CONTRATO DE VENTAS AL POR MENOR A PLAZOS PLAN DE CUENTAS ROTATIVAS CONTRATO DE TARJETA DE CREDITO
CONTRATO DE VENTAS AL POR MENOR A PLAZOS PLAN DE CUENTAS ROTATIVAS CONTRATO DE TARJETA DE CREDITO
El uso de la Tarjeta de Crédito (la "Tarjeta") que emite la ("Cooperativa") COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO XXXXXXXXX ROADS a solicitud de las personas que suscriben este contrato (el "Tenedor") se regirán por los siguientes términos, cláusulas y condiciones.
1. Uso de la Tarjeta- El Tenedor podrá usar la Tarjeta para comprar o arrendar mercancía y servicios en aquellos establecimientos y para obtener adelantos en efectivo donde se acepte la Tarjeta, sujetos a aquellos límites que de tiempo en tiempo fije la Cooperativa asociada a la cual se presente la Tarjeta.
El Tenedor adeudará a la Cooperativa la suma cargada a su cuenta por el uso de la Tarjeta más cualquier Cargo que se determine, la cual será pagadera en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América en su totalidad o en plazos mensuales, en conformidad con las disposiciones expuestas en este contrato.
2. Emisión de Tarjetas a Menores de Edad: La Tarjeta adicional será emitida a nombre del menor, pero será el padre o madre o tutor legal quien solicitará el plástico y quien será responsable por el uso y manejo de la Tarjeta, mientras esté activa y en circulación. Si el padre, madre o tutor del menor le facilita una tarjeta al menor, éste será responsable por las transacciones que se procesen con esa Tarjeta y la releva de responsabilidad a la Cooperativa por las transacciones procesadas por el menor con la misma.
3. Límite de Crédito: El límite de crédito concedido por la Cooperativa para la cuenta del Tenedor aparecerá en un aviso que se incluirá junto con la Tarjeta. En cada estado mensual de cuenta aparecerá el límite de crédito vigente a la fecha del estado. El Tenedor no podrá excederse del límite de crédito aprobado por la Cooperativa y de así hacerlo la Cooperativa tendrá el derecho de cancelar la Tarjeta, requerir su devolución o incautarse de la misma, y cerrar la cuenta. Cualquier cantidad en exceso del límite aprobado por la Cooperativa será pagada por el Tenedor a la presentación.
4. Cancelación de la Tarjeta: La Tarjeta es propiedad de la Cooperativa y ésta podrá cancelarla en cualquier momento sin previo aviso al Tenedor, quien se obliga a devolver, a solicitud de la Cooperativa, cualquier Tarjeta emitida partida en dos.
5. Gravamen Estatutario: Por la presente, el (los) socios o Tenedor (s) reconocen que existe un gravamen estatutario sobre los fondos depositados en las cuentas de depósitos así como las acciones y demás haberes que posea (n) en la Cooperativa, hasta el límite de las deudas que éste (éstos) mantenga(n) en la misma.
6. Cargos por Financiamiento: Los CARGOS POR FINANCIAMIENTO se computan únicamente sobre el balance principal, en conformidad con lo siguiente:
A. Los CARGOS POR FINANCIAMIENTO POR MERCANCIA Y SERVICIOS se determinan multiplicando el Balance Diario Promedio pendiente de pago durante el período comprendido en el estado de cuenta mensual por la Tasa Periódica de 1.0625% por mes, equivalente a una TASA DE PORCENTAJE ANUAL de 12.75%. No se impondrá CARGOS POR FINANCIAMIENTO para períodos de facturación en que no exista un balance previo o durante el cual los pagos o créditos igualen o excedan el Balance Anterior.
