadas por correo electrónico estarán libres de cualquier tipo de virus o archivo dañado; si no es así, serán rechazados.
El formato del archivo será PDF, salvo que la naturaleza del documento o los requisitos establecidos señalen algo distinto. En caso de no utilizar formato PDF, el oferente deberá remitir los documentos en un formato que garantice su correcta visualización sin necesidad de la instalación de algún programa o la ejecución de labores de configuración por parte de la entidad.
No serán de recibo archivos enviados con extensión .zip o .rar, asimismo, no se aceptará la presentación de propuestas a través de archivos ejecutables o vínculos que redireccionen a páginas web o servidores externos o de terceros para realizar la descarga de archivos objeto de verificación.
Se subraya que la hora de recepción de la oferta no será la del envío por parte del oferente, sino la hora de recepción de la oferta por parte del contratante de la oferta, la cual es aquella que registre el servidor de la entidad a través de su proveedor de correo electrónico, cuando ingrese el mensaje de correo electrónico a la bandeja de entrada.
Asimismo, los participantes tendrán hasta cinco (5) días antes de la fecha límite de presentación de las ofertas para realizar consultas, pasado ese plazo las consultas que se realicen no serán contempladas. Las respuestas a las consultas se realizarán
a través de una Circular Aclaratoria o Enmienda, sin identificar quien realizó la consulta.
Solicitamos que, por escrito, correo electrónico o carta, nos comuniquen dentro de los dos (2) días de recibida esta Invitación a Cotizar Precios, si presentarán o no su Oferta.
8- VALIDEZ DE LA OFERTA
La oferta tendrá validez por el término de quince (15) días corridos a partir de la fecha límite de presentación de ofertas.
9- MONEDAS: DE COTIZACIÓN, DE COMPARACIÓN Y DE PAGO:
Las ofertas podrán presentarse en ($) Pesos de la República Argentina o (USD) Dólar Estadounidense.
Para efectos de evaluación, el monto de las aquellas cotizaciones que sean expresadas en otras monedas, será convertido a pesos argentinos utilizando el tipo de cambio oficial establecido por el Tipo Vendedor Billete del Banco de la Nación Argentina (xxx.xxx.xxx.xx) para la fecha del día hábil anterior del límite de recepción de las ofertas.
Los precios cotizados deberán incluir todos los gastos de impuestos, flete, descarga y acarreo al lugar de entrega. Xxxxxx lo señalado, no se habrá de reconocer bajo ningún concepto costos adicionales a los ofertados originalmente.
El pago se realizará según lo estipulado en el punto 21 del presente documento de licitación
10- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
El Contratante examinará todas las Ofertas para confirmar que todos los documentos solicitados, han sido suministrados y determinará si cada documento entregado está completo.
Si cualquiera de estos documentos o información faltaran, la Oferta será rechazada.
(a) Formulario de Oferta, de conformidad con el Anexo IV;
(b) Lista de Precios, de conformidad con el Anexo V;
(c) Autorización del fabricante según Xxxxx XXX;
(d) Pliego firmado por el proveedor o representante de la firma;
(e) Copia de Contrato de Estatuto Social y en su caso poder general a favor del firmante;
(f) Constancia de inscripción ante los organismos como AFIP, DGR, etc;
(g) Folletería de los bienes cotizados donde contenga las características técnicas de los bienes ofertados.
El Contratante verificará si las ofertas que haya determinado se ajustan a las condiciones xxx xxxxxx y si contienen errores aritméticos. Los errores que se encuentren se corregirán de la siguiente manera:
(a) si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido a menos que el Comprador considere que hay un error obvio en la colocación del punto decimal, caso en el cual el total cotizado prevalecerá y el precio unitario se corregirá;
(b) si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total; y
(c) si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados.
El Comprador ajustará el monto indicado en la Oferta de acuerdo con el procedimiento antes expresado para la corrección de errores; el nuevo monto se considerará obligatorio para el Oferente. Si el Oferente no estuviera de acuerdo con el monto corregido de la oferta, el Comprador rechazará la oferta.
Una vez determinadas las ofertas que se ajustan sustancialmente a los documentos del concurso, se procederá a su evaluación y comparación.
Al evaluar las ofertas, el Comprador tendrá en cuenta, además del precio, el cumplimiento de las Especificaciones Técnicas que obran en Anexo III.
En caso de que el concurso sea por lotes:
a) Los oferentes deberán cotizar por lote completo. Las Ofertas por lotes incompletos o con cantidades distintas de las especificadas, serán rechazadas.
b) Los oferentes podrán cotizar por uno, varios o la totalidad de los lotes. Descuentos ofrecidos por la adjudicación de dos o más lotes serán considerados siempre que tales descuentos no condicionen la adjudicación de otros lotes no afectados por los descuentos
La evaluación consistirá en determinar si las cotizaciones:
i) incluyen la documentación requerida indicada en el inciso;
ii) cumplen sustancialmente con todos los requisitos descritos en la solicitud de cotización;
iii) cumplen con las especificaciones técnicas solicitadas;
iv) comparación de precios cotizados por lote, considerando todas las cotizaciones para las que se determine que, hasta esta etapa de la evaluación, cumplen sustancialmente con los requisitos solicitados.
Como resultado de la comparación se determinará la cotización evaluada como la más baja por lote.
11-SOLICITUD DE ACLARACIÓN DE LAS OFERTAS
El Contratante con el fin de facilitar el análisis, revisión, evaluación y comparación de las Ofertas y Calificaciones del Oferente podrá, a su discreción, solicitar a cualquier Oferente aclaraciones sobre el contenido de su Oferta. No se considerarán aclaraciones a una Oferta presentada por un Oferente cuando dichas aclaraciones
no sean respuesta a una solicitud del Contratante. La solicitud y la respuesta deberán ser hechas por escrito y no se solicitará, ofrecerá o permitirá cambios en los Precios ni en los aspectos esenciales de la Oferta, excepto para confirmar errores aritméticos descubiertos por el Contratante en la evaluación de las Ofertas. Si un Oferente no entregará las aclaraciones a su Oferta dentro del plazo fijado en la solicitud de aclaración del Contratante, su Oferta podrá ser rechazada.
