CIUDAD DE SANTA FE – DEPARTAMENTO LA CAPITAL” PROVINCIA DE SANTA FE
“ CONSTRUCCION XXXXXXXX XXXXXX - XXXXXX XXXXXX”
XXXXXX XX XXXXX XX – DEPARTAMENTO LA CAPITAL” PROVINCIA DE SANTA FE
INDICE GENERAL
1. CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LA CONTRATACIÓN
2. MEMORIA DESCRIPTIVA DE LA OBRA
3. PLIEGO UNICO DE BASES Y CONDICIONES
4. PLIEGO DE BASES CONDICIONES COMPLEMENTARIAS
5. ESPECIFICACIONES TECNICAS GENERALES
6. ESPECIFICACIONES TECNICAS PARTICULARES
7. PROYECTO DE AVISO DE LA LICITACION
CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LA CONTRATACION
“ CONSTRUCCION XXXXXXXX XXXXXX - XXXXXX XXXXXX”
XXXXXX XX XXXXX XX – XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXX” XXXXXXXXX XX XXXXX XX
* SISTEMA DE ADJUDICACIÓN: Licitación Pública
* SISTEMA DE CONRATACION: Unidad de medida y precio unitario
* PRESUPUESTO OFICIAL:
$ 29.954.629,29
* GARANTÍA DE LA OFERTA:
$ 299.546,30
* CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN ANUAL: $ 9.984.876,43
* CAPACIDAD TECNICA DE CONTRATACIÓN INDIVIDUAL:
-300 SANEAMIENTO:
$ 9.984.876,43
* PLAZO DE EJECUCIÓN :
TREINTA Y SEIS (36) MESES
* PRECIO DEL LEGAJO:
$ 12.000,00
Lugar y Fecha de apertura de sobres: ……………………....................
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES COMPLEMENTARIAS
ARTICULO 1º) OBJETO:
El presente llamado a Licitación Pública tiene por objeto contratar los trabajos necesarios para la ejecución de un conducto rectangular de HºAº elaborado in situ de dimensiones variables. El mismo permitirá evacuar los excedentes pluviales provenientes de Avenida Xxxxxxxx hacia los xxxxxxx xxx Xxxxxx, única salida existente de la cuenca.
La contratación incluye la ejecución de:
▪ Conducto rectangular de hormigón armado por calle Xxxxxx, desde la intersección de ésta con Av. Xxxxxxxx, conformado por una sección inicial de tres (3) vanos de 1,80 mts. de base por 1,40 mts. de altura, continuando hacia el sur por el camino viejo a Esperanza hasta el cruce con el canal a cielo abierto primario denominado Xxxxx (progresiva km 800 aprox.), donde aumenta su sección a cuatro (4) vanos de 2,10 mts. de ancho por 1,40 mts. de altura hasta la desembocadura en el antiguo bañado del río Salado.
▪ Canal a cielo abierto de sección trapecial, con taludes 1:1,5 de importantes dimensiones, que permitirá una descarga directa del conducto al Lago reservorio Nº3.
▪ Conducto rectangular de hormigón armado in situ entre el canal Xxxxx y el conducto principal de Camino viejo a Esperanza cuya sección es coincidente con la proyectada en el Plan Director de Desagües pluviales, es decir, 2 (dos) vanos de 1,80 mts. de ancho por 1,40 mts. de altura. Debido a que la cota de fondo de este conducto quedará por debajo de la solera del canal, están incluidas dentro de esta obra las tareas de limpieza y rectificación de este canal en todo el tramo hasta enrazar aguas arriba con el fondo del conducto tipo arco bóveda existente en una longitud estimada en 560 mts.
▪ Obras complementarias en cunetas existentes, consistentes en la provisión y colocación de entubados con caños de 0,50 m y 1,00 m de diámetros y construcción de los cabezales correspondientes con mampostería, que permitirán a través de la conexión al conducto principal proyectado, eliminar los excedentes hídricos de varios barrios de la ciudad como son Xxxxx Xxx Xxxxxx, 00 de Octubre, Tránsito, Juventud del Norte, etc.
Con la ejecución de esta importante obra se eliminará un canal de grandes dimensiones que funciona a cielo abierto sobre el Camino viejo a Esperanza implicando un impacto ambiental muy favorable en la zona aledaña al mismo, a la vez que se optimizará considerablemente el drenaje de los excedentes hídricos de un
amplio xxxxxx xx xx xxxx xxxxxxxx xx xx xxxxxx xx Xxxxx Xx, seriamente afectado por el fenómeno pluvial acaecido durante los primeros meses del corriente año.
Los trabajos se realizarán conforme lo establecido en el proyecto; planos generales y de detalle elaborados por la Municipalidad de Santa Fe; y los Pliegos: Único de Bases y Condiciones, de Condiciones Complementarias, de Especificaciones Técnicas Generales y Particulares.
ARTICULO 2º) XXXXX XXXXX
La Licitación, adjudicación, contratación y ejecución de los trabajos se ajustan en un todo al régimen de la Ley de Obras Públicas de la Provincia de Santa Fe Nº 5.188, su decreto reglamentario y modificatorios, la Ley Nacional de Convertibilidad Nº 23.928, modificada por Ley Nº 25.561, sus decretos reglamentarios, la ley de Administración Financiera Nº12.510/06 sus decretos ampliatorios y modificatorios; la ley Provincial Nº 12.046, sus Decretos reglamentarios, la ley Nº12.109 y la Ley No. 12.105. Asimismo, será obligatorio para el contratista en lo atinente a su función específica el cumplimiento de las leyes y Decretos Nacionales, Provinciales, Ordenanzas Municipales, Comunales, su Reglamentación y todas aquellas otras disposiciones que sobre el particular se dicten en el futuro.
ARTICULO 3º) PRESUPUESTO OFICIAL:
El presupuesto Oficial se ha estimado en: Pesos VEINTINUEVE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS VEINTINUEVE
CON VEINTINUEVE CENTAVOS ( $ 29.954.629,29) de acuerdo a la planilla de ítems y cantidades que forma parte de la presente documentación.
ARTICULO 4º) INSCRIPCIÓN Y CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN- ADMISIBILIDAD DE EMPRESAS OFERENTES:
Los proponentes deberán estar inscriptos y habilitados en el Registro de Licitadores de Obras Públicas de la Provincia de Santa Fe en la especialidad “ 300 SANEAMIENTO ”
Deberán contar como mínimo con los siguientes montos:
• CAPACIDAD DE CONTRATACION ANUAL: $ 9.984.876,43
• CAPACIDAD TECNICA DE CONTRATACION INDIVIDUAL EN LA ESPECIALIDAD “300 SANEAMIENTO”: $ 9.984.876,43
En el caso de asociaciones transitorias serán de aplicación las Normas del Registro de Licitadores de Obras Públicas vigentes a la fecha de Licitación.
Los proponentes que no estén inscriptos en el Registro de Licitadores de la Provincia de Santa Fe, deberán presentar la constancia de inicio del trámite de inscripción y /o de actualización de sus capacidades. Previo a la adjudicación, los
oferentes deberán cumplimentar con los trámites iniciados y acreditar las capacidades anuales mínimas por especialidad y de contratación anual establecidas más arriba.
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DE LAS EMPRESAS OFERENTES:
1) Inexistencia de antecedentes de rescisión de contratos de obras públicas por culpa de la empresa, por el lapso de dos años anteriores a la fecha de publicación del llamado(Decreto N°195-23/01/06) Y;
2) Cumplir con la Disposición Nº001/06-DGRL( Certificado Negativo otorgado por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos), según lo establecido por la Ley provincial Nº11.945 y Decreto Reglamentario Nº1005/06.
ARTICULO 5º) PRECIO DE ADQUISICIÓN DEL LEGAJO:
El precio de adquisición del presente legajo de licitación es de
PESOS DOCE MIL ($ 12.000,00).
ARTICULO 6º) SISTEMA DE CONTRATACIÓN:
Los trabajos se contratarán por el sistema de “ Unidad de Medida y
Precio Unitario”.
ARTICULO 7º) DE LA PROPUESTA:
Las propuestas se abrirán el día.......... del mes hasta
las……..horas en........................…………………..…..................................................…....
y serán presentadas en Sobre cerrado sin membrete, siglas, sellos, o signos que hagan posible la identificación del proponente, quién deberá mantener las mismas por el término de sesenta (60) días a partir de la fecha de apertura de los Sobres de presentación.
Las propuestas que no se presenten en la forma descripta anteriormente serán rechazadas y las que resulten mejores a criterio de la Administración quedarán prorrogadas por un plazo igual a la mitad de lo establecido precedentemente.
ARTICULO 8º) DE LA FORMA DE PRESENTAR LAS PROPUESTAS Y SU APERTURA:
8.1) PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS:
Las propuestas se presentarán en dos sobres distintos Número 1 y Número 2 cerrados y lacrados. El Sobre Número 2 deberá estar dentro del Sobre Número1. Ambos sobres llevarán un rótulo; el Sobre Número 1 según el Artículo Nº12 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones; el Sobre Número 2 según el inc.3) del presente Artículo.
Los documentos contenidos en los Sobres Números 1 y 2 deben ser presentados por original y una copia, estar foliados y firmados en todas sus hojas, por el Oferente y el Director Técnico.
Deberá ser identificado un ejemplar con la palabra ORIGINAL, el cuál será considerado a todos los efectos como OFERTA VALIDA. El otro ejemplar, debe ser idéntico al anterior, y será marcado con la palabra COPIA.
8.2) CONTENIDO DEL SOBRE NUMERO 1:
Los documentos que deben incluirse en el Sobre Presentación son los detallados a continuación, debiendo respetarse el orden indicado:
8.2.a) GARANTÍA DE LA PROPUESTA: Consistente en el 1 % del importe del presupuesto oficial de la obra que se licita y que, en el caso de existir dos o más presupuestos oficiales, por haberse previsto alternativas, se tomará sobre aquel de mayor importe; debiendo ser constituida, por algunas de las siguientes formas:
• Dinero en efectivo, mediante depósito en garantía en el Nuevo Banco Provincial de Santa Fe S.A. a favor del Ministerio de Asuntos Hídricos de la Provincia de Santa Fe, ó e cualquiera de las casas o sucursales del Nuevo Banco de Santa Fe S.A.., con transferencia a casa central Santa Fe a favor del Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxx Xx.
• Títulos de la Nación, Provincia o Municipalidad que tengan cotización oficial.
• Créditos no afectados, que el proponente tenga a su favor con la provincia.
• Fianza o aval bancario a satisfacción de la Superioridad.
• Fianza mediante póliza de seguro de caución, aprobada por la Superintendencia de seguros de la Nación y por la Provincia.
8.2.b) EJEMPLAR DEL LEGAJO OFICIAL DE OBRA FIRMADO: La documentación a
que se refiere el artículo primero xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones visada por el Proponente y Director Técnico. No se exige el duplicado de este requisito.
8.2.c) CERTIFICADO HABILITANTE PARA LICITAR, OTORGADO POR EL REGISTRO DE LICITADORES DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, según lo indicado
por el artículo N° 4 del presente pliego.
8.2.d.) CERTIFICADO DEL PAGO DE LOS TRIBUTOS FISCALES: El Oferente deberá
presentar por original, ó, en fotocopias debidamente legalizadas, los tres (3) últimos comprobantes de pago del:
8.2.d.1.) IMPUESTO A LOS INGRESOS BRUTOS y del APORTE XXX Xx 0000 XX XX
XXXXXXXXX XX XXXXX XX emitidos por la Administración Provincial de Impuestos (A.P.I.). En caso de no ser contribuyente, constancia en tal sentido;
8.2.d.2.) IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, acreditándose mediante “ACUSE DE RECIBO” de la declaración jurada otorgado por la A.f.i.p-D.G.I.
8.2.d.3.) COPIA DE LA ULTIMA DECLARACIÓN JURADA DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS;
8.2.d.4) DDJJ en la que manifiesta la eventual existencia o no de deudas u obligaciones pendientes de carácter previsional o impositiva, y cumplimiento de la legislación en materia, en los ámbitos nacional, provincial o municipal.
8.2.e) ANTECEDENTES EMPRESARIOS: a los efectos de evaluar la capacidad empresarial, deberá adjuntarse:
8.2.e.1) Listado de obras ejecutadas o en ejecución, adjudicadas o próximas a ser adjudicadas, indicándose los montos de obras actualizados por el índice de costos de la construcción a la fecha de apertura de las ofertas, nivel general del INDEC, conforme a lo detallado en el ANEXO III – Primera Parte “ Antecedentes Empresarios”.