B. Los CARGOS POR FINANCIAMIENTO POR ADELANTOS EN EFECTIVO se determinan multiplicando el Balance Diario Promedio pendiente de pago durante el período comprendido en el estado de cuenta mensual por una Tasa Periódica de 1.0625% por mes equivalente a una TASA DE PORCENTAJE ANUAL de 12.75%. El CARGO POR FINANCIAMIENTO se impondrá a partir de la fecha en que se reciba el adelanto y hasta su pago total.
7. Tasa de Porcentaje Anual Introductoria: La Cooperativa concederá una tasa especial introductoria de
% por la totalidad de los balances transferidos de otras instituciones hasta el saldo de dicho balance. Se entenderá que adelantos en efectivo o compras posteriores se aplicará la Tasa de Porcentaje Anual Regular. Cuando su pago mínimo mensual esté atrasado (o sea, que se haya recibido después de la Fecha de Vencimiento del Pago) o cuando caduque la Tasa Introductoria, se aplicará la Tasa de Porcentaje Anual Regular.
8 Método para Determinar los Cargos por Financiamiento:
A. Los Cargos por Financiamiento se computarán mediante el sistema del Balance Diario Promedio, el cual se obtiene sumando los balances adeudados en cada día comprendido en el estado de cuenta mensual y dividiendo el resultado por el número de días comprendido en dicho estado de cuenta. Los balances adeudados durante cada día se determinan sumando el balance final del principal del día anterior, más cualquier (i) compra o servicios por la que la Cooperativa haga un desembolso de dinero, (ii) adelantos en efectivo recibidos o (iii) débitos o cargos adjudicadas a la cuenta, según fuera el caso, menos cualesquiera pago o crédito recibido o abonado durante el día.
B. Los Cargos por Financiamiento respecto a mercancías y servicios serán computados a partir de la fecha en que la Cooperativa desembolse el dinero al vendedor o a la persona que preste los servicios
C. Los Cargos por Financiamiento respecto a los adelantos en efectivo se computarán desde la fecha en que el Tenedor y/o las personas autorizadas por éste reciban dichos adelantos.
9. Cargo por Xxxx: Se cobrará un cargo por demora de $15.00 si efectúa el pago mínimo requerido después de la fecha de pago indicada en su estado de cuenta, cualquier violación subsiguiente que ocurra después del primer pago tardío dentro de los próximos 6 meses, puede estar sujeto a un cargo por xxxx de $15.00. Después de un nuevo lapso de 6 meses, sin efectuar pagos tardíos, en la próxima violación de pago tardío puede estar sujeta a un cargo por xxxx de $15.00 y comienza un nuevo periodo de 6 meses donde la violación de pago tardío puede estar sujeto a un cargo por xxxx de $15.00 y así sucesivamente. En cualquier eventualidad, la cantidad del cargo no excederá la cantidad del pago mínimo requerido en su estado de cuenta.
10. Cargo por Cheque Devuelto: La Cooperativa podrá imponer un Cargo por Cheque Devuelto de $10.00 al balance de compra por cada cheque u otro instrumento enviado en pago a la Tarjeta que sea devuelto por fondos insuficientes, no disponibles, no cobrados o porque no pueda ser procesado. La Cooperativa podrá imponer este Cargo si un cheque u otro instrumento es devuelto a la primera presentación, inclusive si el cheque u otro instrumento es posteriormente pagado. Este Cargo aparecerá reflejado en el estado de cuenta mensual correspondiente.
11. Cargo por Adelanto en Efectivo: La Cooperativa podrá imponer un Cargo por transacciones de adelantos en efectivo de tarjetas de crédito, incluyendo adelantos vía cheques. El máximo del cargo a imponerse por adelantos de cien dólares ($100.00) o más mediante tarjeta de crédito, será el dos porciento (2%) del total del adelanto o diez dólares ($10.00) lo que sea menor. Si la cantidad del adelanto es menor de cien dólares
($100.00), se podrá cobrar un cargo de un dólar ($1.00) hasta un xxxxxx xx xxxx dólares ($10.00). El Cargo por este concepto, se verá reflejado en el Estado de Cuenta correspondiente.