12- CUMPLIMIENTO DE LAS OFERTAS
Para determinar si la oferta se ajusta sustancialmente al Documento de Invitación a Cotizar Precios, el Comprador se basará en el contenido de la propia oferta. Los documentos de comprobación de la calificación de la empresa para ejecutar el contrato sólo serán solicitados al potencial adjudicatario.
Una oferta que se ajusta sustancialmente al Documento de Invitación a Cotizar Precios es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones estipuladas en dichos documentos sin desviaciones importantes, reservas u omisiones. Una desviación importante, reservación u omisión es aquella que:
(a) afecta de una manera sustancial el alcance, la calidad o el funcionamiento de los Bienes y Servicios Conexos especificados en el Contrato; o
(b) limita de una manera sustancial, contraria a los Documentos de Licitación, los derechos del Comprador o las obligaciones del Oferente en virtud del Contrato; o
(c) de rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de los otros Oferentes que presentan ofertas que se ajustan sustancialmente a los Documentos de Licitación.
Si una oferta no se ajusta sustancialmente a los Documentos de Invitación a Cotizar Precios, deberá ser rechazada por el Comprador y el Oferente no podrá ajustarla posteriormente mediante correcciones de desviaciones importantes, reservaciones u omisiones.
13- COMPARACIÓN DE LAS OFERTAS
El Comprador comparará todas las Ofertas que cumplen sustancialmente con los requisitos establecidos en la Invitación a Cotizar Precios del concurso, para determinar la Oferta evaluada como la más baja, de conformidad con las Cl.10 y 12.
14- DERECHO DEL COMPRADOR A ACEPTAR Y RECHAZAR LAS OFERTAS
El Comprador se reserva el derecho a aceptar o rechazar cualquier Oferta, de anular el proceso y rechazar todas las Ofertas en cualquier momento antes de adjudicar el Contrato, sin que por ello adquiera responsabilidad alguna ante los Oferentes.
15- ADJUDICACIÓN
Comprobada su calificación para ejecutar el trabajo, se adjudicará la Orden de Compra (o Contrato) al Oferente cuya Oferta haya sido evaluada como la más baja y cumple sustancialmente con los requisitos del documento de Invitación a Cotizar Precios del concurso.
En caso que, de conformidad a lo establecido en la cláusula 10, el concurso sea por lotes; la evaluación de ofertas y adjudicación de contratos será hecha sobre la base de lote por lote o por combinación de lotes, la que resulte económicamente mejor para el Comprador.
16- DERECHO DEL COMPRADOR A VARIAR LAS CANTIDADES EN EL MOMENTO DE LA ADJUDICACIÓN.
Al momento de adjudicar el contrato u orden de compra, el contratante se reserva el derecho de aumentar o disminuir las cantidades de los bienes siempre y cuando esta variación no exceda los porcentajes indicados a continuación 1%, y no altere los precios unitarios u otros términos y condiciones de la cotización y el documento de solicitud de cotización.
17- NOTIFICACIÓN DE ADJUDICACIÓN Y ORDEN DE COMPRA:
Vencido el plazo estipulado en la cláusula anterior y antes de la expiración del período de Validez de las Ofertas, el Comprador notificará por escrito al Oferente seleccionado que su Oferta ha sido aceptada.
Mientras se prepara la Orden de Compra (o Contrato) formal y es perfeccionada, la notificación de adjudicación constituirá la Orden de Compra.
El Comprador notificará por escrito a los oferentes los resultados de la evaluación y adjudicación de la Orden de Compra.
Como resultado del proceso de solicitud de cotización, el contratante suscribirá el contrato u orden de compra utilizando el modelo incluido en el Anexo VIII de este documento. La orden de compra se extenderá en original y duplicado; el primero quedará en poder del Adjudicatario, el cual entregará al comprador la copia debidamente firmada, con lo cual se considerará aceptada la Orden de Compra y constituido el acuerdo entre las partes.
18- GARANTÍA DE LOS BIENES
El Proveedor garantizará que los bienes suministrados en virtud de la Orden de Compra o Contrato son nuevos, sin uso y corresponden al último modelo vigente a la fecha límite fijada para presentar ofertas (certificado mediante declaración jurada del fabricante o distribuidor en el país).
El Proveedor garantizará además que todos los bienes suministrados en virtud de la Orden de Compra o Contrato estarán libres de defectos atribuibles al diseño, los materiales o la confección o a cualquier acto u omisión del proveedor que pudiera manifestarse en ocasión del uso normal de los bienes en las condiciones imperantes en el país.
La garantía permanecerá en vigor durante 12 (DOCE) meses a partir de la fecha en que los bienes hayan sido entregados o puestos en uso en caso de requerirse la intervención del Proveedor para tales efectos.
El Comprador notificará de inmediato y por escrito al Proveedor cualquier reclamo a que hubiera lugar con arreglo a la garantía y el Proveedor reparará o reemplazará los bienes defectuosos en todo o en parte, sin costo para el Comprador.
19- SEGUROS
Cuando los bienes que deban suministrarse sean transportados por el Proveedor, éste deberá constituir un seguro por un monto equivalente al ciento diez por ciento (110 %), del valor de los bienes; el seguro cubrirá los bienes "de depósito a depósito" contra todo riesgo. La firma aseguradora deberá cumplir con los requisitos de nacionalidad establecidos en el Anexo VI.
20- ENTREGA DE LOS PRODUCTOS
En el caso de adquisiciones de bienes:
Los bienes serán entregados:
La línea de envasado de cerveza en: Sede Atlántica Ruta Provincial N° 1 y Rotonda Cooperación. Viedma, Rio Negro.