8.2.e.2) Certificado de Comitentes.
En caso de U.T.E., deberá presentarse un único listado que agrupe la totalidad de antecedentes empresariales de las firmas integrantes de la misma, acompañando a su presentación lo establecido precedentemente.
8.2.e.3) Capacidad de producción mensual: conforme al ANEXO III – SEGUNDA PARTE: “DATOS DE PRODUCCIÓN BÁSICA” y ARTÍCULO Nº9 – Inc. 3. Se deberá
adjuntar los comprobantes que acrediten lo declarado (Fotocopias debidamente autenticadas de Certificados o Facturas de obras).
8.2.f) DECLARACIÓN JURADA : conforme a lo detallado en el ANEXO V.
8.2.g) SOBRE Nº2 - PROPUESTA ECONÓMICA : El Sobre propuesta debidamente cerrado, dentro del Sobre 1 o exterior o de presentación, conforme lo indicado en el Inciso 3) del presente artículo.
8.2.h) DETALLE DEL EQUIPO : que dispone o el que arrendará para realizar la Obra, conforme al Plan de Trabajo previsto, de acuerdo con lo exigido en el ARTÍCULO Nº 20 y a lo indicado en el ANEXO II del presente Xxxxxx.
8.2.i) RECIBO DE COMPRA DEL LEGAJO : El Oferente deberá presentar el recibo que acredite haber adquirido el Legajo de Obra antes de la Licitación Pública.
8.2.j) CIRCULARES : Las aclaraciones y modificaciones de los documentos de la Licitación que la Repartición hubiere notificado a los interesados.
8.2.k) SELLADO XX XXX DE LA PROPUESTA : Conforme a lo establecido en el Código Fiscal Nº 3456 - Título Tercero: Impuestos de Sello.
8.2.l) CONSTITUCIÓN DOMICILIO LEGAL : El Proponente deberá constituir domicilio especial en la Provincia de Santa Fe.
8.2.m) CONFORMACIÓN DE U.T.E : Si se presentaran dos o más Empresas Asociadas transitoriamente para el Concurso, las mismas deberán exponer una declaración jurada emanadas de los órganos sociales, o de aquellos que puedan comprometer la voluntad de cada una de las Empresas, manifestando que a todos los efectos del Concurso, cada Empresa es solidaria con la /s otra /s frente al comitente, por todas las responsabilidades que puedan surgir por el incumplimiento y sus consecuencias.
8.2.n) CONTRATO SOCIAL DE LA /S FIRMA /S OFERENTE /S.
8.2.o) ANTECEDENTES TÉCNICOS EN OBRAS SIMILARES: La Oferente deberá
presentar un listado de Obras similares ejecutadas en los últimos diez años, y /o que esté en ejecución, conforme a lo exigido por el ANEXO IV, Primera Parte y Segunda Parte.
Se consideran obras similares, aquellas cuya magnitud, destino, complejidad técnica y características constructivas sean comparables a la obra que se licita (a exclusivo criterio de la Repartición). Estos antecedentes se evaluarán conforme a lo detallado en el ARTÍCULO Nº 9 del presente Xxxxxx. Si son obras contratadas en ejecución, agregar fotocopia – debidamente legalizada - del último certificado de obra.
En caso de U.T.E., deberá presentarse una planilla que agrupe las obras similares de las firmas integrantes de la misma.
8.2.p) PERSONAL : Deberá presentar un listado detallado del personal que será afectado a la obra (Director Técnico, Representante Técnico, Profesionales, Técnicos, Capataces y Personal de apoyo en relación de dependencia y los asesores, consultores y contratados).
Será obligatorio adjuntar el CURRICULUM VITAE del Director Técnico de la Empresa y del Representante Técnico de la Empresa conforme al ANEXO VI y a lo especificado en los ARTÍCULOS Nº10 y Nº11 del presente Pliego. Deberán certificar fehacientemente haber conducido obras de la importancia y de la especialidad que se licita, habiéndolas llevado a feliz término hasta su finalización.
8.2.q) ANTECEDENTES ECONOMICO-FINANCIERO :
8.2.q.1) Los oferentes deberán adjuntar a su oferta, el último balance o estado contable, según corresponda, aprobado y cerrado a la fecha anterior a la de la apertura de sobres- de la Empresa o de cada una de las integrantes del consorcio o uniones transitorias. El mismo se presentará conforme a las Resoluciones Nº8 y Nº9 de la Federación Argentina del Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas (F.A.C.P.C.E.), debidamente certificado por el Consejo Profesional de Ciencias económicas de la jurisdicción correspondiente.
8.2.q.2) Patrimonio Neto, conforme a lo exigido en el Inciso 9.4.1).
8.2.q.3) Disponibilidad Financiera, conforme a lo exigido en el Inciso 9.4.2).
8.3) CONTENIDO DEL SOBRE NUMERO 2 :
El Sobre Número 2 sellado y lacrado deberá ir dentro del Sobre Número 1 e identificarse con la siguiente leyenda:
SOBRE NUMERO 2
LICITACION PUBLICA: (Nombre de la obra) PROPUESTA DE :
El mismo contendrá:
8.3.a) Formulario Propuesta (adjunto al presente legajo - Anexo I) debidamente completado y conformado.
8.3.b) Presupuesto General Detallado según lo establecido por este Pliego en sus ARTÍCULO Nº12), Nº13), Nº14) y ANEXO I - Primera Parte.
8.3.c) Coeficiente Resumen conforme a lo exigido en el ARTÍCULO Nº14) y ANEXO I - Segunda Parte.
8.3.d) Los análisis de costos y precios de aplicación de cada uno de los rubros y/o ítems específicos de la obra, impresos en papel y en soporte magnético ( diskette 3,5” o CD) conteniendo el archivos de los mismos en formato exel; siendo opcional la presentación del correspondiente al ítem Movilización de Obra si el mismo estuviera contemplado. Estos análisis se requieren con el objeto del estudio de la propuesta recibida y a tal fin se aplicará el ARTÍCULO Nº13 y Nº 14 de este Pliego.
8.3.e) Plan de Trabajo y curva de Inversiones (en pesos) para toda la obra acorde a los distintos frentes de obras a adoptar; será como mínimo del tipo xx xxxxxx con períodos mensuales y con una discriminación de ítems idéntica a la del listado del cómputo oficial. Se consignarán las incidencias mensuales parciales y totales de cada ítem, y las inversiones consecuentes que generen.
8.3.f) Memoria descriptiva de la metodología constructiva lo mas detallada posible que justifique el plan presentado.
El MAH se reserva el derecho de rechazar las ofertas que no posean un plan de trabajo racional y lo suficientemente estudiado para la magnitud de la obra o solicitar todas las aclaraciones previas necesarias antes de la adjudicación.
Se aclara que los incisos 8.3.e.) y 8.3.f.) podrán, ser presentados de acuerdo a lo establecido por el Inciso 8.4).
8.4) APERTURA DE LOS SOBRES:
La apertura de los sobres se efectuará de acuerdo a lo establecido en los ARTÍCULOS Nº17 y Nº18 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones.
El incumplimiento de los requisitos exigidos en los Incisos 8.2.a), 8.2.g), 8.3.a), 8.3.b.), 8.3.c.) y 8.3.d.), será causa de rechazo de la Oferta en el mismo acto de apertura por las autoridades que lo presidan.
La omisión de lo solicitado en los restantes incisos del presente artículo y cualquier otra documentación exigida en el legajo podrá ser suplida dentro del término de cuarenta y ocho horas (48) de clausurado el acto. Si en el acta de apertura se deja constancia de la información faltante y el oferente o su representante se encuentra presente suscribiendo el acta, el plazo se cuenta desde allí. Si en el acta no se deja constancia de la información faltante o el oferente o su representante no se encuentra presente procede la notificación expresa al domicilio constituido, comenzando a correr el plazo desde la recepción de la misma. Transcurrido dicho plazo sin que haya sido subsanada la propuesta, la misma será rechazada.
ARTICULO 9º) DE LA EVALUACIÓN, PRECALIFICACION E INFORME
9.1) PROCEDIMIENTO Y METODOLOGIA: La evaluación será efectuada por una Comisión nombrada al efecto, quien a su exclusivo juicio, propondrá al Sr. Ministro de Asuntos Hídricos la Oferta más conveniente, entendiéndose por ésta, la oferta que haya sido evaluada como la más baja que reúna todas las condiciones exigidas por los presentes pliegos. De no satisfacer dicha oferta, las exigencias de los pliegos, se procederá a analizar la presentación de la segunda oferta más baja, y así sucesivamente.
Los Oferentes estarán obligados a suministrar la información adicional, que a solicitud de dicha Comisión se considere necesaria, en el plazo de cuarenta y ocho (48) horas de su notificación fehaciente, sin que ello implique modificación de las Ofertas originales.
El procedimiento de selección de la Oferta más conveniente se llevará a cabo sobre la base de la documentación presentada por el Oferente y comprende los siguientes pasos:
- Verificación del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos exigidos en el Sobre Presentación (Nº1) de acuerdo a lo establecido en el ARTÍCULO 8º) - Inc.Nº2 e Inc. Nº4 del presente Pliego.
- Evaluación de los Antecedentes Técnicos de acuerdo a lo establecido en el Inc. 2) del presente Artículo.
- Análisis de los Antecedentes Empresariales, de acuerdo a lo indicado en el Inc. 3) del presente Artículo.
- Evaluación de los Antecedentes Económicos - Financieros de acuerdo a lo indicado en el Inc.4) del presente Artículo.
Si se presentaran dos o más Empresas Asociadas transitoriamente a la Licitación, a los efectos de la calificación se evaluarán en forma conjunta únicamente los siguientes incisos:
8.2.c) Certificado del Registro de Licitadores de la Provincia de Santa Fe. 8.2.e) Antecedentes Empresarios.
8.2.h) Detalle del equipo. 8.2.p) Personal.
8.2.o) Antecedentes técnicos en obras similares.
- Una vez finalizado el análisis de la documentación técnica, se procederá a evaluar la oferta económica, conforme lo establece el ARTÍCULO Nº8-Inc.3), luego de lo cual, la Comisión aconsejará sobre la adjudicación a la Superioridad.
9.2) SISTEMA DE EVALUACIÓN DE LOS ANTECEDENTES TÉCNICOS : Para llevar
a cabo la evaluación de los antecedentes técnicos se tendrán en cuenta la documentación exigida en 8.2.c.), 8.2.h), 8.2.o.) y 8.2.p.)
- 8.2.c) Certificado del Registro: La capacidad técnica se obtendrá del certificado expedido por el Registro de Licitadores de la Provincia de Santa Fe, y se verificará según el ARTÍCULO Nº4 del presente pliego.
En caso de U.T.E. se sumarán las capacidades de contratación técnica individual y de contratación anual. Si no superan las capacidades establecidas para esta obra, queda descalificada.
- 8.2.h) Equipo mínimo ofrecido, se considerará conforme lo establecido por el ARTÍCULO Nº20 del presente Xxxxxx, XXXXX XX y ANEXO V.
- 8.2.o) Obras similares: Se evaluará, a partir de lo detallado en el ANEXO IV – Primera Parte y Segunda Parte, la capacidad técnica para ejecutar obras del tipo o similares a la licitada. Calificarán aquellos oferentes que hayan ejecutado al menos una obra que incluya la ejecución de conductos rectangulares o circulares de Hº Aº hormigonados in- situ de dimensiones similares a los que se ejecutarán en la presente obra, comprobando la realización de al menos 2.000 metros lineales de conductos de hormigón armado de dimensiones variables y superiores a las secciones indicadas en el ítem 3 – Planilla de la Oferta, aunque estos fuesen en diferentes obras.
Deberá además comprobar tener experiencia en haber realizado trabajos en donde haya sido necesaria la ejecución de entibados para obras a gran profundidad.
El Oferente deberá acompañar los respectivos certificados de los Comitentes sobre la calidad de los trabajos realizados para las obras propuestas, obteniendo como mínimo la calificación de satisfactoria para estos.
Será condición indispensable para precalificar el cumplimiento de los requisitos aquí solicitados.
Para el caso de UTE, al menos uno de los integrantes deberá acreditar el ciento por ciento (100%) de los requisitos establecidos para la experiencia en obras, con independencia del porcentaje de participación que tenga en la UTE.
