Equipo informático Cláusulas de Ejemplo

Equipo informático. Para la prestación del Servicio, el equipo informático del CLIENTE deberá disponer de las características técnicas necesarias, (que figuran en la siguiente URL: xxxx://xxx.xxxxxxxx.xx) Tal equipamiento no forma parte del Servicio. En el caso de ADSL es necesario disponer de una roseta telefónica en el domicilio de instalación a menos de 3 metros del punto donde se ubique el Módem/Router.
Equipo informático. Al menos quince computadoras Impresora o impresoras, con capacidad para imprimir al menos 80,000 (ochenta mil) y máximo 100,000 documentos en el periodo contratado; Escáner o Escáneres, con capacidad de escaneo al menos 80,000 (ochenta mil) y máximo 100,000 documentos en el periodo contratado;
Equipo informático. El alumno debe disponer de un equipo informático y de conexión a internet adecuados y bien configurados para el uso del Campus, corriendo todos los costes que por estos conceptos se originen por cuenta del alumno. La FCCHI no tendrá responsabilidad alguna en caso de una incorrecta instalación o configuración del equipo del alumno que le impida hacer uso del Campus, ni se hará cargo del servicio técnico que el equipo informático del alumno pueda necesitar para su correcto funcionamiento. El alumno conoce y acepta que no será motivo de devolución del importe del curso la imposibilidad de realizarlo debido a una mala instalación o configuración de su equipo informático o de su conexión a Internet.
Equipo informático. Se considera que, para el desarrollo de las actividades de supervisión, el supervisor deberá contar permanentemente en el sitio designado para su trabajo, con por lo menos uno de cada uno de los equipos informáticos indicados a continuación y especificando las respectivas características y marcas:  1 computador (PC o Laptop) con programas de Microsoft Office, Word, Excel, Power Point, AutoCAD, para uso de Internet y correo electrónico.  1 impresora tipo laser tamaño A4  1 cámara digital
Equipo informático. 3.2.1.1 El adjudicatario suministrará un equipo informático por cada puesto educativo en el hogar. 3.2.1.2 Los equipos informáticos suministrados para este lote deberán cumplir las siguientes características técnicas mínimas: Tipo de Equipo ✓ Ordenador portátil Pantalla ✓ Pantalla LED de un mínimo de 14’’ (35,56 cm) ✓ Resolución mínima de 1.366x768 ✓ 200 nits ✓ Pantalla antirreflectante sin funcionalidad táctil (no se permite pantalla táctil) Procesador ✓ Procesador de un mínimo de 2 núcleos físicos de 64 bits con arquitectura X86 que permita la ejecución concurrente de un mínimo de 4 threads. ✓ El procesador debe obtener una Valoración de 2400 unidades, como mínimo, en el test CPU Mark en el programa para el cálculo de rendimiento PerformanceTest V9 de Passmark. ✓ El adjudicatario proporcionará un procesador con la valoración en el test CPU Mark en el programa para el cálculo de rendimiento PerformanceTest V9 de Passmark que haya ofertado según el modelo “Proposición Relativa al Resto de Criterios Cuantificables mediante la Mera Aplicación de Fórmulas” incluido en el Anexo correspondiente de las Condiciones Específicas xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares (en adelante “CEPCAP”). Memoria RAM ✓ Mínimo 8 GB DDR4 (DDR4-L, LPDDR4, etc) Almacenamiento interno ✓ Mínimo 128 GB – SSD PCIe® NVMe Tarjeta gráfica ✓ Integrada ✓ Soporte de resolución mínima de 1366 x 768 Tarjeta de sonido ✓ Integrada ✓ HD Audio Tarjeta de red inalámbrica ✓ WiFi 802.11 b/g/n/ac 2x2 o superior ✓ Bluetooth® 4.0 o superior Puertos de E/S ✓ 1 puerto USB 3.0 o superior ✓ 1 puerto USB 2.0 o superior ✓ 1 puerto HDMI 1.4 o superior ✓ 1 conector de audio combinado (auriculares y micrófono) Bloqueo de seguridad ✓ 1 ranura Teclado ✓ Tipo QWERTY, integrado ✓ Castellano ✓ No separable de la pantalla Panel multitáctil ✓ Integrado Webcam, altavoces y micrófono ✓ Integrados ✓ Cámara HD 720p Sistemas Operativos ✓ Incluido (uno o varios sistemas operativos conforme a lo establecido en el Anexo II del presente pliego). ✓ La UEFI/BIOS permitirá modificar el Secure Mode. Sistema operativo 1 ✓ La licencia deberá permitir la actualización a nuevas versiones del sistema operativo conforme a las condiciones y plazos establecidos en el apartado 3.5 del presente pliego. ✓ El sistema operativo lo proporcionará conjuntamente con cada ordenador el fabricante del mismo y vendrá preinstalado y licenciado de fábrica. ✓ Drivers necesarios para el correcto funcionamiento del equipo con actualizaciones dur...
Equipo informático. HARDWARE

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  • ACCESO A LA INFORMACIÓN La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental señala dentro de su articulado lo siguiente:

  • CONTENIDO DEL INFORME DE EVALUACIÓN Y RECOMENDACIÓN El Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta, deberá contener mínimamente lo siguiente: Nómina de los proponentes. Cuadros de Evaluación. Detalle de errores subsanables, cuando corresponda. Causales para la descalificación de propuestas, cuando corresponda. Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta. Otros aspectos que el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación, considere pertinentes.