La línea de envasado de sidra en: 0 xx Xxxxx 000, Xxxxx Xxxxxx, Xxx Xxxxx, Xxxxxxxxx. Presentando la siguiente documentación:
- Original y dos (2) copias de la factura indicando descripción de los bienes, marca, país de origen, precio unitario, cantidad y monto total.
- Remito del Proveedor o carta de porte del transportista, firmados de conformidad de recepción.
El Comprador expedirá el certificado de recepción y aceptación TOTAL en un plazo no mayor de siete (7) días hábiles a partir de la fecha de la entrega. En el caso de equipos y que las obligaciones del Proveedor incluyan la puesta en operación de los mismos, la recepción definitiva se hará dentro de los 30 (TREINTA) días siguientes a la fecha de la recepción provisoria y puesta en marcha.
En el caso de que el Comprador constate la entrega de bienes defectuosos, el Proveedor deberá reemplazar los mismos en un plazo menor a los 30 (TREINTA) días contados a partir de la notificación del Comprador y en todo caso antes de la recepción definitiva.
En el caso de servicios:
A la entrega (parcial o total según sea el caso) del Producto del servicio contratado, la persona designada por el Contratante, revisará y aprobará la entrega, si no encuentra motivos para hacer reservas u observaciones, En caso contrario, hará constar en su informe todo detalle, reserva, faltante u observación sobre el
producto del servicio. El proveedor deberá resolver, corregir o solucionar los señalamientos dentro del plazo que quede establecido por el Contratante.
La recepción total se realizará cuando el servicio haya sido concluido completamente en todos los trabajos contractualmente acordados, incluidas las órdenes de cambio y modificaciones contractuales.
21- FACTURACIÓN Y PAGO
En el caso de bienes:
El Proveedor requerirá el pago al Comprador mediante la documentación de recepción indicada en la cláusula 20 y la presentación de la correspondiente factura. En el caso de servicios:
El Proveedor requerirá el pago al Comprador mediante la documentación de aprobación del servicio indicada en la cláusula 20 y la presentación de la correspondiente factura.
El Comprador abonará la factura dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de recepción de la misma, y anterior recepción y aceptación por el Comprador de los bienes y/o servicios.
(Nota: en caso de tratarse de una adquisición en la que se hayan previsto recepciones parciales o con una fecha de recepción provisoria y otra definitiva, esta Cláusula debe contemplar la forma de facturación y los plazos para los pagos correspondientes según se haya determinado).
El pago del monto del contrato será realizado en moneda de curso legal en la República Argentina de la siguiente manera:
El pago se realizará por el cien por ciento (100%) del monto del contrato u orden de compra será realizado mediante transferencia bancaria por PAGO DIRECTO A PROVEEDORES en PESOS ARGENTINOS.
En el supuesto de que la Orden de Compra se firme en moneda extranjera, la factura deberá confeccionarse en moneda de curso legal en la República Argentina. Sin perjuicio de la/las moneda/s utilizadas en la oferta, la facturación deberá realizarse en moneda de curso legal de la República Argentina y a los efectos de la
confección de la mencionada factura, en aquellos casos en que la cotización se hiciere en moneda extranjera, se establece que el tipo de cambio que se deberá aplicar será el de cierre vendedor del Banco de la Nación Argentina correspondiente al día hábil anterior al de la fecha emisión de la misma. En ningún caso se aceptará un tipo de cambio ni una fecha distinta a los aquí establecidos.
Si se tratara de un contribuyente excluido del régimen de retenciones de los impuestos a las Ganancias e IVA (Resoluciones Generales AFIP 830-2000 y 18- 1997 respectivamente y sus modificaciones) deberá adjuntar el correspondiente certificado, el que deberá estar vigente a la fecha de pago de la factura.
Los importes consignados son finales.
Los precios cotizados por el Oferente no estarán sujetos a ajuste durante la ejecución del Contrato
En el caso de anticipo incorporar la forma de pago según cantidad de etapas: El Comprador pagará mediante transferencia bancaria por PAGO A PROVEEDORES en PESOS ARGENTINOS, de la siguiente manera:
Anticipo: El treinta por ciento (30 %) del precio total del Contrato se pagará, luego de la firma del mismo, dentro de los treinta (30) días de presentada la factura por dicho monto y el seguro de caución por un monto equivalente, en la forma establecida en los documentos de licitación o en otra forma que el Comprador considere aceptable.
Contra entrega: El CIEN por ciento (100 %) del precio del Contrato se pagará dentro de los treinta (30) días de la presentación de la factura y la recepción de los bienes, contra presentación del remito o acta de recepción definitiva.
Contra instalación y puesta en marcha: El CINCUENTA por ciento (50 %) restante del precio del Contrato se pagará al Proveedor dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de la presentación de la factura y del certificado de aceptación de la entrega respectiva, emitido por el Comprador
Sin perjuicio de la/las moneda/s utilizadas en la oferta, la facturación deberá realizarse en moneda de curso legal de la República Argentina.
A los efectos de la confección de la/s factura/s correspondientes, en aquellos casos en que la cotización se hiciere en moneda extranjera deberá realizarse en moneda de curso legal de la República Argentina, se establece que el tipo de cambio que se
deberá aplicar será el de cierre vendedor billete del Banco de la Nación de la República Argentina correspondiente al día hábil anterior al de la emisión de cada factura. En ningún caso se aceptará un tipo de cambio ni una fecha distinta a los aquí establecidos.
La póliza de garantía bancaria deberá ser emitida por cualquier empresa de seguros aceptable para el Comprador y aprobada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, denominada en la misma moneda de la oferta. Deberá ser emitida a nombre de UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO NEGRO, CUIT 30-71042742-5 y en el marco
de la presente contratación.
Si se tratara de un contribuyente excluido del régimen de retenciones de los impuestos a las Ganancias e IVA (Resoluciones Generales AFIP 830-2000 y 18- 1997 respectivamente y sus modificaciones) deberá adjuntar el correspondiente certificado, el que deberá estar vigente a la fecha de pago de la factura.