12. Cargo por Violación al Contrato: No se impondrá más de un cargo por violación a los términos de su cuenta como resultado de un evento o transacción. Por ejemplo, si efectúa un pago mediante cheque, el cual es devuelto y como consecuencia su pago no es recibido antes de la fecha de vencimiento lo que resultaría en un cargo por xxxx, nosotros impondríamos un cargo por xxxx, o un cargo por cheque devuelto, pero no se cobraran ambos, ya que los cargos son el resultado del mismo evento o transacción.
13. Estado de Cuenta Mensual: Mensualmente la Cooperativa le enviará al Tenedor un estado de cuenta en el cual se indicará, entre otras cosas, el Balance Anterior, Pagos y Créditos, Débitos, Compras de Mercancías y Servicios y Adelantos en Efectivo efectuados durante el período en cuestión, el Cargo por Financiamiento, el Cargo por Xxxx y el Cargo por Cheque Devuelto efectuados durante el período en cuestión, la Tasa de Porcentaje Anual, el total del Balance Nuevo, el Pago Mínimo y la Fecha en que vencerá dicho pago. El Tenedor deberá notificar por escrito a la Cooperativa cualquier error en el estado de cuenta mensual dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha en que el estado le es enviado. Para más detalles, vea la INFORMACION SOBRE ERRORES O RECLAMACIONES RELACIONADOS CON SU FACTURA EN LA PARTE POSTERIOR SE SU ESTADO DE CUENTA.
14. Pago Mínimo: El Tenedor podrá pagar el Total del Nuevo Balance en su totalidad o en pagos mensuales. De efectuar el pago en plazos mensuales, el pago mínimo será 1/36ava parte del Total del Balance o $10.00 hasta
$5,000.00 lo que sea mayor y en exceso de $5,001.00 un 1/60ava parte. El Tenedor podrá pagar en cualquier momento el Total del Nuevo Balance o cualquier parte de este que sea mayor que el Pago Mínimo mensual requerido.
15. Período xx Xxxxxx: En mercancía y servicios, el período xx xxxxxx para evitar incurrir el Cargo por Financiamiento será en promedio (27) días a un máximo de 32 días a partir de la fecha del estado de cuenta (provisto que el Tenedor ha pagado el balance previo en su totalidad en o antes del día de vencimiento)
16. Distribución de los Pagos: Si el Tenedor pagara el Pago Mínimo requerido en el estado de cuenta mensual, dicho pago será aplicado en la siguiente forma: primero a los Cargos por Financiamiento, y el remanente se aplicará proporcionalmente a lo adeudado por concepto de mercancía y servicios y adelantos en efectivo, conforme al Balance Nuevo que cada una de dichas dos partidas arroje a la fecha del estado de cuenta mensual. La cantidad pagada en exceso se aplicará a la partida donde el interés sea más alto o donde exista el balance mayor adeudado.
17. Aceleración: La Cooperativa podrá acelerar el vencimiento en toda o parte de la suma adeudada bajo el Contrato en cualquiera de las siguientes circunstancias:
Cuando el Comprador falte al pago de tres plazos consecutivos, o cuando el Comprador falte en el pago de uno o más plazos vencidos, si en dos o más ocasiones anteriores había dejado de pagar dos o más plazos consecutivos y en dichas ocasiones se había rehabilitado totalmente en el pago de los plazos vencidos o cuando el Comprador que ha dejado de pagar uno o más plazos consecutivos le presenta un pago parcial de la suma vencida y, después de efectuar ese pago parcial continúa pagando los plazos futuros a su vencimiento, pero sigue en xxxx con respecto al remanente de la suma vencida durante tres plazos consecutivos posteriormente a la fecha en que se efectuó el pago parcial.