Para que una UTE pueda acogerse a los beneficios del compre local, la o las empresas miembros que reúnan los requisitos establecidos en la legislación vigente, deberán cumplir con al menos el cincuenta y uno por ciento (51%) de los requisitos establecidos para la experiencia en obras.
El no cumplimiento de éste requisito podrá ser causa de descalificación de la Oferta, quedando a criterio de la Comisión de evaluación la admisión de la propuesta.
En el caso de que en el ANEXO IV – Primera Parte, la Oferente detalle obras similares ejecutadas y/o en ejecución contratadas con la Repartición, no se exigirá el ANEXO IV –Segunda Parte.
Las firmas Oferentes deberán tener una idoneidad que resulte satisfactoria a juicio de la Comisión de Evaluación, la falta de antecedentes y/o de resultar los mismo
insolventes o insatisfactorios, podrá ser causa de desestimación de la Oferta, quedando a criterio de dicha Comisión la admisión de la misma, y no dará lugar a reclamo alguno.
- 8.2.p) Antecedentes del Personal afectado a la propuesta: Se verificará el cumplimiento de los requisitos exigidos en los ARTÍCULOS Nº 10, Nº 11 y ANEXO VI del presente pliego en lo que respecta al Director y Representante Técnico de la Empresa. Deberán haber ejercido las funciones al menos dos años en una obra similar a la licitada y contar con una antigüedad en la profesión de cinco años como mínimo.
No se descalificará por el no cumplimiento de lo establecido en este punto, pero la Comisión de evaluación podrá requerir el reemplazo del personal que no reúna estas exigencias. Dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de notificado fehacientemente al oferente deberá cumplir con lo solicitado, si en esta instancia no cumple, se descalifica.
9.3) SISTEMA DE EVALUACION DE LOS ANTECEDENTES EMPRESARIALES :
Para llevar a cabo la evaluación de los antecedentes empresariales se tendrán en cuenta la documentación exigida en los Incisos 8.2.e.).
- 8.2.e.1) ANEXO III – PRIMERA PARTE : Antecedentes Empresarios y 8.2.e.2) Certificado de Comitentes: Se analizarán aquellas obras, cuyos certificados emitidos por los Comitentes, se adjunten a la propuesta. De ellas se evaluará la calidad de los trabajos realizados; cumplimiento de plazos contractuales; montos actualizados de las obras ejecutadas, en ejecución, adjudicadas o próximas a su adjudicación.
- 8.2.e.3) La Capacidad de Producción mensual calculada, según el ANEXO III – SEGUNDA PARTE, como promedio del período de doce meses consecutivos de mejor producción, dentro de los últimos 8 años, deberá ser igual o mayor al cociente entre el monto del presupuesto oficial y el plazo de la obra en meses.
Capacidad de producción Mensual > Monto Presupuesto Oficial
Plazo de obra (meses)
En caso de que el Licitante sea una U.T.E., si las obras que denuncia como antecedentes los hubiera contratado como tal, con la misma integración, podrá acreditar la información como perteneciente a ella para esta Licitación. Para los antecedentes aportados por los miembros de la Asociación que hubieran sido ejecutados por otra Asociación en la que él fue miembro, se computará el valor de contrato ponderado por el porcentaje (%) de participación del miembro en la U.T.E. constructora de la obra declarada.
La capacidad de producción mensual resultante de una U.T.E., se obtendrá como suma de las capacidades de producción mensual de cada una de las Empresas integrante de la misma.
9.4) SISTEMA DE EVALUACION DE LOS ANTECEDENTES ECONOMICOS-
FINANCIEROS : Para llevar a cabo la evaluación de los antecedentes Económicos- Financieros se tendrá en cuenta la documentación solicitada en 8.2.q.)
El Estado Contable debe cumplimentar todos los requisitos legales, técnicos y profesionales vigentes, surgir de registros rubricados, deben estar auditados y el Dictamen del Auditor debe mencionar que se aplicaron Normas de auditoria generalmente aceptadas y contener opinión sobre razonabilidad. Asimismo el Dictamen del Auditor debe estar intervenido por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la jurisdicción correspondiente.
9.4.1) Patrimonio Neto : El patrimonio neto correspondiente a la empresa o grupo de empresas en caso de conformación de U.T.E., determinado en función del último estado contable debidamente certificado, no deberá ser inferior al 25 % del Presupuesto Oficial de la obra anualizado.
En el caso de U.T.E., el patrimonio neto se computará como la suma de los patrimonios netos de cada Empresa. Ninguna Empresa podrá tener una participación porcentual en la U.T.E., superior a la que le permite su patrimonio neto en relación al patrimonio neto total exigido para el oferente.
9.4.2) Disponibilidad financiera : El Oferente deberá disponer, como mínimo, de
$600.000 en concepto de acceso a créditos libres y disponibles de otros compromisos contractuales. Tal requisito deberá acreditarse mediante certificaciones emitidas por entidades bancarias o financieras competentes con una antelación no mayor a diez
(10) días de la fecha de apertura de la licitación.
ARTICULO 10º) DIRECTOR TECNICO DE LA EMPRESA:
Es el responsable técnico de la Empresa ante la Administración en todo lo que refiere a la Oferta, adjudicación y contratación de los trabajos.
La Empresa Oferente deberá contar con un profesional de nivel universitario, inscripto en el Colegio Profesional correspondiente de la Provincia de Santa Fe, cuyo título tenga incumbencia específica en el tipo de la obra que se concursa. Dicho profesional refrendará la propuesta y toda otra documentación de la misma acompañando la firma Oferente.
Es obligatorio completar y presentar lo establecido por el Anexo IV, adjunto al presente pliego.
Previo al inicio del replanteo de la obra y al momento de la designación del/los Directores Técnicos de la/s Contratista/s, se deberán elevar a la Inspección de Obras las Ordenes de Trabajo o los Comprobantes Legales establecidos por el Consejo ó Colegio Profesional que corresponda, mediante los cuales se formaliza la encomienda de los trabajos profesionales pertinentes; todo ello de conformidad con las Leyes Provinciales Nº2429 y 4114 y de toda otra disposición legal modificatoria o complementaria de las mismas.
Si dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de producida la Recepción Provisoria de la Obra, el Contratista no presenta la/s constancia/s de cumplimiento a que se hace
referencia en el párrafo anterior, el Organismo actuante informará a los Colegios Profesionales que correspondan tal incumplimiento.
El incumplimiento por parte del Contratista de lo antes citado, será causal del no otorgamiento de la Recepción Definitiva de la Obra.
ARTICULO 11º) REPRESENTANTE TÉCNICO DE LA EMPRESA
La Empresa Contratista deberá tener como Representante Técnico permanente en obra, un profesional de nivel universitario inscripto en el Colegio Profesional correspondiente de la Provincia de Santa Fe, con título habilitante de incumbencia específica en la especialidad de los trabajos a ejecutar y cuya designación será sujeta a la aprobación de la Repartición. La oferente deberá completar y presentar lo indicado por el Anexo IV, adjunto al presente pliego.
Será el encargado de la conducción técnica de los trabajos, responsable principal de recibir y cumplimentar las Ordenes de Servicio y demás directivas emanadas de la Inspección de la Obra, siendo obligatoria su presencia permanente en el lugar de los trabajos , en especial al efectuarse los replanteos y mediciones para la certificación de los trabajos.
Previo al inicio del replanteo de la obra y al momento de la designación del/los Representantes Técnicos de la/s Contratista/s, se deberán elevar a la Inspección de Obras las Ordenes de Trabajo o los Comprobantes Legales establecidos por el Consejo ó Colegio Profesional que corresponda, mediante los cuales se formaliza la encomienda de los trabajos profesionales pertinentes; todo ello de conformidad con las Leyes Provinciales Nº2429 y 4114 y de toda otra disposición legal modificatoria o complementaria de las mismas.
Si dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de producida la Recepción Provisoria de la Obra, el Contratista no presenta la/s constancia/s de cumplimiento a que se hace referencia en el párrafo anterior, el Organismo actuante informará a los Colegios Profesionales que correspondan tal incumplimiento.
El incumplimiento por parte del Contratista de lo antes citado, será causal del no otorgamiento de la Recepción Definitiva de la Obra.
ARTICULO 12º) FORMA DE COTIZAR:
La cotización se efectuará a valores de la fecha de apertura de las
ofertas, en pesos.
El precio unitario o de aplicación de cada uno de los ítems que conforman el presupuesto de obra, deberá incluir la provisión de todos los materiales, insumos, mano de obra, equipos, impuestos, imprevistos, trámites o permisos ante Reparticiones u Organismos Nacionales o Provinciales, cánones, etc., y toda otra tarea o gasto necesario para la correcta ejecución de la obra totalmente terminada de acuerdo con sus fines, aunque ellos no estén detallados o referidos en los documentos de la licitación.
El Oferente deberá presentarse toda la documentación indicada en el Artículo Nº8-Inc.3) del presente pliego.
ARTICULO 13º) ANÁLISIS DE COSTOS NETOS:
Es obligatorio para el Oferente la presentación de todos los análisis de los costos netos específicos de la obra.
Se adjuntan a modo de sugerencia, planillas modelo para el desarrollo de los análisis de precios (ANEXO I – Parte primera). Tal requerimiento es solicitado a los fines del estudio de las propuestas recibidas y podrá ser causal de rechazo de las mismas, a exclusivo juicio de la Municipalidad, si de la consideración de dichos análisis, surgiera la imposibilidad de ejecutar la obra sobre la base de tales costos.
Además, la Oferente deberá presentar una planilla donde figuren los valores de mano de obra en cada categoría (carga sociales, seguros (A.R.T)., aportes, presentismo, producción, etc.).materiales, equipos, combustibles y cualquier otro insumo que integre el costo neto y precio unitario propuesto por el Oferente. Estos valores deberán ser coincidentes con los indicados en cada uno de los rubros y/o ítems intervinientes del análisis de precio.
ARTICULO 14º) PRECIOS UNITARIOS:
El Oferente deberá acompañar a la propuesta, como parte de la misma y en el mismo sobre, el análisis del coeficiente resumen que integra cada precio unitario de aplicación. A tal fin deberá ajustarse "obligatoriamente" a la metodología de cálculo que obra en el ANEXO I - Parte segunda.
El precio unitario o de aplicación surge del producto entre el costo neto del rubro y/o ítem y el coeficiente resumen.
El precio unitario o de aplicación de cada uno de los rubros y/o ítems que conforman el presupuesto de obra, deberá incluir explícito o implícito todo tipo de conceptos: materiales, insumos, mano de obra, equipos, herramientas menores, reparaciones, repuestos, combustibles, lubricantes, amortización, intereses, estadía, gastos generales, beneficios, traslado de los equipos a los lugares de trabajo, carga y descarga de los mismos, seguros, impuestos, imprevistos, trámites o permisos ante Reparticiones u Organismos Nacionales o Provinciales, cánones, etc., y toda otra tarea o gasto aunque ellos no estén detallados o referidos en los documentos del legajo, y que resulte necesario para la correcta ejecución de la obra, en un todo de acuerdo con las especificaciones técnicas generales y particulares del presente pliego, las reglas del arte consagradas para el buen construir, planos generales, de detalles y cómputos métricos que se adjuntan.
Los análisis de precios deberán ser racionales y tendrán que considerar todos los elementos que intervienen en la correcta ejecución de cada ítem, figurando
expresamente el rendimiento considerado, la cantidad y categoría del personal y el tipo y potencia del equipo utilizado.
El MAH se reserva el derecho de solicitar todas las aclaraciones que crea necesarias antes de la adjudicación o rechazar una oferta si considera que los análisis de precios poseen (a su exclusivo criterio), fallas gruesas u omisiones importantes.
ARTICULO 15º) PERMISOS PREVIOS Y CORRIMIENTO DE SERVICIOS:
El Contratista tendrá presente que los permisos ante Reparticiones o Empresas Nacionales, Provinciales, Municipales o Comunales y/o empresas concesionarias de servicios públicos que afecten terrenos, estructuras, instalaciones, etc. ya existentes, serán gestionados por su cuenta y cargo, en nombre del Ministerio de Asuntos Hídricos. Los gastos de su gestión incluyen: elaboración de toda la documentación conforme a las exigencias del organismo concedente, honorarios de gestión y aprobación, aranceles y/o cánones y demás gastos inherentes y consecuentes del otorgamiento del permiso. Estas erogaciones se consideran incluidas en el Presupuesto de Oferta y no darán lugar a compensación extra de ninguna especie, pudiendo ser explicitadas como gastos directos dentro del costo neto de los rubros y/o ítem involucrados ó el específico si correspondiere.