22- IMPUESTOS Y DERECHOS
El pago de todos los impuestos, derechos de licencia, etc. que graven los bienes objeto de la Orden de Compra hasta el momento de la entrega será a cargo del Proveedor.
ANEXO I. LISTA DE BIENES Y SERVICIOS Y PLAN DE ENTREGAS
N° de Lote | Descripción de los Bienes | Cantidad | Unidad física | Lugar de destino convenido | Plazo de entrega desde la firma del contrato |
1 | Línea envasadora de sidra: Máquina llenadora isobárica y semi- automática para latas redondas de refresco. | 1 | unidad | 9 de Julio 446, Xxxxx Xxxxxx, Rio Negro, Argentina | dentro de los (30) días luego de la firma del contrato |
2 | Línea envasadora de sidra : Máquina cerradora de latas semi- automática de baja velocidad para latas redondas de refresco con cierre a lata giratoria. | 1 | unidad | 9 de Julio 446, Xxxxx Xxxxxx, Rio Negro, Argentina | dentro de los (30) días luego de la firma del contrato |
3 | Línea envasadora de cerveza : Línea envasadora de cerveza para producción | 1 | unidad | UNRN – Sede Atlántica Ruta Provincial N° 1 y Rotonda Cooperación. Viedma, Rio Negro. C.P. 8500 Argentina | dentro de los (30) días luego de la firma del contrato |
ANEXO II. LISTA DE SERVICIOS CONEXOS Y CRONOGRAMA DE CUMPLIMIENTO
Precisar los Servicios Conexos requeridos (tales como instalación, refacciones, capacitación, puesta en marcha, manuales, mantenimiento, etc., si los hubiera).
LOTE | Servicio N° | Descripción del Servicio | Cantidad | Unidad de medida | Lugar de prestación de los Servicios | Plazo total de Ejecución del Servicio |
1 | 01 | Capacitación de puesta en marcha de la envasadora de sidra. | 1 | CAPACITACIÓN | 9 de Julio 446, Xxxxx Xxxxxx, Rio Negro. | En los 30 días posteriores de haber recibido la línea de envasado de sidra. |
2 | 02 | Capacitación de puesta en marcha de la envasadora de cerveza. | 1 | CAPACITACIÓN | UNRN – Sede Atlántica Ruta Provincial N° 1 y Rotonda Cooperación. Viedma, Rio Negro. C.P. 8500 Argentina | En los 30 días posteriores de haber recibido la línea de envasado de cerveza |
ANEXO III. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Resumen de las Especificaciones Técnicas.
Los Bienes y Servicios Conexos deberán cumplir con las siguientes Especificaciones Técnicas y Normas:
Lote | Nombre de los Bienes o Servicios Conexos | Especificaciones Técnicas y Normas |
01 | Máquina llenadora isobárica y semi- automática para latas redondas de refresco. | Máquina llenadora isobárica y semi-automática para latas redondas de refresco. Alimentación de cuerpos manual que permita alcanzar producciones entre 160 y 360 latas/hora en función del producto. Barrido de oxígeno con CO2 o N2 y llenado por contrapresión. Que pueda operar con latas de 8.5, 12 y 16 onzas mediante un simple cambio de formato. Construcción en acero inoxidable AISI 304 y AISI 316L en piezas de contacto con el producto. Configuración general del equipo desde pantalla. Proceso CIP (Cleaning in Place) instalado. |
02 | Maquina cerradora de latas | Máquina cerradora semiautomática de baja velocidad para latas redondas con cierre giratorio. Alimentación de envases manuales que permita alcanzar producciones entre 500 y 600 latas/hora (ciclo de cierre de 4 segundos). Que pueda operar con latas de 8.5, 12 y 16 onzas mediante simple cambio de formato. Construcción en acero inoxidable o chapa pintada con pintura poliuretanizada. Palanca de accionamiento manual para la colocación de la lata en posición de cerrado. |
03 | Línea envasadora de cerveza para producción | de al menos 350 latas por hora Que incluya: 1. brazo automático de alimentación de la línea 2. lavadora robotizada 3. cámara de desinfección de los envases 4. doble purga de CO2 5. Picos llenadores automáticos (al menos 3) de velocidad regulable y sensores de presencia de envases en todas las etapas 6. Visor de producto con sensores de temperatura del producto y el ambiente 7. comando de operaciones táctil que informe al menos: estado de marcha y llenado |
funciones operativas cantidades llenadas producción por hora, temperatura del producto temperatura ambiente inicio de llenado calibración de nivel de llenado final de llenado parada de emergencia 8. túnel de esterilización a luz UV Todos los componentes deben cumplir con las normas establecidas por el Código Alimentario Nacional y la ANMAT |
Especificar las inspecciones y pruebas que se requerirán y el lugar en que habrán de efectuarse.
1983/2023 - 40 años de democracia”
ANEXO IV. FORMULARIO DE OFERTA Y LISTA DE PRECIOS
CONCURSO DE PRECIOS N°2/2023 PARA EL SUMINISTRO DE:
Línea de envasado de cerveza y línea de envasado de sidra FECHA DE APERTURA 2/10/2023
Sres.
Universidad Nacional de Rio Negro
De nuestra consideración:
Tras haber examinado el documento de Invitación a Cotizar Precios del concurso, inclusive los anexos números I, II y III, de los cuales acusamos recibo por la presente, el (los) suscrito (s) ofrecemos proveer y entregar (indicar descripción de la adquisición),
de conformidad con esas condiciones y especificaciones por la suma de [monto en letras ………………($ ……….)] o el monto que se determine con arreglo a la lista de precios que se adjunta a la presente oferta y que forma parte integrante de ella.
Convenimos en mantener esta oferta por un período de quince (15) días a partir de la fecha fijada para la presentación de ofertas, según la cláusula 8 de las Condiciones del presente llamado; la oferta nos obligará y podrá ser aceptada en cualquier momento antes de que expire el período indicado.