18 Cuota Anual:
A. El Tenedor pagará a la Cooperativa una cuota anual no reembolsable de $25.00 por la "Tarjeta". La Cooperativa emitirá una sola tarjeta a nombre del Tenedor.
B. Si el Tenedor solicita tarjetas adicionales para usuarios autorizados, el Tenedor pagará una cuota anual suplementaria no reembolsable de $10.00 por cada tarjeta adicional emitida.
C. Las cuotas anuales serán cargadas a la cuenta del Tenedor en el primer estado de cuenta mensual y sucesivamente en cada aniversario de la fecha de emisión de la primera tarjeta solicitada. Las indicadas cuotas anuales aparecerán reflejadas en el estado de cuenta mensual correspondiente.
19 Seguro de Crédito: La Cooperativa podrá ofrecer un Seguro de Crédito, pero su cubierta es voluntaria y por ningún concepto la Cooperativa la impondrá como condición para la concesión de la tarjeta de crédito.
20 Tarjeta Extraviada o Hurtada: Si la Tarjeta se extraviara o fuera hurtada, el Tenedor deberá notificar inmediatamente a la Cooperativa, llamando por teléfono al (000) 000-0000 Ext. 1249 ó 0-000-000-0000 en horas laborables o al (000) 000-0000 o a Master Card Global Assistance al 0-000-000-0000 (24) horas, fuera de éstas, y completar y someter aquellos formularios o informes que la Cooperativa le requiera. Si la Tarjeta fuera utilizada por una persona no autorizada, el Tenedor podrá ser responsable hasta una cantidad que no exceda de $50.00, a menos que el Tenedor haya notificado a la Cooperativa del extravío, hurto o uso no autorizado de la Tarjeta con antelación a cualquier compra o adelanto.
21. Honorarios de Abogado: En caso de radicarse ante un Tribunal una acción para el cobro de la presente obligación, usted vendrá obligado a pagar los honorarios del abogado (que no sea empleado) del VENDEDOR o su Cesionario, montantes a $50.00 o el 5% del balance de la deuda, lo que sea mayor. El Tenedor reconoce y acuerda pagar los gastos incurridos por la Cooperativa para el cobro extrajudicial de la deuda, aun cuando no se haya iniciado un procedimiento judicial de cobro de dinero.
22. Enmiendas: Los términos de este Contrato podrán ser enmendados por la Cooperativa mediante aviso escrito al Tenedor, con no menos de cuarenta y cinco (45) días de anticipación a la fecha de vigencia de la enmienda. Cualquier enmienda con relación a los Cargos por Financiamiento será aplicable al balance adeudado a la vigencia del cambio, así como a las compras de mercancías y servicios y adelantos en efectivo que se originen a partir de la fecha de vigencia según las leyes aplicables. Si el Tenedor no estuviera de acuerdo con las enmiendas notificadas y deseara dar por terminado el Contrato, deberá notificar por escrito a la Cooperativa de su decisión y devolver la Tarjeta partida en dos dentro del término de quince (15) días de la fecha en que se le envíe la notificación de enmienda y seguirá pagando los balances adeudados bajo la cuenta, conforme a los términos anteriormente vigentes. Cualquier cambio en las tasas de Cargos por Financiamiento que ocurra en o antes de la fecha en que se aprueba el crédito solicitado se notificará mediante aviso con por lo menos cuarenta y cinco
(45) días de anticipación a la fecha de efectividad, acompañado por la Tarjeta al Tenedor, quien, mediante el uso de la Tarjeta, confirma su aceptación del cambio.
USTED COMO COMPRADOR NO ESTÁ OBLIGADO A ACEPTAR LA TARJETA NI SERÁ RESPONSABLE DE CARGO ALGUNO A MENOS QUE ELIJA ACEPTARLA MEDIANTE EL USO Y TENDRÁ DERECHO DE RESCINDIR ESTE ACUERDO, SI DENTRO DE LOS QUINCE (15) DÍAS DEL RECIBO DE ESTE ACUERDO Y SIN HABER UTILIZADO LA TARJETA, USTED ASÍ LO NOTIFICA A LA COOPERATIVA.