La Contratista deberá iniciar los trámites de los permisos a que se refiere el presente artículo y no podrá dar comienzo a las tareas sin la autorización fehaciente del organismo competente. A tales efectos, dichos trámites deberán gestionarse con la antelación suficiente para no afectar la marcha de los trabajos.
También, con conocimiento previo de la Inspección, gestionará ante las Empresas u Organismos prestadores de servicios públicos o privados, la remoción y/o reubicación de aquellas instalaciones que imposibiliten u obstaculicen los trabajos.
En ningún caso podrá remover o trasladar instalación alguna sin el conocimiento previo de la Inspección de la obra.
La Contratista, tendrá a su exclusivo cargo y costo todos los trámites y trabajos necesarios para efectuar el corrimiento de las infraestructuras de servicios y/o instalaciones que deban realizarse para la ejecución de la obra, la adecuación de los niveles de marco y tapas de cámaras o bocas de inspección, la reconstrucción de éstas en caso de ser necesario; debiendo solicitar a tal efecto los reglamentos vigentes y planos correspondientes de las instalaciones existentes y/o a instalar, a las correspondientes Empresas: AGUAS PROVINCIALES DE SANTA FE, TELECOM, TELEFÓNICA, LITORAL GAS, EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA, Y/O CUALQUIER OTRO ENTE PÚBLICO O PRIVADO QUE OCUPE EL ESPACIO PÚBLICO, AÉREO, DE SUPERFICIE Y/O SUBTERRÁNEO.
El costo de estos trabajos se deberá tener en cuenta dentro de los ítems correspondientes, no generando pago adicional alguno ni reclamo posterior por parte de la Contratista.
El Ministerio de Asuntos Hídricos, tramitará los eventuales permisos ante particulares.
ARTICULO 16º) FORMAS DE EJECUCION:
La ejecución de las obras incluidas en el presente pliego en sus distintas partes constitutivas se ajustará estrictamente a las especificaciones técnicas y reglas del arte, a los planos generales y particulares que lo integran y a la propuesta del Oferente la cual se conceptúa que cubre los costos de todas y cada una de las circunstancias hasta la total concreción del contrato a satisfacción de la Administración.
ARTICULO 17º) PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS:
El Contratista deberá entregar las obras definitivamente terminadas, a entera satisfacción de El Ministerio de Asuntos Hídricos, dentro del plazo de TREINTA Y SEIS MESES (36) MESES calendarios a partir de la primer Acta de Replanteo (parcial o total) o del Acta de Iniciación de los trabajos, según corresponda, labrada entre la Contratista y los integrantes de la Inspección a designar por la Superioridad.
ARTICULO 18º) PLAZO DE CONSERVACIÓN Y GARANTÍA:
Entre la Recepción Provisoria y Definitiva se establece como plazo de conservación y garantía el término de DOCE (12) MESES calendarios como mínimo.
Durante este lapso la Contratista estará obligada a conservar y mantener los trabajos en perfectas condiciones de uso y funcionamiento, efectuar las correcciones o reparaciones, que sean necesarias, taludes, asentamientos en los rellenos, etc. En general, conservar y corregir los defectos que se produzcan por el uso o funcionamiento normal en canales y obras de arte, manteniendo las formas y dimensiones expresadas en el Proyecto Definitivo de la obra.
Si la Contratista no cumpliera estas obligaciones, exigidas por Orden de Servicios perentoria de la Inspección, los trabajos de reparación que fueran necesarios serán ejecutados por la Administración con cargo al fondo de Conservación y Garantía constituido por la Empresa o a cualquier otro crédito que ésta tuviera a su favor en la Administración, más las multas y penalidades que correspondieren según la legislación vigente.
ARTICULO 19º) PRORROGA DEL PLAZO DE EJECUCION:
La Contratista deberá trabajar como mínimo, veinte (20) días laborables por mes, entendiéndose por tales los correspondientes a la jornada legal de trabajo (Lunes a Viernes y medio día xxx Xxxxxx).
En caso de que por causales de lluvias y sus consecuencias, trabaje menos días, podrá tener derecho al reclamo de prórroga del plazo contractual. A tales fines, la cantidad de días no trabajados por tales causas, serán registrados y computados por la Inspección de la obra, quien deberá llevar un registro diario. El mismo será elevado mensualmente a la Superioridad a los fines del reconocimiento de ampliación del plazo contractual, en el caso que correspondiere y fuera necesario.
La prórroga que pueda acordarse no dará derecho al reconocimiento de ningún tipo de indemnización y /o gastos improductivos.
ARTICULO 20º) EQUIPOS MÍNIMOS:
Para que la Oferta sea considerada, el Oferente deberá contar con el equipo mínimo de su propiedad especificado por las Normas correspondientes del Registro de Licitadores de Obras Públicas de la Provincia.
En obra deberá contar con:
a) Una aserradora para pavimentos, acorde a la obra a realizar.
b) Cuatro equipos vibradores de inmersión para hormigón.
c) Cuatro electrobombas sumergibles Tipo Flyght.
d) Seis camiones volcadores.
e) Cuatro equipos vibrocompactadores mecánicos para compactación de suelos.
f) Dos retroexcavadoras con brazo extensible sobre oruga tipo CAT 320 o similar.
g) Dos retroexcavadoras con cargador frontal tipo CAT 416 o similar-
h) Una mini cargadora, rompepavimento autop. Tipo Bobcat o similar
i) Una motoniveladora.
Además de lo indicado anteriormente, a los fines de la presente contratación, deberá presentar un listado completo de los equipos a afectar y disponer en obra y sus características técnicas conforme lo establecido por el ANEXO II adjunto al presente Xxxxxx. En el mismo se indicará correctamente: potencia, capacidad, alcance, rendimientos, disponibilidad, etc. Los equipos a proponer deberán estar agrupados por tareas y por frentes de obra, y ser acorde a la metodología constructiva y plan de trabajo a formular por el oferente, debiendo prever condicionantes de obra tales como: anegamiento, accesibilidad dificultosa, etc.
Los frentes de trabajos para realizar la obra deberán ser propuestos cada uno, por un número suficiente de equipos (tales como excavadoras, retroexcavadoras, motoniveladoras, topadores, etc.) para que el tiempo total de ejecución, no supere el plazo de obra establecido por el Artículo N°17.
La repartición se reserva el derecho de rechazar la Oferta en caso de considerar inapropiado el equipo propuesto o resultar insuficientes los frentes de obra.
Conjuntamente con la oferta deberá presentar, la documentación que acredite el compromiso de arriendo de aquellos equipos propuestos que no sean de su patrimonio, por el tiempo establecido para realizar la obra, a los que se deberán anexar obligatoriamente los dominios de pertenencias correspondientes a los equipos alquilados. De ser contratista y si los equipos presentados no satisfacen los rendimientos normales, la Dirección podrá solicitar su reemplazo, sin derecho a reclamo de costo adicional alguno.
Al momento de la contratación la disponibilidad de los equipos propuestos, deberá ser inmediata.
ARTICULO 21º) SEGURO DEL PERSONAL - NORMAS DE SEGURIDAD:
El adjudicatario estará obligado a presentar dentro de los cinco (5) días de iniciada la obra, la póliza de seguro completa de todo su personal, asociado o en relación de dependencia, tanto administrativo como obrero a emplearse en la obra, extendida por una Compañía de Seguros controlada por la Superintendencia de Seguros de la Nación. De acuerdo a los sueldos y jornales que prerciban y contrata toda clase de accidentes de trabajo. La casa matriz o sucursales habilitadas de la Compañía aseguradora deberán estar domiciliadas en ciudades de primera categoría de la Provincia de Santa Fe.
Será responsabilidad del Contratista la seguridad en obra y en traslados sobre personas, equipos y bienes propios y de terceros, en un todo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nacional de Higiene y seguridad en el trabajo Nº19.587 y su Decreto Reglamentario Nº351/79.
El Contratista deberá presentar antes de la iniciación de los trabajos, el listado del personal asociado y/o en relación de dependencia con constancias de exigencias laborales y previsionales de acuerdo con la ley, como asimismo los correspondientes seguros contra riesgos del trabajo.
Los equipos, personal operativo y/o artefactos navales, si correspondiera, que sean afectados al cumplimiento de las tareas adjudicadas deberán cumplimentar todas las normas de seguridad para la navegación y fondeo establecidas por la Prefectura Naval Argentina.
ARTICULO 22º) HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO:
Además de lo establecido por el ARTÍCULO Nº42 xxx Xxxxxx Unico de Bases y Condiciones, la contratista deberá presentar, previo a la emisión de la certificación mensual, una constancia de cumplimiento de las normas vigentes correspondiente al mes inmediato anterior. La misma deberá estar debidamente rubricada por el Representante Técnico de la Contratista y por el Responsable habilitado para el servicio de Prestación de Higiene y Seguridad en el Trabajo y aprobada por la Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART) contratada por la Empresa.
En caso de no presentación de dicha constancia o que la misma ponga de manifiesto incumplimiento por parte de la Contratista, la Comitente retendrá en forma automática un 3% de la certificación mensual correspondiente, la que será reintegrada en la certificación posterior a la normalización de la situación debidamente acreditada. Si la contratista incurriere en esta falta en tres certificaciones, sean estas consecutivas o no, el Comitente no reintegrará las retenciones vigentes hasta ese momento.
SEGURO DE LA INSPECCION: El personal de la inspección deberá ser asegurado mediante pólizas individuales y transferibles que deberán cubrir los riesgos de incapacidad permanente o muerte.
ARTICULO 23º) SEGURO DE OBRA:
La Adjudicataria deberá contratar un seguro de responsabilidad civil a personas y bienes, que cubra todos los efectos de accidentes o daños que se produzcan como consecuencia de la ejecución de la obra.
Las pólizas, tanto propias como de Subcontratistas aceptados por la Repartición deberán ser endosadas a nombre del Ministerio de Asuntos Hídricos y ser exhibidas antes de iniciar los trabajos y cada vez que se exijan. Bajo ningún concepto se permitirá el autoseguro. La compañía aseguradora deberá estar autorizada por la Superintendencia de la Nación, con domicilio legal en la ciudad de Santa Fe.
El Contratista deberá presentar al Comitente, dentro de los diez (10) días hábiles de la suscripción del Contrato de Obra Pública, los modelos de pólizas correspondientes a los seguros, así como del Contrato respectivo y una lista de compañías de seguros propuestas.
.
El comitente podrá objetarlas dentro de un plazo de cinco (5) días hábiles . Si no formulara objeciones dentro de dicho plazo, los modelos se tendrán por aprobados y el Contratista podrá contratarlo con cualquier compañía aseguradora de dicha lista.
Si los observase, el Contratista tendrá cinco (5) días hábiles para presentar nuevos modelos de póliza o nuevas compañías aseguradoras a satisfacción del comitente.
Las pólizas que se contraten deben establecer en forma expresa la obligación del asegurador de notificar al Comitente las omisiones o incumplimientos de cualquier naturaleza en que incurriese el Contratista.
La contratación de seguros por parte del Contratista no limitará ni disminuirá su responsabilidad cualquiera sea la contingencia que ocurra y le sea atribuible.
ARTICULO 24º) PLAN GENERAL DE PREVENCIÓN DE DAÑOS
Dentro de los cinco (5) días de firmado el contrato y antes de realizarse la primera acta de replanteo, la Contratista deberá presentar para su aprobación, un Plan General de prevención de daños, a fin de evitar perjuicios a terceros, bienes de personas e instalaciones o servicios públicos existe en zonas aledañas a la obra.
Este Plan General de Prevención, deberá identificar los daños potenciales a personas y bienes, y proponer acciones a fin de mitigar o eliminar tales situaciones.
Las diferentes etapas de la obra, provocará la revisión periódica del Plan General de Prevención, por lo que la Contratista deberá presentar para su aprobación el nuevo plan, previo al inicio de las tareas.
La aprobación del Plan General de Prevención de daños por parte de la Inspección de obra, no libera a la Contratista de la responsabilidad directa que le
corresponde. Esta responsabilidad subsistirá hasta que se verifique la finalización de la obligación contractual.