Si nuestra oferta es aceptada, nos comprometemos a efectuar las entregas dentro de los plazos estipulados en las Condiciones Generales y Anexo X xxx xxxxxx, en días corridos contados a partir de la fecha de la Orden de Compra.
1983/2023 - 40 años de democracia”
Entendemos que Uds. no están obligados a aceptar la oferta más baja ni cualquier otra de las que reciban.
Xxxxx, Xxxxx ............................., ............................ de 20...
Domicilio legal ...............................................................................................................
Firma, Aclaración y Cargo
...............................................................................................................
Debidamente autorizado para firmar en nombre de (nombre de la empresa oferente)
(de acuerdo con documentación probatoria adjunta)
ANEXO V. LISTA DE PRECIOS DE BIENES Y SERVICIOS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
1983/2023 - 40 años de democracia”
[El Oferente completará estos Formularios de Listas de Precios de acuerdo con las instrucciones indicadas. La lista de ítem o renglón y lotes en la columna 1 de la Lista de Precios deberá coincidir con la Lista de Bienes (de corresponder con sus servicios conexos) y Servicios detallada por el Comprador en los Anexos I, II y III. | Fecha: CP N°2/ 2023 Oferta N°: Página N° de | ||||||||
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 (5x7) | 9 | 10 (8+9) |
Lote | Item | Descripción del Bien y servicio | País de Origen del Bien | Cantidad | Moneda de Cotización | Precio Unitario del artículo con impuestos | Precio Total del artículo con Impuestos | Precio de los Servicios IVA incluido | Precio Total con impuestos |
unidades a proveer | |||||||||
Precio Total: |
Nombre del Representante autorizado del Oferente: [indicar el nombre completo del Oferente]
Firma del Oferente: [firma de la persona que firma la Oferta]
1983/2023 - 40 años de democracia”
Notas: En caso de discrepancia entre el Precio Unitario y el Precio Total, prevalecerá el Precio Unitario.
Col. 4. Indicar el país de origen de los bienes, según lo indicado en el Anexo VI
Col. 5. La cantidad debe ser igual a la indicada en la Lista de Bienes y Servicios.
Col. 6. Indicar monedas de cotización. Cuando se use una abreviatura indicar el nombre completo a pie de página.
Col. 9. Precio de los Servicios Conexos individuales, por ítem o por renglón, de acuerdo con el Anexo II.
El precio deberá incluir todos los derechos de aduana, cuotas compensatorias, e impuestos sobre las ventas y de otro tipo que ya hayan sido pagados o haya que pagar sobre los componentes y materias primas utilizadas en la fabricación o montaje del bien, o los derechos de aduana e impuestos sobre las ventas y de otro tipo pagados en los bienes previamente importados y ofrecidos en bodega, sala de exposición, o en existencia. Estos factores no se deben indicar separadamente.
ANEXO VI.
ELEGIBILIDAD PARA SUMINISTRO DE BIENES, CONTRATACIÓN DE OBRAS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS, EN ADQUISICIONES FINANCIADAS POR EL BID
Lista de países miembros cuando el financiamiento provenga del Banco Interamericano de Desarrollo:
Alemania, Argentina, Austria, Bahamas, Barbados, Bélgica, Belice, Bolivia, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Xxxxx Rica, Croacia, Dinamarca, Ecuador, El Xxxxxxxx, Eslovenia, España, Estados Unidos, Finlandia, Francia, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, Israel, Italia, Jamaica, Japón, México, Nicaragua, Noruega, Países Bajos, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, Xxxxx Unido, República xx Xxxxx, República Dominicana, República Popular de China, Suecia, Suiza, Surinam, Trinidad y Tobago, Uruguay, y Venezuela.
Territorios elegibles
a) Guadalupe, Guyana Francesa, Martinica, Reunión – por ser Departamentos xx Xxxxxxx.
b) Islas Vírgenes Estadounidenses, Puerto Rico, Guam – por ser Territorios de los Estados Unidos de América.
c) Aruba – por ser País Constituyente xxx Xxxxx de los Países Bajos; y Bonaire, Curazao, Sint Maarten, Sint Eustatius – por ser Departamentos xxx Xxxxx de los Países Bajos.
d) Hong Kong – por ser Región Especial Administrativa de la República Popular de China.
Criterios para determinar Nacionalidad y el país de origen de los bienes y servicios
Para efectuar la determinación sobre: a) la nacionalidad de las firmas e individuos elegibles para participar en contratos financiados por el Banco y b) el país de origen de los bienes y servicios, se utilizarán los siguientes criterios:
A) Nacionalidad
a) Un individuo tiene la nacionalidad de un país miembro del Banco si satisface uno de los siguientes requisitos:
i) es ciudadano de un país miembro; o
ii) ha establecido su domicilio en un país miembro como residente “bona fide” y está legalmente autorizado para trabajar en dicho país.
b) Una firma tiene la nacionalidad de un país miembro si satisface los dos siguientes requisitos:
i) esta legalmente constituida o incorporada conforme a las leyes de un país miembro del Banco; y
ii) más del cincuenta por ciento (50%) del capital de la firma es de propiedad de individuos o firmas de países miembros del Banco.
Todos los socios de una asociación en participación, consorcio o asociación (APCA) con responsabilidad mancomunada y solidaria y todos los subcontratistas deben cumplir con los requisitos arriba establecidos.
B) Origen de los Bienes
Los bienes se originan en un país miembro del Banco si han sido extraídos, cultivados, cosechados o producidos en un país miembro del Banco. Un bien es producido cuando mediante manufactura, procesamiento o ensamblaje el resultado es un artículo comercialmente reconocido cuyas características básicas, su función o propósito de uso son substancialmente diferentes de sus partes o componentes. En el caso de un bien que consiste de varios componentes individuales que requieren interconectarse (lo que puede ser ejecutado por el suministrador, el Contratante o un tercero) para lograr que el bien pueda operar, y sin importar la complejidad de la interconexión, el Banco considera que dicho bien es elegible para su financiación si el ensamblaje de los componentes individuales se hizo en un país miembro. Cuando el bien es una combinación de varios bienes individuales que normalmente se empacan y venden comercialmente como una sola unidad, el bien se considera que proviene del país en donde este fue empacado y embarcado con destino al Contratante.