23. Disposiciones Misceláneas
A. La Cooperativa queda autorizada por el Tenedor a investigar las referencias de crédito del Tenedor, y se reserva el derecho de expedir o no expedir, renovar o no renovar la Tarjeta, dependiendo de la habilidad de pago y de las referencias de crédito del Tenedor.
B. El Tenedor será siempre solidariamente responsable del pago total de todas las compras y adelantos en efectivo que se efectúen mediante el uso de las Tarjetas emitidas, y de los Cargos correspondientes.
C. La omisión por parte de la Cooperativa de ejercitar cualquier derecho bajo este Contrato no constituirá una renuncia a dicho derecho.
D. Si alguna cláusula o parte de una cláusula fuese declarada nula por un Tribunal o dejase de tener efecto por disposición legal o reglamentaria, las restantes disposiciones de este contrato no se afectarán y continuarán vigentes.
E. Este Contrato se interpretará bajo las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
24. Este contrato de Tarjeta de Crédito es renovable. No obstante, la Cooperativa podrá en cualquier momento notificarle al Tenedor la cancelación de la tarjeta de Crédito, incluyendo los CARGOS POR FINANCIAMIENTO. El balance adeudado bajo la Tarjeta se pagará a la tasa de interés anual vigente al momento de la cancelación y cualquier otro cargo que se adeude.
25. Cambio de dirección: El tenedor de la Tarjeta se compromete a notificar por escrito a la Cooperativa de cualquier cambio de dirección. En ausencia de tal notificación, cualquier correspondencia enviada a la última dirección reflejada en los archivos de la Cooperativa, se entenderá hecha correctamente. El Tenedor de la cuenta conviene y acepta que la Cooperativa no incurrirá en responsabilidad por el extravió de correspondencia o documentos remitidos a éste como resultado de su incumplimiento con el requisito de notificación inmediata en caso de cambio de dirección.
26. AVISO AL CESIONARIO: EL CESIONARIO QUE RECIBA O ADQUIERA EL PRESENTE CONTRATO AL POR MENOR A PLAZOS O UN PAGARE RELACIONADO CON ESTE, QUEDARA SUJETO EN IGUALDAD DE CONDICIONES A CUALQUIER RECLAMACION O DEFENSA QUE EL COMPRADOR PUEDA INTERPONER EN CONTRA DEL VENDEDOR. EL CESIONARIO DEL CONTRATO TENDRA DERECHO A PRESENTAR CONTRA EL VENDEDOR TODAS LAS RECLAMACIONES Y DEFENSAS QUE EL COMPRADOR PUEDA LEVANTAR CONTRA EL VENDEDOR DE LOS ARTICULOS O SERVICIOS.
27. AVISO AL COMPRADOR: NO FIRME ESTE CONTRATO SIN LEERLO O SI EL MISMO CONTIENE ESPACIOS EN BLANCO, USTED TIENE DERECHO A UNA COPIA DE ESTE CONTRATO. BAJO LA LEY ACTUAL USTED TIENE DERECHO A SALDAR POR ANTICIPADO EL BALANCE ADEUDADO BAJO EL CONTRATO. EN ESTOS CASOS SE CANCELARA EL PRINCIPAL ADEDUADO A LA FECHA DE PAGO MAS CUALQUIER BALANCE PARA CUBRIR CARGOS O INTERESES DEVENGADOS A ESA FECHA.
28. Acuerdo: El (los) Tenedor (es) de la cuenta reconoce(n) haber recibido copia debidamente cumplimentada de este documento en la misma fecha que fue otorgado.
29. El (los) Tenedores y las personas autorizadas está(n) de acuerdo con los términos y condiciones antes mencionados en este Contrato de Tarjeta de Crédito de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Xxxxxxxxx Roads. En , Puerto Rico, hoy día del mes de del año .