  • Otras informaciones En base a los parámetros que se establecen en el anterior apartado, los técnicos municipales valorarán las propuestas presentadas y emitirán un informe en el que propondrán, al órgano de contratación competente, la más ventajosa a juicio del informante, teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 138 apartado 3 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

  • Propiedad de la Información El Contratista deberá proporcionar a la CNH, sin costo alguno, la Información Técnica que es propiedad de la Nación. La Nación también será propietaria de cualquier muestra geológica, mineral o de cualquier otra naturaleza, obtenida por el Contratista en las Actividades Petroleras, las cuales deberán ser entregadas por el Contratista a la CNH con la Información Técnica, inmediatamente después de que el Contratista haya concluido los estudios y evaluaciones que haga al respecto. El original de dicha información deberá ser entregado a la CNH de conformidad con la Normatividad Aplicable. El Contratista podrá mantener copia únicamente para efectos del cumplimiento de sus obligaciones conforme al presente Contrato. No serán propiedad de la Nación los procesos por medio de los cuales el Contratista hubiese generado la Información Técnica. El Contratista podrá usar la Información Técnica, sin costo alguno y sin restricción, para el procesamiento, evaluación, análisis y cualquier otro propósito relacionado con las Actividades Petroleras (pero no para otro uso ni para su venta), en el entendido que el Contratista deberá también entregar cualquier reporte de los resultados de dicho procesamiento, evaluación o análisis. Nada de lo previsto en el presente Contrato limitará el derecho de la CNH de usar, vender o de cualquier otra forma disponer de la Información Técnica, en el entendido que la CNH no podrá vender ni hacer del conocimiento de terceras Personas ninguna información que implique secreto industrial; una marca registrada, o cualquier otro derecho de propiedad intelectual del Contratista regulado por la Ley Federal del Derecho de Autor, la Ley de la Propiedad Industrial y los Tratados Internacionales de los cuales México sea parte.

  • Información Específica De La Licitación “Los recursos presupuestarios a ejercer con motivo de la presente licitación, quedan sujetos para fines de ejecución y pago, a la disponibilidad presupuestaria con que cuente el Instituto Mexicano del Seguro Social, conforme al Presupuesto de Egresos de la Federación que apruebe la X. Xxxxxx de Diputados del Congreso de la Unión, sin responsabilidad alguna para el Instituto Mexicano del Seguro Social.” A efecto de dar cumplimiento a lo que dispone la Ley del Seguro Social (LSS) en sus artículos 261, 262, 268, fracción VI, 273, y Tercero Transitorio de la reforma del 12 xx xxxxxx de 2004, el IMSS debe elaborar anualmente los cuatro documentos que se indican enseguida: i) Estados Financieros Auditados; ii) Informe al Ejecutivo Federal y al Congreso de la Unión Sobre la Situación Financiera y los Riesgos del Instituto Mexicano del Seguro Social; iii) Informe Financiero y Actuarial; y, iv) Estudio actuarial para valuar la suficiencia financiera del fondo destinado a cubrir los pagos futuros de las pensiones provenientes de los trabajadores del IMSS que fueron contratados bajo las condiciones del “Convenio Adicional para las Jubilaciones y Pensiones de los Trabajadores de Base de Nuevo Ingreso”, conforme al artículo 286 K de la LSS. Para elaborar los documentos de referencia, con corte al 31 de diciembre de 2012, se requerirá contar con los siguientes estudios actuariales y financieros: Valuación Actuarial del Régimen de Jubilaciones y Pensiones (RJP) y Prima de Antigüedad e Indemnizaciones de los Trabajadores del Instituto Mexicano del Seguro Social, Bajo la Norma de Información Financiera D-3 (NIF D-3) “Beneficios a los Empleados”, al 31 de diciembre 2012 y proyecciones para 2013. Estudio Actuarial para Medir la Suficiencia Financiera de la Subcuenta 2 del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual (FCOLCLC), al 31 de diciembre de 2012. Auditoría a la Valuación Financiera y Actuarial del Instituto Mexicano del Seguro Social, al 31 de diciembre de 2012.

  • Información adicional La no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto n° 202/17.

  • EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES El criterio específico que se utilizará para la evaluación de propuestas será Binaria. Para efectos de la evaluación de Proposiciones, el Área Técnica la realizará conforme a lo siguiente: 1. Se verificará que incluya la documentación e información solicitada, que cumpla con los requisitos legales, administrativos y técnicos requeridos en las presentes Bases y que lo ofertado cumpla con las especificaciones técnicas solicitadas, de conformidad con las Bases, y lo que resulte en el acta de la Junta de Aclaraciones, elaborando una tabla comparativa en el que especificará si el Licitante “CUMPLE” o “NO CUMPLE”; 2. Se analizarán los precios ofertados por los Licitantes, su aceptabilidad y sus condiciones, verificando las operaciones aritméticas, conforme a los datos contenidos en las propuestas económicas presentadas, elaborando una tabla que permita comparar cada uno de los precios recibidos. En caso de que existan errores de cálculo o aritméticos, prevalecerá el precio unitario propuesto, y se considerarán los importes correctos que resulten en los subtotales, el cálculo del impuesto correspondiente y el total; 3. Si derivado de la evaluación técnica y económica se obtuviera un empate, se determinará a los Licitantes ganadores por insaculación o por partes iguales, sólo respecto a las partidas en igualdad de condiciones, si en las presentes Bases se hubiese establecido el abastecimiento simultáneo. Dicho acto de insaculación será realizado por el servidor público designado por la Convocante, quien deberá ser asistido por un representante del Área Técnica, y un representante de la Función Pública, lo anterior, conforme a lo establecido en el artículo 40 del Reglamento; 4. Se emitirá el Dictamen Técnico-Económico, comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas explícitamente por los Licitantes, considerando la evaluación técnica y económica realizada, de acuerdo a los incisos 1 y 2 anteriores; y 5. Se entregará Dictamen Técnico-Económico por parte del Área Técnica a la Convocante.

  • Informes de investigación del Sitio de las Obras 14.1 El Contratista, al preparar su Oferta, se basará en los informes de investigación del Sitio de las Obras indicados en las CEC, además de cualquier otra información de que disponga el Oferente.

  • INFORMACIÓN GENERAL A LOS PROPONENTES NORMATIVA APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN

  • SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN Con la presentación de la oferta se entiende la aceptación del proponente, en caso de resultar adjudicatario, de adherirse a las Políticas de Seguridad de la Información que tiene adoptadas ETB para la protección de su información y la de sus terceros, las cuales se obligan a conocer y cumplir, así como a instruir al personal que ocupe para la ejecución del contrato, independientemente de la forma de vinculación del mismo, sobre la obligatoriedad de su cumplimiento. Dichas políticas deben ser consultadas en la página web de ETB xxx.xxx.xxx. Así mismo y cuando aplique a partir de la debida ejecución del contrato, el contratista se obliga a cumplir con las políticas de seguridad de la información y de protección o tratamiento de datos personales de los clientes de ETB. ETB podrá requerir a discreción al contratista la firma de acuerdos de confidencialidad específicos a su personal y demás personas que éste autorice. Los usuarios entregados al Contratista para acceder a los sistemas de información de ETB deben corresponder a personas que efectivamente estén ejecutando actividades relacionadas con el objeto contractual, en tal sentido, el Contratista se obliga a mantener informado a ETB sobre los usuarios a su cargo que deben estar vigentes, informando inmediatamente sobre cualquier retiro o cambio que éste realice sobre el personal que accede a los sistemas de información de ETB. El Contratista se obliga a reportar cualquier debilidad sospechosa que incida en la seguridad de la información y reportar de manera inmediata la ocurrencia de incidentes de seguridad de la información que puedan vulnerar la confidencialidad, integridad y/o disponibilidad de la información de ETB o de sus terceros, tratada en desarrollo del contrato, contribuyendo, además, con todos los medios a su alcance para su remediación. Sin perjuicio de los reportes que realice ante ETB, el contratista deberá responder por los eventuales perjuicios que se generen con ocasión de los incidentes que puedan afectar la seguridad de la información. El Contratista debe impartir a su personal, con relación a las acciones de toma de conciencia, educación, entrenamiento, actualizaciones regulares en políticas y procedimientos de seguridad de la información, según sea relevante para ejecutar el contrato. ETB se reserva el derecho de verificar y monitorear, en cualquier momento o lugar, el cumplimiento de las políticas de seguridad de la información de ETB. Antes de la finalización del contrato, el Contratista deberá devolver los activos físicos y electrónicos encomendados, garantizando que la información pertinente se devuelva a ETB de manera que no podrá usarse para ningún otro fin por parte del Contratista ni de sus trabajadores o sus propios contratistas. Adicionalmente y en caso de que el Contratista o sus trabajadores o sus propios contratistas hayan adquirido un conocimiento importante a partir del desarrollo del contrato, el Contratista se obliga a documentar y transferir a ETB ese conocimiento.