Para efectos de determinación del origen de los bienes identificados como “hecho en la Unión Europea”, estos serán elegibles sin necesidad de identificar el correspondiente país específico de la Unión Europea.
El origen de los materiales, partes o componentes de los bienes o la nacionalidad de la firma productora, ensambladora, distribuidora o vendedora de los bienes no determina el origen de los mismos
C) Origen de los Servicios
El país de origen de los servicios es el mismo del individuo o firma que presta los servicios conforme a los criterios de nacionalidad arriba establecidos. Este criterio se aplica a los servicios conexos al suministro de bienes (tales como transporte, aseguramiento, montaje, ensamblaje, etc.), a los servicios de construcción y a los servicios de consultoría.
ANEXO VII. FORMULARIO DE AUTORIZACIÓN DEL FABRICANTE
Autorización del Fabricante y/o Licenciatario
[Cuando proceda. El Oferente solicitará al Fabricante y/o Licenciatario que complete este formulario de acuerdo con las instrucciones indicadas. Esta Carta de Autorización deberá estar escrita en papel membrete del Fabricante y/o Licenciatario y firmada por la persona autorizada para firmar documentos que comprometan al Fabricante y/o Licenciatario. El Oferente lo incluirá en su Oferta, si así lo establece el Pliego de Condiciones]
Fecha: [Indicar la fecha (día, mes y año) de la Presentación de la Oferta]
Al:
.......................................................................................................................................
CP Nº 2/2023
Alternativa Nº [Si corresponde, indicar número de identificación de la Oferta Alternativa]
POR CUANTO:
Nosotros [Indicar nombre completo del Fabricante y/o Licenciatario], como fabricantes oficiales (y/o Licenciatarios) de [Indicar el nombre de los Bienes/Servicios fabricados y/o registrados], con fábricas ubicadas en [Indicar dirección completa de las fábricas] (y/,o con licencia N° …….. ), mediante el presente instrumento autorizamos a [Indicar nombre y dirección del Oferente] a presentar una oferta con el solo propósito de suministrar los siguientes Bienes (y/o Servicios) de nuestra fabricación (y/o bajo nuestra licencia) [Indicar nombre y breve descripción de los Bienes/Servicios] y a posteriori negociar y firmar la Orden de Compra/Contrato.
Por este medio extendemos nuestro aval y plena garantía, de conformidad con la Cláusula de Garantía de los Bienes, respecto a los bienes ofrecidos por la firma antes mencionada (o nuestra autorización a ofrecer los bienes y/o servicios indicados).
Firma:
[Firma del(los) representante(s) autorizado(s) del fabricante]
Nombre: [Indicar el nombre completo del representante autorizado del Fabricante]
Cargo: [Indicar cargo]
Debidamente autorizado para firmar esta Autorización en nombre de: [Indicar nombre completo del Oferente]
Fechado en el día de de 20 [fecha de la firma]
Notas:
1) Esta carta de autorización debe ser escrita en papel con membrete del fabricante/licenciatario y firmada por una persona competente, que tenga un poder para firmar documentos que obliguen al fabricante/licenciatario. El licitante deberá incluirla en su oferta.
2) Si el Oferente fuese un distribuidor autorizado, la carta de autorización deberá ser extendida por el agente o representante principal del fabricante/licenciatario de los bienes/servicios. La calidad de este último deberá ser probada con los poderes del caso al momento de serle notificada la adjudicación y antes de emitirse la Orden de Compra.
3) Este formulario podrá ser requerido cuando el bien por su naturaleza, complejidad, cantidad, origen, garantía, etc., lo amerite.
ANEXO VIII. MODELO DE ORDEN DE COMPRA
(Lugar), XX de XXXXX de 20XX
(Denominación de la ES/AUC)CENTROS TECNOLÓGICOS - PROCER PROYECTO: PROCER PRÉSTAMO: 3174 - OC/AR BANCO: BID
ADQUISICIÓN: Línea de envasado de cerveza y línea de envasado de sidra
ORDEN DE COMPRA
ORDEN DE COMPRA Nº (completar N°) | Según v/ presupuesto de fecha (día) de (mes) de (año). | ||||
SEÑORES: (Nombre o razón social del proveedor) DIRECCIÓN: CP: LOCALIDAD: TELÉFONO: CUIT N°: | |||||
LOTE | ITEM | DESCRIPCIÓN | CANTIDAD | PRECIO UNITARIO (IVA incluido) | PRECIO TOTAL (IVA incluido) |
Detalle | $ (completar monto) | $ (completar monto) | |||
Detalle | $ (completar monto) | $ (completar monto) | |||
Detalle | $ (completar monto) | $ (completar monto) | |||
Son pesos (completar en letras) Total | $ (completar monto) |
"Forma parte integrante de esta orden de compra el pliego de bases y condiciones que fuera oportunamente enviado y la oferta adjudicada"
Aprobado:
Por: EMPRESA: _
ORIGINAL
Firma responsable Legal (ES/UAC)
(Fecha posterior a la OC) Firma proveedor, aclaración y fecha.
(Se extenderá en dos originales; uno quedará en poder del Adjudicatario y otro para el Contratante debidamente firmado, con lo cual quedará constituido el acuerdo entre las partes)
ANEXO IX. FORMULARIO SOLICITUD ALTA DE PROVEEDOR
DATOS PARA EL ALTA DE NUEVO PROVEEDOR | |
RAZÓN SOCIAL | |
CUIT | |
DIRECCIÓN | |
LOCALIDAD | |
PERSONA DE CONTACTO | |
Nombre y Apellido | |
Teléfono | |
CUENTA BANCARIA | |
Titular | |
Tipo de cuenta | |
N° de Cuenta | |
CBU | |
Banco |
Nota: Adjuntar constancia emitida por el banco donde está radicada la cuenta bancaria con los datos de esta.