CONTRATO DE VENTA AL POR MENOR A PLAZOS PLAN DE CUENTAS ROTATIVAS
Firma del Comprador Fecha (Solicitante)( Tenedor)
Dirección del Comprador (Solicitante)( Tenedor)
Firma del Comprador
(Co-solicitante)( Tenedor)
Fecha
Dirección del Comprador (Co-solicitante)( Tenedor)
Firma Autorizada (COOP):
Tarjeta Otorgada en:
IMPORTANTE: Con su tarjeta de crédito, usted también recibirá una copia de este Contrato y de sus Derechos de Facturación.
Cooperativa de Ahorro y Crédito Xxxxxxxxx Roads PO Box 31
Xxxxxxx, PR 00
REV. NOVIEMBRE 2010
COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO XXXXXXXXX ROADS
Número de Socio | Línea Nueva | Aumento en Línea | Línea Crédito Solicitadas$ | ||||||||
Núm. Terjetas | Número de Cuenta | ||||||||||
INFORMACION DEL SOLICITANTE | |||||||||||
Nombre | Apellido Paterno | Apellido Materno | Fecha de Mes Nacimiento | Día | Año | ||||||
Número Seguro Social | Estado Civil | Casado | No Casado | Separado | Núm. de Dependientes | Licencia de Conducir | |||||
Dirección Postal | Ciudad | Zip Code | |||||||||
Dirección Residencial | Ciudad | Zip Code | |||||||||
Tiempo en Residencia | Años | Meses | Casa | Propia | Alquilada | Familia | Otro | Teléfono Residencia | Tenedor de la Hipoteca o Arrendador | ||
Empleo o Nombre del Patrono | Teléfono de Empleo | Tiempo en Empleo | Años Meses | Tiempo Parcial | Tiempo Completo | ||||||
Dirección Empleo | Ciudad | Zip Code | |||||||||
Puesto | Nombre del Supervisor | Salario Bruto $ | Mensual | Bisemanal | Quincenal Semanal | Salario Neto $ | |||||
* Fuente de Otros Ingresos | Cantidad $ | ||||||||||
Empleo Anterior (Si lleva menos de tres años en el empleo actual) | Dirección | ||||||||||
Dirección Empleo Anterior | |||||||||||
Familiar Cercano (Que no viva con usted) | Dirección del Familiar | Ciudad | Zip Code | Parentesco | Teléfono | ||||||
Cuentas de Depósito | Nombre del Banco: | Sucursal: | Número de Cuenta: | ||||||||
Corriente: | Ahorro: | ||||||||||
REFERENCIAS DE CREDITO - DEUDAS (Incluye Bancos, Financieras, Cooperativas, terjetas, Tiendas y Otros) | |||||||||||
ACREEDOR | SUCURSAL | TIPO DE CUENTA | NO. DE CUENTA | BALANCE | PAGO MENSUAL | ||||||
INFORMACION CO-SOLICITANTE | |||||||||||
Nombre | Apellido Paterno | Apellido Materno | Fecha de Mes Nacimiento | Día | Año | ||||||
Número Seguro Social | Estado Civil | Casado | No Casado | Separado | Núm. de Dependientes | Teléfono Residencial | Licencia Conducir | ||||
Dirección Postal | Ciudad | Zip Code | |||||||||
Dirección Residencial | Ciudad | Zip Code | |||||||||
Empleo o Nombre del Patrono | Teléfono de Empleo | Tiempo en Empleo | Años Meses | Tiempo Parcial | Tiempo Completo | ||||||
Dirección Empleo | Ciudad | Zip Code | |||||||||
Puesto | Nombre del Supervisor | Salario Bruto $ | Mensual | Bisemanal | Quincenal Semanal | Salario Neto $ | |||||
* Fuente de Otros Ingresos | Cantidad $ | ||||||||||
*NO ES NECESARIO INCLUIR INGRESOS POR CONCEPTO DE PENSIONES ALIMENTARIAS O MANUTENCION DE MENORES SI USTED NO DESEA QUE SE CONSIDERE PARA EL PAGO DE ESTA OBLIGACION. |