Los gastos que se originen por este concepto son por cuenta del Contratista y se consideran incluidos en el ítem Movilización de obra”.
ARTICULO 25º) OCUPACIÓN DE TERRENOS:
Los gastos que provoquen la ocupación y conservación de los terrenos para ser utilizados como depósitos, campamentos o cualquier otro destino de uso exclusivo del Contratista, lo mismo que ataguías o drenajes necesarios para la ejecución de las obras, como los gastos derivados de la construcción de pasos provisorios y accesos a propiedades, evitando daños y perjuicios a vecinos colindantes o al tránsito local; como así también los traslados provisorios y reposición posterior "in situ" de alambrados existentes que fuere necesario remover para el desplazamiento de las máquinas, se considerarán incluidos dentro de los gastos inherentes a la movilización de la obra.
ARTICULO 26º) PRECIO DE ÍTEM POR ALTERACIONES EN LAS CONDICIONES DE CONTRATO:
Cuando deban realizarse modificaciones al Proyecto Ejecutivo aprobado por el Ministerio de Asuntos Hídricos que signifiquen un aumento o disminución superior al veinte por ciento (20 %) de los rubros o ítems de contrato, ó la creación de nuevos rubros o ítems, y no se llegaré a un acuerdo sobre nuevos precios, la Repartición o el Contratista tendrán derecho a que se fijen por análisis un nuevo precio de común acuerdo. En caso de disminución, el nuevo precio se aplicaría a la totalidad del trabajo a realizar en el rubro o ítem, pero en caso de aumento, el nuevo precio se aplicaría a la cantidad de trabajo que exceda del 120 % de la que para este ítem figure en el presupuesto oficial de la obra.
ARTICULO 27º) PLAN DE TRABAJO Y CURVA DE INVERSIONES:
Dentro de lo cinco ( 5 ) días de firmado el contrato y antes de realizarse la primera acta de replanteo, sin perjuicio de lo establecido en el ARTÍCULO Nº13-Inc. 8 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones, el Contratista deberá someter a la aprobación del Ministerio de Asuntos Hídricos los planes definitivos de trabajo, e inversiones que se hayan proyectado para cumplimentar las exigencias contractuales.
El Contratista deberá presentar a consideración del Comitente el Plan de Trabajos
- contemplando en el mismo los frentes de trabajos simultáneos - ajustado a la fecha de iniciación de los trabajos.
La aprobación no libera al Contratista de su responsabilidad directa con respecto a la terminación de las obras en el plazo contractual fijado en el ARTÍCULO Nº17 del presente Xxxxxx. Toda modificación del plazo contractual provocará la revisión inmediata de los planes de trabajo e inversión, los cuales deberán ser presentados a aprobación de
la Repartición dentro de los cinco (5) días de notificada la concesión del nuevo plazo. La aprobación será comunicada mediante Orden de Servicio dictada al efecto.
El Plan de Trabajo definitivo, a presentar por la Contratista deberá ser acorde a los niveles de agua alcanzados en la zona de emplazamiento de la obra. Las tareas inherentes a la construcción de la cortina de tablestacas serán programadas de manera tal de asegurar en todo momento la ausencia de agua y el libre desplazamiento de los equipos utilizados
ARTICULO Nº28) PROLONGACIÓN DE JORNADA LABORAL NORMAL, TRABAJOS NOCTURNOS:
Las obras podrán ser ejecutadas tanto de día como de noche, de acuerdo con los horarios que establecen las leyes sobre trabajo, pero ningún trabajo nocturno podrá ser realizado sin el previo conocimiento de la Inspección.
En el caso de realizarse trabajos nocturnos, el lugar de la obra deberá estar suficientemente iluminado para seguridad del personal y buena ejecución de los trabajos. En cualquier caso se considerará que los gastos inherentes a costo de los trabajos efectuados durante la noche, están incluidos en los precios unitarios contratados.
Toda excepción al régimen común de trabajo (prolongación de jornada normal, trabajos nocturnos, en días domingos o festivos, trabajo continuado realizado por el personal, equipos, etc.) deberá ser solicitado por la Contratista con 48 hs. de anticipación y en todos los casos contar con la previa autorización de la Superioridad, la que será transmitida por la Inspección a la Contratista. Correrá por cuenta del Contratista los problemas laborales pertinentes y la mayor erogación en jornales, si correspondiere, tanto para su personal cuanto para el personal de la Inspección afectado al contralor de tales trabajos.
ARTICULO 29º) COLOCACIÓN DE LETREROS:
La Empresa contratista se compromete a colocar y mantener durante todo el tiempo de duración de la obra, y hasta el plazo de recepción definitiva, en lugar visible al frente de la misma y en aquellos lugares que indique la inspección, dos (2) carteles como mínimo de las dimensiones exigidas por la Resolución N°0014, el Decreto N°1626/05 y el plano tipo, adjuntos al presente pliego.
Las características de composición, diseño gráfico, textos, colores y tipografías deberán realizarse conforme los términos del manual de Identificación Institucional con notificación previa a la Subsecretaria de Información Pública y Comunicación Social, cuando la cartelería supere los 3 m2. Cuando supere los 15 m2, se deberá consultar el diseño gráfico y el texto del cartel.
El cartel deberá colocarse dentro del plazo de 30 días de iniciada la obra y se acreditará el cumplimiento de tal obligación en forma fehaciente y tempestiva ante la Repartición y se considerará la misma como parte del avance de obra. Al finalizar la obra
se deberá actualizar inmediatamente el diseño conforme las directivas que imparta la Subsecretaria de Comunicación Social.
Los mismos serán considerados parte de la obra y de propiedad de la Repartición.
Previo a la colocación de los carteles, la Contratista presentará la memoria de cálculo y detalles constructivos de la estructura de sostenimiento del mismo, que deberá estar acorde al tamaño y materiales del cartel y ser preferentemente metálica cuando el presupuesto oficial supere el $ 1.000.000,00, lo cual será sometido a consideración de la Repartición, para su aprobación. Los carteles deberán estar iluminados.
El cartel de obra tendrá una superficie mínima, conforme lo establece la mencionada Resolución de 40 m2 en dos o más carteles( en este caso deberá comunicarse con la suficiente antelación a la subsecretaria de comunicación para determinar la superficie de cartelería ).
Los gastos que se originen por este concepto son por cuenta del Contratista y se consideran incluidos en gastos generales de los ítems de la obra.
ARTICULO 30º) PLANOS CONFORME A OBRA:
Quince ( 15 ) días antes de efectuar la Recepción Provisoria de las obras, la Empresa Contratista deberá entregar a la Inspección, mediante soporte magnético ( versión AutoCad 14 o superior) los correspondientes PLANOS CONFORME A OBRA y cuatro (4) juegos completos de los mismos ploteados en papel. Los mismos serán confeccionados durante el transcurso de la obra bajo la supervisión de la Inspección. Su costo se incluye en gastos generales.
ARTICULO 31º) FILMACIONES Y FOTOGRAFÍAS:
Durante el transcurso de la obra, el Contratista deberá realizar una filmación en video (de al menos 15 minutos de duración por mes) de los aspectos principales de la misma - a criterio de la Inspección de Obra - y entregará en la instancia de la recepción provisoria, dos copias (2) debidamente compaginadas de los registros fílmicos y tendrá como mínimo una hora de duración, debiendo incluir voz en “of” que ilustre la filmación.
Por otra parte, sacará fotografías indicativas de cada una de las partes constitutivas de la obra -a criterio de la Inspección- entregando sin cargo alguno, dos (2) copias fotocolor de 13 x 18 cm.
Tanto las fotografías como las filmaciones parciales mensuales, serán elevadas por la Inspección de Obra a la Superioridad conjuntamente con lo cómputos correspondientes a cada certificado de obra. Estos últimos no serán tramitados, en caso de no cumplimentarse con dichos requerimientos.
Los costos que demanden estas tareas, se incluirán en gastos generales.
ARTICULO 32º) INSPECCION DE LOS TRABAJOS - MANTENIMIENTO DEL EQUIPO - HORARIO DE TRABAJO:
El cumplimiento de la relación contractual se verificará únicamente por personal técnico debidamente autorizado por la Comitente.
El contratista estará obligado a mantener el servicio en forma permanente. En caso de avería de los equipos deberá ser comunicado en forma inmediata al Inspector de los trabajos, el cual constatará y justificará el hecho. La Comitente se reserva el derecho de solicitar el reemplazo de las unidades originalmente contratadas ó en su defecto la rescisión del contrato si se detectaran deficiencias en la que pusieran en riesgo la seguridad de terceros, la imposibilidad de cumplimentar con lo contratado por reiterados desperfectos o por incumplimiento de las órdenes impartidas por la Inspección.
El horario de trabajo se fijará de acuerdo a pautas establecidas por el Ministerio de Asuntos Hídricos.
ARTICULO 33º) INCOMPETENCIA O NCONDUCTA DEL PERSONAL DE LA OBRA
Cuando la Inspección así lo exija, la Contratista deberá desvincular inmediatamente de la obra a todo empleado de él o de una Subcontratista, que a juicio de aquella fuera incompetente o no se comportase con la corrección debida, así se refiera a obreros, operarios, capataces o personal superior.
Si la Contratista no estuviera de acuerdo con lo dispuesto, tendrá derecho a solicitar de la Dirección, por escrito y el primer día hábil administrativo siguiente, la revisión de la medida.
De no hacerlo en el plazo indicado, la medida tomada será irrevocable, como así también en el caso de confirmar la Repartición la disposición de la Inspección.
ARTICULO 34º) JORNALES MÍNIMOS DEL PERSONAL OBRERO:
La Contratista deberá abonar a los obreros, por lo menos los valores mínimos establecidos por las autoridades competentes y aplicar todos los beneficios acordados, debiendo entenderse que los salarios se liquidarán por la jornada legal de trabajo. Se colocará copia de planilla de jornales en un lugar visible xxx xxxxxxx de las obras.
En base a estos salarios la Contratista llevará en obra las planillas correspondientes, autenticadas por el organismo oficial pertinente, libreta y/o tarjeta de jornales, en forma prolija y ordenada, elementos que exhibirá a la Inspección toda vez que se lo exija. Igual formalidad cumplirán las Subcontratistas aceptados por la Repartición.
La Contratista deberá mantener al día el pago del personal empleado en la obra, abonar íntegramente los salarios estipulados y dar cumplimiento estricto a las disposiciones que determinan la jornada legal de trabajo.
A requerimiento del MAH, deberá además proveer chalecos identificatorios al personal en obra.
ARTICULO 35º) PASOS PROVISORIOS Y SEÑALIZACIÓN:
Durante el período que dure la realización de los trabajos, el Contratista estará obligado a la ejecución y conservación de pasos provisorios ó adoptará formas constructivas que permitan la continuidad del tránsito por las vías de comunicación afectadas por las nuevas obras, satisfaciendo los requisitos exigidos por Organismos competentes o Empresas Concesionaria en lo que se refiere a anchos, pendientes, señalizaciones, etc.
El Contratista, una vez habilitada la obra, está obligado al retiro de los pasos provisorios, debiendo quedar el sitio en las condiciones originales.
Asimismo, deberá asegurar, durante todo el proceso constructivo, y hasta la habilitación de la obra, el acceso a las propiedades privadas.
La señalización se realizará de acuerdo a las normas de la D.P.V., D.N.V., Ordenanzas Municipales, Comunales o el concesionario que correspondiere, debiendo recurrir a tales organismos para su autorización e implementación.
La Inspección no autorizará el inicio de las tareas hasta tanto las señales no estuvieran colocadas. Una vez colocadas las mismas y a los efectos de su materialización, se deberá labrar un Acta ante Escribano Público, quien certificará en presencia del Inspector de la obra y Representante Técnico de la Empresa.
La Contratista será la responsable de mantener en óptimas condiciones hasta la habilitación de la obra las señales de tránsito, para su visualización diurna y nocturna, incluso deberá disponer de señalización luminosa para indicar cualquier peligro o dificultad en el tránsito. Estas señales deberán responder a medidas especificadas, ser claras y estar ubicada a una distancia adecuada, de manera que los conductores de vehículos las perciban con la debida antelación. Además deberá disponer en el caso de ser necesario de “hombres - bandera” para permitir la normal circulación de los vehículos.