ANEXO X - DECLARACIÓN DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
Fecha:
Nombre del Contrato: COMPARACIÓN DE PRECIOS N° 2/2023
No. de Identificación del Lote Cotizado:
A: (Indicar nombre de la entidad a quién va dirigida la declaración) Nosotros, los suscritos, declaramos que:
1. Entendemos que, de acuerdo con sus condiciones, las ofertas deberán ser respaldadas por una Declaración de Mantenimiento de Oferta.
2. Aceptamos que automáticamente seremos declarados inelegibles para participar en cualquier licitación implementada por el programa por un período de 1 (un) año contado a partir de la fecha de apertura indicada en el presente documento de cotización si violamos nuestra(s) obligación(es) bajo las condiciones de la oferta si:
(a) retiráramos nuestra Oferta durante el período de vigencia de la oferta especificado por nosotros en el Formulario de Oferta; o
(b) no aceptamos la corrección de los errores de conformidad a lo estipulado en el documento de Invitación a Cotizar Precios o
(c) si después de haber sido notificados de la aceptación de nuestra Oferta durante el período de validez de la misma, (i) no ejecutamos o rehusamos ejecutar el formulario del Contrato, si es requerido; o (ii) no suministramos o rehusamos suministrar la Garantía de Cumplimiento.
Adicionalmente, la inhabilitación para contratar será comunicada a otras entidades multilaterales y a las autoridades nacionales de contrataciones públicas.
3. Entendemos que esta Declaración de Mantenimiento de Oferta expirará si no somos los adjudicatarios, y cuando ocurra primero uno de los siguientes hechos: (i) si recibimos una copia de su comunicación con el nombre del Oferente adjudicatario; o (ii) han transcurrido veintiocho días después de la expiración de nuestra Oferta.
4. Entendemos que, si somos una Asociación en Participación o Consorcio, el Manifiesto de Garantía de Oferta deberá estar en el nombre de la Asociación en Participación o del Consorcio que presenta la Oferta. Si la Asociación en Participación o Consorcio no ha sido legalmente constituida en el momento de
presentar la oferta, el Manifiesto de Garantía de Oferta deberá ser en nombre de todos los miembros futuros tal como se enumeran en la carta de intención.
Firmada: _ _ En capacidad de
[insertar la firma de (los) representante(s) autorizado(s)] [indicar el cargo] Nombre: [indicar el nombre en letra de molde o mecanografiado]
Debidamente autorizado para firmar la oferta por y en nombre de:
_ [indicar el nombre la entidad que autoriza]
Fechada el [indicar el día] de [indicar el mes] de
[indicar el año]
ANEXO XI. PRÁCTICAS PROHIBIDAS
El Banco exige a todos los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o individuos oferentes por participar o participando en actividades financiadas por el Banco incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), observar los más altos niveles éticos y denuncien al Banco1 todo acto sospechoso de constituir una Práctica Prohibida del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Las Prácticas Prohibidas comprenden actos de: (i) prácticas corruptivas; (ii) prácticas fraudulentas;
(iii) prácticas coercitivas; y (iv) prácticas colusorias y (v) prácticas obstructivas. El Banco ha establecido mecanismos para la denuncia de la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas. Toda denuncia deberá ser remitida a la Oficina de Integridad Institucional (OII) del Banco para que se investigue debidamente. El Banco también ha adoptado procedimientos de sanción para la resolución de casos y ha celebrado acuerdos con otras Instituciones Financieras Internacionales (IFI) a fin de dar un reconocimiento recíproco a las sanciones impuestas por sus respectivos órganos sancionadores.
(a) El Banco define, para efectos de esta disposición, los términos que figuran a continuación:
(i) Una práctica corruptiva consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar indebidamente las acciones de otra parte;
(ii) Una práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de hechos y circunstancias, que deliberada o imprudentemente,
engañen, o intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra naturaleza o para evadir una obligación;
(iii) Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar indebidamente las acciones de una parte; y
(iv) Una práctica colusoria es un acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, lo que incluye influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte; y
(v) Una práctica obstructiva consiste en:
a.a. destruir, falsificar, alterar u ocultar deliberadamente evidencia significativa para la investigación o realizar declaraciones falsas ante los investigadores con el fin
1 En el sitio virtual del Banco (xxx.xxxx.xxx/xxxxxxxxx) se facilita información sobre cómo denunciar la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas, las normas aplicables al proceso de investigación y sanción y el convenio que rige el reconocimiento recíproco de sanciones entre instituciones financieras internacionales. de impedir materialmente una investigación del Grupo del Banco sobre denuncias de una práctica corrupta, fraudulenta, coercitiva o colusoria; y/o amenazar, hostigar o intimidar a cualquier parte para impedir que divulgue su conocimiento de asuntos que son importantes para la investigación o que prosiga la investigación, o
b.b. todo acto dirigido a impedir materialmente el ejercicio de inspección del Banco y los derechos de auditoría previstos en el párrafo 1.1 (e) de abajo.