SOLICITUD DE TARJETA DE CREDITO PLAN CUENTAS ROTATIVAS
SEGURO OPCIONAL |
Seguro Colectivo de Vida Con Incapacidad Física y Permanente. Este Seguro Opcional que paga el balance de su cuenta con un máximo de la línea aprobada, lo que sea menor. Su costo de 0.49 por $1000.00 de balance promedio mensual de su cuenta rotativa. Para ser elegible: Tener 69 años o menos Otras restriciones aplican (vea Certificado del Seguro) Si deseo obtener el seguro. No deseo obtener el seguro. Firma del Solicitante |
TARJETA ADICIONAL |
Nombre del Usuario de la Terjeta Adicional Licencia de Conducir: Seguro Social: Parentesco: Firma del Usuario Tarjeta Adicional Fecha TARJETA ADICIONAL |
Nombre del Usuario de la Terjeta Adicional |
Licencia de Conducir: Seguro Social: Parentesco: Firma del Usuario Tarjeta Adicional Fecha |
PARA USO DE LA COOPERATIVA SOLAMENTE |
Decisión: Aprobado Desaprobado Fecha de Desición: Firma del Oficial: Límite de Crédito: Sucursal: Comentarios: |
ASEGURESE DE FIRMAR ESTA SOLICITUD Y EL CONTRATO ADJUNTO
HE (HEMOS) LEÍDO LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES EXPUESTOS EN EL CONTRATO DE VENTA AL POR MENOR A PLAZOS QUE APARECE AL DORSO Y ESTOY (ESTAMOS) DE ACUERDO CON LOS MISMOS.
Certifico que todo lo antes expuesto es cierto y correcto y que la Cooperativa retendrá esta solicitud
fuera o no aprobada la misma. Por la presente autorizo a la Cooperatvia a verificar el historial de crédito y de empleo de los suscribientes y a divulgar a cualquier agencia de información de crédito cualquier información obtenida respecto a su experiencia de crédito con los suscribientes.
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Fecha Firma del Solicitante
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E
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O
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TASA DE PORCENTAJE ANUAL 12.75% Compras y Servicios | XXXXXXX XX XXXXXX 00 X 00 días Ninguno | CUOTA ANUAL $25.00 | TARJETA ADICIONAL $10.00 | METODO DE CALCULAR EL BALANCE Balance Diario Promedio (Incluyendo compras nuevas) | CARGO POR CHEQUE DEVUELTO $10.00 | CARGOS ADICIONALES: Adelanto en Efectivo 2% Máximo de $10.00 |
CHEQUE DEVUELTO $10.00 | ||||||
CARGO POR XXXX $15.00 | ||||||
La información sobre los costos de la tarjeta descrita en esta solicitud es correcta al de de . | ||||||
Esta información puede haber variado después de esta fecha. Para verificar lo que puede haber variado en dicha información, puede llamar | ||||||
12.75% Adelantos en Efectivo | al (000) 000-0000, sin cargo al 0-000-000-0000 o escribir a la siguiente dirección: X.X. Xxx 00, Xxxxxxx, X.X. 00000-0000. |
Firma del Co-Solicitante
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I
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Fecha
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$10.00 por tarjeta adicional
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Xxx Xxxxxx Xxxxxxxx
Xxxxxxx Xxxxxxxxx
Xxxxxxx Xxxxx
0000
Xxxx. Xxx. 0, Xx. 00.0
X.X. Xxx 00, Xxxxxxx, X.X. 00738-0031
Tels. 000-000-0000 • 0-000-000-0000