De existir esporádicas afluencias de agua que comprometan la seguridad y continuidad del tránsito, se adoptarán las medidas precautorias necesarias mientras dure la situación que las motiva, siendo el Contratista el único responsable por las contingencias que deriven de la falta de adopción de aquéllas. A tal efecto, dispondrá de personal que alertará al tránsito de la situación existente pudiendo llegar, si las circunstancias lo aconsejan, a interrumpir el mismo hasta que desaparezcan los motivos que dieran lugar a la emergencia.
En el caso de clausurar transitoriamente y durante la ejecución de la nueva obra, la circulación de vehículos, la Contratista deberá gestionar ante el Organismo o dependencia competente sobre la vía a interrumpir (Municipalidad, Comuna, D.P.V.,
D.N.V. u organismo Concesionario), la autorización expresa del mismo por escrito.
Los gastos por estos conceptos se consideran incluidos dentro de los costos netos involucrados en la ejecución de los trabajos o cuando su magnitud no sea significativa, dentro de los gastos generales de la obra.
DE LOS LETREROS PARA LA XXXXXXXXXXXX XX XXX XXXXXXXX XX XX XXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XXXXX XX:
La señalización de los trabajos será ejecutada de acuerdo con las previsiones de la Ordenanza Nº 10519/99, anexas y modificatorias.
Los xxxxxx xx xxxxxxxx deberán prever pasos alternativos y responderán a una programación que la Contratista elaborará y que deberá ser aprobada por la Inspección y la Dirección de Tránsito Municipal.
La Contratista deberá contar con no menos de 20 (veinte) carteles móviles en base al croquis que se adjunta al presente pliego, cuyo diseño será aprobado previamente por la Inspección y su construcción será en xxxx, con estructura reforzada a la que será convenientemente soldada la chapa.
Los carteles serán considerados parte de la obra y la Contratista deberá mantenerlos (a su costo y cargo) en perfecto estado de conservación hasta la Recepción Provisoria de la obra.
La señalización para los xxxxxx xx xxxxxxxx será por exclusiva cuenta de la contratista, para este fin proveerá en la zona de trabajo de los carteles metálicos móviles Todo bache, desde la apertura, hasta ser liberado al tránsito, llevará un vallado perimetral completo debidamente identificado, también se indicará otros tales como; PELIGRO, XXXXX XXXXXXX X 000 XXXXXX X 000 XXXXXX, DESVÍO, etc., Por cada vez
que se verifique la ausencia de la señalización que corresponda se aplicarán las sanciones que correspondan.
Los carteles serán colocados en los lugares que indique la Inspección y su mantenimiento y traslado será por cuenta de la contratista, estos elementos de señalización deberán permanecer en el sector de trabajo permanentemente.
En todo los casos se utilizaran balizas y flechas indicatorias lumínicas, cuyo mantenimiento será a cargo de la contratista durante el tiempo que sea necesario el balizamiento.
ARTICULO 36º) SUSPENSIÓN DE LOS TRABAJOS
La Repartición podrá, a su exclusivo juicio, suspender la marcha de los trabajos cuando los exedentes hídricos no permitan desarrollar normalmente los mismos. Dicha suspensión dará lugar a la neutralización del plazo de obra, suscribiendo la respectiva acta acuerdo, no reconociéndose a la contratista ningún tipo de contraprestaciones o indemnizaciones a cargo del Estado, ni gastos improductivos, etc., por tal motivo”.
ARTICULO 37º) COORDINACION DE LAS OBRAS A EJECUTAR EN LA VIA PUBLICA:
Una vez notificado el Contratista de la orden de iniciación de la obra, deberá coordinar la realización de las mismas con la autoridad municipal local y la Inspección de la Obra, a los efectos de un ajuste con obras o tareas proyectadas o su ejecución por otros organismos nacionales, provinciales o municipales, con el objeto de reducir al mínimo posible los inconvenientes a causar a la población que utilice la vía pública en la que se efectúan los trabajos.
Se arbitrarán las medidas necesarias con el fin de causarle menor cantidad de molestias posibles a la comunidad, sobre todo en lo referido a excavaciones, colocaciones y/o reparación de veredas. Las mismas tendrán las medidas de seguridad necesarias, la falta de tales requerimientos constituirán al Contratista en infracción, debiendo aplicarse lo establecido por la Ley de Obras Públicas Nº 5188.
ARTICULO 38º) VIGILANCIA Y ALUMBRADO DE LA OBRA:
El Contratista será responsable respecto a la vigilancia continua de la obra, para prevenir delitos o deterioros de los materiales u otros bienes propios o ajenos, así como lo relativo al servicio de prevención de accidentes que pudieran afectar a personas o bienes, tanto de la Repartición como de terceros, a cuyo fin dispondrá de un servicio continuo de guardianes diurnos y nocturnos.
Además deberá iluminar y adoptar las medidas de precaución necesarias a juicio de la Inspección, en aquellos lugares donde en el transcurso de la obra se pudieran ocasionar accidentes a personas, vehículos o bienes del Contratista, de la Repartición o de terceros.
En caso de incumplimiento, la Inspección podrá aplicar una multa conforme a lo establecido en el ARTÍCULO Nº80 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones.
ARTICULO 39º) CIERRE DE LAS OBRAS:
El obrador u obradores, si se establecen en zonas urbanas, deberán ser cercados, las zanjas para cañerías y excavaciones en general, deberán tener como mínimo defensas aprobadas por la Inspección. El Contratista cumplirá además, estrictamente, las disposiciones que reglamenten el cierre, alumbrado y señalización de los lugares de trabajo, como así también el ordenamiento del tránsito con la correspondiente señalización diurna y nocturna.
En caso de incumplimiento, constituirán al contratista en infracción debiendo aplicarse el ARTÍCULO Nº 80, xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones.
Las entradas a los obradores deberán ser cerradas por la noche y custodiadas por el día.
ARTICULO 40º) LIMPIEZA DE LA OBRA:
El lugar de las obras se deberá mantener permanentemente limpio. La Inspección pondrá términos para efectuar la limpieza; si así no ocurriera y si el Contratista no cumpliera con las órdenes recibidas, este se constituirá en infracción debiendo aplicarse el ARTÍCULO Nº 80 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones.
Al finalizar la obra, el Contratista hará limpiar por su cuenta los lugares donde se ejecutaron los trabajos y sus alrededores, extrayendo todas las estructuras, restos de materiales, escombros, piedras, hierros, construcciones provisorias, etc., y también la reconstrucción de instalaciones existentes antes de iniciar la obra, como alambrados, señales, etc., y en perfectas condiciones de higiene y limpieza, cumpliendo así las órdenes que en éste sentido le imparta la Inspección. Sin este requisito no se dará por terminada la obra.
ARTICULO 41º) MEDICIONES Y ENSAYOS:
Desde el comienzo del replanteo hasta la recepción definitiva de la obra, el Contratista pondrá a disposición de la Inspección, a su exclusivo cargo: personal, material, combustibles, herramientas y todos los elementos necesarios para poder efectuar los replanteos, mediciones, verificaciones, tomas de muestras de material, ensayos, certificación, controles hidrometeorológicos, etc. El costo que demande el cumplimiento del presente artículo se considera incluido dentro de los gastos generales de la obra.
ARTICULO 42º) GASTOS GENERALES DE OBRA:
42.1 HORAS EXTRAS: Las horas extras que trabaje el personal de la Inspección de acuerdo a normas vigentes fuera del horario habitual establecido, serán por cuenta y cargo de la Empresa Contratista, y se establece como mínimo, en un tres (3%) por ciento del monto de la obra. Su costo deberá incluirse en la oferta, como gastos generales de la obra.
A tales efectos, la Administración, confeccionará mensualmente una planilla con la liquidación de dichos importes, la cual será notificada al Contratista y a la Inspección de la obra. Dicho importe, se descontará de cada certificado de obra que se expida.
42.2 MOVILIDAD PARA LA INSPECCION
42.2.1 DESCRIPCION
El Contratista deberá suministrar para movilidad de la Inspección al iniciarse los trabajos, dos (2) vehículos en perfecto estado de funcionamiento de las siguientes características: tipo turbo diesel Xxxx, Chevrolet o similar, cabina doble, doble tracción, con una antigüedad no mayor a tres años al momento de la firma del contrato, de 7 cilindros con una cilindrada mayor a 2500 cm³, de potencia no inferior a 115 HP. Junto con la documentación a presentar en la oferta, deberá establecer marca y demás características que la/s identifique/n
Los vehículos podrán ser de propiedad de la Contratista o alquilados y tendrá autorización por escrito ante Escribano Público para ser conducido por el personal de la Inspección que designe el Ministerio. La Inspección dispondrá a su exclusivo criterio la conducción de las movilidades.
“Las movilidades se entregarán y conservarán equipadas de acuerdo a las normas de circulación dispuestas para la Provincia de Santa Fe”.
Se la proveerá debidamente patentada, asegurada contra todo riesgo incluido terceros transportados, que se acreditara con exhibición de póliza vigente extendida por Compañía autorizada por la superintendencia de seguros de la Nación, con oficinas en Santa Fe o representante, en forma permanente hasta la Recepción Definitiva, con la documentación reglamentaria y necesaria para el libre tránsito (dos juegos de fotocopias debidamente legalizadas de cédula de identificación, permiso de manejo, recibos de patentes, seguros, etc.)
Deberán estar equipadas con cinturones de seguridad; barras para remolque; dos ruedas auxiliares comunes armadas completas con cubiertas nuevas colocada en la unidad, con soportes; equipo de protección del motor, acorde las características técnicas de las movilidades; tela metálica antibichos de trama mediana para el radiador colocado detrás de la parrilla del frente y delante del radiador; y con los correspondientes alistamientos: gato hidráulico, caja de herramientas (la que contendrá: un destornillador plano mediano, una pinza aislada, un alicate aislado xx xxxxx, una llave regulable mediana, una linterna magnética de 3 elementos, con sus elementos correspondientes, un juego completo de focos de recambio, dos juegos de fusibles para recambio), botiquín de primeros auxilios; juego de balizas; apoya cabeza, matafuegos, criquet elevador con manija, llaves para extracción xx xxxxxx, aire acondicionado compuesto de refrigeración y equipo de calefacción con desempañador de parabrisas de dos velocidades, éstos últimos incorporados en fábrica y demás herramientas y accesorios reglamentarios, indispensables y necesarios.
La/s unidad/es deberá/n llevar en ambas puertas la siguiente inscripción:
MINISTERIO DE ASUNTOS HIDRICOS
INSPECCION DE LA OBRA: “CONSTRUCCION CONDUCTO XXXXXX ( CUENCA FLORES) DEPARTAMENTO LA CAPITAL – PROVINCIA DE SANTA FE”
EMPRESA CONTRATISTA:
La/s misma/s estará/n afectada/s con carácter prioritario a la Inspección de las obras, hasta la Recepción Definitiva, aún cuando hubiera ampliación de plazos acordados y será/n devuelta/s a la contratista en el estado en que se encuentren.
Los gastos de combustibles, lubricantes, limpieza, servicios de mantenimiento, presentación, seguridad, reparaciones necesarias para su correcto funcionamiento y
conservación (cualquiera sea la magnitud del desperfecto a reparar), los gastos de cochera de la movilidad y peajes correrán por cuenta y cargo del Contratista.
En el caso que las reparaciones sean de tal magnitud que obliguen a paralizar la/s movilidad/es por un tiempo prolongado (más de una semana), se deberá reemplazar la/s unidad/es por otra/s de similares características a la/s descripta/s anteriormente y por el tiempo que dure la paralización de la primera/s.
Cuando por causales imputables al Contratista, este no proveyera la/s movilidad/es a la que está obligada o, incurriera en un incumplimiento en algunas de las obligaciones establecidas en la presente especificación, dará lugar a la aplicación de una multa equivalente al medio por mil (1/2 o/oo) del monto contractual. Dicha multa será aplicable reiteradamente por día corrido hasta la efectiva entrega.
El incumplimiento de todo lo expresado por este punto, que a juicio de la Inspección genere atrasos en las tareas de la misma, no dará derecho alguno a la Contratista para efectuar reclamos de ninguna naturaleza por falta de Inspección, control, medición, verificación, o certificación de cualquier tipo a realizar sobre trabajos ejecutados, ni por los deterioros que por cualquier motivo se produzcan sobre los mismos. Todos los gastos inherentes a ello estarán a cargo de la Contratista.
42.3 MOVILIZACION Y DESMOVILIZACION DE OBRA
42.3.1 DESCRIPCIÓN:
El Contratista deberá suministrar todos los medios de locomoción y transporte de su equipo, repuestos, materiales auxiliares no incluidos en forma directa en algún ítem de la obra, etc. y los colocará en el lugar de la ejecución de los trabajos, adoptando todas las medidas necesarias a fin de comenzar con la realización de los distintos ítems del Presupuesto dentro de los plazos previstos, incluso la instalación de los campamentos necesarios para sus operaciones.
Será por cuenta exclusiva del Contratista el pago de derechos de arrendamientos o escrituración de los terrenos necesarios para la instalación de los obradores, campamentos, locales, depósitos y demás instalaciones.
El Contratista construirá o instalará las oficinas, depósitos, silos, plantas hormigoneras y demás instalaciones que sean necesarias para la correcta ejecución en tiempo y forma de los trabajos contratados además de los campamentos principales y secundarios los cuales se ajustarán estrictamente a las disposiciones legales vigentes en el orden Nacional, Provincial y/ o Municipal sobre mantenimiento, seguridad e higiene de alojamiento del personal obrero.
Asimismo la Empresa Contratista queda obligada a construir o alquilar un local para el personal de la Inspección dentro de la zona de obra o en el lugar mas próximo a la misma según indique la Inspección.
Los gastos que demanden estas instalaciones como ser aranceles, honorarios, permisos, impuestos y demás contribuciones correrán por cuenta del Contratista y se consideran incluidos dentro de los gastos generales de la obra.
Una vez finalizados los trabajos, el Contratista retirará de la zona de obra y de los lugares ocupados para la ejecución de la misma todos sus obradores e instalaciones, máquinas y repuestos, restos de hormigones, mamposterías, acopios, recortes de hierros, maderas y demás materiales en desuso con el objeto de mantener las mismas condiciones ambientales existentes en el lugar antes del comienzo de la obra, todo a entera satisfacción de la Inspección.
42.3.2 Local para el funcionamiento de la inspección
Deberá proveer, en el momento de la fecha de iniciación de los trabajos y hasta la Recepción Definitiva de las obras, y aún cuando hubiera ampliaciones de plazos acordadas, el local necesario para el funcionamiento de la Inspección de la Obra.
El mismo deberá reunir buenas condiciones de funcionabilidad e higiene. Será de uso exclusivo de la Inspección e independiente de las instalaciones propias de la Empresa Contratista y el lugar de asiento, lo indicará oportunamente la Repartición.
Dicho local u oficina deberá tener una superficie cubierta mínima de 70 m2 y cumplir con los siguientes requisitos:
- Dos ambientes destinados a oficinas;
- Cocina-comedor (provista de heladera y cocina);
- Baño-de uso exclusivo del personal de la Inspección-con agua caliente y servicios sanitarios completos;
- Lugar para funcionamiento del laboratorio.
Se entregará totalmente amoblado con el equipamiento completo para su uso inmediato. Deberá contar con luz eléctrica, adecuada aislamiento térmico, buena ventilación, aberturas con tela xxxxxxxx, provista de un botiquín de primeros auxilios, extintor de incendios y línea telefónica.
Bajo ningún concepto se aceptará que el local sea de menor jerarquía que aquellos que ocupa el personal designado por la Empresa Contratista, para la conducción técnica de la obra.
Correrá también por cuenta y cargo de la Contratista, desde el fecha de inicio de los trabajos, hasta la Recepción Definitiva de la obra, aún cuando hubiere ampliaciones de plazo acordadas, los gastos derivados de:
a) Xxx (2 ) asistentes técnicos que deberá colaborar con las tareas inherentes a la Inspección de la obra ( tales como relevamientos topográficos, hidrológicos, tareas de gabinete, mensuras, etc.), conforme a lo exigido por el PBCC en el artículo “ Mediciones y Ensayos”;
b) El cuidado, conservación, mantenimiento, limpieza del local y elementos de trabajo y el ayudante a cargo de éstas tareas; y
c) El funcionamiento del mismo (alquiler, luz, agua, gas, teléfono, etc.)
Si el local para el funcionamiento de la Inspección fuera construíos por el contratista, quedará de propiedad de este último una vez finalizada la totalidad de las obras. La construcción puede ser encarada por un sistema prefabricado de alta calidad y confort. La aceptación de estas viviendas queda sujeta a la aprobación de la Repartición. Los gastos que demanden aranceles, honorarios y permisos corren por cuenta del Contratista y estarán incluidos dentro de los gastos generales.
42.3.3 Instrumental y elementos a cargo del contratista:
El contratista deberá suministrar a los diez (10) días de la firma del Acta de Replanteo o de Iniciación de los Trabajos según corresponda, el instrumental y los elementos que se indican más adelante.
El costo de aprovisionamiento, instalación, reparación y reposición del instrumental y elementos quedarán incluido como gastos generales de la obra. Los mismos serán recepcionados por las Área Competente de la Repartición, la que comprobará y aprobará la entrega; y deberá ser consultada ante cualquier duda sobre lo solicitado.
Estos elementos e instrumentales y los solicitados para funcionamiento de la oficina de la inspección, serán devueltos al contratista en el estado en que se encuentren, luego de la recepción definitiva de la obra.
El detalle de los elementos e instrumental es el siguiente:
42.3.3.1. La oficina de la Inspección deberá contar con los mobiliarios y servicios siguientes, reemplazándose los que se hayan deteriorados o consumidos.
a) 2 (dos) escritorios con cuatro cajones, xx xxxxxx o metálico.
b) 2 (dos) armarios metálicos de dos puertas de 1,50 m de ancho
c) 2 (dos) ficheros metálicos con cuatro cajaones
d) 2 (dos) estufas portátiles o un calefactor fijo.
e) 2 (dos) ventiladores de techo, de pie o turboventilador.
f) 8 (ocho) sillas comunes
g) 1 (uno) equipo de aire acondicionado de 3000 a 3200 frigorías/hora, con motor alternativo o rotativo con bomba de calor y descarga vertical, incluido el tendido de la línea adicional para su alimentación.
h) Elementos para dibujo y de librería que determine la Inspección
i) 2(dos) calculadoras científicas (12 dígitos), tipo Casio f x-82 LB o similar.
j) 1(una) cámara digital de 7,0 mega píxel como mínimo con zoom óptico 3x con dos juegos de baterías recargables de NIMH 2700 mAh ó más, tarjeta de memora expandible de 512 mb y cargador de batería.
k) Alarma
l) Dispenser de agua fría y caliente con suministro de botellones
42.3.3.2 Equipo topográfico
a) Estación Total inteligente Pentax R-326 o similar que cumpla con las siguientes características técnicas:
Apreciación angular (lectura en pantalla) de 1” seleccionable; precisión angular, de 6” o mejor. Alcance en la medición con prismas, se deben suministrar tres (3) prismas. Alcance con un miniprisma: 1.600 mts.- Alcance con 1 prisma: mas de 2.800 m- Alcance con 3 prismas: mas de 3500 m. Que se suministre con un mínimo de 7.500 bloques de puntos de memoria interna (equivalente a 37.500 registros de memoria). Resolución en la medición de distancias de 1mm y 1cm seleccionables. Display LCD en castellano de gran tamaño (8 líneas x 20 columnas), con capacidad gráfica, en castellano tanto para menúes de ayuda como así también el dibujo de la medición actual. Nivel electrónico, sin burbuja tubular. Teclado Alfanumérico de 22 o más teclas. Plomada láser de intensidad variable por el usuario. Que permita agregar un segundo teclado en forma opcional. Compensación atmosférica, automática, mediante sensores electrónicos de presión y temperatura.Qué sea resistente al agua (estándar IPX6), permitiendo operar el instrumento en malas condiciones climáticas. Batería Camcorder NiMh standard incorporada de más de 6 horas de duración en uso continuo (equivale a 4900 mediciones). Más de 12 horas de uso standard (medición de ángulos y distancias). Mínimamente que posea los siguientes programas de trabajo: relevamiento de coordenadas en 3D, replanteo de coordenadas en 3D, establecimiento de estación por dos puntos o por intersección inversa, Missing Line (R.D.M.), Planos Verticales (VPM), Intersección de líneas, etc. El programa de comunicación con la PC, deberá ser en idioma castellano, bajo entorno Windows (95, 98 ó NT); que permita una rápida visualización de los archivos de trabajo en pantalla, graficando los puntos de coordenadas y posibilitar la transformación directa de las mediciones a formatos conocidos, como ASCII y DXF, para ágil interacción con Excel y Autocad. Incluye curso de manejo para seis (6) personas en la Ciudad de Santa Fe.
b) Dos (2) Nivel Automático tipo Sokkia C31, Pentax AI 270 R, Topcom o similar con accesorios y trípode.
Imagen: Directa | Largo de Telescopio: 212 mm | Desviación típica en 0Xx.xx nivelación doble: 2.0mm |
Aumento: 24 x | Diámetro del objetivo: 36 mm | Precisión de calado: 0,5” |
Poder de resolución: 3.5” | Constante estadimétrica: 100 | Circulo Horizontal Diámetro: 103 mm |
Graduación: 1º (1 gon) | Compensador Campo de acción: +/- 15’ | Sensibilidad del nivel esférico: 10’/2mm |
Mínimo enfoque: 0,3 m | Profundidad de campo:1º 25’(2,5 m) | Lectura a estima: 0,1º (0,1 gon) |
c) Un (1) Ploter color tipo Hewlett Packard 5500 Designjet o similar, con provisión de tres (3) juegos de cartuchos color y negro, tres rollos de papel opaco 36 pulgadas, un juego xx xxxxxxx.
d) 10 (diez) cintas métricas de teflón de 50 m ( para agrimensura)
e) 2 (dos) masas de 2 Kg
f) 4 (cuatro) machetes largos
g) 15 (quince) jalones metálicos
h) 10 (diez) miras metálicas de teflón de 5 m (cinco tramos) i)2 (dos) equipos handy tipo YAESSU 411 o similar
j) 2 (dos) odómetro (rueda métrica) con contador de cuatro dígitos más un decimal.
k) Artículos de librería, bolígrafos, calculadoras científicas tipo Casio fx-82 LB o similar resmas de papel de 80 grs., rollos de papel (de 90 grs.) de 0.914x50 m.
Junto con este equipamiento instalado y en funcionamiento se hará entrega de las correspondientes garantías escritas, expedidas por la Empresa proveedora. Estará a total y exclusivo cargo de la Contratista lo que demande el montaje, la instalación, accesorios necesarios y calibración del equipamiento, para lograr perfectas condiciones de funcionamiento. La conservación y mantenimiento de útiles y elementos antes indicados, correrá por exclusiva cuenta y cargo de la Contratista hasta la recepción definitiva de la obra.
42.3.3.3 Equipo informático
• HARDWARE
Dos (2) Computadoras Personales:
Pentium IV de 3.0 Ghz. Memoria RAM de 2,0 Ggb. Disco º
Rígido de 000 Xxx.
Xxxxx Modem/Fax-Ethernet 10/100 Lectora-Grabadora de DVD Monitor LCD de 17 pulgadas.
Mouse (tamaño estándar) óptico con rueda de desplazamiento. Puertos USB.
• MULTIFUNCION Cantidad: Uno
Características: Será un equipo integrado para realizar copias, scaner e impresión.
• Una (1) Unidad de Energía Ininterrumpida.
Tensión y frecuencia de entrada aptos para red comercial. Tensión de salida 220 +/- 8% - Frecuencia 50 Hz +/- 3%. Protecciones contra sobrecargas y transitorios.
Potencia adecuada para alimentar la PC (monitor y cpu). Tiempo de autonomía 20 minutos.
Al menos con tres tomacorrientes de 220 V, normalizados.
• Un (1) Antivirus del tipo E-Trust última versión
Con Licencia por el tiempo planteado para la ejecución de la Obra (mínimo dos años).
• Un (1) Pen Driver de 1Ggb.
El hardware especificado deberá ser nuevo, con Garantía de funcionamiento (mano de obra y materiales) y la provisión de los insumos (como cartuchos de tinta, tonner, diskettes, DVD-CD, papel, etc) necesarios para el normal funcionamiento deberá ser provisto por la Contratista. Todo lo solicitado será utilizado por el Período que dure la Obra, hasta el Acta Final de Obra Definitiva.
• SOFTWARE
El software de Oficina, puede ser el OPEN OFFICE y el Sistema Operativo el que proponga la Empresa Contratista, compatible con los que se dispone en el Ministerio de Asuntos Hídricos, necesarios para realizar el seguimiento de la Obra y la interrelación con las Áreas involucradas.Los softwares provistos deberán estar soportados en CD.
• MUEBLES
➢ Dos (2) Escritorios para PC, con cajones, al menos uno con llave, largo de 1,20 mts, ancho de 0,75 mts.
➢ Dos (2) Sillones con apoya brazos y respaldo (este último ajustable), con palanca de regulación de altura y cinco ruedas para deslizamiento.
➢ Dos ( 2 ) Pantallas antireflejos, para monitor de 17”.
Todo lo solicitado en este punto 43.3.3.3, será recepcionado por la Inspección de Obra, y la Sectorial de Informática del Ministerio de Asuntos Hídricos comprobará y aprobará la entrega del equipamiento acorde a lo especificado.
42.3.3.4 Equipos y elementos para el laboratorio de la Inspección
El contratista proveerá al laboratorio de la Inspección los equipos y elementos que sean necesarios para efectuar los ensayos citados en las especificaciones generales y particulares, aún cuando no figuren en la misma. Estos elementos serán provistos con el comienzo de la obra y se deberán reponer aquellos que se deterioren o estén inutilizados.
42.3.3.5 Equipos de comunicación
* 3 (tres) teléfonos celulares móviles tipo V3i y su correspondiente Bluthool con un abono mensual fijo (a los fines de la cotización deberá considerarse una duración promedio mensual de llamadas de 200 minutos, para cada uno).
* Línea telefónica fija y servicio de Internet banda ancha y correo electrónico ( e-mail)
42.4 El Artículo 20º) xx Xxxxxx de Bases y Condiciones Complementarias a los efectos de la aplicación de lo solicitado en este artículo, queda completado con lo siguiente:
42.5 La descripción de los equipos pertenecientes a la Empresa que el Contratista haya previsto utilizar en la obra, será suministrada en triplicado a la Inspección de Obras, a los diez (10 ) días de firmado el contrato. El Contratista notificará por escrito
que el equipo se encuentra en condiciones de ser inspeccionado, reservándose la Repartición el derecho de aprobarlo si lo encuentra satisfactorio. Deberá acompañar al Plan de Trabajos y Aprovisionamiento, las fechas de incorporación del mismo en forma detallada y de acuerdo con la secuencia de ejecución programada.
42.6 Cualquier tipo de equipo inadecuado, inoperable o que en opinión de la Inspección de Obra no llene los requisitos y las condiciones mínimas para la ejecución normal de los trabajos, será rechazado mediante Orden de Servicio al efecto, debiendo el Contratista reemplazarlo o ponerlo en condiciones en forma inmediata, no permitiéndose la prosecución de los trabajos involucrados hasta que el Contratista haya dado cumplimiento con lo estipulado precedentemente.
42.7 La inspección y aprobación del equipo por parte de la Ministerio de Asuntos Hídricos no exime al Contratista de su responsabilidad de proveer y mantener el equipo en buen estado de conservación, a fin de que las obras puedan ser finalizadas dentro del plazo estipulado.
42.8 La Contratista deberá hacer todos los arreglos y transportar el equipo y demás elementos necesarios al lugar del trabajo, con la suficiente antelación al comienzo de cualquier operación, a fin de asegurar la conclusión de la misma dentro del plazo fijado.
42.9 El Contratista deberá mantener controles y archivos apropiados para el registro de toda maquinaria, equipo, herramientas, materiales, enseres, rendimientos, costos operativos, etc., los que estarán en cualquier momento a disposición del Ministerio de Asuntos Hídricos.
42.10 El incumplimiento por parte del Contratista de la provisión de cualquiera de los elementos citados, en lo que refiere a las fechas propuestas por él, motivará que la Repartición aplique las penalidades previstas en la Ley de Obras Públicas No 5188, su Decreto Reglamentario y el Pliego Único de Bases y Condiciones.
Si el Contratista no cumpliese satisfactoriamente con los apartados anteriores, se hará pasible de aplicación de una multa reiterativa diaria del 1/2 o/oo ( medio por mil ) del valor del contrato mientras dure la infracción, conforme a lo dispuesto por el Artículo Nº 80 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones.
Estas multas serán aplicadas por el MAH, a su sólo juicio, deduciendo los montos resultantes, de los certificados de obra y/o Variaciones de Costos correspondientes al mes de su aplicación o subsiguientes, o del fondo de reparo si correspondiera.
El importe que demande el cumplimiento de las obligaciones del presente Artículo (Puntos 1, 2,3), se deberá considerar incluido en los GASTOS GENERALES de la obra.
ARTICULO 43º) CONSIDERACIONES ESPECIALES - CONSULTAS:
Antes de comenzar con las tareas inherentes a las obras, el contratista tendrá la obligación de consultar a las reparticiones públicas, empresas estatales o privadas que pudieran tener instalaciones subterráneas en el terreno de la obra. En el caso que la información sea insuficiente, deberá realizar los sondeos previos para poder realizar el trabajo correspondiente. El Contratista será el único y total
responsable, comprometiéndose ante quien corresponda a abonar los gastos que resulten de los daños materiales y/ o personales ocasionados.
Asimismo deberá realizar todas las averiguaciones, mediciones, sondeos y ensayos necesarios para conocer las características estructurales del suelo existente a fin de ejecutar lo especificado en este Pliego.
La Contratista deberá tomar todas las previsiones para no deteriorar zonas aledañas a los trabajos inherentes a esta obra. Deberá reparar a su cargo y costo (incluyendo materiales), y no se reconocerá pago adicional alguno, toda vereda, pavimento, cordón, infraestructura, servicio, caminos de tránsito, etc. que sea afectada por causas imputables a la Contratista y no estén indicadas específicamente en este pliego o mediante la Inspección. Las reparaciones deberán realizarse con todas las prescripciones del Organismo prestatario del servicio (o que indique la Inspección), tanto en lo que refiere a los materiales como a las técnicas constructivas que correspondan.
La Contratista deberá notificar a la Inspección de cualquier deterioro detectado (existente o producido por actividades de esta obra), y previo a su reparación. Una vez reparado (por parte de la Contratista o del Ente competente) deberá ser visado por parte de la Inspección, y solamente cuando ésta lo autorice, podrá ser tapado.
En todos los ítems que se deba proveer suelo, el costo del mismo estará a cargo de la Contratista.
Todos los materiales no utilizados en la presente obra deberán ser cargados, transportados y descargados en los sitios que indique la Inspección (dentro del ejido de la ciudad de Santa Fe). Dichos materiales serán de propiedad de la Municipalidad, excepto particular indicación por parte de este pliego o la Inspección, para lo cual la Oferente deberá obtener toda la información necesaria y tenerla en cuenta en su cotización. En el caso que el material sobrante sea escombro, suelo, etc., luego de ser cargado, transportado y descargado, deberá ser distribuido (mediante topador, cargadora frontal, etc.) de manera tal que no se genere acumulación del material descargado, mermas de visibilidad, entorpezca la prosecución de las tareas, el paso de vehículos y/o peatones, u otra anomalía, a solo criterio de la Inspección.
En todo momento se deberá asegurar la continuidad de los desagües existentes, por lo que la Contratista deberá tener el equipamiento necesario para tales fines.
En caso de ser necesaria la instalación de algún servicio en forma permanente, para el normal funcionamiento de la obra, una vez concluida la misma, ya sea agua, gas, energía eléctrica, etc. la Contratista deberá realizar la tramitación correspondiente y correrá con los gastos que esta instalación demande ante el Ente público o privado encargado del suministro del mismo.
La Contratista realizará todos los trabajos enteros, completos y adecuados a su fin, aunque las especificaciones técnicas y/o planos no lo indiquen en forma explícita, sin que tenga por ello derecho a pago adicional alguno
ARTICULO 44º) APLICACIÓN DE MULTAS POR XXXX EN EL CUMPLIMIENTO DEL PLAN DE TRABAJO:
Cuando el Contratista no diera cumplimiento al plan de trabajo, se hará pasible de una multa diaria del uno por mil (1,00o/oo) del monto de los trabajos que debieron realizarse durante ese lapso, hasta la regularización de las tareas. Se considerará incumplimiento del Plan de Trabajos, cuando la diferencia entre el avance físico acumulado propuesto y el real sea superior al quince por ciento (15%). Cuando se hubiera aplicado multa por incumplimiento, la que corresponda por terminación, será deducida de los montos de aquella, que tendrá siempre carácter preventivo. Si el importe de la multa por incumplimiento fuese superior al de la terminación se devolverá al Contratista la diferencia entre los importes.
Cuando el total de la multa aplicada alcance el 15 % del monto del contrato, la Comitente tendrá derecho a rescindir el Contrato por culpa de la Contratista.
ARTICULO 45º) REDETERMINACION DE PRECIOS – METODOLOGIA:
Los precios de los rubros e Items del Contrato, se redeterminarán conforme a la normativa vigente dispuesta por la Ley Nº 12.046, sus decretos reglamentarios 3599/02 y 3873/02, modificatorios..y los que en el futuro se le anexen o corrijan. Asimismo se tendrá en cuenta la Resolución Nº 20/2003 del Ministerio de Obras, Servicios Públicos y Vivienda de la provincia respecto al cumplimiento de los Extremos exigidos por la Ley Nacional Nº 24.283. Los cálculos de las redeterminaciones se efectuarán exclusivamente con las fórmulas polinómicas establecidas por la normativa vigente. Para su aplicación se tomarán los parámetros de ponderación indicados en el Anexo VII para cada uno de los ítems de contrato y se utilizarán los indicadores informados por la Dirección General de Variaciones de Costos de la Provincia de Santa Fe y por el INDEC.
Cuando surjan nuevos ítems por adicionales o imprevistos, los parámetros e índices a considerar, los establecerá la Repartición licitante.
En el Anexo mencionados más arriba se indican los parámetros de cada rubro en cada ítem/subítem y en la continuación del mismo el listado de índices base a considerar para cada uno de dichos rubros (materiales, mano de obra, equipos y transporte). En el caso de que la columna de “equipos y transporte” posea un solo valor es porque el rubro transporte no se considera y el parámetro se aplica sólo para el rubro “equipos”.
ARTICULO Nº46 ) : COMPRAS Y SUBCONTRATOS
El Contratista siempre que se configuren similares condiciones en cuanto a precios y calidad respecto de productos bienes y servicios producidos o elaborados fuera del territorio de la provincia de Santa Fe, deberá adquirir materiales, mercaderías y productos de origen provincial en los términos de la Ley Nº 12.105. Asimismo deberá considerar la posibilidad de contratar personal afectado por las inundaciones- Río Salado/03 (expte.Nº00601-0018130-0).
El Contratista no podrá subcontratar la totalidad de las obras y sólo podrá hacerlo parcialmente, previa autorización expresa del Ministerio de Asuntos Hídricos. A ese efecto el contratista solicitará por nota de pedido dicha autorización, consiguiendo el nombre del subcontratista, sus referencias, las modalidad y alcance de la subcontratación, debiendo el propuesto encuadrarse en las disposiciones de la Ley Nº12.105 y ser de probada capacidad a juicio exclusivo de la Repartición, de acuerdo a la naturaleza de los trabajos a subcontratar. La autorización de la Repartición para subcontratar obras no exime al contratista de ninguna de las obligaciones y responsabilidades emanadas de su contrato, ni crea para la Repartición obligación alguna para con el subcontratista, el que estará sometido al régimen de la inspección de obra previsto en el contrato. La responsabilidad de las obras subcontratas le corresponderá al contratista como si las hubiera ejecutado directamente.
El contratista deberá ceder al subcontratista, de los certificados de obra que se emitan, los montos correspondientes a los trabajos subcontratados. El Ministerio no autorizará la subcontratación sin la presentación del contrato de cesión”.
ARTICULO 47º) FORMA DE PAGO:
En un todo de acuerdo a la ley Nº5188 de Obras Públicas de la Provincia de Santa Fe.
ARTICULO 48º) DOMICILIO LEGAL:
El Ministerio de Asuntos Hídricos posee domicilio legal en calle Av. Xxxxxxxxx Xxxxx 0000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxx Xx - Xxxxxxxxx xx Xxxxx Xx (3.000) - T.E. Nº: (0342) –4573733 – Interno 231 /4574771/4579245. La Contratista deberá constituir domicilio legal en la Provincia de Santa Fe, debiendo mantenerlo durante la vigencia del contrato.