(b) Si se determina que, de conformidad con los Procedimientos de sanciones del Banco, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de bienes o servicios, concesionarios,
Prestatarios (incluidos los Beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores u organismos contratantes (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) ha cometido una Práctica Prohibida en cualquier etapa de la adjudicación o ejecución de un contrato, el Banco podrá:
(i) no financiar ninguna propuesta de adjudicación de un contrato para la adquisición de bienes o servicios, la contratación de obras, o servicios de consultoría;
(ii) suspender los desembolsos de la operación, si se determina, en cualquier etapa, que un empleado, agencia o representante del Prestatario, el Organismo Ejecutor o el Organismo Contratante ha cometido una Práctica Prohibida;
(iii) declarar una contratación no elegible para financiamiento del Banco y cancelar y/o acelerar el pago de una parte xxx xxxxxxxx o de la donación relacionada inequívocamente con un contrato, cuando exista evidencia de que el representante del Prestatario, o Beneficiario de una donación, no ha tomado las medidas correctivas adecuadas (lo que incluye, entre otras cosas, la notificación adecuada al Banco tras tener conocimiento de la comisión de la Práctica Prohibida) en un plazo que el Banco considere razonable;
(iv) emitir una amonestación a la firma, entidad o individuo en el formato de una carta formal de censura por su conducta;
(v) declarar a una firma, entidad o individuo inelegible, en forma permanente o por determinado período de tiempo, para que (i) se le adjudiquen contratos o participe en actividades financiadas por el Banco, y (ii) sea designado2 subconsultor, subcontratista o proveedor de bienes o servicios por otra firma elegible a la que se adjudique un contrato para ejecutar actividades financiadas por el Banco;
(vi) remitir el tema a las autoridades pertinentes encargadas de hacer cumplir las leyes;
2 Un subconsultor, subcontratista o proveedor de bienes o servicios designado (se utilizan diferentes apelaciones dependiendo del documento de licitación) es aquel que cumple una de las siguientes condiciones: (i) ha sido incluido por el oferente en su oferta o solicitud de precalificación debido a que aporta experiencia y conocimientos específicos y esenciales que permiten al oferente cumplir con los requisitos de elegibilidad de la licitación; o (ii) ha sido designado por el Prestatario. y/o;
(vii) imponer otras sanciones que considere apropiadas bajo las circunstancias del caso, incluyendo la imposición de multas que representen para el Banco un reembolso de los costos vinculados con las investigaciones y actuaciones. Dichas sanciones podrán ser impuestas en forma adicional o en sustitución de las sanciones arriba referidas.
(c) Lo dispuesto en los incisos (i) y (ii) del párrafo 1.1 (b) se aplicará también en casos en los que las partes hayan sido temporalmente declaradas inelegibles para la adjudicación de nuevos contratos en espera de que se adopte una decisión definitiva en un proceso de sanción, o cualquier otra resolución.
(d) La imposición de cualquier medida que sea tomada por el Banco de conformidad con las provisiones referidas anteriormente será de carácter público.
(e) Asimismo, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco, incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o contratantes (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) podrá verse sujeto a sanción de conformidad con lo dispuesto en convenios suscritos por el Banco con otra Institución Financiera Internacional (IFI) concernientes al reconocimiento recíproco de decisiones de inhabilitación. A efectos de lo dispuesto en el presente
párrafo, el término “sanción” incluye toda inhabilitación permanente, imposición de condiciones para la participación en futuros contratos o adopción pública de medidas en respuesta a una contravención del marco vigente de una Institución Financiera Internacional (IFI) aplicable a la resolución de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas.
(f) El Banco exige que los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y sus representantes, y concesionarios permitan al Banco revisar cualesquiera cuentas, registros y otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y con el cumplimiento del contrato y someterlos a una auditoría por auditores designados por el Banco. Todo solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios y concesionario deberá prestar plena asistencia al Banco en su investigación. El Banco también requiere que solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios: (i) conserven todos los documentos y registros relacionados con actividades financiadas por el Banco por un período de siete (7) años luego de terminado el trabajo contemplado en el respectivo contrato; y
(ii) entreguen todo documento necesario para la investigación de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas y (iii) aseguren que los empleados o agentes de los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios que tengan conocimiento de las actividades financiadas por el Banco estén
disponibles para responder a las consultas relacionadas con la investigación provenientes de personal del Banco o de cualquier investigador, agente, auditor, o consultor apropiadamente designado. Si el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor proveedor de servicios o concesionario se niega a cooperar o incumple el requerimiento del Banco, o de cualquier otra forma obstaculiza la investigación por
parte del Banco, el Banco, bajo su sola discreción, podrá tomar medidas apropiadas contra el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios, o concesionario.
(g) Cuando un Prestatario adquiera bienes, servicios distintos de servicios de consultoría, obras o servicios de consultoría directamente de una agencia especializada, todas las disposiciones contempladas en el párrafo 1.1 y subsiguientes relativas a sanciones y Prácticas Prohibidas se aplicarán íntegramente a los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), o cualquier otra entidad que haya suscrito contratos con dicha agencia especializada para la provisión de bienes, obras o servicios distintos de servicios de consultoría en conexión con actividades financiadas por el Banco. El Banco se reserva el derecho de obligar al Prestatario a que se acoja a recursos tales como la suspensión o la rescisión. Las agencias especializadas deberán consultar la lista de firmas e individuos declarados inelegibles de forma temporal o permanente por el Banco. En caso de que una agencia especializada suscriba un contrato o una orden de compra con una firma o individuo declarado inelegible de forma temporal o permanente por el Banco, el Banco no financiará los gastos conexos y se acogerá a otras medidas que considere convenientes.
Los Consultores declaran y garantizan:
(i) que han leído y entendido las definiciones de Prácticas Prohibidas del Banco y las sanciones aplicables a la comisión de las mismas que constan de este documento y se obligan a observar las normas pertinentes sobre las mismas;
(ii) que no han incurrido en ninguna Práctica Prohibida descrita en este documento;
(iii) que no han tergiversado ni ocultado ningún hecho sustancial durante los procesos de selección, negociación, adjudicación o ejecución de un contrato;
(iv) que ni ellos ni sus agentes, personal, subcontratistas, subconsultores, directores, funcionarios o accionistas principales han sido declarados por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) con la cual el Banco haya suscrito un acuerdo para el reconocimiento recíproco de sanciones, inelegibles para que se les adjudiquen contratos financiados por el Banco o por dicha IFI, o culpables de delitos vinculados con la comisión de Prácticas Prohibidas;
(v) que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas principales han sido director, funcionario o accionista principal de ninguna otra compañía o entidad que haya sido declarada inelegible por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI).